REUNIDOS
M ODELO DE AUDITORIA INFORMÁTICA
En (…), a (…) de (…) de (…)
REUNIDOS
DE UNA PARTE, (…) mayor de edad, con D.N.I. número (…) y en nombre y representación de (…), en adelante, el “CLIENTE”, domiciliada en (…), calle (…) nº (…), C.P. (…) y C.I.F. (…).
DE OTRA PARTE, (…) mayor de edad, con D.N.I. número (…) y en nombre y representación de la mercantil (…), en adelante, el “PROVEEDOR”, domiciliada en (…), calle (…) nº (…), C.P. (…) y C.I.F. (…).
El CLIENTE y el PROVEEDOR, en adelante, podrán ser denominadas, individualmente, “la Parte” y, conjuntamente, “las Partes”, reconociéndose mutuamente capacidad jurídica y de obrar suficiente para la celebración del presente Contrato
EXPONEN
PRIMERO: Que el CLIENTE está interesado en la contratación de los servicios de:
a) Auditoria de los sistemas informáticos.
b) Realización de un informe detallado sobre la situación de los sistemas informáticos, con un plan que garantice el óptimo nivel de los sistemas informáticos.
c) Otros servicios consistentes en (…) [citar todos y cada uno de los servicios adicionales en su caso]
El CLIENTE está interesado en contratar dichos servicios para conocer la situación y la operatividad de sus sistemas informáticos, software y hardware. [indicar la necesidad del cliente]
SEGUNDO: Que el PROVEEDOR es una empresa especializada en la prestación de servicios de Auditoria, seguimiento, conservación de sistemas informáticos y formación.
TERCERO: Que las Partes están interesadas en celebrar un contrato de PRESTACIÓN DE SERVICIOS INFORMÁTICOS en virtud del cual el PROVEEDOR preste al CLIENTE los servicios de:
a) Auditoria de los sistemas informáticos.
b) Realización de un informe detallado sobre la situación de los sistemas informáticos, con un plan que garantice el óptimo nivel de los sistemas informáticos.
c) Otros servicios consistentes en (…) [citar todos y cada uno de los servicios adicionales en su caso]
Que las Partes reunidas en la sede social del CLIENTE, acuerdan celebrar el presente contrato de PRESTACIÓN DE SERVICIOS INFORMÁTICOS, en adelante, el “Contrato”, de acuerdo con las siguientes
CLÁUSULAS
PRIMERA.- OBJETO
En virtud del Contrato el PROVEEDOR se obliga a prestar al CLIENTE los servicios de auditoria de los sistemas informáticos del CLIENTE y la realización posterior de un informe detallado para conocer la situación y la operatividad de sus sistemas informáticos, software y hardware, con un plan que garantice el óptimo nivel de los sistemas informáticos. [citar todos los servicios] en adelante, “los Servicios”, en los términos y condiciones previstos en el Contrato y en todos sus Anexos.
SEGUNDA.- TÉRMINOS Y CONDICIONES GENERALES Y ESPECÍFICOS DE PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS
2.1. Los Servicios se prestarán en los siguientes términos y condiciones generales:
2.1.1. El PROVEEDOR responderá de la calidad del trabajo desarrollado con la diligencia exigible a una empresa experta en la realización de los trabajos objeto del Contrato.
2.1.2. El PROVEEDOR se obliga a gestionar y obtener, a su cargo, todas las licencias, permisos y autorizaciones administrativas que pudieren ser necesarias para la realización de los Servicios.
2.1.3. El PROVEEDOR se hará cargo de la totalidad de los tributos, cualquiera que sea su naturaleza y carácter, que se devenguen como consecuencia del Contrato, así como cualesquiera operaciones físicas y jurídicas que conlleve, salvo el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) o su equivalente, que el PROVEEDOR repercutirá al CLIENTE.
2.1.4. El PROVEEDOR guardará confidencialidad sobre la información que le facilite el CLIENTE en o para la ejecución del Contrato o que por su propia naturaleza deba ser tratada como tal. Se excluye de la categoría de información confidencial toda aquella información que sea divulgada por el CLIENTE, aquella que haya de ser revelada de acuerdo con las leyes o con una resolución judicial o acto de autoridad competente. Este deber se mantendrá durante un plazo de tres años a contar desde la finalización del servicio.
2.1.5. En el caso de que la prestación de los Servicios suponga la necesidad de acceder a datos de carácter personal, el PROVEEDOR, como encargado del tratamiento, queda obligado al cumplimiento de la Ley 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal y del Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999 y demás normativa aplicable.
