PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES
PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES
Obra Pública Mayor
EX-2018-13414420- -MGEYA-DGOINFU
"Centro Penitenciario Federal V de Xxxxxx Xxx"
2.1.5 Documentación de la licitación 13
2.1.6 Confidencialidad de los Planos 14
2.1.11 Sistema de contratación 16
2.1.12 Mantenimiento de la oferta 19
2.1.13 Consulta y obtención xxx xxxxxx 19
2.1.14 Consultas y Circulares 19
2.1.15 Redeterminación de precios 20
2.1.17 Competencia judicial 21
2.1.18 Cláusula Anticorrupción 21
2.2.5 Capacidad de contratación 23
2.2.6.2 Equipos destinados a la obra 25
2.2.6.4 Capacidad económico-financiera 25
2.3.5 Efectos de la presentación de las ofertas 31
2.3.7 Planilla de cotización 31
2.3.9 Plan de Trabajos y Curva de inversiones 32
2.3.10 Documentos que integran la oferta 32
2.3.11 Defectos no subsanables 36
2.3.12 Ampliación de la información 36
2.3.13 Vista de las Ofertas 37
2.4 EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS 37
2.4.1 Comisión Evaluadora de Ofertas 37
2.4.2 Metodología de Evaluación de ofertas 39
2.4.4 Impugnaciones a la preadjudicación 39
2.4.6 Garantía de Cumplimiento de Contrato 40
2.4.7 Perfeccionamiento del contrato 41
2.4.8 Devolución de la Garantía de Oferta 41
2.4.10 Errores en Documentación y discrepancias Técnicas 42
2.5.1 Relevamientos previos 42
2.5.2 Requisitos a cumplir para el inicio de la obra 43
2.5.3 Documentación a presentar 43
2.5.3.3 Higiene y Seguridad 44
2.5.3.6 Planificación de la obra. 45
2.5.4 Oficina para la Inspección de Obra. 46
2.5.5 Plan de Trabajos Definitivo. 46
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2.5.7 Representante Técnico 49
2.5.8 Representante en Obra 50
2.5.12 Reuniones de Coordinación 53
2.5.14 Obligaciones y responsabilidades del contratista 54
2.5.15 Personal del contratista 56
2.5.16 Calidad de los materiales y trabajos 59
2.5.17 Perjuicio por incendio 60
2.6.2 Interpretación de la documentación 62
2.6.3 Gestiones administrativas 62
2.6.4 Aprobación de los trabajos 62
2.6.5 Registro de los trabajos 62
2.6.7 Planos conforme a obra 64
2.6.8 Cumplimiento del Código de Edificación 64
2.7.2 De las compañías aseguradoras 65
2.7.3 De los seguros en particular 66
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2.9.1 Higiene y Seguridad en Obra 71
2.9.2 Trabajo en la Vía Pública 74
2.10.2 Presentación del Plan de Mitigación de Obra 77
2.10.3 Responsable Ambiental 77
2.10.4 Permisos Ambientales 78
2.10.5 Conservación del Medio Ambiente 78
2.10.7 Medidas de Mitigación 79
2.10.8 Información a las comunidades 79
2.10.9 Instalación xxx xxxxxxx 79
2.10.10 Aspectos relativos a la maquinaria y equipos 80
2.10.12 Control de derrames 81
2.10.13 Minimización de la contaminación atmosférica y de los ruidos 82
2.10.14 Dependencias sanitarias en la zona de obra 82
2.10.15 Hallazgos arqueológicos, paleontológicos y de minerales de interés científico 83
2.10.16 Patrimonio Histórico 83
2.10.17 Materiales y objetos provenientes de excavaciones y demoliciones 83
2.11 PENALIDADES Y SANCIONES 84
2.11.1 Tipos de penalidades y sanciones 84
2.11.2 Aplicables al contratista 84
2.11.3 Aplicables al Representante Técnico y/o Representante en Obra 87
2.12 CERTIFICACIÓN, PAGOS Y GARANTÍAS 88
2.12.1 Medición de los trabajos 88
2.12.2 Elaboración de los certificados 90
2.12.3 Pago de los certificados 91
2.12.4 Carácter de los certificados 92
2.12.5 Requisitos de las facturas 92
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2.12.6 Pago del anticipo financiero 92
2.12.8 Retenciones sobre los pagos 93
2.13 DE LA RECEPCIÓN DE LA OBRA 93
2.13.1 Recepción Provisoria 93
2.13.3 Fiscalización durante el período de garantía 95
2.13.4 Recepción Definitiva 96
FORMULARIO Nº 1. Obras realizadas en los últimos cinco (5) años 97
FORMULARIO Nº 2. Obras similares realizadas en los últimos diez (10) años 98
FORMULARIO Nº 3. Obras en ejecución o a ejecutar en los próximos veinticuatro (24) meses 99
FORMULARIO Nº 4. Equipamiento y maquinaria a afectar a la obra 100
FORMULARIO Nº 5. Plan de trabajo e inversiones 101
FORMULARIO Nº 6. Curva de inversión y avance físico 104
FORMULARIO Nº 7. XXXXXXXX XX XXXXXXXXXX 000
FORMULARIO Nº 8. Análisis de Precios 144
ANEXO I. Modelo de Carta de Presentación 145
ANEXO II. Aspectos técnicos 147
ANEXO III. Modelo de fórmula de la propuesta 148
ANEXO IV. Ley Nº 269 TEXTO CONSOLIDADO AL 29-02-2016 POR LA LEY N° 5.666 (BOCBA 5014 del 24-11-2016) 149
ANEXO V. MODELO DE CONTRATA 151
ANEXO VI. ESTRUCTURA DE PONDERACION S/LEY Nº 2809 (consolidada por la Ley N° 5666) Y REGLAMENTARIAS 152
ANEXO VII. NORMAS DE HIGIENE Y SEGURIDAD PARA TODA CLASE DE TRABAJOS CIVILES MECANICOS Y ELECTRICOS 169
ANEXO VIII. SEGURO AMBIENTAL DE INCIDENCIA COLECTIVA 173
ANEXO IX. CARTA MODELO INDICATIVA DE COMPROMISO BANCARIO 179
ANEXO X. OFICINA, VEHÍCULOS Y EQUIPAMIENTO DE COMUNICACIONES
.............................................................................................................................. 180
ANEXO XI. OBLIGACIONES IMPUESTAS POR XX XXXXXXXXXXXXX XX XXXXXXX XXX XXXXXXXX XX XX XXXXXX XX XXXXXX XXXXX. 184
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XXXXX XX ORDENANZA FISCAL 188
2.1 DISPOSICIONES GENERALES
2.1.1 Objeto del contrato
El Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires realiza esta convocatoria para la contratación de la obra pública: "CENTRO PENITENCIARIO FEDERAL V” - LOCALIDAD DE XXXXXX XXX – PROVINCIA DE BUENOS AIRES – REPUBLICA ARGENTINA.
A efectos de la realización de la obra se deberán incluir todos los materiales, componentes y trabajos necesarios –aun cuando no se hallen específicamente detallados en la Documentación Licitatoria- para concretar las obras, las instalaciones complementarias y el equipamiento, tal que la totalidad de las construcciones queden en perfectas condiciones de uso y funcionamiento; en un todo de acuerdo al presente Pliego y a las reglamentaciones vigentes dictadas por los Organismos Oficiales y Empresas –estatales y privadas- proveedoras de Servicios Públicos.
El presente Pliego de Condiciones Particulares (PCP), tiene por objeto completar y aclarar las estipulaciones xxx Xxxxxx de Condiciones Generales (PCG) para obras mayores aprobado por el Decreto N° 1.254/08.
2.1.2 Memoria Descriptiva
OBJETIVOS Y CARACTERÍSTICAS
La configuración general y el diseño arquitectónico reflejan criterios penitenciarios incorporados en los nuevos establecimientos diseñados en los últimos años. El concepto incorpora una mayor apertura, sin poner en riesgo la seguridad de los internos, del personal y del establecimiento, alejados de la antigua idea de cárceles totalmente cerradas, controlados con métodos represivos.
Legislación y normativa consideradas
El Programa de Necesidades para el Centro y, por lo tanto el proyecto resultante, fue desarrollado siguiendo los lineamientos y características que se desprenden del articulado de la Ley Nacional de Ejecución de la Pena Privativa de la Libertad N° 24.660 y su ley modificatoria N° 26.813.
También se encuadra en las normas establecidas por las Reglas Mínimas de las Naciones Unidas para el Tratamiento de los Reclusos y en los tratados
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internacionales sobre Derechos Humanos suscritos por la República Argentina e incorporados a la Constitución Nacional.
En muchos de sus detalles se basa en los más avanzados estándares sobre arquitectura y condiciones edilicias contemplados por la normativa penitenciaria de los países más avanzados en la materia.
En lo que respecta a la calidad de los materiales y prestaciones se tomaron como base las Normas IRAM del Instituto Argentino de Normalización, particularmente las referidas a la Seguridad en las Construcciones Penitenciarias.
En coincidencia con el Artículo 179 de la Ley mencionada, el alojamiento estará destinado exclusivamente a relocalizar los detenidos que actualmente se alojan en el Complejo penitenciario federal de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (U2), y se clasificarán conforme a las necesidades del tratamiento.
Implantación y Componentes
El Centro Penitenciario Federal de Xxxxxx Xxx X (CPF V) contará con una capacidad total de alojamiento de dos mil doscientas cuarenta (2240) plazas funcionales.
El centro se ubicará en el predio denominado catastralmente como parcela 191 (d), cuya superficie es de 120 hectáreas en el partido de Xxxxxx Xxx, provincia de Buenos Aires.
El proyecto total ocupará 80 ha del predio, dejando las restantes 40 ha en reserva para futuras necesidades. Dicho predio se encuentra adyacente al Complejo Penitenciario Federal CPFII.
Se compondrá en su totalidad de cuatro Institutos, las obras generales de infraestructura, los Edificios fuera del Centro y las áreas Comunes y de Apoyo del Centro Federal.
La superficie cubierta total aproximada será de 65.000 m2.
El CPF V se llevará a cabo en tres etapas, la primera, y de la cual nos ocuparemos en este pliego; consta de las obras generales de infraestructura y de los edificios auxiliares.
Edificios auxiliares dentro del perímetro de seguridad:
• Edificio Asistencia Médica (con consultorios e internación de baja complejidad)
• Edificio Cocina y Panadería
• Edificio de Bomberos y Suministros (Talleres de mantenimiento , traslados, suministros y bomberos)
• Seguridad Externa (Comando de seguridad)
• Subestación eléctrica 2-3-4 y 5
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Edificios Auxiliares fuera del perímetro de seguridad:
• Edificio Administrativo e Ingreso General (edificio de administración e ingreso que contiene sector de ingreso y registro de vistas, esclusas vehiculares y peatonal)
• Dirección y administración penitenciaria general del complejo,
• Portería y Subestación 1
• Sala de Máquinas y Bombas
• Planta de tratamiento
En las etapa 2 y 3 se llevarán adelante los Institutos de alojamiento que componen el Centro penitenciario federal V, los cuales estarán compuestos por:
Un edificio de administración de la unidad, ingreso, segundo control de visitas, esclusa vehicular y administración penitenciaria de cada Instituto.
Un edificio de programas y servicios (EPS) donde se alojan las siguientes unidades programáticas; comando de seguridad interna de la unidad, ingreso de internos, área de salud para atención en la unidad, locutorios y salas de videoconferencia para internos y profesionales, áreas de visitas grupales e íntimas, recreación activa cubierta (gimnasio), sector educativo, talleres de trabajo y capacitación laboral y distribuidor de raciones alimentarias.
Traspasando el EPS se encuentra un campus determinado por los módulos de alojamiento dividido en cinco (5) sectores independientes con canchas de futbol y sectores para huertas.
Los Módulos de alojamientos se dividen en dos tipos:
Cuatro (4) módulos con dos pabellones de cuarenta (40) internos cada uno, alojados en celdas de dos (2) internos, salón de día, patio de expansión, esclusa con puesto de control y salas para entrevistas y servicios.
Dos (2) módulos con dos (2) pabellones colectivos de sesenta (60) internos cada uno, con sus servicios sanitarios, esclusa con puesto de control y patio de expansión
Es importante detallar que uno de los Institutos contará con la característica de tener CAMPUS UNIVERSITARIO permitiendo alojar en los pabellones a los detenidos que actualmente forman parte de la currícula del CUD (CENTRO Universitario Devoto). Dicho instituto cuenta con un sector Educativo que contempla no solo la posibilidad de asistir la educación del sistema primario y secundario, sino que incluye las instalaciones necesarias para la educación de nivel Universitario, permitiendo así la continuidad de los estudios universitarios a todos los detenidos.
Características del proyecto
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Los requerimientos de la Ley en orden a proveer a los internos de amplias oportunidades para adquirir conocimientos y habilidades que les permitan reintegrarse en la comunidad han sido contemplados. Los espacios de programas están dimensionados para que los internos puedan estar ocupados al menos diez
(10) horas diarias en actividades positivas organizadas.
Los alojamientos se proponen con diferentes características y de distintas configuraciones, adecuados a cada una de las fases del tratamiento penitenciario, a fin de que el interno perciba claramente a través de la arquitectura el avance que va realizando en su camino a la reintegración social plena.
Finalmente, se ha considerado muy especialmente al personal penitenciario proponiéndose para el CPF V una serie de comodidades con las que no cuentan en otros establecimientos.
Cada establecimiento se organiza en torno a un espacio abierto de forma rectangular “campus”, enmarcado por edificios que se diferencian en volumetría y zonificación, por un lado los Sectores Funcionales (de alojamiento de internos) y por otro el edificio de Programas y Servicios.
La circulación entre los Edificios de Alojamiento y el Edificio de Programas se desarrolla en ese espacio abierto parquizado, en sendas semicubiertas y senderos y veredas descubiertos con recorridos claros y visibles en toda su extensión, en pos de facilitar el control y la supervisión por parte de los agentes penitenciarios.
El edificio de Programas y servicios agrupa todas las actividades que desarrollan los internos/internas, su configuración en planta es claramente longitudinal, los accesos se producen desde una galería semicubierta continua que se expande hacia el “campus” y articula todas las funciones. En posición estratégica respecto a las visuales, dentro de este edificio, se ubica la seguridad interna punto de observación de los movimientos y accesos de los internos dentro del establecimiento.
Los edificios componentes de cada establecimiento y los tramos de alambrado de seguridad que los unen, conforman el espacio abierto central “campus” contenedor primario de seguridad, contenedor de los internos. Por fuera de él, la presencia de internos está vedada.
Conceptos operativos de proyecto Alimentación:
El predio penal cuenta con una amplia cocina central, donde se elaborará la comida para la población penal y su personal. Su función será de preparación, cocción y distribución en vehículos hasta las cocinas dentro del edificio de programas y servicios de cada instituto, donde se racionarán para su posterior distribución a los salones de día a través de carros. Además la Cárcel Federal V de Xxxxxx Xxx contará con una panadería central que abastecerá a todo el Centro.
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Áreas de Asistencia Médica:
Cada instituto contará de un área en el edificio de programas y servicios destinada a la Asistencia Médica, con consultorios y sala de curaciones. A su vez el Centro Federal Penitenciario V contará con un edificio de Asistencia Médica y de Internación general, con el objeto de realizar una atención primaria. El mismo contará con elementos básicos de pre diagnóstico y primeros auxilios, fácil acceso de camillas y comunicación por ambulancia hacia el exterior.
Poseerá consultorios externos para especialidades clínicas y odontológicas y estará equipado con un equipo xx xxxxx X.
El área internación se compondrá xx xxxxx grupales y salas individuales de internación para pacientes infectocontagiosos. Un puesto de enfermería supervisará con función de apoyo médico y control.
Los casos que no puedan ser contenidos por la propia atención primaria de la enfermería, se derivarán al hospital zonal más cercano.
Visitas:
Las visitas podrán acceder al predio vehicularmente hasta el estacionamiento destinado a tal fin, o bien, con transporte público hasta las dársenas con refugios. Luego se dirigirán peatonalmente hasta la plaza, acondicionada para la espera, frente al Edificio Externo del Penal. En este Edificio se diferencian los accesos peatonales independientes para personal y visitas, dentro del mismo, las visitas realizan los trámites de recepción y control de los visitantes.
Una vez cumplidos estos trámites, la visita se dirige hacia la esclusa, donde espera la orden para ingresar al predio penal. A partir de allí, un circuito de senderos propios y diferenciados, lo conducirá hasta cada una de los distintos institutos para cumplir con las diferentes modalidades de visita.
Seguridad Externa:
La seguridad externa del Centro Penitenciario Federal de Xxxxxx Xxx será única para todos los institutos.
El perímetro de cada Instituto estará cerrado por un multicerco de seguridad, con espacio intermedio de resguardo “tierra de nadie” con tratamiento de suelos. Como alerta temprana incorporan un sistema de microondas.
El criterio será de seguridad dinámica, con caminos de ronda pavimentados de 3 metros de ancho, donde móviles de patrullaje recorrerán los perímetros observando posibles eventos irregulares. Este sistema se complementa con garitas elevadas de observación. Además contará con un sistema de CCTV.
Todos los eventos que se registren, tanto sea de las garitas de vigilancia, como de los móviles, o de los sistemas electrónicos (CCTV o alarma temprana) remitirán al
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edificio de Seguridad Externa, donde el comando de seguridad dispondrá de una sala, desde donde se concentrará toda la información y el monitoreo de los eventos.
Dentro del edificio de seguridad externa se ubicará además la guardia armada, la cerrajería y la armería.
Beneficiarios
El CPF V será un establecimiento regional destinado a realojar los detenidos que actualmente se encuentran en el Complejo Penitenciario Federal U2-CABA.
La misión prioritaria del V (CPF V) es la readaptación social de los detenidos, para ello los edificios y los espacios que los componen fueron proyectados en función de esa
2.1.3 Terminología
El Art. 1.1.2 xxx Xxxxxx de Condiciones Generales para obras mayores queda complementado con la siguiente terminología:
CABA: Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
CPFII: Complejo Penitenciario Federal II
CPF V: Centro Penitenciario Federal de Xxxxxx Xxx X
DGIURB: Dirección General de Innovación Urbana, dependiente de la Subsecretaría de Proyectos del Ministerio de Desarrollo Urbano y Transporte. Organismo encargado de la elaboración del proyecto de la presente obra.
DGOINFU: Dirección General de Obras de Infraestructura, dependiente de la Subsecretaría de Obras del Ministerio de Desarrollo Urbano y Transporte. Organismo encargado de la inspección de la presente obra.
Empresa Líder de la Unión Transitoria: Empresa con mayor participación porcentual en la Unión Transitoria.
GCBA: Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires.
Inspector de Xxxx: Es quien representa al comitente -designado por el Ministerio de Desarrollo Urbano y Transporte del GCBA-.
PCG: Pliego de Condiciones Generales para Obras Mayores.
PET: Pliego de Especificaciones Técnicas.
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PRONIPE: Programa Nacional de Infraestructura Penitenciaria
Representante Técnico: quien con matrícula de constructor de 1ra categoría, con título habilitante conforme el presente pliego, será designado por el contratista y debidamente autorizado por el comitente, asumiendo la responsabilidad técnica total para la ejecución de la/s obra/s conjuntamente con el Contratista.
UT: Unión Transitoria de conformidad con el nuevo CCyCN.
2.1.4 Xxxxx Xxxxxxxxx
Las contrataciones que se realicen en el marco del presente Xxxxxx se sujetarán a las siguientes leyes:
1. Ley Nacional N° 13.064 y sus modificatorias.
2. Ley N° 2.809 (texto consolidado por ley N° 5.666).
Todo cuanto no esté previsto en las presentes bases y condiciones será resuelto de acuerdo con la siguiente normativa:
1. Pliego de Bases y Condiciones Generales para Obras Publicas Mayores, aprobado por Decreto 1254/08.
2. Ley N° 2.095 (texto consolidado por ley N° 5.666)
3. Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
4. Principios generales del Derecho Administrativo.
5. Demás normas de aplicación supletoria de naturaleza administrativa.
2.1.5 Documentación de la licitación
La documentación de la licitación está constituida por:
1. PCG;
2. El presente pliego;
3. PET;
4. Juego completo de planos y planillas.
La documentación de la licitación se suministrará en forma gratuita.
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2.1.6 Confidencialidad de los Planos:
“Los posibles oferentes y sus subcontratistas” se obligan a no realizar divulgación alguna sobre cualquier información que surja de los planos de la presente contratación, cuyo listado se encuentra en el Pliego de Especificaciones Técnicas.
Dicha información revestirá el carácter de “Confidencial”, por lo cual no constará publicada en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, ni en el sitio web del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires. En virtud de ello es que “LOS POSIBLES OFERENTES” deberán concurrir a la Subgerencia Operativa de Compras, Licitaciones y Suministros, perteneciente a la Gerencia Operativa de Compras y Contrataciones de la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de Desarrollo Urbano y Transporte, sita en Xx. Xxxxxx Xxxxxx 000, 0x Xxxx, XXXX, para adquirir dicha documentación en DVD.
Debiendo en su caso firmar una Declaración Jurada comprometiéndose a:
a) Utilizar la información solamente para el uso propio al que sea destinada, esto es, para la realización y presentación de su oferta y ejecución del contrato, en caso de que resultara adjudicatario del mismo.
b) Limitar, tanto como sea posible, el número de personas que tendrán acceso a la Información. Garantizando que trasladará la mencionada información confidencial mencionada únicamente a aquellos miembros de su organización que resulten imprescindibles para garantizar la confidencialidad de la información a la que deban tener acceso. La parte receptora de la información trasladará las mismas obligaciones que se establecen en este documento a dichos miembros de su organización, haciéndose responsable de cualquier vulneración de las mismas por parte de dichos miembros de su organización.
c) Responsabilizarse frente al Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires por el uso distinto al que pueda destinar la Información él mismo o las personas a las que haya permitido acceder a la información, siendo único responsable de los daños y perjuicios que se deriven del incumplimiento de esta obligación.
d) No reproducir, transformar ni, en general, hacer uso de la Información por ninguna razón distinta del objeto para el que ha sido obtenida o facilitada.
Asimismo, al momento de la presentación de las ofertas, se deberá acompañar Declaración Jurada de Confidencialidad firmada por las subcontratistas que hayan intervenido en la cotización.
2.1.7 Presupuesto Oficial
El presupuesto oficial de los trabajos para la Obra "Centro Penitenciario Federal V de Xxxxxx Xxx" asciende a la suma de PESOS SEISCIENTOS CINCUENTA Y
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NUEVE MILLONES TRESCIENTOS VEINTICUATRO MIL DOSCIENTOS NOVENTA CON 43/100 ($659.324.290,43.-).
2.1.8 Anticipo financiero
El contratista podrá solicitar un anticipo financiero de hasta el quince por ciento (15%) del monto de su oferta dentro de los diez (10) días corridos de emitida el acta de inicio.
A tal efecto deberá presentar el Certificado de Anticipo Financiero, que se tramitará como sus similares de obra, conforme al art. 2.12. “CERTIFICACIONES, PAGOS Y GARANTIAS”.
Conjuntamente con el Certificado, el Contratista deberá presentar un aval bancario o póliza de caución por el monto a recibir como anticipo, a entera satisfacción del Ministerio de Desarrollo Urbano y Transporte, debiendo el fiador y/o asegurador renunciar a los derechos de división o excusión. Dicha póliza o aval deberá tener vigencia por todo el tiempo que demandare el cumplimiento de las obligaciones avaladas.
La suma abonada en concepto de anticipo financiero no estará sujeta a redeterminación de precios a partir de la fecha de su efectivo pago.
La falta de pago del anticipo no es causal para retrasar el inicio de la obra o suspender su ejecución
El monto recibido en concepto de anticipo será descontado proporcionalmente en cada certificado y su pago congela el monto del contrato en un porcentaje igual al recibido por lo que no se reconocerán variaciones de precios sobre dicho porcentaje a partir de la fecha de su efectivo pago.
2.1.9 Moneda de cotización y CUIT GCBA
La moneda de cotización fijada para la presente obra y para el pago del contrato es el PESO ARGENTINO, moneda de curso legal de la República Argentina.
A los efectos del Impuesto al Valor Agregado (IVA), el GCBA reviste la calidad de exento, en consecuencia, en las propuestas económicas que el interesado presente junto a las ofertas no se deberá discriminar el importe correspondiente a la incidencia de este impuesto, debiendo incluirse el mismo en el precio cotizado. El número de CUIT correspondiente al Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires es el 34-99903208-9.
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2.1.10 Plazo de obra
El plazo de ejecución de la Obra es de veinticuatro meses (24) contados a partir de la fecha de comienzo de los trabajos fijados en el Acta de Inicio.
El contratista deberá organizar su trabajo previendo un número promedio de días perdidos por razones climáticas y que se considerarán laborables. Si por cualquier circunstancia se demoraran los trabajos, el Contratista arbitrará los medios para recuperar tiempos y cumplir los plazos contractuales
El contratista incurrirá automáticamente en xxxx si, a la expiración del plazo contemplado en esta cláusula no hubiera ejecutado la obra en un cien por ciento (100%), salvo ampliación de plazo aprobada por autoridad competente.
2.1.11 Sistema de contratación
El sistema de contratación de la presente obra será el de Ajuste Alzado, en un todo de acuerdo con lo normado por el artículo 5 de la Ley Nacional de Obras Públicas N° 13.064.
La obra a realizar se considera como perteneciente a la categoría “Obra de Arquitectura e Ingeniería” o especialidad afín con el tipo de obra.
La obra deberá ejecutarse conforme a los Planos y las Especificaciones Técnicas del proyecto, de modo tal que resulte completa y responda a su fin. Queda establecido que el objeto del contrato comprende cualquier tipo de trabajo complementario que, a juicio del comitente, resulte necesario para la ejecución de la obra de acuerdo a su fin y conforme a las reglas del arte.
El contratista deberá adoptar durante todo el contrato una especial actitud de colaboración, atendiendo toda aquella consulta y/o solicitud y/o indicación que fuera cursada por el comitente a través de la Inspección de Obra.
A título de ejemplo y sin que esta enumeración sea taxativa, se advierte que no se considerará mayor “volumen” de obra o trabajo adicional a la reubicación o extensión de servicios públicos para ejecutar las correspondientes conexiones, ni a mayores volúmenes de excavaciones necesarias ni a modificaciones de las estructuras debidas a las características del suelo, modificación de las cotas de fundación, pozos negros y/o remoción de todo tipo de construcciones y/o instalaciones subterráneas, modificaciones y/o cambios en el recorrido de cañerías, etc., siempre que su ubicación en tales sitios resultare previsible al momento de confección de la oferta.
