NORMAS DE CONTRATACIÓN SECTOR HOGAR
NORMAS DE CONTRATACIÓN SECTOR HOGAR
CON CARACTER GENERAL
A) RIESGOS EXCLUIDOS:
Pólizas de duración temporal.
Viviendas aisladas (a más de 1 Km. xxx xxxxx urbano y que no se encuentren en urbanizaciones). Viviendas destinadas en su totalidad a actividades profesionales o mercantiles.
Viviendas deshabitadas/abandonadas o en estado de ruina. Esta situación de las viviendas se excluye de contratación al carecer de un mantenimiento mínimo comportando un agravamiento del riesgo, no sólo de daños propios sino también de daños a terceros.
Viviendas de construcción “integra xx xxxxxx”.
B) RIESGOS A CONSULTAR:
Viviendas construidas con anterioridad a 1.950. Viviendas prefabricadas o de construcción no estándar.
Sumas aseguradas superiores a 1.200.000 Euros (suma de Vivienda, Mobiliario, Joyas, X. Civil y Animales de Compañía).
Suma asegurada de Mobiliario superior a 200.000 Euros en viviendas habituales. Suma asegurada de Mobiliario superior a 50.000 Euros en viviendas de temporada. Suma asegurada xx xxxxx superior a 12.000 Euros sin caja fuerte.
Suma asegurada xx xxxxx superior a 24.000 Euros con caja fuerte.
Impago de alquileres con renta inferior a 200 Euros/mes o Suma Asegurada equivalente inferior a 2400 Euros.
C) INSPECCION DE RIESGOS:
Será necesaria la inspección del riesgo en los siguientes casos:
Cuando las sumas aseguradas de vivienda, mobiliario, joyas, responsabilidad civil y animales de compañía superen en conjunto el 1.200.000 Euros.
Cuando la suma asegurada solicitada de Responsabilidad Civil sea superior a 601.020 Euros. Cuando se solicite una suma asegurada de impago de alquileres inferior a 200 Euros/mes.
Cuando exista una atípica concentración de valores en joyas, pieles, obras de arte, etc.:
▪ Cuando en el riesgo existan joyas u objetos de valor especial con un valor unitario superior a 6.010 Euros.
▪ En todas las modalidades, cuando el conjunto de objetos de valor especial suponga más del 50% de la suma asegurada de mobiliario.
▪ Cuando la suma asegurada xx xxxxx sea superior a 12.000 Euros y no se disponga de caja
▪ fuerte en la vivienda. Si existe caja fuerte, será necesario inspeccionar el riesgo cuando la
▪ suma asegurada xx xxxxx sea superior a 24.000 Euros.
▪ Cuando el año de construcción de la vivienda sea anterior a 1950.
▪ Cuando el tipo de construcción no sea el estándar (en el caso de materiales prefabricados, madera, etc.).
▪ Cuando el suscriptor lo requiera por las características del riesgo.
El contenido del presente documento está sujeto a valoración, carece de valor efectivo y no es un compromiso contractual. La información y datos que contiene son puramente ilustrativos u orientativos y no constituyen un compromiso vinculante, ni son una propuesta u oferta de productos o servicios. Su texto ha sido elaborado para utilización interna de empleados y mediadores al servicio del Sistema MAPFRE y está desprovisto de todo contenido o fin publicitario, divulgativo u obligacional.
A elección del suscriptor, que tomará la decisión en base a las características del riesgo, las inspecciones serán realizadas por un comercial en nómina o un técnico especializado.
Previo a la inspección del riesgo y en el caso de operaciones con control técnico de subcentral se deberá aportar información complementaria a los datos incluidos en la solicitud de seguro de Gescom mediante la cumplimentación del cuestionario de hogar y su envío, mediante correo electrónico, al departamento técnico de la subcentral.
C) CRITERIOS PARA LA DETERMINACION DE LAS SUMAS ASEGURADAS
La suma asegurada en VIVIENDA se asigna automáticamente en base a los metros cuadrados construidos y de acuerdo con los módulos establecidos en la tarifa.
