DIRECCIÓN DE COMPRAS, CONTRATACIONES Y ADQUISICIONES PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES
DIRECCIÓN DE COMPRAS, CONTRATACIONES Y ADQUISICIONES PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES
PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN:
TIPO Y CLASE: LICITACIÓN PRIVADA | N° 06/2024 | EJERCICIO: 2024 |
ETAPA: ETAPA ÚNICA - NACIONAL | ||
MODALIDAD: SIN MODALIDAD |
EXPEDIENTE: EX-2024-000281-DC-DDNNyA
OBJETO DE LA CONTRATACIÓN:
Adquisición de equipos de fotografía y filmación para la comunicación institucional, conforme imagen e identidad de la Defensora de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes.
COSTO XXX XXXXXX: SIN COSTO.
VISTA / DESCARGA DE PLIEGOS:
El pliego de bases y condiciones, como las circulares que pudieran generarse podrán consultarse y descargarse con el fin de presentarse a cotizar desde el sitio web institucional de la DDNNYA: xxxxx://xxxxxx.xxx.xx/ seleccionando “Transparencia” y después “Compras y Contrataciones”
PRESENTACIÓN DE OFERTAS/ACTO DE APERTURA:
Lugar/Dirección | Plazo y Xxxxxxx para presentación de ofertas |
Dirección de Compras, Contrataciones y Adquisiciones sita en Av. Xxxx Xxxxx Xxxxxx N°46, 4° piso, C.A.B.A. | De lunes a viernes de 10:00 a 18:00 hs., hasta el día 08 xx xxxxxx de 2024 – 12:00 hs. |
Día y Hora de Acto de Apertura | |
El día 08 xx xxxxxx de 2024- 12:30 hs. |
PLAZO LÍMITE PARA RECIBIR CONSULTAS:
Lugar/Dirección | Plazo y Xxxxxxx para consultas |
Dirección de Compras, Contrataciones y Adquisiciones sita en Av. Xxxx Xxxxx Xxxxxx N°46, 4° piso, C.A.B.A. (xxxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx ) | Hasta el día 31 de julio de 2024. |
PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES
PARTICULARES (P.B.C.P.)
CONDICIONES PARTICULARES
Artículo 1º. OBJETO:
Adquisición de equipos de fotografía y filmación para la comunicación institucional, conforme imagen e identidad de la Defensora de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes.
Artículo 2º. MARCO NORMATIVO DEL PROCEDIMIENTO:
El presente llamado tramita bajo el procedimiento de LICITACIÓN PRIVADA, con encuadre legal en el artículo 11°, inciso 6, apartado b) del “Reglamento para la Contratación de Bienes, Obras y Servicios de la Defensoría de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes”, aprobado mediante Resolución Nº 22/2021 DDNNyA.
Artículo 3º. PLAZO Y ENTREGA DE BIENES:
Plazo de entrega de bienes: QUINCE (15) días hábiles contados a partir de la fecha de retiro y suscripción de la Orden de Compra.
El costo del traslado de los materiales correrá por cuenta del adjudicatario.
Lugar de entrega de bienes: Los productos deberán entregarse en las oficinas de la Defensoría de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes, sito en Av. Xxxx Xxxxx Xxxxxx 00, piso 4° – C.A.B.A.
Artículo 4º. VISTA / DESCARGA DE PLIEGOS Y NOVEDADES:
Vista / Descarga de Pliegos
Los interesados podrán consultar y/o descargar pliegos desde el sitio web de la DDNNYA (xxxxx://xxxxxx.xxx.xx/xxxxxxxxxxxxx/xxxxxxx-x-xxxxxxxxxxxxxx). Cuando se descargue un pliego el proveedor deberá informar vía correo electrónico a la dirección de mail xxxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx los siguientes datos: nombre o razón social, Nº de C.U.I.T., domicilio, teléfono y dirección de correo electrónico donde serán válidas las comunicaciones que deban cursarse. El asunto del mail deberá especificar el número de contratación y el detalle de la misma.
La presentación de la oferta significará de parte del oferente el pleno conocimiento y aceptación de las cláusulas que rigen el llamado a contratación, POR LO QUE NO SERÁ NECESARIA LA XXXXXXXXXXXX XXX XXXXXX CON LA OFERTA.
Novedades
A los efectos del seguimiento xx xxxxxxxxx y circulares que puedan producirse respecto de la presente contratación y a los efectos de realizar las comunicaciones correspondientes, los interesados deberán constituir domicilio electrónico en la página web xxxxx://xxxxxx.xxx.xx/xxxxxxxxxxxxx/xxxxxxx-x- contrataciones/ para el procedimiento de interés.
Artículo 5º. FOLLETERIA DE PRODUCTOS COTIZADOS:
Folletería
El oferente deberá presentar, junto con su oferta, folletería que contenga información técnica correspondiente al producto ofertado, con detalle técnico completo y todo tipo de información que avale la calidad del elemento, redactada en idioma español o acompañada de una traducción al citado idioma.
Artículo 6º. NOTIFICACIONES Y/O COMUNICACIONES:
Todas las notificaciones y comunicaciones del presente llamado entre la DDNNYA y los interesados, oferentes, adjudicatarios o co-contratantes se efectuarán a la dirección de correo electrónico constituida a esos fines, la que deberán declarar, sin excepción, en la planilla o formulario de cotización al momento de constituir de su oferta.
Las notificaciones y comunicaciones cursadas por la DDNNYA a la dirección de correo electrónico constituida se tendrán por notificadas el día en que fueron enviadas, sirviendo de prueba suficiente las constancias que tales medios generen para el emisor.
Para el caso de que se informara una dirección de correo electrónico errónea o se detectara algún inconveniente con la misma, se tendrán por válidas, si las hubiera, las informadas en registros o bases de datos administradas por la DDNNYA.
