CONTRATO No. 12/2015
XXXXXXXX Xx. 00/0000
“SERVICIOS XX XXXXXX Y GUARDERIA” LICITACIÓN PÚBLICA 02/2015
Nosotros: XXXXX XXXXXXXX XXXXX XXXXXXX, mayor de edad, licenciado en Relaciones Internacionales, del domicilio de San Salvador, con Documento Único de Identidad número
, y número de Identificación Tributaria
, actuando en mi carácter de Presidente y representante legal de la ASAMBLEA LEGISLATIVA, de este domicilio, con Número de Identificación Tributaria
y Numero de Identificación Tributaria
; que en el transcurso del presente instrumento me denominaré “LA INSTITUCIÓN CONTRATANTE” y XXXXXXX XXXXXXX XXXXX XXXXX, mayor de edad, ingeniero civil, del domicilio de San Xxxxxxxx, con Documento Único de Identidad número
,
actuando en nombre y representación en mi calidad de Administrador Único de la sociedad
PAMPANITOS, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE, que puede abreviarse PAMPANITOS,
S.A. DE C.V., Sociedad Anónima, de este domicilio, con número de Identificación Tributaria
, y Registro de Contribuyente del Impuesto a la Transferencia de Bienes Muebles y a la Prestación de Servicios número , quién es propietaria de la
institución de educación y desarrollo infantil, denominada Kinder & Day Care Pampanitos, en adelante denominada “la contratista”; por este medio celebramos el presente contrato de “SERVICIOS XX XXXXXX Y GUARDERIA” que se regirá por las siguientes cláusulas: PRIMERA. OBJETO DEL CONTRATO: Adquirir el servicio de guardería y educación parvularia para hijos e hijas de empleados/as que laboran para la Asamblea Legislativa, en tres niveles de atención (Lactantes, Inicial y Parvularia), hasta cumplir los 6 años de edad, comprendiendo los meses sucesivos hasta la finalización del año lectivo, tomando la contratista bajo su cuidado 35 niños y niñas, cantidad que podrá disminuir de acuerdo al informe de la administradora del contrato, dichos menores serán referidos mediante nota firmada por la Administradora del contrato, los costos y descripción de los servicios serán según el siguiente detalle:
Nº. | DESCRIPCIÓN DEL SERVICIO ZONA BOULEVARD CONSTITUCIÓN | PRECIO UNITARIO |
1 | LACTANTE (3 MESES A 1 AÑO DE EDAD) | |
SERVICIO DE GUARDERIA | ||
CURSO DE ADAPTACIÓN (UNA VEZ EN EL AÑO) | $ 85.00 | |
MATRICULA (PAGO UNA VEZ AL AÑO) | $ 85.00 | |
CUOTA MENSUAL TIEMPO COMPLETO ( CON DOS REFRIGERIOS Y UN ALMUERZO) | $ 185.00 | |
CUOTA MENSUAL MEDIO TIEMPO (CON UN REFRIGERIO) | $ 120.00 | |
SERVICIO XX XXXXXX | ||
CURSO DE ADAPTACIÓN (UNA VEZ EN EL AÑO) | $ 85.00 | |
MATRICULA (PAGO UNA VEZ AL AÑO) | $ 85.00 | |
CUOTA MENSUAL | $ 185.00 | |
CUOTA MENSUAL MEDIO TIEMPO (CON UN REFRIGERIO) | $120.00 | |
2 | INICIAL (1AÑO A 3 AÑOS) | |
SERVICIO DE GUARDERIA | ||
CURSO DE ADAPTACIÓN (UNA VEZ EN EL AÑO) | $85.00 | |
MATRICULA (PAGO UNA VEZ AL AÑO) | $ 85.00 | |
CUOTA MENSUAL TIEMPO COMPLETO ( CON DOS REFRIGERIOS Y UN ALMUERZO) | $ 185.00 | |
CUOTA MENSUAL MEDIO TIEMPO (CON UN REFRIGERIO) | $ 120.00 | |
SERVICIO XX XXXXXX | ||
CURSO DE ADAPTACIÓN (UNA VEZ EN EL AÑO) | $ 85.00 | |
MATRICULA (PAGO UNA VEZ AL AÑO) | $ 85.00 | |
CUOTA MENSUAL TIEMPO COMPLETO (CON DOS REFRIGERIOS Y UN ALMUERZO) | $ 185.00 | |
CUOTA MENSUAL MEDIO TIEMPO (CON UN REFRIGERIO) | $ 120.00 | |
Nº. | DESCRIPCIÓN DEL SERVICIO ZONA BOULEVARD CONSTITUCIÓN | PRECIO UNITARIO |
3 | PARVULARIA (4-6) | |
SERVICIO DE GUARDERIA | ||
CURSO DE ADAPTACIÓN (UNA VEZ AL AÑO) | $ 85.00 | |
MATRICULA (PAGO UNA VEZ AL AÑO) | $ 85.00 | |
CUOTA MENSUAL TIEMPO COMPLETO ( CON DOS REFRIGERIOS Y UN ALMUERZO) | $ 185.00 | |
CUOTA MENSUAL MEDIO TIEMPO (CON UN REFRIGERIO) | $ 120.00 | |
SERVICIO XX XXXXXX | ||
MATRICULA (PAGO UNA VEZ AL AÑO) | $ 85.00 | |
CURSO DE ADAPTACIÓN (UNA VEZ AL AÑO) | $ 85.00 | |
