CONTRATO DE SERVICIOS PARA EL INVERSOR
CONTRATO DE SERVICIOS PARA EL INVERSOR
De una parte, Ener2Crowd S.r.l. SB (en adelante, “Ener2Crowd”) tiene sede en Milán, Corso Indipendenza 1, Partida IVA 10585050965, REA MI-2543587, dirección de correo electrónico xxxx0xxxxx@xxxxxxxxx.xx, capital social de 131.379,96 Euros, Agente de Pagos autorizado a operar por el Banco xx Xxxxxxx con el número de licencia ACPR 2019071201, representada en este acto por Xxx Xxxxxxx’ Xxxx Xxxxxx, en calidad de Administrador. En adelante “Ener2Crowd”.
De otra, el inversor. En adelante “Inversor”.
EXPONEN
I.- Que Ener2Crowd es la entidad gestora de una Plataforma de crowdfunding de préstamos que se encuentra alojada en la web: xxxxx://xxx.xxxx0xxxxx.xxx/
II.- Que en dicha Plataforma se publican los Proyectos propuestos por varios Promotores y relacionados con el sector energético, de la transición energética y de la sostenibilidad para el medio ambiente.
III.- Que el Inversor quiere acceder a la posibilidad de invertir en la Plataforma, concediendo préstamos a los Promotores.
Los intervinientes, colectivamente designados como “Partes” o, individualmente, como “Parte”, se reconocen mutuamente la capacidad legal necesaria para obligarse y celebrar el presente CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS, con arreglo a las siguientes
CLAUSULAS
Cláusula 1.- OBJETO DEL CONTRATO
1.1.- El presente Contrato tiene por objeto estipular la prestación de servicios por parte de Ener2Crowd a través del portal de crowdfunding de préstamos alojado en xxxxx://xxx.xxxx0xxxxx.xxx/ para el Inversor, que desea realizar inversiones en préstamos “peer-to-peer”.
1.2.- La inversión se realiza mediante el desembolso directo de un préstamo a quien lo solicita (en adelante, el “Promotor”) y no a Ener2Crowd.
1.3.- Cada Inversor puede, accediendo al Portal:
a) Evaluar los Proyectos publicados.
b) Xxxxxse en contacto con un Promotor para negociar.
c) Realizar inversiones en forma de préstamos “peer-to-peer”.
d) Gestionar las inversiones realizadas a través de la Plataforma.
1.4.- Los servicios de Ener2Crowd se realizan en cooperación con Lemon Way SAS, con sede en xxx xx xx Xxxxxx x. 00, 00000 Xxxxxxxxx, Xxxxxxx, SIRET number 500 486 915. Lemon Way está registrada como Entidad de Pagos en la autoridad financiera francesa, la ACPR, con el número 16 568 J y tiene el “Pasaporte Europeo” para operar en distintas jurisdicciones, entre las que se encuentra España.
1.5.- Los servicios de Ener2Crowd y xx Xxxxx Way se basan en lo establecido en el Real Decreto 217/2008, de 15 de febrero, sobre el régimen jurídico de las empresas de servicios de inversión y de las demás entidades que prestan servicios de inversión y por el que se modifica parcialmente el Reglamento de la Ley 35/2003, de 4 de noviembre, de Instituciones de Inversión Colectiva, aprobado por el Real Decreto 1309/2005, de 4 de noviembre, así como en el Real Decreto-Ley 14/2018, de 28 de septiembte, por el que se modifica el texto refundido de la Xxx xxx Xxxxxxx de Valores, aprobado por el Real Decreto Legislativo 4/2015 de 23 de octubre; y, por último, en el título V de la La Ley 5/2015, de 27 xx xxxxx.
