Contract
CONTRATO PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE CONFECCIÓN Y SUMINISTRO DE UNIFORMES PARA EL PERSONAL DE BASE DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA QUE CELEBRAN, POR UNA PARTE, EL PODER JUDICIAL DEL ESTADO A TRAVÉS DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA, REPRESENTADO POR EL DOCTOR EN DERECHO XXXXXX XXXXXXXXX XXXXX XXXXXXX, PRESIDENTE DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA Y DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA DEL PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE YUCATÁN, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ “EL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA” Y, POR LA OTRA PARTE LA EMPRESA GRUPO INTEGRA COMUNICACIÓN Y NEGOCIOS, S.A. DE C.V., REPRESENTADA POR EL CIUDADANO XXXX XXXXXX XXXXXX XXXXXXXXX, AL QUE SE NOMBRARÁ “EL PROVEEDOR”.
DECLARACIONES
1.- “EL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA” DECLARA:
1.1. Que de conformidad con lo establecido en el Articulo 64 de la Constitución política del Estado de Yucatán y 21 de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Yucatán, el Pleno del Tribunal Superior de Justicia es la autoridad máxima del Poder Judicial del Estado de Yucatán.
1.2. Que para otorgar prestaciones al personal que labora en el Tribunal Superior de Justicia, requiere adquirir el servicio de confección y suministro de uniformes.
1.3. Que el Comité de Adquisiciones, Arrendamientos, Servicios y Obra Publica del Tribunal Superior de Justicia del Estado de Yucatán, llevo a cabo el procedimiento de licitación publica numero “PODJUDTSJ 07/2012” para la adquisición de uniformes para el personal del Tribunal Superior de Justicia de total conformidad con el reglamento de Adquisiciones, Arrendamientos, Servicios y Obra Publica del Tribunal Superior de Justicia del Estado de Yucatán.
1.4. Que en la Décima Tercera Sesión Ordinaria del Comité de Adquisiciones, Arrendamientos, Servicios y Obra Publica del Tribunal Superior de Justicia del Estado de Yucatán, celebrada el día dos de octubre de dos mil doce, en relación con la licitación publica numero “PODJUDTSJ 07/2012”, se adjudico a la empresa Grupo Integra Comunicación y Negocios, S. A. de C.
V. el contrato para la confección y suministro de uniformes para el personal de base del Tribunal Superior de Justicia.
1.5. Que la adjudicación de este contrato se hizo mediante el procedimiento de Licitación Pública, con fundamento en los artículos 1, 3, 13, 16, 28, 29, 30, 35, 36 y 39 del Reglamento de Adquisiciones, Arrendamientos, Servicios y
Obra Publica del Tribunal Superior de Justicia del Estado de Yucatán y conforme al artículo primero del Acuerdo General Número OR01-12-01-02- 02, por el que se Determinan los Criterios para la contratación de Adquisiciones, Arrendamientos, Servicios y Obra Publica que Podrá Realizar el Tribunal Superior de Justicia Durante el Año 2012, publicado en el Diario Oficial del Gobierno del Estado en su edición del veintisiete de enero de dos mil doce.
1.6. Que el Doctor en Derecho Xxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxx Xxxxxxx es Presidente del Tribunal Superior de Justicia y del Consejo de la Judicatura del Poder Judicial del Estado de Yucatán como consta en el acta de la vigésima sesión extraordinaria correspondiente al día quince de diciembre de dos mil diez, por el termino comprendido del dieciséis de diciembre de dos mil diez al quince de diciembre de dos mil catorce y cuenta con las facultades legales para suscribir este contrato en representación del Tribunal Superior de Justicia del Estado de Yucatán.
1.7. Que sus datos fiscales son: nombre Poder Judicial del Estado, Registro Federal de Contribuyente es PJE 8602069I3, sede la Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxx xxx xxxxx 00, xxx xxxxxx, Xxxxxxx Xxxxxxxxxxx, X.X. 00000, y domicilio fiscal xxxxx 00, xxxxx 00 x 00 X, Xxxxxxx Xxxxxx, X.X. 00000, Xxxxxx, Xxxxxxx.
