CONDICIONES CONTRACTUALES DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE COMUNICACIONES ELECTRÓNICAS DE NUBBITEL
CONDICIONES CONTRACTUALES DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE COMUNICACIONES ELECTRÓNICAS DE NUBBITEL
1.- OBJETO. Por el presente contrato, NUBBITEL TELECOM SL con CIF X00000000, a parir de ahora NUBBITEL, pone a disposición del Cliente, la prestación del Servicio de Acceso a Internet, telefonía fija que se llevará a cabo por medio de los equipos necesarios en función de la tecnología empleada:
(a)Wimax
• Equipo con interfaz Ethernet de exterior (AP) con antena incorporada.
• Cable Ethernet RJ45 de exterior, de un máximo de veinticinco (25) metros de longitud, que conecta al AP.
• Router: El dispositivo Router es un dispositivo técnico que posibilita la conexión sin cables entre el AP y uno o varios dispositivos mediante tecnología inalámbrica WI-FI. Dependiendo del modelo, también permitirá la conexión de uno varios dispositivos a través de una conexión Ethernet.
(b) Fibra Óptica
• Equipo de Router (ONT) conectado junto a la roseta con un máximo de tres (3) metros de cableado desde donde se decepciona la fibra óptica.
(c) Telefonía Voip (opcional)
• Adaptador telefónico (ATA)
(d) Centralita Virtual (opcional)
• Equipos inherentes y presupuestados según especificaciones en el momento de la contratación.
El equipo o equipos instalados, propiedad de NUBBITEL, en función de la tecnología empleada, reunirán todas las condiciones necesarias para la correcta utilización del servicio y cumplirán con todos los requerimientos de homologación y aceptación legalmente aplicable. Usted obtiene una garantía indefinida contados desde la fecha de su instalación sin coste adicional mientras dura su relación contractual con NUBBITEL. Durante este plazo, si tiene una avería que impida su funcionamiento, procederemos a su reparación o le facilitaremos uno, igual o de características similares, sin ninguna clase de coste para usted. Si usted tiene cualquier tipo de problema con algún equipo instalado por Nubbitel, debe ponerse en contacto con nuestro Servicio de Atención al Cliente por escrito a través de las vías habilitadas de correo electrónico a xxxxxxxx@xxxxxxxx.xx, o por correo ordinario.
Dichas incidencias serán resueltas conforme a las normas del fabricante (gastos de envío, reparación, visita domiciliaria, etc.) y no le eximirán de su obligación de abonar los importes que deba pagarnos por el servicio de Internet mientras dura el proceso de recepción de la incidencia técnica y su solución sea telefónicamente o con la visita en su domicilio del servicio técnico. En ningún caso la garantía o la extensión de la garantía cubre los fallos atribuibles a usted por la manipulación o configuración incorrecta, alimentador, ordenador, virus informáticos, spyware, desconexión de cableados o por cualquier otra negligencia que le fuere imputable, en cuyo caso NUBBITEL podrá facturarle por la reparación.
El servicio de instalación, que nosotros le prestaremos en todo caso, comprenderá la conexión de los equipos necesarios para la activación del servicio ofrecido, cobrándole la cantidad que aparezca en las tarifas. Por el contrario, nuestra instalación no incluye la configuración de su PC u otros dispositivos electrónicos, ampliaciones de cobertura wifi, cableado de red o cualesquiera que exceda lo expuesto en las disposiciones: 1.- (a), (b), (c) o (d).
2.- TARIFAS. El Servicio prestado será facturado al Cliente según las tarifas en vigor en cada momento. El importe del Servicio se verá incrementado por los impuestos que resulten de aplicación durante la vigencia del presente contrato. Las tarifas vigentes a la firma de este documento para el Servicio contratado son las que figuran en la hoja que contiene los datos identificativos del Cliente y la descripción del Servicio contratado y que forma parte integrante del presente contrato. NUBBITEL notificará al Cliente con la debida antelación la actualización de los precios y/o descuentos, disponiendo de un período de 15 días desde la recepción de la notificación para comunicar a NUBBITEL su aceptación a dicha actualización. Transcurrido dicho plazo sin comunicación en contra por parte del Cliente, la actualización se considerará aceptada y será efectiva desde el momento indicado en la notificación.
3.- FACTURACIÓN Y PAGO. NUBBITEL facturará al Cliente las cantidades correspondientes al o los Servicios contratados. NUBBITEL facturará mensualmente, y a mes vencido o prepago, una cuota fija mensual. Dicha cuota fija, constituye la contraprestación por la conexión a la red de NUBBITEL. La primera facturación tendrá
lugar a partir de la activación de los Servicios, que se iniciará tras la instalación de los equipos y terminales necesarios y la aceptación del Servicio por el Cliente. La cuota de abono está incluida en todos los servicios ofrecidos por NUBBITEL.
El período de facturación estará comprendido desde el día uno (1) de mes hasta el último día del mes en curso. La emisión de la factura se producirá dentro de los diez días después a la conclusión del período de facturación. El importe de la primera cuota mensual será proporcional al número de días que el Servicio haya estado disponible dentro del período de facturación. Este criterio se aplicará, igualmente, en el caso de que el Cliente solicite una modificación de las características del Servicio.
NUBBITEL aceptará la domiciliación bancaria como medio principal de pago. También se podrá abonar, si el cliente así lo indica, por trasferencia bancaria, tarjeta de crédito o efectivo. En el caso de retraso continuado en los pagos por parte del Cliente, NUBBITEL le requerirá para que satisfaga el importe, pudiendo utilizar los siguientes medios de pago: pago en metálico, ingreso a cuenta, transferencia bancaria o bien con tarjeta de crédito.
4.- VIGENCIA DEL CONTRATO. El contrato no entrará en vigor hasta que se hayan cumplido todas y cada una de las siguientes condiciones:
a) Comprobación y conformidad por parte de NUBBITEL de la viabilidad técnica para la prestación del Servicio con los niveles de calidad adecuados.
b) Obtención del permiso o autorización del propietario o Junta de Propietarios para el acceso e instalación de los equipos y terminales por parte de NUBBITEL, en el supuesto de que el Cliente no fuera el propietario del local o edificio donde se presten el Servicio.
c) La celebración del contrato por parte del Cliente.
