Contract
CONTRATO Nº | 23 – 2013 |
CLASE DE CONTRATO | |
CONTRATISTA | LADOINSA LABORES DOTACIONES INDUSTRIALES S.A. |
NIT | 800.242.738-7 |
VALOR | TREINTA Y OCHO MILLONES TRESCIENTOS NOVENTA MIL PESOS M/CTE. ($38.390.000,oo) incluido IVA y demás impuestos, tasas, contribuciones de carácter nacional y/o distrital, costos directos e indirectos y costos laborales |
PLAZO DE DURACIÓN | El plazo de ejecución del contrato es de ocho (08) meses contados a partir del primero (1) de noviembre de 2013, previa suscripción del acta de inicio del contrato, firmada por el contratista y el supervisor designado por la Unidad de Información y Análisis F inanciero – UIAF, y previo el cumplimiento de los requisitos de perfeccionamiento y ejecución. |
OBJETO Y ALCANCE | Contratar la prestación del servicio integral de aseo y cafetería para las instalaciones de la Unidad de Información y Análisis Financiero - UIAF, ubicada en la carrera 7 No. 31 – 10 piso sexto (6) de la ciudad de Bogotá, el cual incluye el personal y los insumos, de acuerdo con las especificaciones requeridas por la Unidad y a lo establecido en el Anexo No. 1 Ficha Técnica del presente documento. |
Entre los suscritos a saber: XXXXXX XXXX XXXXXXX XXXXXXXX, mayor de edad, identificada con la cédula de ciudadanía No. 52.645.054 de Bogotá, quien actúa en nombre y representación de la UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE INFORMACIÓN Y ANÁLISIS FINANCIERO, quien en adelante se
denominará UIAF, en su carácter de Subdirectora Administrativa y Financiera, designada para ejercer el cargo por Resolución No. 131 del 01 xx xxxxxx de 2013, posesionada mediante acta No.390 del 01 xx xxxxxx de 2013, y de conformidad con la delegación de funciones establecida en la Resolución No. 184 del 2012, en concordancia con el artículo 12 de la Ley 80 de 1993, quien para efectos del presente contrato se denominará EL CONTRATANTE y/o UIAF, de una parte, y por la otra, XXXXX XXXXXX XXXXXXX XXXXXX, mayor de edad y vecino (a) de esta ciudad, identificada con la cédula de ciudadanía número 1.026.253.028 de Bogotá, quien actúa en calidad de representante legal de la empresa LADOINSA LABORES DOTACIONES INDUSTRIALES S.A., sociedad comercial legalmente constituida, con domicilio principal en la ciudad de Bogotá, identificada con el NIT. 800.242.738-7, según consta en el respectivo certificado de existencia y representación legal expedido por la Cámara de Comercio de Bogotá, quien en adelante se denominará EL CONTRATISTA, hemos convenido celebrar el presente contrato de suministro, que se regirá por las cláusulas que a continuación se establecen, previas las siguientes consideraciones: 1) La Unidad de Información y Análisis Financiero UIAF es un establecimiento público descentralizado, con personería jurídica, autonomía administrativa y patrimonio propio adscrito al Ministerio de Hacienda y Crédito Público, creada por la Ley 526 de 1999 modificada por la Ley 1121 de 2006 y su Decreto reglamentario 1497 de 2002. 2) De conformidad con el artículo 3º de la Ley 526 de 1999 y en armonía con la Ley 1121 de 2006, tiene como objetivo la detección, prevención y en general la lucha contra el Lavado de Activos y la Financiación del Terrorismo en todas las actividades económicas, para lo cual centralizará, sistematizará y analizará la información recaudada en desarrollo de lo previsto en los artículos 102 a 107 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero y sus normas remisorias, las normas tributarias, aduaneras y demás información que conozcan las entidades del Estado o privadas que pueda resultar vinculada con operaciones xx Xxxxxx de Activos y la Financiación del Terrorismo. 3) Que la Ley 1621 de 2.013, fortalece el marco legal de los Organismos de
Inteligencia, entre los que se consagra a la Unidad de Información y Análisis Financiero – UIAF como uno de estos organismos. 4) La Unidad de Información y Análisis Financiero – UIAF por ser una Unidad Administrativa Especial se rige por las normas de contratación estatal que para el efecto expida el gobierno nacional. 5) La Unidad de Información y Análisis Financiero – UIAF, continua aplicando el Decreto 734 de 2012, toda vez que mediante la Resolución No.144 del 08 xx xxxxxx de 2013 se acogió al régimen de transición establecido en el Decreto 1510 de 2013. 6) En consideración a las disposiciones legales vigentes acerca de la responsabilidad que recae sobre quienes administran y controlan los bienes y el patrimonio del estado, les corresponde el deber adicional de garantizar el mantenimiento de dichos bienes en aras de evitar su deterioro y/o pérdida de funcionalidad, en este sentido la Unidad de Información y Análisis Financiero – UIAF adquiere la responsabilidad de asumir las medidas necesarias y pertinentes que garanticen el sostenimiento de los servicios integrales de aseo en las instalaciones de la Unidad, con el fin de brindar a los funcionarios y personal que ingresa a las mismas, las adecuadas condiciones de higiene, salubridad y bienestar. 7) De igual forma, se tiene la necesidad de contratar el servicio mínimo de cafetería (café y Aromáticas) mediante el cual se brinde una buena atención en Pro del bienestar de los funcionarios de la Unidad de Información y Análisis Financiero – UIAF y de las personas que visitan la entidad. 8) La Unidad de Información y Análisis Financiero – UIAF debe adoptar estrategias para mantener sus bienes muebles e inmuebles en perfecto estado con el fin de evitar su deterioro y mantener un ambiente adecuado de trabajo; por lo que se hace necesario contratar la prestación del servicio integral de aseo y cafetería (con sus respectivos elementos y equipos) en las instalaciones de la UIAF ubicada en la xxxxxxx 0 Xx. 00-00 xxxx 0 Xxxxxx, X.X. 9) Teniendo en cuenta que en la Unidad de Información y Análisis Financiero – UIAF no hay personal con cargos para atender el servicio que se requiere en el objeto de este proceso, se hace necesario contratar dicho servicio con una empresa de personal especializado, junto con los insumos, ofreciendo así un servicio ágil y oportuno, que responda con los requerimientos de la entidad. Lo anterior en beneficio de las personas que aquí laboran, al mantener un ambiente aseado, saludable y libre de elementos contaminantes, previendo el mantenimiento de las instalaciones de la UIAF y de los bienes confiados a esta administración.