2.- “EL PROVEEDOR” DECLARA:
2.1. Que es una sociedad de naturaleza mercantil, legalmente constituida de conformidad con lo establecido con las leyes mexicanas en la materia, lo que se comprueba con la copia certificada de la escritura publica número ochenta y dos de fecha ocho xx xxxx de dos mil seis, pasada ante la xx xxx Xxxxxxx Publico número setenta y nueve del Estado de Yucatán, Abogado Xxxxxxxxx Xxxx Xxxxxxxxxx Xxxxxx.
2.2. Que tiene la capacidad jurídica para contratar como acredita con la copia certificada del testimonio de escritura pública a que se refiere la declaración inmediatamente precedente.
2.3. Que entre sus objetivos sociales y su actividad empresarial se encuentra la confección de uniformes objeto de este contrato.
2.4. Que se encuentra inscrita como contribuyente ante la Secretaría de Hacienda y Crédito Público con el Registro Federal de Contribuyentes GIC060508N23.
2.5. Que cuenta con los recursos humanos, técnicos, económicos y materiales necesarios para cumplir las obligaciones xxxxxxxxx xx xxxx xxxxxxxx xx xx xxxxxx xx Xxxxxx, Xxxxxxx.
2.6. Que se sujeta voluntaria y plenamente en lo conducente, a las disposiciones contenidas en el Reglamento de Adquisiciones, Arrendamientos, Servicios y Obra Publica del Tribunal Superior de Justicia del Estado de Yucatán.
2.7. Que para los fines de este contrato y específicamente para los efectos de proporcionar los servicios señala como domicilio la xxxxx 00 xxxxxx 000 letra B por 61 y 65 Colonia Centro, C.P. 00000 xx xx xxxxxx xx Xxxxxx, Xxxxxxx.
CLÁUSULAS
Primera. Objeto. Mediante este contrato de compraventa, “El Tribunal Superior de Justicia” y “El Proveedor” dan cumplimiento al fallo recaído en la licitación pública número “PODJUDTSJ 07/2012”, respecto de los uniformes licitados.
Segunda. Bienes Objeto del Contrato.- “El Proveedor” se obliga y compromete a vender y suministrar a “El Tribunal Superior de Justicia” los uniformes que se describen seguidamente:
No. | PARTIDA “A” UNIFORMES PARA DAMA Concepto | Unidad de Medida | Totales |
1 | Chaleco para dama confeccionado en tela 65/35 polyester/viscosa color gris oxford, con 3 botones en mismo color de la tela, con forro interior en polyseda, costuras con hilos de fibrofilamento y envoltura de polyester. | Pieza | 130 |
2 | Pantalón para xxxx xxxxx ejecutivo confeccionado en tela 65/35 polyester/viscosa, con pretina y jareta con cierre, botones en mismo color de la tela, costuras con hilos de fibrofilamento y envoltura de polyester. | Pieza | 260 |
2 | Falda corte ejecutivo confeccionado en tela 65/35 polyester/viscosa color gris oxford, con pretina y jareta con cierre. Botones en mismo color de la tela, costuras con hilos de fibrofilamento y envoltura de polyester. | Pieza | 260 |
2 | Blusa modelo ejecutivo de manga larga confeccionada en tela 60/40 algodón/polyester color blanco, cuello con entretela fusionada, jareta con botones ocultos, pinzas para busto y trasero, puño punta redonda con flechas de manga con botón. Costuras con hilo de fibrofilamento y envoltura de polyester. Emblema bordado en pecho izquierdo en color blanco: Poder Judicial del Estado Tribunal Superior de Justicia | Pieza | 260 |
2 | Blusa modelo ejecutivo de manga corta confeccionada en tela 60/40 algodón/polyester color blanco, cuello con entretela fusionada, jareta con botones ocultos, pinzas para busto y trasero, puño punta redonda con flechas de manga con botón. Costuras con hilo de fibrofilamento y envoltura de polyester. Emblema bordado en pecho izquierdo en color blanco: Poder Judicial del Estado Tribunal Superior de Justicia | Pieza | 260 |