Cláusula 2.- SERVICIOS
2.1 El presente Contrato rige exclusivamente la relación entre el Inversor y Ener2Crowd en relación con la utilización de los servicios de la Plataforma, que consisten en:
a) Uso del portal xxxxx://xxx.xxxx0xxxxx.xxx/.
b) Realización del cribado exigido por la Ley 10/2010, de 28 xx xxxxx, de prevención en materia de blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo y por el Real Decreto 304/2014, de 5 xx xxxx, por el que se aprueba el reglamento de la Ley anteriormente citada.
c) Apertura de un Monedero Digital en una Entidad de Pagos autorizada para operar en el país de residencia del Inversor.
d) Acceso a los Proyectos presentados por Ener2Crowd y a los documentos relacionados con dichos Proyectos.
e) Selección personalizada de los Proyectos correspondientes a las condiciones de inversión deseadas.
f) Soporte informático para la negociación y estipulación individualizada en línea de contratos xx xxxxxxxx con los Promotores por los importes deseados por el Inversor.
g) Ejecución en línea de la inversión a través de una Entidad de Pago autorizada para operar en el país de residencia del Cliente.
h) Acceso al Área Personal y uso de herramientas informáticas para el reporting, análisis y administración de las inversiones realizadas por el Inversor a través de la Plataforma alojada en xxxxx://xxx.xxxx0xxxxx.xxx/.
2.2.- El servicio está reservado a sujetos que no son entidades de crédito, en los términos establecidos en la Ley 10/2014, de 26 xx xxxxx, ni establecimientos financieros de crédito en los expresados en el Real Decreto 309/2020, de 00 xx xxxxxxx x xx xx xxx. 0 xx xx Ley 5/2015, de 27 xx xxxxx, ni sujetos a supervisión en los términos establecidos en el Título III de la citada Ley 10/2014, de 26 xx xxxxx, y, con carácter general, que no operan en los sectores bancario, financiero, bursátil, asegurador y de la Seguridad Social.
2.3.- Cada Inversor que realice una inversión estará directamente vinculado al Promotor correspondiente por un Contrato xx Xxxxxxxx, del que Ener2Crowd no es parte, que incluye:
a) Las Condiciones Generales del Contrato xx Xxxxxxxx, que contienen los términos y condiciones generales del contrato.
b) Las Condiciones Particulares del Contrato xx Xxxxxxxx, negociadas directamente entre el Promotor y el Inversor, que contienen las condiciones contractuales específicas de cada préstamo, en términos de:
a. Duración xxx xxxxxxxx.
b. Cantidad invertida.
c. Tipo de interés pactado entre las Partes.
Cláusula 3.- FUNCIONAMIENTO DE LA PLATAFORMA.
3.1.- Para la ejecución de las inversiones y el acceso al Área Personal de cada Inversor, Ener2Crowd asigna al Inversor un nombre de usuario y una contraseña específicas (en adelante, conjuntamente, las “Claves”), que el Inversor deberá usar para acceder a su Área Personal según lo solicitado por la página web.
3.2.- Por nombre de usuario, nos referimos a un código personal que permite la identificación del Inversor por parte de Ener2Crowd. El Inversor podrá cambiar la contraseña siempre que lo considere oportuno.
3.3.- El nombre de usuario será utilizado por el sistema incluso si el Inversor accede a la Plataforma autenticándose a través de una de las redes sociales autorizadas; en este caso, el sistema informático realizará automáticamente la asociación con el perfil del Inversor.
3.4.- El personal de Ener2Crowd desconoce la contraseña del Xxxxxxxx, quien, en todo caso, está obligado a mantenerla en secreto: ésta no debe ser guardada o anotada junto con el nombre de usuario en un solo documento, o en documentos que se mantengan juntos.
3.5.- La utilización de las citadas Claves constituye prueba única y suficiente de la correcta identificación del Inversor como legítimo usuario del servicio.
3.6.- El Inversor está obligado a guardar las Claves con la máxima diligencia, a mantenerlas en secreto y a no comunicarlas a terceros por ningún motivo. El Inversor es responsable de su uso indebido, cualquiera que sea la forma en que se haya producido, aunque sea como consecuencia de pérdida o robo, salvo que, en el plazo de 24 horas desde que se produjo la pérdida o el robo, haya informado a Ener2Crowd y solicitado el bloqueo de las Claves.