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Ello significa que el Contratista tomará a su cargo los riesgos inherentes a este tipo de obra, sin posibilidad de considerar adicionales, salvo por eventuales modificaciones y/o ampliaciones del proyecto que el GCBA entienda necesarias.
Tratamiento de Interferencias
El Contratista será responsable de obtener toda la información necesaria y disponible sobre la existencia de instalaciones de cualquier tipo y destino que puedan ser afectadas por el desarrollo de las obras, para lo cual deberá efectuar las gestiones y consultas pertinentes frente a cada empresa prestadora de servicios públicos.
De ser necesario, durante el desarrollo de la Obra, el Contratista deberá requerir la presencia de inspectores y/o de personal técnico de las empresas afectadas, a los fines de complementar la información suministrada por el G.C..B.A, y con la recabada por el mismo a posteriori de la firma del Contrato.
Gestiones y pago de derechos ante las empresas o entes propietarios o concesionarios de las instalaciones afectadas:
El Contratista gestionará ante las respectivas empresas la remoción y/o relocalización de aquellas instalaciones de electricidad, agua corriente, sanitarias, gas, teléfonos y otras, que imposibiliten u obstaculicen el desarrollo de las tareas.
El Contratista deberá iniciar la correspondiente gestión con suficiente anticipación al comienzo de sus tareas en el lugar de interferencia, destacando claramente en su solicitud la fecha en que necesitará disponer del lugar libre de obstáculos.
Serán a cargo del Contratista todos los gastos de gestión y el pago de derechos que lo antedicho origine, así como la presentación de la documentación exigida por las respectivas empresas u organismos. Dichos costos se encuentran incluidos y prorrateados en el ítem correspondiente de ejecución de las obras, siempre y cuando la interferencia no sea considerada adicional de obra por la Inspección.
No serán aceptados como causales para el otorgamiento de prórrogas de plazo los entorpecimientos o atrasos de obra que pudieren producirse por la demora del Contratista en iniciar las gestiones mencionadas o la posterior demora del trámite que le fuese imputable.
Trabajos a ejecutar – Precauciones. La remoción y reubicación de las interferencias deberán ser ejecutadas por las empresas responsables de las mismas y no por el Contratista, salvo previo y expreso consentimiento por escrito del propietario de las instalaciones, y posterior autorización de la Inspección en tal sentido. En ningún caso el Contratista podrá por su cuenta remover y/o trasladar instalación alguna sin el conocimiento y la autorización requeridos.
Cuando las instalaciones puedan o deban permanecer en su sitio, el Contratista tomará todas las precauciones necesarias para no dañarlas durante la ejecución de los trabajos. El G.C.B.A no reconocerá suplemento alguno del Contrato por causa
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de las precauciones y/o de los trabajos provisorios que el Contratista deba afrontar por la presencia de tales impedimentos, los cuales serán por su exclusiva cuenta y cargo.
El Contratista será el único responsable por todo el daño o desperfecto que su accionar pudiera originar, debiendo asumir a su cargo el monto del daño causado y consensuar la forma y la oportunidad de su resarcimiento. Deberá bajo su responsabilidad mantener las instalaciones provisorias, así como la vigilancia, cerramientos, iluminación y todas las medidas de seguridad pertinentes. Luego de ejecutados los trabajos, el Contratista deberá desarmar dichas obras temporarias y retirar y disponer finalmente todos los materiales y desechos resultantes.
En caso de que los trabajos de remoción y/o re localización de interferencias sean realizados por las empresas concesionarias de los servicios afectados o por los propietarios de las instalaciones afectadas o por terceros, deberán ser coordinados por el Contratista, para que su accionar no entorpezca el normal desarrollo de la obra.
A la terminación de los trabajos, deberá elevar por Nota de Pedido la recepción provisoria por parte de la empresa concesionaria y los planos conforme a obra aprobados por ella.
Deberá oportunamente dejarse constancia en los Libros de Obra de todas las circunstancias detalladas en el presente Artículo.
Criterios para el pago de las interferencias
Todas las interferencias deberán ser consideradas por los Oferentes de acuerdo al siguiente criterio:
a) Aquellas interferencias relevadas en la documentación técnica provista y cuyo traslado, remoción o sustitución ha sido expresamente previsto, se consideran a todos los efectos incluidas en el precio cotizado por el Contratista, no cabiendo reclamo alguno en razón de ello.
b) Aquellas interferencias no relevadas y que, a juicio exclusivo de la Inspección o del Concesionario, deban ser retiradas de su sitio y relocalizadas en otro lugar, serán presupuestadas por el Contratista, en los casos en que el mismo tenga a su cargo la ejecución directa de las tareas, y elevada su cotización a consideración de la Inspección.
c) En igual forma y con el mismo criterio se procederá cuando las instalaciones que se juzgare necesario remover fuesen de propiedad del GCBA.
d) En caso que el retiro y la relocalización de las interferencias previstas en cuestión deban ser realizadas por las empresas responsables de los correspondientes servicios públicos, el pago de esos trabajos será a cargo del GC BA. Para este caso, solo se reconocerán gastos generales y financieros,
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reduciéndose de esta manera el coeficiente de paso “Costo – Precio “ en el análisis de precio.
2.1.12 Mantenimiento de la oferta
El plazo de mantenimiento de la Oferta del Art. 1.3.7 del PCG, se fija en noventa
(90) días corridos contados a partir de la fecha del Acto de Apertura de las Ofertas.
Vencido ese plazo, los oferentes que lo deseen podrán retirar su oferta y su depósito, pero en caso de no hacerlo, queda entendido que han prorrogado automáticamente el plazo de validez de su oferta por el mismo término.
El aviso de retiro de la oferta deberá ser hecho en todos los casos por el oferente en forma fehaciente y con un mínimo de quince (15) días corridos antes del vencimiento del período de mantenimiento de oferta.
2.1.13 Consulta y obtención xxx xxxxxx
Los pliegos de bases y condiciones que rigen la presente licitación pública no tendrán valor económico, y se encontrarán a disposición de los interesados para su consulta en el sitio Web oficial del GCBA.
2.1.14 Consultas y Circulares
El Art. 1.1.5 del PCG queda complementado de esta manera:
Durante el período del llamado y hasta dos (2) días antes de la Apertura de las Ofertas, el GCBA podrá emitir Circulares sin consulta de todo tipo para aclarar cualquier duda o interpretación de los Pliegos.
Los interesados podrán formular consultas o solicitar aclaraciones sobre el contenido de los Pliegos de Bases y Condiciones vía Web al siguiente sitio: xxxx://xxx.xxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxx/xxxxxxxxxxxx_xxxxx/xxxxxxxxxxx/xxx/xxxxxxxx_x ev.php?menu_id=29668 , o por escrito, en la sede del Ministerio de Desarrollo Urbano y Transporte (Avenida Xxxxxx Xxxxxx N° 346, piso 5), hasta cinco (5) días antes de la fecha de apertura de las propuestas, las cuales serán contestadas hasta dos (2) días antes de la fecha de apertura de las ofertas.
Se deja establecido expresamente que las consultas y/o aclaraciones que se formulen deberán ser concretas, procurando que no se encuentren expresamente respondidas en los pliegos, y redactadas de modo tal que puedan ser comprendidas y evacuadas con facilidad por quien corresponda.
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Las Circulares con y sin consulta emitidas, serán publicadas en la Web y formarán parte de los documentos contractuales.
Los interesados deberán constatar, en la Web del GCBA todas las Circulares que se hubiesen emitido, sin que puedan alegar desconocimiento de las mismas sin que puedan excusarse de su aplicación y vigencia. En consecuencia los Oferentes no podrán alegar ninguna causa basada en el desconocimiento del contenido de dichas Circulares.
2.1.15 Redeterminación de precios
El contrato estará sujeto a redeterminación de precios, de acuerdo con la metodología y normas de la Ley N° 2809 –texto consolidado por la Ley 5666- y su reglamentaria.
A los efectos de la redeterminación de precios, se utilizará la estructura de ponderación prevista en el Anexo VI del presente.
2.1.16 Domicilios
El Art. 1.2.3 del PCG queda complementado con lo siguiente:
Se considerará como domicilio legal constituido el domicilio declarado por el proveedor como sede de sus negocios en el RIUPP. Todas las notificaciones que hayan de efectuarse se entienden realizadas a partir del día hábil siguiente al de su publicación. En caso que el domicilio declarado en el RIUPP no se encuentre en el ámbito de la Ciudad de Buenos Aires, las notificaciones se realizaran al domicilio legal declarado dentro de dicho ámbito en el citado Registro.
Todo cambio de domicilio deberá hacerse dentro del ámbito geográfico de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y deberá ser comunicado fehacientemente al GCBA. Dicho cambio surtirá efecto una vez transcurridos diez (10) días corridos a contar desde su notificación. A los efectos de la presente licitación, el GCBA constituye domicilio en la Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxx 000/000 0xx. Xxxx xx xx XXXX.
No obstante, en caso de cambio de domicilio, el GCBA comunicará tal circunstancia a los interesados, y aquel surtirá efecto una vez transcurridos diez (10) días corridos contados a partir de su notificación.
Todas las notificaciones serán válidas únicamente si se efectúan en los domicilios constituidos, de acuerdo a lo indicado precedentemente, excepto las notificaciones judiciales dirigidas al GCBA, las cuales, para tener validez, deberán estar dirigidas al domicilio de la Procuración Xxxxxxx xx xx Xxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx (departamento
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Cédulas y Oficios Judiciales), sito en la calle Uruguay 458 (conforme Resolución N° 77-PG/06).
2.1.17 Competencia judicial
Ante cualquier divergencia que pudiera suscitarse, LAS PARTES quedan sometidas a la jurisdicción de los juzgados en lo Contencioso, Administrativo y Tributario de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, renunciando expresamente a cualquier otro fuero o jurisdicción que por cualquier motivo pudiera corresponder.
2.1.18 Cláusula Anticorrupción
Se regirán por lo prescripto en el artículo 1.17 del PCG.
2.2 DE LOS OFERENTES
2.2.1 Capacidad Legal
En cumplimiento de lo normado en el artículo 1.2.1 del PCG.
2.2.2 Incompatibilidades
Las personas jurídicas que se presenten en forma individual o la UT y las empresas que la integren, no deben tener vinculación directa o indirecta con las empresas consultoras que el GCBA haya contratado para la elaboración de los documentos licitatorios.
La empresa que integre una UT, a efectos de esta licitación, no podrá participar en forma individual o formando parte de otra UT.
Los directivos, profesionales y técnicos de las personas jurídicas que se presenten en forma individual o UT no deberán tener relación de dependencia o vinculación directa o indirecta con las empresas consultoras que el GCBA haya contratado para la elaboración de los documentos licitatorios; ni con el GCBA.
No podrán concurrir las personas humanas, ni las sociedades no constituidas regularmente, ni las sociedades constituidas en el extranjero que no hubieran cumplido con los requisitos exigidos por el Art. 118 de la Ley N° 19.550 para el ejercicio de actos habituales en el país.
Las personas jurídicas que hubieran sido sancionadas con suspensión o inhabilitación por el Registro Nacional de Constructores de Obra Pública por el tiempo que dure la sanción.
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Las personas jurídicas cuyos socios o miembros del directorio, o sus cónyuges según el caso, hubieran sido sancionados con suspensión o inhabilitación por el Registro Nacional de Constructores de Obra Pública.
Las personas jurídicas que hubieran sido sancionadas con suspensión o inhabilitación por alguno de los Poderes u Órganos del GCBA mencionados en el artículo 2 de la Ley N° 2.095, o cuyos socios o miembros del directorio o sus cónyuges hubieran sido sancionados, mientras dichas sanciones sigan vigentes.
2.2.3 Personas Jurídicas
Las personas jurídicas que se presenten en forma individual o en UT deben tener un objeto social compatible con el de la presente licitación.
Para la acreditación de la capacidad legal las personas jurídicas deberán presentar:
a) Contrato social o estatuto, como así también las reformas vigentes que se hubieren introducido al mismo y constancias de sus respectivas inscripciones en los Registros Públicos correspondientes.
b) Acta de directorio, para el caso de las Sociedades Anónimas, de donde surja la decisión social de presentarse a la Licitación y Acta de Asamblea de la que surja la designación de los directores y Acta de Asamblea o Directorio de la que se derive la distribución de cargos vigentes al momento de realizar la oferta.
c) Tratándose de otro tipo societario, deberá acompañar la documentación que acredite idénticas decisiones emanadas del órgano societario que exprese la voluntad social.
d) Poder especial, otorgado ante Escribano Público, por el que se designa, a uno o más representantes con facultades amplias y suficientes para representar ante el GCBA al oferente sin limitación alguna, y para obligar a los mandantes durante el proceso licitatorio cuando se trate de una UT, o en el supuesto que los firmantes no sean las personas que figuran como representantes legales en la documentación estatutaria que se acompañan. Si se tratara del representante legal bastará que el acta de directorio contenga, de manera expresa las facultades requeridas anteriormente.
e) Domicilio especial constituido en la CABA y su número de teléfono y correo electrónico.
NOTA: La documentación indicada en los ítems a, b y c, deberá ser certificada por Escribano Público y legalizada por el Colegio de Escribanos de la jurisdicción que corresponda; indicando el notario interviniente de manera expresa, libro, folio, número de acta y demás circunstancias identificatorias del documento original cuya copia legaliza.
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2.2.4 Presentación de UT
a) En caso de presentarse algún oferente bajo la modalidad de Unión Transitoria, deberá acompañar Representación Legal unificada mediante poder y con los mismos alcances establecidos en el apartado c) del artículo precedente.
b) Documentación que acredite el compromiso (acta acuerdo o convenio) de constitución y modalidades de la UT, en la que deberá establecerse como mínimo lo siguiente:
1. Domicilio especial único en la CABA (teléfono y correo electrónico)
2. Grado de participación de cada integrante.
3. Compromiso expreso de asumir la responsabilidad solidaria de todas las obligaciones contractuales emergentes del contrato en todos sus aspectos, como así también el compromiso irrevocable de constituir en forma definitiva e inscribir en los organismos registrales competentes (Inspección General de Justicia y RIUPP) la UT en caso de resultar adjudicatarios, previo a la firma de la contrata.
4. Copia de las actas de cada una de las empresas autorizando la formación de la UT, con el compromiso de mantenerlo en vigencia por un plazo no menor del fijado para la terminación de las obras y la extinción de las obligaciones emergentes del contrato.
c) La persona jurídica que se presente en forma individual y la empresa líder de la UT en su caso, deberán tener experiencia en obras similares y poseer organización, disponibilidad de personal idóneo, equipos y maquinarias, capacidad técnica, administrativa y financiera para llevar a cabo las obras y servicios requeridos dentro de los plazos previstos.
NOTA: La documentación indicada en los ítems a, b y b.4, deberá ser legalizada por Escribano Público; indicando el notario interviniente de manera expresa, libro, folio, numero de acta y demás circunstancias identificatorias del documento original cuya copia legaliza.
2.2.5 Capacidad de contratación
El contratista deberá necesariamente estar inscripto en el Registro Nacional de Constructores de Obras Públicas en Arquitectura o Ingeniería, y presentar el Certificado de saldo de capacidad de contratación del que surja que tiene una capacidad de contratación disponible igual o superior a la que resulta de la siguiente fórmula:
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C.C.A. = PO*12/PE
C.C.A.: Capacidad de contratación anual.
PO: Presupuesto Oficial.
PE: Plazo de ejecución de la obra, expresado en meses.
El preadjudicatario deberá presentar el Certificado de Adjudicación emitido por el Registro de Constructores de Obra Pública.
En el caso de ofertas de UT, cada una de las empresas que la integran deben presentar el Certificado de saldo de capacidad de contratación emitido por el Registro de Constructores de Obra Pública y firmas Consultoras.
En el caso de ofertas de UT, el saldo de contratación anual exigido será integrado por la suma de los saldos de contratación anual de cada una de las empresas que integren dicha UT.
La capacidad de contratación deberá actualizarse al mes correspondiente a la firma del contrato calculándose el monto mínimo exigible, conforme al procedimiento antes indicado, pero con respecto a la oferta adjudicada.
2.2.6 Capacidad Técnica
La capacidad técnica se establecerá de acuerdo con los siguientes criterios:
2.2.6.1 Antecedentes
Antecedentes en obras de infraestructura en magnitud y complejidad similar en ejecución o terminadas en los últimos 10 años máximo.
Presentar nómina del equipo de trabajo y principales subcontratos. Los mismos deberán ser aprobados por la Dirección General a cargo de la ejecución de la obra.
Para el caso en que el oferente haya participado en un contrato en forma conjunta con otras empresas se considerará solamente si posee una participación mínima del 30 % y un rol ejecutivo en la ejecución del contrato.
Deberá acreditar en forma fehaciente la ejecución, con calificación del comitente xx xxxxx o superior, de 2 obras de espacio público con infraestructura en servicios de complejidad y magnitud equivalente de al menos 50.000 m2 cada una y como contratista principal. Asimismo deberá acreditar 2 obras de arquitectura con estructura premoldeada de al menos 5.000 m2 cada una
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Sólo se considerarán los antecedentes realizados por empresas que tuviesen distinta razón social que la empresa oferente cuando ésta fuera continuadora jurídica de las primeras, y tal circunstancia deberá ser acreditada debidamente con la presentación de los estatutos o contratos sociales correspondientes.
Si el oferente declara como antecedentes obras o trabajos en ejecución, deberá acreditar que los mismos cuenten con un avance superior al cincuenta por ciento (50%).
Para facilitar la evaluación de las ofertas, los oferentes deberán agregar a su propuesta la documentación respaldatoria correspondiente (contratos, certificaciones, actas de recepciones provisorias y definitivas, etc.) que permitan acreditar la experiencia del antecedente declarado. La misma deberá estar certificada por escribano público o por la autoridad competente, según el caso.
Los antecedentes serán tenidos en cuenta a fin de evaluar la conveniencia de una oferta, aunque no como requisito excluyente
2.2.6.2 Equipos destinados a la obra
Los oferentes deberán presentar, al momento de formular su oferta, el listado completo de los equipos propuestos para ejecutar la obra. El mismo deberá permitir identificar todos los equipos a través de su número de serie, pudiendo el comitente verificar el estado de cada uno de ellos cuando lo considere necesario. El oferente se compromete a facilitarle al comitente el acceso a los lugares en que se encuentren los equipos, en el caso de que el comitente desee verificar el estado de los mismos.
2.2.6.3 Subcontratistas
En caso de que el oferente prevea realizar trabajos con subcontratistas deberá presentar con su oferta una lista nominada de potenciales subcontratistas que cumplan con los requisitos de capacidad técnica indicados precedentemente junto con cartas de intención de dichas empresas en las que se comprometan bajo declaración jurada a, que en caso de que el oferente resulte adjudicatario de esta obra, actuar como subcontratista y a cumplir los trabajos con ajuste a las condiciones y especificaciones técnicas y plazos solicitados en la presente licitación los cuales declaran conocer.
Asimismo, las subcontratistas deberán firmar la Declaración Jurada de Confidencialidad exigida en el 2.1.6
2.2.6.4 Capacidad económico-financiera
El oferente deberá acreditar que cuenta con un capital de trabajo suficiente para realizar la obra. Para dicho efecto se calculará el Capital de trabajo: Activo Corriente – Pasivo Corriente (los datos serán extraídos del último balance cerrado). Se deberá tener como requisito mínimo un Capital de Trabajo equivalente al doble
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de la facturación promedio que se calculará como el cociente entre el presupuesto oficial descontado el quince por ciento (15%), otorgado en concepto de Anticipo Financiero y el plazo de obra.
Asimismo el oferente deberá acreditar un patrimonio neto equivalente a tres (3) meses de facturación promedio que se calculará como el cociente entre el presupuesto oficial descontado el quince por ciento (15%), otorgado en concepto de Anticipo Financiero y el plazo de obra. Los datos serán extraídos del último balance cerrado.
Para ello deberá presentar Estados Contables de los últimos TRES (3) ejercicios económicos anuales y copia legalizada del Acta de Asamblea de accionistas o de reunión de socios en caso de S.R.L aprobatoria de dichos estados, los que deberán contar con dictamen sobre su razonabilidad emitido por un profesional en Ciencias Económicas, con la firma certificada por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas.
Cuando el último Estado Contable anual tenga una antigüedad mayor de cinco (5) meses respecto al mes de apertura de las ofertas, deberá presentarse un Estado de Situación Patrimonial o Estados Contables Intermedios que abarque desde el último ejercicio anual y cuyo cierre opere a no más de dos (2) meses del mes de apertura de las ofertas, además deberá contar con un dictamen sobre su razonabilidad o Informe de revisión limitada, emitido por un profesional en Ciencias Económicas, con firma certificada por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas.
Cuando exista una modificación o postergación en la fecha de apertura de ofertas, a los fines del cómputo de estos plazos se tomará la fecha del Acto de Apertura que figure en el llamado original.
c. – La evaluación Económico – Financiera de las ofertas se hará en base a los indicadores detallados a continuación:
INDICE | Descripción | VALOR MÍNIMO |
Liquidez | Activo Corriente/Pasivo corriente | > a 1,3 |
Liquidez Acida | Activo Corriente- Bienes de cambio /Pasivo corriente | > ó = a 1,10 |
Solvencia | Activo Total /Pasivo Total | > a 1,4 |
Endeudamiento | Pasivo Total/Patrimonio | < al 100% |
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Neto | ||
Capital de trabajo | Activo Corriente – Pasivo Corriente | X2 (Presupuesto Oficial – Anticipo Financiero) / Plazo de Ejecución |
Los valores de las fórmulas definidas precedentemente se extraerán de los rubros correspondientes (Activo corriente, pasivo corriente, patrimonio neto, etc.) de los Estados Contables presentados por el oferente.
Para verificar el cumplimiento de estos valores se tomará en consideración la información del promedio de los TRES (3) últimos balances aprobados por Asamblea (no se tendrá en consideración el balance intermedio). La información correspondiente a los indicadores económicos – financieros será evaluada teniendo en cuenta la totalidad de las pautas de la situación Económica – Financiera de los oferentes, debiendo cumplir al menos tres (3) de los cinco (5) indicadores. En caso de no cumplir con este requisito, la oferta quedará desestimada.
El Oferente deberá presentar para avalar la Capacidad de Financiación un compromiso firme – con fecha de emisión y plazo de vigencia, no inferior al plazo de la obra – de una entidad bancaria o financiera por el doce con 50/100 por ciento (12,50%) del importe total del Presupuesto Oficial, para el cumplimiento de la obra objeto de la presente Licitación, de acuerdo a lo requerido en el Anexo IX - Carta Modelo Indicativa de Compromiso Bancario. Como alternativa a ésta, el Oferente podrá presentar una certificación contable por Contador Público, con su firma autenticada por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas que corresponda, de la facturación mensual efectuada en los últimos doce (12) meses, cuya antigüedad no sea mayor de dos (2) meses con respecto al mes de la fecha de apertura de ofertas. Del promedio mensual de la referenciada certificación, deberá surgir que el oferente realiza operaciones habituales por un importe igual o superior al equivalente a una certificación mensual del Presupuesto Oficial descontado el quince por ciento (15%) otorgado en concepto de Anticipo Financiero, calculadas como el resultante de dividir el Presupuesto Oficial menos el Anticipo financiero por el plazo, en meses, de la obra.
d.- En caso de UT, cada una de las sociedades que la integran deberá presentar su propia información contable (balances, estados contables intermedios, etc.) y en base a esa información se han de determinar los índices pertinentes.
En cuanto a la facturación acumulada, se calculará como la suma simple correspondiente a cada una de las empresas integrantes de la UT.
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Respecto del compromiso bancario, se computará para su análisis la suma de los compromisos en firme en cada uno de los integrantes de la UT.
Sin prejuicio de lo dicho en el párrafo anterior sobre la forma de evaluación, cada uno de los miembros de la asociación dará cumplimiento en forma individual a la presentación de la documentación solicitada necesaria para la verificación del presente requisito; y no se admitirá que presenten alternativas de financiación entre los miembros de una misma asociación.
2.3 DE LAS OFERTAS
2.3.1 Forma de cotizar
La presente Licitación Pública será de etapa única.
Las ofertas deberán ser presentadas en sobre cerrado, en idioma nacional, debidamente firmadas en todas sus hojas por el representante legal o apoderado especial y el representante técnico, en el lugar, día y hora que se indiquen en el acto administrativo de llamado.
Dentro del mismo se presentarán dos carpetas: la Carpeta Nº 1 y Carpeta N° 2.
El sobre, sin ningún tipo de inscripción o membrete que identifique al oferente, llevará como únicas leyendas las siguientes:
1º) Denominación de la obra a la cual corresponde la oferta. 2°) Número de Licitación y Expediente.
3º) Día y hora fijados para la apertura.
El GCBA dará recibo numerado de los sobres entregados hasta el día y hora fijados para la apertura. Recibido el sobre se le pondrá cargo, indicando fecha y hora. Los sobres que llegaran al GCBA pasada la hora de apertura, cualquiera sea la causa de la demora, no serán recibidos. Se tendrá en cuenta caso fortuito o fuerza mayor debidamente acreditados.
Las ofertas deberán presentarse en original con dos copias, foliadas y debidamente firmadas y selladas en todas sus hojas por los representantes legales o apoderado especial y técnico de los oferentes. Todas las firmas deberán ser originales. Los ejemplares se identificarán con los sellos “ORIGINAL”, “DUPLICADO” y TRIPLICADO” en todas sus hojas, en carpetas separadas, en idioma castellano. Asimismo, se deberá presentar en CD toda la documentación integrante de la oferta en formato PDF.
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En caso de discrepancia entre los tres (3) ejemplares prevalecerá sobre los demás el señalado como “ORIGINAL”.
La documentación deberá ser presentada siguiendo el orden correlativo establecido en el presente pliego.
Será causal de rechazo la inclusión por parte del Oferente de condicionamientos a su Oferta que puedan afectar los aspectos técnicos y/o económicos de la misma.
Toda oferta deberá, además de estar foliada, tener un índice temático, que permita fácilmente ubicar los distintos documentos acompañados.