5.- COMPROMISO DE PERMANENCIA. Los servicios prestados por NUBBITEL, como el acceso a Internet y telefonía fija, que conllevan un compromiso de permanencia asociados a la cesión de un terminal o equipamiento a precio promocional o al correspondiente descuento o ventaja ofertado por NUBBITEL, que el cliente que los contrate deberá respetar. Dicho compromiso tendrá una duración definida en el contrato particular del cliente. Si el cliente incumple los compromisos de permanencia a los que se hubiere comprometido contractualmente, por darse de baja del servicio antes del plazo estipulado, se le podrá cobrar un cargo por incumplimiento de dicho compromiso, en concreto del 25% adicional sobre las cuotas que se hubieran generado en el tiempo que quede pendiente de compromiso de permanencia llegado el caso, calculado sobre la tarifa que mas tiempo haya tenido el cliente sobre el compromiso de permanencia.
6.- PRESTACIÓN DEL SERVICIO. La instalación del servicio supone la activación del mismo. A partir de ese momento, NUBBITEL estará facultada para facturar el Servicio. La firma del contrato del Servicio por parte del Cliente, es indispensable, supone su plena conformidad a la instalación y activación. Dispone de un máximo de 48 horas para su firma y entrega a Nubbitel. La aceptación, sin reservas, del contrato deviene indispensable para la prestación del Servicio por parte de NUBBITEL. El Cliente manifiesta, en tal sentido, haber leído, entendido y aceptado el presente contrato que se le adjunta al relleno del mismo. No obstante, el cliente puede revisar todas las cláusulas de dicho contrato en internet en nuestra página xxx.xxxxxxxx.xx. La utilización del Servicio conlleva, asimismo, la aceptación por parte del Cliente de cuantos avisos, reglamentos de uso e instrucciones fueren puestos en su conocimiento por parte de NUBBITEL con posterioridad a la aceptación del presente contrato; su no aceptación, dentro del plazo al efecto otorgado, conllevará la terminación del contrato por parte del Cliente.
7.- PARÁMETROS DE CALIDAD DEL SERVICIO. Desde el momento en que el Cliente solicite el Servicio, y una vez cumplidas las condiciones señaladas en los puntos a),
b) y c) del punto 4, el plazo máximo en el que NUBBITEL comenzará a prestar el Servicio al Cliente será de quince (15) días hábiles. NUBBITEL garantiza la resolución de posibles incidencias técnicas en un plazo de setenta y dos (72) horas laborables, en horario de atención para las incidencias técnicas de lunes a viernes de 09:00 a 13:30 y 16:00 a 18:30 horas. No obstante, el horario de visitas técnicas al domicilio del Cliente para la resolución de incidencias será de 9:00 a 17:00 horas de lunes a viernes.
En el caso de los servicios a empresas), se establecen adicionalmente los siguientes parámetros: la resolución de posibles incidencias técnicas en un plazo de veinticuatro (24) horas laborables, excepto en los supuestos de intervención técnica nocturna en la red; las visitas técnicas fuera del horario mencionado anteriormente deberán ser solicitadas expresamente por el Cliente.
El horario de atención, consultas administrativas, comerciales y provisión del Servicio será de lunes a viernes de 09:00 a 14:00 y 16:00 a 19:00 horas, excepto los meses de julio y agosto de 8:00 a 15:00 horas.
En el caso de incumplimiento por parte de NUBBITEL de los compromisos de calidad, el Cliente podrá requerir la compensación correspondiente, siguiendo el procedimiento
establecido en la cláusula decimoctava. A efectos de establecer el cómputo inicial del tiempo de interrupción del Servicio, se tomará el primero de los dos sucesos siguientes:
a) el de notificación por el Cliente del aviso de avería al Centro de Atención al Cliente; o
b) el de registro por NUBBITEL de la incidencia técnica causante de la interrupción total o parcial del Servicio. Para el cálculo del tiempo de interrupción del Servicio se contabilizará, única y exclusivamente, el tiempo que esté comprendido dentro del horario de resolución de incidencias indicado anteriormente. NUBBITEL indemnizará al Cliente por un importe igual al promedio del importe facturado por todos los servicios interrumpidos, prorrateado por el tiempo en que se haya excedido de su compromiso de calidad.
8.- MODIFICACIONES DE LAS CARACTERÍSTICAS DEL SERVICIO. La
modificación de las características del Servicio ha de ser comunicada por el Cliente o, por persona debidamente autorizada, a NUBBITEL a través de los canales de comunicación que NUBBITEL tenga habilitados al efecto (solicitud por escrito o a través de la página web de NUBBITEL xxx.xxxxxxxx.xx). NUBBITEL, una vez recibida la comunicación, procederá a efectuar la modificación solicitada por el Cliente. La activación de la modificación efectuada dará comienzo al período de facturación con la configuración de las nuevas características. NUBBITEL notificará al Cliente la modificación realizada, así como la disponibilidad de su uso por el Cliente. La modificación de las características del Servicio, no dará lugar al inicio de un nuevo cómputo a efectos del término de duración del contrato siempre que se trate de aumento o disminución de caudal de ancho xx xxxxx, adquisición de IP fija o cualquier servicio que pueda activarse de forma remota. La modificación de las características del Servicio relativas al acceso que conlleve la instalación de nuevos equipos dará lugar al inicio de un nuevo cómputo a efectos del término de duración del contrato.
9.- CAMBIO DE UBICACIÓN DE LAS INSTALACIONES. Los traslados o cambios de ubicación física de las instalaciones del Cliente, darán derecho a NUBBITEL a cobrar una cuota adicional o a cambiar las condiciones del contrato por la necesidad de reinstalación de los equipos. La cuota variará en función del traslado y de la posible reutilización del antiguo equipo del Cliente. NUBBITEL, con carácter previo al traslado o cambio de ubicación de las instalaciones, comunicará al cliente el coste que dicho traslado o cambio supone o el cambio en las condiciones del contrato. La aceptación del Cliente por escrito, mail u otra vía de comunicación electrónica al citado coste o cambio, supondrá la efectiva reinstalación de los equipos por parte de NUBBITEL y su cargo en la factura correspondiente o firma del nuevo contrato.
10.- OPERACIONES DE MANTENIMIENTO. NUBBITEL podrá, durante el tiempo estrictamente necesario retirar el Servicio o establecerlo por una ruta alternativa a fin de efectuar pruebas, operaciones de control, ajustes y mantenimiento con la finalidad de asegurar el buen estado de funcionamiento del Servicio (Operaciones Planificadas), sin perjuicio de la obligación de permanencia y continuidad en el Servicio a la que NUBBITEL se encuentra obligada con carácter general. En dicho caso, se comunicará al Cliente la mencionada circunstancia con una antelación mínima de veinticuatro (24) horas.
Estas Operaciones Planificadas, siempre que sea posible, se efectuarán de acuerdo con el Cliente en un momento aceptable para ambas partes y, como criterio general, se realizarán preferentemente y siempre que sea posible, en las horas de menor probabilidad de utilización del Servicio.