No. | PARTIDA: "B" UNIFORMES PARA CABALLERO Concepto | Unidad de Medida | Totales |
2 | Camisa de manga larga para caballero modelo continental confeccionada en tela 60/40 algodón/polyester color blanco, cuello con entretela fusionada y flechas de refuerzo en las puntas, bolsa en pecho izq. pespunte y cerrado con costuras rectas, xx xxxxx aguja con seguridad de cadeneta y overeado. Puño punta redonda y flechas de manga con botón. Costuras con hilos de fibrofilamento y envoltura de polyester. Emblema bordado en la parte superior de la bolsa en color blanco: Poder Judicial del Estado Tribunal Superior de Justicia | Pieza | 150 |
2 | Camisa de manga corta para caballero modelo continental confeccionada en tela 60/40 algodón/polyester color blanco, cuello con entretela fusionada y flechas de refuerzo en las puntas, bolsa en pecho izq. pespunte y cerrado con costuras rectas, xx xxxxx aguja con seguridad de cadeneta y overeado, costuras con hilos de fibrofilamento y envoltura de polyester. Emblema bordado en la parte superior de la bolsa en color blanco: Poder Judicial del Estado Tribunal Superior de Justicia | Pieza | 150 |
4 | Pantalón xx xxxxxxxxx corte recto sin pinzas confeccionado en tela 65/35 polyester viscosa color gris oxford intenso pantone textil 448 c., con bolsas laterales y 2 traseras forradas, con pretina, jareta con 2 botones del mismo color de la tela, cierre reforzado, remalle en costura, costuras con hilos de fibrofilamento y envoltura de polyester. | Pieza | 300 |
Tercera. “El Proveedor” se obliga y compromete a lo siguiente:
A) A garantizar la calidad del material y de la confección de los uniformes objeto de este contrato.
B) A garantizar, en su caso, las reparaciones que fuere necesario realizar por defectos de confección de los uniformes, sin costo adicional alguno para “El Tribunal Superior de Justicia”.
C) A proporcionar el servicio de elaboración de los uniformes a los mismos precios, cuando menos, tres meses más después de la entrega y hasta el 15% del monto total contratado para el personal que se incorpore a las instituciones judiciales, en los mismos términos previstos en este contrato y de conformidad con la fracción V del articulo 52 del Reglamento de Adquisiciones, Arrendamientos, Servicios y Obra Publica del Tribunal Superior de Justicia del Estado de Yucatán.
D) A registrar las tallas del total de los empleados de base del Tribunal Superior de Justicia en un plazo de cinco días hábiles contados a partir del siguiente día natural a la adjudicación que se
formaliza mediante el presente contrato.
E) A manufacturar los uniformes de acuerdo a los modelos para dama y caballero exhibidos por el Tribunal Superior de Justicia en la junta de aclaraciones.
F) A entregar la totalidad de los uniformes en un plazo de cuarenta y cinco días naturales contados a partir del día siguiente al en que concluya con el registro xx xxxxxx de los empleados de base del Tribunal Superior de Justicia.
Cuarta. Monto del Contrato. Las partes acuerdan que el importe de esta compraventa es para la partida “A” $297,830.00 (doscientos noventa y siete mil ochocientos treinta pesos 00/100 M.N.) incluido el Impuesto al Valor Agregado; y para la partida “B” $161,054.00 (ciento sesenta y un mil cincuenta y cuatro pesos 00/100 m.n.) incluido el Impuesto al Valor Agregado, que hacen un monto total de $458,884.00 (cuatrocientos cincuenta y ocho mil ochocientos ochenta y cuatro pesos 00/100 M.N.) , incluyendo el Impuesto al Valor Agregado.