Las ofertas deben ser formuladas en la Planilla de Cotización que se agrega como Formulario N° 7. Las empresas deberán cotizar todos los ítems previstos en la planilla, respetando el itemnizado y las unidades de medida correspondientes e indicar para cada uno de los ítems los precios unitarios. La modificación o falta de cotización de un ítem será causal de rechazo de la oferta. Los cómputos obrantes en dicho Formulario son orientativos; el oferente deberá realizar sus propios cómputos volcándolos a dicho formulario
El monto total de la oferta deberá estar expresado en letras y en números y, de existir diferencias en un precio consignado en números y trascripto en letras, prevalecerá el importe expresado en letras.
Los precios cotizados comprenden todos los costos directos e indirectos necesarios para la realización de la obra de acuerdo a su fin con materiales de primera calidad y de acuerdo con las reglas del arte.
Junto con su oferta, el oferente deberá presentar los análisis de precios de los ítems de la planilla de cotización, conforme Formulario N° 8 “Planilla Modelo de Análisis de Precios”. El GCBA podrá requerir análisis de precios adicionales si así lo juzgase necesario.
Deberá indicarse el precio/índice de referencia asociado a cada uno de los conceptos que componen los análisis de precios. Los precios o índices de referencia a utilizar serán los informados por el Instituto Nacional de Estadística y Censos, la Dirección General de Estadística y Censo, dependiente de la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos del GCBA, o el organismo que la reemplace, o por otros organismos especializados, aprobados expresamente por el comitente.
Toda variación de alícuotas de gravámenes nacionales o locales, supresión o creación de gravámenes que tuvieran lugar con posterioridad a la presentación de
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la oferta que resultare adjudicataria y que tuviera una probada y directa incidencia en la ecuación económica del contrato, podrá ser planteada con el respaldo documental necesario por cualesquiera de LAS PARTES, para el posterior análisis de la procedencia de su reconocimiento bajo la normativa aplicable.
A fin de viabilizar el procedimiento de redeterminación de precios el contratista deberá presentar junto con su oferta, la siguiente documentación según lo establecido en la RESOLUCIÓN Nº 601-MHGC-14 – ANEXO I - ARTÍCULO 4° inc. C:
a) El presupuesto ofertado desagregado por ítems, indicando volúmenes o cantidades respectivas y precios unitarios, o su incidencia en el precio total cuando corresponda;
b) La oferta económica, los análisis de precios o la estructura de costos de la totalidad de los ítems cotizados, desagregados en cuanto a sus componentes, incluidas cargas sociales y tributarias;
c) Los precios de referencia asociados a cada insumo incluido en los análisis de precios o en la estructura de costos, de conformidad a lo establecido en el Artículo 5° de la Ley 2809.
d) El presupuesto desagregado por ítem y los análisis de precios o estructuras de costos de cada uno de los ítems en soporte magnético, en formato EXCEL.
2.3.2 Apertura de Ofertas
El Art. 1.3.8 del PCG queda complementado con el siguiente texto:
En el día y hora fijados en el llamado a licitación y en presencia de los interesados que concurran, se procederá, en la repartición designada al efecto, a la apertura de las ofertas de la siguiente forma:
1) Se verificará que estén reunidas las ofertas recibidas a tiempo.
2) Se verificará el correcto estado de los lacres de los sobres exteriores.
3) Se abrirán los Sobres y se verificará si cada uno de ellos contiene la garantía de oferta. En ningún caso se permitirá introducir modificaciones en las propuestas después de la hora de apertura.
4) Se labrará un acta en la que se consignará día y hora, nombre del o de los oferentes, importe de cada garantía y certificado de capacidad de contratación, y monto de las ofertas.
5) Se invitará a todos los presentes a examinar la documentación, y si alguno formulara observaciones y pidiera su constancia en Acta, así se hará; en caso contrario, se dejará asentado la ausencia de observaciones.
Se hará firmar el acta por quienes hayan formulado observaciones, y por todos los presentes que así lo deseen.
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2.3.3 Garantía de Oferta
El Art. 1.3.6 del PCG queda complementado con el siguiente párrafo:
El monto de la Garantía de Oferta será del UNO POR CIENTO (1%) del Presupuesto Oficial.
2.3.4 Visita de obra
Los oferentes deberán realizar una o más visitas de obra antes de la presentación de sus ofertas, de acuerdo con las instrucciones impartidas por el GCBA.
Al momento de formular sus ofertas, los oferentes deberán presentar la constancia visita que se hubiera emitido a tales efectos.
La no presentación de la constancia podrá ser subsanada en el plazo perentorio fijado por la Comisión Evaluadora de Ofertas a tales efectos.
2.3.5 Efectos de la presentación de las ofertas
El mero hecho de realizar las ofertas implica por parte de los oferentes el conocimiento y la aceptación xxxx y llana de las condiciones de la documentación licitatoria, dimensiones de la obra, estado, características particulares y todo aspecto que tenga o pueda tener relevancia en relación con la misma.
2.3.6 Oferta Económica
Cualquier diferencia entre pliegos y planos respecto del listado de tareas, unidades de medidas y cantidades no cuestionada durante el plazo previsto para realizar consultas, previo a la fecha de apertura de las ofertas, no dará derecho a reclamo alguno durante la ejecución de la obra. El silencio del oferente respecto de cualquier diferencia implica su entera conformidad, por lo que no se hará lugar a ningún reclamo ulterior que en tal sentido se efectúe.
El contratista deberá proveer la totalidad de la mano de obra, equipos, materiales, herramientas, personal técnico y de conducción que sea necesario para la ejecución de las obras. Asimismo se define como Moneda de Cotización y Moneda de Pago el peso.
2.3.7 Planilla de cotización
La cotización debe presentarse en el modelo de cómputo y presupuesto del Formulario N° 7, según lo descripto en el ítem 2.3.1 Forma de cotizar.
El ítem denominado “CUMPLIMIENTO DE CONDICIONES DE SEGURIDAD E
HIGIENE, MEDIO AMBIENTE Y GESTION AMBIENTAL”, deberá ser calculado como el 0.5 % del monto total de la Oferta.
2.3.8 Análisis de precios
Los Oferentes deberán presentar el análisis de precios de todos los ítems que integran la planilla de cómputo y cotización. El GCBA podrá requerir análisis de precios adicionales si así lo juzgase necesario.
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Los análisis de precios deben realizarse conforme lo dispuesto por la Ley N° 2809 (texto consolidado por la Ley N° 5666) y su reglamentación.
Deberá indicarse con claridad en los análisis de precios las fuentes de información y/o precios de referencia asociados a cada insumo.
La falta de cumplimiento de estos requisitos es causal de desestimación de las ofertas.
Los análisis de precios deberán presentarse conforme al modelo previsto en el Formulario N° 8. En las fórmulas de los análisis de precios se deberá utilizar la función REDONDEAR a dos (2) decimales, del programa MS EXCEL ® o equivalente, tanto para el cálculo de los subtotales de los distintos insumos, mano de obra y equipos de cada ítem, como para los totales. El mismo criterio se deberá aplicar al cálculo de los subtotales en la planilla del presupuesto.
2.3.9 Plan de Trabajos y Curva de inversiones
Debe presentarse con la oferta un Plan de Trabajos abierto por rubros e ítems tal cual se consignan en la planilla de cómputo y presupuesto (según modelo Formulario Nº 7), debiéndose incluir los hitos significativos de la obra. La Curva de Inversiones deberá incluir los montos porcentuales de avance de obra. El Plan de Trabajos deberá ser presentado en MS Project. (Formulario Nº 5 y Nº 6 – Anexo II g).
Si el Plan de Trabajos e Inversiones no respondiera de manera racional y acorde con el normal desarrollo esperado de la obra, el GCBA, podrá a su exclusivo juicio exigir su modificación, otorgando un plazo preciso para su nueva presentación.
Si cumplida la intimación se siguieran verificando falencias, a sólo juicio de GCBA, se procederá a la desestimación de la oferta con pérdida de la Garantía de Oferta (Formulario Nº 5 y 6).
2.3.10 Documentos que integran la oferta
Las ofertas se recibirán hasta el día y hora fijados para la apertura de las mismas, y deberán estar presentadas en UN SOLO SOBRE que deberá contener, complementariamente a lo dispuesto en el Artículo 1.3.5 del PCG, la siguiente documentación:
CARPETA Nº 1 deberá contener la siguiente documentación:
1) Carta de Presentación según modelo Anexo Nº I.
2) Garantía de Oferta, constituida según las formas establecidas en el Art. 1.3.6 del PCG.
3) Declaración jurada de que se conocen y aceptan los Pliegos de Condiciones Generales, de Condiciones Particulares, de Especificaciones Técnicas, Documentación Gráfica, Planos, Formularios, Anexos y Circulares con y sin Consulta que se hubieren emitido.
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4) Estatuto Social según PCP.
5) Acta de Asamblea en la que conste la designación de los miembros que integran el Directorio y Acta de Directorio de distribución de los cargos.
6) Poder especial conforme artículo 2.2.3 inc. d).
7) Domicilio Especial.
8) Poder otorgando representación legal unificada en el caso de Uniones Transitorias.
9) Compromiso de constitución de la Unión Transitoria.
10) Compromiso de cada empresa a integrar la Unión Transitoria.
11) Estados Contables de los tres (3) últimos Ejercicios Anuales según el PCP.
12) Estado Contable parcial según el PCP, si correspondiere.
13) Constancia de Inscripción y pagos de los últimos seis (6) meses en el Instituto de Estadística y Registro de la Industria de la Construcción (IERIC).
14) Referencias sobre el oferente individual: el Oferente deberá acompañar por lo menos cinco (5) notas de entidades financieras, comerciales y/o industriales, en las que dichas entidades suministren información del concepto y antecedentes que les merece el oferente o las empresas integrantes de la UT. Las notas deberán estar actualizadas dentro de un período de tres (3) meses anteriores a la apertura de las ofertas y deberá presentar entre las cinco al menos una de cada tipo de entidad (comercial, bancaria y/o financiera).
15) Certificado de Capacidad de Contratación Anual expedido por el Registro Nacional de Constructores de Obras Públicas, vigente a la fecha de presentación de la oferta, según Xxxxx XX a.
16) Declaración Jurada del saldo de Capacidad de Contratación disponible, actualizado a la fecha de presentación de la oferta, según Anexo II b. En el caso de las UT, el saldo será el que resulte de la sumatoria de todas sus integrantes.
17) Declaración Jurada de las Obras realizadas en los últimos cinco (5) años según Xxxxx XX c. (Formulario Nº 1). El oferente podrá incluir obras ejecutadas en carácter de subcontratista. En tal caso deberá demostrar tal condición de manera fehaciente.
18) Declaración Jurada de Obras similares a la licitada, realizadas en los últimos diez (10) años según Xxxxx XX d. (Formulario Nº 2).
19) Declaración Jurada de Obras en ejecución y a ejecutar en los próximos dos (2) años según Formulario Nº 3.
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20) Equipamiento y maquinaria a afectar a la Obra según Anexo Nº II y Formulario Nº 4.
21) Nómina y curriculum vitae del personal superior propuesto para la Obra según Xxxxx XX h.
22) Nómina del Personal propuesto para la Obra según Xxxxx XX i.
23) Acreditación del Representante Técnico según Xxxxx XX j. Curriculum vitae del Representante Técnico y del Representante en Obra, con acreditación de antecedentes. Designación de los mismos por parte del oferente y aceptación del cargo por parte de los designados.
24) Constancia de Visita a Obra.
25) Declaración Jurada del Mantenimiento de Oferta.
26) Certificado del Registro de Deudores Alimentarios Morosos expedido por el GCBA, o la presentación de la constancia de solicitud de dicho certificado, conforme lo requerido por el Anexo IV del presente pliego. Para el caso de sociedades el certificado deberá presentarse por la totalidad de los directivos.
27) Certificación contable de los pagos por los últimos doce (12) meses de los Impuestos sobre los Ingresos Brutos, Valor Agregado, Ganancias y Aportes Previsionales; con la firma del Contador Público autenticada por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas. Además en la respectiva certificación deberá constar el siguiente detalle: período, base imponible, monto pagado, fecha y lugar de pago.
28) Compromiso bancario o financiero o Certificación contable de Facturación Acumulada, según se indica en el PCP y de acuerdo a la Carta Modelo Indicativa de Compromiso Bancario de acuerdo a lo requerido en el Anexo IX.
29) Declaración Jurada de aceptación de la jurisdicción de los Tribunales en lo Contencioso Administrativo y Tributario de la Ciudad conforme el PCP.
30) Declaración Jurada en la que conste expresamente que el oferente no se encuentra incurso en ninguna de las inhabilitaciones previstas por la normativa vigente.
31) Declaración Jurada de capacidad para contratar el seguro ambiental exigible en el particular, a costo del oferente y de compromiso a adoptar y desplegar en la prestación del servicio, todas las medidas preventivas, recaudos ambientales y acciones necesarias para disminuir el riesgo, de forma tal de asegurar la vigencia de la cobertura.
32) Declaración Jurada detallando la nómina del personal inscripto en el Instituto de Estadística y Registro de la Industria de la Construcción (IERIC) a nombre del oferente de acuerdo a las Resoluciones Nros. 16 y 17/2009 del IERIC publicado
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en el Boletín Oficial de la Nación Argentina Nº 31.614 de fecha 13 xx xxxxx de 2009.
33) Índice de la oferta siguiendo el orden establecido en el presente numeral y detallando los puntos según la foliatura realizada por el oferente.
34) Comprobante de asistencia al curso Critical Chain Project Management o Cadena Crítica, a dictarse en las oficinas del Ministerio de Desarrollo Urbano y Transporte en fecha y hora a establecer por Circular sin Consulta.
CARPETA Nº 2
1) Oferta según modelo Anexo Nº III.
2) Planillas de Cotización, presentadas con el modelo la planilla de cómputo y presupuesto (Formulario Nº 7), conforme lo señalado en el apartado 2.3.7 del presente Pliego.
3) Análisis de Precios e índices de referencia asociados a cada insumo según modelo Formulario Nº 8).
4) Plan de Trabajos y Curva de Inversiones con montos y en forma porcentual, abierto por rubros e ítems tal cual se consignan en la planilla de cómputo y presupuesto (según modelo Formulario Nº 5 y Nº 6), debiéndose incluir los hitos significativos de la obra. La Curva de Inversiones deberá incluir los montos porcentuales de avance de obra. Si el Plan de trabajos e Inversiones no respondiera de manera racional y acorde con el normal desarrollo esperado de la obra, el GCBA podrá, a su exclusivo juicio, exigir su modificación, otorgando un plazo preciso para su nueva presentación. Plan de Trabajos abierto por rubros e ítems tal cual se consignan en la planilla de cómputo y presupuesto (según modelo Formulario Nº 7), debiéndose incluir los hitos significativos de la obra. La Curva de Inversiones deberá incluir los montos porcentuales de avance de obra. El Plan de Trabajos deberá ser presentado en MS Project (Formulario Nº 5 y Nº 6 – Anexo II g) y deberá cumplir con las condiciones mencionadas en el Art. 2.6.2 del presente Pliego.
5) Curva de Inversiones ajustada al Plan de trabajos presentado y a los precios unitarios de la planilla de cotización.
6) Archivo digital en formato Excel que contenga el presupuesto ofertado, con sus correspondientes análisis de precios, la curva de inversión y el plan de trabajos que se han presentado en la oferta.
La documentación solicitada en los incisos 4, 5, 8, 9, 10 y 15 de la Carpeta Nº 1 deberá estar autenticada por escribano público.
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La falta de presentación de la documentación de la Carpeta Nº 2 incisos 1 y 2 no será subsanable y por tanto será desestimada la oferta.
En el supuesto de que cualquier documentación presentada por los oferentes no estuviera redactada en idioma castellano, deberá acompañarse a la misma su correspondiente traducción, debidamente legalizada.
2.3.11 Defectos no subsanables
Será excluida toda Oferta que:
1. Se presente después de la hora límite fijada para la Apertura de las Ofertas y/o en lugar distinto del que se señala en el llamado.
2. No cumpla con la Garantía de Oferta en cualquiera de las formas establecidas en éste pliego.
3. Se presente sin firma, aclaración de firma, no fije domicilio o no permitiera identificar sin duda alguna al Oferente.
4. Se presente firmada por persona(s), sin capacidad suficiente para obligar al Oferente.
5. No indique claramente los precios cotizados, o el monto total de la propuesta, y/o que no fuere posible interpretarla.
6. Contenga correcciones, raspaduras, enmiendas o agregados que no estén debidamente salvados y firmados por la misma persona que firmó la Oferta.
7. Que contenga condicionamientos
2.3.12 Ampliación de la información
El Art. 1.4.1 del PCG queda complementado con lo siguiente:
El GCBA podrá requerir ampliación de la información suministrada o cualquier otra que se necesite para el mejor estudio de los antecedentes, dentro del plazo que se señale al efecto, siempre que ello no implique alterar la propuesta original ni modificar la oferta económica.
Vencido dicho plazo sin que el Oferente cumpla el requerimiento indicado precedentemente, el GCBA podrá desestimar su propuesta.
El GCBA se reserva el derecho de efectuar las verificaciones que fuesen necesarias a efectos de comprobar la veracidad de la información suministrada en la propuesta. De establecerse la falsedad de dicha información, se desestimará la propuesta y dispondrá la pérdida automática de la Garantía de Oferta.
El personal que determine el GCBA, previamente a la adjudicación, podrá visitar las oficinas, depósitos, equipos, obras realizadas, etc., que los oferentes declaren en
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su propuesta a efectos de comprobar en el lugar su capacidad para la ejecución de la obra.
Se deja constancia que ante la omisión de presentación de la constancia de visita a obra conjuntamente con la oferta, se intimará al oferente para que en un plazo perentorio de veinticuatro (24) horas acredite tal requisito, pudiendo en caso que no lo haga desestimarse la oferta con pérdida de la Garantía de Oferta.
2.3.13 Vista de las Ofertas
A partir del siguiente día hábil a la fecha de apertura de las ofertas se pondrá a disposición de los oferentes una copia de todas las ofertas presentadas por el plazo de tres (3) días en la dependencia del Organismo donde se efectuó el acto de apertura.
Sin perjuicio de ello, los oferentes tienen pleno acceso a las actuaciones administrativas, cumplimentando con el procedimiento administrativo correspondiente, con excepción del plazo que dure el período de evaluación de las ofertas.
2.4 EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS
Se entiende por período de evaluación de las ofertas el lapso de tiempo que transcurre desde el vencimiento del plazo previsto en el artículo anterior hasta la notificación del dictamen de evaluación de las ofertas a los oferentes.
La etapa de evaluación de las ofertas es confidencial, por lo cual durante esa etapa no se concederá vista de las actuaciones
2.4.1 Comisión Evaluadora de Ofertas
Las ofertas serán examinadas y evaluadas por una Comisión Evaluadora de Ofertas, la cual podrá requerir de los oferentes cualquier información complementaria, aclaraciones o subsanación de defectos formales que considere necesaria para la evaluación de las propuestas.
Los oferentes deberán dar cumplimiento al pedido de subsanación de defectos formales e información faltante y complementaria dentro del plazo de cinco (5) días de requerido, plazo que podrá ser prorrogado por la comisión evaluadora en caso de existir razones justificadas. El incumplimiento de lo requerido por la comisión en el plazo fijado podrá dar lugar a la desestimación de la oferta.
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La Comisión Evaluadora de Ofertas, o el personal que ésta designe, podrá visitar las oficinas, depósitos, equipos, obras realizadas, etc., que los oferentes declaren en su propuesta a efectos de comprobar "de visu" su capacidad para dar acabado cumplimiento al objeto de la presente licitación.
La Comisión Evaluadora de Ofertas procederá al estudio de las ofertas, para verificar si las mismas son admisibles y convenientes, y aconsejará la desestimación de las que tuvieran defectos no subsanables o de las que no hayan subsanado lo requerido, en el plazo fijado para ello.
Se considera oferta admisible toda aquella que hubiera cumplido con todas las exigencias impuestas por la documentación contractual mencionada en el presente pliego.
En cualquier caso, las ofertas se considerarán admisibles cuando, además de lo expuesto, no tuvieran condicionamientos y, a juicio de la Comisión Evaluadora, reunieran las condiciones jurídicas, técnicas y económicas suficientes para ejecutar la obra.
Se considerará oferta inadmisible a la que presente condicionamientos, no se ajuste a la documentación contractual y/o contenga falsedades en la documentación presentada o la información brindada.
No serán rechazadas las ofertas que contengan defectos de forma que no afecten la esencia de las mismas ni impidan su análisis y comparación con las demás ofertas.
Será causal de desestimación y rechazo de oferta el falseamiento de la documentación presentada en la oferta. Si el descubrimiento se produjese de forma posterior a la adjudicación o luego del perfeccionamiento del contrato, será causal de rescisión con exclusiva culpa del contratista.
La Comisión Evaluadora de Ofertas procederá a consultar en la página web de la AFIP, en el servicio “CONSULTA-PROVEEDORES DEL ESTADO”, a los efectos de verificar la habilidad para contratar del oferente, toda vez que éste no deberá contar con incumplimientos tributarios y/ o previsionales de acuerdo con la normativa vigente (Resolución General 4164 E/ 2017 AFIP o cualquier otra normativa que la reemplace en el futuro). En virtud de ello, es condición excluyente que al momento de la preadjudicación, adjudicación y rúbrica de la contrata el proveedor figure en estado de inexistencia de deuda ante AFIP. De no ser así, la oferta será desestimada.
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2.4.2 Metodología de Evaluación de ofertas
La Comisión Evaluadora de Ofertas realizará el análisis que permita valorar las ofertas presentadas, teniendo en cuenta para ello tanto el precio y la calidad técnica de las propuestas presentadas como los antecedentes informados y la idoneidad de los oferentes, en un todo de acuerdo a lo establecido en la documentación licitatoria.
2.4.3 Preadjudicación
La Comisión Evaluadora de Ofertas, luego del análisis referido en el artículo que antecede, expedirá su correspondiente dictamen fundado, recomendando la adjudicación a aquel oferente que cumpla con los requisitos fijados en la documentación licitatoria y que resulte la más conveniente para el GCBA.
Previo a la preadjudicación la Comisión Evaluadora de Ofertas procederá a verificar lo estipulado en el Art. 2.4.1. del presente pliego.
El mentado Dictamen de Evaluación de Ofertas será notificado a la totalidad de los oferentes que se hubieran presentado, y será debidamente publicado en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y en el sitio web del GCBA.
2.4.4 Impugnaciones a la preadjudicación
Los oferentes tendrán un plazo de tres (3) días hábiles para formular sus impugnaciones al Dictamen de Evaluación de Ofertas, contado desde el día siguiente a la notificación del mismo. Dado este supuesto, se resolverá conforme lo dispuesto en el artículo 1.4.2 del PCG, y se dará la intervención que corresponda a la Procuración Xxxxxxx xx xx Xxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx.
Se establece como condición de admisibilidad de las impugnaciones efectuadas por los oferentes, la constitución previa de un depósito de caución de conformidad con lo establecido en el Decreto Nº 1013/ 08 (BOCBA Nº 2997).
La mentada garantía será devuelta sólo en los casos en que la impugnación prospere total o parcialmente. Las presentaciones que no cumplan con el recaudo previsto en el presente artículo no serán consideradas como impugnaciones a la preadjudicación.
En caso de deducirse impugnaciones, las mismas se resolverán conjuntamente con el dictado del acto de adjudicación.
Si el preadjudicatario fuere una UT en formación y no cumpliera con el requisito de la acreditación de la inscripción ante la Inspección General de Justicia y el RIUPP
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previo a la firma de la contrata, la autoridad de aplicación lo intimará a su acreditación en el plazo perentorio de cinco (5) días, bajo apercibimiento de adjudicar la obra a otro oferente.
2.4.5 Adjudicación
En forma previa a la emisión del acto administrativo de adjudicación, se remitirán las actuaciones a la Procuración Xxxxxxx xx xx Xxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx para que tome la intervención de su competencia y emita opinión, tanto con respecto a la adjudicación como en relación a las impugnaciones que, en su caso, se hubieren formulado al Dictamen de Evaluación de Ofertas.
Según lo establecido en el art.1.4.3 del PCG, la adjudicación será resuelta mediante acto administrativo suscripto por autoridad competente, el que será debidamente notificado a la totalidad de los oferentes y publicado en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y en el sitio web del GCBA.
Si el adjudicatario no presentara la Garantía de cumplimiento del Contrato en el plazo de cinco (5) días de notificado el acto de adjudicación, perderá la garantía de oferta, y el GCBA podrá proceder a adjudicar la obra al segundo oferente que presente la oferta más conveniente, o proceder a realizar un nuevo llamado.
El GCBA se reserva el derecho de dejar sin efecto el presente proceso en cualquier estado del mismo antes del perfeccionamiento del contrato, sin que ello pueda otorgar derecho a resarcimiento alguno a favor de los oferentes.
Previo a la adjudicación, deberá presentar el correspondiente certificado de saldo de capacidad de contratación disponible expedido por el RENCOP, siempre que estuviere vencido.
2.4.6 Garantía de Cumplimiento de Contrato
La Garantía de Adjudicación deberá constituirse de acuerdo a las disposiciones establecidas en el Art. 1.3.6 del PCG.
La garantía por el fiel cumplimiento de todas las obligaciones asumidas por el adjudicatario, será equivalente al cinco por ciento (5 %) del monto total del precio incluido en la oferta, y será devuelta en los plazos y formas previstas en el capítulo VI de la Ley Nacional de Obras Públicas (ley Nº 13064), en los artículos 1.15.5 y
1.15.6 del PCG, y en toda norma que sea de aplicación, previa deducción de las sumas a las que el GCBA resulte acreedor por cualquier concepto derivado de incumplimientos totales o parciales a las obligaciones garantizadas. La misma deberá presentarse dentro de los cinco (5) días de notificado el acto administrativo de adjudicación, conforme lo establecido en el artículo que antecede.
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Si el GCBA ordenara modificaciones de Obra que impliquen aumentos del monto contratado, el Contratista deberá adicionar al fondo de Garantía de Adjudicación el cinco por ciento (5%) del importe de las nuevas obras dentro de los diez (10) días de recibir la respectiva notificación de la Inspección.
La Garantía de Adjudicación será devuelta dentro de los treinta (30) días corridos contados a partir de la fecha de aprobación de la recepción definitiva de la obra.