Artículo 7º. TRATAMIENTO DE CONSULTAS Y CIRCULARES AL PLIEGO DE BASES DEL LLAMADO:
El plazo límite para recibir consultas se encuentra establecido en la carátula del presente Pliego.
Artículo 8º. GARANTÍAS:
Para afianzar el cumplimiento de todas sus obligaciones, tanto los oferentes, como los adjudicatarios deberán constituir garantías, conforme corresponda.
- GARANTÍA DE MANTENIMIENTO DE OFERTA:
Los oferentes deberán presentar una garantía por el CINCO POR CIENTO (5%), calculada sobre el monto total de su oferta y constituida bajo alguna de las formas previstas por el Artículo 71 del Reglamento aprobado por Resolución N°22/2021 DDNNyA.
- GARANTÍA DE ADJUDICACIÓN O CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO:
El adjudicatario deberá integrar la garantía de adjudicación o cumplimiento del contrato dentro del término de OCHO (8) días a contar desde la fecha de perfeccionamiento de la Orden de Compra (firma y retiro de la misma). La garantía deberá constituirse por un valor que represente el DIEZ POR CIENTO (10%) del importe total de la adjudicación bajo alguna de las formas previstas por el Artículo 71 del
Reglamento aprobado por Resolución N°22/2021 DDNNyA.
Cuando la ejecución de la prestación se cumpla dentro del plazo previsto para la integración de la garantía de adjudicación o de cumplimiento de contrato, él o los adjudicatarios se encontrarán exceptuados de su presentación, conforme lo establecido por el Artículo 60 del Reglamento aprobado por Resolución N° 22/2021 DDNNyA.
- CONTRAGARANTÍA:
El adjudicatario deberá integrar una contragarantía equivalente al CIEN POR CIENTO (100%) de los montos que reciba como adelanto o anticipo financiero, para el caso que fuera previsto alguno de ellos dentro de las presentes cláusulas particulares.
- DE LA IMPUGNACIÓN:
Los oferentes deberán integrar una garantía por el TRES POR CIENTO (3%) del valor total de la oferta según corresponda a la adjudicación, salvo en el caso de licitaciones públicas de etapa múltiple, en las cuales la garantía deberá ser constituida por el TRES POR CIENTO (3%) del importe del presupuesto oficial. Este importe será reintegrado al impugnante sólo en el caso en que la impugnación sea resuelta favorablemente.
- CONSIDERACIONES GENERALES:
Los montos resultantes de la aplicación de los porcentajes previstos en los incisos precedentemente descriptos deberán estar expresados en números enteros, sin decimales, debiendo ponderarse siempre hacia el número mayor.
En caso de optar por una Póliza de Seguro de Caución, la misma deberá encontrarse legalizada por Escribano Público conforme lo indicado en el artículo 71, inciso e) del Reglamento aprobado por Resolución N° 22/2021 DDNNyA. Asimismo, se deberá tener en cuenta que solo se podrá presentar pagaré a la vista cuando el monto de la garantía no supere la suma de PESOS TRESCIENTOS SESENTA MIL ($360.000,00.-).
- DEVOLUCIÓN DE LA GARANTÍAS:
Conforme el tipo y forma de constitución, será de aplicación lo dispuesto en el Artículo 74 del reglamento aprobado por la Resolución N°22/2021 DDNNyA – Devolución de las Garantías.
No obstante, lo previsto en el presente Artículo, todos los oferentes y adjudicatarios contraen la obligación de hacer efectivas las garantías a simple requerimiento de a la dependencia licitante, en caso de que la DDNNYA así lo disponga, sin que puedan interponer reclamo alguno sino después de realizada la presentación.
Artículo 9º. ALCANCE DE LAS PROPUESTAS/MARCAS:
Alcance de las propuestas
Las propuestas, conforme el caso, deberán comprender e incluir todo lo establecido en el presente
Pliego de Bases y Condiciones y en las Especificaciones técnicas y de aquello que, sin estar explícitamente indicado, resultare necesario para la correcta ejecución de la contratación. La oferta contendrá la documentación en la que consten las especificaciones y características técnicas, marcas de los elementos o materiales. No se aceptará la expresión “Según Xxxxxx” como definición de las propuestas.
Marcas
Para el caso que se mencionen marcas y tipos en el presente pliego, deberá entenderse que es al solo efecto de señalar las características generales de lo solicitado. Si la oferta no especifica marca, se entenderá que es la requerida.
Artículo 10º. PLAZO DE MANTENIMIENTO DE LA OFERTA:
En virtud de lo dispuesto en el punto 15 xxx Xxxxxx de Bases y Condiciones Generales, los oferentes deberán mantener las ofertas por el término de SESENTA (60) días corridos contados a partir de la fecha del acto de apertura. Si el oferente no manifestara en forma fehaciente su voluntad de no renovar su oferta con una antelación mínima xx XXXX (10) días corridos a contar desde el vencimiento efectivo del plazo, aquella se considerará prorrogada automáticamente por el término de TREINTA (30) días corridos y así sucesivamente.
Artículo 11º. FORMA DE COTIZACIÓN:
Los oferentes deberán volcar sus ofertas económicas, en la planilla de cotización anexa al presente pliego (anexo IV), en un todo de acuerdo a lo dispuesto en el punto 11 xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales. Se entenderán todos los importes ofertados como finales, en pesos, con IVA incluido.
Para los casos en que se detectarán errores de cotización, se estará a lo dispuesto por el artículo 47 del Reglamento aprobado por Resolución Nº 22/2021 DDNNyA.