CUOTA MENSUAL TIEMPO COMPLETO (CON DOS REFRIGERIOS Y UN ALMUERZOS) | $ 185.00 | |
CUOTA MENSUAL MEDIO TIEMPO (CON UN REFRIGERIO) | $ 120.00 | |
4 | SERVICIO DE EDUCACIÓN ESPECIAL | |
CURSO DE ADAPTACIÓN (UNA VEZ AL AÑO) | N/A | |
MATRÍCULA (PAGO UNA VEZ AL AÑO) | N/A | |
CUOTA MENSUAL TIEMPO COMPLETO (CON DOS REFRIGERIOS Y UN ALMUERZO) | N/A | |
CANTIDAD DE CUPOS ADJUDICADA | 35 |
LA CONTRATISTA garantiza que prestara el servicio antes descrito en el plazo y forma establecidos en el presente instrumento. A efectos de garantizar el cumplimiento del objeto de este contrato LA INSTITUCIÓN CONTRATANTE podrá realizar todas las gestiones de control en los aspectos material, técnico, financiero, legal y contable, que razonablemente considere necesarias a efectos de salvaguardar los intereses que persigue. SEGUNDA: DOCUMENTOS CONTRACTUALES: Forman parte integral del presente contrato los documentos siguientes: a) Las bases de la licitación pública No. LP-02/2015 “Servicio xx Xxxxxx y Guardería”; b) La oferta presentada por la contratista y sus documentos anexos; c) El acuerdo de adjudicación número cuatro mil trescientos diez de fecha veintiocho de enero de dos mil quince; d) El acuerdo de nombramiento de administrador de contrato número cuatro mil trescientos once de fecha veintiocho de enero de dos mil quince; e) Las garantías; y f) Las resoluciones modificativas si las hubiere. En caso de controversia entre estos documentos y el contrato prevalecerá este último. TERCERA: PLAZO. El plazo de vigencia del presente contrato será a partir de la fecha de la suscripción del presente contrato hasta el treinta y uno de diciembre de dos mil quince, obligándose la contratista a cumplir durante dicho plazo, con las condiciones establecidas en los documentos contractuales referidos en la cláusula segunda. CUARTA: PRECIO Y FORMA DE PAGO. El monto total por el servicio del presente contrato es de hasta OCHENTA Y TRES MIL SEISCIENTOS CINCUENTA DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE
AMERICA 00/100 ($83,650.00), el cual será cancelado en pagos mensuales según los requerimientos del servicio que realice la administradora del contrato, por lo que la Institución Contratante no tendrá obligación de cancelar la totalidad del monto si este no se llegase a agotar por los servicios requeridos por la administradora del contrato, dicho monto será pagado por la INSTITUCIÓN CONTRATANTE a través de depósito a la cuenta por lo que deberá proporcionar la contratista un número de cuenta de un Banco de su elección, debiendo LA CONTRATISTA presentar a la Gerencia de Administración y Finanzas la factura, copia del presente contrato y copia del acta de recepción parcial y/o final del servicio y cualquier otra documentación que le sea requerida. QUINTA: LUGAR Y FORMA DE ENTREGA Y RECEPCIÓN DEL SERVICIO. LA CONTRATISTA brindara el servicio objeto del presente contrato en sus instalaciones ubicadas en: Xxxxx Xxx Xxxxxxx Xxxx, Xxxxxx tres mil quinientos veintinueve, San Xxxxxxxx, de lunes a viernes ininterrumpidamente, exceptuando los días festivos y descanso obligatorio en el horario de las seis horas con cuarenta y cinco minutos a las diecisiete horas con cuarenta y cinco minutos. LA INSTITUCIÓN CONTRATANTE cuenta con un plazo de sesenta días calendario contados a partir de la recepción formal del servicio, para efectuar cualquier reclamo al observar deficiencia en los servicios suministrados. SEXTA: COMPROMISO PRESUPUESTARIO. LA INSTITUCIÓN CONTRATANTE hace constar que el importe económico del