2.4.7 Perfeccionamiento del contrato
El artículo 1.5.1 del PCG se complementa con lo siguiente
El GCBA fijará día y hora en que se procederá a la firma de la Contrata y sus complementos, la que tendrá lugar dentro de los dos (2) días de integrada la garantía de la adjudicación conforme a lo estipulado en el ítem 1.4.4 del PCG.
Si el Adjudicatario no se presentase a la firma de la Contrata, el GCBA podrá anular la adjudicación, en cuyo caso el Adjudicatario perderá la garantía constituida a tales efectos y podrá adjudicar la obra al oferente que le siga en orden de mérito.
Si el GCBA no firmara la Contrata antes de los treinta (30) días de notificada la Adjudicación por causas no imputables al Adjudicatario, vencido el término, éste podrá solicitar que la Adjudicación quede sin efecto, en cuyo caso se le devolverá la Garantía correspondiente, sin que ello importe el reconocimiento de indemnización alguna.
2.4.8 Devolución de la Garantía de Oferta
El Art. 1.3.10 del PCG queda complementado con el siguiente párrafo:
Dentro de los diez (10) días de la firma de la Contrata o de vencido el plazo de validez de la oferta, el GCBA notificará a los oferentes no adjudicados, la fecha, hora y lugar en que les serán devueltas las correspondientes Garantías de Oferta.
2.4.9 Orden de Prelación
El Art. 1.6.28 del PCG se complementa con lo siguiente:
Toda la documentación que integre el Contrato deberá ser considerada recíprocamente explicativa, pero en caso de existir ambigüedades o discrepancias, ellas serán aclaradas y resueltas por el GCBA.
En caso de existir discrepancias o contradicciones entre las diferentes partes del contrato, se procederá como sigue:
A) Si es evidente un error será corregido donde se encuentre;
B) Si no es aplicable ese procedimiento, se aplicará el siguiente orden de prelación:
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1. Pliego de Condiciones Generales y Circulares Aclaratorias de todo tipo si las hubiera;
2. Pliego de Condiciones Particulares y Circulares Aclaratorias de todo tipo si las hubiera;
3. Pliego de Especificaciones Técnicas;
4. Planos Generales y planillas;
5. Planos de detalle;
6. Oferta;
7. Contrata;
Todo aquello que no esté contemplado en la documentación de la licitación, será resuelto, en cuanto sea de aplicación, según las siguientes disposiciones:
a) La Ley Nacional de Obras Públicas Nº 13.064 (B.O. 28/10/47), reglamentaria y normativa vigente y/o complementaria.
b) La Ley Nº 2095 (texto consolidado por la Ley N° 5666), y su Decreto reglamentario.
c) Ley de Procedimiento Administrativo de la Ciudad de Buenos Aires (DNU Nº 1510/GCBA/97 aprobado por Resolución Nº 41/LCABA/98 - consolidada por la Ley N° 5666).
d) Subsidiariamente, los principios generales del Derecho Administrativo.
2.4.10 Errores en Documentación y discrepancias Técnicas
El Art. 1.6.27 del PCG queda complementado por lo siguiente:
En caso de discrepancias en Planos, entre la dimensión apreciada a escala y la expresada en cifras o letras, prevalecerá esta última y en cuanto a discrepancias entre las diversas Especificaciones Técnicas se adoptarán las más exigentes.
Las aclaraciones y comunicaciones de orden técnico efectuadas por el licitante, tendrán prelación sobre toda la documentación mencionada anteriormente.
2.5 EJECUCIÓN DEL CONTRATO
2.5.1 Relevamientos previos
Previo al inicio de los trabajos, y en el período existente entre la suscripción del Contrato y el inicio de obra, el Contratista deberá efectuar su propio relevamiento planialtimétrico, estudio de suelos, cateos necesarios, y toda otra comprobación
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técnica, estudios, etc. que fueran necesarios para la correcta ejecución de los trabajos.
2.5.2 Requisitos a cumplir para el inicio de la obra
Una vez firmada la contrata, se emitirá una orden de inicio solicitando al contratista la presentación de la documentación necesaria para el inicio de la obra.
Asimismo en la Orden de Inicio se fijará la fecha para labrar el Acta de Inicio, a partir de la cual comenzará el cómputo del plazo de obra.
Durante ese lapso el contratista podrá efectuar algunos trabajos preliminares, siempre que hubiera presentado los seguros previstos en la documentación licitatoria.
Vencido el plazo fijado en la Orden de Inicio, que no será superior a treinta (30) días corridos salvo causa justificada, el contratista queda obligado a comenzar los trabajos. En esa oportunidad se labrará el Acta de Inicio.
Si cumplido el plazo para iniciar la obra, el contratista no hubiera iniciado los trabajos, sin causa justificada, el comitente tendrá derecho a la rescisión del contrato, en cuyo caso el contratista perderá la garantía de cumplimiento del contrato y responderá por los daños y perjuicios causados.
Si el comitente no ejerciera el derecho a rescindir el contrato, el plazo de ejecución de obra se computará a partir del vencimiento del plazo indicado en la orden de inicio, salvo que el contratista acreditare razones justificadas que imposibilitaren el inicio en dicha fecha.
2.5.3 Documentación a presentar
El Contratista deberá presentar a la Inspección de Obra, la documentación requerida prevista en esta cláusula en forma previa al inicio de la obra.
La documentación presentada deberá ser aprobada o rechazada por el Organismo encargado de la Inspección de Obra que designe el Ministerio de Desarrollo Urbano y Transporte dentro de las setenta y dos (72) horas.
En caso de ser rechazados, el Contratista deberá proceder al ajuste de los mismos de acuerdo con las observaciones que efectúe la Inspección de Obra sin alterar el plazo y el importe total.
El Organismo encargado de la Inspección de Obra que designe el Ministerio de Desarrollo Urbano y Transporte determinará el plazo para su nueva presentación.
El contratista deberá presentar, para el inicio de obra, lo que se detalla a continuación:
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2.5.3.1 Seguros
El contratista deberá presentar los seguros que se indican seguidamente con sus comprobantes de pago correspondientes:
1. Póliza original del Seguros Laborales.
2. Póliza original de Seguro de Accidentes Personales (en caso de corresponder).
3. Póliza original de Seguro Responsabilidad civil demoliciones y/o excavaciones
(en caso de corresponder).
4. Póliza Seguro de Todo Riesgo Construcción.
5. Póliza Seguro Técnico Equipamiento/Maquinaria
6. Póliza Seguro de Daño Ambiental de Incidencia Colectiva
El contratista deberá presentar un cuadro con los campos: "riesgo cubierto", "N° de póliza", "aseguradora", "vigencia", "forma de pago", "comprobantes de pago".
2.5.3.2 A.R.T
1. Nómina del personal cubierto por la ART y constancia de pago.
2. Inscripción de la Contratista y eventuales subcontratistas en la Superintendencia de Riesgos de Trabajo.
3. Formulario 931 de AFIP.
4. Programa de Higiene y Seguridad
5. Constancia de Aviso de Inicio de Obra firmado por ART.
2.5.3.3 Higiene y Seguridad
Documentación necesaria para dar cumplimiento a los requisitos requeridos en el Anexo VII del presente pliego.
2.5.3.4 Subcontratistas
El Contratista deberá presentar lo siguiente:
• Propuesta de subcontratistas: Se debe hacer referencia a los subcontratistas que se van a desempeñar en la obra, a los fines que el GCBA proceda a aprobar o no su desempeño.
• Contratos con subcontratistas que fueran aprobados durante el procedimiento de evaluación de las ofertas.
2.5.3.5 Libros
El contratista deberá proveer los siguientes libros:
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1. Libro de Órdenes de Servicio (OS) - (tamaño grande, 50 hojas x tripl.) Este libro tendrá hojas numeradas por triplicado. En este libro, se redactarán las Órdenes de Servicio impartidas por Inspección de Obra para que quede fehacientemente asentado su contenido y notificación. También se anotarán en él los resultados de los ensayos de materiales que se efectúen, como toda otra novedad de importancia que se registre a lo largo de la ejecución del contrato.
2. Libro de Notas de Pedido (NP) – (tamaño grande, 50 hojas x tripl.).Tendrá hojas numeradas por triplicado. En este libro el contratista, asentará las peticiones y observaciones que desee efectuar, de acuerdo a lo indicado en el PCG. Respecto de los pedidos de aprobación, los mismos deberán ser firmados por su Representante de Obra y en dicho libro el Inspector procederá a su aceptación o rechazo, indicando las causas del mismo y firmando al pie.
3. Libro de Higiene y Seguridad - (tamaño grande, 50 hojas x tripl.)
4. Libro de Partes Diarios – (tamaño grande, 50 hojas x tripl.) En este libro se asentara diariamente:
1) Número de personal ocupado: presentes y ausentes.
2) Gremios que trabajan, con indicación del número de personal ocupado.
3) Materiales ingresados a la obra: detalle, cantidad y fecha.
4) Trabajos realizados.
5) Condiciones atmosféricas.
6) Equipos en obra: características, cantidad y calidad.
7)Observaciones: Quedará registrado acontecimientos que merezcan resaltarse ocurridos en el día en la obra
Estos partes se confeccionarán por triplicado y quedarán dos (2) ejemplares en poder del Inspector de Xxxx. Los formularios serán numerados correlativamente y provistos por el Contratista, previa aprobación por la Inspección de su texto.
5. Bibliorato de Certificados - En este bibliorato se deberá archivar un duplicado de cada certificado de obra.
2.5.3.6 Planificación de la obra.
• Plan de Trabajo con Camino Crítico (MS Project)
• Curva de Inversión.
• Logística de Obra.
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• Plan Comunicacional.
• Plan de Señalización.
• Diagrama de Xxxxxx xx xxxxxx y desvíos.
• Plano xx Xxxxxxx.
• Listado completo y definitivo de equipos, herramientas y materiales a utilizar en la obra.
• Listado de productos químicos a utilizarse con los recaudos a tomar.
• Obrador construido y aprobado.
• Histograma de mano de obra planificada.
2.5.4 Oficina para la Inspección de Obra.
El art. 1.6.15 del PCG., se complementa con las siguientes disposiciones:
El Contratista deberá proveer en el lugar de la obra una oficina, que será de uso exclusivo de los Inspectores de Obra para el ejercicio de sus funciones. La misma deberá contar con el acondicionamiento y equipamiento correspondiente. Asimismo, el Contratista deberá proveer el equipamiento necesario para la comunicación de la Inspección. El detalle de lo solicitado en la presente obra se detalla en el ANEXO X.
Todo lo requerido en el presente, será devuelto al Contratista al momento de la recepción provisional de la Obra.
El Contratista será responsable, en forma exclusiva, de la custodia y mantenimiento de todos los bienes y equipamientos que se otorguen a la Inspección de Obra; manteniendo indemne al GCBA ante cualquier reclamo.
2.5.5 Plan de Trabajos Definitivo.
El artículo 1.6.4 del PCG queda complementado con lo siguiente:
El Contratista propondrá un Plan de Trabajos de acuerdo a lo especificado en el PCG y en el presente Xxxxxx, detallando cada una de las tareas comprendidas en la realización de las obras a desarrollar, en forma cronológica indicando fecha de inicio y fin de cada una de ellas, previendo y contemplando la posibilidad de superposición o no, entre las mismas, ajustado al plazo final indicado en el pliego para su aprobación por la Inspección de Obra. Tendrá en cuenta para ello, el estado de conservación de las partes determinando el orden de las tareas de modo de garantizar la salvaguarda de las partes originales, evitando su alteración o deterioro.
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La planificación y programación estará basada en el plan general presentado en su Propuesta, compatible con los plazos y fechas programados, y con las demás restricciones establecidas en los documentos licitatorios.
Dicho plan deberá ser presentado en archivos digitales del Software MS Project® y contener todo el itemizado de la obra y deberá subdividirse en tareas de duración no mayor a veinte (20) días, vinculadas a través de relaciones de precedencia que tengan en cuenta la lógica secuencial de las mismas. A tal efecto se deberán seguir los lineamientos indicados en la Sección 6.5.2.3 de la PMBOK Guide 4ª Edición (Project Management Body of Knowledge).
Una vez resueltos los conflictos de recursos se deberán programar todas las tareas con sus tiempos agresivos pero posibles. La duración de las tareas deberá calcularse con tiempos probables sin margen de protección local alguno por contingencias. Se entiende por tiempo probable o agresivo pero posible a una duración de las tareas que tengan una probabilidad del cincuenta por ciento (50%) de cumplirse. La Cadena Critica coincide con el Camino Critico tradicional una vez que se resolvieran las restricciones de recursos.
Se deberán prever un amortiguador del proyecto de por lo menos el treinta por ciento (30%) de la duración de la cadena crítica y amortiguadores de alimentación en aquellos puntos donde determinadas cadenas de actividades se inserten en alguna tarea de la cadena crítica. La duración de este amortiguador no será inferior a la duración de la cadena a la cual protege teniendo en cuenta los tiempos agresivos pero posibles.
La planificación y programación, una vez aprobadas por Orden de Servicio por la Inspección de Obra, pasarán a constituir el “Programa Maestro de las Obras”.
La presentación de la planificación y programación y la correspondiente aprobación por parte de la Inspección de Obra, no liberará al Contratista de ninguna de sus obligaciones y responsabilidades que se establecen en los Documentos del Contrato.
Mientras el Contratista no tenga la aprobación de la Inspección de Obra del Programa Maestro de las Obras, deberá ceñirse para la planificación y programación de las Obras a la presentada en su Oferta.
Para obtener la aprobación final, el Contratista deberá haber incorporado las observaciones de la Inspección de Obra o haber justificado plenamente aquellas observaciones no acogidas.
Una vez aprobado el Programa Maestro de las Obras, el Contratista deberá atenerse estrictamente a dicho programa, el que pasará a ser la referencia para medir el estado de avance de las actividades del Contrato durante su desarrollo, el que se llevará a cabo utilizando el sistema “Last Planner Control System (LPCS)”. LPCS es un proceso de planificación diseñado para involucrar a todos los ejecutores del proyecto como un grupo colectivo para elaborar el programa,
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ajustarlo en base a información en tiempo real e identificar todos los ítems que podrían interrumpir el flujo del proyecto.
El plan será revisado y actualizado semanalmente en una reunión ad hoc con el representante en obra, pudiendo la inspección solicitar oportunamente la presencia de los jefes de obra, coordinadores de obra, capataces, subcontratistas, jefes de compras. En dicha reunión de seguimiento se cargarán los avances de la semana anterior, se verificará el consumo del amortiguador, se medirá el porcentaje de actividades comenzadas y finalizadas de acuerdo al plan previsto. En cada reunión se identificará el plan intermedio a cinco semanas identificando restricciones y responsables de solucionarlas y en caso de ser necesario a criterio de la Inspección de Obra se reprogramará el faltante de obra mediante adecuadas estrategias de compresión del cronograma de manera tal de garantizar que el amortiguador remanente no sea inferior al treinta por ciento (30%) de la duración restante de la obra. A tal efecto la contratista deberá proveer seis (6) paneles A0, uno para detallar los rubros de obra en ejecución y los otros, divididos en los días de trabajo semanales. Al terminar la reunión de seguimiento quedará establecido el plan semanal para la semana entrante. En cada reunión de seguimiento y control semanal se comenzará analizando el grado de cumplimiento de las tareas programadas para la semana que pasó mediante el indicador PAC (porcentaje de actividades cumplidas de acuerdo a lo planificado). Se identificarán las causas de no cumplimiento para su tratamiento estadístico.
La Contratista deberá presentar por Nota Pedido el plan semanal reprogramado para la aprobación formal de la Inspección de la Obra
No obstante, ante cualquier variación del ritmo de avance, ajuste de la planificación, etc., que se origine durante la ejecución de las Obras, el programa será actualizado por el Contratista en el momento que se observe la alteración o cuando la Inspección de Obra lo solicite.
La empresa deberá contemplar en su oferta los recursos necesarios para dar cumplimiento al plazo contractual. No se reconocerán adicionales por trabajo en doble turno, turno noche o en días feriados.
El Ministerio de Desarrollo Urbano y Transporte liderará entrenamientos iniciales sobre la implementación de este sistema en dos etapas:
Etapa 1) Los interesados en ofertar deberán enviar al jefe de obra y al responsable de planificación a una jornada de capacitación en CCPM (Critical Chain Project Management o Cadena Crítica) a dictarse en las oficinas del Ministerio de Desarrollo Urbano y Transporte en fecha y hora a establecer por Circular sin Consulta. La asistencia es obligatoria y requisito para poder presentar la oferta. El plan de trabajo presentado en la oferta deberá respetar los lineamientos indicados en este apartado.
Etapa 2) Se dictará una jornada de capacitación en LPCS (LAST PLANNER CONTROL SYSTEM) en la localización del proyecto para el Contratista y sus
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subcontratistas. Luego de este entrenamiento, el Contratista tomará el liderazgo en la implementación del proceso LPCS durante todo el desarrollo del Proyecto, para lo cual deberá destinar los recursos necesarios.
Las tareas se iniciarán una vez que la Inspección de Obra apruebe este Plan de Trabajos con las modificaciones y correcciones que crea oportuno.
2.5.6 Acta de Inicio
El Inicio de Obra será comunicado fehacientemente a la Contratista a través del Libro de Órdenes de Servicio a través del Organismo encargado de la Inspección de Obra que designe el Ministerio de Desarrollo Urbano y Transporte. Para tal fin se confeccionará un “Acta de Inicio” a fin de establecer la fecha cierta de origen de los plazos contractuales, firmada por el Inspector de Obra y el Representante Técnico del Contratista, considerándose que el Plan de Trabajos tiene vigencia a partir de la fecha establecida en dicha Acta.
Todas las comunicaciones entre la Contratista y el GCBA se realizarán a través del Organismo encargado de la Inspección de Obra que designe el Ministerio de Desarrollo Urbano y Transporte.
2.5.7 Representante Técnico
El representante técnico ejercerá la representación del contratista durante la ejecución de la obra, de conformidad con las atribuciones y obligaciones establecidas en la documentación licitatoria y las propias de su incumbencia profesional, teniendo a su cargo la dirección, supervisión e inspección de las tareas correspondientes a la obra.
Las citaciones al Representante Técnico por parte de la autoridad de aplicación se harán con un (1) día hábil de anticipación, mediante Orden de Servicio, salvo razones de urgencia en las cuales se lo podrá citar de inmediato por cualquier medio de comunicación.
La negligencia demostrada en la ejecución de los trabajos, el incumplimiento de las Órdenes de Servicio y/o la incomparecencia reiterada a las citaciones que se le formulen, podrá dar lugar a la aplicación de penalidades y/o a la remoción del representante técnico, más allá de las sanciones que pudieran corresponder al contratista.
En caso de producirse el reemplazo del representante técnico, ya sea por decisión del contratista o por decisión del GCBA, el contratista deberá proponer un reemplazante dentro de los dos (2) días corridos de producida la vacante. La Inspección de Obra podrá aceptar o rechazar al profesional propuesto. En caso de rechazo, el contratista deberá proponer otro profesional para el desempeño de tal función, conforme a las exigencias de la documentación contractual, a fin de obtener la plena conformidad del GCBA.
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En relación con las tareas objeto del contrato, el representante técnico es responsable de la correcta ejecución de las mismas en cumplimiento de los plazos programados para dichas actividades, conforme lo establecido en la documentación contractual.
El representante técnico se ocupará, entre otras cuestiones, de:
1. La organización de las actividades.
2. El control de la calidad de las prestaciones realizadas.
3. La administración de los pedidos de trabajos y reclamos.
4. La atención de las urgencias que puedan tener lugar.
5. La administración y el control de los subcontratistas técnicos y no técnicos.
6. La gestión del abastecimiento de insumos y repuestos.
7. El archivo de documentación técnica y su correspondiente actualización.
8. La operación de la información y el seguimiento general de la obra.
9. La redacción de los informes de gestión necesarios.
El representante técnico deberá presentar a la Inspección de Obra tanto la nómina de personal admitida por la Aseguradora de Riesgos del Trabajo en forma previa a la firma del Acta de Inicio, como las altas y bajas que se produzcan, incluyendo el personal de subcontratistas junto con cada certificación de la obra.
El contratista podrá delegar para el control y la dirección de trabajos especializados a representantes especialistas, los que deberán ser aprobados por la Inspección de Obra, manteniendo tanto el representante técnico como el contratista, la responsabilidad directa por dichas tareas.
El contratista es responsable del cumplimiento de todas las normas que exijan habilitaciones especiales.
2.5.8 Representante en Obra
El art. 1.6.22 del PCG queda complementado con lo siguiente:
El Contratista deberá contar con un profesional permanente en Obra, cuya presentación se hará con la documentación de la propuesta, con título habilitante inscripto en el Consejo Profesional correspondiente, debiendo contar con la Matrícula de Constructor de primera categoría, y con suficientes antecedentes como para asegurar la normal marcha de los trabajos y facultado para representarlo, requiriéndose la aceptación previa del profesional responsable de la obra pública por parte del GCBA.
El mencionado Profesional será el responsable en los términos que establece la documentación contractual, de la perfecta ejecución de los trabajos en lo que al Contratista se refiere. Será además el encargado de suministrar todos los datos que
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estén establecidos en el PCP, y todos aquellos que le sean requeridos para la mejor marcha de la tarea.
Deberá concurrir a diario a los lugares en que se realicen los trabajos, así como a todos los actos de replanteo y mediciones para la certificación, los cuales se considerarán implícitamente aceptados por el Contratista si el Representante en Obra no concurriese.
Las citaciones al Representante en Obra se harán con un (1) día hábil de anticipación de los trabajos, mediante Orden de Servicio. La negligencia demostrada en la ejecución de los trabajos, el incumplimiento de las resoluciones, o la incomparecencia reiterada a las citaciones que se le formulen, podrá dar lugar a la remoción del Representante en Obra.
En caso de producirse la caducidad de la designación del Representante en Obra, ya sea por decisión del Contratista o del GCBA, se deberá proponer reemplazante dentro de los dos (2) días corridos de producida la vacante. La Inspección de Obra podrá aceptar o rechazar al profesional propuesto. En tal caso se deberá proponer otro.
En ausencia del Contratista o de su Representante Técnico, el Representante en Obra tendrá a su cargo la conducción de los trabajos y estará autorizado por el Contratista para recibir órdenes de la Inspección, notificarse de las órdenes de servicio y darles cumplimiento. La firma del Representante en Obra obliga al Contratista ante el GCBA.
Toda justificación de inasistencia del Contratista o de su Representante en Obra, se hará por escrito ante la Inspección de Obra, la cual podrá aceptar o rechazar las causales mediante su asentamiento en el libro de “Órdenes de Servicio”.
Toda ausencia del Contratista o su Representante en Obra que no obedezca a razones justificadas, a juicio de la Inspección, dará motivo a la aplicación de una multa igual al incumplimiento de un Orden de Servicio.
En ausencia del Representante Técnico y el Representante en Obra en la obra, quedará siempre en ella, un técnico capacitado para reemplazarlos en las funciones que les competen, cuya categoría deberá ser aprobada por la Inspección de Obra, de forma tal que no se resienta la marcha de la obra, denominado Jefe de Obra. Dicho técnico deberá estar expresamente facultado para notificarse de las órdenes de servicio.
2.5.9 Inspección de obra
El artículo 1.6.23 del PCG se complementa con lo siguiente:
Corresponderá al GCBA la supervisión técnica de los trabajos, así como el seguimiento, inspección y control en la ejecución del Plan de Trabajos definitivo; designando a los funcionarios que actuarán en carácter de Inspección de Obra.
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Dichos inspectores fiscalizarán, además de la calidad de los materiales y de la mano de obra, la marcha de los trabajos y el cumplimiento de todas las demás obligaciones contractuales.
Además de aquellas otras facultades previstas en la documentación contractual, la Inspección de Obra tendrá las siguientes atribuciones:
1) Requerir al Contratista los documentos e informes necesarios para verificar el adecuado cumplimiento de sus obligaciones.
2) Fiscalizar el cumplimiento de las obligaciones del Contratista.
3) Constatar los incumplimientos del contrato por parte del Contratista y aplicar las penalidades establecidas cuando corresponda sujetas a la aprobación por la autoridad competente
4) Requerir al Contratista los documentos y constancias necesarias para verificar el adecuado cumplimiento por parte de los subcontratistas – en el caso de corresponder– que se utilicen en la contratación con todos los requisitos legales y verificar que cuentan con todas las habilitaciones correspondientes a las tareas que estén ejecutando o vayan a ejecutar.
5) Fiscalizar la vigencia de las garantías y los seguros presentados.
6) Realizar la medición de los trabajos realizados.
7) Aprobar certificados cuando sea necesario.
8) Tendrá libre acceso, sin aviso previo, a las plantas y depósitos del Contratista.
Los funcionarios que actuarán en carácter de Inspección de Obra lo harán en su horario habitual de funciones en el Organismo encargado de la Inspección de Obra.
2.5.10 Notificaciones
Las comunicaciones entre el GCBA y el contratista se realizarán mediante Órdenes de Servicio y Notas de Pedido, y en casos específicos y en forma supletoria por medio de las notificaciones que establece la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (Decreto N° 1510/97, de acuerdo al texto consolidado por la Ley Nº 5666).
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Toda orden de servicio no observada dentro de las cuarenta y ocho (48) horas de extendida se da por aceptada y entra a formar parte del contrato sin implicar retribución adicional, salvo expresa indicación en contrario.
En caso de que el Contratista considerara que se exceden los términos del contrato, deberá cuestionarla en forma fundada dentro de las 48 (cuarenta y ocho) horas de la fecha en que se considera notificada. Si la orden de servicio cuestionada fuese reiterada por la Inspección de Obra el Contratista deberá cumplirla
2.5.11 Replanteo
El Art. 1.6.5 del PCG se complementa con el siguiente texto:
El Replanteo de los trabajos será hecho por el Contratista en la fecha fijada por la Inspección de Obra y se efectuará en forma conjunta, siendo verificado y aprobado por dicha Inspección.
Si el Contratista no concurriese al Replanteo, se fijará una nueva fecha dentro de los dos (2) días subsiguientes a la fecha originalmente propuesta por la Inspección de Obra.
Si tampoco concurriese a esa segunda citación, sin que existan al exclusivo juicio de la Inspección causas justificadas que le hayan impedido asistir, o si habiendo concurrido no efectuara el Replanteo, se procederá a aplicar las penalidades que correspondiesen. No podrán comenzarse las obras en ningún sector que no hayan sido previamente replanteados. Los gastos en concepto de jornales de peones, movilidad, útiles y materiales que ocasiona el Replanteo, son por cuenta del Contratista.