10) Teniendo en cuenta lo citado anteriormente, la Unidad de Información y Análisis Financiero (UIAF), requiere contratar la prestación del servicio integral de aseo y cafetería para las instalaciones de la Unidad de Información y Análisis Financiero - UIAF, ubicada en la carrera 7 No. 31 – 10 piso sexto (6) de la ciudad de Bogotá, el cual incluye el personal y los insumos, de acuerdo con las especificaciones requeridas por la Unidad en el presente documento. 11) Se trata entonces, de un requerimiento preponderante, plenamente justificado, si tenemos en cuenta las realidades físico – operativas de la Unidad. 12) Por último, el presente proceso de selección se encuentra contemplado dentro del plan de compras de la Unidad de Información y Análisis Financiero UIAF para la presente vigencia fiscal 2013. 13) Que teniendo en cuenta el objeto de este proceso, la UIAF procedió a abrir el Proceso de Convocatoria Pública por Selección Abreviada Subasta Inversa Presencial No. 23 de 2013, siguiendo el procedimiento ordenado por la Ley 80 de 1993, la Ley 1150 de 2007 y el Decreto 734 de 2012. 14) Se realizó estudio previo, con fundamento en el estudio xx xxxxxxx, los cuales fueron publicados en la página del SECOP y de la UIAF. 15) Que el día 17 de octubre de 2013 de acuerdo con lo establecido en el cronograma xxx xxxxxx de condiciones se llevó a cabo la audiencia de subasta inversa presencial, de la cual se levantó el Acta correspondiente y que hace parte del presente proceso, y que fue publicada en la página del SECOP y de la Unidad, se resalta de la misma que se realizó un (1) lance valido por valor de TREINTA Y OCHO MILLONES TRESCIENTOS NOVENTA MIL PESOS M/CTE. ($38.390.000,oo) incluido IVA y demás impuestos, tasas, contribuciones de carácter nacional y/o distrital, costos directos e indirectos y costos laborales, presentado por la empresa LADOINSA LABORES DOTACIONES INDUSTRIALES S.A. identificada con Nit 800.242.738-7. 16). Que teniendo en cuenta lo anterior, en la subasta inversa presencial la mejor oferta económica fue presentada por la empresa LADOINSA LABORES DOTACIONES INDUSTRIALES identificada con Nit 800.242.738-7 por un valor total de TREINTA Y OCHO MILLONES TRESCIENTOS NOVENTA MIL PESOS M/CTE. ($38.390.000,oo) incluido IVA y demás impuestos, tasas, contribuciones de carácter nacional y/o distrital, costos directos e
indirectos y costos laborales.17) Agotado el Procedimiento de la Convocatoria, como resultado de la Subasta se Adjudicó la Convocatoria Pública por Selección Abreviada Subasta Inversa Presencial No. 23 de 2013, a la empresa LADOINSA LABORES DOTACIONES INDUSTRIALES S.A. mediante Resolución No. 196 del 17 de octubre de 2013. PRIMERA. OBJETO.- Contratar la prestación del servicio integral de aseo y cafetería para las instalaciones de la Unidad de Información y Análisis Financiero - UIAF, ubicada en la carrera 7 No. 31 – 10 piso sexto (6) de la ciudad de Bogotá, el cual incluye el personal y los insumos, de acuerdo con las especificaciones requeridas por la Unidad y a lo establecido en el Anexo No. 1 Ficha Técnica del presente documento y que hace parte integral del mismo. SEGUNDA: OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA.- Para el desarrollo de las actividades contractuales, EL CONTRATISTA deberá: 1) Acatar la Constitución, la Ley, las normas legales y procedimentales establecidas por el gobierno nacional y demás disposiciones pertinentes. 2) Entregar el bien o prestar el servicio objeto del presente contrato con las especificaciones técnicas exigidas en el anexo técnico, so pena de hacerse acreedor a las multas estipuladas en el contrato y entregar el certificado de conformidad de los mismos, acorde con lo dispuesto en el artículo 10º del Decreto 2269 de 1993. 3) El contratista se obliga a mantener fijos los precios unitarios de la propuesta durante la ejecución y hasta la liquidación del contrato. 4) Dar estricto cumplimiento a las condiciones establecidas en el Anexo 1 xxx xxxxxx de condiciones mediante el cual se determinan los requerimientos del bien o servicio objeto del presente contrato. 5) Colaborar con la Unidad de Información y Análisis Financiero – UIAF para que el objeto contratado se cumpla y garantizar que este sea de la mejor calidad. 6) Acatar las instrucciones que para el desarrollo del contrato le imparta la Unidad de Información y Análisis Financiero – UIAF por conducto del supervisor, según el caso. 7) No acceder a peticiones o amenazas de quienes actúen por fuera de la ley con el fin de obligarlos a hacer u omitir algún acto o hecho, debiendo informar inmediatamente a la Unidad de In formación y Análisis Financiero – UIAF a través del supervisor, según el caso, acerca de la ocurrencia de tales peticiones o amenazas y a la demás autoridades competentes para que se adopten las medidas y correctivos que fueren necesarios. 8) Dar cumplimiento a las obligaciones con los sistemas de seguridad social, salud y pensiones y presentar los documentos respectivos que así lo acrediten, de conformidad con lo establecido en el Decreto 1703 de 2002, Decreto 510 de 05 xx xxxxx de 2003, la Ley 789 de 2002, Ley 1122 2007, Ley 1150 de 2007 y demás que las adicionen, complementen o modifiquen. 