La tasa por cada mil Euros se aplicará, en cualquier caso, sobre el coste real promediado de construcción, de acuerdo con el criterio siguiente:
Calidad MediaCalidad Alta
− Pisos y Apartamentos………………718 Euros/m2 936 Euros/m2
− Chalet Adosados …………………..827 Euros/m2 1.082 Euros/m2
− Chalet Pareados e Individuales …926 Euros/m2 1.207 Euros/m2
− Vivienda Rural (Casa de Pueblo)… 598 Euros/m2 780 Euros/m2
Se debe entender como «Vivienda Rural-Casa de Pueblo», una calidad constructiva de vivienda de antigua construcción, normalmente anterior a 1970, bien de tipo adosada, pareada o individual con una o dos plantas sobre rasante (casa baja), sobre la que no se hayan efectuado reformas estructurales y/o de acabados que modifiquen su valor de reconstrucción. No se debe confundir este tipo de viviendas con las asociadas a las explotaciones agropecuarias.
El contenido del presente documento está sujeto a valoración, carece de valor efectivo y no es un compromiso contractual. La información y datos que contiene son puramente ilustrativos u orientativos y no constituyen un compromiso vinculante, ni son una propuesta u oferta de productos o servicios. Su texto ha sido elaborado para utilización interna de empleados y mediadores al servicio del Sistema MAPFRE y está desprovisto de todo contenido o fin publicitario, divulgativo u obligacional.
DETALLE POR COBERTURAS Y GARANTIAS
A) COBERTURAS DE DAÑOS MATERIALES Y ROBO
COBERTURA/GARANTIA | OBSERVACIONES |
INCENDIO Y OTROS DAÑOS | Garantía de contratación obligatoria para MOBILIARIO Y VIVIENDA, salvo cuando se garantice este riesgo para la vivienda en una póliza de EDIFICIO DE VIVIENDAS y siempre cuando tenga contratada la garantía de Incendio MOBILIARIO. |
DAÑOS MATERIALES Y ROBO | ∗ OBJETOS DE ESPECIAL VALOR: ARTISTICOS, HISTORICOS, COLECCIONES Y PIELES: − Consultar sumas aseguradas para el conjunto de estos objetos superiores al 25 por 100 de la suma asegurada de MOBILIARIO en Hogar Básico, Familiar y total. En la Modalidad Platino, consultar sumas superiores al 50 por 100. − Relacionar en las Condiciones Particulares los objetos de valor unitario superior a 3.010 Euros, en Hogar Básico, Familiar y Total. En la Modalidad Platino relacionar los superiores a 6.000 Euros. − Cuando el valor de un objeto sea superior a 6.015 euros se precisará su identificación mediante fotografía, diseño, etc. − Consultar viviendas de temporada. ∗ JOYAS Y DINERO − Suma máxima asegurable: * Sin CAJA FUERTE: 12.000 Euros * Con CAJA FUERTE: 24.000 Euros Consultar sumas superiores para riesgos especialmente protegidos (Central de Alarmas, etc.). − Se relacionarán en Condiciones Particulares los objetos de valor unitario superior a 3.010 Euros, en Hogar Básico, Familiar y Total. En la Modalidad Platino relacionar los superiores a 6.000 euros. − Cuando el valor unitario sea superior a 6.015 Euros, se identificarán los objetos mediante fotografía, diseño, etcétera. |
AMPLIACION A TODO RIESGO (MODALIDAD HOGAR TOTAL) | ∗ Tan sólo se podrá excluir la garantía de INCENDIO Y OTROS DAÑOS cuando la VIVIENDA se encuentre asegurada por póliza de Edificios de Viviendas. |
B) COBERTURAS DE RESPONSABILIDAD CIVIL
* Deberá intentarse su contratación en todos los casos.
