ADP Nº 005-2012-IRTP - PRIMERA CONVOCATORIA
ADP Nº 005-2012-IRTP - PRIMERA CONVOCATORIA
ADJUDICACIÓN DIRECTA PÚBLICA Nº
005-2012-IRTP
PRIMERA CONVOCATORIA
CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE:
SEGUROS PERSONALES PARA EL IRTP
SECCIÓN GENERAL
DISPOSICIONES COMUNES DEL PROCESO DE SELECCIÓN
(ESTA SECCIÓN NO DEBE SER MODIFICADA EN NINGÚN EXTREMO, BAJO SANCIÓN DE NULIDAD)
CAPÍTULO I ETAPAS DEL PROCESO DE SELECCIÓN
|
BASE LEGAL
Ley N° 28411 - Ley General del Sistema Nacional del Presupuesto.
Decreto Legislativo N° 1017 - Ley de Contrataciones del Estado, en adelante la Ley.
Decreto Supremo N° 184-2008-EF - Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, en adelante el Reglamento.
Directivas del OSCE.
Ley N° 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General.
Código Civil.
Ley 27806 – Ley de Transparencia y de Acceso a la Información Pública.
Decreto Supremo Nº 007-2008-TR - Texto Único Ordenado de la Ley de Promoción de la Competitividad, Formalización y Desarrollo de la Micro y Pequeña Empresa y del acceso al empleo decente, Ley MYPE.
Decreto Supremo Nº 008-2008-TR - Reglamento de la Ley MYPE.
Las referidas normas incluyen sus respectivas modificaciones, de ser el caso.
Para la aplicación del derecho deberá considerarse la especialidad de las normas previstas en las presentes Bases.
CONVOCATORIA
Se efectuará de conformidad con lo señalado en el artículo 51 del Reglamento, en la fecha señalada en el cronograma.
REGISTRO DE PARTICIPANTES
El registro de participantes se efectuará desde el día siguiente de la convocatoria y hasta un (1) día hábil después de haber quedado integradas las Bases. En el caso de propuestas presentadas por un consorcio, bastará que se registre uno (1) de sus integrantes, de conformidad con el artículo 53 del Reglamento.
La persona natural o persona jurídica que desee participar en el proceso de selección deberá contar con inscripción vigente en el Registro Nacional de Proveedores (RNP) conforme al objeto de la convocatoria. La Entidad verificará la vigencia de la inscripción en el RNP y que no se encuentre inhabilitada para contratar con el Estado.
Al registrarse, el participante deberá señalar la siguiente información: Nombres, apellidos y Documento Nacional de Identidad (DNI), en el caso de persona natural; razón social de la persona jurídica; número de Registro Único de Contribuyentes (RUC); domicilio legal; teléfono y fax.
IMPORTANTE:
Para registrarse como participante en un proceso de selección convocado por las Entidades del Estado Peruano, es necesario que los proveedores cuenten con inscripción vigente ante el Registro Nacional de Proveedores (RNP) que administra el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE). Para obtener mayor información, podrá ingresarse a la siguiente dirección electrónica: xxx.xxx.xxx.xx.
FORMULACIÓN DE CONSULTAS Y OBSERVACIONES A LAS BASES
Las consultas y observaciones a las Bases serán presentadas por un periodo mínimo de tres (3) días hábiles, contados desde el día siguiente de la convocatoria, de conformidad con lo establecido en los artículos 55 y 57 del Reglamento.
ABSOLUCIÓN DE CONSULTAS Y OBSERVACIONES A LAS BASES
La decisión que tome el Comité Especial con relación a las consultas y observaciones presentadas constará en el pliego absolutorio que se notificará a través del SEACE, de conformidad con lo establecido en los artículos 54 y 56 del Reglamento, en la fecha señalada en el cronograma del proceso de selección.
El plazo para la absolución no podrá exceder de tres (3) días hábiles contados desde el vencimiento del plazo para recibir las consultas y observaciones.
De haberse presentado observaciones, el Comité Especial debe incluir en el pliego absolutorio el requerimiento de pago de la tasa por concepto de elevación de observaciones al OSCE.
IMPORTANTE:
No se absolverán consultas ni observaciones a las Bases que se presenten extemporáneamente o que sean formuladas por quienes no se han registrado como participantes.
ELEVACIÓN DE OBSERVACIONES AL OSCE
El plazo para solicitar la elevación de observaciones para el pronunciamiento del OSCE es de tres (3) días hábiles, computados desde el día siguiente de la notificación xxx xxxxxx absolutorio a través del SEACE.
Los participantes pueden solicitar la elevación de las observaciones para la emisión de pronunciamiento, en los siguientes supuestos:
Cuando las observaciones presentadas por el participante no fueron acogidas o fueron acogidas parcialmente;
Cuando a pesar de ser acogidas sus observaciones, el participante considere que tal acogimiento continúa siendo contrario a lo dispuesto por el artículo 26 de la Ley, cualquier otra disposición de la normativa sobre contrataciones del Estado u otras normas complementarias o conexas que tengan relación con el proceso de selección; y
Cuando el participante considere que el acogimiento de una observación formulada por otro participante resulta contrario a lo dispuesto por el artículo 26 de la Ley, cualquier otra disposición de la normativa sobre contrataciones del Estado u otras normas complementarias o conexas que tengan relación con el proceso de selección. En este caso, el participante debe haberse registrado como tal hasta el vencimiento del plazo para formular observaciones.
El Comité Especial, bajo responsabilidad, deberá remitir la totalidad de la documentación requerida para tal fin por el TUPA del OSCE, a más tardar al día siguiente de vencido el plazo para que los participantes soliciten la elevación de observaciones.
La emisión y publicación del pronunciamiento en el SEACE, debe efectuarse dentro de los diez (10) días hábiles siguientes de recibido el expediente completo por el OSCE
INTEGRACIÓN DE LAS BASES
Las Bases integradas constituyen las reglas definitivas del proceso de selección por lo que deberán contener las correcciones, precisiones y/o modificaciones producidas como consecuencia de la absolución de las consultas y de las observaciones, las dispuestas por el pronunciamiento, así como las requeridas por el OSCE en el marco de sus acciones de supervisión.
Una vez integradas, las Bases no podrán ser cuestionadas en ninguna otra vía ni modificadas por autoridad administrativa alguna, bajo responsabilidad del Titular de la Entidad. Esta restricción no afecta la competencia del Tribunal para declarar la nulidad del proceso por deficiencias en las Bases.
El Comité Especial integrará y publicará las Bases teniendo en consideración los siguientes plazos:
Cuando no se hayan presentado observaciones, al día siguiente de vencido el plazo para formularlas.
Cuando se hayan presentado observaciones, al día siguiente de vencido el plazo para que los participantes soliciten la elevación de dichas observaciones para la emisión de pronunciamiento, siempre que ningún participante haya hecho efectivo tal derecho.
Cuando se haya solicitado la elevación de observaciones, dentro de los dos (2) días hábiles siguientes de notificado el pronunciamiento respectivo en el SEACE.
Corresponde al Comité Especial, bajo responsabilidad, integrar las Bases y publicarlas en el SEACE, conforme lo establecen los artículos 59 y 60 del Reglamento.
De conformidad con el artículo 31 del Reglamento, el Comité Especial no podrá efectuar modificaciones de oficio al contenido de las Bases, bajo responsabilidad.
FORMA DE PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS Y ACREDITACIÓN
Todos los documentos que contengan información referida a los requisitos para la admisión de propuestas y factores de evaluación se presentarán en idioma castellano o, en su defecto, acompañados de traducción oficial o certificada efectuada por traductor público juramentado o traductor colegiado certificado, según corresponda, salvo el caso de la información técnica complementaria contenida en folletos, instructivos, catálogos o similares, que podrá ser presentada en el idioma original. El postor será responsable de la exactitud y veracidad de dichos documentos.
Las propuestas se presentarán en dos (2) sobres cerrados, de los cuales el primero contendrá la propuesta técnica y el segundo la propuesta económica.
Si las propuestas se presentan en hojas simples se redactarán por medios mecánicos o electrónicos y serán foliadas correlativamente empezando por el número uno.
Asimismo, cuando las propuestas tengan que ser presentadas total o parcialmente mediante formularios o formatos, éstos podrán ser llenados por cualquier medio, incluyendo el manual.
En ambos supuestos, las propuestas deben llevar el sello y la rúbrica del postor o de su representante legal o mandatario designado para dicho fin, salvo que el postor sea persona natural, en cuyo caso bastará que éste o su apoderado, indique debajo de la rúbrica sus nombres y apellidos completos.
Las personas naturales podrán concurrir personalmente o a través de su apoderado debidamente acreditado ante el Comité Especial, mediante carta poder simple (Formato N° 1). Las personas jurídicas lo harán por medio de su representante legal acreditado con copia simple del documento registral vigente que consigne dicho cargo o a través de su apoderado acreditado con carta poder simple suscrita por el representante legal, a la que se adjuntará el documento registral vigente que consigne la designación del representante legal, expedido con una antigüedad no mayor de treinta (30) días calendario a la presentación de propuestas. (Formato Nº 1)
En el caso de consorcios, la propuesta puede ser presentada por el representante común del consorcio, o por el apoderado designado por éste, o por el representante legal o apoderado de uno de los integrantes del consorcio que se encuentre registrado como participante, conforme a lo siguiente:
En el caso que el representante común del consorcio presente la propuesta, éste debe presentar copia simple de la promesa formal de consorcio.
En el caso que el apoderado designado por el representante común del consorcio presente la propuesta, este debe presentar carta poder simple suscrita por el representante común del consorcio y copia simple de la promesa formal de consorcio.
En el caso del representante legal o apoderado de uno de los integrantes del consorcio que se encuentre registrado como participante, la acreditación se realizará conforme a lo dispuesto en el sexto párrafo del presente numeral, según corresponda.
PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS
La presentación de propuestas se realiza en acto público, en la fecha y hora señaladas en el cronograma del proceso.
El acto se inicia cuando el Comité Especial empieza a llamar a los participantes en el orden en que se registraron para participar en el proceso, para que entreguen sus propuestas. Si al momento de ser llamado el participante no se encuentra presente, se le tendrá por desistido. Si algún participante es omitido, podrá acreditarse con la presentación de la constancia de su registro como participante.
Los integrantes de un consorcio no podrán presentar propuestas individuales ni conformar más de un consorcio.
IMPORTANTE:
En caso de convocarse según relación de ítems, los integrantes de un consorcio no podrán presentar propuestas individuales ni conformar más de un consorcio en un mismo ítem, lo que no impide que puedan presentarse individualmente o conformando otro consorcio en ítems distintos.
En el caso que el Comité Especial rechace la acreditación del apoderado, representante legal o representante común, según corresponda en atención al numeral 1.8, y este exprese su disconformidad, se anotará tal circunstancia en el acta y el Notario (o Xxxx xx Xxx) mantendrá la propuesta y los documentos de acreditación en su poder hasta el momento en que el participante formule apelación. Si se formula apelación se estará a lo que finalmente se resuelva al respecto.
Después de recibidas las propuestas, el Comité Especial procederá a abrir los sobres que contienen la propuesta técnica de cada postor, a fin de verificar que los documentos presentados por cada postor sean los solicitados en las Bases.
En el caso que de la revisión de la propuesta se adviertan defectos de forma, tales como errores u omisiones subsanables en los documentos presentados que no modifiquen el alcance de la propuesta técnica, o la omisión de presentación de uno o más documentos que acrediten el cumplimiento de los requerimientos técnicos mínimos —siempre que se trate de documentos emitidos por autoridad pública nacional o un privado en ejercicio de función pública, tales como autorizaciones, permisos, títulos, constancias y/o certificados que acrediten estar inscrito o integrar un registro, y otros de naturaleza análoga, para lo cual deben haber sido obtenidos por el postor con anterioridad a la fecha establecida para la presentación de propuestas—, se actuará conforme lo dispuesto en el artículo 68 del Reglamento. Este es el único momento en que puede otorgarse plazo para subsanar la propuesta técnica.
En el caso de advertirse que la propuesta no cumple con lo requerido por las Bases, y no se encuentre dentro de los supuestos señalados en el párrafo anterior, se devolverá la propuesta, teniéndola por no admitida, salvo que el postor exprese su disconformidad, en cuyo caso se anotará tal circunstancia en el acta y el Notario (o Xxxx xx Xxx) mantendrá la propuesta en su poder hasta el momento en que el postor formule apelación. Si se formula apelación se estará a lo que finalmente se resuelva al respecto.