9) Cumplir con las condiciones técnicas, jurídicas, económicas, financieras y comerciales presentadas en la propuesta. 10) Reportar de manera inmediata cualquier novedad o anomalía, al supervisor o interventor, según el caso, del contrato. 11) Guardar total reserva de la información que por razón del servicio que presta en desarrollo de sus actividades, ya que es de propiedad de la Unidad de Información y Análisis Financiero UIAF, salvo requerimiento de autoridad competente. 12) Presentar cuando sean requeridos los comprobantes de afiliación y pago de los aportes a los sistemas de salud y pensión del personal destinado a la prestación del servicio junto con el comprobante de pago del subsidio familiar y la afiliación a la A.R.P. Acreditar para cada uno de los pagos que se encuentra al día en el pago de aportes parafiscales relativos al sistema de seguridad social integral, así como los propios xxx XXXX, ICBF y Cajas de Compensación familiar, cuando corresponda y allegar certificación expedida por el revisor fiscal o representante legal, según sea el caso, de acuerdo con lo ordenado en el artículo 50 de la ley 789 del 27 de diciembre de 2002 y demás normas concordantes. 13) Responder por la conservación, el uso adecuado, deterioro o pérdida de los elementos que le sean entregados por la entidad para la ejecución del contrato (si es del caso). 14) No contratar a menores de edad, en cumplimiento de los pactos, convenios y convenciones internacionales ratificados por Colombia, según lo establece la Constitución Política de 1991 y demás normas vigentes sobre la materia, en particular aquellas que consagran los derechos de los niños. 15) El contratista se obliga a: a) Velar por el respeto de los derechos constitucionales y laborales de los trabajadores que utilice para la ejecución del contrato, para lo cual, eliminará formas de contratación lesivas para los derechos laborales de los trabajadores. b) Xxxxx por el respeto de la legislación laboral vigente e incentivar la mejor oferta laboral y prestacional que garantice el acceso a mejores oportunidades de trabajo. El incumplimiento
de las obligaciones contractuales incluidas en el presente numeral, ocasionará el inicio de procesos sancionatorios, conforme con la normatividad vigente, esto es, la imposición de multas o la declaratoria de incumplimiento haciendo efectiva la cláusula penal pecuniaria, si es del caso. 16) Las demás obligaciones que sean del carácter de la prestación de los servicios contratados como resultado del presente proceso. 17) Cumplir con el objeto del presente contrato mediante sus propios medios, con plena autonomía técnica y administrativa. 18) Cumplir con el horario, turnos y número de operarios para el personal que ejecutará el contrato en la UIAF, establecidos en el pliego de condiciones definitivo y en la propuesta xxx xxxxxx. 19) Suministrar la dotación al personal que ejecute el contrato según las disposiciones laborales vigentes sobre la materia. 20) Identificar al personal que preste el servicio contratado con el respectivo carné. 21) Cumplir con lo señalado en el pliego de condiciones respecto a los requerimientos técnicos. 22) Asumir los gastos y pagar oportunamente los salarios, prestaciones sociales, dotaciones y en general todos los que generen el personal contratado por el CONTRATISTA. 23) Entregar dentro del plazo fijado los insumos de aseo y cafetería para el mes requeridos en el pliego de condiciones definitivo. Estos insumos deberán ser de buena calidad y cumplir las características del listado de insumos, de no ser así LA UIAF podrá solicitar el cambio cuando así lo determine. 24) El CONTRATISTA se responsabilizará ante la UIAF y ante las entidades de control, del cumplimiento de la normatividad legal vigente en materia de higiene, seguridad industrial, medicina preventiva y medicina del trabajo. 25) El uso, manejo y almacenamiento tanto de los productos químicos como de la maquinaria deben regirse de acuerdo con las normas de seguridad industrial. 26) Suministrar al personal que preste el servicio los elementos de protección necesarios para desempeñar sus labores. 27) Atender las observaciones a la prestación del servicio que haga el supervisor del contrato de la UIAF. 28) Enviar mensualmente una (1) persona con el fin de supervisar las labores de aseo y cafetería y atender los requerimientos de EL CONTRATANTE. 29) Cambiar al personal que presta los servicios del presente contrato cuando EL CONTRATANTE lo solicite por escrito. 30) Cancelar o reponer a la UIAF, el valor de los objetos que durante la indebida ejecución de la prestación del servicio y que sea imputable al contratista, sean hurtados, sustraídos, dañados o deteriorados, o en su defecto la UIAF podrá descontar su valor de los pagos que haga al CONTRATISTA, para la ejecución del presente contrato. 31) Diligenciar el formato único de hoja de vida, de que trata la Ley 190 de 1995 y la Resolución No. 009 de 1996, del Departamento Administrativo de la Función Pública. 32) Ejercer las medidas preventivas y correctivas necesarias para garantizar la oportunidad y la calidad del servicio pactado. 33) Comunicar a la UIAF sobre las circunstancias previsibles que pudieren generar una modificación, alteración, anormalidad o suspensión del servicio. 