presente contrato será aplicado a la asignación presupuestaria correspondiente del presupuesto general vigente. SÉPTIMA: OBLIGACIONES DE LA CONTRATISTA. LA CONTRATISTA se compromete a: a) a) Brindar atención médica preventiva a los niños/as atendiendo primeros auxilios o casos de emergencia, como también atención psicológica (orientación a niños/as y a sus padres si fuese necesario); así como la asesoría nutricional para los mismos. Considerando en los servicios de alimentación dos refrigerios y un almuerzo; b) Desarrollar un programa de estimulación y desarrollo de acuerdo a cada nivel de atención (lactante, inicial y parvularia); c) En cada nivel de atención, deberá mantenerse una estrecha comunicación (oral y escrita) con los padres y madres de familia para verificar el desenvolvimiento de sus hijos e hijas; d) a mantener como personal mínimo para la prestación del servicio al siguiente personal: un administrador, educadoras, niñeras, psicólogo; e) a que sus instalaciones mantengan las siguientes condiciones mínimas: 1) Espacios adecuados, amplios, cálidos, luminosos, ventilados y sobre todo higiénicos, para las áreas educativas y recreativas; 2) Contar con una cisterna en las instalaciones, que posea bomba de agua o contar con almacenamiento de agua suficiente para brindar un servicio de agua a tiempo completo, para suplir las necesidades de los usuarios de la guardería y kínder; 3) Contar con Servicios sanitarios dividido para niños y niñas e independientes de los que utilizan los adultos; 4) Contar con Iluminación natural o artificial y ventilación natural o artificial, de preferencia con extractores de olores; 5) Contar con Área de oficios o limpieza cerrada para evitar el acceso de los niños y niñas; 6) Contar con Área de descanso, ventiladores, iluminación natural y artificial); 7) contar con Espacio físico para atención de emergencias con su respectivo botiquín. f) A contar con un plan de riesgos o de emergencias (con rutas de evacuación) ante cualquier desastre natural, accidente, incendio o cualquier amenaza para los niños/as dentro de las instalaciones; g) A brindar el servicio a cuenta de la Asamblea Legislativa, únicamente a hijas e hijos de los empleados/as que laboran en la Asamblea Legislativa, dentro del rango de edad establecido, hasta cumplir los seis años; por lo que el Centro Educativo deberá mantener el control de edades de los niños y niñas inscritos (en caso de que el menor cumpla los seis años al estar recibiendo el servicio, automáticamente se le seguirá brindando el servicio hasta que culmine el año lectivo; h) A contar con el equipo, materiales didácticos de apoyo y mobiliario necesarios para la atención de los niños y niñas, que estimulen sus habilidades y destrezas, con una intervención pedagógica planificada, evaluada y con vistas al futuro; i) A contar con el personal idóneo capacitado y profesional tanto en la administración como para la salud física y mental de las niñas y niños; j) A presentar a la Administradora del Contrato, la estructura organizativa de la Guardería, detallando la cantidad de personas que la conforman cuando este se lo requiera; k) A presentar a la Administradora del Contrato, los informes mensuales durante los primeros cinco días del mes calendario siguiente en el que sea brindado el servicio, en el cual deberá detallar: 1) Lista de
asistencia de la atención mensual de niños/as; 2) Nómina de niños/as que indique edad, fecha de nacimiento y nombre del empleado de la Asamblea Legislativa y nombre de Departamento, Unidad o Sección donde este labora; 3) Reporte de casos eventuales con niños(as) y/o padres o madres de familia de enfermedades, accidentes, convivencia social, facetas de aprendizaje y/o cualquier otro tema relacionado; 4) Informar a la Administradora del contrato de cualquier hecho que pueda poner en peligro la integridad o seguridad de los menores; 5) Presentar factura correspondiente a cada mes a la administradora de contratos para su Visto Bueno; l) La Asamblea Legislativa