En caso de Operaciones No Planificadas, NUBBITEL indemnizará al Cliente con una cantidad que será, al menos, igual al promedio del importe facturado por este Servicio, prorrateado por el período en el que se efectúe la interrupción.
11.- ACCESO A LOS EQUIPOS PROPIEDAD DE NUBBITEL O DE UN
TERCERO. El Cliente se compromete a permitir el acceso, u obtener el permiso para que NUBBITEL (o sus empleados o las personas que ésta designe y estén debidamente identificadas) o personal de un tercero acceda, a las instalaciones del Cliente en las que estén ubicados los equipos propiedad de NUBBITEL o de un tercero cuando sea necesario o conveniente con objeto de:
a) Instalar equipos con ocasión de la puesta en marcha del Servicio, así como ulteriores modificaciones solicitadas por el Cliente.
b) Retirar equipos por motivo de baja en el Servicio, por la extinción del contrato o por falta de cobertura para poder ofrecer los servicios.
c) Realizar las necesarias operaciones de mantenimiento.
d) Efectuar las actuaciones necesarias para la reparación de averías o interrupción del Servicio.
e) Ampliar instalaciones para dar servicio a otros clientes.
f) Cualquier otra actuación en beneficio del Servicio contratado por el Cliente.
El retraso o incumplimiento de la prestación del Servicio, por estas causas, no será imputable a NUBBITEL, cuando ello sea consecuencia del incumplimiento de la presente obligación por parte del Cliente.
Si no se permite el acceso a Nubbitel y no se pueden recuperar los equipos de su propiedad, dará derecho a cobrar el importe de los mismos y su cargo en la factura correspondiente. 12.- REPARACIÓN DE AVERÍAS Y MANTENIMIENTO DEL SERVICIO. En caso
de que se produzcan averías, interrupciones o mal funcionamiento en la prestación del Servicio imputables a NUBBITEL, o en aquellas otras circunstancias en que así se haya acordado, NUBBITEL se compromete a solucionar sólo aquellos problemas originados en el equipo o elementos de la red que estén bajo su responsabilidad. NUBBITEL vendrá obligada a reparar las averías que se produzcan en sus instalaciones hasta el Punto de Terminación de Red, incluido éste. El Cliente notificará las averías por medio de los canales indicados en la cláusula decimoctava. Los costes derivados de la reparación de averías, serán sufragados por NUBBITEL, siempre que las mismas no sean imputables al Cliente. En caso de que por conducta negligente del cliente se produzca una avería o fallo que haga inservible o provoque fallos en los equipos o dispositivos instalados, NUBBITEL procederá a su sustitución o reparación, asumiendo íntegramente el cliente el coste económico de la nueva instalación o reparación.
13.- OBLIGACIONES DE NUBBITEL. NUBBITEL asume frente al Cliente las siguientes obligaciones con relación al Servicio:
a) Prestar el Servicio de forma continuada de acuerdo con las características técnicas y compromisos de calidad establecidos.
b) Informar al Cliente, con la antelación posible, de cualquier eventualidad conocida por NUBBITEL que pueda afectar a la normal prestación del Servicio o a una variación sustancial de sus condiciones.
c) Facilitar al Cliente cuantas aclaraciones éste solicite en cuanto a las condiciones del Servicio, la facturación y otros aspectos relevantes de este contrato.
14.- OBLIGACIONES DEL CLIENTE. El Cliente se obliga frente a NUBBITEL a:
a) Usar y conectar con la red de NUBBITEL exclusiva y únicamente terminales, cables, conectores y cualesquiera otros equipos o elementos de equipo expresamente autorizados para dicha conexión, siempre que cuenten con los correspondientes certificados de homologación y aceptación que acrediten el cumplimiento de los estándares de calidad y especificaciones técnicas que sean de aplicación, y cumplir con la normativa en vigor en cuanto a su uso. El Cliente será responsable de los daños causados que pudieran derivarse por la conexión de equipos terminales que no cumplan, o dejen de cumplir, las especificaciones técnicas de conexión a la red de NUBBITEL.
b) Cumplir con las obligaciones de pago en los términos de la estipulación tercera. El Cliente no quedará exonerado de su obligación de pagar, aunque el Servicio hubiera sido utilizado por persona no autorizada por el Cliente.
c) Cumplir con las instrucciones que NUBBITEL transmita en relación con el Servicio.
d) Abstenerse de manipular los equipos instalados propiedad de NUBBITEL o de un tercero, siendo responsable de los daños o deterioros que pudieran derivarse por dichas manipulaciones.
e) Que los locales o edificios en que hayan de llevarse a cabo las instalaciones de los equipos necesarios para la prestación del Servicio reúnan las condiciones medioambientales, de alimentación eléctrica y técnicas precisas, de forma que los equipos terminales funcionen dentro de los límites normales de operación. A estos efectos, el Cliente se obliga a señalar la ubicación de los equipos terminales y el tendido del cableado de los mismos.
f) Facilitar a NUBBITEL toda aquella información que, según el criterio de NUBBITEL, sea relevante, para solucionar cualquier tipo de incidencia relativa a la prestación del Servicio.
g) En el supuesto de que el Cliente haya contratado un Servicio por el que esté facultado para acceder a las instalaciones de NUBBITEL, deberá cumplir con las indicaciones que les realice el personal de NUBBITEL y con la normativa de régimen interno. En este sentido el Cliente deberá autorizar e identificar debidamente, al personal técnico que haya de efectuar cualquier intervención técnica en los locales de NUBBITEL, siendo responsable de cualquier tipo de daño o perjuicio ocasionado durante su estancia.
h) Utilizar el Servicio, única y exclusivamente, en el local o dependencia en el cual ha sido instalado por NUBBITEL, estando absolutamente prohibido derivar la prestación del Servicio hacia cualquier otro local o dependencia. El Cliente será responsable de cualquier utilización del Servicio cuya instalación no haya sido realizada por personal de NUBBITEL.
i) No revender, compartir, distribuir, o comercializar total o parcialmente, en cualquier forma a terceros, el Servicio prestado por NUBBITEL. La prestación del Servicio es de uso exclusivo del Cliente y su ámbito queda restringido al domicilio de instalación.
15.- EXTINCIÓN DEL CONTRATO. El presente contrato se resolverá por las causas generales admitidas en Derecho y, en particular, por las siguientes:
a) Por finalización del plazo contractual o de sus prórrogas.
b) Por incumplimiento de las presentes condiciones contractuales por alguna de las partes, especialmente la falta o demora en el pago del Servicio por parte del Cliente, o el incumplimiento de la obligación establecida en la cláusula decimocuarta letra h) del presente contrato.
c) Por desistimiento unilateral del Cliente, previa comunicación por escrito a NUBBITEL con una antelación mínima de quince (15) días a la fecha en que desee dar por resuelto el contrato.
d) Por la negligente utilización del Servicio por parte del Cliente que pudiera suponer una amenaza a la integridad de la red de NUBBITEL, o bien, al respeto e intimidad de terceros.
e) En caso de pérdida por parte de NUBBITEL del título que le habilita para la prestación del Servicio.