Quinta. Lugar y Fecha de Entrega de los uniformes. El lugar para la entrega de los uniformes objeto de este contrato, es el Departamento de Servicios Generales y Mantenimiento de la Unidad de Administración del Tribunal Superior de Justicia del Estado, ubicado en la Avenida Xxxxxxx Xxxxx por xxxxx 00 xxx xxxxxx xx xx xxxxxxx Xxxxxxxxxxx xx xx xxxxxx xx Xxxxxx, Xxxxxxx, a más tardar dentro de los 45 días naturales contados a partir del día siguiente al en que concluya con el registro xx xxxxxx de los empleados de base del Tribunal Superior de Justicia.
Sexta. Aceptación de los uniformes Objeto del Contrato. Los uniformes objeto de este contrato podrá ser aceptados o rechazados por “El Tribunal Superior de Justicia”, en un plazo de quince días naturales contados a partir de su entrega, con un nivel del cien por ciento de disponibilidad, contado a partir de la fecha en que fueron recepcionados, en el entendido de que en caso de no cumplir con el cien por ciento de los requerimientos establecidos en las bases de la licitación pública número “PODJUDTSJ 07/2012” o tienen daños o defectos, serán reparados o sustituidos por uno nuevo en un plazo no mayor xx xxxx días hábiles por parte de “El Proveedor”, sin costo alguno para “El Tribunal Superior de Justicia”, y se iniciará bajo los mismos términos, el período de aceptación, por lo que se hace al uniforme reparado o sustituido. Cuando los uniformes sean recibidos en su totalidad, deberá hacerse constar en un acta suscrita por los supervisores del contrato Maestra en Ciencias Xxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxx, Jefe del Departamento de Servicios Generales y Mantenimiento y el Contador Publico Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx Xxxx Jefe del Departamento de Recursos Humanos y el proveedor, que servirá para computar el inicio del plazo de vigencia de la garantía a que se refiere la Cláusula Octava de este contrato.
Séptima. Forma y Lugar de Pago. “El Tribunal Superior de Justicia” se obliga a pagar a “El Proveedor” en caso de que lo solicite un anticipo de hasta por el 30% del monto total pactado en este contrato, con el Impuesto al Valor Agregado incluido, dentro de los tres días hábiles siguientes a la firma de este contrato previa entrega de la fianza y factura correspondiente, y al pago del 70% restante, dentro de los diez días hábiles siguientes a la entrega de la totalidad de los uniformes, contra la factura correspondiente, la exhibición de la garantía de cumplimiento del contrato estipulado en la Cláusula Octava de este contrato y la aceptación de los uniformes en los términos a que se refiere la Cláusula Sexta de este contrato.
“El Tribunal Superior de Justicia” y “El Proveedor” convienen que el pago de la factura se hará por “El Tribunal Superior de Justicia” en sus oficinas ubicadas en Avenida Xxxxxxx Xxxxx por calle 90, sin número, Colonia Inalámbrica o mediante depósito en la cuenta bancaria de “El Proveedor” que este mismo señale.
Octava. Garantías. Para asegurar el cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones a que se refiere el presente contrato y la calidad de los uniformes, “El Proveedor” se obliga a
constituir una fianza en moneda nacional, a favor de “El Tribunal Superior de Justicia”, con un importe igual al diez por ciento (10%) del monto total del contrato, esto es, incluido el impuesto al valor agregado, otorgada por una institución legalmente autorizada para tal efecto. Esta fianza tendrá una vigencia de seis meses como mínimo, contados a partir de la aceptación de los uniformes, conforme a la Cláusula Sexta de este contrato y de que la póliza haya sido aceptada a satisfacción de la convocante.
La garantía a que se refiere esta cláusula se hará efectiva parcial o totalmente, en caso de incumplimiento de cualquiera de las obligaciones a cargo de “El Proveedor”, establecidas en este contrato.