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C) COBERTURA DE ANIMALES DE COMPAÑIA
AMBITO OPERATIVO | ∗ Perros de Compañía o Vigilancia y Gatos de Compañía que cumplan los siguientes requisitos: − Estar censados o identificados por el número xx xxxxx, tatuaje o microchip. PERROS: Observar el calendario de vacunaciones oficiales (rabia) y las relativas: Leptospirosis, Moquillo, Hepatitis (triple) y Parvovirosis, así como aquellas otras que, por dictamen de la Autoridad Sanitaria, fuera preciso administrar en un momento dado. GATOS: Vacuna Trivalente (Rinotraqueitis, Calicivirus y Panleuco-xxxxx xxxxxx) y vacuna de Leucemia felina. ∗ Máximo 5 animales asegurados. |
RIESGOS SIEMPRE EXCLUIDOS | ▪ Perros destinados a otros usos (caza o cualquier tipo de deporte). ▪ Animales enfermos, con taras o defectos, o en malas condiciones, así como razas que por sus características anatómicas requieran asistencia veterinaria en cesáreas o parto distócico. ▪ Perros que no estén debidamente identificados y gatos que no estén debidamente reseñados. Será preciso incluir la identificación del animal asegurado en las Condiciones Particulares del Seguro: IDENTIFICACION DE/LOS ANIMAL/ES ASEGURADOS. NOMBRE; ESPECIE: GATO/ PERRO, RAZA, FECHA DE NACIMIENTO Y NUMERO DE IDENTIFICACION. No será obligatorio para los gatos. ▪ Animales menores de TRES meses o mayores de NUEVE años. |
SUMAS ASEGURADAS | ▪ La suma asegurada será de 910 Euros por animal. ▪ Sumas superiores, canalizar a través de MAPFRE AGROPECUARIA. |
OBSERVACIONES | Esta cobertura no podrá ser contratada en la modalidad de: MAPFRE INMUEBLES. |
D) COBERTURA DE DECESOS
Cobertura no operativa para nueva producción, excepto suplementos a pólizas existentes en este sector con cobertura de DECESOS.
E) COBERTURAS ASISTENCIALES
Suscripción obligatoria de todas sus coberturas: Asistencia en viaje, Defensa Jurídica y Asistencia Hogar (excepto modalidades preestablecidas).
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F) IMPAGO DE ALQUILERES
ÁMBITO OPERATIVO | • Propietario en alquiler productos de hogar, modalidades Básica, Familiar, Total y Platino. • Su contratación se efectuará mediante cláusula MH08, no pudiéndose contratar el impago de alquileres sin la contratación de la defensa jurídica del arrendador y viceversa. |
REQUISITOS DE EMISIÓN | • Es importante señalar que el producto está acotado a la cobertura de contratos de arrendamientos donde el asegurado arrendador debe verificar la capacidad de pago suficiente del inquilino en los términos establecidos en las bases del seguro. La acreditación de la capacidad de pago suficiente se efectuará en la comunicación del siniestro. Este aspecto hace necesaria la correcta comunicación en la venta de las bases del seguro y la aceptación expresa por el asegurado de estas condiciones. Para garantizar esto se establece como norma de emisión, la recogida de firma de las condiciones particulares y de la solicitud cuestionario de seguro y su envío por parte del agente una vez firmadas por el asegurado al dpto. de suscripción del que dependa la clave. |
RIESGOS SIEMPRE EXCLUIDOS | • Contratos de arrendamiento con impago producido por inquilinos donde no se acredite a la aseguradora documentalmente, en el momento del siniestro, la verificación efectuada por el asegurado de la capacidad de pago suficiente del inquilino en el momento de la firma del contrato de arrendamiento. (La acreditación de la capacidad de pago suficiente del inquilino implica necesariamente la verificación documental de que la renta pactada no excede del 30 % de los ingresos brutos anuales del inquilino, alternativamente se podrá acreditar mediante aval bancario por importe de tres rentas o la existencia de fiador con capacidad de pago suficiente). • Rentas superiores a los 18.000 Euros de alquiler al año. • Los arrendamientos de temporada, de locales de negocio, turísticos, rústicos y cualquier otro tipo que no tenga la consideración de arrendamiento de vivienda conforme a la Ley de Arrendamientos Urbanos. • Los arrendamientos de plazas de garaje, trasteros u otras dependencias que no figuren en el contrato como accesorios de la vivienda arrendada. • El pago de cantidades que no tengan la consideración xx xxxxx, tales como servicios, suministros, tasas, IVA e impuestos repercutibles, obras y, singularmente, el IBI. • El subarriendo de la vivienda asegurada. |
SUMAS ASEGURADAS | • La suma asegurada será la renta correspondiente a un año de alquiler no pudiéndose modificar dicho periodo. |
OBSERVACIONES | Esta cobertura no podrá ser contratada en la modalidad póliza 900 y Protección Jurídica. Las primas de defensa jurídica y pérdida de alquileres están expresadas por unidad de riesgo. |
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