En cualquier caso, la resolución o desistimiento del presente contrato no exonerará al Cliente del cumplimiento de sus obligaciones pendientes frente a NUBBITEL.
f) Por el uso negligente, irresponsable o descuidado de los equipos físicos.
g) Por un comportamiento del Cliente: incívico, irrespetuoso, vejatorio, contra la honorabilidad, etc. Hacia cualquier empleado de NUBBITEL o personas que colaboren con la empresa.
Resuelto el contrato, cualquiera que fuese su causa, el Cliente estará obligado a la devolución en buen estado de funcionamiento de todos los equipos instalados, propiedad de NUBBITEL. En cualquier caso, NUBBITEL le comunicará la retirada o no de los mismos.
NUBBITEL contactará con el Cliente y le solicitará una cita para acceder a su domicilio para la retirada de los equipos instalados y sus accesorios o bien le solicitará su devolución y el informará del procedimiento y plazo para llevarlo a cabo, el cual no podrá superar el plazo de 15 días naturales a contar de la fecha que NUBBITEL haya informado al cliente a tal efecto.
En el caso de que el cliente no devuelva a NUBBITEL los equipos requeridos o no permita el acceso a los mismos para su retirada en cada caso en dicho plazo, la empresa se reserva el derecho a facturar al cliente la cantidad correspondiente al equipo cuyo precio viene determinado en el contrato.
16.- LIMITES A LA RESPONSABILIDAD DE NUBBITEL. NUBBITEL será
responsable, única y exclusivamente, de los daños y perjuicios causados al Cliente, como consecuencia de las actuaciones llevadas a cabo de forma directa para la prestación del Servicio. NUBBITEL se responsabiliza de los fallos, interrupciones o mal funcionamiento del Servicio cuando los mismos sean imputables directamente a NUBBITEL.
No obstante, NUBBITEL no se responsabiliza de los fallos, interrupciones o mal funcionamiento del Servicio cuando sean debidos a una actuación dolosa o culposa del Cliente, o en caso de fuerza mayor. A estos efectos se considerará actuación dolosa o culposa, la conexión o manipulación de equipos que pueda realizar el Cliente sin intervención de NUBBITEL; el funcionamiento defectuoso del Servicio derivado de la falta de homologación de los equipos propiedad del Cliente o del incumplimiento de las especificaciones técnicas y los actos u omisiones imputables al Cliente y personal a su cargo que impidan, limiten o restrinjan la prestación del Servicio.
En todos los casos, NUBBITEL no será responsable frente al Cliente por pérdidas indirectas, causales o por otra forma de daño al negocio, pérdida de ganancias, pérdidas de ahorros previstos, o pérdidas de beneficios, enriquecimiento injusto, compensación por creación de clientela o fondo de comercio.
NUBBITEL no se responsabiliza de las modificaciones, instalaciones o mejoras sugeridas para la obtención del servicio, tales como, por ejemplo: estructuras, xxxxxx, casetas, instalaciones eléctricas, tala de árboles, eliminación de obstáculos o elementos estructurales, etc.
Sin perjuicio de lo señalado anteriormente, NUBBITEL, en caso de fallos, interrupciones o mal funcionamiento del Servicio por causas imputables a terceros, se compromete a ejercitar frente al tercero cuantas acciones legales sean necesarias con el objeto de resarcir los daños y perjuicios ocasionados al Cliente y se compromete a restituir el Servicio en los plazos de tiempo establecidos en los niveles de calidad ofertados.
17.- USO CORRECTO DE LOS SERVICIOS. El cliente se obliga a hacer un uso razonable de los servicios contratados conforme a los dispuesto al efecto en la Condiciones Generales y Particulares, con buena fe y respeto a la legalidad vigente. En caso de
incumplimiento por parte del cliente, NUBBITEL podrá, sin que medie indemnización o compensación alguna, suspender o cancelar de forma inmediata la prestación del servicio. El cliente conoce y acepta que, con sujeción los previsto en la ley, y en caso de reclamación fundada xx xxxxxxx, NUBBITEL podrá revelar los datos personales del cliente a las autoridades policiales, administrativas y/o judiciales.
El cliente será el único responsable de los daños que pudieran ocasionarse por incumplimiento de la legislación vigente o de las obligaciones asumidas en las Condiciones Generales o particulares del contrato.
18.- RECLAMACIONES. El Cliente, en el plazo de un mes desde que tenga conocimiento del hecho, deberá dirigir a NUBBITEL las reclamaciones que puedan plantearse en relación con cualquier aspecto de la prestación del Servicio y de su facturación utilizando los canales de comunicación que NUBBITEL tenga habilitados al efecto (solicitud por escrito a NUBBITEL. Centro de Atención al Cliente. Xxxx. Xxxxxx xx Xxxxxxxxx, 00. Xxxxxxxx Xxxxx. 00000 Xxxxxxxx xx xx Xxxxx - Xxxxxx; comunicación telemática a la siguiente dirección: xxxxxxxx@xxxxxxxx.xx; y página web de NUBBITEL: xxx.xxxxxxxx.xx). En el supuesto de que su reclamación no fuera atendida en el plazo de un mes, podrá reproducirla ante las Juntas Arbitrales de Consumo en los términos establecidos en la normativa reguladora de las mismas. En el caso de que no haya sometimiento de las partes a las Juntas Arbitrales, el Cliente podrá dirigirse a la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información que, una vez realizados los trámites oportunos, dictará resolución sobre la cuestión planteada.
19.- REEMBOLSOS. NUBBITEL se compromete a abonar en factura o, en su defecto, en la forma en que las partes mutuamente acuerden, aquellos importes a que el Cliente tuviere derecho por reintegros de conformidad con lo establecido en las condiciones contractuales del Servicio. A efectos de llevar a cabo el reembolso correspondiente, el Cliente deberá dirigirse a NUBBITEL, de forma expresa y fehaciente, por los medios indicados en la cláusula decimoctava y en el plazo de un mes contado a partir del momento en el que se devengue el derecho de reembolso, indicando la causa por la que se solicita el reembolso. 20.- SECRETO DE LAS COMUNICACIONES Y CONFIDENCIALIDAD.