3.7.- Cualquier divulgación de las Claves será considerada por Ener2Crowd a todos los efectos como un mandato que autoriza al tercero a acceder a los servicios a que se refiere este Contrato.
3.8.- En caso de pérdida o robo de las claves, el Inversor podrá solicitar el bloqueo de las mismas enviando una comunicación a la dirección xxxxxxxx@xxxx0xxxxx.xxx.
Cláusula 4.- USO DE LA PLATAFORMA
4.1.- Ener2Crowd facilita al Inversor recursos tecnológicos que permiten una gestión informática rápida, correcta y eficiente de los préstamos negociados con los Promotores y desembolsados por los Inversores. Ener2Crowd actúa para servir a favor de los intereses de cada Inversor de la mejor manera posible y de acuerdo con la legislación vigente.
4.2.- Con el fin de mejorar la calidad del servicio ofrecido, Ener2Crowd se reserva el derecho a realizar cambios en las modalidades y condiciones técnicas de uso del mismo, así como a modificar su contenido y sustituir, parcial o totalmente, los proveedores de partes del servicio a su discreción. Ener2Crowd comunicará dichos cambios al Inversor con la debida antelación.
Cláusula 5.- RIESGO DE LAS INVERSIONES
5.1.- El Inversor es consciente y acepta que la operación de inversión que pretende realizar utilizando los servicios de Ener2Crowd se realiza bajo su propio riesgo, riesgo que asume, declarando estar debidamente informado de ello. La asunción de riesgo por parte del inversor incluye:
a) Los riesgos que representa la inversión en préstamos “peer-to-peer”, dada su característica de productos financieros no regulados y no cotizados.
b) La falta de liquidez de las inversiones realizadas, ya que no se compran productos financieros liquidables en un mercado secundario.
c) Los riesgos asociados a los Proyectos específicos en los que el Inversor pretenda invertir, que deberán ser evaluados periódicamente sobre la base de documentación informativa, que puede no ser exhaustiva para una adecuada valoración de riesgos.
d) El riesgo de no compleción o dificultad en la actualización de los datos del usuario.
e) El riesgo de evaluación incorrecta del Proyecto debido a incompetencia específica, inexactitudes metodológicas o interpretación de los datos en la evaluación.
f) El riesgo de que se produzca un cambio en las condiciones, en un momento posterior al de su valoración.
g) Los riesgos representados por la ausencia de garantías.
h) La dificultad para evaluar el riesgo de un proyecto emprendedor en el sector energético o ambiental.
i) El riesgo de no obtener el rendimiento económico esperado, así como el riesgo de perder la totalidad del importe invertido.
5.2.- En este sentido, el Inversor, bajo su propia responsabilidad, se compromete a leer atentamente la documentación informativa de cada Proyecto en las páginas
correspondientes de la Plataforma y a evaluar cuidadosamente los riesgos relacionados, pudiendo ser asistido por expertos en el sector.
Asimismo, se recomienda al Inversor una diversificación de sus inversiones en diferentes Proyectos a fin de reducir el riesgo de pérdida derivado de la posibilidad de que el Promotor termine no pudiendo reembolsar las cantidades pactadas.
Cláusula 6.- NEGOCIACIÓN DE LOS CONTRATOS XX XXXXXXXX
6.1.- El Inversor realizará una inversión, suscribiendo el Contrato xx Xxxxxxxx con el Promotor, solamente después de haber examinado cuidadosamente el Proyecto y únicamente después de haber mantenido una negociación individualizada con éste. La negociación se realizará por medios electrónicos y a distancia, e incluirá una elección por parte del Inversor de los importes invertidos, el rendimiento de la inversión y el nivel de riesgo asumido.