Después de abierto cada sobre que contiene la propuesta técnica, el Notario (o Xxxx xx Xxx) procederá a sellar y firmar cada hoja de los documentos de la propuesta técnica. A su vez, si las Bases han previsto que la evaluación y calificación de las propuestas técnicas se realice en fecha posterior, el Notario (o Xxxx xx Xxx) procederá a colocar los sobres cerrados que contienen las propuestas económicas dentro de uno o más sobres, los que serán debidamente sellados y firmados por él, por los miembros del Comité Especial y por los postores que así lo deseen, conservándolos hasta la fecha en que el Comité Especial, en acto público, comunique verbalmente a los postores el resultado de la evaluación de las propuestas técnicas.
Al terminar el acto público, se levantará un acta, la cual será suscrita por el Notario (o Xxxx xx Xxx), por todos sus miembros, así como por los veedores y los postores que lo deseen.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 64 del Reglamento, en los actos de presentación de propuestas y otorgamiento de la Buena Pro se podrá contar con la presencia de un representante del Sistema Nacional de Control, quien participará como veedor y deberá suscribir el acta correspondiente, su inasistencia no viciará el proceso.
CONTENIDO DE LA PROPUESTA ECONÓMICA
La propuesta económica (Sobre Nº 2) deberá incluir obligatoriamente lo siguiente:
La oferta económica, en la moneda que corresponda, incluidos todos los tributos, seguros, transportes, inspecciones, pruebas y, de ser el caso, los costos laborales conforme a la legislación vigente, así como cualquier otro concepto que pueda tener incidencia sobre el costo del servicio a contratar; excepto la de aquellos postores que gocen de exoneraciones legales. La Entidad no reconocerá pago adicional de ninguna naturaleza.
El monto total de la propuesta económica y los subtotales que lo componen deberán ser expresados con dos decimales. Los precios unitarios podrán ser expresados con más de dos decimales.
IMPORTANTE:
Tratándose de un proceso según relación de ítems, cuando los postores se presenten a más de un ítem, deberán presentar sus propuestas económicas en forma independiente.1
EVALUACIÓN DE PROPUESTAS
La evaluación de propuestas se realizará en dos (2) etapas: La evaluación técnica y la evaluación económica.
Los máximos puntajes asignados a las propuestas son los siguientes:
Propuesta Técnica : 100 puntos
Propuesta Económica : 100 puntos
EVALUACIÓN TÉCNICA
Se verificará que la propuesta técnica cumpla con los requerimientos técnicos mínimos contenidos en las presentes Bases. Las propuestas que no cumplan dichos requerimientos no serán admitidas.
Sólo aquellas propuestas admitidas y aquellas a las que el Comité Especial hubiese otorgado plazo de subsanación, pasarán a la evaluación técnica.
En aquellos casos en los que se hubiese otorgado plazo para la subsanación de la propuesta, el Comité Especial deberá determinar si se cumplió o no con la subsanación solicitada. Si luego de vencido el plazo otorgado, no se cumple con la subsanación, el Comité Especial tendrá la propuesta por no admitida.
Una vez cumplida la subsanación de la propuesta o vencido el plazo otorgado para dicho efecto, se continuará con la evaluación de las propuestas técnicas admitidas, asignando los puntajes correspondientes, conforme a la metodología de asignación de puntaje establecida para cada factor.
Las propuestas técnicas que no alcancen el puntaje mínimo de ochenta (80) puntos, serán descalificadas en esta etapa y no accederán a la evaluación económica.
EVALUACIÓN ECONÓMICA
Si la propuesta económica excede el valor referencial, será devuelta por el Comité Especial y se tendrá por no presentada, conforme lo establece el artículo 33 de la Ley.
La evaluación económica consistirá en asignar el puntaje máximo establecido a la propuesta económica de menor monto. Al resto de propuestas se les asignará un puntaje inversamente proporcional, según la siguiente fórmula:
Pi = Om x PMPE
Oi
Donde:
i = Propuesta
Pi = Puntaje de la propuesta económica i
Oi = Propuesta Económica i
Om = Propuesta Económica de monto o precio más bajo
PMPE = Puntaje Máximo de la Propuesta Económica
IMPORTANTE:
En caso el proceso se convoque bajo el sistema de precios unitarios, tarifas o porcentajes, el Comité Especial deberá verificar las operaciones aritméticas de la propuesta que obtuvo el mayor puntaje total y, de existir alguna incorrección, deberá corregirla a fin de consignar el monto correcto y asignarle el lugar que le corresponda. Dicha corrección debe figurar expresamente en el acta respectiva.
Sólo cuando se haya previsto (según el caso concreto) aceptar propuestas económicas que incluyan propuestas de financiamiento, la propuesta económica se evaluará utilizando el método del valor presente neto del flujo financiero que comprenda los costos financieros y el repago de la deuda. Se tomarán en cuenta todos los costos del financiamiento, tales como la tasa de interés, comisiones, seguros y otros, así como la contrapartida de la Entidad si fuere el caso, conforme a las disposiciones contenidas en el artículo 70 del Reglamento.
ACTO PÚBLICO DE OTORGAMIENTO DE LA BUENA PRO
En la fecha y hora señalada en las Bases, el Comité Especial se pronunciará sobre la admisión y la evaluación técnica de las propuestas, comunicando los resultados de esta última.
La evaluación de las propuestas económicas se realizará de conformidad con el procedimiento establecido en las presentes Bases.
La determinación del puntaje total se hará de conformidad con el artículo 71 del Reglamento.
El Comité Especial procederá a otorgar la Buena Pro a la propuesta ganadora, dando a conocer los resultados del proceso de selección a través de un cuadro comparativo en el que se consignará el orden de prelación en que han quedado calificados los postores, detallando los puntajes técnico, económico y total obtenidos por cada uno de ellos.
En el supuesto que dos (2) o más propuestas empaten, el otorgamiento de la Buena Pro se efectuará observando lo señalado en el artículo 73 del Reglamento.
Al terminar el acto público se levantará un acta, la cual será suscrita por el Notario (o Xxxx xx Xxx), por todos los miembros del Comité Especial, así como por los veedores y los postores que deseen hacerlo.
El otorgamiento de la Buena Pro se presumirá notificado a todos los postores en la misma fecha, oportunidad en la que se entregará a los postores copia del acta de otorgamiento de la Buena Pro y el cuadro comparativo, detallando los resultados en cada factor de evaluación. Xxxxx presunción no admite prueba en contrario. Esta información se publicará el mismo día en el SEACE.
CONSENTIMIENTO DE LA BUENA PRO
Cuando se hayan presentado dos (2) o más propuestas, el consentimiento de la Buena Pro se producirá a los cinco (5) días hábiles de la notificación de su otorgamiento en acto público, sin que los postores hayan ejercido el derecho de interponer el recurso de apelación. En este caso, el consentimiento se publicará en el SEACE al día hábil siguiente de haberse producido.
En el caso que se haya presentado una sola oferta, el consentimiento de la Buena Pro se producirá el mismo día de la notificación de su otorgamiento en acto público, y podrá ser publicado en el SEACE ese mismo día o hasta el día hábil siguiente.
CONSTANCIA DE NO ESTAR INHABILITADO PARA CONTRATAR CON EL ESTADO
De acuerdo con el artículo 282 del Reglamento, a partir del día hábil siguiente de haber quedado consentida la Buena Pro o de haberse agotado la vía administrativa conforme a lo previsto en el artículo 122 del Reglamento, hasta el décimo quinto día hábil de producido tal hecho, el postor ganador de la Buena Pro debe solicitar ante el OSCE la expedición de la constancia de no estar inhabilitado para contratar con el Estado.
El OSCE no expedirá constancias solicitadas fuera del plazo establecido.
CAPÍTULO II SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS DURANTE EL PROCESO DE SELECCIÓN
|
RECURSO DE APELACIÓN
A través del recurso de apelación se impugnan los actos dictados durante el desarrollo del proceso de selección, desde la convocatoria hasta aquellos emitidos antes de la celebración del contrato.
El recurso de apelación se presenta ante y es resuelto por el Tribunal de Contrataciones del Estado.
Los actos emitidos por el Titular de la Entidad que declaren la nulidad de oficio o cancelen el proceso, podrán impugnarse ante el Tribunal de Contrataciones del Estado.
PLAZOS DE INTERPOSICIÓN DEL RECURSO DE APELACIÓN
La apelación contra el otorgamiento de la Buena Pro o contra los actos dictados con anterioridad a ella debe interponerse dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes de haberse otorgado la Buena Pro.
La apelación contra los actos distintos a los indicados en el párrafo anterior debe interponerse dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes de haberse tomado conocimiento del acto que se desea impugnar.
CAPÍTULO III DEL CONTRATO
|
DEL PERFECCIONAMIENTO DEL CONTRATO
Una vez que quede consentido o administrativamente firme el otorgamiento de la Buena Pro, dentro de los siete (7) días hábiles siguientes, sin mediar citación alguna, el postor ganador deberá presentar a la Entidad la documentación para la suscripción del contrato prevista en las Bases. Asimismo, dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la presentación de dicha documentación, deberá concurrir ante la Entidad para suscribir el contrato.
En el supuesto que el postor ganador no presente la documentación y/o no concurra a suscribir el contrato, según corresponda, en los plazos antes indicados, se procederá de acuerdo a lo dispuesto en el numeral 3 del artículo 148 del Reglamento.
El contrato será suscrito por la Entidad, a través del funcionario competente o debidamente autorizado, y por el ganador de la Buena Pro, ya sea directamente o por medio de su apoderado, tratándose de persona natural, y tratándose de persona jurídica, a través de su representante legal, de conformidad con lo establecido en el artículo 139 del Reglamento.
Para suscribir el contrato, el postor ganador de la Buena Pro deberá presentar, además de los documentos previstos en las Bases, los siguientes:
Constancia vigente de no estar inhabilitado para contratar con el Estado.
Garantía de fiel cumplimiento.
Garantía de fiel cumplimiento por prestaciones accesorias, en caso corresponda.
Garantía por el monto diferencial de propuesta, en caso corresponda.
Contrato de consorcio con firmas legalizadas de los integrantes, de ser el caso.
Código de cuenta interbancario (CCI).
Traducción oficial efectuada por traductor público juramentado de todos los documentos de la propuesta presentados en idioma extranjero que fueron acompañados de traducción certificada, de ser el caso.
VIGENCIA DEL CONTRATO
En aplicación de lo dispuesto en el artículo 149 del Reglamento, el contrato tiene vigencia desde el día siguiente de la suscripción del documento que lo contiene. Dicha vigencia rige hasta que el funcionario competente dé la conformidad de la recepción de la prestación a cargo del contratista y se efectúe el pago correspondiente.
DE LAS GARANTÍAS
GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO
El postor ganador debe entregar a la Entidad la garantía de fiel cumplimiento del contrato. Esta deberá ser emitida por una suma equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato original y tener vigencia hasta la conformidad de la recepción de la prestación a cargo del contratista.
De manera excepcional, respecto de aquellos contratos que tengan una vigencia superior a un (1) año, previamente a la suscripción del contrato, las Entidades podrán aceptar que el ganador de la Buena Pro presente la garantía de fiel cumplimiento y de ser el caso, la garantía por el monto diferencial de la propuesta, con una vigencia de un (1) año, con el compromiso de renovar su vigencia hasta la conformidad de la recepción de la prestación.
IMPORTANTE:
Al amparo de lo dispuesto en el artículo 39 de la Ley, en los casos de prestación de servicios de ejecución periódica, alternativamente, las micro y pequeñas empresas pueden optar que, como garantía de fiel cumplimiento, la Entidad retenga el diez por ciento (10%) del monto del contrato original. Para estos efectos, la retención de dicho monto se efectuará durante la primera mitad del número total de pagos a realizarse, de forma prorrateada, con cargo a ser devuelto a la finalización del mismo.
GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO POR PRESTACIONES ACCESORIAS
En caso el contrato conlleve a la ejecución de prestaciones accesorias, tales como mantenimiento, reparación o actividades afines, se otorgará una garantía adicional por este concepto, la misma que se renovará periódicamente hasta el cumplimiento total de las obligaciones garantizadas, no pudiendo eximirse su presentación en ningún caso.
GARANTÍA POR EL MONTO DIFERENCIAL DE PROPUESTA
Cuando la propuesta económica fuese inferior al valor referencial en más xxx xxxx por ciento (10%) de éste, para la suscripción del contrato, el postor ganador deberá presentar una garantía adicional por un monto equivalente al veinticinco por ciento (25%) de la diferencia entre el valor referencial y la propuesta económica. Dicha garantía deberá tener vigencia hasta la conformidad de la recepción de la prestación a cargo del contratista.