Artículo 12º. CORRECCIÓN DE ERRORES ARITMÉTICOS:
Siempre y cuando la Oferta se ajuste sustancialmente a la Planilla de Cotización de Ofertas y la misma no adolezca de errores no subsanables conforme el artículo 44 del Reglamento, la Defensoría de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes, corregirá los errores aritméticos de la siguiente manera:
(a) Si hubiere una discrepancia entre un precio unitario y el precio total que se ha obtenido multiplicando el precio unitario por la cantidad correspondiente, prevalecerá el precio unitario y se corregirá el precio total, a menos que, a juicio de la Defensoría, hubiese un error evidente en la expresión del punto decimal en el precio unitario, en cuyo caso prevalecerá el total cotizado para ese rubro y se corregirá el precio unitario.
(b) Si hubiere un error en un total que corresponde a la suma o resta de subtotales, los subtotales prevalecerán sobre el total y este último deberá ajustarse.
(c) Si hubiere una discrepancia entre palabras y cifras, prevalecerá el monto expresado en palabras, a menos que este último corresponda a un error aritmético, en cuyo caso prevalecerán las cantidades en cifras, de conformidad con los párrafos (a) y (b) precedentes.
Artículo 13º. DOCUMENTACIÓN REQUERIDA PARA LA PRESENTACIÓN DE LA OFERTA:
Los oferentes deberán presentar junto con su oferta la documentación indicada en el ANEXO I – “Datos básicos del oferente” y en el ANEXO II – “Documentación específica de la contratación”, como así también cualquier otro requisito tratado expresamente en el pliego del llamado.
Artículo 14º. GARANTÍA DE LOS TRABAJOS Y BIENES ENTREGADOS:
EL adjudicatario estará obligado a garantizar el servicio técnico, como así también la calidad y funcionamiento de la totalidad de los bienes y/o productos provistos, por defectos de diseño, de materiales y de fabricación de éstos, por el plazo de UN (1) año a contar desde su recepción. Dentro del plazo descripto, si se constatara alguna anomalía en los productos, la firma adjudicataria deberá proceder inmediatamente a su reemplazo, sin costo alguno para la DDNNYA. El plazo genérico de UN
(1) año, se establece sin perjuicio del plazo de garantía mayor que pudiera ofrecer el fabricante.
Artículo 15º. DE LOS OFERENTES:
- No podrán contratar con la DDNNYA las personas humanas o jurídicas que no hubieren cumplido con sus obligaciones impositivas y/o previsionales, conforme las disposiciones vigentes dictadas por la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) y lo dispuestos en el artículo 32, inciso f) del Reglamento aprobado por Resolución N°22/2021 DDNNyA.
- Aquellos oferentes que reúnan las condiciones establecidas en la Ley N°27.437, modificatorias y complementarias, deberán manifestar dicha circunstancia mediante la presentación de una declaración jurada.
- Aquellos oferentes que invoquen la condición de Micro, Pequeña o Mediana Empresa o Cooperativa, deberán acompañar el certificado que lo acredite junto con su oferta.
Artículo 16º. CRITERIO DE EVALUACIÓN – PREADJUDICACIÓN:
El criterio de evaluación y selección de ofertas será por renglón. La preadjudicación recaerá sobre aquella oferta que, ajustándose a lo requerido por el Pliego de Bases y Condiciones Generales, Particulares y de Especificaciones Técnicas, resulte más conveniente para el Organismo, teniendo en cuenta el precio, la calidad, idoneidad y antecedentes del oferente, así como los demás términos de la
oferta.
Serán sometidos a evaluación aquellos oferentes que cumplan con los requisitos de admisibilidad y con la documentación requerida en el Anexo I – “Datos básicos del oferente” y en el Anexo II – “Documentación específica de la contratación”, como así también cualquier otro requisito tratado expresamente en el pliego del llamado.
Artículo 17°. COMUNICACIÓN E IMPUGNACIÓN DEL DICTAMEN DE EVALUACIÓN:
El dictamen de evaluación de las ofertas deberá ser notificado a los oferentes dentro de los DOS (2) días posteriores a la firma del mismo. Asimismo, será exhibido, difundido y comunicado fehacientemente a los mails constituidos por los oferentes en la presentación de su oferta.
Los interesados podrán formular impugnaciones al dictamen, previa constitución de una garantía de impugnación correspondiente al TRES POR CIENTO (3%) del valor total de la oferta, dentro del plazo fijado a continuación:
TRES (3) días de su comunicación para los procedimientos de licitaciones o concursos públicos; DOS (2) días de su comunicación para los procedimientos de licitaciones o concursos privados;
DOS (2) días de su comunicación para los procedimientos de Contratación Directa según corresponda; El plazo para realizar la impugnación empezará a correr el día siguiente hábil de la publicación oficial del dictamen de evaluación.
Artículo 18º. OBLIGACIÓN DE INDEMNIDAD:
El adjudicatario se obliga a mantener indemne al Organismo contratante y a su personal, frente a reclamos o contingencias de cualquier naturaleza, que se deriven de la ejecución de la presente contratación, atribuibles a su parte o a sus dependientes, subcontratistas o proveedores o cualquier otro tercero, en cualquiera de las etapas de cumplimiento de este contrato, haciéndose responsable por todos los gastos y costos de cualquier naturaleza, que resultaren necesarios para resolverlos, incluidos los gastos causídicos si los hubiere.
También mantendrá indemne al Organismo contratante y a su personal, de cualquier responsabilidad emergente por reclamos ante el incumplimiento xx xxxxx laborales y previsionales, pago de cualquier tipo de indemnizaciones, independientemente de su naturaleza, incluyendo aquellas motivadas por enfermedades o accidentes de trabajo. En ese sentido, el co-contratante se encuentra obligado a contratar los seguros que en este Xxxxxx se mencionan, sin perjuicio de contratar otros que estime indispensables o necesarias para cumplir con esta cláusula de indemnidad, y haciéndose responsable por los riesgos o costos que los seguros no cubran, así como también por todos los gastos y costos de cualquier naturaleza que resultaren necesarios para resolverlos y solventarlos.