Terminado el Replanteo se extenderá por triplicado un “Acta de Replanteo” en la que conste haberlo efectuado, la cual será firmada por la Inspección de Obra, y el Contratista o su Profesional responsable.
Cualquier observación que deseare formular el Contratista relacionado con el Replanteo, que pudiera dar lugar a reclamos, deberá constar al pie del Acta en forma de reserva, sin cuyo requisito no se considerará válido ningún reclamo.
Todo reclamo relacionado con las reservas efectuadas en el Acta de Replanteo deberá ser presentado indefectiblemente dentro de los dos (2) días posteriores a la firma de dicha Acta, vencido dicho plazo el Contratista perderá los derechos respectivos y se tendrá por no efectuada la reserva.
2.5.12 Reuniones de Coordinación
El Contratista deberá considerar entre sus obligaciones, la de asistir con participación de su representante técnico, y la eventual de los técnicos responsables de la obra, por las distintas empresas a cargo de subcontratos
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especializados, a reuniones periódicas promovidas y presididas por la Inspección de Obra, y con la participación proyectista de la Obra de la DGIURB dependiente de la Subsecretaría de Proyectos del Ministerio de Desarrollo Urbano y Transporte, a los efectos de obtener la necesaria coordinación entre las empresas participantes, suministrar aclaraciones de las prescripciones de pliegos, evacuar cuestiones de interés común, facilitar y acelerar todo tipo de intercomunicación en beneficio de la obra, y del normal desarrollo del plan de trabajos. La periodicidad de estas reuniones la establecerá la Inspección de Obra de acuerdo a las necesidades.
Para asegurar el cumplimiento de esta obligación, el Contratista deberá comunicar y transferir el contenido de esta disposición a conocimiento de los subcontratistas que fuesen expresamente autorizados por el organismo a cargo de la Inspección de Obra que el Ministerio de Desarrollo Urbano y Transporte indique.
En particular, y sin que la enumeración que a continuación se realiza sea taxativa, la Inspección de Obra podrá requerir la fijación de reuniones para:
1) Evaluar los avances de los trabajos correspondientes a la obra, en lo que hace a la velocidad de respuesta, la calidad y el cumplimiento de lo pautado
2) Coordinar trabajos futuros.
3) Proponer las mejoras que considere necesario realizar.
4) Transmitir directivas de carácter técnico, administrativo o de cualquier índole.
5) Analizar las distintas situaciones referidas a minimizar o eliminar interferencias en la ejecución de las tareas desarrolladas o a desarrollarse.
6) Coordinar las operaciones que puedan causarle molestias a los visitantes de la obra.
2.5.13 Subcontratistas
El art.1.9 del PCG y el art 2.2.6.3 del presente Xxxxxx se complementa con lo establecido a continuación:
La intervención de subcontratistas autorizados en etapa de ejecución contractual no exime al Contratista de ninguna de las responsabilidades que asume con el GCBA.
En toda oportunidad que el Contratista por su propia decisión deba reemplazar a una empresa Subcontratista, deberá informar de inmediato a la Inspección de Obra los antecedentes de la misma, y cumplir con toda indicación que le fuera impartida por aquella, bajo apercibimiento de las sanciones y penalidades que en virtud de la documentación contractual sean de aplicación.
2.5.14 Obligaciones y responsabilidades del contratista
2.5.14.1 Aprobación de la documentación de obra
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El contratista deberá previo al inicio de los trabajos obtener la aprobación de toda la documentación de obra por parte de los organismos y entidades públicas y privadas que correspondan. A título de ejemplo se cita a las aprobaciones de la DGROC del GCBA de los planos de estructura y arquitectura
Los planos deben ser presentados firmados por profesional con la matrícula profesional vigente, quien asume con su firma la responsabilidad por la documentación de estructura a ejecutarse. Esta documentación debe elaborarse en un todo de acuerdo al Xxxxxx xx Xxxxxxxxxxx xx xx Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx.
Asimismo deberá contar con la aprobación de otros organismos como AYSA, METROGAS S.A., EDESUR SA, EDENOR SA, TELECOM SA, TELEFONICA SA,
2.5.14.2 Incumplimientos del contratista
Además de aquellos otros casos previstos en diferentes artículos del presente Pliego y en el resto de la documentación contractual, serán causales de incumplimiento del contrato —y podrán por ende ser causa de la aplicación de las penalidades correspondientes al contratista— las siguientes:
1) La falta o la demora en la remisión de los informes solicitados por la Inspección de Obra.
2) La Omisión de comunicar a la Inspección de Obra novedades de consideración que pudieran afectar el cronograma de ejecución de trabajos de la obra.
3) El incumplimiento injustificado o la disminución del ritmo de avance respecto de los plazos contractuales establecidos para los trabajos, conforme a lo establecido en la documentación contractual.
4) Desarrollar acciones u omisiones que pudieran evitar, dificultar o demorar el cumplimiento de las tareas de control a cargo de la Inspección de Obra.
5) Falta de obtención de autorizaciones, habilitaciones o permisos que
correspondan, para el desenvolvimiento de sus actividades o que sean objeto del presente contrato, ya sea que estas queden a su cargo o a cargo de algún subcontratista.
6) El Incumplimiento de las instrucciones y Órdenes de Servicio de la Inspección de Obra.
7) Poner en riesgo la seguridad de las personas y/o los bienes y/o el medio ambiente, tanto mediante la realización de tareas que no cuenten con la protección y señalización adecuada, como a través de aquellas omisiones y/o negligencias que pudieran causar algún tipo de perjuicio.
8) Incumplir los recaudos necesarios para evitar aquellos daños que pudieran ser causados a instalaciones existentes en el lugar y/o a vecinos y particulares.
9) Ejecutar tareas que no se ajusten especialmente al PCP y en general a la
documentación contractual y a las reglas del buen arte.
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10) Habilitar al uso de instalaciones que no hayan sido verificadas previamente por la Inspección de Obra.
El Contratista será responsable de asegurar el cuidado de los elementos de valor en la obra, y responderá por los faltantes que se produzcan durante el período del contrato.
2.5.14.3 Rescisión del Contrato
El Art. 1.14 del PCG queda complementado por lo siguiente:
El GCBA podrá resolver el contrato por culpa del Contratista en cualquiera de los casos previstos en la Ley Nº 13.064.
En caso que la rescisión del contrato sea de común acuerdo, tendrá las siguientes consecuencias:
x. Xxxx de posesión inmediata de la obra;
b. Recepción provisional de la obra ejecutada y posterior recepción definitiva, pasado el plazo de garantía;
c. Devolución de la garantía de contrato una vez operada la recepción definitiva, siempre que no se adviertan vicios aparentes o se evidencien defectos originados en vicios ocultos;
d. Certificación y pago de los trabajos ejecutados que no merecieren objeción, previa deducción de las multas que pudieren corresponder;
e. Certificación y pago de los materiales y/o equipos existentes en obra o cuya compra hubiere sido contratada y que la Administración quisiere adquirir.
f. El GCBA no será responsable por el pago de gastos improductivos, daño
emergente, ni lucro cesante como consecuencia de la rescisión.
g. Implicará la total extinción de los derechos y obligaciones de las partes con relación a la obra de que se trate, con excepción de los que fuesen reconocidos expresamente en el acuerdo rescisorio.
2.5.15 Personal del contratista
El Contratista deberá incorporar a su dotación, de ser posible un 50% del personal, que resida en el Municipio de Xxxxxx Xxx. Dicho personal debe contar al momento de su contratación con la capacitación (o experiencia) requerida para cubrir los puestos de trabajo solicitados. Sin perjuicio de ello, el Contratista podrá contar un porcentaje mayor al prestablecido.
Podrá exceptuarse únicamente si demostrara que no resulta posible alcanzar dicho porcentaje con personal del citado Municipio.
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El Contratista deberá informar la nómina del personal a contratar dentro de los treinta (30) días posteriores a la firma del Acta de Inicio. El incumplimiento del presente artículo podrá ocasionar la aplicación de una multa que podrá graduarse, a sólo juicio de la Inspección de Obra o de la autoridad competente del GCBA que la reemplace, entre el uno por mil (1/1000) y hasta el uno por dos mil (1/2000) del monto del contrato.
2.5.15.1 Horario de Trabajo
El Art.1.7.2 PCG queda complementado por lo siguiente:
Al labrarse el “Acta de Inicio”, el Contratista dejará constancia del horario en que se desarrollarán las tareas en Obra. Si el Contratista deseare modificar dicho horario deberá solicitarlo por intermedio de la Inspección de Obra, a través del “Libro de Notas de Pedido”, exponiendo las razones y demás argumentos que crea convenientes.
El GCBA podrá o no acceder a tal requerimiento, sin necesidad de explicación alguna en cualquiera de los casos, comunicando al Contratista su decisión por intermedio de la Inspección de Obra.
En caso de acceder al requerimiento formulado por el Contratista, el nuevo horario de trabajo deberá quedar asentado en el “Libro de Órdenes de Servicio” respectivo. Los horarios de dichos trabajos deberán ser aprobados por el GCBA, y esto no dará derecho a compensaciones económicas ni de ningún tipo a favor del Contratista.
Si el oferente considerase necesario, a los fines de cumplir con el plazo contractual de obra, que su personal trabaje horas extraordinarias, o en varios frentes simultáneos a raíz de las especiales características y extensión de esta obra, los costos emergentes de tal modalidad de trabajo se considerarán, a todo efecto incluidos, en los precios de la oferta y el contratista no podrá exigir compensación alguna. Esto se hará extensivo al supuesto en que durante el transcurso de la ejecución de los trabajos resultare la necesidad, a solo juicio de la Inspección de Obra, de ampliar y/o extender la jornada laboral del personal del contratista afectado a la obra para cumplir el plazo contractual.
2.5.15.2 Pago del personal
El Art. 1.7.1 del PCG queda complementado con lo siguiente:
El contratista deberá mantener al día el pago de las remuneraciones y cargas sociales del personal que emplee en la ejecución de los trabajos, y dará estricto cumplimiento a las disposiciones de la legislación vigente en la materia.
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El Contratista será el único responsable por el cumplimiento de las antedichas remuneraciones y todo otro costo derivado de la relación de trabajo con el personal que hubiere trabajado en LA OBRA, sin excepción alguna.
En virtud de lo expuesto en el presente artículo, el contratista se obliga a mantener indemne al GCBA ante cualquier reclamo derivado de tales conceptos, así como de los daños y perjuicios que cualquier incumplimiento al respecto pudiera ocasionarle al GCBA.
El Contratista estará obligado a presentar a la Inspección de Obra los comprobantes correspondientes al cumplimiento de las obligaciones laborales y de la seguridad social, cuyas fotocopias se adjuntarán al certificado mensual a fin de verificar su cumplimiento. El incumplimiento de estas obligaciones autoriza al GCBA a retener los pagos de los trabajos certificados al contratista, hasta tanto acredite haber regularizado las obligaciones pendientes con su personal.
El Contratista deberá exhibir tantas veces como reclame la Inspección de Obra, la documentación referida a seguros del personal y terceros, como así también los correspondientes a los aportes de las leyes previsionales.
El Contratista será exclusivo responsable de cualquier accidente que ocurra al personal afectado a los trabajos objeto del Contrato, correspondiéndole en consecuencia el cumplimiento de las obligaciones que establecen las Leyes Nacionales Nros. 24028, 26773, 22250, 19587 y toda otra vigente durante el transcurso del contrato.
De manera especial deberá el contratista:
1) Cumplir con las leyes de Seguridad e Higiene en el Trabajo (Ley Nacional N° 19587) y de Riesgos del Trabajo (Ley Nacional Nº 24557), y con su normativa complementaria, reglamentaria y modificatoria.
2) Presentar el contrato vigente con la Aseguradora de Riesgos del Trabajo (ART).
3) Presentar la póliza correspondiente a los seguros de vehículos y equipos afectados al contrato.
4) Presentar constancia de comunicación fehaciente a la ART del inicio de las tareas.
5) Presentar copia del programa de seguridad presentado por la empresa y aprobado por la ART, según lo dispuesto por Resolución N° 51/97-MTySS.
6) Presentar mensualmente, adjuntada al Certificado, la Nómina de Personal con
los certificados de la ART correspondiente.
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2.5.16 Calidad de los materiales y trabajos
El Art.1.8.1.del PCG queda complementado de acuerdo a lo establecido a continuación:
La Inspección de Obra podrá requerir la verificación de la calidad de los materiales en cualquier momento del desarrollo de la obra. Asimismo, a requerimiento de la Inspección de Obra, el Contratista deberá enviar a su cargo muestras al laboratorio que designe la Inspección, para todos aquellos materiales cuyo análisis no pueda ser efectuado en la obra.
Para esta clase de materiales el Contratista presentará muestras de acuerdo a lo que establezca el Pliego de Especificaciones Técnicas, y de acuerdo a como lo indique la Inspección en los casos no previstos en aquél.
La Inspección de Obra comunicará al Contratista, a través del “Libro de Órdenes de Servicio” la correspondiente aceptación o rechazo de los materiales, dispuesto por el Organismo técnico.
Cuando las Especificaciones no establezcan plazo para la comunicación de la aceptación o rechazo, éste será de cinco (5) días para los materiales e inspección en las obras y diez (10) días en el caso de materiales que deban ser estudiados en el laboratorio.
Las demoras motivadas por rechazo de materiales presentados son imputables al Contratista.
Parte de las muestras del material aceptado deberá ser conservado en Obra como muestra testigo.
El Contratista es responsable de cualquier reclamo o denuncias que pudieren originar la provisión o el uso indebido de materiales patentados.
Independientemente de la aprobación inicial del tipo de material a emplear, la Inspección de Obra extraerá periódicamente muestras en los lugares de trabajo y en caso que alguna partida de material no reuniera las condiciones previstas en las Especificaciones Técnicas, procederá a su inmediato rechazo.
Los gastos de los ensayos, así como también provisión, extracción, envase y transporte de las muestras hasta donde deban realizarse los ensayos serán por cuenta del Contratista.
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Los materiales rechazados serán retirados de la obra por el Contratista dentro del plazo de veinticuatro (24) horas de notificado. Cuando el Contratista no cumpliere esta orden, la Inspección podrá hacer retirar los materiales rechazados y serán por cuenta del Contratista los gastos que se originen, no responsabilizándose el GCBA por pérdidas, sustracciones u otros perjuicios que esta medida pudiera causar al Contratista, previa notificación del lugar de depósito.
2.5.17 Perjuicio por incendio
El Contratista deberá extremar todas aquellas medidas de precaución necesarias para evitar incendios durante todo el período de ejecución y de conservación, debiendo a tal fin disponer de los elementos apropiados, según la naturaleza de los trabajos a desarrollarse.
En caso de producirse un incendio, el mismo será responsabilidad exclusiva del contratista, y correrán por su exclusiva cuenta tanto los perjuicios ocasionados como aquellos que pudieran ocasionársele al GCBA o a terceros.
2.5.18 Cartelería
El Art. 1.6.19 del PCG queda complementado como sigue:
El Contratista deberá proveer al momento de inicio de la obra, dos (2) carteles de Publicidad del Ministerio Desarrollo Urbano y Transporte del GCBA, los cuales serán colocados en la obra de acuerdo a las indicaciones de la Inspección de Obra La Contratista presentará para su aprobación la forma de fijación, previendo para la estructura y el propio cartel, la carga propia y de viento según normas CIRSOC y el revestimiento de protección de la estructura a utilizar. Permanecerán en las condiciones especificadas hasta quince (15) días subsiguientes de la fecha de finalización de la obra. Las características serán las siguientes:
Carteles de obra:
- Medidas de 260 cm x 300 cm
- Características gráficas y técnicas de diseño que designe el Ministerio de Desarrollo Urbano y Transporte.
- Opción 1: Impresión en vinilo alta resistencia para exterior con sistema reforzado para tensado sobre bastidor de caño cuadrado. CMYK. Originales tamaño 1/10, formato .AI o .JPG a 720 dpi
- Opción 2: Impresión en vinilo autoadhesivo alta resistencia para exterior para aplicar sobre bastidor con base xx xxxxx. CMYK. Originales tamaño 1/10, formato .AI o .JPG a 720 dpi
Cubre vallas: Las mismas deberán cubrir como mínimo el cincuenta por ciento (50%) de la superficie, en las caras de mayor visibilidad al público, previa aprobación de la Inspección de Obra.
- Impresión en vinilo alta resistencia para exterior con sistema de argolla reforzadas para tensado. CMYK. Originales tamaño 1/10, formato .AI o .JPG a 720 dpi
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Obradores: Sólo para obradores que estén por fuera del cubre vallas o superen dicha altura (deberán cubrir como mínimo el cincuenta por ciento (50%) de la superficie, en las caras de mayor visibilidad al público, previa aprobación de la Inspección de Obra.)
- Opción 1: Impresión en vinilo alta resistencia para exterior con sistema reforzado para tensado sobre bastidor de caño cuadrado para colocar sobre el xxxxxxx xxx xxxxxxx. CMYK. Originales tamaño 1/10, formato .AI o .JPG a 720 dpi
- Opción 2: Impresión en vinilo autoadhesivo alta resistencia para exterior para aplicar sobre bastidor con base xx xxxxx para colocar sobre el xxxxxxx xxx xxxxxxx. CMYK. Originales tamaño 1/10, formato .AI o .JPG a 720 dpi
La colocación, mantenimiento, reposición y remoción estará a cargo del Contratista, cuando así lo estime conveniente la Inspección de Obra. Asimismo se podrá introducir cualquier modificación y/o adaptación de los diseños, medidas y/o cualquier otra especificación técnica, conforme las necesidades de la obra en particular, por parte de la Inspección de Obra. Todas estas comunicaciones, que deberán ser cumplidas por el contratista, serán efectuadas a través de Órdenes de Servicio.
2.6 PROYECTO EJECUTIVO
La totalidad de la documentación anexa debe tomarse como anteproyecto. Los planos definitivos, replanteos, cálculos estructurales y/o de instalaciones finales deberán ser ejecutados en su totalidad por el Contratista y serán de su exclusiva responsabilidad.
2.6.1 Estudio de la obra
El contratista deberá estudiar todos los aspectos que influyen en la ejecución de los trabajos, así como también toda la documentación referida a ella, que integra esta licitación. Asume, por lo tanto, plenamente su responsabilidad y en consecuencia no podrá manifestar ignorancia ni disconformidad con ninguna de las condiciones inherentes al proyecto o a la naturaleza de la obra, ni efectuar reclamos extra contractuales de ninguna especie.
De manera alguna podrá eximirse de su responsabilidad técnica en función de realizar los trabajos de acuerdo a estas especificaciones y/o a la documentación adjunta y/o a las instrucciones que le imparta la Inspección de Obra. Deberá realizar los trabajos de acuerdo a las reglas del arte, de manera tal que resulten completos y adecuados, aunque en los planos y especificaciones no figuren todos los detalles necesarios.
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2.6.2 Interpretación de la documentación
El Contratista es responsable por la correcta interpretación de los planos y la totalidad de la documentación técnica de la obra. Los errores que eventualmente pudiese contener la documentación técnica de contratación que no hubieren merecido consultas o aclaraciones en su oportunidad por parte del Contratista, no serán motivo de reconocimiento adicional alguno, ni de circunstancia liberatoria de sus responsabilidades.
En toda la documentación contractual o complementaria que reciba el Contratista durante el desarrollo de los trabajos, se deja establecido que primarán las acotaciones o las cantidades expresadas en letras, sobre las indicadas en números, y estas sobre las apreciadas en escala.
2.6.3 Gestiones administrativas
Deberá gestionar ante cada una de las empresas de servicios (agua - gas - luz - cloacas - cable, etc.), los permisos, documentación pertinente relativa a interferencias en la zona de intervención y solicitar las inspecciones de obras, para poder coordinar los trabajos previstos por las mismas y no ocasionar roturas posteriores a la terminación del proyecto. Cada vez que sea necesario el cierre de calles, se deberá pedir con la debida anticipación. Así mismo les deberá informar de: 1) fecha de inicio de los trabajos con cuarenta y cinco (45) días de anticipación, 2) cambios en el proyecto que puedan afectar las instalaciones de las empresas, 3) plano con la delimitación exacta del área de intervención.
2.6.4 Aprobación de los trabajos
Al iniciar cada trabajo el Contratista deberá pedir la presencia de la Inspección de Obra, la que verificará el estado del material, y los elementos que serán empleados en las tareas que se traten. La Inspección de Obra hace reserva de su derecho a efectuar toda inspección en taller, depósito y/u oficina del Contratista, que estime oportuna, a efecto de tomar conocimiento de los materiales empleados y condiciones de depósito y/o de la marcha y el estado de los trabajos realizados para si o a través de empresas subcontratadas.
El Contratista se compromete a avisar a la Inspección de Obra antes de proceder a desarmar andamios o retirar plataformas de trabajo, para que se efectúe cualquier tipo de inspección general. Asimismo, durante la marcha de los trabajos, el Contratista facilitará el acceso de la Inspección de Obra al área correspondiente tantas veces como le sea requerido por ésta.
Una vez que éstos hayan finalizado, el Contratista deberá solicitar la inspección final de los trabajos y su aprobación.
2.6.5 Registro de los trabajos
El Contratista llevará a cabo un adecuado registro de la marcha de las obras, el resultado de los trabajos realizados y la información que obtenga como
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consecuencia de los mismos, el que a día vencido presentará por Nota de Xxxxxx, a la Inspección de Obra, la que verificará su contenido con la realidad conformándose este informe en documento fehaciente. El Contratista se compromete a entregar copia de la documentación correspondiente (notas, croquis, fotografías, etc.) a la Inspección de Obra, al solicitar la aprobación de los trabajos.
2.6.6 Planos de Obra
El Contratista deberá presentar para aprobación del organismo a cargo de la Inspección de Obra que el Ministerio de Desarrollo Urbano y Transporte indique los planos que a continuación se detallan:
Fundación: Plano de detalle del anclaje de los bancos.
Arquitectura: Planos generales - replanteos, cortes, y planos de detalles.
Equipamiento: Planos de detalle.
Este listado podrá ser alterado según lo indicado en el listado de la documentación incluido en el índice del PET.-
Los planos serán dibujados en las siguientes escalas; de acuerdo a las Normas I.R.A.M.-
N 1: 200 planos generales.
1: 200 planos de replanteo
1:20, 1:10 - Planos de detalles
Las carátulas se ajustarán al modelo que acompaña la presente documentación.
El Contratista presentará al organismo a cargo de la Inspección de Obra que el Ministerio de Desarrollo Urbano y Transporte indique tres (3) juegos de copias de cada plano, con una anticipación mínima de veinte (20) días hábiles, en relación a la fecha indicada para la respectiva iniciación de las tareas previstas en el plan de trabajo aprobado por la Inspección de Obra. Para las instalaciones que requieran la intervención de las distintas Reparticiones oficiales, se exigirá su aprobación previa a la iniciación de los trabajos respectivos. Se aclara que el organismo a cargo de la Inspección de Obra que el Ministerio de Desarrollo Urbano y Transporte indique tomará como máximo para su conocimiento el plazo indicado anteriormente, no computándose en el mismo las demoras debidas a las correcciones que se deban efectuar en la documentación proveniente de las observaciones formuladas. Queda expresamente aclarado que el Contratista, no podrá ejecutar trabajo alguno, sin tener los correspondientes planos, cálculos, memorias, etc, con conocimiento del organismo a cargo de la Inspección de Obra.
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2.6.7 Planos conforme a obra
El Contratista deberá confeccionar y entregar al organismo a cargo de la Inspección de Obra que el Ministerio de Desarrollo Urbano y Transporte indique, a partir de la fecha efectiva de terminación de la obra y previo a la materialización de la Recepción Definitiva, los planos Conforme a Obra, en un todo de acuerdo con las reglamentaciones vigentes del GCBA y las reparticiones oficiales intervinientes, con el respectivo certificado final.
La Empresa deberá presentar tres (3) juegos de copias de cada plano, los que serán firmados por el Representante Técnico del Contratista.
El Contratista deberá presentar al organismo a cargo de la Inspección de Obra que el Ministerio de Desarrollo Urbano y Transporte indique, planos conforme a obra de todas las instalaciones eléctricas, sanitarias, xx xxxxx, etc., en tela original y tres (3) copias según normas municipales y nacionales vigentes entre la Recepción Provisoria y la Recepción Definitiva de las obras, o en su defecto, la constancia de haber iniciado el trámite de aprobación correspondiente ante los organismos pertinentes.
No obstante la aprobación de los planos por parte del organismo a cargo de la Inspección de Obra que el Ministerio de Desarrollo Urbano y Transporte indique, la misma quedará condicionada a la aprobación que otorgue el ente prestatario correspondiente y del GCBA. Cualquier modificación ordenada por estas reparticiones, será ejecutada por el Contratista por su cuenta y cargo.
2.6.8 Cumplimiento del Código de Edificación
El contratista se encuentra obligado a realizar todas las gestiones derivadas del Código de la Edificación correspondiente.
2.6.9 Proyecto Definitivo
Toda la documentación que forma parte del presente pliego tiene el carácter de anteproyecto, es obligación del Contratista la elaboración del proyecto definitivo. El Contratista deberá preparar antes de la iniciación de cada parte de la Obra, los planos de detalle que la Inspección de Obra considere necesarios para ejecutar las tareas. Recién comenzarán los trabajos cuando dichos planos hayan sido aprobados por la Inspección de Obra.
El Contratista realizará el relevamiento planialtimétrico y cateos si así fuera requerido por la Inspección de Obra del organismo que el Ministerio de Desarrollo Urbano y Transporte indique, como así también la documentación técnica completa del proyecto ejecutivo, que deberá ser presentada para su aprobación ante la Inspección de Obra, de acuerdo a lo especificado en el Pliego de Condiciones Particulares, que rige la presente obra. El costo de ambas operaciones deberá estar incluido en el precio ofertado.
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2.7 SEGUROS
El Art. 1.16.5 del PCG se complementa con lo siguiente:
2.7.1 Generalidades
El Adjudicatario deberá contratar los seguros que se detallan en el presente artículo y acreditar la constitución de los mismos y su vigencia durante todo el periodo contractual, mediante la presentación de copias de sus respectivas pólizas y comprobantes de pago del premio, excepto para el supuesto de la cobertura de daño ambiental, la cual se acreditará mediante presentación del original en la Gerencia
Operativa Asuntos Legales de Seguros (DGCyC).