6.2.- El Inversor será el único responsable de evaluar la información sobre el Proyecto y de tomar las decisiones relacionadas con la inversión que le correspondan. La información publicada en el sitio xxxxx://xxx.xxxx0xxxxx.xxx/ no representa ningún tipo de consejo, recomendación o sugerencia por parte de Ener2Crowd.
6.3.- Ener2Crowd informará al Inversor sobre cualquier dificultad significativa que pueda afectar a la perfección de los Contratos xx Xxxxxxxx, tan pronto como tenga conocimiento de estas. En situaciones particulares, donde se presenten problemas de cumplimiento normativo, Ener2Crowd tiene el derecho de suspender la perfección de un Contrato solicitado por el Inversor, notificándoselo previamente
6.4.- Con el fin de proteger a los Inversores que usan la Plataforma, Ener2Crowd se reserva, además, el derecho de limitar y/o excluir la posibilidad de realizar determinadas inversiones. Dichas limitaciones o exclusiones se comunicarán al Inversor a través de los medios de comunicación normalmente utilizados por las Partes.
Cláusula 7.- MONEDERO DIGITAL
7.1.- La Entidad de Pagos utilizada por Ener2Crowd para proporcionar el servicio abrirá un Monedero Digital para cada Inversor, en el que se registran todas las operaciones de pago y de cobro relacionadas con los Proyectos y que se regirá por lo establecido en el art. 21 del Real Decreto-ley 19/2018, de 23 de noviembre, de servicios de pago y otras medidas urgentes en materia financiera, así como en el art. 16 del Real Decreto 736/2019, de 20 de diciembre, de régimen jurídico de los servicios de pago y de las entidades de pago.
7.2.- El Monedero Digital constituye un activo separado en todos los aspectos de Ener2Crowd y de la Entidad de Pagos y tiene por objeto, exclusivamente, la realización de las operaciones de pago solicitadas por el Inversor.
7.3.- Para poder abrir el Monedero Digital, Ener2Crowd deberá transferir los datos personales del Inversor a la Entidad de Pagos afiliada, a saber, Lemon Way SAS, con sede en Xxx xx Xxxxxxx 0, 00000 Xxxxx, Xxxxxx, número SIRET 500 486 915 (en adelante, “Lemon Way”). Lemon Way está registrada ante la autoridad financiera francesa, la ACPR, como Entidad de Pagos con el número 16 568 J y tiene un "pasaporte europeo" en varias jurisdicciones, incluida España. La transferencia de los datos del cliente tiene como objetivo que Lemon Way pueda realizar los trámites requeridos en la legislación vigenete en materia de prevención de blanqueo de capitales y financiación del terrorismo, es decir, la Ley 10/2010, de 28 xx xxxxx, de prevención en materia de blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo y el Real Decreto 304/2014, de 5 xx xxxx, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley anteriormente citada y, una vez finalizada la investigación, abrir el Monedero Digital.
7.4.- De conformidad con el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 xx xxxxx relativo a las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos (RGPD) y con la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales (LOPDGDD), Lemon Way es el responsable del tratamiento de los datos personales del Inversor y la información relacionada con dicho tratamiento está disponible en las condiciones generales xx Xxxxx Way disponibles en la Plataforma y en la página web xx Xxxxx Way.
Cláusula 8.- SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO XX XXXXXXXX
8.1.- El Contrato xx Xxxxxxxx entre el Inversor y el Promotor se celebra electrónicamente.
8.2.- Los términos del Contrato xx Xxxxxxxx se recogerán en un documento que cumple con los requisitos a efecto de validez establecidos en el art. 23 de la Ley 34/2022, de 11 de julio, de servicios de la sociedad de la información y de comercio electrónico.