NUBBITEL se compromete a adoptar las medidas técnicas que tenga a su alcance que permitan garantizar el secreto del contenido de la señal a través de la red de NUBBITEL. No obstante, NUBBITEL queda exonerada de toda responsabilidad que pueda derivarse de la obtención por el Cliente o por terceros de grabaciones de señales, sea cual sea su índole, de su uso o publicidad y de cuantas acciones u omisiones no imputables a NUBBITEL quebranten el secreto de las comunicaciones.
El Cliente y NUBBITEL se comprometen a mantener la confidencialidad de toda la información confidencial que reciban de la otra parte dentro del contexto del presente contrato.
Tendrá carácter de información confidencial cualquier información que cualquiera de las partes designe a la otra como tal. La obligación de confidencialidad que asumen las partes no será de aplicación a aquella información:
a) que sea de dominio público,
b) que haya devenido de dominio público durante la vigencia del contrato,
c) que se encuentre ya en posesión de las mismas o,
d) que se hubiese obtenido de terceros no sujetos a la obligación de confidencialidad, todo ello, sin incumplimiento de obligaciones legales o contractuales,
e) que haya sido requerida por la ley o mediando mandato judicial o de organismo estatal. 21.- PROTECCIÓN DE LOS DATOS PERSONALES. A los efectos de dar cumplimiento a lo estipulado en la normativa sobre protección de datos de carácter personal, NUBBITEL informa al Cliente del tratamiento de sus datos de carácter personal, con la finalidad de realizar el mantenimiento y la gestión de la relación contractual con el Cliente y, el envío por medios tradicionales, de información operativa y comercial de los productos y/o servicios de NUBBITEL, salvo que el Cliente notifique por escrito a NUBBITEL la revocación del consentimiento para el envío de estas comunicaciones comerciales.
La cumplimentación de los datos personales recogidos en la solicitud de contrato es indispensable para la efectiva prestación del Servicio. La no cumplimentación de los datos personales que, en su caso, aparezcan expresamente consignados de cumplimentación voluntaria, no será obstáculo para que NUBBITEL preste el Servicio. Igualmente, le informa de la posibilidad de ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición de los datos personales recabados al amparo del presente contrato.
El Cliente acepta y consiente el almacenamiento y tratamiento de los datos personales por parte de NUBBITEL, así como su comunicación a terceros para labores de información, promoción comercial, contratación y prestación del Servicio. NUBBITEL se compromete
a adoptar las medidas necesarias para evitar la alteración, pérdida, acceso o tratamiento no autorizado de los datos de carácter personal, en función del estado de la tecnología.
El Cliente consiente el tratamiento de los datos personales sobre el tráfico y la facturación para labores de información, formación y promoción comercial de los servicios de telecomunicaciones de NUBBITEL. En el supuesto de que el Cliente deje sin efecto expresamente dicho consentimiento, NUBBITEL se compromete a la destrucción de los datos de carácter personal sobre el tráfico y la facturación relacionados con el Cliente que hubieran sido tratados y almacenados para establecer una comunicación en cuanto termine la misma, salvo los datos necesarios fijados por la normativa vigente para la facturación y los pagos de interconexiones, los cuales se tratarán y almacenarán por el plazo durante el cual pueda impugnarse la factura o exigirse el pago, de conformidad con la legislación aplicable, transcurrido el cual serán destruidos.
En caso de no producirse el pago del Servicio en los términos establecidos en el presente contrato, y habiéndose cumplido los requisitos previstos en la Ley Orgánica 3/2018 (Ley de Protección de Datos y Garantía de Derechos Digitales), el Cliente consiente expresamente que los datos relativos al impago podrán ser comunicados por NUBBITEL a empresas encargadas de la gestión de ficheros relativos al cumplimiento o incumplimiento de obligaciones dinerarias.
22.- CESIÓN A TERCEROS. El presente contrato no podrá ser cedido o transmitido por el Cliente a terceros sin previo consentimiento expreso y por escrito de NUBBITEL.
23.- NOTIFICACIONES. Serán válidas las notificaciones entre las partes por cualquier medio postal, o electrónico que deje constancia fehaciente de su recepción, hechas al domicilio social facilitado en el contrato particular del cliente o correo electrónico del Cliente y de NUBBITEL, mientras no sean notificadas otras nuevas direcciones o mail.
24.- DOCUMENTOS CONTRACTUALES. Las presentes condiciones contractuales junto con la hoja de solicitud del Servicio y demás documentos que se firmen entre el Cliente y NUBBITEL, constituyen un único contrato, y los citados documentos serán obligatorios para las partes de acuerdo con sus términos. En caso de incompatibilidad se aplicará con preferencia lo específico sobre lo general. En el caso de que cualquiera de las cláusulas del presente contrato, fuere declarada contraria a equidad o derecho e invalidada por parte de un órgano judicial u otra autoridad competente, dicha invalidez no afectará al resto de las cláusulas que permanecerán vigentes en todos sus términos. En el supuesto de que las condiciones del presente contrato fueran modificadas en sus términos esenciales, se procederá a la redacción de un nuevo documento.
25.- LEY APLICABLE Y FUERO. El presente contrato se regirá por la ley española. Las partes, con renuncia expresa a cualquier otro fuero que pudiera corresponderles, se someten para caso de conflicto en la interpretación o aplicación de este contrato, al de los Juzgados y Tribunales o a Junta Arbitral de la ciudad de Talavera de la Reina (Toledo).
CONDICIONES PARTICULARES APLICABLES AL SERVICIO DE ACCESO A INTERNET
1.- DURACIÓN DEL CONTRATO. La prestación del Servicio tendrá la duración expresada en la hoja de contratación, considerándose prorrogada por períodos anuales, salvo manifestación en contrario por alguna de las partes, mediante comunicación, con una antelación mínima de un (1) mes. En el supuesto de desistimiento por parte del Cliente antes de transcurrir el periodo de vigencia de la prestación de este Servicio, quedará obligado a abonar a NUBBITEL el 25% adicional sobre las cuotas que se hubieran generado en el tiempo que quede pendiente de compromiso de permanencia llegado el caso, calculado sobre la tarifa que más tiempo haya tenido el cliente sobre el compromiso de permanencia.
No será necesario el cumplimiento de la Permanencia y en cuyo caso se recogerían los equipos instalados en los siguientes supuestos, siempre y cuando se justifiquen mediante documentación legal:
a) Desastres naturales o accidentes que impliquen destrucción de la vivienda
b) Fallecimiento titular
c) Desahucios
d) Cambio de domicilio en una zona sin cobertura de Nubbitel
En los casos b), c) y d) Nubbitel recogerá los equipos instalados. En el caso de que los equipos no funcionen correctamente, o no se permita el acceso a ellos para su retirada en cada caso en dicho plazo, la empresa se reserva el derecho a facturar al cliente la cantidad correspondiente al equipo cuyo precio viene determinado en el contrato.