tendrá derecho a visitar sin previo aviso la guardería que proporciona el servicio, a fin de verificar el cumplimiento de los términos de referencia ofertados por la contratista, caso contrario se levantara un acta en la cual quede constancia del incumplimiento de parte de la contratista; m) A permitir el ingreso a la guardería de personal de la Asamblea Legislativa y proporcionar todas las facilidades y asistencia razonable para que dicho personal verifique el cumplimiento de las obligaciones de la contratista. n) A recibir a los hijos de empleados de la Asamblea Legislativa que le hayan sido referidos en la forma anteriormente indicada de lunes a viernes de cada semana, en el horario señalado en la Cláusula quinta de este contrato; o) los menores deberán permanecer bajo el cuidado de la contratista desde el momento de la entrega hasta que sean retirados; p) desde el momento de la entrega de los menores la responsabilidad de los mismos recaerá en la contratista, quien deberá poner esmero en el cuido y bienestar de los menores; q) el personal encargado del cuido de los menores deberá contar con la experiencia necesaria comprobable para atender infantes y deberá estar presta a atender el aseo y los cambios de vestimenta de forma inmediata cuando los menores efectúen sus necesidades fisiológicas; r) la contratista deberá mantener a la vista un listado de direcciones, números telefónicos, direcciones de correo electrónico de los padres o encargados de los niños, para en caso de necesidad poder contactarlos de manera inmediata; s) atender de manera inmediata las emergencias que pudiesen presentarse con ocasión del servicio de cuidado de los menores; y t) Cualquier otra obligación que derive de los documentos contractuales relacionados en la cláusula segunda de este instrumento. OCTAVA: OBLIGACIONES DE LA CONTRATANTE: 1) A informar a la contratista en casos especiales, por medios escritos virtuales o físicos, la cesación o finalización del servicio para los usuarios que determine pertinente (como los casos de fallecimiento del empleado/a, enfermedades que requieran incapacidades a largo plazo y otras eventualidades); y 2) A dar cobertura al 100% (cien por ciento) de la matrícula y mensualidad, y el empleado/a beneficiario asumirá los gastos derivados de útiles escolares y material didáctico, así como los uniformes. NOVENA: ADMINISTRACIÓN. En la relación administrativa del presente contrato el enlace entre la Asamblea Legislativa y la Contratista, será la
Licda. Xxxxxx Xxxxx Xxxxxx, Jefa de Prestaciones y Beneficios quien tendrá la responsabilidad de verificar el cumplimiento del presente contrato en los aspectos técnicos, administrativos y financieros. DECIMA. GARANTIA: Para garantizar las obligaciones emanadas del presente contrato LA CONTRATISTA se obliga a presentar dentro del plazo de cinco días hábiles posteriores a la recepción del contrato firmado por ambas partes, una GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO por un monto de OCHO MIL TRESCIENTOS SESENTA Y CINCO DOLARES DE LOS
ESTADOS UNIDOS DE AMERICA ($8,365.00) equivalente al diez por ciento del valor total del contrato, para asegurar que cumplirá con todas las cláusulas establecidas en este contrato y que el servicio será brindado a entera satisfacción. Esta Garantía se incrementará en la misma proporción en que el valor del contrato llegase a aumentar y deberá permanecer vigente por un plazo igual al plazo contractual más noventa días. La no presentación de esta garantía en el plazo establecido dará por caducado el contrato y se entenderá que LA CONTRATISTA ha desistido de su oferta, sin detrimento de la acción que le compete a LA INSTITUCIÓN CONTRATANTE para reclamar los daños y perjuicios resultantes. Se aceptarán