Por lo tanto, el co-contratante será responsable por los daños y perjuicios que ocasionen al Organismo
contratante y a su personal el incumplimiento de cualquier de las obligaciones a su cargo, sin perjuicio de las responsabilidades emergentes del régimen de penalidades y/o previstas en el presente Pliego.
Artículo 19º. SEGUROS Y LEGISLACIÓN LABORAL:
El adjudicatario deberá cumplir con los siguientes requisitos:
a) Seguridad Social:
El Adjudicatario deberá cumplir respecto del personal afectado a las tareas con todas las obligaciones emergentes de la Legislación Laboral y de la Seguridad Social. El personal y/o terceros afectados por el Adjudicatario de la presente contratación en el cumplimiento de las obligaciones asumidas por éste, carecerán de relación jurídica alguna con la DDNNYA. Estarán a exclusivo cargo del Adjudicatario los salarios, seguros, cumplimiento xx xxxxx y cargas sociales y previsionales y cualquier otra erogación, sin excepción, vinculados con la ejecución contractual, quedando expresamente liberada la DDNNYA por tales conceptos, y sin que se configure solidaridad alguna entre ambos.
b) Accidentes de trabajo:
El Adjudicatario será responsable de su personal por accidentes de trabajo, por lo que contratará un seguro que cubra la totalidad de las obligaciones fijadas por la Ley sobre Riesgos de Trabajo N° 24.557, y sus normas modificatorias y complementarias.
Este seguro deberá cubrir los riesgos y accidentes de trabajo y/o enfermedades profesionales e inculpables amparando las indemnizaciones por incapacidad permanente, parcial y absoluta, incapacidad temporaria y/o muerte, accidente in itinere y prestación médico – farmacéutica y toda otra contingencia y/o prestación contemplada en la Ley N°24.557 y sus decretos reglamentarios, por el monto máximo fijado por la legislación vigente. Si el Adjudicatario afectara personal que no se encontrare bajo relación de dependencia, éste deberá contar con una cobertura por Accidentes Personales, por un monto individual según las normativas vigentes. Este seguro reviste el carácter de principal, cualquier seguro contratado por la DDNNYA será en exceso y no contribuirá a la cobertura aquí requerida.
c) Contratación de los seguros:
El Adjudicatario deberá contratar los seguros detallados al presente Pliego, cuya vigencia deberá abarcar la totalidad del periodo contractual, e incluir la renovación automática de los mismos hasta la efectiva finalización del contrato, incluidas las prórrogas. La contratación de los seguros aquí referidos resulta independiente de aquellos otros que le sean legalmente exigibles al Adjudicatario por su actividad a fin de cubrir los posibles daños o pérdidas que afecten a sus bienes o los de sus empleados, como consecuencia de su actividad.
Las compañías aseguradoras con las cuales contrate el Adjudicatario las coberturas exigidas en el presente Pliego deben contar con autorización de la Superintendencia de Seguros de la Nación y contar
con calificación de riesgo mínima en Categoría “A”.
El adjudicatario deberá presentar copia certificada de la Póliza de Seguros de Riesgos de Trabajo junto con la nómina del personal interviniente y la constancia del último pago. La DDNNYA no autorizará el ingreso a su dependencia, de ninguna persona que no se hallare previamente autorizada a hacerlo.
El Adjudicatario deberá contemplar en todos los seguros contratados la cláusula de no repetición a favor de la DDNNYA.
Artículo 20º. RESPONSABILIDAD DEL ADJUDICATARIO
a) Higiene y Seguridad:
El Adjudicatario asumirá la total y exclusiva responsabilidad por las obligaciones emergentes de las normas de Higiene y Seguridad Laboral dispuestas por la Ley N°19.587 y sus decretos reglamentarios, debiendo adoptar toda medida conducente a la seguridad del personal afectado a la ejecución del Contrato, a fin de evitar daños a terceros.
b) Régimen de Responsabilidad Frente a Terceros y Personal:
La DDNNYA no asumirá responsabilidad alguna y quedará desligada respecto de todo conflicto o litigio que eventualmente se generase por cuestiones de índole laboral entre el Adjudicatario y el personal que éste ocupare a los fines de cumplir con sus obligaciones contractuales y que, en consecuencia, pudiera implicar o no la intervención del gremio que los nuclea y/o de aquellos organismos estatales vinculados con el contralor de transgresiones a normas establecidas para el orden laboral, o del cumplimiento de convenios colectivos de trabajo en vigencia. Igual criterio se hace extensivo a las obligaciones previsionales e impositivas que recaigan sobre el Adjudicatario.
Asimismo, la DDNNYA no asumirá responsabilidad alguna por reclamos de terceros con los que el Adjudicatario hubiere contratado a los fines de cumplir con las obligaciones emergentes de la normativa vigente, los Pliegos de Bases y Condiciones Particulares Generales, Particulares y de Especificaciones Técnicas correspondientes. En el caso que la contratista recurra a empresas subcontratistas, las mismas deberán cumplir con todas las obligaciones previstas en los pliegos licitatorios para el contratista de la Administración.
De la misma forma, el Adjudicatario es exclusivamente responsable de toda reclamación o acción de terceros que pudiere establecerse por razón de cualquier daño o perjuicio ocasionado a personas o cosas o sus anexos; ya sea por cualquier material, maquinaria o implementos usados por negligencia, culpa, omisión o imprudencia de él y de sus empleados afectados a las tareas a su cargo. En ese sentido, el Adjudicatario deberá tomar seguro por las responsabilidades civiles por daños y perjuicios a terceros o de propiedad de terceros, incendio y siniestro; en caso de que el monto de dicho seguro no alcanzare a cubrir los daños provocados, la diferencia resultante correrá por parte del Adjudicatario.