Asimismo es de señalar que, deberán acreditarse las coberturas, como mínimo una vez por año o cada vez que modifique y/o cambie de compañía aseguradora, siempre con previa autorización del GCBA, o cada vez que el GCBA lo solicite, se presentarán copias de las pólizas y de sus comprobantes de pago del premio.
La contratación de los seguros que aquí se refiere es independiente de aquellos otros que le sean legalmente exigibles al Adjudicatario por su actividad a fin de brindar cobertura a los posibles daños que afecten a terceros, como consecuencia de otras cuestiones atinentes a su actividad.
El Adjudicatario deberá mantener actualizadas todas las pólizas de los seguros
exigidos con antelación no menor a cuarenta y ocho (48) horas a que opere la fecha de vencimiento de las mismas, que deberán tener vigencia hasta la efectiva finalización de los trabajos encomendados conforme el contrato y/o contratos celebrados, incluidas las posibles prórrogas.
Si durante la prestación de la ejecución contractual se produjera el vencimiento de las pólizas, el Adjudicatario estará obligado a constituir nuevos seguros hasta la finalización efectiva de la relación contractual, con una antelación no menos de cuarenta y ocho (48) horas a que opere la fecha de vencimiento de las mismas. La no actualización de las pólizas dará lugar a las sanciones que por ello correspondan, de acuerdo a las convenciones contractuales.
El adjudicatario será el único responsable de los perjuicios que ocasionare la inobservancia de los seguros exigidos en el presente Xxxxxx, en las formas y con la vigencia estipulada, quedando el GCBA exento de toda responsabilidad respecto de cualquier siniestro que se produjera en este caso
2.7.2 De las compañías aseguradoras
Las coberturas de seguros deberán ser contratadas en una empresa aseguradora habilitada por la Superintendencia de Seguros de la Nación, con domicilio en la
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Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx y que al menos cuente con un Patrimonio Neto superior a los $ 500.000.000 (pesos quinientos millones), de acuerdo al último balance anual presentado ante la citada Superintendencia y publicado por la misma.
Deberán también acreditar una calificación establecida por una calificadora de Riesgo autorizada a operar en la República Argentina.
Lo antedicho y enumerado en materia de patrimonio no será requerido en los supuestos de coberturas xxx xxxx Riesgos del Trabajo, Daño Ambiental de Incidencia Colectiva y/ó Caución (Garantías de cumplimiento).
2.7.3 De los seguros en particular
1) Laborales:
Los exigidos por las leyes laborales vigentes para proteger al personal en relación de dependencia, mediante seguro suscripto con una Aseguradora de Riesgo del Trabajo (ART) autorizada para brindar ese tipo de cobertura, incluyendo específicamente las contingencias derivadas de los accidentes de trabajo, de muerte, invalidez total o parcial .
Seguro de Riesgos del Trabajo
En el supuesto de la cobertura de riesgos de trabajo, para trabajadores en relación de dependencia:
- Se deberá acompañar junto con la póliza, certificados de cobertura de los trabajadores, en los cuales se detalle el siguiente texto:
Por la presente, la A.R.T, renuncia en forma expresa a reclamar o iniciar toda acción de repetición o de regreso contra el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, sus funcionarios y/ó empleados, sea con fundamento en el art. 39 ap. 5 de la Ley
24.557 y modificatorias, o en cualquier otra norma jurídica, con motivo de las prestaciones en especie o dinerarias que se vea obligada a abonar, contratar u otorgar al personal dependiente o ex dependiente del Adjudicatario/Contratista, amparados por la cobertura del contrato de afiliación N° XXXX, por accidentes del trabajo o enfermedades profesionales, ocurridos o contraídas por el hecho o en ocasión de trabajo.
2) Seguro de Accidentes Personales (en caso de corresponder)
En el supuesto de la cobertura de Seguro de Accidentes Personales, para quienes prestan servicios bajo las distintas modalidades de contratación y no revistan relación de dependencia:
-Se deberá acompañar junto con la póliza, certificados de cobertura de los trabajadores, en los cuales se detalle el siguiente texto:
Por la presente, la “Aseguradora”, renuncia en forma expresa a reclamar o iniciar toda acción de repetición o de regreso contra el Gobierno de la Ciudad de Autónoma de Buenos Aires, sus funcionarios y/ó empleados, con motivo de las prestaciones en especie o dinerarias que se vea obligada a abonar, contratar u otorgar a los prestadores de servicios que haya contratado el Adjudicatario/Contratista, amparados por la póliza N° XXXX y por accidentes ocurridos por el hecho o en ocasión de trabajo.
Las condiciones de cobertura mínimas serán las siguientes:
Seguro de Accidentes Personales:
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La aseguradora se obligará a indemnizar a los asegurados, ante el fallecimiento accidental e invalidez total y/o parcial permanente derivados de accidentes acaecidos, como así también en concepto de las erogaciones en que se incurran por asistencia médica y/o farmacéutica según topes indemnizatorios determinados en póliza.
Alcance de las coberturas: Jornada de servicio incluyendo cobertura in-itinere. Sumas a Asegurar (Monto Mínimo):
· Muerte: Pesos Cuatrocientos Mil ($ 400.000)
· Invalidez Total y/o parcial permanente por accidente: Pesos Cuatrocientos Mil ($ 400.000)
· Asistencia Médico Farmacéutica (AMF): Pesos Quince mil ($ 15.000)
3) Responsabilidad civil demoliciones y/o excavaciones (en caso de corresponder)
El adjudicatario deberá contratar una cobertura de seguro de responsabilidad civil
que ampare los riesgos derivados de las demoliciones y/o excavaciones a realizarse en el marco de la obra. En tal sentido, se detallan de manera enunciativa y no taxativa los riesgos a incluirse dentro de la cobertura:
a. Derrumbe parcial y/o total de Edificios Linderos, con retiro de escombros y limpieza del terreno lindero.
b. Afectación o debilitamiento estructural de Edificios Linderos
c. Trabajos de pilotaje (de corresponder)
d. Trabajos de Tablestacado hincado perimetral (de corresponder)
e. Trabajos de anclajes por pilotes de tracción (de corresponder)
f. Filtraciones, rajaduras en medianeras o muros divisorios, desprendimientos de revoques y/o revestimientos del exterior y/o interior, taponamiento o rotura de desagües y/o cañerías de inmuebles linderos.
g. Caída de materiales y/o objetos en fincas linderas y/o vía pública.
h. Descalzado de cimientos xx xxxxx medianeros o divisorios, deslizamientos de tierra.
i. Incendio y/o explosión.
j. Daños causados por la descarga y carga de materiales y/o escombros.
k. Daños causados a veredas de linderos y pavimentos.
l. Daños causados a instalaciones subterráneas de Servicios Públicos.
m. Toda otra tarea que produzca un daño a los Terceros Linderos y/o Vía Pública.
n. Responsabilidad civil cruzada.
La vigencia de la Póliza se extenderá desde la fecha de inicio de los trabajos de cada etapa, Demolición,
Excavación, Submuración, anclajes por pilotes de tracción y obras nuevas, de ampliación, de modificación, hasta la total y efectiva finalización de los mismos.
Suma asegurada mínima: según lo establecido en la normativa vigente, conforme lo estipulado por la Dirección General de Fiscalización y Control de Obras, del GCBA.
4) Seguro de Todo Riesgo Construcción:
La contratista deberá contratar una cobertura de seguros que ampare los riesgos inherentes a la obra asegurando toda pérdida o daño a los bienes asegurados por cualquier causa. En tal sentido, se detallan de manera enunciativa y no taxativa los riesgos a incluirse dentro de la cobertura:
1) Incendio, rayo y explosión.
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2) Terremoto, maremoto, temblor o erupción volcánica.
3) Ciclón, huracán, tempestad, granizo, inundación, enfangamiento, derrumbes, hundimiento o deslizamiento del terreno, etc.
4) Caída de aviones o partes de ellos.
5) Robo.
6) Derrumbes, caídas de objetos, fracturas, fisuras, roturas, desmoronamiento de la obra y/o equipos y otros daños análogos, típicos de la construcción.
7) Huelga
8) Período de mantenimiento
9) Campamento y construcciones temporarias.
10) Remoción de escombros.
11) Error de diseño/falla de materiales
12) Gastos adicionales por horas extras y de aceleración.
13) Responsabilidad Civil: con el objeto de amparar todos los daños que se ocasionen a personas o cosas de terceros y/o del GCBA, como consecuencia, directa o indirecta de la prestación del objeto de la presente Licitación Pública, por un monto mínimo de suma asegurada de pesos veinte millones ($20.000.000).
La cobertura incluirá los daños que se ocasionen por el uso y desplazamiento de los automotores o maquinarias y equipos viales afectados a los servicios contratados y/o los que provoquen o involucren a la carga transportada, así como aquellos que sean ocasionados por el personal a su cargo y/o subcontratado. También estarán cubiertos por estas pólizas los eventos producidos como consecuencia de cualquier accidente que se produzca como consecuencia directa o indirecta de los trabajos en ejecución.
De corresponder, formarán parte de esta cobertura los eventuales accidentes que se produzcan a consecuencia de conexiones eléctricas provisorias o definitivas defectuosas, zanjas abiertas (con o sin protección), solados (pavimentos y/o Veredas) deteriorados o sin reparar como consecuencia del desarrollo de la prestación contratada, entendiéndose comprendidos aquellas situaciones conexas como zanjas, pozos abiertos, etc.
Estarán incluidos dentro de la cobertura los accidentes ocasionados en restos de viejas instalaciones que con motivo de la prestación contratada puedan existir y deban ser removidos y retirados por las Contratistas. En virtud de la diversidad de riesgos y los distintos escenarios de perdida que permite incluir la presente cobertura, quedará a criterio del GCBA conforme los trabajos a efectuar objeto de la presente contratación la inclusión/incorporación/exclusión de cláusulas de cobertura, medida de la prestación y modificación de sumas aseguradas, durante la vigencia de las pólizas contratadas por el adjudicatario.
En caso de que el monto de la póliza no alcanzare a cubrir los daños provocados, la diferencia resultante es asumida por el contratista.
Las pólizas deberán contener:
- Un endoso sin restricción de ninguna especie o naturaleza a favor del GCBA.
- Una clausula por medio de la cual la adjudicataria se compromete a comunicar fehacientemente al GCBA con treinta (30) días de anticipación de cualquier cambio en las condiciones de la póliza, o de la cancelación y/o vencimiento de la misma y/o de reducciones en los montos de las coberturas.
VALOR ASEGURABLE
El valor asegurable total será el valor final de la obra.
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De corresponder, se aceptaran sumas de menor monto al valor final de obra en adicionales específicos. El adjudicatario deberá procurar la actualización permanente de las sumas aseguradas.
PERÍODO DEL SEGURO
La cobertura comenzará a operar desde el momento en que se inicien las primeras tareas y/o el envío de los primeros materiales y finalizara con la fecha prevista de entrega provisoria y/o definitiva, más su periodo de prueba de corresponder.
5) Seguro Técnico Equipamiento/Maquinaria:
El adjudicatario deberá cubrir sus máquinas y equipos a partir del momento en que se encuentra efectuando la obra objeto de la presente contratación.
Cobertura General:
Cobertura contra pérdidas y/o daños materiales externos, siempre que tales pérdidas y/o daños se produzcan en forma accidental, súbita e imprevista y que se haga necesaria una reparación y/o reposición.
Cobertura Básica:
Daños totales por Incendio, Accidente, Robo y/o Hurto, a prorrata hasta el valor individual de cada equipo.
Cobertura Adicional:
Responsabilidad Civil por lesiones y/o muerte y daños materiales a cosas de terceros hasta el valor del equipo, con un mínimo de pesos cien mil ($ 100.000).
6) Seguro de Daño Ambiental de Incidencia Colectiva: (en caso de
corresponder)
El adjudicatario deberá contratar la póliza de Seguro por Daño Ambiental emitidas a efectos de cumplir las exigencias del art. 22º de la Ley General del Ambiente N° 25.675. Asimismo dicha póliza deberá remitirse en original ante la Gerencia Operativa Asuntos Legales de Seguros (DGCyC), de conformidad con lo dispuesto en la Resolución Conjunta N° 2/SSFIN-APRA/15.
2.7.4 Indemnidad
El Contratista deberá mantener indemne al GCBA de todo reclamo que por cualquier concepto y/o naturaleza a su respecto se pretenda, con relación a la Obra. Así, entre otros, deberá dejar indemne al GCBA por:
- Reclamos de índole Laboral y/o Previsional: el GCBA será mantenido indemne de todo reclamo derivado del cumplimiento de las obligaciones laborales y/o previsionales y/o de cargas sociales y/o de Riesgos del Trabajo del personal afectado a la Obra por el Contratista, sea bajo relación de dependencia, contratado y/o subcontratado y/o bajo la forma jurídica que el Contratista establezca. En todos los casos, el simple requerimiento que se pretenda contra el GCBA hará al Contratista exclusivo y excluyente responsable, debiendo afrontar a su exclusivo cargo el pago de las sumas reclamadas. La existencia de un reclamo judicial y/o extrajudicial, no relevará al Contratista de las obligaciones asumidas y la indemnidad resultará comprensiva de asumir a su cargo exclusivo el pago del costo de todas las sumas que se deriven de los pronunciamientos que se dicten.
- Indemnizaciones por Xxxxx y/o Perjuicios: Para el supuesto caso que, como consecuencia de los trabajos contratados, se reclamen indemnizaciones por daños y/o perjuicios y/o por cualquier otro concepto y/o naturaleza, por parte de terceros
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y/o del propio personal a cargo del Contratista, sea bajo relación de dependencia y/o contratado y/o subcontratado y/o bajo el régimen jurídico que fuere, el Contratista deberá mantener indemne al GCBA de tales reclamos, asumiendo por su cuenta y cargo y de manera exclusiva y excluyente todos y cada uno de los rubros y reclamos que se pretendan. La indemnidad es comprensiva de todos y cada uno de los costos y gastos que se pretendan contra el GCBA. Se consideran incluidos en el presente punto, los reclamos derivados de accidentes de tránsito ocurridos como consecuencia directa y/o indirecta y/o mediata y/o inmediata y/o remota de los trabajos a cargo del Contratista, extendiéndose la indemnidad a los procesos judiciales y/o prejudiciales en que el GCBA fuere citado, así como a los gastos y/o costos que se devenguen, como es el caso de los gastos de defensa del GCBA, concepto incluido pero no excluyente dentro de los gastos causídicos a cargo del Contratista.
2.8 Trabajos defectuosos
Se complementa el art. 1.8.2 del PCG con lo dispuesto a continuación:
El Contratista en ningún momento podrá alegar la falta parcial o total de responsabilidad por la mala ejecución de los trabajos o por las transgresiones a los pliegos de la presente, amparándose en incumplimiento alguno por parte de subcontratistas, personal propio o proveedores, o excusándose en el retardo en la entrega de detalles y planos o en la comprobación de errores o fallas, por parte de la Inspección de Obra.
Todo trabajo que resulte defectuoso debido al empleo de malos materiales o de calidad inferior a la establecida en la documentación contractual, o a una deficiente mano de obra, o al descuido o improvisación o falta de conocimientos técnicos del Contratista y de sus empleados o dependientes o subcontratistas (según sea el tipo de trabajo o tarea) será deshecho y reconstruido o vuelto a ejecutar por el Contratista a su exclusiva cuenta y cargo, después de la primera intimación efectuada por la autoridad de aplicación y en el plazo que la misma fije.
De ocurrir alguno de los supuestos enunciados en el presente artículo, el contratista será pasible de las sanciones que correspondan, atento a que el trabajo será considerado como no ejecutado.
El hecho de que la Inspección de Obra no haya formulado en su oportunidad las observaciones pertinentes por trabajo defectuoso o empleo de materiales de calidad inferior de ningún modo implicará la aceptación de los mismos. La Inspección de Obra, en cualquier momento en que el hecho se evidencie y hasta la Recepción Definitiva, podrá ordenar al contratista su corrección, demolición,
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reemplazo o nueva ejecución, siendo los gastos que se originen por cuenta y cargo del contratista.
A efectos de recopilar información que arroje claridad sobre futuros conflictos, se
desarrollaran 3 tipos de archivos:
2.8.1 Archivo gráfico
En el supuesto de que por la ejecución de los distintos trabajos propios del contrato se produjeran alteraciones en la arquitectura y/o en las instalaciones de la obra que deban ser documentadas, el Contratista deberá actualizar los planos afectados.
Independientemente de lo expresado en el párrafo precedente, al final del contrato el contratista deberá efectuar una entrega actualizada de todos los planos correspondientes a la obra, incluyendo todas las modificaciones y agregados que pudieran haberse producido durante el plazo de duración del contrato.
2.8.2 Archivo técnico
El Contratista será responsable de confeccionar y mantener actualizado un registro de todas las tareas de relevamiento e inventario realizadas para el desarrollo de la obra, y de dar cumplimiento a todo otro requerimiento de información, documentación técnica (manuales de mantenimiento y de operación de equipos, garantías, registros de trabajos realizados, etc.) que formule la Inspección de Obra.
2.8.3 Archivo fotográfico
El contratista deberá llevar un registro fotográfico de todas las secuencias de los trabajos correspondientes a la obra, y que a juicio de la Inspección de Obra resulten significativos.
Para tal fin se buscarán los lugares de toma fotográfica que mejor demuestren el tenor de las intervenciones y serán los mismos para repetir las secuencias del avance. Como mínimo se realizarán tres (3) tomas fotográficas de cada sitio escogido, las que deberán mostrar claramente los estados inicial, intermedio y final. Con este registro se confeccionará una carpeta y dos (2) copias en CD para ser entregadas a la Inspección de Obra en la oportunidad y en los plazos que ésta la requiera. Las fotografías serán como mínimo de 11 cm x 15 cm.
2.9 HIGIENE Y SEGURIDAD
2.9.1 Higiene y Seguridad en Obra
Todo contratista deberá cumplir con lo exigido en la legislación vigente en lo referente a Higiene y Seguridad en el trabajo según el siguiente detalle, y a cualquier otra reglamentación, decreto x xxx no mencionada en el presente listado o que pudiera entrar en vigencia durante el transcurso de las obras:
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-Ley Nacional de Higiene y Seguridad en el Trabajo N° 19.587 y reglamentaciones pertinentes.
-Ley Sobre Riesgos de Trabajo N° 24.557 y actualizaciones según Ley N° 24.938 y Decretos PEN Nros. 1278/00 y 839/98.
-Decreto PEN N° 911/96 de Higiene y Seguridad en la construcción Resolución Superintendencia de Riesgos del Trabajo N° 231/96
-Resolución Superintendencia de Riesgos del Trabajo N° 51/97
-Resoluciones Superintendencia de Riesgos del Trabajo Nros. 35/98, 319/99, 552/01 y sus modificatorias u otras reglamentaciones que pudiesen surgir.
-Resolución Superintendencia de Riesgos del Trabajo N° 320/99
-Resolución SRT 550/2011, Resolución SRT 503/2014.
La Contratista será responsable de cualquier accidente que ocurra a su personal y/o terceros, haciendo suyas las obligaciones que de ello deriven, de acuerdo a lo que establece la legislación citada.
El Contratista está obligado a asegurar antes de la iniciación de la obra, a todo su personal, tanto administrativo como obrero, en una Aseguradora de Riesgos del Trabajo (ART) de conformidad a lo dispuesto en este Pliego en materia de seguros, sin perjuicio de obligarse a mantener indemne al Comitente ante cualquier reclamo que surgiera como consecuencia de hechos o actos relativos a la relación de empleo del Contratista con el personal afectado a los trabajos. Las incorporaciones de nuevo personal a las nóminas de personal del Contratista, serán presentadas por Declaración Jurada. Las altas y bajas del personal deben quedar registradas en el parte diario.
Asimismo el Contratista observará lo dispuesto por la Ley Nacional N° 25.871 sobre migraciones y las resoluciones o decretos que la modifiquen o reemplacen.
El Contratista responderá por la conducta que observa su personal, como así también por los deterioros, desórdenes o cualquier otro hecho anormal derivado de la conducta de los mismos. El Contratista tendrá plena responsabilidad por los reclamos que resulten de hechos o actos cometidos por el personal a su cargo, lo que se extenderá a los reclamos por lesiones, muerte o daño a la propiedad, que deriven de ellos.
El certificado de afiliación a la A.R.T. correspondiente, mencionará que se cubren todas las obligaciones emergentes de la Ley de Riesgos de Trabajo N° 24.557 y complementarias. En este certificado se exigirá que consten las siguientes cláusulas: “(nombre de la ART) renuncia en forma expresa a iniciar toda acción de repetición o de regreso contra [el Contratante], sus funcionarios y dependientes, bien sea con fundamento en el Art. 39.5 de la Ley N° 24.557 o en cualquier otra norma jurídica, con motivo de las prestaciones en especies o dinerarias que se vea obligada a otorgar o abonar al personal dependiente o ex-dependiente de (nombre de la empresa Contratista) amparados por la cobertura del contrato de afiliación N°..........., por accidentes de trabajo o enfermedades profesionales surgidos o
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contraídos por el hecho o en ocasión del trabajo o en el trayecto entre el domicilio del trabajador y el lugar de trabajo.
(Nombre de la ART) se obliga a comunicar a [la Contratante] en forma fehaciente los incumplimientos en que incurra el asegurado y especialmente la falta de pago en término, dentro de los diez días de verificado. Esta cláusula de no repetición cesará en sus efectos si el empresario comitente a favor de quien se emite, no cumple con las medidas de prevención e higiene y seguridad del trabajo, o infringe la Ley N° 19587; su Decreto Reglamentario XXX Xx 000/00, Xxxxxxx PEN N° 911/96 y las normativas que sobre el particular ha dictado la Superintendencia de Riesgos del Trabajo; las provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en el ámbito de su competencia y que le sean exigibles al empresario.”
La Contratista deberá, de acuerdo a las resoluciones antes referidas, confeccionar y coordinar el Programa Único de Higiene y Seguridad. El mismo deberá ser presentado ante su A.R.T. para la aprobación y ante la Inspección de Obra, previo a la suscripción del acta de inicio El Contratista no podrá realizar trabajos previos en el terreno sin tener aprobada la documentación.
Deberá contar con el asesoramiento de un graduado universitario en Higiene y Seguridad durante todo el tiempo que dure la Obra, quien deberá cumplir con un mínimo de doce (12) horas semanales de presencia, o las horas indicadas en la Resolución SRT N° 231/96, lo que resulte mayor. En virtud de la complejidad de la obra y los frentes simultáneos el Departamento de Seguridad e Higiene del Ministerio de Desarrollo Urbano y Transporte podrá exigir la presencia de uno o más técnicos Auxiliares de Seguridad e Higiene.
La empresa constructora, independientemente del Programa Único de Seguridad exigido por Resolución S.R.T. N° 35/98, deberá confeccionar, de acuerdo a la Resolución S.R.T. N° 51/97 un Programa de Seguridad que se deberá ajustar a lo siguiente:
a) Se confeccionará un programa por obra o emprendimiento ya sea que el empleador participe como contratista principal o bien como subcontratista, según lo establecido en el artículo 61 del Anexo del Decreto Reglamentario PEN N° 911/96.
b) Contendrá la nómina del personal que trabajará en la obra y será actualizado inmediatamente, en casos de altas o bajas.
c) Contará con identificación de la Empresa, del Establecimiento y de la Aseguradora.
d) Fecha de confección del Programa de Seguridad.
e) Descripción de la obra y sus etapas constructivas con fechas probables de ejecución.
f) Enumeración de los riesgos generales y específicos, previstos por etapas.
g) Deberá contemplar cada etapa de obra e indicar las medidas de seguridad a adoptar, para controlar los riesgos previstos.
h) Será firmado por el Contratista, el Representante Técnico y el responsable de Higiene y Seguridad de la empresa, y será aprobado (en los términos del artículo
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3° de la Resolución S.R.T. N° 51/97), por un profesional en Higiene y Seguridad de la Aseguradora de Riesgo de Trabajo (A.R.T.).
i) El responsable de Higiene y Seguridad de la empresa constructora deberá llevar un libro foliado de Higiene y Seguridad, que será rubricado por él y la Inspección de Obra. En él se asentarán las novedades, visitas, pedidos, inspecciones y cualquier otra novedad referente al rubro.
Este libro quedará en manos de la Contratista y a disposición de quienes lo soliciten.
El responsable de Higiene y Seguridad de la empresa contratista principal deberá, además, dejar asentados los días de visita y horas asignadas a la obra, para poder dar cumplimiento a lo estipulado por el Art. 2 de la Resolución S.R.T. N° 231/96.
Previo a su ingreso a la obra la empresa contratista deberá presentar:
Contrato de afiliación con una aseguradora de riesgos del trabajo (ART). Programa de Seguridad aprobado por la ART
Nómina del personal de obra emitida por la ART vigente Aviso de inicio de obra.
Documento de vinculación entre el profesional que ejerza como responsable de Higiene y Seguridad y un responsable de la empresa firmado por ambas partes.
Para los casos de personal autónomo, una póliza de seguro de accidentes personales por un valor de pesos. ($500.000)
Previamente a la iniciación de los trabajos, se deberá coordinar una reunión de pre inicio de obra con el área de Seguridad, Higiene y medio ambiente del MDUyT,
En forma mensual la contratista deberá presentar por Nota de Xxxxxx junto con la certificación:
a) Nómina actualizada del personal de obra emitida por la ART.
b) Entrega mensual de estadísticas de accidentes.
c) Investigación de accidentes e incidentes y entrega de informes de las causas de los mismos en un lapso no mayor a setenta y dos (72) horas de ocurrido los mismos.
2.9.2 Trabajo en la Vía Pública
El Contratista deberá cumplir con lo dispuesto en el Ley Nacional N° 24.449, Decreto Reglamentario Nº 779/95 y el Anexo de Señales para obras en la Vía Pública del GCBA, en cuanto a señalamiento y demarcación de la zona de trabajos.