como garantías: Fianza o garantía bancaria, emitidas por institución bancaria, sociedades de seguro, afianzadoras nacionales y extranjeras, sociedades de garantías reciprocas, siempre y cuando su emisión de garantías lo hicieren por medio de alguna de las instituciones autorizadas por medio de la Superintendencia del Sistema Financiero y deberán ser otorgada con calidad de solidaria, irrevocables y ser de ejecución inmediata como garantía a primer requerimiento. DECIMA PRIMERA. PROHIBICIONES: Queda expresamente prohibido a LA CONTRATISTA traspasar o ceder a cualquier título los derechos y obligaciones emanados del presente contrato, así como subcontratar. La trasgresión de esta disposición además de las causales comprendidas en el Artículo Noventa y Cuatro de la Ley de Adquisiciones y Contrataciones de la Administración Pública, dará lugar a la caducidad del contrato procediéndose a hacer efectiva la Garantía de Cumplimiento de Contrato. DÉCIMA SEGUNDA: MULTA POR XXXX. En caso xx xxxx en el cumplimiento del presente contrato por parte de LA CONTRATISTA, se aplicará lo dispuesto en el artículo ochenta y cinco de la Ley de Adquisiciones y Contrataciones de la Administración pública, sin perjuicio de declarar la caducidad del contrato. DÉCIMA TERCERA: MODIFICACIÓN Y PRÓRROGA. De común acuerdo el presente contrato podrá ser modificado o prorrogado en su plazo de conformidad a la Ley. En tales casos, la institución contratante emitirá la correspondiente resolución la cual se relacionará en el instrumento modificatorio, debiendo ser firmada por el Presidente de la Asamblea Legislativa y la Contratista. DÉCIMA CUARTA: TERMINACIÓN BILATERAL. Las partes podrán acordar la extinción de las obligaciones que emanan de este contrato en cualquier momento, siempre y cuando no concurra otra causa de terminación imputable a LA CONTRATISTA y que razones de interés público hagan innecesario o inconveniente la vigencia del
contrato. DÉCIMA QUINTA: CASO FORTUITO Y FUERZA MAYOR. Por motivos de casos fortuitos o fuerza mayor y de conformidad al artículo ochenta y seis de la LACAP LA CONTRATISTA, podrá solicitar una prórroga del plazo de cumplimiento de las obligaciones contractuales objeto del contrato en ejecución, debiendo justificar y documentar su solicitud, la cual para que sea efectiva, deberá ser aprobada por el contratante; si procediere la aprobación, LA CONTRATISTA deberá entregar la ampliación de la garantía de cumplimiento de contrato. En todo caso y aparte de la facultad de la institución para otorgar tal prórroga, la misma se concederá por medio de resolución razonada que formará parte integrante del presente contrato. DÉCIMA SEXTA: SOLUCIÓN DE CONFLICTOS. Para resolver las diferencias o conflictos que surgieren durante la ejecución del presente contrato se estará a lo dispuesto en el Título VIII, Capítulo I de la LACAP. DÉCIMA SEPTIMA: JURISDICCIÓN Y LEGISLACIÓN APLICABLE. Para los efectos jurisdiccionales de este contrato las partes se someten a sede judicial y a la legislación vigente de la República de El Xxxxxxxx cuya aplicación se realizará de conformidad a lo establecido en el artículo 161 de la LACAP. Asimismo, señalan como domicilio especial el de esta ciudad a la competencia de cuyos tribunales se someten. DÉCIMA OCTAVA: NOTIFICACIONES. Las notificaciones entre las partes deberán hacerse por escrito y tendrán efecto a partir de su recepción en las direcciones que a continuación se indican. LA INSTITUCIÓN CONTRATANTE: Xxxxxxx Legislativo, Centro de Gobierno, San Xxxxxxxx y LA CONTRATISTA: Calle San Xxxxxxx Xxxx, Número tres mil quinientos veintinueve, San Xxxxxxxx. En fe de lo cual firmamos este contrato en la ciudad de San Xxxxxxxx, a los cinco días del mes de febrero de dos mil quince.
