CONTRATO DE COMPRAVENTA DE LIMONES CON DESTINO A SU COMERCIALIZACIÓN EN FRESCO
CONTRATO DE COMPRAVENTA XX XXXXXXX CON DESTINO A SU COMERCIALIZACIÓN EN FRESCO
En __________ a ____ de ____________ de _____ Nº. CONTRATO:_________
1.- INTERVINIENTES:
Vendedor: D._____________________________________________, con D.N.I_____________ mayor de edad, con domicilio en_________________________________________________, en representación de, ____________________________________, con C.I.F. __________________ domiciliada en ______________________________________________, en adelante vendedor.
Comprador: D.____________________________________________, con D.N.I_____________ mayor de edad, con domicilio en_________________________________________________, en representación de, ____________________________________, con C.I.F. __________________ domiciliada en ______________________________________________, en adelante comprador.
ADOPTAN LOS SIGUIENTES ACUERDOS
1º. Ambas partes declaran expresamente que adoptan este modelo de contrato-tipo homologado de compra-venta de cosecha xx xxxxxxx con destino a su comercialización en fresco que regirá durante la campaña 2011/2012, homologado por Orden ARM______________________
2.- OBJETO
El vendedor es propietario de los LIMONES de/ la/s siguiente/s variedad/es, __________________________________, con destino al mercado en fresco situado en las siguientes fincas:
VARIEDAD
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SITUACION
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TERMINO |
PARAJE |
POLIGONO |
PARCELA |
Has. |
Kgs. Aproximados |
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3º. MODALIDAD de compraventa es: (marcar con una xxxx):
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“A KILOS”, riesgos meteorológicos por cuenta del vendedor |
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“POR TANTO”, riesgos meteorológicos por cuenta del comprador |
4º- RECOLECCION
La recolección es por cuenta de: (indicar con una xxxx)
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Vendedor |
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Comprador |
El transporte hasta el centro de manipulado es por cuenta de: (indicar con una xxxx)
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Vendedor |
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Comprador |
MODALIDAD “A KILOS” |
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MODALIDAD “POR TANTO” |
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RECOLECCIÓN
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RECOLECCIÓN
INICIO: __________________________
FINALIZACIÓN: _____________________
El vendedor tiene asegurada la cosecha con Agroseguro, nº póliza…………………… En caso de siniestro, el vendedor indemnizará al comprador con una cantidad igual a la percibida en virtud de este contrato, y que en todo caso no podrá superar al importe de la indemnización recibida de Agroseguro. |
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5º.- PRECIO _________ €/KILO. Más el I.V.A. correspondiente |
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5º.- PRECIO _____________€. Más el I.V.A. correspondiente
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6º.- FORMA DE PAGO: Entrega a cuenta de ______________€. Se emitirá factura con fecha del último día del mes correspondiente a la fecha de terminación de cada corte. El pago se realizará a los ______ días de la emisión de la factura.
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6º.- FORMA DE PAGO: ________________________________________________________
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7º.- OTROS ACUERDOS: ____________________________________________________________________________________________________________________________________________________________
8º.- TRATAMIENTOS FITOSANITARIOS Y ABONADOS
El vendedor declara que ha realizado el cultivo de los limones cumpliendo la legislación vigente y se obliga a entregar una copia del cuaderno de campo al comprador antes del inicio de la recolección.
9º.- COMISIÓN DE SEGUIMIENTO. FUNCIONES Y FINANCIACIÓN.- El control, seguimiento y vigilancia del cumplimiento del presente contrato se realizará por la Comisión de Seguimiento a la que se podrán dirigir cualquiera de las partes para solucionar los posibles conflictos. Estará designada en la Interprofesional AILIMPO, formada paritariamente, y cubrirá sus gastos de funcionamiento mediante aportaciones paritarias de los sectores productor y comercial a razón xx xxxx €/Tm. xx xxxxx contratado en la modalidad “por kilos” (o de 0% del importe en € de la compraventa en el caso de la modalidad “por tanto”), haciéndose responsable el comprador del pago de la totalidad de dicha aportación, según acuerdo adoptado por la mencionada Comisión.
10º.- ARBITRAJE.- Cualquier diferencia que pudiera surgir entre las partes en relación con la interpretación o ejecución de este contrato y que no pudieran resolver de común acuerdo, o por la Comisión de Seguimiento a que se hace referencia en la estipulación novena, deberá someterse a un arbitraje de equidad de acuerdo con lo establecido en la Ley 60/2003, de 23 de Diciembre, de Arbitraje. El árbitro o árbitros serán nombrados por el Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Xxxxxx a propuesta de Ailimpo.
Leído lo cual, ambas partes lo aceptan en su totalidad y lo firman por triplicado en el lugar y fecha arriba indicados.
EL VENDEDOR |
EL COMPRADOR |
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