En caso de subcontratación, con carácter previo y por escrito, el adjudicatario deberá solicitar
autorización a la DDNNYA respecto de la incorporación de un subcontratista. La DDNNYA se reserva el derecho de revocar la autorización concedida cuando lo considerare conveniente para la realización de la obra y sin que esto genere responsabilidad alguna a su cargo. Autorizada una subcontratación, el subcontratista se compromete a respetar todas las exigencias establecidas en la normativa vigente y en los Pliegos que rigen la presente contratación. Al mismo tiempo, el adjudicatario se compromete a mantener indemne a la DDNNYA respecto de cualquier reclamo que la subcontratista pudiere efectuarle, incluidos los gastos casuísticos que pudieren derivar de aquel. La subcontratación no liberará al adjudicatario de las obligaciones asumidas con motivo de la adjudicación, siendo este responsable del cumplimiento del contrato en todos y cada uno de sus términos, con independencia de que el incumplimiento sea directamente imputable al subcontratista, en cuyo caso éste último será solidariamente responsable con aquel.
Artículo 21º. SUSPENSIÓN DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO:
La DDNNYA podrá suspender la ejecución del contrato ante cualquier incumplimiento, por parte de la adjudicataria, de las obligaciones a su cargo. Dicha suspensión deberá ser debidamente certificada por la inspección correspondiente con expresa mención del incumplimiento que la genere. En ningún caso, la mencionada suspensión dará lugar a responsabilidad patrimonial a cargo de la comitente (DDNNYA), no pudiendo la adjudicataria reclamar el resarcimiento de consecuencia económica alguna, derivada de la suspensión ordenada en los términos antedichos.
Artículo 22º. PENALIDADES Y SANCIONES:
Por observaciones en la prestación y en el cumplimiento de cualquiera de las condiciones de la presente contratación los oferentes, adjudicatarios y co-contratantes serán pasibles de las penalidades y sanciones establecidas en el Título XV del Reglamento aprobado por Resolución Nº 22/2021 DDNNyA, y de aquellas dispuestas en los puntos 21 a 25 xxx Xxxxxx de Bases y Condiciones Generales.
Para la aplicación de penalidades y sanciones los días se entenderán hábiles o corridos según su correspondencia con el plazo determinado en el artículo 3 del presente Pliego de Bases y Condiciones Particulares. Para el caso de servicios con periodicidad mensual, el plazo a contemplar será en días corridos.
Artículo 23º. FACTURACIÓN Y FORMA DE PAGO:
Forma de pago
Un único pago. El pago de la factura operará dentro de los TREINTA (30) días hábiles, conforme lo dispuesto en el artículo 68 del Reglamento aprobado por Resolución N° 22/2021 DDNNyA.
A tener en cuenta: Es requisito indispensable para el cobro de los importes a percibir, que el
adjudicatario presente ante Tesorería, sita en Av. Xxxx Xxxxx Xxxxxx Xx 00, xxxx 0x XXXX la certificación de CBU emitida por la entidad bancaria en la cual se encuentre radicada su cuenta.
Se informa que la DEFENSORÍA DE LOS DERECHOS DE LAS NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES dispone de
la cuenta de correo electrónico xxxxxxxxx@xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx para tramitaciones ante la Dirección de Tesorería.
Facturación
A los efectos tributarios, se hace saber que en la condición de XXX deberá consignarse IVA Exento, dado que la DEFENSORÍA DE LOS DERECHOS DE LAS NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES reviste como agente de retención. Motivo por el cual las facturas a aparecer deberán ser única de identificación Tributaria (CUIT) N°: 30-71680342-9.
Dichas facturas deberán ser presentadas ante la Tesorería de la DEFENSORÍA DE LOS DERECHOS DE LAS NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES sita en Av. Xxxx Xxxxx Xxxxxx N° 46, piso 4° y 12° CABA – (CP 1425).
Las facturas deberán contener los requisitos establecidos en el artículo 67 del Reglamento aprobado por Resolución N° 22/2021 DDNNyA. Asimismo, conforme lo establecido por la Resolución General N° 2853 de fecha 25 xx xxxxx de 2010, sus modificatorias y complementarias, emitida por la Agencia Federal de Ingresos Públicos (A.F.I.P.), se informa que la DEFENSORÍA DE LOS DERECHOS DE LAS NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES para la recepción de facturas de tipo electrónico dispone de la cuenta de correo electrónico xxxxxxxxx@xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx a la cual deberán enviarse las mismas colocando en copia a : xxxxxxxxxxx@xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx .
Artículo 24º. AUTORIZACIÓN DE LA PUBLICIDAD Y/O CESIÓN O TRANSFERENCIA DE LA ORDEN DE COMPRA:
El adjudicatario no podrá vender, ceder o de cualquier forma transferir parte alguna o la totalidad de la Orden de Compra, si así lo hiciere, se podrá dar por rescindido de pleno derecho con culpa del proveedor.
Asimismo, tampoco podrá efectuar ningún tipo de publicidad en cualquier medio de difusión, sin contar con la autorización previa y por escrito de la DDNNYA, si así lo hiciere, se podrá dar por rescindido de pleno derecho el contrato, con culpa del proveedor.