LIC.XXXXX XXXXXXXX XXXXX XXXXXXX----------ILEGIBLE------------PRESIDENTE ASAMBLEA LEGISLATIVA-------
-SELLO ASAMBLEA LEGISLATIVA-----------ING. XXXXXXX XXXXXXX XXXXX XXXXX-------------ILEGIBLE------------
------------CONTRATISTA---------------------------------------------------SELLO CONTRATISTA------------ILEGIBLE SELLO
NOTARIO””””””””””””””””””””””””””””””””””””””””””””””””””””””””””””””””””””””””””””””
En
la ciudad de San Xxxxxxxx, a las ocho horas del día cinco de febrero de dos mil quince. Ante mí, XXXXX XXXXXXXXX XXXXX XXXXXXXXXX, notario, de este domicilio, comparecen los señores: XXXXX XXXXXXXX XXXXX XXXXXXX, de cincuenta y cuatro años de edad, licenciado en Relaciones Internacionales, del domicilio de San Xxxxxxxx, departamento de San Xxxxxxxx, persona a quien conozco e identifico por medio de su Documento Único de Identidad número
, con número de Identificación Tributaria
, actuando en su carácter de Presidente y representante legal de la ASAMBLEA LEGISLATIVA, del domicilio de San Xxxxxxxx, departamento de San Xxxxxxxx, con Número de Identificación Tributaria
, de cuya personería doy fe de ser legítima y suficiente por haber tenido a la vista: a) Decreto Legislativo número uno, de fecha uno xx xxxx del año dos mil doce, por medio del cual se declaró instalada la Asamblea Legislativa que fungirá durante el periodo constitucional comprendido del uno xx xxxx del año dos mil doce al treinta xx xxxxx del año dos mil quince, publicado en el Diario Oficial número noventa y tres, Tomo número trescientos noventa y cinco, de fecha veintitrés xx xxxx de dos mil doce, b) Decreto Legislativo número setecientos cincuenta y seis de fecha veintiocho de julio del año dos mil cinco, por medio del cual se aprobó el Reglamento Interior de la Asamblea Legislativa, publicado en el Diario Oficial número ciento noventa y ocho, Tomo número trescientos sesenta y nueve de fecha veinticinco de octubre del año dos mil cinco; el cual en su artículo once, establece que la Junta Directiva estará integrada por una Presidencia, Vicepresidencias y Secretarías, de conformidad con el protocolo de entendimiento que acordarán los grupos parlamentarios, al inicio del respectivo período legislativo, y que sus integrantes podrán durar en su cargo todo el periodo legislativo; y en el artículo trece dispone que el Presidente de la Asamblea es su representante legal y como tal, de acuerdo a lo prescrito en el número dos de dicho artículo, el Presidente ejerce la representación judicial y extrajudicial de la Asamblea Legislativa; c) Acuerdo Legislativo número uno de fecha uno xx xxxx de dos mil doce, por medio del cual la Asamblea Legislativa de la República de El Xxxxxxxx, de conformidad a lo establecido en el artículo once de su Reglamento Interior y al Protocolo de Entendimiento, acordó integrar a la Junta Directiva, nombrando como Presidente de la misma al licenciado Xxxxx Xxxxxxxx Xxxxx Xxxxxxx, publicado en el Diario Oficial número noventa y tres, Tomo número trescientos noventa y cinco, de fecha veintitrés xx xxxx de dos mil doce, d) Acuerdo de Junta Directiva número dos de fecha tres xx xxxx de dos mil doce, mediante el cual la Junta Directiva de la Asamblea Legislativa, autorizó al señor Presidente de la institución, de conformidad a los artículos dieciocho inciso quinto de la Ley de Adquisiciones y Contrataciones de la Administración Pública y trece numeral tres del Reglamento Interno de la Asamblea Legislativa,