34) Obrar con lealtad y buena fe en las distintas etapas contractuales, evitando dilaciones y trabas que puedan presentarse, y en general, obligarse a cumplir con todo lo ofrecido en la propuesta recibida, la cual hace parte integrante del presente contrato. 35) Cumplir con las obligaciones parafiscales, relativos al Sistema de Seguridad Social Integral, así como los propios xxx XXXX, ICBF y Cajas de Compensación Familiar, de conformidad con lo establecido en el artículo 50 de la Ley 789 de 2002, cuyo parágrafo fue modificado por el artículo 1º de la Ley 828 de 2003 y el artículo 23 de la Ley 1150 de 2007. 36) Constituir la garantía única exigida en el presente contrato, de que trata el artículo 25, numeral 19 de la Ley 80 de 1993, dentro de los dos (2) días hábiles siguiente a su perfeccionamiento. 37) Mantener actualizado su domicilio durante la vigencia del contrato, y cuatro (4) meses más; así como también a presentarse a la Unidad Administrativa Especial de Información y Análisis Financiero en el momento en que sea requerido por la misma, para la suscripción de la correspondiente acta de liquidación. 38) Designar un supervisor que responda por el desarrollo y buena ejecución del contrato. Atender de forma inmediata las solicitudes que formule el supervisor designado por la UIAF en el desarrollo del presente contrato. 39) Responder por las actuaciones y omisiones derivadas del presente contrato y de la ejecución del mismo de conformidad con lo establecido en el artículo 52 de la Ley 80 de 1993. En general, la obligación de cumplir cabalmente con las condiciones y modalidades previstas contractualmente para la ejecución y desarrollo del contrato, por lo cual el CONTRATISTA deberá actuar razonablemente en el marco de las obligaciones contractuales. 40) Cumplir con los servicios adicionales ofrecidos en la propuesta. 41) Las demás obligaciones señaladas en los pliegos de condiciones y en las
adendas del presente proceso de selección. TERCERA. VALOR.- El Valor del presente contrato es la suma de TREINTA Y OCHO MILLONES TRESCIENTOS NOVENTA MIL PESOS M/CTE. ($38.390.000,oo) incluido
IVA y demás impuestos, tasas, contribuciones de carácter nacional y/o distrital, costos directos e indirectos y costos laborales. CUARTA. FORMA DE PAGO.-, La Unidad de Información y Análisis Financiero
– UIAF efectuará los pagos por mensualidades vencidas de acuerdo con los servicios realizados dentro del período, previa presentación de las facturas respectivas y aprobación de las mismas por parte del supervisor del contrato, acompañadas de las correspondientes certificaciones de cumplimiento a satisfacción expedidas por el mismo en las cuales conste el valor a pagar por el contratista. Los pagos se efectuarán dentro de los quince (15) días hábiles siguientes a la radicación de la factura en la Subdirección Administrativa y Financiera de la Unidad de Información y Análisis Financiero – UIAF y de la certificación de cumplimiento a satisfacción del objeto y obligaciones, expedida por el supervisor del contrato, acompañada de los respectivos recibos de pago por concepto de aportes al Sistema de Seguridad Social Integral en Salud y Pensión, aportes parafiscales: Sena, ICBF y Cajas de Compensación Familiar, cuando corresponda. Si las facturas no han sido correctamente elaboradas o no se acompañan de los documentos requeridos para el pago, el término para éste solamente empezará a contarse desde la fecha en que se presenten en debida forma o se haya aportado el último de los documentos. Las demoras que se presenten por estos conceptos serán responsabilidad del CONTRATISTA y no tendrá por ello derecho al pago de intereses o compensación de ninguna naturaleza. Todos los pagos estarán sujetos al Programa Anual Mensualizado de Caja - PAC y al cumplimiento de los procedimientos presupuestales. El pago lo realizará directamente la Dirección xxx Xxxxxx, con abono en cuenta al Contratista adjudicado, previo cumplimiento de los requisitos descritos anteriormente. PARAGRAFO: No se realizaran anticipos ni adelantos para la ejecución del contrato. QUINTA. PLAZO DE EJECUCIÓN Y VIGENCIA DEL CONTRATO.- El plazo de ejecución del contrato es de ocho (08) meses contados a partir del primero (1) de noviembre de 2013, previa suscripción del acta de inicio del contrato, firmada por el contratista y el supervisor designado por la Unidad de In formación y Análisis Financiero – UIAF, y previo el cumplimiento de los requisitos de perfeccionamiento y ejecución. SEXTA. SUSPENSIÓN.- El término de ejecución del contrato podrá suspenderse en los siguientes eventos: a) Por circunstancias de fuerza mayor o caso fortuito que impidan su ejecución. b) Por mutuo acuerdo entre las partes, siempre y cuando con ello no se causen perjuicios a la UIAF o genere sobrecostos en contra de la Administración. La suspensión se hará constar en acta suscrita por las partes y el término de esta no se computará para efectos de los plazos del contrato. SÉPTIMA. CLÁUSULAS EXCEPCIONALES.- La UIAF podrá interpretar, modificar o terminar unilateralmente el presente contrato si se dan las circunstancias previstas en los artículos 15, 16 y 17 de la ley 80 de 1993. OCTAVA.