REQUISITOS DE LAS GARANTÍAS
Las garantías que se presenten deberán ser incondicionales, solidarias, irrevocables y de realización automática en el país al sólo requerimiento de la Entidad. Asimismo, deben ser emitidas por empresas que se encuentren bajo la supervisión de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, y deben estar autorizadas para emitir garantías; o estar consideradas en la lista actualizada de bancos extranjeros de primera categoría que periódicamente publica el Banco Central de Reserva del Perú.
IMPORTANTE:
Corresponde a la Entidad verificar que las garantías presentadas por los postores o contratistas cumplen con los requisitos y condiciones necesarios para su aceptación y eventual ejecución.
EJECUCIÓN DE GARANTÍAS
Las garantías se harán efectivas conforme a las estipulaciones contempladas en el artículo 164 del Reglamento.
ADELANTOS
La Entidad entregará adelantos directos, conforme a lo previsto en el artículo 171 del Reglamento, siempre que ello haya sido previsto en la sección específica de las Bases.
En el supuesto que no se entregue el adelanto en el plazo previsto, el contratista tiene derecho a solicitar la ampliación del plazo de ejecución de la prestación por el número de días equivalente a la demora, conforme al artículo 172 del Reglamento.
DE LAS PENALIDADES E INCUMPLIMIENTO DEL CONTRATO
Las penalidades por retraso injustificado en la ejecución del servicio y las causales para la resolución del contrato, serán aplicadas de conformidad con los artículos 165 y 168 del Reglamento, respectivamente.
De acuerdo con los artículos 48 de la Ley y 166 del Reglamento, en las Bases o el contrato podrán establecerse penalidades distintas a la mencionada en el artículo 165 del Reglamento, siempre y cuando sean objetivas, razonables y congruentes con el objeto de la convocatoria, hasta por un monto máximo equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato vigente o, de ser el caso, del ítem que debió ejecutarse. Estas penalidades se calcularán de forma independiente a la penalidad por xxxx.
PAGOS
La Entidad deberá realizar todos los pagos a favor del contratista por concepto de los servicios objeto del contrato. Dichos pagos se efectuarán después de ejecutada la respectiva prestación; salvo que, por razones xx xxxxxxx, el pago del precio sea condición para la realización del servicio.
La Entidad deberá pagar las contraprestaciones pactadas a favor del contratista en la forma y oportunidad (pago único o pagos parciales) establecida en las Bases o en el contrato, siempre que el contratista los solicite presentando la documentación que justifique el pago y acredite la ejecución de la prestación de los servicios, conforme a la sección específica de las Bases.
Para tal efecto, el responsable de otorgar la conformidad de la prestación de los servicios, deberá hacerlo en un plazo que no excederá de los diez (10) días calendario de ser éstos prestados, a fin que la Entidad cumpla con la obligación de efectuar el pago dentro de los quince (15) días calendario siguientes, siempre que se verifiquen las condiciones establecidas en el contrato.
En el caso que se haya suscrito contrato con un consorcio, el pago se realizará de acuerdo a lo que se indique en el contrato de consorcio.
En caso de retraso en el pago, el contratista tendrá derecho al pago de intereses conforme a lo establecido en el artículo 48 de la Ley, contado desde la oportunidad en que el pago debió efectuarse.
DISPOSICIONES FINALES
Todos los demás aspectos del presente proceso no contemplados en las Bases se regirán supletoriamente por la Ley y su Reglamento, así como por las disposiciones legales vigentes.
SECCIÓN ESPECÍFICA
CONDICIONES ESPECIALES DEL PROCESO DE SELECCIÓN
(EN ESTA SECCIÓN LA ENTIDAD DEBERÁ COMPLETAR LA INFORMACIÓN EXIGIDA, DE ACUERDO A LAS INSTRUCCIONES INDICADAS)
CAPÍTULO I GENERALIDADES
|
ENTIDAD CONVOCANTE
-
Nombre
:
INSTITUTO NACIONAL DE RADIO Y TELEVISIÓN DEL PERÚ
RUC Nº
:
20338915471
Domicilio legal
:
Xx. Xxxxx xx xx Xxxxxxxxx Xx 0000 Xxx. Xxxxx Xxxxxxx - Xxxx
Teléfono/Fax:
:
000-0000
Correo electrónico:
:
OBJETO DE LA CONVOCATORIA
El presente proceso de selección tiene por objeto la contratación del servicio de Xxxxxxx Personales para el IRTP
VALOR REFERENCIAL2
El valor referencial asciende a Trescientos Noventa y Nueve Mil Cuatrocientos Ochenta y Cinco con 80/100 Nuevos Soles (S/. 399,485.80), incluido los impuestos xx Xxx y cualquier otro concepto que incida en el costo total del servicio. El valor referencial ha sido calculado al mes de noviembre de 2012.
-
ÍTEM
DESCRIPCIÓN
VALOR REFERENCIAL TOTAL S/.
1
Seguros de Xxxx Xxx
S/. 399,485.80 (Trescientos Noventa y Nueve Mil Cuatrocientos Ochenta y Cinco con 80/100 Nuevos Soles)
Seguro Complementario Trabajo de Riesgo – SCTR (Salud y Pensión)
Seguro de Asistencia Médica Familiar – Formación Laboral
IMPORTANTE:
Las propuestas económicas no pueden exceder el monto consignado en las Bases como valor referencial de conformidad con el artículo 33 de la Ley. No existe un límite mínimo como tope para efectuar dichas propuestas.
EXPEDIENTE DE CONTRATACIÓN
El expediente de contratación fue aprobado mediante Resolución de Gerencia de Administración y Finanzas N° 149-2012-IRTP del 28 de noviembre de 2012.
FUENTE DE FINANCIAMIENTO
Recursos Ordinarios
IMPORTANTE:
La fuente de financiamiento debe corresponder a aquellas previstas en la Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público del año fiscal en el cual se convoca el proceso de selección.
SISTEMA DE CONTRATACIÓN
El presente proceso se rige por el sistema de Xxxx Xxxxxx, de acuerdo con lo establecido en el expediente de contratación respectivo.
ALCANCES DEL REQUERIMIENTO
El servicio a contratar está definido en los Requerimientos Técnicos Mínimos que forman parte de la presente Sección en el Capítulo III.
PLAZO DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO
Los servicios materia de la presente convocatoria se prestarán en el plazo de Doce (12) meses. Dicho plazo constituye un requerimiento técnico mínimo que debe coincidir con lo establecido en el expediente de contratación.
COSTO DE REPRODUCCIÓN DE LAS BASES
S/. 5.00 (Cinco y 00/100 Nuevos Soles)
BASE LEGAL
Ley Nº 29812 Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012.
Ley Nº 29813 Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público del año fiscal 2012.
Ley N° 29873, que modifica la Ley de Contrataciones del Estado.
Decreto Supremo N° 138-2012-EF, que modifica el Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.
Resolución de Gerencia General N° 024-2012-IRTP, que aprueba la novena modificación del Plan Anual de Contrataciones del IRTP para el año 2012.
Resolución de Gerencia de Administración y Finanzas N° 149-2012-IRTP, que aprueba el Expediente de Contratación y Designa a los integrantes del Comité Especial que tendrá a su cargo la organización, conducción y ejecución del presente proceso de selección.
Las referidas normas incluyen sus respectivas modificaciones, de ser el caso.
CAPÍTULO II DEL PROCESO DE SELECCIÓN
|
CRONOGRAMA DEL PROCESO DE SELECCIÓN3
-
Etapa
Fecha, hora y lugar
Convocatoria
:
30 de noviembre de 2012
Registro de participantes
:
Del: 03 de diciembre de 2012
Al: 11 de diciembre de 2012
Formulación de Consultas y Observaciones a las Bases
:
Del: 03 de diciembre de 2012
Al: 05 de diciembre de 2012
Absolución de Consultas y Observaciones a las Bases
:
07 de diciembre de 2012
Integración de las Bases
:
10 de diciembre de 2012
Presentación de Propuestas
:
14 de diciembre de 2012
* El acto público se realizará en
:
Radio Nacional del Perú del IRTP
Xx. Xxxxx Xxxxxxx Xx 000, Xxx. Xxxxx Xxxxxxx - Xxxx.
10:00 horas
Calificación y Evaluación de Propuestas
:
00 xx xxxxxxxxx xx 0000
Xxxxxxxxxxxx xx xx Xxxxx Pro
:
18 de diciembre de 2012
* El acto público se realizará en
:
Radio Nacional del Perú del IRTP
Xx. Xxxxx Xxxxxxx Xx 000, Xxx. Xxxxx Xxxxxxx - Xxxx.
10:00 horas
IMPORTANTE:
Debe tenerse presente que en un proceso de adjudicación directa pública, entre la convocatoria y la etapa de presentación de propuestas debe existir como mínimo diez (10) días hábiles y, entre la integración de Bases y la etapa de presentación de propuestas debe existir como mínimo tres (3) días hábiles.
REGISTRO DE PARTICIPANTES
El registro de los participantes es gratuito y se realizará en la Oficina de Logística del IRTP, sito en Av. Paseo de la República Nº 1110 3º piso, Urb. Santa Xxxxxxx – Lima, en las fechas señaladas en el cronograma, en el horario de 09:00 a 17:00 horas (Formato N° 2).
En el momento del registro, se emitirá la constancia o cargo correspondiente en el que se indicará: número y objeto del proceso, el nombre y firma de la persona que efectuó el registro, así como el día y hora de dicha recepción.
IMPORTANTE:
Al consignar el horario de atención, debe tenerse en cuenta que el horario de atención no podrá ser menor a ocho horas.
Los participantes registrados tienen el derecho de solicitar un ejemplar de las Bases, para cuyo efecto deben cancelar el costo de reproducción de las mismas.
FORMULACIÓN DE CONSULTAS Y OBSERVACIONES A LAS BASES
Las consultas y observaciones se presentarán por escrito, debidamente fundamentadas, ante la ventanilla xx Xxxx de Partes de la Entidad (Unidad de Trámite Documentario) o la que haga sus veces, sito en Oficina de Logística, sito en Av. Paseo de la República Nº 1110 3º piso, Urb. Xxxxx Xxxxxxx - Xxxx, en las fechas señaladas en el cronograma, en el horario de 09:00 a 17:00 horas, debiendo estar dirigidos al Presidente del Comité Especial de la ADJUDICACIÓN DIRECTA PÚBLICA N° 005-2012-IRTP, pudiendo ser remitidas adicionalmente al siguiente correo electrónico: xxxxxxxx@xxxxxx.xxx.xx .
IMPORTANTE:
Al consignar el horario de atención, debe tenerse en cuenta que el horario de atención no podrá ser menor a ocho horas
ACTO PÚBLICO DE PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS
Las propuestas se presentarán en acto público, en Radio Nacional del Perú del IRTP, sito en Xx. Xxxxx Xxxxxxx Xx 000, Xxx. Xxxxx Xxxxxxx - Xxxx, en la fecha y hora señalada en el cronograma. El acto público se realizará con la participación xx Xxxxxxx Público.
Se podrá contar con la presencia de un representante del Sistema Nacional de Control, quien participará como veedor y deberá suscribir el acta correspondiente. La no asistencia del mismo no vicia el proceso.
Las propuestas se presentarán en dos (2) sobres cerrados y estarán dirigidas al Comité Especial de la ADJUDICACIÓN DIRECTA PÚBLICA N° 005-2012-IRTP, conforme al siguiente detalle:
SOBRE N° 1: Propuesta Técnica. El sobre será rotulado:
Señores
INSTITUTO NACIONAL DE RADIO Y TELEVISIÓN DEL PERÚ - IRTP
Xx. Xxxxx xx xx Xxxxxxxxx Xx 0000 – Xxx. Xxxxx Xxxxxxx - Xxxx
Att.: Comité Especial
ADJUDICACIÓN DIRECTA PÚBLICA N° 005-2012-IRTP
Denominación de la convocatoria: CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE SEGUROS PERSONALES PARA EL IRTP
SOBRE N° 1: PROPUESTA TÉCNICA
[NOMBRE / RAZÓN SOCIAL DEL POSTOR]
SOBRE Nº 2: Propuesta Económica. El sobre será rotulado:
Señores
INSTITUTO NACIONAL DE RADIO Y TELEVISIÓN DEL PERÚ - IRTP
Xx. Xxxxx xx xx Xxxxxxxxx Xx 0000 – Xxx. Xxxxx Xxxxxxx - Xxxx
Att.: Comité Especial
ADJUDICACIÓN DIRECTA PÚBLICA N° 005-2012-IRTP
Denominación de la convocatoria: CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE SEGUROS PERSONALES PARA EL IRTP
SOBRE N° 2: PROPUESTA ECONÓMICA
[NOMBRE / RAZÓN SOCIAL DEL POSTOR]
CONTENIDO DE LAS PROPUESTAS
SOBRE N° 1 - PROPUESTA TÉCNICA
Se presentará en un original y una (01) copia4.