8.3.- A los efectos establecidos en el art. 28 de la Ley arriba citada:
a) Tras la firma del Contrato, Ener2Crowd emitirá, a través de la Plataforma, una confirmación electrónica (por correo electrónico) que contendrá el nombre de las Partes, la hora y la fecha de registro, así como los elementos esenciales del contrato.
b) Cada Contrato xx Xxxxxxxx firmado electrónicamente será identificado de manera unívoca por Ener2Crowd a través de la asignación de un código.
c) El Inversor puede conservar una copia del Contato xx Xxxxxxxx imprimiendo la página correspondiente.
8.4.- Ener2Crowd almacena todos los Contratos xx Xxxxxxxx en soporte informático duradero y son archivados adecuadamente.
Cláusula 9.- DATOS PERSONALES
9.1.- Considerando el papel de intermediación realizado por Ener2Crowd y la celebración de Contratos xx Xxxxxxxx a distancia entre el Promotor y el Inversor, se informa a éste último que Ener2Crowd comunicará sus datos personales a aquél. El objetivo de esta comunicación
es permitir al Promotor tener la información necesaria para la completa identificación del Inversor. De conformidad con el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 xx xxxxx relativo a las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos (RGPD) y con la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales (LOPDGDD), el Promotor es el Responsable del tratamiento de los datos personales del Inversor.
Cláusula 10.- PAGO XXX XXXXXXXX
10.1- El Inversor es consciente de que la celebración electrónica de los Contratos xx Xxxxxxxx conlleva la obligación de pagar la suma a invertir, so pena de ineficacia.
10.2.- Si el Inversor no realiza el pago, el Contrato quedará sin efecto. Sin perjuicio de las disposiciones imperativas en la legislación vigente, el Inversor tiene prohibido entregar dinero en efectivo.
Cláusula 11.- SOBREFINANCIACIÓN DE PROYECTOS
11.1.- Si el Proyecto publicado en la Plataforma recibe Inversiones por un importe superior al Objetivo establecido (es decir, se sobrefinancia el Proyecto), los Contratos xx Xxxxxxxx se formalizarán de acuerdo con los siguientes principios:
a) Se dará prioridad al Contrato xx Xxxxxxxx que primero se haya perfeccionado por haber recibido primero los fondos.
b) Si un Contrato xx Xxxxxxxx no puede ser satisfecho en su totalidad, el Inversor recibirá una comunicación inmediata y podrá decidir, durante las siguientes 24 horas, si acepta financiar igualmente el Proyecto a una cantidad inferior, propuesta por el Promotor.
c) Se establecerá una lista de espera para los Contratos xx Xxxxxxxx pendientes. En caso de que otros inversores ejerzan su derecho de desistimiento, los Contratos xx Xxxxxxxx en lista de espera se perfeccionarán de acuerdo con el principio de prioridad temporal. En este caso, cuando un Contrato xx Xxxxxxxx en lista de espera que ha pasado a poder perfeccionarse no pueda ser satisfecho en su totalidad, el Inversor recibirá una notificación inmediata y podrá decidir, durante las siguientes 24 horas, si acepta financiar igualmente el Proyecto a una cantidad inferior, propuesta por el Promotor.
d) Con el fin de permitir el funcionamiento de la lista de espera, los Contratos xx Xxxxxxxx que no puedan ejecutarse por sobrefinanciación permanecerán suspendidos durante 15 días, sin perjuicio del derecho de desistimiento que mantiene el Inversor.
Cláusula 12.- RESPONSABILIDAD Y CONFLICTOS DE INTERÉS
Por los servicios ofrecidos por Ener2Crowd, el Inversor abonará a Ener2Crowd una cantidad indicada para cada Contrato xx Xxxxxxxx en las correspondientes Condiciones Particulares del Contrato xx Xxxxxxxx, que se entenderán expresamente referidas aquí.