- SUPERVISIÓN.- El supervisor del contrato a celebrar y que se desprenda del presente proceso de selección es la asesora 1020 grado 11 de la Subdirección Administrativa y Financiera. NOVENA. GARANTÍA.- EL CONTRATISTA deberá constituir a favor de la Unidad de Información y Análisis Financiero - UIAF, con NIT. 830.068.074-9, de acuerdo con los lineamientos establecidos en el Decreto 734 de 2012 y demás normas que regulen la materia y de acuerdo con lo establecido en el pliego de condiciones, la garantía única de cumplimiento que ampare los siguientes riesgo: a) Cumplimiento: De todas y cada una de las obligaciones derivadas de este contrato, por un monto equivalente al treinta por ciento (30%) del valor del contrato y con una vigencia igual al plazo de ejecución del contrato y cuatro (4) meses más*, a esta garantía se le imputaran la cláusula penal y las multas que se llegaren a imponer. b) Calidad de los bienes: Por un monto equivalente al treinta (30%) por ciento del valor total del contrato y con una vigencia igual a la del plazo de ejecución del contrato y cuatro (4) meses más*. c) Pago de Salarios, Prestaciones Sociales e Indemnizaciones: Por le cinco (5%) por ciento del valor total del contrato, y con una vigencia igual al plazo de ejecución del contrato y tres (3) años más*. Así mismo, el CONTRATISTA deberá constituir a favor de la Unidad de Información y Análisis Financiero, una póliza de seguros que ampare lo siguiente: d) Responsabilidad Civil Extracontractual: Por un monto equivalente al veinte (20%) por ciento del valor total del contrato, con una vigencia igual ala del plazo de ejecución del mismo y cuatro (4) meses más*. * NOTA: Se recomienda adicionar al término de las
vigencias solicitadas para cada uno de los amparos mencionados, por lo menos quince (15) días más, para efectos de cubrir el término que toma el procedimiento interno de la UIAF para la expedición del Certificado de Registro Presupuestal. DÉCIMA. INDEMNIDAD.- El CONTRATISTA se obliga para con la UIAF a mantener libre de cualquier daño o perjuicio originado en reclamaciones de terceros y que se deriven de sus actuaciones o de las de sus subcontratistas o dependientes. DÉCIMA PRIMERA. EXCLUSIÓN DE LA RELACIÓN LABORAL.- La suscripción del presente contrato no comporta relación ni vínculo laboral alguno de la UIAF con EL CONTRATISTA ni con el personal que este emplee para la ejecución del mismo. En caso que la UIAF resulte condenado a pagar suma alguna por este concepto, podrá repetir contra EL CONTRATISTA lo pagado, así como los intereses que se generen. Para el efecto el presente contrato, junto con la decisión administrativa o judicial que obligue a la UIAF a efectuar el pago, así como las constancias del mismo, prestaran merito ejecutivo. DÉCIMA SEGUNDA. MULTAS Y PENAL PECUNIARIA.- MULTAS: En virtud de lo establecido en el artículo 17 de la Ley 1150 de 2007, las partes acuerdan que en caso de retardo o incumplimiento de cualquiera de las obligaciones señaladas en el contrato se causará a favor de la entidad contratante una multa equivalente al uno por ciento (1%) del valor del contrato por cada día de atraso en el cumplimiento de sus obligaciones, previa realización del procedimiento señalado en el artículo 86 de la Ley 1474 de 2011, sin que el valor total de ellas pueda llegar a exceder el diez por ciento (10%) del valor total del contrato. Los montos correspondientes, se compensarán directamente, descontando el valor de las multas de los pagos que la entidad contratante deba efectuar al contratista, si ello fuere posible, o haciendo efectiva la garantía única con cargo al amparo de cumplimiento, o acudiendo al cobro ejecutivo. En caso que la entidad contratante opte por el cobro ejecutivo, éste se realizará a través de la jurisdicción coactiva y se llevará a cabo sin necesidad de requerimiento alguno, ni constitución en xxxx. Adicionalmente, la Unidad de Información y Análisis Financiero - UIAF atenderá lo señalado en el artículo 8.1.10 del Decreto 0734 de 2012. CLÁUSULA PENAL PECUNIARIA: Si el CONTRATISTA no diere cumplimiento en forma total o parcial al objeto o a las obligaciones emanadas del contrato, pagará a la Unidad de Información y Análisis Financiero - UIAF, el veinte por ciento (20%) del valor total del mismo, como estimación anticipada de perjuicios, sin que lo anterior sea óbice para que se impongan las multas a que haya lugar y/o reclamación por los perjuicios ocasionados. Así mismo, para efectos de declarar el incumplimiento del contratista con el propósito de hacer efectiva la cláusula penal, se aplicará el procedimiento establecido en el artículo 86 de la Ley 1474 de 2011. Adicionalmente, la Unidad de Información y Análisis Financiero - UIAF atenderá lo señalado en el artículo 8.1.10 del Decreto 734 de 2012. DÉCIMA TERCERA. CESIÓN.- El CONTRATISTA no podrá ceder ni subcontratar el respectivo contrato sin el consentimiento previo y escrito de la UIAF, pudiendo éste negar la autorización de la cesión o del subcontrato. DÉCIMA CUARTA. TERMINACIÓN ANTICIPADA.