El PROVEEDOR responderá, por tanto, de las infracciones en que pudiera incurrir en el caso de que destine los datos personales a otra finalidad, los comunique a un tercero, o en general, los utilice de forma irregular, así como cuando no adopte las medidas correspondientes para el almacenamiento y custodia de los mismos. A tal efecto, se obliga a indemnizar al CLIENTE, por cualesquiera daños y perjuicios que sufra directamente, o por toda reclamación, acción o procedimiento, que traiga su causa de un incumplimiento o cumplimiento defectuoso por parte del PROVEEDOR de lo dispuesto tanto en el Contrato como lo dispuesto en la normativa reguladora de la protección de datos de carácter personal.
A los efectos del artículo 12 de la Ley 15/1999, el PROVEEDOR únicamente tratará los datos de carácter personal a los que tenga acceso conforme a las instrucciones del CLIENTE y no los aplicará o utilizará con un fin distinto al objeto del Contrato, ni los comunicará, ni siquiera para su conservación, a otras personas. En el caso de que el PROVEEDOR destine los datos a otra finalidad, los comunique o los utilice incumpliendo las estipulaciones del Contrato, será considerado también responsable del tratamiento, respondiendo de las infracciones en que hubiera incurrido personalmente.
El PROVEEDOR deberá adoptar las medidas de índole técnica y organizativas necesarias que garanticen la seguridad de los datos de carácter personal y eviten su alteración, pérdida, tratamiento o acceso no autorizado, habida cuenta del estado de la tecnología, la naturaleza de los datos almacenados y los riesgos a que están expuestos, ya provengan de la acción humana o del medio físico o natural. A estos efectos el PROVEEDOR deberá aplicar los niveles de seguridad que se establecen en el Real Decreto 1720/2007 de acuerdo a la naturaleza de los datos que trate.
2.1.6. El PROVEEDOR responderá de la corrección y precisión de los documentos que aporte al CLIENTE en ejecución del Contrato y avisará sin dilación al CLIENTE cuando detecte un error para que pueda adoptar las medidas y acciones correctoras que estime oportunas.
2.1.7. El PROVEEDOR responderá de los daños y perjuicios que se deriven para el CLIENTE y de las reclamaciones que pueda realizar un tercero, y que tengan su causa directa en errores del PROVEEDOR, o de su personal, en la ejecución del Contrato o que deriven de la falta de diligencia referida anteriormente.
2.1.8. Las obligaciones establecidas para el PROVEEDOR por la presente cláusula serán también de obligado cumplimiento para sus posibles empleados, colaboradores, tanto externos como internos, y subcontratistas, por lo que el PROVEEDOR responderá frente al CLIENTE si tales obligaciones son incumplidas por tales empleados.
2.2. El PROVEEDOR prestará los Servicios en los siguientes términos y condiciones específicos:
2.2.1. El PROVEEDOR realizará una auditoria de los sistemas informáticos del CLIENTE para conocer la situación exacta en que se encuentran los sistemas informáticos del CLIENTE, software y hardware.
2.2.2. Una vez realizada la auditoria, los técnicos encargados de la misma realizarán un informe detallado de la situación, con un plan que garantice el óptimo nivel de los sistemas informáticos en el día a día y que planifique las necesidades que van surgiendo en el CLIENTE, atendiendo a las nuevas tecnologías y su constante evolución. Dicho plan podrá llevar a la contratación de otros servicios prestados por el PROVEEDOR.
2.2.3. Para la realización de la auditoria se desplazarán a la sede del CLIENTE dos técnicos del PROVEEDOR, uno como analista de sistemas y otro como asesor informático.
2.2.4. Los técnicos del PROVEEDOR realizarán su trabajo durante el horario comercial del CLIENTE
[indicar horario e incluir cuando proceda fines de semana y festivos].
2.2.5. El CLIENTE con la asistencia del PROVEEDOR realizará las copias necesarias de la programación, información, etc., para evitar su desaparición en el transcurso de la auditoria.
2.2.6. El PROVEEDOR realizará controles remotos, para elaborar un diagnóstico a través de soporte con P.C. o por teléfono, de los sistemas informáticos del CLIENTE.
2.2.7. El encargado de los sistemas informáticos del CLIENTE estará en todo momento a disposición de los técnicos del PROVEEDOR para la realización de la auditoria y facilitará las claves y passwords necesarios para comprobar todos los sistemas y la descripción de los mismos.
2.2.8. Realizada la auditoria y antes de finalizar el informe completo, sin el plan para garantizar el óptimo nivel, se entregará al CLIENTE una copia del informe, en su estado, para su estudio.
2.2.9. Una vez estudiado por el CLIENTE el informe y antes de elaborar el plan que garantice el óptimo nivel de los sistemas, el encargado de los sistemas informáticos del CLIENTE tendrá las reuniones necesarias con los técnicos del PROVEEDOR para concretar las necesidades del CLIENTE. Cada parte llevará a las reuniones una propuesta. Una vez concretadas las necesidades, los técnicos del PROVEEDOR realizarán el plan.