2.- IMPAGO DE FACTURAS. NUBBITEL podrá suspender el Servicio por la demora en el pago, total o parcial, transcurrido un plazo mínimo de siete (7) días naturales a contar desde el día siguiente al de presentación o puesta al cobro de la factura correspondiente. La suspensión exige la previa comunicación fehaciente al Cliente con una antelación mínima de cinco días naturales.
NUBBITEL restablecerá el Servicio al Cliente el día hábil siguiente en el que tenga conocimiento de que se ha realizado el pago del importe adeudado.
Transcurridos veinte (20) días naturales desde la suspensión del Servicio, NUBBITEL podrá resolver de pleno derecho el contrato respecto del Servicio en cuestión si no se han satisfecho los importes pendientes.
Sin perjuicio de la facultad de suspensión o resolución del Servicio, se aplicarán a las cantidades adeudadas un interés de demora siempre que se produzca la devolución de un recibo.
3.- USO DE LA INFORMACIÓN. - El Cliente será el único responsable frente a NUBBITEL de la información contenida en la base de datos que soporta y que suministre a terceros, así como de cualquier acción u omisión que viole el secreto de las comunicaciones, la intimidad de las personas físicas o jurídicas, quedando NUBBITEL exonerada de cualquier responsabilidad que pueda derivarse por los usos y contenidos de la información. NUBBITEL no asume responsabilidad alguna por los contenidos de informaciones que no sean suministradas por ella o por el uso que se pueda hacer de dichos contenidos. El Cliente se obliga al cumplimiento de las normas relativas a la propiedad intelectual e industrial, siendo el único responsable de las infracciones de dicha normativa. El Cliente se obliga a adoptar las medidas oportunas para evitar cualquier intromisión ilegítima en la intimidad personal o familiar, o de instituciones o entidades físicas o jurídicas, o que supongan violación del derecho al honor o a la imagen de terceros, siendo el único responsable de aquellos actos que realice que puedan menoscabar estos derechos. Las informaciones o servicios que el Cliente proporciona no supondrán vulneración de los derechos y libertades fundamentales reconocidos en la Constitución española y por el resto del ordenamiento jurídico vigente, en particular lo establecido sobre protección de derechos de los consumidores y usuarios, la protección de la infancia y la juventud. El Cliente se compromete igualmente a dejar indemne a NUBBITEL de cualquier reclamación que pudiera deducirse contra ella por cualquiera y que traigan causa de la transgresión directa o indirecta, por sí o por los usuarios que pertenezcan a su red, de las cláusulas que anteceden. Si el Cliente aloja información o servicios de terceros, será responsable de las posibles infracciones que la información o servicios de dichos terceros proveedores supongan respecto de lo estipulado en este contrato. El Cliente será el único responsable de que la configuración de los sistemas y equipos sea la adecuada para recibir el Servicio, no pudiendo imputarse responsabilidad alguna a NUBBITEL si los equipos de su propiedad no reúnen los requisitos precisos para la recepción del Servicio. Las instalaciones del Cliente podrán disponer de medios propios, claves adicionales, páginas confidenciales y, en general, de cuantos procedimientos sean necesarios para asegurar las oportunas restricciones al acceso a sus bases de datos o aplicaciones, o para identificar a los usuarios de las mismas. NUBBITEL no garantizará la seguridad en los accesos a los servicios proporcionados por el Cliente, por lo que la inexistencia de estas medidas supondrá la exclusiva responsabilidad del Cliente por el acceso de usuarios no autorizados y de los daños y perjuicios que puedan derivarse. El Cliente observará estrictamente y hará observar a sus usuarios o proveedores los principios de buena conducta de NUBBITEL en Internet lo que particularmente comprenderá con carácter meramente ejemplificativo y no exhaustivo la observancia de las disposiciones que preceden, así como:
a) Abstenerse de remitir correo electrónico a otros usuarios que no los hayan solicitado, sean o no indiscriminados.
b) Acceder o tratar de acceder a bases de datos, ordenadores personales o instituciones o cualquier otro soporte informático, de forma no autorizada.
c) Obtener o tratar de obtener a través de Internet servicios de cualquier índole sin llevar a cabo la contraprestación económica que se solicitara para ello por el ofertante.
d) Pretender o conseguir alterar o destruir información de NUBBITEL o de otros proveedores o usuarios.
e) Tomar parte en actividades que deterioren la calidad del Servicio prestado por otros participantes en la red o interferir en el uso que aquellos hagan de ésta.
4.- PARÁMETROS DE CALIDAD DEL SERVICIO DEL SERVICIO DE ACCESO
A INTERNET. La velocidad del acceso, se refiere a la velocidad máxima alcanzable en capa de nivel de transporte. El caudal mínimo garantizado es el 10% del caudal máximo contratado. No obstante, la velocidad en capa IP y, por lo tanto, del acceso a Internet, dependerá en cada momento del tráfico en Internet, del número de internautas simultáneos y de otros factores técnicos asociados a esa Red (eficiencia de protocolo IP, ocupación de
servidores, puertos, etc.), por lo que no puede garantizarse y siempre será inferior a la velocidad máxima en capa de nivel de transporte. Debido a las características técnicas del servicio, dicha velocidad es máxima, es decir, nosotros no podemos garantizar en todo momento la velocidad de acceso que usted haya contratado; el servicio se prestará de forma asimétrica siendo la velocidad de acceso la velocidad máxima correspondiente al canal de bajada y guardando la velocidad del canal de subida una relación proporcional respecto del canal de bajada especificada en la oferta.
5.- COMPENSACIONES POR INCUMPLIMIENTO DE COMPROMISOS DE
CALIDAD DEL SERVICIO. Cuando, durante un período de facturación, el Cliente sufra interrupciones temporales del Servicio, NUBBITEL compensará al Cliente con la devolución del importe de la cuota fija mensual, prorrateadas por el tiempo que hubiera durado la interrupción. A estos efectos, NUBBITEL indemnizará automáticamente al Cliente, en la factura correspondiente al período inmediato al considerado o en la siguiente a ésta, si se hubiera producido el cierre de los procesos de facturación, cuando la interrupción del servicio suponga el derecho a una compensación por importe superior a 1 euro. Se le indemnizará cuando la interrupción se haya producido en horario de 8 a 22h y sea superior a seis horas.