- El presente contrato podrá darse por terminado de manera anticipada en los siguientes casos: a) Por mutuo acuerdo entre las partes. b) Por fuerza mayor o caso fortuito que haga imposible continuar con su ejecución. c) Por agotamiento del valor pactado. d) Las demás contenidas en la ley. Parágrafo: La terminación anticipada se hará constar en acta suscrita por las partes y en consecuencia inmediatamente deberá liquidarse el contrato. DÉCIMA QUINTA. CLÁUSULAS EXCEPCIONALES.- La UIAF podrá declarar la caducidad del contrato si se dan las situaciones previstas en el artículo 18 de la Ley 80 de 1993. Así mismo la UIAF podrá interpretar, modificar o terminar unilateralmente el contrato si se dan las circunstancias previstas en los artículos 15, 16 y 17 de la misma ley. DECIMA SEXTA. INHABILIDADES E INCOMPATIBILIDADES. EL CONTRATISTA afirma bajo la gravedad de juramento, que se entiende prestado con la firma de este documento, no encontrarse incurso en incompatibilidades e inhabilidades establecidas en la Constitución y la Ley. DÉCIMA SÉPTIMA. DISPONIBILIDAD PRESUPUESTAL.- Las obligaciones que se contraigan en el contrato producto de este proceso de selección abreviada subasta inversa, se encuentran respaldadas para el año 2013 con el certificado de disponibilidad presupuestal No. 115613 del 05 xx xxxxxx de 2013, por valor de Catorce Millones Trescientos Dieciocho Mil Cuatrocientos Setenta y Dos Pesos M/cte ($14.318.472,oo),, expedido por el Responsable de Presupuesto de la Unidad, con cargo al presupuesto de funcionamiento de la presente vigencia fiscal 2013, y para el año 2014 con la autorización de vigencias
futuras Nos. 0-0000-000000 y 0-0000-000000 del 2 de septiembre de 2013 expedida por el ministerio de Hacienda y Crédito Público, es decir con presupuesto del 2014 por valor de Setenta y Cuatro Millones Quinientos Cincuenta y Dos Mil Seiscientos Veinticuatro Pesos M/cte. ($74.552.624,oo), según autorización y expedición por parte del Ministerio de Hacienda y Crédito Público. DÉCIMA OCTAVA. GASTOS: Serán por cuenta del CONTRATISTA todos los gastos e impuestos, tasas y contribuciones derivados de la celebración, ejecución y liquidación del contrato, así como el valor de la prima de la garantía única y sus modificaciones. DÉCIMA NOVENA. IMPUESTOS: EL CONTRATISTA pagará todos los impuestos, tasas y similares que se deriven de la ejecución del contrato, de conformidad con la Ley colombiana. VIGÉSIMA. RECURSOS FINANCIEROS: La contratación será financiada con recursos apropiados del presupuesto asignado a la Unidad de Información y Análisis Financiero - UIAF para la vigencia fiscal de 2013 y vigencias futuras para la vigencia fiscal 2014. VIGÉSIMA PRIMERA. CONFIDENCIALIDAD DE LA INFORMACIÓN: El CONTRATISTA guardará confidencialidad sobre la información que obtenga de la Unidad de Información y Análisis Financiero - UIAF en desarrollo del objeto y obligaciones del contrato. VIGÉSIMA SEGUNDA. SOLUCIÓN DIRECTA DE CONTROVERSIAS CONTRACTUALES: Las partes, en
aras de solucionar en forma ágil, rápida y directa las diferencias y discrepancias surgidas en la ejecución del contrato, acudirán a los mecanismos de solución previstos en la ley, tales como la conciliación, amigable composición y transacción. VIGÉSIMA TERCERTA. PERFECCIONAMIENTO Y EJECUCIÓN.- Este contrato se perfecciona con la firma de las partes. Para su ejecución, se requiere de la aprobación de la garantía única, de la expedición del registro presupuestal y de la firma del acta de inicio por parte de los supervisores del contrato. VIGÉSIMA CUARTA. DOCUMENTOS.- Forman parte del presente contrato los siguientes documentos: 1) Solicitud y estudios previos. 2) Certificado de disponibilidad presupuestal No. 15613 del 05 xx xxxxxx de 2013 y para el año 2014 la autorización de vigencias futuras Nos. 0-0000-000000 y 0-0000-000000 del 2 de septiembre de 2013. 3) Pliego de Condiciones, sus anexos y adendas. 4) Oferta presentada por el CONTRATISTA. 5) Resolución de adjudicación No.196 del 17 de octubre de 2013. 6) Garantía única y aprobación de la misma. 7) Acta de Audiencia de Subasta Inversa Presencial de fecha 17 de octubre de 2013, informe de verificación de requisitos habilitantes. 8). Todos los demás documentos que durante la ejecución del presente Contrato se generen y alleguen al mismo. VIGÉSIMA QUINTA. RÉGIMEN LEGAL APLICABLE.- El presente contrato se regirá por las cláusulas en él establecidas y por las disposiciones de la Ley 80 de 1993, Ley 1150 de 2007, Decreto 734 de 2012 y demás normas y decretos reglamentarios vigentes concordantes. VIGÉSIMA SEXTA. DOMICILIO CONTRACTUAL.- Para todos los efectos legales, las partes fijan como domicilio contractual la ciudad de Bogotá D.C.
Para constancia se firma en dos (2) ejemplares, el día 22 de octubre de 2013.
UNIDAD DE INFORMACIÓN Y ANÁLISIS LADOINSA LABORES DOTACIONES
FINANCIERO - LA UIAF INDUSTRIALES S.A.
XXXXXX XXXX XXXXXXX XXXXXXXX XXXXX XXXXXX XXXXXXX XXXXXX
Subdirectora Administrativa y Financiera Representante Legal
P/41 R/108
“ANEXO No. 1 - FICHA TÉCNICA
1. PERSONAL REQUERIDO PARA LA PRESTACION DEL SERVICIO
Para la prestación del servicio de aseo y cafetería se necesita dos (2) personas, una de tiempo completo en el horario de lunes a sábado 48 horas semanales diurnas y la segunda de lunes a sábado 24 horas semanales diurnas, durante toda la ejecución del contrato.