para firmar todos los contratos derivados de procesos de adquisición y contratación independientemente de su monto, publicado en el Diario Oficial número noventa y tres, Tomo número trescientos noventa y cinco, de fecha veintitrés xx xxxx de dos mil doce; que en el transcurso del presente instrumento se denominará “LA INSTITUCIÓN CONTRATANTE”; y por otra parte el señor XXXXXXX XXXXXXX XXXXX XXXXX, quién es de cuarenta años de edad, Ingeniero Civil, del domicilio de San Xxxxxxxx, a quién no conozco pero identifico con su Documento Único de Identidad número y Numero de
Identificación Tributaria
, quién actúa en nombre y representación en su calidad de Administrador Único de la sociedad “Pampanitos, Sociedad Anónima de Capital Variable”, que puede abreviarse “Pampanitos, S.A. de C.V.”, sociedad anónima, de este domicilio, con número de Identificación Tributaria
, y Registro de Contribuyente del Impuesto a la transferencia de Bienes Muebles y a la
Prestación de Servicios número ,
personería que Doy Fe de ser legítima y suficiente por haber tenido a la vista: a) Fotocopia Certificada de la Escritura de Constitución de la sociedad, otorgada en esta ciudad a las catorce horas del día seis xx xxxxx de dos mil cinco, ante los oficios xxx xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx, de la cual consta que su denominación, naturaleza y domicilio, son los indicados, que su plazo es indefinido, que entre sus fines está el de realizar actos como el presente, que la administración de la sociedad estará confiada a una Junta Directiva o a un Administrador Único propietario, quien durara en sus funciones cinco años, que la representación Judicial le corresponde a los miembros propietarios de la Junta Directiva o al Administrador Único Propietario, en la misma escritura aparece que el señor Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxx Xxxxx, fue electo Administrador Único Propietario por un período de cinco años; escritura inscrita en el Registro de Comercio al número Quince del Libro Número Dos Mil veinticuatro del Registro de Sociedades, el cuatro xx xxxx de dos mil cinco; y b) Fotocopia Certificada de la Escritura Pública de Protocolización de Junta General de Accionistas, otorgada en esta ciudad a las catorce horas del día nueve xx xxxxx de dos mil diez, ante los oficios notariales de Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx, inscrita en el Registro de Comercio al número cincuenta y cuatro del libro dos mil quinientos setenta y nueve el veinte de julio de dos mil diez, en la que consta el nombramiento del señor Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxx Xxxxx como Administrador de Único Propietario de la sociedad PAMPANITOS, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, para el plazo de CINCO AÑOS contados a partir de la fecha de su inscripción, por lo que está facultado para firmar documentos como el presente; dicha sociedad es propietaria de la institución de educación y desarrollo infantil, denominada Kinder & Day Care Pampanitos, en adelante denominada “LA
CONTRATISTA”, y ME DICEN: Que en esta misma ciudad y fecha han celebrado un contrato de “SERVICIOS XX XXXXXX Y GUARDERIA”, el cual me presentan para darle categoría de instrumento público, dicho contrato ha sido celebrado conforme a las cláusulas que a continuación se especifican: “PRIMERA. OBJETO DEL CONTRATO: Adquirir el servicio de guardería y educación parvularia para hijos e hijas de empleados/as que laboran para la Asamblea Legislativa, en tres niveles de atención (Lactantes, Inicial y Parvularia), hasta cumplir los seis años de edad, comprendiendo los meses sucesivos hasta la finalización del año lectivo, tomando la contratista bajo su cuidado TREINTA Y CINCO niños y niñas, cantidad que podrá disminuir de acuerdo al informe de la administradora del contrato, dichos menores serán referidos mediante nota firmada por la Administradora del contrato, los costos y descripción de los servicios serán según lo detallado