6.- SUSPENSIÓN TEMPORAL DEL SERVICIO A SOLICITUD DEL CLIENTE. El
Cliente podrá solicitar, por notificación expresa y por escrito, a NUBBITEL, la suspensión temporal del Servicio de Internet siempre y cuando no esté dentro del periodo de compromiso de permanencia, por un periodo determinado que no será menor de un mes, ni mayor de seis meses en el caso de fibra ni de doce para el servicio de wimax. La suspensión temporal del servicio implicará una facturación inmediata del saldo pendiente. La facturación se reanudará en el momento de la rehabilitación del Servicio que se restablecerá automáticamente el primer día hábil posterior al período de suspensión del Servicio, salvo que el Cliente por notificación expresa y por escrito solicite la baja del mismo. La reactivación podrá llevar asociado un coste independientemente de la necesidad de acudir o no al domicilio del cliente para su puesta en funcionamiento. Alcanzado el tiempo máximo de baja temporal, sin notificación expresa por escrito del cliente con 15 días de antelación se llevará a cabo la baja definitiva del mismo.
Resuelto el contrato, el Cliente estará obligado a la devolución en buen estado de funcionamiento de todos los equipos instalados, propiedad de NUBBITEL. En cualquier caso, NUBBITEL le comunicará la retirada o no de los mismos.
NUBBITEL contactará con el Cliente y le solicitará una cita para acceder a su domicilio para la retirada de los equipos instalados y sus accesorios o bien le solicitará su devolución y el informará del procedimiento y plazo para llevarlo a cabo, el cual no podrá superar el plazo de 15 días naturales a contar de la fecha que NUBBITEL haya informado al cliente a tal efecto.
En el caso de que el cliente no devuelva a NUBBITEL los equipos requeridos o no permita el acceso a los mismos para su retirada en cada caso en dicho plazo, la empresa se reserva el derecho a facturar al cliente la cantidad correspondiente al equipo cuyo precio viene determinado en el contrato.
7.- LIMITES A LA RESPONSABILIDAD DE NUBBITEL. El cliente deberá atenerse a las instrucciones y comunicaciones de NUBBITEL relativas al uso correcto e los servicios de acceso a Internet/ servicios de datos. NUBBITEL no será responsable en los casos en que se deban las circunstancias fuera de su control como los casos de fuerza mayor o caso fortuito, ni cuándo debe prevalecer el orden público. NUBBITEL se compromete a prestar el servicio dentro de los límites de cobertura y del estado de la tecnología. En cualquier caso, NUBBITEL no será responsable por interrupciones o mal funcionamiento del servicio motivado por condiciones orográficas y/o atmosféricas que impidan o imposibiliten su prestación.
Respecto al Servicio de Acceso a Internet con conexión dedicada y permanente, NUBBITEL es responsable únicamente hasta el interfaz físico y lógico perteneciente al Cliente. En cuanto a las demás facilidades del Servicio, la responsabilidad de NUBBITEL estará limitada a la configuración de sus servidores y de la red de su propiedad. No obstante, lo anterior, NUBBITEL no se responsabiliza de los fallos, interrupciones o mal funcionamiento del Servicio imputables a terceros, ni de las posibles pérdidas de mensajes de correo electrónico provocados por la mala configuración de los servidores por parte del Cliente o por cualquier otra causa. Así mismo, no existe garantía alguna sobre servicios prestados por terceros, tales como proveedores de televisión vía IP/streaming o de telefonía IP. La gestión del router será responsabilidad del Cliente.
8.- DIRECCIONES IP. Las direcciones IP no son propiedad del Cliente, por lo que NUBBITEL podrá modificar las mismas cuando concurran causas que lo justifiquen. Asimismo, NUBBITEL no se hace responsable del mal uso o del uso fraudulento por parte del Cliente o de terceros, de las direcciones IP proporcionadas al Cliente.
CONDICIONES PARTICULARES APLICABLES AL SERVICIO TELEFONICO FIJO VOIP
1.- CARACTERÍSTICAS DEL SERVICIO Y DURACIÓN DEL CONTRATO. El
servicio telefónico que se presta NUBBITEL es VozIP, no es el servicio telefónico fijo. La prestación del Servicio tendrá una duración indefinida, salvo manifestación por alguna de las partes de su intención de resolverlo, mediante comunicación escrita, con una antelación mínima de quince (15) días.
2.- LIMITE DE CREDITO. GARANTÍA. NUBBITEL podrá fijar, antes y durante la vigencia del contrato, un límite de crédito, el cual será comunicado con carácter inmediato al Cliente. Cuando se alcance el límite establecido, NUBBITEL podrá facturar y enviar al cobro la cantidad correspondiente. En el caso de fijación de un límite de crédito, la cuantía del mismo será determinada en base a criterios objetivos que serán previamente comunicados al Cliente en el momento del requerimiento de constitución de dicho límite de crédito.
Asimismo, NUBBITEL se reserva el derecho a exigir, en los supuestos señalados a continuación, la constitución de un depósito en garantía, tanto en el momento de contratar como durante la vigencia del presente contrato. El depósito podrá exigirse por parte de NUBBITEL en los siguientes supuestos:
a) En el caso de que el Cliente haya sido con anterioridad abonado al Servicio y hubiera dejado impagados uno o varios recibos, en tanto subsista la morosidad.
b) Si el Cliente tuviera contraídas deudas por otro u otros contratos de abono, vigentes o no en ese momento o bien que, de modo reiterado se retrasen en el pago de los recibos correspondientes.
c) Por retraso reiterado en el pago de los recibos del presente contrato.
La cuantía del depósito se determinará sumando el importe de los tres últimos recibos impagados del presente contrato y, en el caso de que fueran menos los recibos impagados, la cantidad resultante de multiplicar por tres el último recibo.
El requerimiento de constitución del depósito que, en su caso sea solicitado, se realizará por cualquier medio que deje constancia de su recepción por parte del Cliente, quien en el plazo de quince (15) días deberá proceder a su constitución o, en su caso, al abono de las cantidades pendientes. La no constitución de la garantía en el plazo de quince (15) días a partir de su solicitud fehaciente al Cliente, facultará a NUBBITEL para suspender el Servicio. De igual modo, NUBBITEL podrá, en los diez (10) días siguientes al segundo requerimiento, interrumpir el Servicio si el Cliente no hubiera constituido el depósito. NUBBITEL devolverá la fianza o aval bancario, en el plazo de quince (15) días desde el momento en que tenga constancia del pago íntegro de las cantidades adeudadas.
Si con anterioridad al pago de los recibos pendientes, el Cliente se diera de baja o solicitará el cambio de titularidad, NUBBITEL podrá ejecutar el depósito por el total de la deuda contraída, quedando el remanente, si existe, a disposición del Cliente.