A si mismo, se otorgara la fianza que garantice el anticipo que en su caso se otorgue a “El proveedor”, en la forma y términos señalados en las Bases de la licitación publica numero PODJUDTSJ 07/2012.
Novena. Penas Convencionales. Para el caso de que “El Proveedor” incurriera en algún retraso o incumplimiento en la entrega de los uniformes le serán aplicables las penalizaciones siguientes:
1. En el caso de entrega de los uniformes con especificaciones distintas de las solicitadas, será condición suficiente para hacer efectiva la garantía exhibida y la cancelación total del contrato, aun cuando no se trate de la cantidad total, independientemente de los procesos legales que se originen.
2. En los casos xx xxxx en los tiempos de entrega de los uniformes objeto de este contrato, “El Proveedor” deberá pagar una pena convencional consistente en el cinco al millar del valor de los uniformes no entregados oportunamente, por cada día natural de retraso que haya transcurrido desde la fecha de vencimiento de los plazos establecidos, hasta el día en que cumpla con esta obligación.
3. Para determinar la aplicación de las sanciones estipuladas en esta Cláusula, no se tomarán en cuenta las demoras motivadas por caso fortuito o de fuerza mayor, ya que en tal caso, “El Tribunal Superior de Justicia”, hará modificaciones que procedan al programa de entrega, a solicitud de “El Proveedor”.
4. Si “El Proveedor” deja de cumplir con el contrato, se hará efectiva la fianza otorgada por el 10% del monto del contrato, además de las sanciones que se determinen en el contrato o las que establece la ley.
5. “El Proveedor” otorga su conformidad en el sentido de que “El Tribunal Superior de Justicia” podrá aplicar las penalidades pactadas en este contrato, mediante deducciones al importe de las facturas autorizadas a “El Proveedor” correspondiente a este contrato. Si estas fueran insuficientes o no existen estimaciones, las penas se aplicarán incluso a cualquier otro derecho de cobro pendiente que tuviese “El Proveedor” a su favor derivado de otro u otros contratos celebrados con “El Tribunal Superior de Justicia”, y si lo pendiente de pagarse a “El Proveedor” no alcanzaré para cubrir el importe total de las sanciones, se hará uso de la fianza otorgada.
6. Los montos que resulten de la aplicación de las penas convencionales que se impongan a “El Proveedor”, deberán ser pagados a la Unidad de Administración del Tribunal Superior de Justicia, dentro de los cinco días hábiles siguientes a que sea requerido para ello y, en caso contrario, se harán efectivos con cargo a la fianza a que se refiere la cláusula que antecede.
Décima. Supervisor del Contrato. “El Tribunal Superior de Justicia” designa como supervisores de la entrega a la Maestra en Ciencias Xxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxx, Jefe del Departamento de
Servicios Generales y Mantenimiento y al Contador Publico Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx Xxxx Jefe del Departamento de Recursos Humanos. El ejercicio de esta facultad conlleva, supervisar que se cumpla con las órdenes dadas por escrito por “El Tribunal Superior de Justicia” en la inteligencia de que el ejercicio de esta facultad de supervisión no será considerada una aceptación tácita o expresa de los bienes, ni releva a “El Proveedor” de las obligaciones que aquí contrae.
Décima primera. Responsabilidad Laboral. “El Proveedor”, será el único patrón del personal que utilice con motivo del suministro de los uniformes objeto del presente contrato, y será el único responsable de las obligaciones legales y demás ordenamientos en materia de trabajo y seguridad social, y responderá de todas las reclamaciones que sus trabajadores presenten en su contra, incluida la muerte, sin responsabilidad alguna para “El Tribunal Superior de Justicia”.
Décima segunda. Causas de Rescisión. Las partes convienen en que el contrato podrá ser rescindido por “El Tribunal Superior de Justicia”, sin necesidad de declaración judicial alguna, por cualquiera de las causas siguientes:
1. Si “El Proveedor” se retrasa por más de quince días naturales siguientes al plazo establecido para la entrega total de los uniformes o para la prestación de los servicios contratados.
