ORIGEN DE LOS FONDOS: GOES
XXXXXXXX Xx. 00/0000
“SERVICIOS DE FUMIGACION EN LAS OFICINAS CENTRAL Y DEPARTAMENTALES DEL ISDEMU”
ORIGEN DE LOS FONDOS: GOES
PERÍODO DE VIGENCIA: 00 XX XXXXX XX 00 XX XXXXXXXXX XX 0000. CONTRATISTA: FUMIGADORA Y FORMULADORA CAMPOS, S.A. DE C.V.
NOSOTROS: XXXXXX XXXXXXX XXXXXXX XXXXXXXX,
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en mi calidad de Directora Ejecutiva, del
INSTITUTO SALVADOREÑO PARA EL DESARROLLO DE LA MUJER, nombrada
mediante Acuerdo DIEZ, del Acta OCHO emitido por la Junta Directiva, en la ciudad de San Xxxxxxxx el día diecinueve de diciembre del año dos mil catorce, quien en este instrumento me denominaré “El Contratante” por una parte, y por la otra, XXXX XXXXXX XXXXXXXX,
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actuando en calidad de Administrador Único, y por lo tanto Representante Legal de la Sociedad FUMIGADORA Y FORMULADORA CAMPOS, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, que se abrevia F. F. C., S.A.
DE C.V., de naturaleza anónima de capital variable, de nacionalidad salvadoreña, del domicilio de San Xxxxxxxx, de plazo indeterminado, con Número de Identificación Tributaria
que en adelante me denominaré “La Contratista”, y en las calidades antes expresadas MANIFESTAMOS: Que hemos acordado otorgar y en efecto otorgamos proveniente del proceso de Libre Gestión número cero ocho / dos mil quince, denominado Servicios de Fumigación en las Oficinas Central y Departamentales del ISDEMU el presente contrato de SERVICIOS DE FUMIGACION EN LAS OFICINAS CENTRAL Y DEPARTAMENTALES DEL ISDEMU, de conformidad a la Ley de Adquisiciones y
Contrataciones de la Administración Pública, que en adelante se denominará LACAP, su Reglamento que en adelante se denominará RELACAP y a las cláusulas que se detallan a continuación: I) OBJETO DEL CONTRATO. La contratista se compromete a suministrar los servicios de fumigación contra insectos y roedores en las diferentes instalaciones de ISDEMU detalladas, en la cláusula V del presente instrumento. II) DOCUMENTOS CONTRACTUALES: Forman parte integral del contrato los siguientes documentos Requisición de adquisición de obras, bienes y/o servicios número 4699, de fecha 04 de noviembre de 2015, Requisición complementaria número 4799 de fecha once de diciembre de dos mil quince, documento de contratación para LG- 21/2016, Oferta de fecha 04 de diciembre de 2015, Garantía de Cumplimiento de Contrato, Resoluciones modificativas y otros documentos que emanaren del presente contrato, los cuales son complementarios entre sí y serán interpretados en forma conjunta, en caso de discrepancia entre alguno de los documentos contractuales y este contrato, prevalecerá el contrato. Las entregas serán realizadas durante el plazo y en la forma establecidas en el presente contrato. III) FUENTE DE LOS RECURSOS, PRECIO Y FORMA DE PAGO. Las obligaciones emanadas del presente instrumento serán cubiertas con cargo a nombre del Instituto Salvadoreño para el Desarrollo de la Mujer con fondos proveniente del Gobierno de El Xxxxxxxx (GOES) para lo cual se ha verificado la correspondiente asignación presupuestaria. La contratante se compromete a cancelar a la contratista la cantidad de ONCE MIL CUATROCIENTOS TREINTA Y SEIS DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA (US$11,436.00), Los pagos se realizarán en DOCE cuotas mensuales de NOVECIENTOS CINCUENTA Y TRES DOLARES (US$953.00), en la Unidad Financiera Institucional dentro de los sesenta días hábiles después de haber retirado el quedan correspondiente, previa presentación del informe mensual sobre los trabajos realizados, acta de recepción original y factura consumidor final a nombre del Instituto Salvadoreño para el Desarrollo de la Mujer consignando el descuento del uno por ciento (1%) en concepto de retención del Impuesto a la Transferencia de Bienes Muebles y a la Prestación de Servicios, de conformidad a lo establecido en el artículo ciento sesenta y dos inciso tercero del Código Tributario.