El sobre Nº 1 contendrá, además de un índice de documentos5, la siguiente documentación:
Documentación de presentación obligatoria:
Declaración jurada de datos del postor.
Cuando se trate de consorcio, esta declaración jurada será presentada por cada uno de los consorciados. (Anexo Nº 1).
Declaración jurada de cumplimiento de los Requerimientos Técnicos Mínimos contenidos en el Capítulo III de la presente sección6 (Anexo Nº 2).
Declaración jurada simple de acuerdo al artículo 42 del Reglamento (Anexo Nº 3).
En el caso de consorcios, cada integrante debe presentar esta declaración jurada, salvo que sea presentada por el representante común del consorcio.
Promesa formal de consorcio, de ser el caso, en la que se consigne los integrantes, el representante común, el domicilio común y las obligaciones a las que se compromete cada uno de los integrantes del consorcio así como el porcentaje equivalente a dichas obligaciones. (Anexo Nº 4)
La promesa formal de consorcio deberá ser suscrita por cada uno de sus integrantes.
Se presume que el representante común del consorcio se encuentra facultado para actuar en nombre y representación del mismo en todos los actos referidos al proceso de selección, suscripción y ejecución del contrato, con amplias y suficientes facultades.
Declaración jurada de plazo de prestación del servicio (Anexo Nº 5).
Copia de Constancia o certificado de Autorización expedido por la superintendencia de Banca y Seguros y/o Administradoras de Fondos de Pensiones en Prestaciones de Seguros.7
IMPORTANTE:
La omisión de alguno de los documentos enunciados acarreará la no admisión de la propuesta, sin perjuicio de lo señalado en el artículo 68 del Reglamento.
Documentación de presentación facultativa:
Certificado de inscripción o reinscripción en el registro de la Micro y Pequeña Empresa – REMYPE, de ser el caso8.
En el caso de microempresas y pequeñas empresas integradas por personas con discapacidad, o en el caso de consorcios conformados en su totalidad por éstas, deberá presentarse una constancia o certificado con el cual acredite su inscripción en el Registro de Empresas Promocionales para Personas con Discapacidad9.
Factor Experiencia del Postor: Copia simple de contratos u órdenes de servicio, y su respectiva conformidad por la prestación efectuada; o comprobantes de pago cuya cancelación se acredite documental y fehacientemente. Adicionalmente, para acreditar experiencia adquirida en consorcio, deberá presentarse copia simple de la promesa formal de consorcio o el contrato de consorcio; presentar documentación de acuerdo a lo establecido en literal A del Capítulo IV de las Bases.
Sin perjuicio de lo anterior, los postores deben presentar el Anexo N° 6, referido a la Experiencia del Postor.
Factor Cumplimiento de la prestación: Presentar constancias de prestación o cualquier otro documento que, independientemente de su denominación acrediten que la prestación se efectuó sin que haya incurrido en penalidades, no pudiendo ser mayor xx xxxx (10) contrataciones, de acuerdo a lo establecido en el literal B del Capítulo IV de las Bases.
Mejoras a las condiciones previstas: Presentar Declaración Jurada que prestarán algunos o la totalidad de los servicios que se indican en el literal C del Capítulo IV de las Bases, según Anexo N° 7.
IMPORTANTE:
En caso exista contradicción entre la información presentada en la propuesta técnica, la propuesta será descalificada.
SOBRE N° 2 - PROPUESTA ECONÓMICA10
El Sobre Nº 2 deberá contener la siguiente información obligatoria:
Oferta económica expresada en la moneda del valor referencial (Anexo Nº 8).
El monto total de la propuesta económica y los subtotales que lo componen deberán ser expresados con dos decimales.
IMPORTANTE:
La admisión de la propuesta económica que presenten los postores dependerá de si aquella se encuentra dentro los márgenes establecidos en el artículo 33 de la Ley y el artículo 39 de su Reglamento.
En caso la información contenida en la propuesta económica difiera de la información contenida en la propuesta técnica, la propuesta económica será descalificada.
DETERMINACIÓN DEL PUNTAJE TOTAL
Una vez evaluadas las propuestas técnica y económica se procederá a determinar el puntaje total de las mismas.
El puntaje total de las propuestas será el promedio ponderado de ambas evaluaciones, obtenido de la siguiente fórmula:
PTPi = c1 PTi + c2 PEi
Donde:
PTPi = Puntaje total del postor i
PTi = Puntaje por evaluación técnica del postor i
PEi = Puntaje por evaluación económica del postor i
IMPORTANTE:
Dependiendo del objeto contractual deberá incluirse las disposiciones que correspondan:
En el caso de servicios en general se aplicarán las siguientes ponderaciones:
c1 = Coeficiente de ponderación para la evaluación técnica.
= 0.70
c2 = Coeficiente de ponderación para la evaluación económica.
= 0.30
Dónde: c1 + c2 = 1.00
REQUISITOS PARA LA SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO
El postor ganador de la Buena Pro deberá presentar los siguientes documentos para suscribir el contrato:
Constancia vigente de no estar inhabilitado para contratar con el Estado.
Carta Fianza, como Garantía de fiel cumplimiento del contrato.
Carta Fianza, como Garantía por el monto diferencial de la propuesta, de ser el caso.
Contrato de consorcio con firmas legalizadas de los integrantes, de ser el caso.
Desagregado por pólizas de la propuesta económica, que incluyan todos los xxxxx que componen el objeto de la convocatoria, según Anexo N° 09.
Copia de DNI del Representante Legal, autorizado para suscribir el contrato respectivo.
Copia de la vigencia del poder del representante legal de la empresa, autorizado para suscribir el contrato respectivo, con una antigüedad, no mayor a tres (03) meses.
Copia literal de la constitución de la empresa y sus modificatorias debidamente actualizada, con una antigüedad, no mayor a tres (03) meses.
Copia del RUC de la empresa.
Código de cuenta interbancario (CCI).
IMPORTANTE:
En caso de que el postor ganador de la Buena Pro sea un consorcio y la Entidad opte por solicitar como garantía para la suscripción del contrato carta fianza o póliza de caución, conforme a lo indicado por la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones en los Oficios Nº 5196-2011-SBS y Nº 15072-2012-SBS, a fin de que no existan problemas en la ejecución de las mencionadas garantías, resulta necesario que éstas consignen en su texto, el nombre, denominación o razón social de todas y cada una de las personas naturales y/o jurídicas que integran el consorcio.
La Entidad no podrá exigir documentación o información adicional a la consignada en el presente numeral para la suscripción del contrato.
PLAZO PARA LA SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO
El postor ganador de la Buena Pro, sin mediar citación alguna por parte de la Entidad, deberá presentar toda la documentación prevista para la suscripción del contrato dentro del plazo de siete (7) días hábiles, contados a partir del día siguiente de consentida la Buena Pro. Asimismo, dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la presentación de dicha documentación, deberá concurrir ante la Entidad para suscribir el contrato.
La citada documentación deberá ser presentada en la Oficina de Logística, Av. Paseo de la República Nº 1110, 3er. Piso, Urb. Xxxxx Xxxxxxx, Lima, en el horario de 09:00 a 17:00 horas.
FORMA DE PAGO
La Entidad deberá realizar el pago de la contraprestación pactada a favor del contratista en doce (12) armadas mensuales, considerando que se debe realizar en base a las Declaraciones mensuales.
De acuerdo con el artículo 176 del Reglamento, para efectos del pago de las contraprestaciones ejecutadas por el contratista, la Entidad deberá contar con la siguiente documentación:
Recepción y conformidad de la Oficina de Administración de Personal de la Gerencia de Administración y Finanzas.
Informe del funcionario responsable del área usuaria emitiendo su conformidad de la prestación efectuada.
Comprobante de pago.
PLAZO PARA EL PAGO
La Entidad debe efectuar el pago dentro de los quince (15) días calendario siguiente al otorgamiento de la conformidad respectiva, siempre que se verifiquen las demás condiciones establecidas en el contrato.
REAJUSTE DE LOS PAGOS
NO APLICA
CAPÍTULO III TÉRMINOS DE REFERENCIA Y REQUERIMIENTOS TÉCNICOS MÍNIMOS
|
“CONTRATACIÓN DE SERVICIO DE SEGUROS PERSONALES PARA EL IRTP”
OBJETO
Contratar el Servicio de Seguros Personales para el Instituto Nacional de Radio y Televisión del Perú - IRTP.
FINALIDAD PÚBLICA
Asegurar la cobertura de asistencia médica, accidentes, muerte y pensiones a través de los seguros privados correspondientes, con una cobertura de 24 horas al día en posibles siniestros de trabajadores y practicantes pre y profesionales del Instituto Nacional de Radio y Televisión del Perú - IRTP.
PLAZO DE EJECUCIÓN DEL SERVICIO
Doce (12) meses, contados a partir del día siguiente de la suscripción del contrato.
REQUERIMIENTO DEL SERVICIO:
En el Anexo 1 se detallan los Slips Técnicos para cada Ramo de Seguro:
Póliza de Seguro de Xxxx Xxx
Póliza de Seguro Complementario Trabajo de Riesgo - Salud
Póliza de Seguro Complementario Trabajo de Riesgo - Pensión
Póliza de Asistencia Médica Familiar - Formación Laboral
OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA:
Durante la ejecución contractual, El Contratista, se compromete en realizar lo siguiente:
La emisión de Endosos por adicionales será bajo la tasa ofrecida por el Contratista en cada Ramo.
La emisión de documentos (Pólizas, Endosos, Certificaciones, Constancias, entre otros) será en un plazo no mayor a quince (15) días hábiles, contados a partir del día siguiente de la suscripción del contrato ó la recepción del requerimiento de la Entidad.
El Contratista hará entrega del Reporte de Siniestralidad de las Pólizas que suscriban cuando sea requerido por la Entidad, el cual incluirá como mínimo la siguiente información:
Primas y Siniestros por póliza
Detalle de los siniestros, indicando como mínimo:
Nº de Póliza
Ramo
Fecha de Siniestro
Nº de Siniestro
Causa
Nombre de la persona afectada
Montos en reserva y/o montos pagados
Estado del Siniestro
Importe del deducible pagado o pendiente de pago
INFORMACIÓN QUE DEBERÁ PRESENTAR EL POSTOR GANADOR PARA LA SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO
Prima desagregada por cada Póliza de Seguro requerida, en la cual se precise lo siguiente:
Tasa Neta y/o Prima Individual
Prima Neta Anual
Derecho de Emisión
Impuestos
Prima Total
Cobertura Provisional por 30 días al programa de Seguros ofertado por el postor, la misma que deberá entrar en vigencia a partir de las 12.00 horas del día siguiente de la suscripción del contrato y se mantendrá vigente hasta la entrega de las pólizas de seguros respectivas. Esta cobertura provisional estará sujeta a las Condiciones Generales, Particulares y Especiales de cada Ramo de Seguro requerido y cubrirá todo siniestro que se produzca, sin que el Contratista pueda alegar falta de cobertura por falta de pago xx xxxxxx o de interés asegurable a la firma del contrato.
CONFORMIDAD DEL SERVICIO
La conformidad del servicio la otorgará la Oficina de Administración de Personal de la Gerencia de Administración y Finanzas.
FORMA DE PAGO
El pago de la prima total será en cuotas mensuales, iguales consecutivas y sin incluir intereses.
REQUERIMIENTOS TECNICOS MINIMOS
SEGURO DE XXXX XXX (D.L. 688 – MODIFICADO CON LEY N° 29549)
ASEGURADO |
: |
INSTITUTO NACIONAL DE RADIO Y TELEVISIÓN DEL PERÚ |
DIRECCION |
: |
XX. XXXX XXXXXX #0000 XXX XXXXX XXXXXXX– XXXX |
VIGENCIA |
: |
ANUAL – DESDE HASTA A LAS 12:00 HORAS (EN BASE A DECLARACIONES MENSUALES) |
ASEGURADOS
Trabajadores con más de un (01) día de contratados.