3.- SUSPENSIÓN E INTERRUPCIÓN DEL SERVICIO A INSTANCIA DE
NUBBITEL. El impago total o parcial por el plazo superior a un mes desde la presentación o puesta al cobro de la factura correspondiente podrá dar lugar, previo aviso al Cliente, a la suspensión por parte de NUBBITEL de la prestación del Servicio. La suspensión afectará, únicamente, a la prestación del Servicio correspondiente al contrato al que se refiere la factura cuyo importe haya sido impagado. Así el impago del cargo por los servicios de tarificación adicional, acceso a Internet o cualesquiera otros distintos al servicio telefónico disponible al público, únicamente dará lugar a la suspensión de tales servicios, pero no al servicio telefónico, En cualquier caso, el Servicio será mantenido para todas las llamadas entrantes y las llamadas salientes de urgencia. El retraso en el pago del Servicio por un período superior a tres meses o la suspensión temporal, en dos ocasiones, del contrato por xxxx en el pago de los servicios correspondientes, dará derecho a NUBBITEL a la interrupción definitiva del Servicio y a la correspondiente resolución del contrato. La suspensión del Servicio se notificará al Cliente, mediante carta con acuse de recibo, con al menos quince días de antelación a la fecha en que se realizará la suspensión efectiva del mismo. Dicha notificación incluirá, el correspondiente requerimiento de pago y se indicará la fecha en que la suspensión se producirá de no haberse procedido al pago por parte del Cliente.
La suspensión del Servicio no podrá realizarse en día festivo ni en víspera del mismo y no exime al Cliente de la obligación de continuar con el pago de las cuotas fijas mensuales correspondientes.
Sin perjuicio de lo señalado en el párrafo anterior, en el caso de que el Cliente haya presentado una reclamación ante las Juntas Arbitrales de Consumo o ante la Secretaría de
Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información, NUBBITEL no suspenderá ni interrumpirá el Servicio, mientras que la reclamación se esté substanciando, siempre que el Cliente consigne fehacientemente el importe adeudado, y entregue el correspondiente resguardo a NUBBITEL.
En cualquier caso, NUBBITEL reestablecerá el Servicio suspendido dentro del día laborable siguiente a aquél en el que tenga constancia de que el importe adeudado ha sido satisfecho.
Sin perjuicio de la facultad de suspensión o resolución del Servicio, se aplicarán a las cantidades adeudadas un interés de demora siempre que se produzca la devolución de un recibo.
4.- SUSPENSIÓN TEMPORAL DEL SERVICIO A SOLICITUD DEL CLIENTE. El
Cliente no tendrá derecho a solicitar de NUBBITEL, la suspensión temporal del Servicio de telefonía VozIP. El Cliente podrá por notificación expresa y por escrito solicitar la baja del mismo.
5.- COMPENSACIONES POR INCUMPLIMIENTO DE COMPROMISOS DE
CALIDAD DEL SERVICIO. - El servicio telefónico que se presta no es el servicio telefónico fijo. No se asegura la disponibilidad permanente del mismo. Cuando, durante un período de facturación, el Cliente sufra interrupciones temporales del Servicio causadas por cortes de acceso a Internet, NUBBITEL indemnizará automáticamente al Cliente, en la factura correspondiente al período inmediato al considerado o en la siguiente a ésta, si se hubiera producido el cierre de los procesos de facturación, cuando la interrupción del servicio suponga el derecho a una compensación por importe superior a 1 euro. Se le indemnizará cuando la interrupción se haya producido en horario de 8 a 22h y sea superior a seis horas.
NUBBITEL deberá indemnizar con una cantidad que será, al menos, igual a la mayor de las dos siguientes: a) el promedio del importe facturado por todos los servicios interrumpidos, prorrateado por el tiempo que haya durado la interrupción.
No se aplicará la indemnización cuando la interrupción temporal esté motivada por alguna de las siguientes causas: a) Incumplimiento grave por el Cliente de las condiciones contractuales, en especial en caso de fraude x xxxx en el pago que dará lugar a la aplicación de la suspensión temporal e interrupción del Servicio de acuerdo a lo dispuesto en las Condiciones Particulares del Servicio telefónico disponible al público. En todo caso, la suspensión temporal o interrupción afectará únicamente al servicio en el que se hubiera producido el fraude x xxxx en el pago; b) Por los daños producidos en la red debido a la conexión por el abonado de equipos terminales que no hayan evaluado la conformidad, de acuerdo a la normativa vigente; c) Incumplimiento del código de conducta por parte de un usuario que preste servicios de tarificación adicional, cuando la titularidad del contrato de abono corresponda a este último; d) Por actividades de mantenimiento de la Red programadas o por causas de fuerza mayor ajenas a NUBBITEL, como fallo en el suministro eléctrico, catástrofes naturales, etc.
6.- CAMBIO DE NÚMERO(S) DE ABONO TELEFÓNICO. El Cliente tendrá derecho a conservar los mismos números de teléfono contratados en el Servicio en caso de cambio de operador, de servicio o de ubicación física en la misma provincia de destino.
7.- LIMITES A LA RESPONSABILIDAD DE NUBBITEL. NUBBITEL es responsable
únicamente hasta el punto de terminación de red (PTR). El mantenimiento de los equipos de comunicaciones y del cableado interior, conectado a una línea telefónica de NUBBITEL en la sede del Cliente es responsabilidad de éste hasta el punto de terminación de red (PTR), entendiendo por tal el punto que separa el equipamiento del Cliente y el de NUBBITEL. No obstante, lo señalado, en el caso de que los equipos de comunicaciones que utilizase el Cliente sean propiedad de NUBBITEL, ésta sería responsable del mantenimiento de los mismos.
8.- RESTRICCIÓN DE LLAMADAS. El Cliente puede solicitar la activación de las llamadas internacionales y a servicios de tarificación adicional (estas últimas son las dirigidas a los prefijos 803, 806, 807 y 905). NUBBITEL podrá fijar, antes y durante la vigencia del contrato, un límite de crédito, el cual será comunicado con carácter inmediato al Cliente. Cuando se alcance el límite establecido, NUBBITEL podrá facturar y enviar al cobro la cantidad correspondiente. En el caso de fijación de un límite de crédito, la cuantía del mismo será determinada en base a criterios objetivos que serán previamente comunicados al Cliente en el momento del requerimiento de constitución de dicho límite de crédito.
Tras su petición, NUBBITEL le activará el servicio en un plazo xxxxxx xx xxxx días naturales, tras el cual será posible acceder a este tipo de llamadas desde su teléfono, salvo que usted vuelva a solicitar la restricción o se alcance su límite de crédito.
CONDICIONES PARTICULARES APLICABLES AL SERVICIO DE TELEFONÍA MOVIL
Véase las condiciones particulares del servicio de telefonía móvil contratado por el cliente y el punto 3 del apartado condiciones particulares aplicables al servicio telefónico fijo voip.