Artículo 25º. RECEPCIÓN DEFINITIVA:
La recepción definitiva será otorgada por la Comisión de Recepción Definitiva dentro de los SIETE (7) días hábiles de cumplida la entrega de los elementos o prestación de servicio. En caso de silencio, una vez vencido dicho plazo, el adjudicatario podrá intimar el pronunciamiento sobre el rechazo o la conformidad definitiva, la cual se tendrá acordada en caso de que no se manifestara en el término de
DOS (2) días de recibida la intimación (Artículo 64 del Reglamento aprobado por Resolución N°22/2021 DDNNyA).
Artículo 26º. NORMATIVA APLICABLE:
La presente contratación se regirá por las disposiciones del “Reglamento para la Contratación de Bienes, Obras y Servicios de la DEFENSORÍA DE LOS DERECHOS DE LAS NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES”, aprobado mediante Resolución Nº 22/2021 DDNNyA; por el Pliego de Bases y Condiciones Generales aprobado por Resolución Nº 22/2021 DDNNyA; y por los Pliegos de Bases y Condiciones Particulares, de Especificaciones Técnicas y Anexos del presente llamado.
PLIEGO DE ESPECIFICACIONES TÉCNICAS (P.E.T.)
ESPECIFICACIONES TÉCNICAS
RENGLÓN 1
ÍTEM 1: Cámara de video compacta con estabilizador mecánico de 3 ejes 4k 60 fps.
Deberá contener, como mínimo las siguientes características:
● Temperatura de operación: OC a 40 C (centígrados).
● Rango mecánico de paneo: -250 a +90.
● Tilt: -180 a +70.
● Roll: ±90.
Gimbal:
● Rango controlable.
● Tilt: -100 a 50.
● Pan: -230 a +70.
● Xxxx:±45.
● Control máximo de tilt: 120/s.
● Estabilizador en 3 ejes.
● Rango de visión angular: ±0.005.
Cámara:
● Sensor: “1/1.7” CMOS.
● Píxeles efectivos: 64 MP.
● Apertura: FOV 93 F1.8 Equivalente: 20 mm.
● Rango ISO: 100-6400 (Video); 100-6400 (Foto).
● Tamaño de imagen: 9216 x 6912 pixels - 64 Megapixel.
● Video: 4k UHD.
● Cámara lenta: 1080 x 8 / 1080 x 4.
● Video HDR: 2.7K: 2720 x 1530 24/25/30 FHD: 1920x1080 24/25/30.
Batería:
● Capacidad: 875 mAh.
● Voltaje: 7.7 V.
Además, deberá incluir:
● Estabilizador.
● Funda plástica.
● Adaptador Lightning.
● Adaptador USB-C.
● Cable USB 2 en 1.
● Cordón de transporte.
● Trípode de montaje.
● Xxxxxx control.
● Micrófono inalámbrico omnidireccional.
● Empuñadora Multiuso.
● Filtro anti-pop.
● Micro trípode.
Presentación del producto: Deberá ser nuevo en caja cerrada. Garantía: Deberá contar con garantía del fabricante.
RENGLÓN 2
ÍTEM 1: Cámara fotográfica / DSLR con 18-135 mm.
Deberá contener, como mínimo las siguientes características:
Clasificación: Cámara réflex digital / DSLR
Detalles Técnico:
● Procesador de imagen DIGIC 8.
● Grabación de video UHD 4K30p y Full HD 120 p.
● Pantalla LCD táctil xx xxxxxx variable de 3 y 1.04 m de punto.
● Sensor CMOS APS-C de 32.5MP.
● Sensor APS-C (Advanced Photo System type-C) de 32.5 MP de alta resolución.
● Sensibilidad adecuada a ISO 25600 y de bajo ruido.
● Emisión de video UHD 4K30p y Full HD 120 p.
● Admitir velocidades de captura de imágenes fijas continuas de hasta 10 fps.
● LCD táctil xx xxxxxx variable.
● Visor óptico de pentaprisma.
● Conectividad Wi-Fi y Bluetooth incorporadas.
● Producción de lapsos de tiempo 4K en la cámara, junto con capturas de fotogramas 4K para capturar imágenes fijas de 8 MP a una velocidad de hasta 30 fps.
● Sensor de medición AE revisado de 220000 píxeles.
● Enfoque automático.
● Función de obturador electrónico que permita trabajar con velocidades de obturación de hasta 1/16000 de segundo.
● Objetivo EF-S (Electro-focus short back focus) 18-135 mm f/ 3.5 – 5.6 IS USM.
● Sistema de enfoque NANO USM con combinación de motor ultrasónico tipo anillo rápido.
● Sistema de estabilizador de imagen que compense hasta cuatro paradas de movimiento.
Deberá incluir al menos los siguientes accesorios:
● Batería de iones de litio LP-E6N (7.2V, 1865 mAh).
● Cargador para batería LP-E6.
● Visor Ocular.
● Tapa protectora para cámara.
● Xxxxxx xx xxxxxx ancha.
Presentación del producto: Deberá ser nuevo en caja cerrada. Garantía: Deberá contar con garantía del fabricante.
ÍTEM 2: Flash fotográfico.
Clasificación:
Flash xx xxxxxx.
Deberá contener, como mínimo las siguientes características:
● Transmisión de radio inalámbrica de 2.4 GHz.
● Compatible con otros lentes.
● Rango de zoom: 24-105 mm (14 mm con panel).
● Inclinación hacia arriba 90°.
● Giro 150° hacia la derecha y giro 180° hacia la izquierda.
● Multi Dial, Bounce Panel y filtro de color.
● Tiempo de reciclaje: 0.1 – 3.5 segundos.
● Sincronización de alta velocidad, primera y segunda cortina.
● Función con 4 pilas AA.
● Número guía de 43 (ISO100).
● Que pueda usarse de forma remota con un disparador óptico.
● Disparo inalámbrico.
● Disparador óptico con transmisor integrado.
Presentación del producto: Deberá ser nuevo en caja cerrada. Garantía: Deberá contar con garantía del fabricante.