OBJETO DEL SERVICIO:
Contratar un Seguro de Xxxx Xxx para las personas contratadas a plazo fijo o indeterminado. El pago mensual será según la declaración mensual de la planilla anterior al mes a pagar.
COBERTURAS BÁSICAS |
|
Muerte Natural |
16 remuneraciones |
Muerte Accidental |
32 remuneraciones |
Invalidez Total y Permanente por Accidente |
32 remuneraciones |
COBERTURAS ADICIONALES |
|
Reembolso por Sepelio |
03 Xxxxxxx, máximo S/. 8,000 |
Desgravamen |
05 Xxxxxxx, máximo S/. 20,000 |
Desamparo Familiar Súbito |
05 Sueldos, máximo S/. 30,000 |
Cáncer |
05 Xxxxxxx, máximo S/. 8,000 |
Accidente Cerebro Vascular |
05 Sueldos, máximo S/. 8,000 |
Infarto al Miocardio |
05 Sueldos, máximo S/. 8,000 |
Insuficiencia Renal Crónica |
05 Sueldos, máximo S/. 8,000 |
Ceguera |
05 Xxxxxxx, máximo S/. 15,000 |
Sordera |
05 Xxxxxxx, máximo S/. 15,000 |
Quemadura |
05 Xxxxxxx, máximo S/. 7,500 |
Trasplante de Órganos |
05 Sueldos, máximo S/. 20,000 |
Esclerosis Múltiple |
05 Sueldos, máximo S/. 7,500 |
Coma |
05 Xxxxxxx, máximo S/. 7,500 |
Hijo Póstumo |
05 Sueldos, máximo S/. 2,500 |
Incapacidad para el trabajo |
05 Sueldos, máximo S/. 7,500 |
Repatriación de restos |
05 Sueldos, máximo S/. 7,500 |
Renta Accidental por fallecimiento en accidente de trabajo |
½ sueldo hasta un máximo de S/. 1,500 |
BENEFICIARIOS
De acuerdo x Xxx
INFORMACIÓN ADICIONAL
Estimado Anual de Planillas |
S/. 12,129,016.44 |
Número de trabajadores |
234 |
Nº de personas mayores de 60 años |
54 |
Sueldo Mayor |
S/. 13,075.00 |
Nº de remuneraciones al año |
12 |
Se considera aplicación de topes de remuneración asegurables de S/.7,948.50
PERSONAL SEGÚN RANGO DE EDADES Y PLANILLA MENSUAL
Rango de Edades |
Número de Asegurados |
Planilla Mensual S/. |
18-30 |
1 |
3500.00 |
00-00 |
00 |
000,119.17 |
00-00 |
000 |
000,899.88 |
00-00 |
00 |
00,474.84 |
Total |
234 |
653,993.89 |
FACTURACION
Mensual
SEGURO COMPLEMENTARIO TRABAJO DE RIESGO - SALUD
ASEGURADO |
: |
INSTITUTO NACIONAL DE RADIO Y TELEVISION DEL PERU |
DIRECCION |
: |
XX. XXXX XXXXXX # 0000 XXX. XXXXX XXXXXXX – XXXX |
VIGENCIA |
: |
ANUAL – DESDE HASTA A LAS 12 HORAS (EN BASE A DECLARACIONES MENSUALES) |
|
OBJETO
La contratación de un seguro que otorgue cobertura por accidentes de trabajo y enfermedad profesional a los trabajadores que laboran en el INSTITUTO NACIONAL DE RADIO Y TELEVISION DEL PERU.
TASA MENSUAL
El postor deberá indicar la tasa, la misma que se aplicará sobre la remuneración asegurable de los trabajadores declarados en planilla, para calcular la Prima Neta a la que se incluirá el Impuesto General a las Ventas.
ASEGURADOS
Trabajadores que realizan actividades de riesgo a los que refiere el decreto supremo No. 009-97-SA, así como el decreto supremo No. 003-97-SA y el reglamento xx Xxx No. 26790.
PERSONAL A SER ASEGURADO
N º de Trabajadores |
Planilla Mensual (S/.) |
Planilla Anual (S/.) |
550 |
1´530,742.00 |
18´368,904.00 |
CONSIDERACIONES
ACCIDENTE DE TRABAJO
Es toda lesión orgánica o perturbación funcional causada en el centro de trabajo o con ocasión del trabajo, por acción imprevista, fortuita u ocasional de una fuerza externa, repentina y violenta que obra súbitamente sobre la persona del trabajador o debida al esfuerzo del mismo.
ENFERMEDAD PROFESIONAL
Es toda enfermedad permanente o temporal que sobreviene al trabajador como consecuencia directa de la clase de trabajo que desempeña o del medio en que se ha visto obligado a trabajar.
COBERTURAS
Asistencia y asesoramiento preventivo promocional en salud ocupacional a la entidad empleadora y a los asegurados.
Atención médica, farmacológica, hospitalaria y quirúrgica, cualquiera fuere su nivel de complejidad, hasta la recuperación total del asegurado, o la declaración de una invalidez permanente total o parcial o fallecimiento.
El asegurado conserva su derecho a ser atendido por el Seguro Social en Salud con posterioridad al alta o a la declaración de la invalidez permanente, de acuerdo al Artículo 7° del Decreto Supremo N° 009-97-SA
Rehabilitación y readaptación laboral al asegurado inválido bajo este seguro.
Aparatos de prótesis y ortopédicos necesarios para el asegurado inválido bajo este seguro.
CONDICIONES
Normas Legales sobre el Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo – Salud.
CONDICIONES ESPECIALES
La cobertura se iniciará desde el momento en que los trabajadores son destacados a realizar la labor asignada.
La cobertura cubrirá el traslado de los trabajadores asegurados al lugar donde han sido destacados.
BENEFICIARIOS
Herederos legales
FACTURACION
Mensual
SEGURO COMPLEMENTARIO TRABAJO DE RIESGO - PENSION
ASEGURADO |
: |
INSTITUTO NACIONAL DE RADIO Y TELEVISION DEL PERU |
DIRECCION |
: |
XX. XXXX XXXXXX # 0000 XXX. XXXXX XXXXXXX – XXXX |
VIGENCIA |
: |
ANUAL – DESDE HASTA A LAS 12 HORAS (EN BASE A DECLARACIONES MENSUALES) |
|
ASEGURADOS
Trabajadores que realizan actividades de riesgo a los que refiere el decreto supremo No. 009-97-SA, así como el decreto supremo No. 003-97-SA y el reglamento xx Xxx No. 26790
PERSONAL A SER ASEGURADO
N º de Trabajadores |
Planilla Mensual (S/.) |
Planilla Anual (S/.) |
550 |
1´530,742.00 |
18´368,904.00 |
COBERTURAS
De acuerdo al Decreto Supremo N° 003-98-SA, la remuneración máximo asegurable varía trimestralmente, de acuerdo a lo indicado por la Superintendencia de Banca y Seguros y AFP
Pensión de Invalidez : Pensiones de Invalidez al Asegurado a consecuencia de un accidente de trabajo o enfermedad profesional, según el grado de incapacidad del Asegurado
Invalidez Parcial Permanente
Invalidez Total Permanente
Invalidez Parcial Permanente inferior al 50%
Pensión de Sobrevivencia por muerte del asegurado
Gastos de Sepelio por accidentes de trabajo o enfermedad ocupacional
Las coberturas se darán a consecuencia de un accidente de trabajo de riesgo, o a consecuencia de una enfermedad ocupacional.
CONDICIONES
Normas Legales sobre el Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo – Pensiones
Se amplía el plazo de aviso de siniestro a 30 días, a fin de evitar su rechazo por extemporaneidad
BENEFICIARIOS
De acuerdo a lo que indica las Normas Legales sobre el Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo
FACTURACION
Mensual
SEGURO DE ASISTENCIA MÉDICA FAMILIAR – FORMACIÓN LABORAL
ASEGURADO |
: |
INSTITUTO NACIONAL DE RADIO Y TELEVISIÓN DEL PERÚ |
DIRECCION |
: |
XX. XXXX XXXXXX # 0000 XXX. XXXXX XXXXXXX - XXXX |
VIGENCIA |
: |
ANUAL – DESDE HASTA A LAS 12:00 HORAS (EN BASE A DECLARACIONES MENSUALES) |
OBJETIVO DEL SERVICIO
Contratar un Seguro de Asistencia Médica Laboral Juvenil para 16 practicantes a nivel nacional, con cobertura todos los días del periodo de vigencia del seguro y durante las 24 horas del día.
La cantidad de practicantes mencionada anteriormente es referencial puesto que puede variar durante la vigencia de la póliza de seguros.
ASEGURADOS 16 practicantes.
BENEFICIO MÁXIMO ANUAL
Xxxxxxxxx Xxxxxx Xxxxx por Persona De acuerdo al artículo 42 del capitulo VI – Normas comunes a las modalidades formativas de la Ley No. 28518 |
|
En caso de enfermedad |
14 subvenciones mensuales |
En caso de accidentes |
30 subvenciones mensuales |
Cobertura |
Suma Asegurada |
Xxxxxxxxx Xxxxxx Xxxxx y por Persona por Enfermedad |
S/. 10,500.00 |
Xxxxxxxxx Xxxxxx Xxxxx y por Persona por Accidente |
S/. 22,500.00 |
Importe de Subvención Mensual: S/ 750
COBERTURAS
OFTALMOLOGÍA |
|
Medición de vista una vez al año: |
Al 100% |
ODONTOLOGÍA |
|
Única y exclusivamente a consecuencia de un accidente |
|
Deducible: |
S/. 0.00 |
Excesos de gastos cubiertos al: |
100% / Hasta S/. 5000,00 |
Prevención Dental |
|
Chequeo preventivo una vez al año: |
Al 100% |
ATENCIÓN AMBULATORIA (Lima y Provincias) |
|
Crédito y Reembolso |
|
Deducible: |
S/. 17.00 |
Excesos de gastos cubiertos al: |
95% |
Provincias:
|
HOSPITALIZACIÓN (Lima y Provincias) |
|
Crédito |
|
Deducible Hospitalario: |
1 día de habitación |
Excesos de gastos cubiertos al: |
95% |
Reembolso |
|
Deducible Hospitalario: |
1 día de habitación |
Excesos de gastos cubiertos al: |
95% |
|
ATENCIÓN DE EMERGENCIAS |
Emergencia Accidental (sin Hospitalización) |
Cubierta al 100% por todo el tratamiento a consecuencia del accidente. La atención deberá de realizarse dentro de las 48 horas. Importante: Si por el accidente sufrido el asegurado necesita hospitalizarse, los gastos serán según las condiciones señaladas en el beneficio de hospitalización. |
Emergencia Médica |
Cubierta al 100% hasta la estabilización del paciente. Importante: El beneficio de emergencia médica será atendido únicamente en las clínicas o centros médicos señalados por la compañía de seguros y por reembolso en aquellos lugares en donde el postor ganador no cuente con convenios con proveedores. |
TRANSPORTE POR EVACUACIÓN |
|
Evacuación del paciente a un centro hospitalario en caso de emergencia y siempre que sea ordenado por el médico tratante. |
|
Avión nacional (vuelos regulares) |
Al 100% |
Ambulancia |
Al 100% |
COBERTURAS ADICIONALES |
Chequeo médico anual cubierto al 100%, consistente en:
|
SEGURO DE ACCIDENTES PERSONALES |
|
Coberturas |
22,500.00 |
Emergencia Accidental |
22,500.00 |
Muerte Accidental |
22,500.00 |
Invalidez Total y/o parcial permanente |
22,500.00 |
Sepelio |
7,000.00 |
FACTURACION
Mensual
IMPORTANTE:
La contratación se realizará por ítem paquete.
CAPÍTULO IV CRITERIOS DE EVALUACIÓN TÉCNICA
|
EVALUACIÓN TÉCNICA (Puntaje Máximo: 100 Puntos)
Es de exclusiva responsabilidad del Comité Especial que los factores permitan la selección de la mejor oferta en relación con la necesidad que se requiere satisfacer.