IV. PLAZO DE CONTRATO Y VIGENCIA. El plazo del presente Contrato será de trescientos sesenta y seis días, comprendidos desde el uno de enero al treinta y uno de diciembre de dos mil dieciséis. V) FORMA Y LUGAR DE PRESTACION DE LOS SERVICIOS. De conformidad con el Artículo cuarenta y cuatro, letra j) de la Ley de Adquisiciones y Contrataciones de la Administración Pública, los servicios objetos del presente contrato serán realizados una vez al mes, de acuerdo con la programación presentada por la Unidad de Mantenimiento, y en las oficinas Centrales, Bodega de San Xxxxxxx, Oficina departamental La Libertad y Cabañas los trabajos de fumigación se realizarán los días viernes a las quince horas treinta minutos; en los Albergues los
viernes a las ocho horas; en el Programa de Atención Integral, los días jueves a las cinco horas treinta minutos; y el resto de las oficinas departamentales se realizarán los días viernes a las dieciséis horas. Por lo tanto, la contratista deberá tomar en consideración estos horarios y deberá contar con personal suficiente y transporte adecuado para los días y horas señaladas; y dicho servicio será prestado en los lugares detallados a continuación: OFICINA CENTRAL: Esta oficina está ubicada en . San Xxxxxxxx; BODEGA SAN XXXXXXX: está ubicado en , San Xxxxxxxx;
ALBERGUES: San Xxxxxxxx y Panchimalco; ESCUELA DE FORMACIÓN PARA LA IGUALDAD SUSTANTIVA,
t , San Xxxxxxxx; PROGRAMA DE ATENCION A CONTRA LA VIOLENCIA DE LA
MUJER: , San Xxxxxxxx;
OFICINA DEPARTAMENTAL DE LA LIBERTAD:
Santa Tecla, Departamento de La Libertad; OFICINA DEPARTAMENTAL DE SANTA XXX: Esta oficina está ubicada en
Santa Xxx, ; OFICINA
DEPARTAMENTAL DE AHUACHAPÁN:
,
Ahuachapán; OFICINA DEPARAMENTAL DE SONSONATE:
, Sonsonate, Departamento de Sonsonate;
OFICINA DEPARTAMENTAL DE CHALATENANGO: está ubicada en
Chalatenango;
OFICINA DEPARTAMENTAL XX XXXXXXX: está ubicada en
Sensuntepeque, departamento xx Xxxxxxx;
OFICINA DEPARTAMENTAL DE LA PAZ: está ubicada en
Zacatecoluca, departamento de La Paz; OFICINA DEPARTAMENTAL DE CUSCATLÁN: está ubicada
, Cojutepeque, Cuscatlán;
XXXXXXX XXXXXXXXXXXXX XX XXX XXXXXXX:
Xxx Xxxxxxx; XXXXXXX XXXXXXXXXXXXX XX
XXXXXXXX: está ubicada
DEPARTAMENTAL DE SAN XXXXXX: Esta oficina está ubicada en
, Usulután; OFICINA
San Xxxxxx; OFICINA DEPARAMENTAL XX
XXXXXXX: está ubicada en
, San Xxxxxxxxx Xxxxxx, Xxxxxxx; OFICINA DEPARAMENTAL DE LA UNION: está ubicada en
La Unión, Departamento de La Unión V. GARANTIA. Para garantizar el cumplimiento de las obligaciones derivadas del presente contrato “la Contratista” otorgará a favor del Estado y Gobierno de El Xxxxxxxx- Instituto Salvadoreño para el Desarrollo de la Mujer una Garantía de Cumplimiento de Contrato de conformidad a lo establecido al artículo treinta y cinco de la LACAP, equivalente al diez por ciento (10%) del precio del valor de lo contratado; la cual deberá exceder sesenta días posteriores al vencimiento del plazo contractual y deberá entregarse a la Unidad de Adquisiciones y Contrataciones Institucional, dentro de los diez días hábiles a partir de la recepción de un ejemplar debidamente legalizado del presente instrumento. VI. ADMINISTRACIÓN DEL CONTRATO: El seguimiento al cumplimiento de las obligaciones contractuales estará a cargo de administrador de contrato: el Técnico de Servicios Generales y Logística, teniendo como atribuciones las establecidas en el Artículo ochenta y dos Bis y articulo ciento veintidós de la LACAP, cuarenta y dos inciso tercero, setenta y cuatro, setenta y cinco inciso segundo, setenta y siete, ochenta y ochenta y uno del RELACAP. VII) ACTA DE RECEPCIÓN: Corresponderá al Administrador de Contrato en coordinación con la contratista, la elaboración y firma de las actas de recepción parciales, las cuales contendrán como mínimo lo que establece el artículo setenta y siete del RELACAP. VIII. MODIFICACIÓN: El presente contrato podrá ser modificado o ampliado en sus plazos y vigencia antes del vencimiento de su plazo, de conformidad a lo establecido en los artículos ochenta y tres A y B de la LACAP, debiendo emitir “El Contratante” la correspondiente resolución, debiendo “la Contratista” en caso de ser necesario modificar o ampliar los plazos y montos de las Garantías de Cumplimiento de Contrato según lo indique “El Contratante” y formará parte integral de este contrato. IX) PRÓRROGA: Previo al