IMPORTANTE: No serán consideradas las ofertas de aquellas empresas cuya actividad no incluya la prestación de los servicios y/o bienes que se licitan.
ANEXO I
DATOS BÁSICOS DEL OFERENTE
ANEXO I
DATOS BÁSICOS DEL OFERENTE
Los oferentes que participen del presente procedimiento de selección deberán presentar la documentación que a continuación se detalla, de acuerdo al tipo de personería que corresponda.
A tener en cuenta: Las copias de escrituras, actas, poderes y similares, deberán encontrarse legalizadas por escribano público.
Datos básicos según el tipo de personería
a) Personas humanas:
I) Documento Nacional de Identidad o Pasaporte del titular.
II) En caso de acreditar apoderado, poder suficiente vigente y Documento Nacional de Identidad o Pasaporte del Apoderado.
b) Personas jurídicas:
I) Último contrato social o estatuto, actualizado e inscripto en la Inspección General de Justicia o Registro Público correspondiente.
II) Si la oferta se encontrase suscrita por el Presidente o Socio Gerente de la sociedad, deberá acompañarse DNI del mismo. En otro sentido, de encontrarse firmado por apoderado, deberá acreditarse poder suficiente vigente y Documento Nacional de Identidad o Pasaporte del Apoderado.
III) Última acta de designación de autoridades y distribución de cargos y/o designación de gerente de SRL, inscripta en la Inspección General de Justicia o Registro Público correspondiente.
c) Cooperativas, mutuales y otros:
I) Última acta de asamblea constitutiva o estatuto, debidamente inscripto en el Registro Público correspondiente.
II) Documento Nacional con las actas de designación correspondiente, debidamente inscripta ante el Registro Público correspondiente.
III) En caso de acreditar apoderados, poder suficiente vigente y Documento Nacional de Identidad o Pasaporte del o los apoderados.
IV) Constancia de otorgamiento de matrícula nacional por INAES.
V) Última designación de autoridades del órgano de administración y Documento Nacional de Identidad.
d) Uniones Transitorias (UT):
Las personas que se presenten agrupadas asumiendo, en caso de resultar adjudicatarias, el compromiso de constituirse en una UT deberán presentar lo siguiente:
Con la presentación de la oferta:
I) Poder emitido por las personas que conformarán la UT o sus representantes legales en favor de uno de ellos, mediante el cual se acrediten sus facultades para suscribir la oferta y actuar en su representación desde el momento de la presentación de la propuesta hasta el dictado del acto de finalización del procedimiento.
II) Declaración jurada suscripta por las personas que conformarán la UT o sus representantes legales, en la que conste lo siguiente:
II.1) El compromiso de constituirse legalmente como tal, en caso de resultar adjudicatarias, y de modo previo a la notificación de la orden de compra o firma del contrato respectivo.
II.2) El compromiso expreso de responsabilidad principal, solidaria e ilimitada de todas y cada una de las personas agrupadas, por el cumplimiento de todas las obligaciones emergentes del procedimiento de selección y del contrato.
II.3) El compromiso de mantener la vigencia de la UT por un plazo no menor al fijado para el cumplimiento de todas las obligaciones emergentes del contrato.
II.4) El compromiso de no introducir modificaciones en el estatuto de la UT, ni en el de las personas jurídicas que la integraren, que importe una alteración de la responsabilidad, sin la aprobación previa del organismo contratante.
II.5) El compromiso de actuar exclusivamente bajo la representación unificada en todos los aspectos concernientes al contrato.
III) La documentación solicitada para acreditar los requisitos en el apartado de los Datos básicos según el tipo de personería del presente anexo, deberá ser presentada individualmente por cada uno de los integrantes de la UT, sin perjuicio de otros que oportunamente se establezcan.
Una vez presentada la oferta, las UT no podrán modificar su integración, es decir, cambiar, aumentar y/o disminuir el número de personas que las compondrán, y en caso de ser contratadas no podrán hacerlo hasta el cumplimiento total de las obligaciones emergentes del contrato, excepto conformidad expresa del organismo.
Las personas que se presentasen en los términos previstos en el presente apartado no podrán presentarse como parte de otra oferta, ni constituirse como oferentes individuales, bajo apercibimiento de desestimarse la totalidad de las ofertas.
Cada una de las personas que se presenten agrupadas asumiendo, en caso de resultar adjudicatarias, el compromiso de constituirse en una UT, deberá cumplir en forma individual con los requisitos de habilidad para contratar establecidos.
En caso de resultar adjudicataria:
I) Contrato de constitución de la UT debidamente inscripto en la Inspección General de Justicia o Registro Público correspondiente.
II) Instrumento donde conste la designación de representantes legales de la UT, inscripto en la Inspección General de Justicia o Registro Público correspondiente.
III) En caso de acreditar apoderados, poder suficiente vigente y Documento Nacional de Identidad o Pasaporte del Apoderado.
e) Los oferentes extranjeros además de presentar la documentación que corresponda de la previamente señalada, deberán acompañar junto con la oferta la siguiente documentación:
I. Las personas humanas:
I.1) Copia fiel del pasaporte o documento de identificación del país de origen en caso de no poseer pasaporte.
I.2) Copia fiel del formulario de inscripción en el ente tributario del país de origen o constancia equivalente.
II. Las personas jurídicas:
II.1) Documentación que acredite la constitución de la persona jurídica conforme a las normas que rijan la creación de dichas instituciones.
II.2) Documentación que acredite la personería (mandato, acta de asamblea en el que se lo designe como representante de la entidad respectiva, etc.) del apoderado o mandatario que actúe en representación de la entidad respectiva.
II.3) Copia fiel del formulario de inscripción en el ente tributario del país de origen o constancia equivalente.