FACTORES DE EVALUACIÓN UTILIZADOS CUANDO SE CONVOQUE LA CONTRATACIÓN DE SERVICIOS EN GENERAL:
De acuerdo con el artículo 45 del Reglamento, las Bases deben consignar el siguiente factor de evaluación:
FACTORES DE EVALUACIÓN - OBLIGATORIOS |
PUNTAJE / METODOLOGÍA PARA SU ASIGNACIÓN |
|
A. |
EXPERIENCIA EN LA ACTIVIDAD |
M = Monto facturado acumulado por el postor por la prestación de servicios correspondientes a la actividad objeto del proceso
M >= 4 veces el valor referencial: 50 puntos
M >= 3 veces el valor referencial y < 4 veces el valor referencial: 40 puntos
M >= 2 veces el valor referencial y < 3 veces el valor referencial: 30 puntos
M >= 1 vez el valor referencial y < 2 veces el valor referencial: 20 puntos11
|
|
Criterio: Se evaluará considerando el monto facturado acumulado por el postor correspondiente a servicios iguales o similares (iguales o similares se refiere a servicios de seguros en general) al objeto del proceso durante un periodo de cinco (05) años a la fecha de la presentación de propuestas, hasta por un monto máximo acumulado equivalente a cuatro (04) veces el Valor Referencial..
Acreditación: La experiencia se acreditará mediante copia simple de: contratos u órdenes de servicio, y su respectiva conformidad por la prestación efectuada; o comprobantes de pago cuya cancelación se acredite documental y fehacientemente, con voucher de depósito, reporte de estado de cuenta, cheque y/o cancelación en el mismo comprobante de pago, entre otros, correspondientes a un xxxxxx xx xxxx (10) servicios.
En caso los postores presenten varios comprobantes de pago para acreditar la prestación de un solo servicio, se deberá acreditar que corresponden a dicho servicio; de lo contrario, se asumirá que los comprobantes acreditan servicios independientes, en cuyo caso solo se considerará, para la evaluación y calificación, los diez (10) primeros servicios indicados en el Anexo Nº 6 referido a la Experiencia del Postor.
En el caso de servicios de ejecución periódica, sólo se considerará como experiencia la parte del contrato que haya sido ejecutada a la fecha de presentación de propuestas, debiendo adjuntarse copia de las conformidades correspondientes a tal parte o los respectivos comprobantes de pago.
En los casos que se acredite experiencia adquirida en consorcio, deberá presentarse la promesa formal de consorcio o el contrato de consorcio del cual se desprenda fehacientemente el porcentaje de las obligaciones que se asumió en el contrato presentado; de lo contrario, no se computará la experiencia proveniente de dicho contrato.
Asimismo, cuando se presenten contratos derivados de procesos de selección convocados antes del 20.09.2012, se entenderá que el porcentaje de las obligaciones equivale al porcentaje de participación de la promesa formal o del contrato de consorcio. En caso en dichos documentos no se consigne el porcentaje de participación se presumirá que las obligaciones se ejecutaron en partes iguales.
Cuando en los contratos, órdenes de servicios o comprobantes de pago el monto facturado se encuentre expresado en moneda extranjera, debe indicarse el tipo de cambio venta publicada por la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP correspondiente a la fecha de suscripción del contrato, de emisión de la orden de servicio o de cancelación del comprobante de pago, según corresponda.
Sin perjuicio de lo anterior, los postores deben llenar y presentar el Anexo Nº 6 referido a la Experiencia del Postor.
|
FACTORES DE EVALUACIÓN - OPCIONALES |
PUNTAJE / METODOLOGÍA PARA SU ASIGNACIÓN |
|
B. |
CUMPLIMIENTO DEL SERVICIO |
Se debe utilizar la siguiente fórmula de evaluación12:
PCP= PF x CBC NC
Dónde:
PCP = Puntaje a otorgarse al postor. PF = Puntaje máximo al postor. NC = Número de contrataciones presentadas para acreditar la experiencia del postor. CBC = Número de constancias de prestación válidas.
30 puntos
|
|
Criterio: Se evaluará el nivel de cumplimiento del postor, respecto de los servicios presentados para acreditar la experiencia del postor, en función al número de constancias de prestación presentadas.
Acreditación: Mediante la presentación de un xxxxxx xx xxxx (10) constancias de prestación o cualquier otro documento que, independientemente de su denominación, indique, como mínimo, lo siguiente:
|
|
D. |
MEJORAS A LAS CONDICIONES PREVISTAS13 |
Mejora 1 : 10 puntos
Mejora 2 : 10 puntos
|
|
Criterio: Se evaluarán las propuestas de mejoras para la ejecución del servicio, determinándose como mejoras los siguientes aspectos:
Se calificará las mejoras de orden técnico que presenten los postores respecto a los Términos de Referencia, según Anexo Nº 10.
2.1 Incrementar el límite máximo de la cobertura adicional Infarto Agudo al MiocardioA S/. 12,000 5 puntos A S/. 10,000 2 puntos
2.2 Incrementar el límite máximo de la cobertura adicional CáncerA S/. 12,000 5 puntos A S/. 10,000 2 puntos
Acreditación: Se acreditará mediante la presentación de una declaración jurada. |
|
PUNTAJE TOTAL |
100 puntos14 |
IMPORTANTE:
Los factores de evaluación no pueden calificar con puntaje el cumplimiento de los requerimientos técnicos mínimos.
Para acceder a la etapa de evaluación económica, el postor deberá obtener un puntaje técnico mínimo de ochenta (80) puntos.
CAPÍTULO V PROFORMA DEL CONTRATO
|
Conste por el presente documento, la CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE SEGUROS PERSONALES PARA EL IRTP, que celebra de una parte el Instituto Nacional de Radio y Televisión, en adelante LA ENTIDAD, con RUC Nº [………], con domicilio legal en [………], representada por [………..…], identificado con DNI Nº [………], y de otra parte [……………….....................], con RUC Nº [................], con domicilio legal en [……………….....................], inscrita en la Ficha N° [……………….........] Asiento N° [……….......] del Registro de Personas Jurídicas de la ciudad de [………………], debidamente representado por su Representante Legal, [……………….....................], con DNI N° [………………..], según poder inscrito en la Ficha N° […………..], Asiento N° […………] del Registro de Personas Jurídicas de la ciudad de […………], a quien en adelante se le denominará EL CONTRATISTA en los términos y condiciones siguientes:
CLÁUSULA PRIMERA: ANTECEDENTES
Con fecha [………………..], el Comité Especial adjudicó la Buena Pro de la ADJUDICACIÓN DIRECTA PÚBLICA Nº 005-2012-IRTP - PRIMERA CONVOCATORIA para la CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE SEGUROS PERSONALES PARA EL IRTP, a [INDICAR NOMBRE DEL GANADOR DE LA BUENA PRO], cuyos detalles e importes constan en los documentos integrantes del presente contrato.
CLÁUSULA SEGUNDA: OBJETO
El presente contrato tiene por objeto la CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE SEGUROS PERSONALES PARA EL IRTP, conforme a los Términos de Referencia.
CLÁUSULA TERCERA: MONTO CONTRACTUAL
El monto total del presente contrato asciende a S/. ……… (…………… y …./100 Nuevos Soles), que incluye el Impuesto General a las Ventas.
Este monto comprende el costo del servicio, seguros e impuestos, así como todo aquello que sea necesario para la correcta ejecución de la prestación materia del presente contrato.
CLÁUSULA CUARTA: DEL PAGO15
LA ENTIDAD se obliga a pagar la contraprestación a EL CONTRATISTA en Nuevos Soles, en doce (12) armadas mensuales, considerando que se debe realizar en base a las Declaraciones mensuales, luego de la recepción formal y completa de la documentación correspondiente, según lo establecido en el artículo 181 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.
Para tal efecto, el responsable de otorgar la conformidad de la prestación deberá hacerlo en un plazo que no excederá de los diez (10) días calendario de ser estos recibidos.
LA ENTIDAD debe efectuar el pago dentro de los quince (15) días calendario siguiente al otorgamiento de la conformidad respectiva, siempre que se verifiquen las demás condiciones establecidas en el contrato.
En caso de retraso en el pago, EL CONTRATISTA tendrá derecho al pago de intereses conforme a lo establecido en el artículo 48 de la Ley de Contrataciones del Estado, contado desde la oportunidad en el que el pago debió efectuarse.
CLÁUSULA QUINTA: DEL PLAZO DE LA EJECUCIÓN DE LA PRESTACIÓN
El plazo de ejecución del presente contrato es de doce (12) meses, el mismo que se computa desde el día siguiente de suscrito el contrato.
CLÁUSULA SEXTA: PARTES INTEGRANTES DEL CONTRATO
El presente contrato está conformado por las Bases integradas, la oferta ganadora16 y los documentos derivados del proceso de selección que establezcan obligaciones para las partes.
CLÁUSULA SÉTIMA: GARANTÍAS
EL CONTRATISTA entregó a la suscripción del contrato la respectiva garantía solidaria, irrevocable, incondicional y de realización automática a sólo requerimiento, a favor de LA ENTIDAD, por los conceptos, importes y vigencias siguientes:
De fiel cumplimiento del contrato17: S/. [CONSIGNAR EL MONTO], a través de la Carta Fianza [INDICAR NUMERO DEL DOCUMENTO, EMPRESA QUE LA EMITE]. Cantidad que es equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato original, la misma que deberá mantenerse vigente hasta la conformidad de la recepción de la prestación.
IMPORTANTE:
Al amparo de lo dispuesto en el artículo 39 de la Ley de Contrataciones del Estado, en los casos de prestación de servicios de ejecución periódica, si el postor ganador de la Buena Pro solicita la retención xxx xxxx por ciento (10%) del monto del contrato original como garantía de fiel cumplimiento deberá consignarse lo siguiente:
“De fiel cumplimiento del contrato: S/. [CONSIGNAR EL MONTO], a través de la retención que deberá efectuar LA ENTIDAD durante la primera mitad del número total de pagos a realizarse, de forma prorrateada, con cargo a ser devuelto a la finalización del mismo.”
En el caso que corresponda, consignar lo siguiente:
Garantía por el monto diferencial de la propuesta18: S/. [CONSIGNAR EL MONTO], a través de la Carta Fianza [INDICAR NUMERO DEL DOCUMENTO, EMPRESA QUE LA EMITE], la misma que deberá mantenerse vigente hasta la conformidad de la recepción de la prestación.
CLÁUSULA OCTAVA: EJECUCIÓN DE GARANTÍAS POR FALTA DE RENOVACIÓN
LA ENTIDAD está facultada para ejecutar las garantías cuando EL CONTRATISTA no cumpliera con renovarlas, conforme a lo dispuesto por el artículo 164 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.
CLÁUSULA NOVENA: CONFORMIDAD DEL SERVICIO
La conformidad del servicio se regula por lo dispuesto en el artículo 176 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado y será otorgada por Oficina de Administración de Personal de la Gerencia de Administración y Finanzas.
De existir observaciones se consignarán en el acta respectiva, indicándose claramente el sentido de éstas, dándose al contratista un plazo prudencial para su subsanación, en función a la complejidad del servicio. Dicho plazo no podrá ser menor de dos (2) ni mayor xx xxxx (10) días calendario. Si pese al plazo otorgado, EL CONTRATISTA no cumpliese a cabalidad con la subsanación, LA ENTIDAD podrá resolver el contrato, sin perjuicio de aplicar las penalidades que correspondan.
Este procedimiento no será aplicable cuando los servicios manifiestamente no cumplan con las características y condiciones ofrecidas, en cuyo caso LA ENTIDAD no efectuará la recepción, debiendo considerarse como no ejecutada la prestación, aplicándose las penalidades que correspondan.
CLÁUSULA DÉCIMA: DECLARACIÓN JURADA DEL CONTRATISTA
EL CONTRATISTA declara bajo juramento que se compromete a cumplir las obligaciones derivadas del presente contrato, bajo sanción de quedar inhabilitado para contratar con el Estado en caso de incumplimiento.
CLÁUSULA UNDÉCIMA: RESPONSABILIDAD POR VICIOS OCULTOS
La conformidad del servicio por parte de LA ENTIDAD no enerva su derecho a reclamar posteriormente por defectos o vicios ocultos, conforme a lo dispuesto por el artículo 50 de la Ley de Contrataciones del Estado.
El plazo máximo de responsabilidad del contratista es de un (01) año.
CLÁUSULA DUODÉCIMA: PENALIDADES
Si EL CONTRATISTA incurre en retraso injustificado en la ejecución de las prestaciones objeto del contrato, LA ENTIDAD le aplicará una penalidad por cada día de atraso, hasta por un monto máximo equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato vigente o, de ser el caso, del monto del ítem que debió ejecutarse, en concordancia con el artículo 165 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.
En todos los casos, la penalidad se aplicará automáticamente y se calculará de acuerdo a la siguiente fórmula:
Penalidad Diaria = |
0.10 x Monto |
F x Plazo en días |
Dónde:
F = 0.25 para plazos mayores a sesenta (60) días o;
F = 0.40 para plazos menores o iguales a sesenta (60) días.