vencimiento del plazo pactado, el presente contrato podrá ser prorrogado de conformidad a lo establecido en el artículo ochenta y tres de la LACAP y setenta y cinco del RELACAP; en tal caso, se deberá modificar o ampliar los plazos y montos de la Garantía de Cumplimiento de Contrato; debiendo emitir “El Contratante” la correspondiente resolución de prórroga. X. CESION. Salvo autorización expresa del Instituto Salvadoreño para el Desarrollo de la Mujer la contratista no podrá transferir o ceder a ningún título, los derechos y obligaciones que emanan del presente contrato. La transferencia o cesión efectuada sin la autorización antes referida dará lugar a la caducidad del contrato, procediéndose además a hacer efectiva la garantía de cumplimiento de contrato. XI. SANCIONES. En caso de incumplimiento la Contratista expresamente se somete a las sanciones que emanaren de la LACAP ya sea por imposición de multa por xxxx, inhabilitación, extinción, las que serán impuestas siguiendo el debido proceso por El Contratante, a cuya competencia se somete para efectos de su imposición. XII. TERMINACIÓN BILATERAL. Las partes contratantes podrán acordar la extinción de las obligaciones contractuales en cualquier momento, siempre y
cuando no concurra otra causa de terminación imputable al vendedor y que por razones de interés público hagan innecesario o inconveniente la vigencia del contrato, sin más responsabilidad que la que corresponda. XIII. SOLUCION DE CONFLICTOS. En caso de conflicto ambas partes, se someten a sede judicial señalando para tal efecto como domicilio especial la ciudad de San Xxxxxxxx, a la competencia de cuyos tribunales se someten, en caso de embargo El Contratante nombrará al depositario de los bienes que se le embargaren a la Contratista, quien releva al contratante de la obligación de rendir fianza y cuentas, comprometiéndose la Contratista a pagar los gastos ocasionados, inclusive los personales de conformidad al procedimiento establecido en la LACAP; intentado y agotado el Arreglo Directo entre las partes y si el litigio o controversia persistiere, el conflicto deberá ser sometido a sede judicial aunque no hubiere condenación en costas. XIV. INTERPRETACIÓN DEL CONTRATO. El Contratante se reserva la facultad de interpretar el presente contrato, de conformidad a la Constitución de la República, la LACAP, el RELACAP, demás legislación aplicable, y los Principios Generales del Derecho Administrativo y de la forma que más convenga a los intereses de El Contratante, con respecto a la prestación objeto del presente instrumento, pudiendo en tal caso girar las instrucciones por escrito que al respecto considere convenientes. La Contratista expresamente acepta tal disposición y se obliga a dar escrito cumplimiento a las instrucciones que al respecto dicte El Contratante. XV. MARCO LEGAL. El presente contrato queda sometido en todo a la LACAP, RELACAP, la Constitución de la República, y en forma subsidiaria a las leyes de la República de El Xxxxxxxx, aplicables a este contrato. XVI. NOTIFICACIONES. El Contratante señala como lugar para recibir notificaciones
l . San Xxxxxxxx, teléfono
correo electrónico: a través del
administrador de contrato: el Técnico de Servicios Generales y Logística, y/o por medio de la Jefa de la Unidad de Adquisiciones y Contrataciones Institucional; y la Contratista señala para el mismo efecto l
San Xxxxxxxx; y teléfono:
t
a través del señor Xxxx Xxxxxx Xxxxxxxx. Todas las comunicaciones o notificaciones referentes a la ejecución de este contrato serán válidas solamente cuando sean hechas por escrito en las direcciones que las partes han señalado. Así nos expresamos los comparecientes, quiénes enterados y conscientes de los términos y efectos legales del presente contrato, por convenir así a los intereses de nuestros representados, ratificamos su contenido, en fe de lo cual firmamos en tres ejemplares en San Xxxxxxxx, a los dieciocho días del mes de diciembre de dos mil quince.
Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx Xxxx Xxxxxx Xxxxxxxx Directora Ejecutiva la Contratista.
En la ciudad de San Xxxxxxxx, a las ocho horas del día dieciocho de diciembre del año dos mil quince. Ante mí, XXXXX XXXXXXXX XXXXXXX XXXXXXX, Notario, de este domicilio,
comparecen por una parte, XXXXXX XXXXXXX XXXXXXX XXXXXXXX, | |
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en su carácter de Apoderada General Administrativa y |
Judicial con Cláusula Especial del INSTITUTO SALVADOREÑO PARA EL DESARROLLO DE LA MUJER, Institución Oficial Autónoma de Derecho Público, de este domicilio, con Número de Identificación Tributaria
t que en adelante denominaré "el Contratante" o "el Instituto"; personería que doy fe de ser legítima y suficiente por haber tenido a la vista la documentación siguiente: a) Decreto Legislativo número seiscientos cuarenta y cuatro, en el que se decreta la ley del Instituto Salvadoreño para el Desarrollo de la Mujer y publicada en el Diario Oficial número cuarenta y tres, Tomo trescientos treinta, de fecha uno xx xxxxx de mil novecientos noventa y seis, por medio de la cual fue creado el mencionado Instituto; b) Certificación del Acuerdo Número DIEZ, del Acta OCHO emitido por la Junta Directiva, en la ciudad de San Xxxxxxxx el día diecinueve de diciembre del año dos mil catorce, en donde consta que por unanimidad la Junta Directiva nombró como Directora Ejecutiva Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx; c) Testimonio de la Escritura Pública de Poder General Administrativo y Judicial con Cláusula Especial, otorgado ante los oficios notariales de Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxx Xxxxxxxxx, a las catorce horas del día veintiséis xx xxxxxx del año dos mil catorce, por la Presidenta de la Junta Directiva del Instituto, XXXXX XXXXXXX XXXXXXX, a favor de la Licenciada XXXXXX XXXXXXX XXXXXXX XXXXXXXX, por medio del cual la faculta, para que
en nombre del Instituto, pueda comparecer a celebrar Contratos como el presente, en dicho Poder se encuentra relacionada la existencia legal del Instituto y la calidad con la cual compareció la otorgante en nombre del Instituto Salvadoreño para el Desarrollo de la Mujer, a suscribir el mencionado Poder; por medio del cual la faculta, para que en nombre del Instituto, pueda comparecer a celebrar Contratos como el presente, en dicho Poder se encuentra relacionada la existencia legal del Instituto y la calidad con la cual compareció la otorgante en nombre del Instituto Salvadoreño para el Desarrollo de la Mujer, a suscribir el mencionado Poder; y por otra parte el señor XXXX XXXXXX XXXXXXXX,
Administrador Único, y por lo tanto Representante Legal de la
, actuando en su calidad de Sociedad FUMIGADORA Y
FORMULADORA CAMPOS, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, que se
abrevia F. F. C., S.A. DE C.V., de naturaleza anónima de capital variable, de nacionalidad salvadoreña, del domicilio de San Xxxxxxxx, de plazo indeterminado, con Número de Identificación Tributaria que en adelante me
denominaré “La Contratista”, cuya personería doy fe de ser legítima y suficiente por haber tenido a la vista las fotocopias certificadas ante Notario de la documentación siguiente: a) Testimonio de Escritura Pública de Constitución de la sociedad, otorgada ante los oficios notariales de Xxxxxxx Xxxxxx, en esta ciudad, a las catorce horas del día veintiuno xx xxxxx del año dos mil, inscrita en el Registro de Comercio el día seis de julio del año dos mil, al número TREINTA Y DOS del Libro MIL QUINIENTOS CUARENTA Y DOS, del Registro de Sociedades del folio trescientos cuatro al folio trescientos veintiuno; en la cual consta que su denominación, nacionalidad, domicilio, plazo es como se ha dicho, y que dentro de su finalidad está la de otorgar actos como el presente, que la representación judicial y extrajudicial, y el uso de la firma social corresponderá al Administrador Único quien durará en sus funciones cinco años; b) Testimonio de Escritura Pública de Modificación del Pacto Social de la sociedad, otorgada ante los oficios notariales de Xxxxxxxx Xxxxxx, en esta ciudad a las nueve horas del día ocho xx xxxxx del año dos mil once, inscrita en el Registro de Comercio el día veintiocho xx xxxxxx de dos mil quince, al número SESENTA Y NUEVE del Libro DOS MIL OCHOCIENTOS TRES, del Registro de Sociedades del folio doscientos noventa y seis a folio trescientos siete, en la que consta la modificación de las cláusulas PRIMERA. Que la naturaleza de la sociedad es Jurídica, anónima de capital variable, y que su domicilio es San Xxxxxxxx; CUARTA. Aumento del capital social a setenta mil dólares de los