Cláusula 13.- PROTECCIÓN PARA EL INVERSOR
A los efectos establecidos en el art. 69 del Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias, se informa al Inversor que, al tener consideración de consumidor, en virtud del art. 3 de la citada norma, tendrá derecho a desistir de cada Contrato xx Xxxxxxxx individual, sin gasto alguno, mediante comunicación dirigida al Promotor, a través de Ener2Crowd, dentro de los quince días siguientes a la fecha de la inversión de la que pretenda retirarse.
Cláusula 14.- CIERRE XXX XXXXXXXX DIGITAL
14.1.- El Inversor puede cerrar su Monedero Digital en cualquier momento y el cierre dará lugar a la devolución de cualquier saldo activo. Sin embargo, el cierre xxx Xxxxxxxx Digital imposibilitará el cobro de lo que aún se le deba al Inversor en relación con los préstamos realizados y aún no reembolsados; por lo tanto, si el Inversor tiene préstamos pendientes de cobro aún no reembolsados, deberá esperar al vencimiento del (de los) Contrato(s) xx Xxxxxxxx antes de cerrar su Monedero Digital.
14.2.- Al cerrar su Monedero Digital, el Inversor es consciente y acepta lo siguiente:
a) Que ya no le será posible acceder a los datos de su Monedero Digital.
b) Que no le será posible recibir más información y oportunidades publicadas en la Plataforma.
c) Que ya no le será posible acceder a los servicios ofrecidos por Ener2Crowd.
14.2.- Para cerrar su Monedero Digital, deberá enviar una solicitud desde la dirección de correo electrónico que utilizó para registrarse a xxxxxxxx@xxxx0xxxxx.xxx, especificando su intención de cerrar su Monedero Digital.
14.3.- El saldo activo xxx Xxxxxxxx Digital solo puede transferirse mediante transferencia a la cuenta bancaria indicada por el Inversor a Ener2Crowd ya Lemon Way en el momento del registro.
Cláusula 15.- CLÁUSULAS GENERALES
15.1.- Ener2Crowd se reserva el derecho de modificar, incluso en un sentido desfavorable para el Inversor, las condiciones contractuales relativas a los servicios de inversión a los que se refiere este contrato en presencia de un motivo razonado y acreditado (entre los que podrían encontrarse, sin limitarse a ellos: la necesidad de cumplir con supervisión legislativa, adaptación al desarrollo tecnológico e informático, introducción de nuevos servicios o la
adopción de nuevos métodos para llevar a cabo los mismos; procesos de reestructuración y reorganización societaria o el incremento de costes que afecte la prestación del servicio). A tal efecto Ener2Crowd informará al Inversor con un preaviso de al menos 3 días, con respecto a la fecha de introducción del cambio.
15.2.- Los cambios a los que se refiere el párrafo anterior entrarán en vigor a partir de la fecha de vigencia indicada en las respectivas comunicaciones y se considerarán aceptados por el Inversor si éste no ha ejercido su derecho de desistimiento del presente contrato o del servicio afectado por los cambios, dentro de los 15 días siguientes desde la recepción de las citadas comunicaciones.
Cláusula 16.- CÓMPUTO DE LOS PLAZOS
Salvo que se establezca lo contrario, todos los plazos previstos en este Contrato y en los Contratos xx Xxxxxxxx individuales se calcularán teniendo en cuenta únicamente los días hábiles.
Cláusula 17.- LEGISLACIÓN APLICABLE
Estas condiciones contractuales y cualquier relación con el Inversor se regirán por la ley española vigente en la materia.
Cláusula 18.- RESOLUCIÓN DE DISPUTAS
18.1.- Las Partes acuerdan que cualquier disputa de carácter judicial derivada del presente contrato será resuelta por los tribunales de la ciudad de Madrid.
18.2.- Si el Inversor tuviera la condición de consumidor de conformidad con lo establecido en el Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias, los tribunales competentes para la resolución de disputas judiciales serían los tribunales del lugar de residencia del Inversor.
(CONTRATO CELEBRADO Y ACEPTADO ELECTRÓNICAMENTE POR PARTE DEL INVERSOR)
Versión Abril 2022