en la cláusula primera del contrato que se auténtica. LA CONTRATISTA garantiza que prestara el servicio antes descrito en el plazo y forma establecidos en el presente instrumento. A efectos de garantizar el cumplimiento del objeto de este contrato LA INSTITUCIÓN CONTRATANTE podrá realizar todas las gestiones de control en los aspectos material, técnico, financiero, legal y contable, que razonablemente considere necesarias a efectos de salvaguardar los intereses que persigue. SEGUNDA: DOCUMENTOS CONTRACTUALES: Forman parte integral del presente contrato los documentos siguientes: a) Las bases de la licitación pública Número LP- CERO DOS/ DOS MIL QUINCE “Servicio xx Xxxxxx y Guardería”; b) La oferta presentada por la contratista y sus documentos anexos; c) El acuerdo de adjudicación número cuatro mil trescientos diez de fecha veintiocho de enero de dos mil quince; d) El acuerdo de nombramiento de administrador de contrato número cuatro mil trescientos once de fecha veintiocho de enero de dos mil quince; e) Las garantías y f) Las resoluciones modificativas si las hubiere. En caso de controversia entre estos documentos y el contrato prevalecerá este último. TERCERA: PLAZO. El plazo de vigencia del presente contrato será a partir de la fecha de la suscripción del presente contrato hasta el treinta y uno de diciembre de dos mil quince, obligándose la contratista a cumplir durante dicho plazo, con las condiciones establecidas en los documentos contractuales referidos en la cláusula segunda. CUARTA: PRECIO Y FORMA DE PAGO. El monto total por el servicio del presente contrato es de hasta OCHENTA Y TRES MIL SEISCIENTOS CINCUENTA DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE
AMERICA, el cual será cancelado en pagos mensuales según los requerimientos del servicio que realice la administradora del contrato, por lo que la Institución Contratante no tendrá obligación de cancelar la totalidad del monto si este no se llegase a agotar por los servicios requeridos por la administradora del contrato, dicho monto será pagado por la INSTITUCIÓN CONTRATANTE a través de depósito a la cuenta por lo que deberá proporcionar la contratista un número de cuenta de un Banco de su elección, debiendo LA CONTRATISTA presentar a la Gerencia de Administración y
Finanzas la factura, copia del presente contrato y copia del acta de recepción parcial y/o final del servicio y cualquier otra documentación que le sea requerida. QUINTA: LUGAR Y FORMA DE ENTREGA Y RECEPCIÓN DEL SERVICIO. LA CONTRATISTA brindara el servicio objeto del presente contrato en sus instalaciones ubicadas en: Xxxxx Xxx Xxxxxxx Xxxx, Xxxxxx tres mil quinientos veintinueve, San Xxxxxxxx, de lunes a viernes ininterrumpidamente, exceptuando los días festivos y descanso obligatorio en el horario de las seis horas con cuarenta y cinco minutos a las diecisiete horas con cuarenta y cinco minutos. LA INSTITUCIÓN CONTRATANTE cuenta con un plazo de sesenta días calendario contados a partir de la recepción formal del servicio, para efectuar cualquier reclamo al observar deficiencia en los servicios suministrados.” Dicho contrato contiene otras cláusulas que por estar claramente detalladas en el mismo, se omite relacionar, no obstante los comparecientes las reconocen. Así se expresaron los otorgantes, y yo, la notario, DOY FE: Que las firmas puestas en el documento por los comparecientes, son AUTÉNTICAS, por haber sido puestas a mi presencia, además de las calidades en las que comparecen y que expliqué a los comparecientes los efectos legales de la presente acta notarial que consta de seis hojas útiles, y leída que les fue por mí, íntegramente, en un solo acto sin interrupción, ratificaron su contenido y firmamos. DOY FE.