Toda la documentación emitida en el exterior deberá constar con las certificaciones requeridas por la legislación vigente a los efectos de su reconocimiento en el país. Al mismo tiempo, de ser el caso, deberá encontrarse traducida al idioma español.
ANEXO II
DOCUMENTACIÓN ESPECÍFICA DE LA CONTRATACIÓN
ANEXO II
DOCUMENTACIÓN ESPECÍFICA DE LA CONTRATACIÓN
Documentación relativa a la Propuesta Económica del Oferente:
- Planilla de Cotización que figura en el Anexo IV.
Declaraciones Juradas y otros:
- Garantía de Mantenimiento de Oferta (según lo establecido en el artículo 8° de las cláusulas particulares).
- Formulario de Declaración Jurada de Habilidad para Contratar. (Anexo III).
- Formulario de Declaración Jurada con aceptación xxx Xxxxxx de Bases y Condiciones Generales y Particulares. (Anexo V).
- Constancia de inscripción de la AFIP.
- Constitución de Domicilio: Los oferentes deberán constituir, a todos los efectos relacionados con el presente llamado, domicilio en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en el cual serán válidas todas las notificaciones y diligencias que se practiquen. En el caso de Consorcios o Uniones Transitorias, deberán constituir un domicilio unificado.
Documentación relativa a la contratación que se trata:
- Folletería con información técnica de los productos cotizados.
ANEXO III DECLARACIÓN JURADA DE HABILIDAD
PARA CONTRATAR
ANEXO III
DECLARACIÓN JURADA DE HABILIDAD PARA CONTRATAR
Ciudad de Buenos Aires, de 2024
A la Defensoría de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes S / D
De mi consideración:
Por medio de la presente dejo constancia en carácter de DECLARACION JURADA que la firma……………………………………………………………………………………… y los integrantes de los órganos de administración y fiscalización en su caso, no se encuentran incursos en ninguna de las causales de inhabilidad para contratar con la Defensoría de los Derechos de las Niñas, Niños Y Adolescentes.
Artículo 32: Personas No Habilitadas
No podrán contratar con la DDNNYA:
a) Las personas humanas o jurídicas que se encontraren suspendidas o inhabilitadas por autoridad administrativa o judicial competente.
b) Los agentes y funcionarios del Estado nacional, provincial, municipal o del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires y las empresas en las cuales aquellos tuvieren una participación suficiente para formar la voluntad social, de conformidad con lo establecido en la Ley de Ética Pública N° 25.188.
c) Los fallidos, concursados e interdictos, mientras no sean rehabilitados.
d) Los condenados por delitos dolosos, por un lapso igual al doble de la condena.
e) Las personas que se encontraren procesadas por delitos contra la propiedad, o contra la Administración Pública Nacional, o contra la fe pública o por delitos comprendidos en la Convención Interamericana contra la Corrupción, Ley N° 24.759.
f) Las personas humanas o jurídicas que no hubieren cumplido con sus obligaciones impositivas y/o previsionales, conforme las disposiciones vigentes dictadas por la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP).
g) Personas humanas o jurídicas incluidas en el REPSAL (Registro Público de Empleadores con Sanciones Laborales).
h) Las personas humanas o jurídicas que se encuentren en aquellos registros que a futuro reemplacen los existentes.
Sin otro particular lo saludo muy atte.
FIRMA: ACLARACIÓN/ SELLO:
ANEXO IV
PLANILLA DE COTIZACIÓN
ANEXO IV PLANILLA DE COTIZACIÓN
El que suscribe , con Documento Nacional de Identidad
Nº , en nombre y representación de | la | empresa |
, C.U.I.T | Nº | |
con domicilio legal en | la | calle |
Nº , | Localidad |
, Nº de Teléfono , Fax
Mail: y con poder suficiente para obrar en su nombre, según consta en contrato / poder que acompaña, luego de interiorizarse de las condiciones particulares y técnicas que rigen la presente compulsa, cotiza los siguientes precios:
RENGLÓN | ÍTEM | CANTIDAD | UNIDAD DE MEDIDA | DESCRIPCIÓN | PRECIO UNITARIO C/IVA | PRECIO TOTAL C/IVA |
1 | 1 | 1 | UNIDAD | Cámara de video. | $ | $ |
TOTAL RENGLÓN 1: SON PESOS………………………………………………………………………………………… | $ | |||||
2 | 1 | 1 | UNIDAD | Cámara fotográfica. | $ | $ |
2 | 1 | UNIDAD | Flash xx xxxxxx. | $ | $ | |
TOTAL RENGLÓN 2: SON PESOS………………………………………………………………………………………… | $ |
MONTO TOTAL OFERTADO: | SON: | $ |
EL PRESENTE FORMULARIO SE TRATA DE SU OFERTA: BASE / ALTERNATIVA (*)
(*) indicar con una xxxx a cuál corresponde. Téngase presente que para ofertar con alternativas deberán indefectiblemente haber presentado oferta base.
…………………………….…………………………….… FIRMA Y ACLARACIÓN DEL OFERENTE
ANEXO V
Declaración Jurada con aceptación xxx Xxxxxx de Bases y Condiciones Generales y Particulares.
ANEXO V
DECLARACIÓN JURADA DE ACEPTACIÓN XXX XXXXXX DE BASES Y CONDICIONES GENERALES Y PARTICULARES
Ciudad de Buenos Aires, de 2024
A la Defensoría de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes S / D
De mi consideración:
Por medio de la presente dejo constancia en carácter de DECLARACIÓN JURADA que la firma
……………………………………………………………………………………… acepta la totalidad de la documentación que conforman los Pliegos de Bases y Condiciones Generales y el Pliego de Bases y Condiciones Particulares.