NOTA: El oferente debe tener en cuenta para la presentación de su oferta económica el salario mínimo de 2013 y el incremento del aumento xxx xxxxxxx mínimo para el año 2014, con todas sus prestaciones xx Xxx.
Las dos personas a contratar deberán realizar las siguientes actividades, además de las que sean inherentes a la prestación del servicio contratado:
• Barrer, trapear y lavar pisos.
• Limpiar, lavar y desmanchar paredes y panelería.
• Limpiar los vidrios instalados en la panelería y puertas.
• Limpiar paredes y techos una vez al mes.
• Aspirar todos los días.
• Desmanchar y brillar muebles mensualmente.
• Desocupar papeleras diariamente (mañana y tarde)
• Limpiar teléfonos semanalmente.
• Limpiar, desempolvar cuadros y elementos decorativos diario.
• Limpiar, desempolvar exteriormente máquinas y computadores diariamente
• Limpiar, lavar, desmanchar, desinfectar y aromatizar baños diariamente(mañana y tarde)
• Limpiar y desempolvar persianas semanalmente
• Abastecer los baños de papel higiénico, toallas de papel de mano, jabón de manos y ambientadores con dispensadores respectivos.
• Lavar tapetes cada seis meses previamente coordinadas con la entidad o cuando por circunstancias excepcionales se requiera.
• Preparar y servir café, aromáticas y agua de acuerdo con las indicaciones del supervisor dos veces al día para todos los funcionarios de la Unidad y cuando el Director o subdirectores lo requieran.
• Lavar la loza y demás elementos de la cocina.
• Limpieza de los insumos de aseo y cafetería.
• Colocar las respectivas señales de precaución de tal forma que se eviten accidentes
• Desinfectar en forma permanente los baños y cafetería aplicando los materiales y técnicas requeridas en las buenas prácticas de aseo y según las indicaciones del supervisor.
• Mantener aseado y en orden el sitio de la cafetería.
• Distribuir las bebidas al Director y a los visitantes de la UIAF, cuando se requiera.
• Efectuar el mantenimiento preventivo y correctivo de las grecas entregadas para la preparación de café.
• Suministrar el café, azúcar, edulcorante, aguas aromáticas, té, mezcladores, bebida no láctea en polvo para mezclar el café y otros, necesarios para la prestación del servicio.
• Suministrar termos cuando se requiera para dejarlos disponibles en la Dirección antes de las 5 de la tarde.
• Brigadas de Aseo.
• Cuidado de pisos.
• Limpieza de Alturas.
2. PERFIL DE LAS PERSONAS
El proponente con quien se suscriba el correspondiente contrato, deberá dentro de los dos (2) días hábiles siguientes a la fecha de suscripción del contrato presentar para aprobación de la UIAF el personal que cumpla con las siguientes condiciones:
• ESTUDIOS: Bachiller
• EXPERIENCIA: Superior a dos años en cargos similares
La UIAF se reserva el derecho de realizar las entrevistas, pruebas y estudios de seguridad que considere necesarias para la autorización del ingreso. No presentar antecedentes penales o disciplinarios para lo cual debe allegar las certificaciones correspondientes.
3. SEGURIDAD SOCIAL
El contratista seleccionado será responsable del reclutamiento, selección, afiliación al Sistema de Seguridad Social Integral y mantener debidamente contratado al personal que destinará para la prestación del servicio de aseo y cafetería en la Unidad de Información y Análisis Financiero UIAF y realizará el pago de los aportes correspondientes, dando cumplimiento a las exigencias señaladas en la Ley 789 de 2002, 828/2003, y demás normatividad vigente sobre la materia. El proponente deberá manifestar bajo la gravedad del juramento y bajo su responsabilidad, que no está incurso en la inhabilidad contenida en el artículo 5° de la Ley 828 de 2003, y que se encuentra x xxx y salvo por este concepto con el Ministerio de la Protección Social.
El personal presentado por el contratista para realizar el servicio en la entidad, no tendrá vinculación laboral con la Unidad de Información y Análisis Financiero UIAF, toda la responsabilidad derivada de los contratos de trabajo, correrá a cargo del contratista, quien deberá responder oportunamente por los salarios, prestaciones xx xxx, por toda clase de demandas, reclamos o procesos que interponga el personal a su cargo.
4. REEMPLAZOS
El proponente a quien se le adjudique el contrato debe realizar los reemplazos que sean necesarios una vez tenga conocimiento de la ausencia del operario, con un tiempo de respuesta máximo de dos (2) horas, para hacer los relevos temporales, suministrando a través del supervisor
o coordinador, la relación con los nombres y causa que motiva el relevo del caso; los cambios definitivos del personal que preste el servicio se deberán realizar, cuando a juicio de la Entidad sea necesario y así lo solicite, el reemplazo debe ser aprobado por la Unidad de Información y Análisis Financiero UIAF.
La Unidad de Información y Análisis Financiero UIAF una vez adjudicado el contrato, se reserva el derecho, de solicitar la rotación o cambios en el horario y en la ubicación del personal de acuerdo a las necesidades del servicio.
5. DOTACIÓN
La dotación del personal que prestará el servicio objeto del presente contrato, debe cumplir con los requisitos mínimos del Ministerio de la Protección Social. Por ningún motivo se debe descontar el valor de los uniformes o parte de él a los operarios. En un anexo dentro de la cotización, debe incluirse en forma detallada la descripción del uniforme de la persona que realice las funciones de aseo en la UIAF, el cual debe usarse a diario para que esta persona permanezca debidamente uniformada con el nombre de la empresa que presta el servicio.