Tanto el monto como el plazo se refieren, según corresponda, al contrato o ítem que debió ejecutarse o, en caso que éstos involucrarán obligaciones de ejecución periódica, a la prestación parcial que fuera materia de retraso.
Esta penalidad será deducida de los pagos a cuenta, del pago final o en la liquidación final; o si fuese necesario se cobrará del monto resultante de la ejecución de las garantías de Fiel Cumplimiento o por el monto diferencial de la propuesta (de ser el caso).
Cuando se llegue a cubrir el monto máximo de la penalidad, LA ENTIDAD podrá resolver el contrato por incumplimiento.
La justificación por el retraso se sujeta a lo dispuesto por la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento, el Código Civil y demás normas aplicables, según corresponda.
CLÁUSULA DÉCIMO TERCERA: RESOLUCIÓN DEL CONTRATO
Cualquiera de las partes podrá resolver el contrato, de conformidad con los artículos 40, inciso c), y 44 de la Ley de Contrataciones del Estado, y los artículos 167 y 168 de su Reglamento. De darse el caso, LA ENTIDAD procederá de acuerdo a lo establecido en el artículo 169 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.
CLÁUSULA DÉCIMO CUARTA: RESPONSABILIDAD DE LAS PARTES
Cuando una de las partes no ejecute injustificadamente las obligaciones asumidas, debe resarcir a la otra parte por los daños y perjuicios ocasionados, a través de la indemnización correspondiente. Ello no obsta la aplicación de las sanciones administrativas, penales y pecuniarias a que dicho incumplimiento diere lugar, en el caso que éstas correspondan.
Lo señalado precedentemente no exime a ninguna de las partes del cumplimiento de las demás obligaciones previstas en el presente contrato.
CLÁUSULA DÉCIMO QUINTA: MARCO LEGAL DEL CONTRATO
Sólo en lo no previsto en este contrato, en la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento, en las directivas que emita el OSCE y demás normativa especial que resulte aplicable, serán de aplicación supletoria las disposiciones pertinentes del Código Civil vigente, cuando corresponda, y demás normas de derecho privado.
CLÁUSULA DÉCIMO SEXTA: SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS19
Cualquiera de las partes tiene el derecho a iniciar el arbitraje administrativo a fin de resolver las controversias que se presenten durante la etapa de ejecución contractual dentro del plazo de caducidad previsto en los artículos 144, 170, 175, 176, 177 y 181 del Reglamento o, en su defecto, en el artículo 52 de la Ley de Contrataciones del Estado.
Facultativamente, cualquiera de las partes podrá someter a conciliación la referida controversia, sin perjuicio de recurrir al arbitraje en caso no se llegue a un acuerdo entre ambas, según lo señalado en el artículo 214 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.
El Laudo arbitral emitido es definitivo e inapelable, tiene el valor de cosa juzgada y se ejecuta como una sentencia.
CLÁUSULA DÉCIMO SÉTIMA: FACULTAD DE ELEVAR A ESCRITURA PÚBLICA
Cualquiera de las partes podrá elevar el presente contrato a Escritura Pública corriendo con todos los gastos que demande esta formalidad.
CLÁUSULA DÉCIMO OCTAVA: DOMICILIO PARA EFECTOS DE LA EJECUCIÓN CONTRACTUAL
Las partes declaran el siguiente domicilio para efecto de las notificaciones que se realicen durante la ejecución del presente contrato:
DOMICILIO DE LA ENTIDAD: [ ]
DOMICILIO DEL CONTRATISTA: [CONSIGNAR EL DOMICILIO SEÑALADO POR EL POSTOR GANADOR DE LA BUENA PRO AL PRESENTAR LOS REQUISITOS PARA LA SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO]
La variación del domicilio aquí declarado de alguna de las partes debe ser comunicada a la otra parte, formalmente y por escrito, con una anticipación no menor de quince (15) días calendario.
De acuerdo con las Bases, las propuestas técnico y económica y las disposiciones del presente contrato, las partes lo firman por duplicado en señal de conformidad en la ciudad de [................] al [CONSIGNAR FECHA].
-
“LA ENTIDAD”
EL CONTRATISTA
FORMATOS Y ANEXOS
FORMATO N° 120
MODELO DE CARTA DE ACREDITACIÓN
Lima, [CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]
Señores:
COMITÉ ESPECIAL
ADJUDICACIÓN DIRECTA PÚBLICA Nº 005-2012-IRTP - PRIMERA CONVOCATORIA
Presente.-
[CONSIGNAR NOMBRE DEL POSTOR (PERSONA NATURAL, PERSONA JURÍDICA Y/O CONSORCIO)], identificado con DNI [CONSIGNAR EN CASO DE SER PERSONA NATURAL] y Nº RUC Nº [CONSIGNAR EN CASO DE SER PERSONA JURÍDICA], debidamente representado por su [CONSIGNAR SI SE TRATA DE REPRESENTANTE LEGAL EN CASO DE SER PERSONA JURÍDICA O DEL REPRESENTANTE COMÚN EN CASO DE CONSORCIOS, ASÍ COMO SU NOMBRE COMPLETO], identificado con DNI Nº […………], tenemos el agrado de dirigirnos a ustedes, en relación con la Adjudicación Directa Pública N° 005-2012-IRTP, a fin de acreditar a nuestro apoderado: [CONSIGNAR NOMBRE DEL APODERADO] identificado con DNI Nº [………], quien se encuentra en virtud a este documento, debidamente autorizado a realizar todos los actos vinculados al proceso de selección.
Para tal efecto, se adjunta copia simple de la ficha registral vigente del suscrito.21
…..………………………….…………………..
Firma, Nombres y Apellidos del postor o
Representante legal o común, según corresponda
FORMATO N° 2
FICHA DE REGISTRO DE PARTICIPANTE
Lima, [CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]
TIPO DE PROCESO AL QUE SE PRESENTA (marcar con una “X”):
LICITACIÓN PÚBLICA ( )
CONCURSO PÚBLICO ( )
ADJUDICACIÓN DIRECTA PÚBLICA ( X ) N° 005-2012-IRTP - Primera Convocatoria
ADJUDICACIÓN DIRECTA SELECTIVA ( )
ADJUDICACIÓN DE MENOR CUANTÍA ( )
Denominación del proceso:
CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE SEGUROS PERSONALES PARA EL IRTP
DATOS DEL PARTICIPANTE:
(1) Nombre o Razón Social: |
||
|
||
(2) Domicilio Legal: |
||
|
||
(3) R. U. C Nº |
(4) Nº Teléfono (s) |
(5) Nº Fax |
|
|
|
(6) Correo(s) Electrónico(s): |
||
|
El que suscribe, Sr.(a): ______________________, identificado con DNI Nº_________________, representante Legal de la empresa ________________________________________________, que para efecto del presente proceso de selección, solicito ser notificado al correo electrónico consignado en el cuadro precedente, comprometiéndome a mantenerlo activo durante el período que dure dicho proceso.
…..………………………….…………………..
Firma, Nombres y Apellidos del postor o
Representante legal o común, según corresponda
ANEXO Nº 1
DECLARACIÓN JURADA DE DATOS DEL POSTOR |
Señores
COMITÉ ESPECIAL
ADJUDICACIÓN DIRECTA PÚBLICA Nº 005-2012-IRTP - PRIMERA CONVOCATORIA
Presente.-
Estimados Señores:
El que se suscribe, [……………..], postor y/o Representante Legal de [CONSIGNAR EN CASO DE SER PERSONA JURÍDICA], identificado con [CONSIGNAR TIPO DE DOCUMENTO DE IDENTIDAD] N° [CONSIGNAR NÚMERO DE DOCUMENTO DE IDENTIDAD], con poder inscrito en la localidad de [CONSIGNAR EN CASO DE SER PERSONA JURÍDICA] en la Ficha Nº [CONSIGNAR EN CASO DE SER PERSONA JURÍDICA] Asiento Nº [CONSIGNAR EN CASO DE SER PERSONA JURÍDICA], DECLARO BAJO JURAMENTO que la siguiente información se sujeta a la verdad:
Nombre o Razón Social : |
|
|||||
Domicilio Legal : |
|
|||||
RUC : |
|
Teléfono : |
|
Fax : |
|
|
Correo electrónico |
|
[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]
……........................................................... Firma, Nombres y Apellidos del postor o Representante legal, según corresponda
|
IMPORTANTE:
Cuando se trate de consorcios, esta declaración jurada será presentada por cada uno de los consorciados.
ANEXO Nº 2
DECLARACIÓN JURADA DE CUMPLIMIENTO DE LOS REQUERIMIENTOS TÉCNICOS MÍNIMOS
Señores
COMITÉ ESPECIAL
ADJUDICACIÓN DIRECTA PÚBLICA Nº 005-2012-IRTP - PRIMERA CONVOCATORIA
Presente.-
De nuestra consideración:
Es grato dirigirme a usted, para hacer de su conocimiento que luego de haber examinado las Bases y demás documentos del proceso de la referencia y, conociendo todas las condiciones existentes, el postor ofrece el Servicio de Seguros Personales para el IRTP, de conformidad con los Términos de Referencia, las demás condiciones que se indican en el Capítulo III de la sección específica de las Bases y los documentos del proceso.
[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]
…….………………………….…………………..
Firma, Nombres y Apellidos del postor o
Representante legal o común, según corresponda
IMPORTANTE:
Adicionalmente, puede requerirse la presentación de otros documentos para acreditar el cumplimiento de los Requerimientos Técnicos Mínimos, conforme a lo señalado en el contenido del sobre técnico.
ANEXO Nº 3
DECLARACIÓN JURADA
(ART. 42 DEL REGLAMENTO DE LA LEY DE CONTRATACIONES DEL ESTADO)
Señores
COMITÉ ESPECIAL
ADJUDICACIÓN DIRECTA PÚBLICA Nº 005-2012-IRTP - PRIMERA CONVOCATORIA
Presente.-
De nuestra consideración:
Mediante el presente el suscrito, postor y/o Representante Legal de [CONSIGNAR EN CASO DE SER PERSONA JURÍDICA], declaro bajo juramento:
1.- No tener impedimento para participar en el proceso de selección ni para contratar con el Estado, conforme al artículo 10 de la Ley de Contrataciones del Estado.
2.- Xxxxxxx, aceptar y someterme a las Bases, condiciones y procedimientos del proceso de selección.
3.- Ser responsable de la veracidad de los documentos e información que presento a efectos del presente proceso de selección.
4.- Comprometerme a mantener la oferta presentada durante el proceso de selección y a suscribir el contrato, en caso de resultar favorecido con la Buena Pro.
5.- Conocer las sanciones contenidas en la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento, así como en la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.
[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]
………………………….………………………..
Firma, Nombres y Apellidos del postor o
Representante legal, según corresponda
IMPORTANTE:
Cuando se trate de consorcios, esta declaración jurada será presentada por cada uno de los consorciados.
ANEXO Nº 4
PROMESA FORMAL DE CONSORCIO
(Sólo para el caso en que un consorcio se presente como postor)
Señores
COMITÉ ESPECIAL
ADJUDICACIÓN DIRECTA PÚBLICA Nº 005-2012-IRTP - PRIMERA CONVOCATORIA
Presente.-
De nuestra consideración,
Los suscritos declaramos expresamente que hemos convenido en forma irrevocable, durante el lapso que dure el proceso de selección, para presentar una propuesta conjunta a la ADJUDICACIÓN DIRECTA PÚBLICA Nº 005-2012-IRTP, responsabilizándonos solidariamente por todas las acciones y omisiones que provengan del citado proceso.
Asimismo, en caso de obtener la Buena Pro, nos comprometemos a formalizar el contrato de consorcio bajo las condiciones aquí establecidas (porcentaje de obligaciones asumidas por cada consorciado), de conformidad con lo establecido por el artículo 141 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.
Designamos al Sr. [..................................................], identificado con [CONSIGNAR TIPO DE DOCUMENTO DE IDENTIDAD] N° [CONSIGNAR NÚMERO DE DOCUMENTO DE IDENTIDAD], como representante común del consorcio para efectos de participar en todas las etapas del proceso de selección y para suscribir el contrato correspondiente con la Entidad [CONSIGNAR NOMBRE DE LA ENTIDAD]. Asimismo, fijamos nuestro domicilio legal común en [.............................].