Estados Unidos de América; QUINTA. Suscripción y pago de acciones del capital mínimo. La sociedad girara con capital mínimo de setenta mil dólares dividido en setecientas acciones de un valor nominal de cien dólares cada una, totalmente suscritas y pagadas; VIGESIMA PRIMERA. Administración de la sociedad. La administración de la sociedad estará a cargo de un Administrador Único Propietario, electo por la Junta General de Accionistas y de igual manera designará un Administrador Único Suplente para sustituir al propietario en caso de ausencias; VIGESIMA SEXTA. Auditoria. La Junta General Ordinaria de Accionistas nombrará a un Auditor Externo por el plazo que estime conveniente para que ejerza todas funciones de vigilancia de la administración de la sociedad, nombrando a un auditor suplente; c) Certificación de la Credencial de Elección de Administrador Único Propietario de la sociedad, inscrita en el Registro de Comercio el día dieciocho xx xxxxxx de dos mil quince, al número TREINTA Y TRES del Libro TRES MIL CUATROCIENTOS SESENTA Y SIETE del registro de sociedades de folio ciento sesenta y cuatro a folio ciento sesenta y seis, en la que consta que en el Libro de Actas de Junta General de accionistas se encuentra asentada el Acta número VEINTISIETE de Junta General Ordinaria de Accionistas celebrada en la ciudad de San Xxxxxxxx a las nueve horas del día siete de agoto del año dos mil quince, en el punto número DOS se acordó elegir al Administrador Único Propietario y Suplente para un período de siete años, contados a partir de la inscripción en el Registro de Comercio, resultando electo el compareciente, por lo que se encuentra facultado para otorgar actos como el presente; y en tal carácter ambas partes ME DICEN: Que en las calidades en que comparecen, reconocen como suyas las firmas que calzan el anterior documento y que en su orden se leen: “YntmtZ” e “Ilegible” que asimismo reconocen todas las obligaciones y condiciones contempladas en el mencionado documento, el cual contiene el contrato proveniente del proceso de Libre Gestión número VEINTIUNO / DOS MIL DIECISEIS, denominado SERVICIOS DE FUMIGACION EN LAS OFICINAS CENTRAL Y DEPARTAMENTALES DEL ISDEMU,
de conformidad a la Ley de Adquisiciones y Contrataciones de la Administración Pública, que en adelante se denominará LACAP, su Reglamento que en adelante se denominará RELACAP. Contrato por medio del cual “la Contratista” se compromete a suministrar los servicios de fumigación contra insectos y roedores en las diferentes instalaciones del Instituto, detalladas, en la cláusula V del presente instrumento, en el período de TRESCIENTOS SESENTA Y SEIS días, comprendidos desde el uno de enero al treinta y uno de diciembre de dos mil dieciséis, por el monto de ONCE MIL CUATROCIENTOS TREINTA Y SEIS DÓLARES DE LOS ESTADOS
UNIDOS DE AMERICA que incluye el Impuesto a la Transferencia de Bienes Muebles y a la Prestación de Servicios (IVA). Garantizando dicho contrato según lo especificado en la Cláusula
VII) del mismo contrato, comprometiéndose a responder por cualquier incumplimiento del contrato,
sometiéndose expresamente “La contratista” para el cumplimiento del Contrato respectivo a lo dispuesto en la LACAP, su Reglamento y demás leyes afines, efectuando cualquier reclamo únicamente por las vías que establecen las leyes del país y a la cláusula XV) de este contrato. Por su parte “el Instituto” se obliga a pagar, previos los trámites legales a “la Contratista”, el valor de ONCE MIL CUATROCIENTOS TREINTA Y SEIS DÓLARES DE LOS ESTADOS