El proponente deberá suplir las faltas de personal de aseo y cafetería con prontitud, y atender oportunamente algún cambio de personal que requiera la UIAF.
Suministrar TODOS los equipos, elementos e insumos necesarios y suficientes para la correcta prestación del servicio de aseo y cafetería.
Suministrar los elementos de señalización y avisos de prevención para evitar accidentes en las áreas en donde estén realizando las labores de aseo.
6. SUPERVISION
Para este servicio se requiere una persona que se haga presente en las instalaciones de la entidad dos veces por mes, o a juicio del proponente, según considere, con el fin de supervisar el trabajo desempeñado por el personal responsable de los servicios de aseo y cafetería.
El supervisor de la UIAF podrá solicitar cuando lo considere pertinente, fotocopia del pago de los aportes parafiscales del mes anterior, discriminando el pago del servicio correspondiente al contrato y copia de los recibos de pago del cumplimiento con el sistema general de seguridad social en salud, respecto a sus trabajadores, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 50 de la ley 789 de 2002.
Entregar informes periódicos, por lo menos dos (2) veces durante el período de ejecución del contrato, de la ejecución del contrato por servicio de aseo y cafetería, los cuales deben incluir las estadísticas de consumos de todos los insumos utilizados en la prestación del servicio.
7. REQUISITOS TECNICOS MINIMOS
Equipo mínimo requerido: El proponente deberá poner al servicio de la UIAF como mínimo el equipo que se relaciona a continuación:
• Una aspiradora industrial
• Un carro para aseo de 4 ruedas con sus respectivos accesorios
• 1 aviso de señalización o señales preventivas como PISO HUMEDO, TRANSITE CON PRECAUCION.
• Todos los elementos, maquinaria y equipo que se consideren necesarios para la prestación del servicio objeto del contrato.
8. Insumos de aseo y cafetería requeridos
El proponente deberá proveer mensualmente y durante la ejecución del contrato, dentro de los diez
(10) primeros días corrientes de cada mes, a la UIAF de los siguientes insumos de aseo y cafetería con las características descritas:
ITEM | DESCRIPCION | CANTIDAD | UNIDAD |
1 | Alcohol etílico | 1 | Galón x 3600 cc |
2 | Ambientador con dispensador Aerosol | 3 | Frasco para dispensador automático x 250 ml |
3 | Aromática natural sabores surtidos- Tisanas | 10 | Caja x 12 gr c/u |
4 | Aromáticas con panela sabores surtidos | 5 | Caja x 25 bolsas |
5 | Atomizador vacío | 1 | Unidad |
6 | Azúcar Dietética natural | 2 | Caja x 200 un |
7 | Azúcar en sobres | 3 | Pacas con 10 Paquete (de 200 sobres x 5 gr) |
8 | Bayetilla blanca 70x70 | 1 | Unidad |
9 | Bebida no láctea para el café en polvo | 5 | Paquete x 200 unidades |
10 | Bolsa basura xxxxx xxxxx | 00 | Por 6 Unidades 35x 40 cm |
11 | Bolsa Basura NEGRA (47X70) | 20 | Por 6 Unidades |
12 | Bolsa basura oficinas grises | 20 | Por 6 Unidades 35x 40 cm |
13 | Bolsas Azules reciclajes-plásticos | 10 | Por 6 Unidades 65 ancho x 50 cm |
14 | Bolsas Grises reciclajes-papel | 10 | Por 6 Unidades 65 ancho x 50 cm |
15 | Bolsas Verdes reciclajes-inorgánicos | 10 | Por 6 Unidades 65 ancho x 50 cm |
16 | Café molido suave | 30 | Libras |
17 | Churrusco | 1 | Unidad |
18 | Crema Multidetergente Frotex | 2 | Sobre por 250 grs |
19 | Escoba | 1 | De acuerdo al desgaste. |
20 | Esponja con espuma | 2 | Unidad |
21 | Esponja sin espuma sabra | 1 | Unidad |
22 | Gel antibacterial para manos | 3 | Botella de 1 litro |
23 | Guantes de caucho amarillos talla 7,5 | 1 | Unidad |
24 | Guantes de caucho negros talla 7,5 | 1 | Unidad |
25 | Hipoclorito | 1 | Galón |
26 | Jabón crema 100 gramos loza | 1 | Unidad |
27 | Jabón en polvo | 3 | Paquete y 1000 c.c |
28 | Jabón líquido cremoso para manos | 2 | Galón x 3600 cc |
29 | limpia-vidrios | 1 | Galón (medio galón) |
30 | Limpión de toalla para loza (mediano) | 2 | Unidad |
31 | Lustra muebles blanco | 1 | frasco de 1/2 litro |
32 | Mezcladores de pitillos | 8 | Paquetes x 1000 Unidades |
33 | Panela en cubos instantánea sabores surtidos | 5 | Caja x 48 cubos |
34 | Paño Absorbente | 2 | Unidad |
35 | Papel higiénico blanco | 25 | Rollos (250) metros doble hoja paquete de 4 rollos |
36 | Recogedor | 1 | De acuerdo al desgaste. |
37 | Servilletas blancas cuatro hojas | 10 | paquete x 200 |
38 | Tapabocas por 50 unidades | 1 | Caja |
39 | Toallas blancas desechables para manos | 40 | Und (PAQ X 150 UND) |
40 | Xxxxxxx | 1 | Unidad |
41 | Vaso de papel para café de 6 o 4 onzas | 2000 | Unidad |
Las especificaciones consignadas en la propuesta son inmodificables, se constituyen en base fundamental para la verificación y se convertirán en parte esencial del objeto del contrato que se celebre con el oferente seleccionado.