2. Si “El Proveedor” intenta transmitir o transmite total o parcialmente bajo cualquier título a un tercero los derechos y obligaciones estipulados en este contrato.
3. Si “El Proveedor” no suministra los uniformes o no presta los servicios objeto de este contrato de acuerdo con las especificaciones y calidades previamente establecidas en la Cláusula Segunda de este contrato.
4. Si “El Proveedor” incumple o no cumple adecuadamente cualquiera de las obligaciones a su cargo establecidas en este contrato.
5. Si “El Proveedor” no cumple con la entrega de la fianza a que se refiere la Cláusula Octava de este contrato, a más tardar a los diez días hábiles siguientes al fallo.
“El Tribunal Superior de Justicia” queda expresamente facultado para optar entre exigir el cumplimiento del contrato o rescindirlo administrativamente; si “El Tribunal Superior de Justicia” opta por la rescisión, “El Proveedor”, se obliga a pagar como pena convencional, el importe xxx xxxx por ciento del monto total contratado o bien, se hará efectiva la garantía que se refiere la Cláusula Octava de este contrato.
Décima Tercera. Procedimiento de Rescisión. Para rescindir el contrato, “El Tribunal Superior de Justicia”, seguirá el procedimiento que se señala a continuación:
1. Dará aviso por escrito a “El Proveedor” de la causa concreta de la rescisión.
2. El Proveedor” dentro de los siguientes diez días naturales a la recepción del aviso, podrá exponer sus defensas, aportar las pruebas que justifique el incumplimiento de sus obligaciones contractuales y alegar lo que a su derecho convenga.
3. Transcurrido el tiempo establecido en el inciso anterior, si “El Proveedor” no efectúa la justificación procedente o si “El Tribunal Superior de Justicia”, considera que no es satisfactoria, le comunicará al primero su resolución de terminación anticipada del contrato.
4. En el caso de que la decisión de “El Tribunal Superior de Justicia” sea terminar anticipadamente el contrato, podrá optar, entre aplicar a “El Proveedor” la pena convencional establecida en la Cláusula Novena, o hacer efectiva la fianza a que se
refiere la Cláusula Octava del presente contrato.
Décima Cuarta. De la Jurisdicción y Competencia. Las partes contratantes se someten expresamente para todo lo relacionado con la interpretación, cumplimiento y, en su caso, ejecución del presente contrato, así como para todo aquello que no esté establecido en el mismo, a la jurisdicción y competencia de los jueces y tribunales de la ciudad xx Xxxxxx, Yucatán, Estados Unidos Mexicanos, renunciando “El Proveedor” al fuero que por razón de su domicilio o cualquier otra causa, pudiera corresponderle.
Leído que fue el presente contrato y enteradas las partes de su valor y alcance legales, manifiestan su total conformidad y aceptación con todas y cada una de las obligaciones a que se contrae el presente documento y para debida constancia y validez, lo firman por triplicado en la ciudad xx Xxxxxx, capital del estado de Yucatán, Estados Unidos Mexicanos, a los cuatro días del mes de octubre del año dos mil doce.
Por “El Tribunal Superior de Justicia” Xx. Xxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxx Xxxxxxx Presidente del Tribunal Superior de Justicia y del Consejo de la Judicatura del Poder Judicial del Estado. | Por “El Proveedor” C. Xxxx Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxxx Grupo Integra Comunicación y Negocios, S.A. de C.V. |
Supervisor del Contrato M. en C. Xxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxx Jefe del Departamento de Servicios Generales y Mantenimiento del Tribunal Superior de Justicia del Poder Judicial del Estado. | Supervisor del Contrato C.P. Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx Xxxx Jefe del Departamento de Recursos Humanos del Tribunal Superior de Justicia del Poder Judicial del Estado. |
Testigo C.P. Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx Titular de la Unidad de Administración del Tribunal Superior de Justicia del Poder Judicial del Estado. |