Para definir acciones preventivas respecto del tránsito peatonal y vehicular a los efectos de cuidar la salud y los bienes de los vecinos y terceros circunstanciales que circulen por el lugar, el oferente deberá elaborar un Plan logístico de delimitación de áreas y frentes de trabajo (sectores xx xxxxxxx, sectores de carga y descarga, acopio de materiales, etc), con el correspondiente cronograma xx xxxxxx, cierre xx xxxxxxxx y desvíos de tránsito y plazos estimados de los mismos. Este plan será puesto a consideración y aprobación del Organismo encargado de la
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Inspección de Obra que designe el Ministerio de Desarrollo Urbano y Transporte correspondiente del GCBA en su carácter de Comitente, que realizará de las consultas pertinentes con los Organismos de Competencia, a efectos que las empresas contratistas gestionen las respectivas autorizaciones ante los mismos.
El Contratista deberá asimismo informar sobre horarios previstos de trabajo, recorridos de maquinarias y camiones.
Mientras dure el cierre se contará con el apoyo permanente de las Fuerzas de Seguridad, debiendo permitir en todo momento el paso de vehículos de emergencia y la entrada a garages de los frentistas.
El Contratista deberá disponer de los elementos y medidas necesarias para la prevención de accidentes, daños o perjuicios a peatones, frentistas, personal de la empresa, mobiliario urbano existente, vehículos y propiedades ubicadas en la zona de los trabajos. Previo a todo trabajo, el Contratista deberá instalar el señalamiento de seguridad que indique la Inspección de Obra y otros elementos que sean necesarios para la protección del área de trabajo, tales como banderilleros, cintas balizas, etc., los cuales deberán estar ubicados a distancias lo suficientemente amplias como para garantizar condiciones mínimas de seguridad en el tránsito pasante y para la protección del personal y/o equipo de la obra a entera satisfacción de la Inspección de Obra.
Este señalamiento precautorio deberá mantenerse en perfectas condiciones, y tanto éste como el que fuese necesario reemplazar por causas accidentales o de hurto, no recibirá pago directo alguno, y los gastos que ello origine se considerarán comprendidos dentro de la oferta de la contratista.
El Contratista propondrá un plan de señalización transitoria y cartelería de avisos necesarios para organizar el movimiento circulatorio vial y peatonal, precaución y seguridad de obra en las áreas de ejecución de los trabajos. Los mismos serán ubicados en lugares de total visibilidad para peatones y vehículos. Las características de forma, tamaño y color de las señales y carteles xx xxxxx y precaución vial serán en concordancia con el Código de Tránsito, Ordenanzas y Reglamentos en vigencia. Este plan será puesto a consideración y aprobación del Organismo encargado de la Inspección de Obra en su carácter de Comitente, que realizará las consultas pertinentes con los Organismos de Competencia, a efectos que las empresas contratistas gestionen las respectivas autorizaciones ante los mismos.
El Contratista deberá elaborar un plan comunicacional que contemple la difusión de los desvíos de tránsito y/o inconvenientes que provoquen las obras. Dicho plan será puesto a consideración y aprobación del Organismo encargado de la Inspección de Obra en su carácter de Comitente, que realizará las consultas pertinentes con los organismos competentes, a efectos que la empresa contratista gestione las respectivas autorizaciones ante los mismos.
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El Contratista deberá realizar la difusión mencionada por los distintos medios de información (gráficos, radiales, etc.) y la impresión de folletos informativos necesarios. Esto posibilitará la comunicación permanente entre los vecinos frentistas y público usuario con el Contratista y el GCBA, a fin de evitar desinformaciones y demoras que afecten el normal cumplimiento de los plazos de ejecución de obras establecidos.
Siempre que exista extracción de tierra, ésta será depositada en cajones y se procederá a su enrasamiento con el borde de los mismos.
Dadas las características de la intervención a realizar y en virtud de la celeridad en los plazos, que deberá prever la contratista en la ejecución de la presente obra, en el período existente entre la adjudicación de la obra y la suscripción del respectivo contrato, el Contratista deberá someter a la aprobación de la Inspección de Obra, la logística de obra, el plan de señalización y el plan comunicacional.
El Contratista tomará todos los recaudos y prestará especial atención al cuidado en la descarga, acopio y manejo de materiales, con respecto a la seguridad de bienes, personal y/o terceros.
Toda vez que se produzcan hechos que puedan afectar la seguridad en el trabajo o incumplimiento de medidas solicitadas, el Responsable de Higiene y Seguridad redactará el Informe de forma en el Libro de seguridad e informará a la Inspección de Obra de la existencia del mismo. Tomado conocimiento la Contratista, a través del Libro de Higiene y Seguridad, en caso que la Contratista no cumpla con alguna de las consideraciones y requerimientos de esta especificación, será advertido por la Inspección mediante Orden de Servicio, la que dará un plazo para su concreción. Si la Contratista no cumple con lo solicitado en la advertencia dentro del plazo establecido en la notificación de la Inspección, se le aplicará una multa equivalente al dos por ciento (2%) de la certificación mensual correspondiente al mes de incumplimiento, o la correspondiente a incumplimiento de órdenes de servicio, lo que sea mayor.
2.10 MEDIO AMBIENTE
2.10.1 Normativa
Sin perjuicio de lo definido a continuación en este documento, se deberá cumplir con las siguientes normas:
1. Ley Nacional General del Ambiente N° 25.675. establece los lineamientos básicos para efectuar una Evaluación de Impacto Ambiental.
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2. Ley Nº 11723. Provincia de Buenos Aires. Ley Integral del Medio Ambiente y los Recursos Naturales.
3. Ley N° 11720. Xxxxxxx 000/00. Xxxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx. Residuos Especiales.
4. Ley 5965. Xxxxxxx 0000/00. Xxxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx. Ley de protección a las fuentes de provisión y a los cursos y cuerpos receptores de agua y a la atmosfera.
5. Resolución 159/96 y norma IRAM 4062/16, referentes a Ruidos Molestos al vecindario. Provincia de Buenos Aires.
2.10.2 Presentación del Plan de Mitigación de Obra
Dentro de los quince (15) días siguientes a la firma de la Contrata, el Contratista deberá presentar para la revisión y aprobación de la Inspección y del Organismo Provincial para el Desarrollo Sostenible (en su carácter de autoridad ambiental bonaerense), su plan de Acción referido al Medio Ambiente, detallando los métodos específicos a ser empleados para cumplir con las especificaciones medioambientales de las legislaciones vigentes.
Será responsabilidad de quien resulte adjudicatario cumplir con todas las condiciones que para la ejecución de la obra se establezcan en Resoluciones y Dictámenes que emita la Autoridad del Aplicación Provincial competente, como resultado del proceso de Evaluación de Impacto Ambiental.
Durante la ejecución de la obra se deberán cumplir con todas las condiciones ambientales resultantes de la Evaluación Ambiental referida.
2.10.3 Responsable Ambiental
La Contratista deberá designar una persona física como Responsable Ambiental especializado en Manejo Ambiental de Obras, cuyos antecedentes deberán ser comunicados a la Inspección de Obra, al inicio de la ejecución del Contrato. Dicho profesional, que puede ser la misma persona a cargo de la Higiene y la Seguridad de la obra siempre y cuando cumpla con los requisitos, deberá tener una experiencia mínima de tres (3) años en el control ambiental de obras.
El Responsable Ambiental actuará como interlocutor en todos los aspectos ambientales entre la Contratista, Autoridades Competentes y Comunidades Locales.
El Responsable Ambiental deberá tener en cuenta que todo evento, que por la
generación de accidentes pueda afectar a la salud, tanto de la población como de los operarios de la Contratista, es de su competencia.
El Responsable Ambiental deberá elaborar un informe mensual que elevará a la Inspección mencionando las actividades realizadas en materia de gestión ambiental, estado de la obra en relación a los aspectos ambientales que la Inspección señale en los informes que realizará, como así también, a las Órdenes de Servicio que sobre temas ambientales se hayan emitido.
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2.10.4 Permisos Ambientales
La Contratista obtendrá los permisos ambientales y los permisos de utilización, aprovechamiento o afectación de recursos correspondientes. Está facultado para contactar a las autoridades ambientales para obtener los permisos ambientales, o de ser necesaria una modificación a cualquiera de los permisos o autorizaciones requeridos para la ejecución del proyecto.
La Contratista deberá presentar a la Inspección un programa detallado y un plan de manejo de todos los permisos y licencias requeridos para la obra que no sean suministrados por la Autoridad de Aplicación Provincial y que se requieran para ejecutar el trabajo. Los costos de todas las acciones, permisos y declaraciones, deberán ser incluidos dentro de los gastos generales de la obra, no recibiendo pago directo alguno por parte del Comitente.
Los permisos que debe obtener la Contratista incluyen, pero no estarán limitados a los permisos operacionales, a los siguientes:
Permisos de utilización de agua.
Disposición de materiales de excavaciones.
Localización xxx Xxxxxxx.
Disposición de residuos sólidos.
Disposición de efluentes.
Permisos de transporte: incluyendo el transporte de residuos peligrosos como combustibles, aceites usados y otros insumos de obra, sólidos y líquidos.
Permisos para la realización de desvíos, cierre temporal de accesos a propiedades privadas, etc.
Permiso para la colocación de volquetes.
La Contratista debe acatar todas las estipulaciones y debe cumplir con todos los requisitos para cada permiso procesado, sujetando la ejecución de las obras a las resoluciones y dictámenes que emitan la Autoridades de Aplicación Provincial competentes.
2.10.5 Conservación del Medio Ambiente
La Contratista deberá producir el menor impacto posible sobre la población residente en el área, sobre todo aquella frentista a las obras, derivada de la afectación del aire, generación de ruidos, desvíos de tránsito, accesos a las viviendas, etc. durante la etapa de ejecución.
En aquellos casos en los que la Contratista deba remover el pavimento existente, dado que los equipos que se utilizan producen ruidos superiores a los 100 dBA deberá, por medio de cartelería, anunciar los días y horarios en que realizara las tareas.
2.10.6 Responsabilidad
Los daños causados al medio ambiente y a terceros, como resultado de las actividades de construcción, serán responsabilidad de la Contratista, quien deberá remediarlos a su exclusivo costo.
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La Contratista deberá designar una persona o grupo de personas competentes, responsables de la implementación de estas Especificaciones Técnicas.
El Responsable de Medio Ambiente de la Contratista será la persona asignada para mantener las comunicaciones con la comunidad, las Autoridades Competentes y la Inspección, en materia de Medio Ambiente.
2.10.7 Medidas de Mitigación
El Contratista deberá tomar las medidas necesarias tendientes a evitar, mitigar y controlar las situaciones indeseadas para el medio ambiente y para las actividades cotidianas de la población del área de influencia, como consecuencia de la ejecución de las Obras.
El Contratista deberá cumplir con la normativa ambiental vigente al momento del inicio de las obras.
2.10.8 Información a las comunidades
Se deberá mantener permanente y apropiadamente informada a los pobladores y comerciantes del área sobre las características de las actividades vinculadas a las construcciones que habrán de ocasionarle inconvenientes y molestias para el desarrollo de su normal vida cotidiana. Los aspectos principales a tener en cuenta en este sentido son: las interrupciones de tránsito, la rotura de calles y calzadas y la posibilidad de interrupción de diversas prestaciones de servicios por rotura o remoción de ductos subterráneos.
La Contratista deberá informar oportuna y convenientemente, con un lenguaje
accesible y claro, a la población afectada por la ejecución de las obras, acerca de los alcances, duración y objetivos de las obras a emprender. A tal efecto y antes de iniciar las obras deberá presentar a la Inspección un Plan de Comunicación a la Población o Plan de Comunicación Social contemplando todos los aspectos relativos a las interacciones de la obra con la población.
Los trabajadores de la Contratista y los Subcontratistas deberán respetar la forma de vida de la población afectada por las obras.
La Contratista está obligada a dar a conocer las características de los obras a realizar y la duración de las mismas y tener la aceptación previa por parte de la Inspección y de la autoridad correspondiente.
2.10.9 Instalación xxx xxxxxxx
La Contratista deberá proceder a determinar la localización óptima xxx Xxxxxxx teniendo en cuenta los impactos ambientales, tales como contaminación de aire por voladuras de partículas de acopios al aire libre, ruidos, tránsito de maquinaria vial y camiones, etc., que afectaran a la población circundante y a los peatones.
Previo a la instalación xxx Xxxxxxx, la Contratista presentará para aprobación de la Inspección, la localización finalmente elegida, fundamentando dicha elección del lugar, en función de no afectar, en la medida de lo posible, a la población circundante en relación a los impactos mencionados.
La Contratista deberá presentar un croquis detallado xxx Xxxxxxx donde se muestre la localización de las diferentes instalaciones, el que deberá ser aprobado por la Inspección.
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El diseño xxx Xxxxxxx deberá efectuarse en un plano de planta, que sea claro para los usuarios, con caminos peatonales y vehiculares claramente diferenciados, además de la localización de estacionamientos de maquinarias, camiones y vehículos.
Los residuos líquidos equiparables a los domiciliarios podrán ser volcados al sistema cloacal de la Ciudad, así como los sólidos podrán ser retirados por el sistema de recolección domiciliaria de la ciudad.
Los residuos sólidos que puedan tener algún grado de contaminación deberán tratarse según lo establecido en la Xxx xx xx Xxxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx Xx 00000, Xxxxxxx reglamentario N° 806/97, de Residuos Especiales.
Para depositar escombros o materiales no utilizados y para retirar de la vista todos los residuos inertes de tamaño considerable hasta dejar todas las zonas de obra limpias y despejadas, la Contratista deberá contratar a una empresa, debidamente autorizada para retirar dichos residuos xxx Xxxxxxx y de la obra, o realizarlo por su propia cuenta.
El Obrador contendrá equipos de extinción de incendios, sala de primeros auxilios con un responsable con el material médico necesario. El Obrador deberá mantener todas sus instalaciones en perfectas condiciones de funcionamiento durante todo el desarrollo de la obra.
La Contratista deberá tener en la salida xxx Xxxxxxx una cartelería adecuada señalando la existencia de acceso y salida de maquinarias y un equipo de banderilleros que corten el tránsito en los momentos en que se producen los mencionados accesos y salidas.
La Contratista deberá tener en las oficinas xxx Xxxxxxx copia de toda la legislación citada en las presentes especificaciones y de las normas vinculadas a la temática ambiental que emita el Organismo Competente Provincial, posteriores al inicio de las obras.
Una vez terminados los trabajos se deberán retirar de las áreas xxx Xxxxxxx, todas las instalaciones fijas o desmontables que la Contratista hubiera instalado para la ejecución de la obra, como así también eliminar las chatarras, escombros, cercos, divisiones, rellenar pozos, desarmar o rellenar las rampas para carga y descarga de materiales, maquinarias, equipos, etc. No se recibirán las obras si no se ha dado cumplimiento a lo establecido precedentemente.
2.10.10 Aspectos relativos a la maquinaria y equipos
Deberá cumplir con todo lo establecido en la Ley de la Provincia de Buenos Aires N° 11720 y su Decreto reglamentario N° 806/97, para Residuos Especiales.
El equipo móvil incluyendo maquinaria pesada, deberá estar en buen estado mecánico y de carburación, de tal manera que se queme el mínimo necesario de combustible reduciendo así las emisiones atmosféricas. Asimismo, el estado de los silenciadores de los motores debe ser bueno, para evitar los excesos de ruidos. Igualmente deberán tomarse medidas para evitar derrames de combustible o lubricantes que puedan afectar los suelos y/o al escurrimiento de aguas de lluvia.
En el aprovisionamiento de combustible y el mantenimiento del equipo móvil y maquinaria, incluyendo lavado y cambios de aceite, se deberá evitar que estas actividades contaminen los suelos.
Los cambios de aceites de las maquinarias deberán ser cuidadosos, disponiéndose el aceite de desecho en bidones o tambores y su disposición final deberá ser
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aprobada por la Inspección de la obra. Por ningún motivo estos aceites serán vertidos en el suelo.
Los aceites usados deberán estar contenidos en bidones o tambores localizados sobre una platea de hormigón, el lugar deberá estar techado y con un cerco perimetral y con candado para que solo pueda acceder el personal autorizado. En ningún caso dichos bidones o tambores podrán estar depositados en un lugar que carezca de ventilación.
Realizar en talleres la limpieza de vehículos en general, hormigoneras y similares; en el caso de no ser posible debe impermeabilizar la superficie del área de trabajo con plásticos o lonas para impedir derrames posibles en el sitio. Se debe proveer de las condiciones necesarias para evitar verter rezagos de hormigón y restos de agua de limpieza en desagües, sistemas de alcantarillado o en el suelo.
2.10.11 Contaminación
Deberá cumplir con todo lo establecido en la Ley N° 11720 y su Decreto reglamentario N° 806/97, para Residuos Especiales.
Los contaminantes como productos químicos, combustibles, lubricantes, bitúmenes,
aguas servidas, pinturas y otros desechos nocivos, no serán descargados en zonas donde si se producen precipitaciones puedan ser arrastrados al sistema de desagües pluviales, siendo la Contratista la responsable de su eliminación final en condiciones ambientalmente adecuadas.
En el caso de que la Contratista en forma accidental vierta, descargue o derrame cualquier combustible o productos químicos, notificará inmediatamente a la Inspección y a todos los organismos jurisdiccionales correspondientes, y tomará las medidas para contener y eliminar el combustible o los productos químicos.
La Contratista tomará las medidas necesarias para garantizar que cemento o concreto fresco no tengan como receptor el sistema pluvial del área. La Contratista evitará el vertido de xxxxx xx xxxxxx o de enjuague de hormigones al sistema de desagües pluviales, como también de cualquier otro residuo proveniente de las operaciones de mezclado de los hormigones.
Como los suelos provenientes de las excavaciones para los conductos pluviales y cámaras podrían estar contaminados tanto por pérdidas eventuales de establecimientos (desactivados o no) y depósitos localizados en el área, por el contacto con napas contaminadas o por las filtraciones de los conductos de desagüe, el Contratista deberá en primer lugar determinar las características y niveles que podría revestir dicha contaminación.
Para mitigar la contaminación con dichos suelos, el Contratista deberá tener en cuenta dos aspectos fundamentales: por un lado, todo lo referente a la prevención del contacto humano con esos lodos contaminantes y, por el otro, todas aquellas acciones vinculadas a su tratamiento y su disposición final.
2.10.12 Control de derrames
Deberá cumplir con todo lo establecido en la Ley Nacional N° 13660 y Ley 11720. Decreto 806/97 para Residuos Peligrosos.
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• Se determinará la fuente u origen del derrame, realizándose su contención y evitando que se continúe derramando el contaminante
• Se realizara la absorción con utilización de kit absorbente o similares.
• Se informará inmediatamente al Responsable de Seguridad e Higiene y al Responsable Ambiental de la obra.
• Se almacenará como residuos peligroso para disposición y tratamiento final.
• Se identificara la sustancia o contaminante.
• Se interrumpirán otras actividades.
• Se obtendrá toda la información necesaria sobre el tamaño, extensión y los contaminantes derramados.
• El Responsable de Seguridad e Higiene y el Responsable Ambiental determinarán si es necesaria la contratación de una empresa especializada en control y remediación de derrames. Se asegurará el cumplimiento de la legislación vigente en todo momento.
2.10.13 Minimización de la contaminación atmosférica y de los ruidos Deberá cumplir con la Ley de la Provincia de Buenos Aires N° 5965 y su Decreto Reglamentario 3395/96, para Contaminación Atmosférica y sus modificatorias
complementarias y la resolución 159/96 que establece la utilización de la Norma
IRAM 4062/2016 Referente a Ruidos Molestos al vecindario.
Durante la fase de construcción, la Contratista controlará las emisiones de polvo procedentes de las operaciones de carga y descarga de camiones, plantas de áridos y otras instalaciones de obra. Las tolvas de carga de materiales deberán estar protegidas con pantallas contra el polvo y los camiones que circulen con materiales áridos o pulverulentos, deberán llevar su carga tapada con un plástico o lonas para evitar fugas de los mismos. Asimismo controlará el correcto estado de la maquinaria para evitar emisiones contaminantes superiores a las permitidas.
Los equipos no serán alterados de ninguna forma como para que los niveles de ruido sean más altos que los producidos por los equipos originales.
A criterio de la Inspección y cuando sea factible, la Contratista establecerá vías de transporte que alejen a sus vehículos como al de sus proveedores de zonas con congestión de tránsito y aseguren que las molestias ocasionadas por las operaciones de transporte se reduzcan al mínimo.
La Inspección se reserva el derecho a prohibir o restringir cualquier trabajo cercano a receptores sensibles que produzca niveles de ruido superiores a lo establecido en Norma IRAM 4062/2016 Referente a Ruidos Molestos al vecindario.
2.10.14 Dependencias sanitarias en la zona de obra
En todos los sitios donde se desarrollen obras se instalarán baños químicos portátiles, contenedores para residuos sólidos domiciliarios y habrá agua potable disponible.
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Los baños portátiles funcionarán a base de un compuesto químico líquido que degradarán las materias que se depositen, formando un residuo no contaminante biodegradable y libre de olores. El producto químico se cargará en los baños mediante camiones cisterna con equipo especial de bombeo. Los residuos generados en los baños químicos serán evacuados mediante transportes especiales cuando su capacidad fuera colmada.
Cuando se efectúe el traslado de los baños químicos desde una ubicación a otra, se comprobará que los recipientes contenedores estén perfectamente cerrados, a fin de no provocar ningún derrame accidental durante el transporte.
Todas las dependencias sanitarias, cualquiera sea su tipo, serán higienizadas diariamente, a fin de evitar la generación de probables focos de enfermedades infecciosas.
2.10.15 Hallazgos arqueológicos, paleontológicos y de minerales de interés científico
Al proceder al levantamiento del pavimento existente, en el caso de algún descubrimiento de material arqueológico, sitios de asentamiento u otros objetos de interés arqueológico, paleontológico o de raro interés mineralógico durante la realización de las obras, la Contratista tomará de inmediato medidas para suspender transitoriamente los trabajos en el sitio de descubrimiento, colocará un vallado perimetral para delimitar la zona en cuestión y dejará personal de custodia con el fin de evitar los posibles saqueos. Dará aviso a la Inspección, la cual notificará de inmediato a la Autoridad competente a cargo de la responsabilidad de investigar y evaluar dicho hallazgo.
La Contratista cooperará, y a pedido de la Inspección ayudará a la protección, relevamiento y traslado de esos hallazgos.
2.10.16 Patrimonio Histórico
El Contratista deberá comunicar fehacientemente y con adecuada anticipación a los responsables directos de aquellos sitios donde se hallen elementos ornamentales y de patrimonio a fin que estos adopten en tiempo y forma los recaudos necesarios para asegurar la apropiada preservación durante la etapa de construcción, particularmente durante las excavaciones, movimiento de maquinaria pesada, rotura de pavimentos y todas aquellas actividades que generen polvos.
2.10.17 Materiales y objetos provenientes de excavaciones y demoliciones
El Contratista hará entrega a la Autoridad de Aplicación Provincial de todos los objetos de valor material, científico, artístico o arqueológico que hallare al ejecutar los trabajos encomendados, debiendo trasladar los mismos al depósito que establezca la Inspección de Obra.
2.10.18 Penalidades
En caso que la Contratista no cumpla con alguna de las consideraciones y requerimientos de esta especificación, será advertido por la Inspección mediante
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Orden de Servicio, la que dará un plazo para su concreción. Si la Contratista no cumple con lo solicitado en la advertencia dentro del plazo establecido en la notificación de la Inspección, se le aplicará una multa equivalente al cinco por ciento (5%) de la Certificación mensual correspondiente al mes de incumplimiento, o la correspondiente al incumplimiento de órdenes de servicio, lo que sea mayor.
No se realizará la recepción provisional de la obra hasta tanto no se haya dado
cumplimiento a la totalidad de los Aspectos Ambientales citados en esta Especificación y a todos los requerimientos de las Autoridades Competentes.
2.10.19 Divergencias
Las divergencias motivadas por interpretación o aplicación de cláusulas contractuales o disposiciones legales, deberán ser planteadas por el Contratista a la Inspección mediante “Nota de Pedido”, dentro del término de seis (6) días hábiles administrativos de haber efectuado las comprobaciones que fundamenten su presentación.
La Inspección de Obra examinará la nota de pedido que plantea la divergencia motivada por interpretación o aplicación de Cláusulas Contractuales o Disposiciones Legales presentada por el Contratista y se expedirá sobre el tema dentro de los cinco (5) días corridos a contar de la fecha en que se haya notificado del planteo.
En caso que la divergencia sea planteada por el COMITENTE, el Contratista deberá expedirse en el término de cinco (5) días hábiles de haber sido notificado de la misma.
2.11 PENALIDADES Y SANCIONES
2.11.1 Tipos de penalidades y sanciones
La autoridad de aplicación, previa constatación de las situaciones planteadas, podrá imponer penalidades y solicitar la aplicación de sanciones al contratista, su Representante Técnico y/o Representante en Obra o en caso de incumplimiento de las obligaciones emergentes del contrato.
La aplicación de penalidades al Representante Técnico y/o Representante en Obra no relevará al contratista de las penalidades que le pudieren corresponder por la no ejecución, demoras o mala ejecución de trabajos, por mala o inadecuada calidad de los materiales, por mano de obra deficiente o negligente, y/o por cualquier otro incumplimiento de sus obligaciones contractuales.
Las penalidades serán aplicables en los siguientes casos, a saber:
2.11.2 Aplicables al contratista
A. MULTAS
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1) Multas por incumplimiento de obligaciones contractuales o normas aplicables al contrato, tales como las que se enumeran a continuación de forma no taxativa:
a) Incumplimiento de Órdenes de Servicio.
b) Falta de respuesta inmediata, en los términos indicados en el contrato, a casos de urgencia que signifiquen algún riesgo a las personas, los bienes o al medio ambiente, o que no permitan la continuidad de las actividades educativas.
c) Ausencia injustificada del Representante Técnico o Representante en Obra.
d) Cuando el contratista no dé cumplimiento a la normativa y procedimientos vigentes.
Las multas a aplicar serán progresivas, según la siguiente escala:
• 1ra Multa: 0,25 % sobre el valor actualizado del certificado del mes que corresponda al incumplimiento para el presente contrato.
• 2da Multa (reiteración del incumplimiento que dio lugar a la 1ra
multa): 0,5 % sobre el valor actualizado del certificado del mes que corresponda al incumplimiento para el presente contrato.
• 3ra Multa y subsiguientes (reiteración del incumplimiento que dio
lugar a la 2da multa): 0,75 % sobre el valor actualizado del certificado del mes que corresponda al incumplimiento para el presente contrato.