OBLIGACIONES DE [NOMBRE DEL CONSORCIADO 1]: % de Obligaciones
[DESCRIBIR LA OBLIGACIÓN VINCULADA AL OBJETO DE LA CONVOCATORIA] [ % ]
[DESCRIBIR OTRAS OBLIGACIONES] [ % ]
OBLIGACIONES DE [NOMBRE DEL CONSORCIADO 2]: % de Obligaciones
[DESCRIBIR LA OBLIGACIÓN VINCULADA AL OBJETO DE LA CONVOCATORIA] [ % ]
[DESCRIBIR OTRAS OBLIGACIONES] [ % ]
TOTAL: 100%
[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]
..…………………………………. …………………………………..
Nombre, firma, sello y DNI del Nombre, firma, sello y DNI del Representante Legal Consorciado 1 Representante Legal Consorciado 2
ANEXO Nº 5
DECLARACIÓN JURADA DE PLAZO DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO
Señores
COMITÉ ESPECIAL
ADJUDICACIÓN DIRECTA PÚBLICA Nº 005-2012-IRTP - PRIMERA CONVOCATORIA
Presente.-
De nuestra consideración,
Mediante el presente, con pleno conocimiento de las condiciones que se exigen en las Bases del proceso de la referencia, me comprometo a prestar el Servicio de Seguros Personales para el IRTP, en el plazo de doce (12) meses, que incluyen los siguientes xxxxx:
Seguro de Xxxx Xxx
Seguro Complementario de Trabajo en Riesgo – SCTR (Salud y Pensión)
Seguro de Atención Médico Familiar – Formación laboral
[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]
……..........................................................
Firma, Nombres y Apellidos del postor o
Representante legal o común, según corresponda
ANEXO Nº 6
EXPERIENCIA DEL POSTOR
Señores
COMITÉ ESPECIAL
ADJUDICACIÓN DIRECTA PÚBLICA Nº 005-2012-IRTP - PRIMERA CONVOCATORIA
Presente.-
Mediante el presente, el suscrito detalla lo siguiente como EXPERIENCIA EN LA ACTIVIDAD:
Nº |
CLIENTE |
OBJETO DEL SERVICIO |
N° CONTRATO / O/S / COMPROBANTE DE PAGO |
FECHA22 |
MONEDA |
IMPORTE |
TIPO DE CAMBIO VENTA23 |
MONTO FACTURADO ACUMULADO24 |
1 |
|
|
|
|
|
|
|
|
2 |
|
|
|
|
|
|
|
|
3 |
|
|
|
|
|
|
|
|
4 |
|
|
|
|
|
|
|
|
5 |
|
|
|
|
|
|
|
|
6 |
|
|
|
|
|
|
|
|
7 |
|
|
|
|
|
|
|
|
8 |
|
|
|
|
|
|
|
|
9 |
|
|
|
|
|
|
|
|
10 |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
TOTAL |
|
[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]
………..........................................................
Firma, Nombres y Apellidos del postor o
Representante legal o común, según corresponda
ANEXO Nº 07
DECLARACIÓN JURADA DE MEJORES A LAS CONDICIONES PREVISTAS
Señores
COMITÉ ESPECIAL
ADJUDICACION DIRECTA SELECTIVA Nº 018-2012-IRTP – PRIMERA CONVOCATORIA
Presente.-
De nuestra consideración:
Mediante la presente el suscrito, postor y/o Representante Legal de [CONSIGNAR EN CASO DE SER PERSONA JURÍDICA], declaro bajo juramento: que mi representada cumplirá con las mejoras detalladas a continuación para el servicio ofertado, sin costo alguno para la Entidad:
|
|
|
Se calificara el plazo de pago de siniestros, siempre que los postores ofrezcan un plazo menor al que establece la Ley Nº 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros en el Artículo 332º
Mejor Plazo de pago de siniestros: |
…….. (….) días hábiles |
|
|
|
Se calificará las mejoras de orden técnico que presenten los postores respecto a los Términos de Referencia.
* Marcar con un Aspa el límite máximo de cobertura adicional ofrecido
Incrementar el límite máximo de la cobertura adicional Infarto Agudo al Miocardio:
A S/. 12,000.00 ( )
A S/. 10,000.00 ( )
Incrementar el límite máximo de la cobertura adicional Cáncer:
A S/. 12,000.00 ( )
A S/. 10,000.00 ( )
……………………………….…………………..
Firma y sello del representante legal
Nombre / Razón social del postor
ANEXO Nº 8
CARTA DE PROPUESTA ECONÓMICA
(MODELO)
Señores
COMITÉ ESPECIAL
ADJUDICACIÓN DIRECTA PÚBLICA Nº 005-2012-IRTP - PRIMERA CONVOCATORIA
Presente.-
De nuestra consideración,
Es grato dirigirme a usted, para hacer de su conocimiento que, de acuerdo con el valor referencial del presente proceso de selección y los Términos de Referencia, mi propuesta económica es la siguiente:
CONCEPTO |
COSTO TOTAL S/. |
SERVICIO DE SEGUROS PERSONALES PARA EL IRTP |
|
TOTAL |
|
La propuesta económica incluye todos los tributos, seguros, transportes, inspecciones, pruebas, y de ser el caso, los costos laborales conforme a la legislación vigente, así como cualquier otro concepto que le sea aplicable y que pueda tener incidencia sobre el costo del servicio a contratar, excepto la de aquellos postores que gocen de exoneraciones legales.
[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]
……………………………….…………………..
Firma, Nombres y Apellidos del postor o
Representante legal o común, según corresponda
IMPORTANTE:
Cuando el proceso se convoque a suma alzada, únicamente deberá requerirse que la propuesta económica contenga el monto total de la oferta, sin perjuicio de solicitar que el postor adjudicado presente la estructura de costos o detalle de precios unitarios para la formalización del contrato, lo que deberá ser precisado en el numeral 2.7 de la sección específica.
ANEXO Nº 09
DECLARACIÓN JURADA DE DESAGREGADO DE PROPUESTA ECONÓMICA
(Para ser presentado solo por el postor ganador de la buena pro, antes de la firma del contrato)
Lima,
Señores
INSTITUTO NACIONAL DE RADIO Y TELEVISIÓN - IRTP
Presente.-
Referencia: ADJUDICACIÓN DIRECTA PÚBLICA N° 005-2012-IRTP
“CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE SEGUROS PERSONALES PARA EL IRTP”
De nuestra consideración,
Mediante el presente, el suscrito, postor y/o Representante Legal de [CONSIGNAR EN CASO DE SER PERSONA JURÍDICA], declaro bajo juramento que el desagregado de Costos por pólizas de la propuesta económica, que incluyen todos los xxxxx que componen el objeto de la convocatoria es el siguiente:
Xxxx |
Xxxx y/o Prima Individual |
Prima Neta Periodo S/. |
Derecho de Emisión S/. |
Impuestos S/. |
Prima Total Periodo S/. |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
TOTAL S/. |
|
|
|
|
|
………………………….………………………..
Firma, Nombres y Apellidos del
Representante legal
1 Luego de efectuada la evaluación técnica, cabe la posibilidad que dicho postor haya obtenido el puntaje necesario para acceder a la evaluación económica únicamente en algunos de los ítems a los que se presentó, por lo que, de acuerdo con el artículo 71 del Reglamento, correspondería devolver las propuestas económicas sin abrir, lo que no resultaría posible si la totalidad de las propuestas económicas del postor se incluyen en un solo sobre.
2 El monto del valor referencial indicado en esta sección de las Bases no debe diferir del monto del valor referencial consignado en la ficha del proceso en el SEACE. No obstante, de existir contradicción entre estos montos, primará el monto del valor referencial indicado en las Bases aprobadas.
3 La información del cronograma indicado en las Bases no debe diferir de la información consignada en el cronograma de la ficha del proceso en el SEACE. No obstante, de existir contradicción en esta información, primará el cronograma indicado en la ficha del proceso en el SEACE.
4 De acuerdo con el artículo 63 del Reglamento, la propuesta técnica se presentará en original y en el número de copias requerido en las Bases, el que no podrá exceder de la cantidad de miembros que conforman el Comité Especial.
5 La omisión del índice no descalifica la propuesta, ya que su presentación no tiene incidencia en el objeto de la convocatoria.
6 El Comité Especial debe determinar al elaborar las Bases si solo bastará la presentación de una declaración jurada para acreditar el cumplimiento de los requerimientos técnicos mínimos o, de lo contrario, si será necesario que lo declarado se encuentre respaldado con la presentación de algún otro documento, en cuyo caso, deberá precisar dicha información en el listado de documentación de presentación obligatoria del numeral 2.5.1 de la sección específica de las Bases.
7 En caso se determine que adicionalmente a la Declaración jurada de cumplimiento de los Requerimientos Técnicos Mínimos, a que se refiere el literal b) de la documentación de presentación obligatoria del numeral 2.5.1 de la sección específica de las Bases, deba presentarse algún otro documento para acreditar los requerimientos técnicos mínimos, a continuación deberá consignarse tal exigencia, teniendo en consideración los requisitos establecidos por los reglamentos técnicos, normas metrológicas y/o sanitarias nacionales, reglamentos sectoriales y otros establecidos en los Términos de Referencia conforme a lo previsto en el Capítulo III de la sección específica de las Bases.
8 Dicho documento se tendrá en consideración en caso de empate, conforme a lo previsto en el artículo 73 del Reglamento.
9 Dicho documento se tendrá en consideración en caso de empate, conforme a lo previsto en el artículo 73 del Reglamento.
10 De acuerdo con el artículo 63 del Reglamento la propuesta económica solo se presentará en original.
11 El Comité Especial define los rangos de evaluación e indica cuáles son los parámetros en cada rango. Asimismo, podrá cambiar la metodología para la asignación de puntaje.
12 Para mayor detalle, se recomienda revisar el Pronunciamiento Nº 087-2010/DTN en xxx.xxxx.xxx.xx
13 Las Bases podrán establecer aquellos aspectos que serán considerados como mejoras, debiéndose precisar a qué tipo de mejoras se le otorgará puntaje.
14 Es la suma de los puntajes de todos los factores de evaluación, incluyendo los opcionales.
15 En cada caso concreto, dependiendo de la naturaleza del contrato, podrá adicionarse la información que resulte pertinente a efectos de generar el pago.
16 La oferta ganadora comprende a las propuestas técnica y económica del postor ganador de la Buena Pro.
17 En aplicación de lo dispuesto en el artículo 158 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, la garantía de fiel cumplimiento deberá ser emitida por una suma equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato original y tener vigencia hasta la conformidad de la recepción de la prestación a cargo del contratista.
De manera excepcional, respecto de aquellos contratos que tengan una vigencia superior a un (1) año, las Entidades podrán aceptar que el ganador de la Buena Pro presente la garantía de fiel cumplimiento y de ser el caso, la garantía por el monto diferencial de la propuesta, con una vigencia de un (1) año, con el compromiso de renovar su vigencia hasta la conformidad de la recepción de la prestación.
18 En aplicación de los dispuesto por el artículo 160 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, cuando la propuesta económica fuese inferior al valor referencial en más xxx xxxx por ciento (10%) de éste en el proceso de selección para la contratación de servicios, para la suscripción del contrato el postor ganador deberá presentar una garantía adicional por un monto equivalente al veinticinco por ciento (25%) de la diferencia entre el valor referencial y la propuesta económica. Dicha garantía deberá tener vigencia hasta la conformidad de la recepción de la prestación a cargo del contratista.
19 De conformidad con los artículos 216 y 217 del Reglamento, podrá adicionarse la información que resulte necesaria para resolver las controversias que se susciten durante la ejecución contractual. Por ejemplo, para la suscripción del contrato y, según el acuerdo de las partes podrá establecerse que el arbitraje será institucional o ante el Sistema Nacional de Arbitraje del OSCE (SNA-OSCE), debiendo indicarse el nombre del centro de arbitraje pactado y si se opta por un arbitraje ad-hoc, deberá indicarse si la controversia se someterá ante un tribunal arbitral o ante un árbitro único.
20 El presente formato será utilizado cuando la persona natural, el representante legal de la persona jurídica o el representante común del consorcio no concurra personalmente al proceso de selección.
21 Incluir dicho párrafo sólo en el caso de personas jurídicas.
22 Se refiere a la fecha de suscripción del contrato, de la emisión de la Orden de Servicio o de cancelación del comprobante de pago, según corresponda.
23 El tipo de cambio venta debe corresponder al publicado por la SBS correspondiente a la fecha de suscripción del contrato, de la emisión de la Orden de Servicio o de cancelación del comprobante de pago, según corresponda.
24 Consignar en la moneda establecida para el valor referencial.