2.2.10. Los plazos de entrega del informe y del plan se entregarán conforme la cláusula 5ª de este contrato. Una vez entregado el informe incluyendo el plan, el contrato estará cumplido
2.2.11. El contrato podrá ser ampliado para realizar los servicios necesarios para llevar el plan a buen término. Dicha ampliación será por acuerdo escrito entre las partes y el documento se unirá al presente contrato.
2.2.12. El PROVEEDOR ejecutará el Contrato realizando de manera competente y profesional los Servicios, cumpliendo los niveles de calidad exigidos y cuidando diligentemente los materiales del CLIENTE que tuviera que utilizar como consecuencia del Contrato.
TERCERA.- POLÍTICA DE USO
3.1 El CLIENTE es el único responsable de determinar si los servicios que constituyen el objeto de este Contrato se ajustan a sus necesidades, por lo que el PROVEEDOR no garantiza que los servicios contratados se ajuste a las necesidades específicas del CLIENTE.
CUARTA.- PRECIO Y FACTURACIÓN.-
4.1 El precio del Contrato es de (…) [indicar el precio de cada servicio] IVA excluido.
4.2 El pago de las facturas se realizará, tras la aceptación de los trabajos por el CLIENTE, mediante transferencia bancaria a los 30 días de la fecha de recepción de la factura a la siguiente cuenta corriente titularidad del PROVEEDOR: (…) [indicar nº de cuenta].
QUINTA.- DURACIÓN DEl CONTRATO
5.1 El plazo de realización de la auditoria es de (…)
5.2 El plazo de entrega del informe para su estudio es de (…)
5.3 El plazo de entrega del informe definitivo es de (…) a partir de la fecha referida en el encabezamiento del Contrato.
SEXTA.- ACUERDO DE NIVEL DE SERVICIO
6.1 Todos los Servicios prestados por el PROVEEDOR se realizarán por personal especializado en cada materia. El personal del PROVEEDOR acudirá previsto de todo el material necesario, adecuado y actualizado, para prestar los Servicios.
6.2 El PROVEEDOR deberá cumplir los plazos de entrega que se acuerden con el CLIENTE. Se considerará un incumplimiento de los plazos cuando se supere [indicar el plazo máximo que se puede superar] y en ese caso el CLIENTE podrá exigir al PROVEEDOR el pago de los daños y perjuicios que corresponda.
SÉPTIMA.- MODIFICACIÓN
Las Partes podrán modificar el contrato de mutuo acuerdo y por escrito.
OCTAVA.- RESOLUCIÓN
Las Partes podrán resolver el Contrato, con derecho a la indemnización de daños y perjuicios causados, en caso de incumplimiento de las obligaciones establecidas en el mismo.
NOVENA.- NOTIFICACIONES
Las notificaciones que se realicen las Partes deberán realizarse por correo con acuse de recibo [o cualquier otro medio fehaciente que acuerden las Partes] a las siguientes direcciones:
CLIENTE (…)
PROVEEDOR: (…)
DÉCIMA.- REGIMEN JURÍDICO
El presente contrato tiene carácter mercantil, no existiendo en ningún caso vínculo laboral alguno entre el CLIENTE y el personal del PROVEEDOR que preste concretamente los Servicios.
Toda controversia derivada de este contrato o que guarde relación con él –incluida cualquier cuestión relativa a su existencia, validez o terminación- será resuelta mediante arbitraje DE DERECHO, administrado por la Asociación Europea de Arbitraje de Madrid (Aeade), de conformidad con su Reglamento de Arbitraje vigente a la fecha de presentación de la solicitud de arbitraje. El Tribunal Arbitral que se designe a tal efecto estará compuesto por un único árbitro experto y el idioma del arbitraje será el (elegir entre: castellano/catalán/euskera/xxxxxxx). La sede del arbitraje será (elegir entre: Madrid/Barcelona).
Y en prueba de cuanto antecede, las Partes suscriben el Contrato, en dos ejemplares y a un solo efecto, en el lugar y fecha señalados en el encabezamiento
POR EL CLIENTE | POR EL PROVEEDOR |
Fdo.: | Fdo.: |
ANEXO
CLÁUSULA PENAL, CONVENIENTE EN CASO DE PODER SER NEGOCIADA
En virtud de la presente cláusula penal que tiene carácter cumulativo y no sustitutivo a los efectos de lo dispuesto en el artículo 1152 del Código Civil, el CLIENTE podrá aplicar las siguientes penalizaciones por incumplimiento del acuerdo de nivel de servicio.
A los efectos de lo previsto en el artículo 1.153 del Código Civil, el PROVEEDOR no podrá eximirse del cumplimiento de sus obligaciones pagando la pena. Asimismo, el PROVEEDOR, además de satisfacer la pena establecida, deberá cumplir las obligaciones cuyo incumplimiento se penaliza.
Las penalizaciones se detraerán del importe pendiente de pago al PROVEEDOR