2) Multas por incumplimientos en los plazos de ejecución:
a) Cuando el contratista incumpla los plazos correspondientes a la ejecución de los trabajos, se le aplicará una multa equivalente al 0,25% del valor actualizado de la obra en cuestión, incluyendo sus adicionales por cada día xx xxxx y hasta el cese de la misma
b) Cuando el contratista durante la ejecución del contrato ejecute trabajos sin autorización y que requieran supervisión de la autoridad de aplicación, se aplicará una multa del uno por ciento (1%) del valor actualizado del trabajo en cuestión.
3) Multas por Trabajos mal ejecutados
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Se aplicarán multas cuando los trabajos no se hayan realizado utilizando los materiales exigidos en la documentación contractual y/o en los proyectos que pudieran haber sido presentados, tanto en cantidad, como en calidad y/o características técnicas, o bien cuando no se hayan ejecutado de conformidad con la normativa vigente de cualquier naturaleza, o fueran el resultado de una mano de obra deficiente, o por descuido, o por improvisación, o por falta de conocimientos técnicos del contratista y de sus empleados o dependientes o subcontratistas.
Dichos trabajos no se considerarán terminados, por consiguiente el Contratista incurrirá en xxxx hasta su correcta realización. En tales casos se le aplicará una multa equivalente al 0,05% del valor actualizado de la obra en cuestión, incluyendo sus adicionales, por cada día xx xxxx y hasta el cese de la misma. De ser necesario, atento al tipo de trabajo de que se trate, el mismo deberá ser deshecho y reconstruido a exclusivo cargo del contratista.
4) Multas por acciones del Contratista con consecuencias graves para las personas, los bienes y/o el medio ambiente.
Se aplicarán multas en los casos que en una o varias tareas, consideradas terminadas o en ejecución, no se hayan utilizado los materiales exigidos en la Documentación Contractual y/o en los proyectos que pudieran haber sido presentados, tanto en cantidad como en calidad y/o características técnicas, o no se hayan ejecutado de conformidad con la normativa o procedimientos vigentes de cualquier naturaleza, o fueron el resultado de una mano de obra deficiente, o por descuido, o por improvisación, o por ejecución incorrecta o incompleta, o por falta de conocimientos técnicos del Contratista y de sus empleados o dependientes o subcontratistas, y ello haya puesto en peligro y/o producido graves daños a personas, bienes y/o al medio ambiente.
La multa a aplicar podrá ser de hasta el treinta por ciento (30%) del valor actualizado del certificado del mes que corresponda al incumplimiento para el presente contrato. La evaluación respecto a la gravedad de los efectos producidos como resultado de las acciones del Contratista será prerrogativa de la autoridad de aplicación.
B. CARGOS
Cuando a juicio de la Inspección de Obra para mantener la continuidad de las actividades desarrolladas en la obra o por razones de seguridad de las personas, los bienes o el medio ambiente, resulte necesario ejecutar por terceros o con su propio personal trabajos no ejecutados o defectuosamente realizados por el
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contratista, se facturará su costo al contratista con un recargo del quince por ciento (15%).
C. SANCIONES
1) Solicitud de suspensión del Contratista en el Registro Nacional de Obras Públicas.
Se podrá solicitar en los siguientes casos:
a) En caso de rescisión del contrato por culpa del contratista.
b) Cuando cualquier obra o prestación del Contratista contenga defectos o vicios imputables al mismo y no se allane a cumplir las directivas de la Inspección de Obra.
c) Cuando el contratista reiteradamente viole las estipulaciones del contrato.
d) Cuando el Contratista carezca de aptitudes técnicas para la ejecución de los trabajos encomendados.
2.11.3 Aplicables al Representante Técnico y/o Representante en Obra
A. Llamado de atención
1) Por no concurrir a citación debidamente efectuada por la Inspección de Obra.
2) Por ejecutar trabajos no autorizados.
3) Por no encontrarse presente sin causa justificada en la obra.
4) Por falta de control en la ejecución de los trabajos.
5) Por incumplimiento de instrucciones impartidas por la Inspección de Obra.
B. Apercibimiento
Cuando se produzca un segundo motivo para llamado de atención se aplicará un apercibimiento.
C. Suspensión
1) Al cumplirse dos (2) apercibimientos corresponderá suspensión automática de un (1) mes, período en el cual deberá ser reemplazado por otra persona que cumpla con lo requerido en la documentación contractual para dicho cargo.
2) La reiteración de estos hechos que puedan comprometer la calidad de los trabajos, implicará una suspensión de hasta seis (6) meses.
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D. Sustitución
1) Cuando por reiteración de hechos punibles se haga pasible de una nueva suspensión, habiendo sido antes suspendido en dos (2) oportunidades.
2) Por faltas graves o comprobación de dolo a juicio de la Inspección de Obra.
2.12 CERTIFICACIÓN, PAGOS Y GARANTÍAS
Lo previsto en el art. 1.12 del PCG se complementa con lo establecido a continuación:
Las comisiones bancarias que se originen por transferencias de fondos serán por
cuenta de quién solicite dichas transferencias. Si fuese imprescindible transferir fondos a percibir por el Contratista por el pago de las obligaciones del mismo en forma perentoria, el GCBA le deducirá el importe de las comisiones bancarias que resulten.
2.12.1 Medición de los trabajos
Los trabajos se medirán y certificarán mensualmente conforme al avance de obra. La medición y certificación de los trabajos no implica conformidad con los mismos la que se otorgará mediante la recepción provisoria y la recepción definitiva. En las planillas de medición de cada uno de los certificados se deberá utilizar la función redondear a dos (2) decimales, del programa MS EXCEL ® o equivalente, tanto para el cálculo de los subtotales de los distintos insumos, mano de obra y equipos de cada ítem como para los totales.
El Contratista o su Representante en Obra estará obligado a asistir a todas las mediciones de las obras ejecutadas así como a las recepciones de las mismas. En las actas y cómputos de estas mediciones deberá constar la conformidad del Contratista o de su Representante. En caso que el Contratista no estuviese conforme con las clasificaciones o mediciones de obra deberá manifestarlo por Acta en las fojas de medición.
Al finalizar el mes de ejecución el contratista y el Inspector de Obra procederán a labrar la foja de medición en la cual se consigne el avance registrado en el período en cada uno de los ítems de la obra y será suscripta por ambos. Dentro de los últimos cinco (5) días de cada mes se medirán los trabajos ejecutados por el Contratista, en conjunto con la Inspección de Obra. Se entenderá por trabajos ejecutados, a los fines de la medición, a aquellos cuyos elementos constitutivos se hallen colocados en la obra, en el lugar y la forma que ocuparán definitivamente, de acuerdo con lo estipulado en el PCP. El resultado de las mediciones se volcará en
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los formularios preparados por el Contratista, que deberán ser aprobados por la Inspección de Obra.
El valor mensual se obtendrá por diferencia entre la medición actual y la certificación anterior. Los croquis y cálculos que se utilicen parta la obtención del valor formarán parte del Acta de medición y deberán adjuntarse como antecedente.
En caso de disconformidad del contratista con el resultado de la medición el certificado de obra se deberá confeccionar con el criterio sustentado por la Inspección de trabajos, haciéndose posteriormente, si correspondiere, la rectificación pertinente o resolviéndose el diferendo.
La reserva deberá ser clara y precisa. Dentro del término de dos (2) días hábiles administrativos justificará su disconformidad, detallando las razones que le asisten, sin cuyo requisito sus observaciones quedarán sin efecto, perdiendo todo derecho a reclamación ulterior.
La observación o falta de conformidad que se refiera a la medición o clasificación de obras cubiertas o trabajos cuyas medidas, características, etc., pudieran alterarse con el transcurso del tiempo por el uso o por otra causa, o que resulte dificultoso o imposible de verificar posteriormente, deberá ser formulada en la primera oportunidad en que tales obras se clasifiquen o midan.
El Contratista no tendrá derecho a reclamación alguna si no formulare las observaciones en la oportunidad mencionada en el párrafo precedente.
Cuando existieren trabajos en condiciones de ser medidos correspondientemente u obras susceptibles de modificación por acción del tiempo o del uso, y las mismas no fuesen incluidas en la primera medición ordinaria, el Contratista deberá reclamar su inclusión en la foja de medición.
Su silencio en esa oportunidad, significará su conformidad con la medición que en otro momento practique el GCBA. En las mediciones parciales o finales, provisorias o definitivas, si el Contratista se negare a presenciarlas o no concurriere a la citación por escrito que se le formulase al efecto, se lo tendrá por conforme con el resultado de la operación practicada por la Inspección.
Los gastos en concepto de jornales de peones, útiles, instrumentos, etc., que sea necesario intervenir o emplear en las mediciones, ya sean parciales o definitivas, o en las verificaciones de las mismas que el GCBA considere necesario realizar, serán por cuenta exclusiva del Contratista.
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2.12.2 Elaboración de los certificados
El Contratista deberá presentar ante la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de Desarrollo Urbano y Transporte, dentro de los primeros cinco (5) días hábiles del mes siguiente al que correspondan los trabajos, un (1) ejemplar del certificado por él confeccionado para la conformidad y posterior aprobación por parte del Organismo encargado de la Inspección de Obra.
De no presentar los certificados en tiempo y forma, conforme al Art. 1.12.6 del PCG dentro de los diez (10) días hábiles subsiguientes, la Inspección de Obra podrá bajo apercibimiento, certificar de oficio, sin recurso alguno, la cantidad que se considere conveniente.
La foja de medición servirá de base para la confección del certificado de obra que será presentado por el contratista, debidamente firmado, dentro de los CINCO (5) días de realizada la medición en original y tres (3) copias. Conformada la medición por la Inspección de Obra y el Contratista, éste preparará de acuerdo a sus resultados el Certificado Mensual de Avance de Obra, según formulario aprobado por la Inspección, en el que se liquidarán los trabajos de acuerdo al Cómputo y Presupuesto aprobados.
Los certificados deberán realizarse de acuerdo con el modelo que indique la Inspección. Los mismos serán confeccionados por el Contratista y serán presentados, en un (1) ejemplar, ante la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de Desarrollo Urbano y Transporte, para su conformación y posterior tramitación.
En los certificados deberá descontarse el porcentaje de anticipo que fuera otorgado al contratista.
Junto con el Certificado de Obra, el contratista deberá acompañar una fotocopia del comprobante de pago correspondiente al último vencimiento del impuesto a los Ingresos Brutos y de los aportes previsionales del personal afectado a la obra y la constancia pago de los seguros, y los últimos 5 (cinco) partes diarios del mes, suscriptos, para constatar la cantidad de personal La falta de cualquiera de los comprobantes mencionados o su adulteración impedirá la aprobación del certificado correspondiente.
Cada Certificado Mensual de Avance de Obra deberá ser acumulativo, es decir que comprenderá la totalidad de los trabajos ejecutados desde el comienzo de la obra hasta la fecha de la última medición y su valor parcial estará dado por su excedente sobre el total del Certificado anterior.
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Aún en caso de disconformidad del Contratista con el resultado de las mediciones, el Certificado se deberá confeccionar con el criterio sustentado por la Inspección de Obra, haciéndose posteriormente, si correspondiere, la rectificación pertinente o difiriendo para la liquidación final el ajuste de las diferencias sobre las que no hubiera acuerdo.
Los Certificados constituirán en todos los casos documentos provisionales para el pago a cuenta, sujetos a posteriores rectificaciones hasta tanto se produzcan la medición y liquidación final y éstas sean aprobadas por el Ministerio de Desarrollo Urbano y Transporte del GCBA.
Los pagos se realizarán a través de la Dirección General de Tesorería según el sistema de la Cuenta Única xxx Xxxxxx.
2.12.3 Pago de los certificados
Dentro del plazo xx xxxx (10) días hábiles a partir de la fecha de presentación del Certificado de obra, el Inspector de obra comunicará su conformidad o formulará las observaciones correspondientes.
Previo a la tramitación del pago de los certificados, los mismos deberán contar con la expresa aprobación del Organismo encargado de la Inspección de Obra que designe el Ministerio de Desarrollo Urbano y Transporte del GCBA, la que se considera otorgada con la suscripción por parte de dicho Organismo del Certificado de Avance de Obra (CAO) o Certificado de Anticipo Financiero (CAF) o Parte de Recepción Definitiva (PRD) emitidos por la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal luego de analizados los certificados que se le hubieren presentado.
En el caso que fuere observado, una vez presentado corregido comenzará a transcurrir el nuevo plazo para darle conformidad. Ocurrido ello, comenzará a computarse el plazo de pago.
El pago de los certificados de obra se hará dentro de los treinta (30) días hábiles a partir de la fecha de la conformación por el Organismo encargado de la Inspección de Obra que designe el Ministerio de Desarrollo Urbano y Transporte del GCBA.
El Contratista deberá obligatoriamente abrir una Cuenta Corriente o Caja de Ahorros en la Casa Central o en cualquier sucursal del Banco de la Ciudad de Buenos Aires, a los efectos de poder acreditar en la misma los pagos que le correspondan (Decreto Nº 34/ 98).
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Si el GCABA se demorase en el pago de los Certificados aprobados, el Contratista tendrá derecho a reclamar intereses a la Tasa Pasiva del Banco de la Ciudad de Buenos Aires, para operaciones de plazo fijo a treinta (30) días.
En ningún caso la demora en los pagos acordará al Contratista el derecho a obtener una prórroga de plazo en la ejecución de la obra.
2.12.4 Carácter de los certificados
Todos los certificados que se emitan son provisorios y constituyen pagos a cuenta hasta la liquidación final.
2.12.5 Requisitos de las facturas
En el momento de presentar la factura, que deberá confeccionarse por cuadruplicado, los contratistas deberán manifestar su situación individual respecto de la Resolución General A.F.I.P. Nº 3.125/90 y sus modificatorios.
En el momento de presentar la factura, deberá acompañarse una fotocopia debidamente autenticada del comprobante de pago correspondiente al último vencimiento del Impuesto sobre los Ingresos Brutos (texto Art. 1 de la Ordenanza Nº 33588 –B.M Nº 15.541), conforme a lo dispuesto en el art. 3 de la Ordenanza Nº 33.440 (B.M. 15.493) A.D. 350.29.
En cada una de las facturas que se presenten, deberá consignarse, indefectiblemente, el número de inscripción debidamente actualizado del referido impuesto, que la Dirección General xx Xxxxxx y Empadronamiento Inmobiliario de la Administración Federal de Ingresos Públicos le haya acordado oportunamente a la firma presentante, conforme al Art. 8 del Decreto Nº 2241/85 (B.M. Nº 17.498), a los efectos de la retención establecida por la Ordenanza Nº 44434 (B.M. Nº 17460).
Las facturas deberán emitirse de conformidad con los términos establecidos por la Administración Federal de Ingresos Públicos y presentadas en original con una copia.
2.12.6 Pago del anticipo financiero
El pago de los Certificados de Anticipo Financiero se hará dentro de los quince (15) días hábiles de la fecha de conformación por el Organismo encargado de la Inspección de Obra.
El pago del anticipo financiero congelará el monto del contrato en un porcentaje igual al recibido, por lo que no se reconocerán variaciones de precios sobre dicho porcentaje, a partir de la fecha de su efectivo pago (conf. ANEXO I – Artículo 3° Decreto N° 127/14).
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2.12.7 Fondo de Reparos
De cada certificado se retendrá de su valor total bruto un cinco por ciento (5 %) para constituir el Fondo de Reparos. El Fondo de Reparos quedará en poder del GCBA hasta la oportunidad prevista en el Art.1.12.2 del PCG, en garantía de la correcta ejecución de los trabajos y para hacer frente a eventuales reparaciones que fueren necesarias y que el Contratista no ejecutare cuando le fuere ordenado.
Se deducirán del Fondo de Reparos los descuentos por trabajos mal ejecutados, según lo dispuesto en el presente Xxxxxx, que se pongan de manifiesto a posterioridad de su aprobación.
El Contratista podrá sustituir la garantía constituida por el fondo de reparo, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 1.12.3 del P.C.G. El GCBA tendrá derecho a ejecutar esta garantía no sólo en el caso de que el Fondo de Reparo deba ser aplicado al resarcimiento de los perjuicios derivados de vicios o defectos en la ejecución de los trabajos, sino también cuando se rescinda el contrato por culpa del contratista a los efectos de la retención prevista en el Art. 51 inc. c) de la Ley Nº 13.064, o cuando de la liquidación final de los trabajos resulte en saldo deudor en contra de aquel. Hecha efectiva la garantía de que aquí se trata, su importe podrá aplicarse al pago de cualquier crédito que el GCBA tenga con el contratista, así como a cubrir los cargos que correspondan en virtud de la Ley Nacional de Obras Públicas (Ley N° 13064), o del contrato (jornales de obreros, créditos comprendidos en el art.47, etc.).
2.12.8 Retenciones sobre los pagos
En los certificados se podrán deducir las sumas que por cualquier concepto deba reintegrar o pagar el contratista. Cuando corresponda el pago de intereses, los mismos se determinarán sobre la suma líquida a pagar al contratista de acuerdo con el resultado final que arroje la liquidación del certificado y previa la deducción de las sumas que se retengan por concepto de multas y todo otro concepto que se debite al contratista, originado en cualquier clase de retención que se efectuara con arreglo a la documentación contractual.
2.13 DE LA RECEPCIÓN DE LA OBRA
2.13.1 Recepción Provisoria
El artículo 1.15.2 del PCG queda complementado con lo siguiente:
Luego de ejecutada la totalidad de los trabajos contemplados en la documentación contractual, y una vez que se hubieran realizado las pruebas que correspondieran, se otorgará la recepción provisoria de dichos trabajos.
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La fecha de efectiva terminación de los trabajos representa la finalización del periodo de ejecución de la obra. Si este período superase el plazo contractual, incluyendo todas las prórrogas aprobadas, se aplicaran las multas que correspondan.
Se entenderá por fecha de efectiva terminación de los trabajos aquella en la que el Contratista comunique por nota de pedido a la Inspección de Obra que la obra está terminada de acuerdo a su fin y al contrato, que han sido aprobados por esta última los resultados de las pruebas y ensayos realizados, circunstancias que deben ser aceptadas expresamente por la Inspección de Obra para que proceda la recepción provisoria.
Si la Inspección de Obra, luego de recibida la solicitud de recepción provisoria, verificara que la obra no se encuentra en condiciones de ser recibida, suspenderá la recepción provisoria y ordenará los trabajos necesarios.
En caso de rechazarse el pedido de recepción provisoria, continuará el cómputo del plazo contractual. Dicho cómputo queda suspendido durante el periodo transcurrido entre la solicitud de recepción provisoria formulada por el Contratista y la notificación de rechazo de la misma por la Inspección de Obra.
Para registrar la recepción provisoria se labrará un acta por el organismo encargado de la Inspección de Obra en presencia del Contratista o de su representante técnico, o representante debidamente autorizado en la que se consignará:
1) La fecha de la efectiva terminación de los trabajos, a partir de la cual correrá el plazo de garantía.
2) Los vicios aparentes detectados y las observaciones que merezcan los trabajos ejecutados por el Contratista.
3) El plazo que se otorgue el contratista para la corrección de los vicios y defectos detectados y para subsanar las observaciones formuladas.
Si la recepción provisoria total se efectúa de oficio por cualquier motivo, la fecha de terminación efectiva de los trabajos será la fecha del acta o del instrumento que acredite dicha recepción
Es obligación de la Contratista realizar los trámites y trabajos necesarios para la aprobación de la documentación conforme a obra por el organismo competente del GCABA, antes de la recepción definitiva de la obra, aún cuando se hubiese otorgado la recepción provisoria de la obra, sin derecho a realizar ninguna reclamación por tal concepto
2.13.2 Plazo de Garantía
El plazo de garantía de obra comenzará a correr desde la aprobación por la autoridad competente de la recepción provisoria total de la obra, hasta la recepción
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definitiva total de la obra aprobada por la autoridad administrativa competente del GCBA.
La obra en general tendrá una garantía total de seis (6) meses, debiendo realizarse en dicho período en forma especial los trabajos de conservación y reparación correspondiente a la presente obra.
Si durante el plazo de garantía se verificase que los trabajos fueron mal ejecutados sea por el empleo de materiales distintos, sea por defectos de ejecución, el contratista deberá rehacer en un todo o en parte la tarea observada, según se le ordene y a su xxxxx.
En el caso de que el contratista no procediera a efectuar las reparaciones que correspondieran, de conformidad con lo establecido en la documentación contractual, el GCBA dispondrá su ejecución en cualquier momento por administración o por terceros x xxxxx del contratista. El costo de tales trabajos será cobrado al contratista, independientemente de la multa que le correspondiera, con más un quince por ciento (15%) de recargo sobre dicho importe, en concepto de gastos administrativos.
DURANTE EL PERIODO DE GARANTIA EL CONTRATISTA DEBERA MANTENER EN PERFECTO ESTADO LA OBRA, DEBIENDO ELABORAR EN CONJUNTO CON LA INSPECCION DE OBRA UN ACTA MENSUAL, CONSIGNANDO LOS PROBLEMAS DETECTADOS. LOS MISMOS DEBERAN SUBSANARSE DE INMEDIATO LIBRANDO LA INSPECCION DE OBRA EL CORRESPONDIENTE CERTIFICADO DE CORRECCION DE LAS FALLAS DETECTADAS.
LAS ACTAS CON SUS CORRESPONDIENTES CERTIFICADOS DE CORRECCION EXPEDIDOS POR LA INSPECCION DE OBRA, DEBERAN PRESENTARSE PARA OBTENER LA RECECPCION DEFINITIVA DE LA OBRA.
2.13.3 Fiscalización durante el período de garantía
El GCBA fiscalizará la ejecución de los trabajos de conservación y a tal efecto, el Contratista deberá suministrar en todos los casos con dos (2) días hábiles administrativos de anticipación, las fechas en que procederá a ejecutarlos.
La falta de cumplimiento de esta disposición determinará considerar tales trabajos como faltos de fiscalización.
Establecido que los trabajos fueron mal ejecutados sea por el empleo de distintos materiales o por defectos constructivos, el Contratista deberá rehacer en un todo o en parte la obra observada, según se le ordene y a su xxxxx.
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2.13.4 Recepción Definitiva
A partir de la finalización del período de garantía y no habiendo reclamos de ningún tipo, se procederá a la firma de la Recepción Definitiva, conforme a lo normado por el punto 1.15.4 del PCG.
2.13.5 Liquidación Final
Dentro de los quince (15) días de la aprobación del Acta de Recepción Definitiva, se procederá a la devolución de los fondos de garantía y reparo.
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FORMULARIO Nº 1. Obras realizadas en los últimos cinco (5) años
Declaro bajo juramento que he realizado las siguientes obras:
XXXXXXXX XX XX XXXXXX XX XXXXXX XXXXX | |||||||||||
Obra : Licitación Pública Nº | |||||||||||
OBRAS REALIZADAS EN LOS ULTIMOS CINCO AÑOS | |||||||||||
COMITENTE | NOMBRE DE LA OBRA | LUGAR | MONTO CONTRATO | FECHA | PLAZO (1) | TIPO DE OBRA Y DESCRIPCION (2) | TAREA REALIZADA (3) | GRADO DE PARTICIPACION (4) | OBSERVACIONES (5) | ||
INICIO | TERMI. | CONT. | REAL | ||||||||
MONTO TOTAL DE CONTRATOS |
(1) Señalar en meses el plazo previsto originalmente para la construcción y el realmente utilizado.
(2) Tipo de obra. Descripción datos técnicos principales.
(3) Proyecto, construcción, montaje e instalaciones.
(4) Si actúa como empresa única o en Unión Transitoria y el porcentaje del grado de participación según el monto del contrato.
(5) Indicar las razones por las cuales difieren el plazo contractual del real.
NOTA: Los datos consignados deben ser avalados por el comitente o contratista de la obra respectiva según corresponda.
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FORMULARIO Nº 2. Obras similares realizadas en los últimos diez (10) años
XXXXXXXX XX XX XXXXXX XX XXXXXX XXXXX | |||||||||||
Obra : Licitación Pública Nº | |||||||||||
OBRAS SIMILARES REALIZADAS EN LOS ULTIMOS DIEZ AÑOS | |||||||||||
COMITENTE | NOMBRE DE LA OBRA | LUGAR | MONTO CONTRATO | FECHA | PLAZO (1) | TIPO DE OBRA Y DESCRIPCION (2) | TAREA REALIZADA (3) | GRADO DE PARTICIPACION (4) | OBSERVACIONES (5) | ||
INICIO | TERM. | C O N T . | REAL | ||||||||
MONTO TOTAL DE CONTRATOS |
(1) Señalar en meses el plazo previsto originalmente para la construcción y el realmente utilizado.
(2) Tipo de obra. Descripción datos técnicos principales.
(3) Proyecto, construcción, montaje e instalaciones.
(4) Si actúa como empresa única o en U T y el porcentaje del grado de participación según el monto del contrato.
(5) Indicar las razones por las cuales difieren el plazo contractual del real.
NOTA: Los datos consignados deben ser avalados por el comitente o contratista de la obra respectiva según corresponda.
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FORMULARIO Nº 3. Obras en ejecución o a ejecutar en los próximos veinticuatro (24) meses
XXXXXXXX XX XX XXXXXX XX XXXXXX XXXXX | |||||||||
Obra : Licitación Pública Nº | |||||||||
OBRAS EN EJECUCION O A EJECUTAR EN LOS PROXIMOS 24 MESES | |||||||||
COMITENTE | NOMBRE DE LA OBRA | LUGAR | MONTO CONTRATO | FECHA INICIO (1) | PLAZO EJECUCION (2) | TIPO DE OBRA Y DESCRIPCION (3) | TAREA A REALIZAR (4) | GRADO DE PARTICIPACION (5) | GRADO DE COMPROMISO ADQUIRIDO (6) |
MONTO TOTAL DE CONTRATOS |
(1) Indicar fecha real o estimada de inicio; en caso de contar con una obra adjudicada, sin fecha de inicio, estimar la misma.
(2) A partir de la fecha del contrato.
(3) Tipo de obra, descripción de las características principales.
(4) Presupuesto, construcción, montaje, instalaciones, etc.
(5) Si actúa como empresa única o en Unión Transitoria y el porcentaje del grado de participación según el monto del contrato.
(6) Detallar en anexo la proporción o medida en que la obra compromete la organización, personal y equipo de la empresa.
NOTA: Los datos consignados deben ser avalados por el comitente o contratista de la obra respectiva según corresponda.
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