ACTA DE ENTREGA RECEPCIÓN DEFINITIVA CONTRATO No. GADDMQ-SA-005-2022
ACTA DE ENTREGA RECEPCIÓN DEFINITIVA CONTRATO No. GADDMQ-SA-005-2022
PROCESO DE SUBASTA INVERSA ELECTRÓNICA No. SIE- MDMQ-SA-2022-004 DENOMINADO “SERVICIO DE CALIBRACIÓN DE ESTÁNDARES DEL LABORATORIO ELECTRÓNICO DE LA REMMAQ”
En la ciudad de Quito, a los 17 días del mes de enero de 2023, conforme dispone el artículo 124 del Reglamento de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública; por una parte, comparece el Ingeniero Xxxxx Xxxxxx Xxxxx Xxxxxxx, en calidad de Administrador del Contrato GADDMQ-SA-005-2022, designado mediante Memorando Nro. GADDMQ-SA-2022-0216-M del 27 xx xxxx de 2022, el Ingeniero Xxxx Xxxxxx, en calidad de Técnico que no ha intervenido en el proceso de contratación, designada mediante Memorando Nro. GADDMQ-SA-2022-0217-M del 27 xx xxxx de 2022; y, por otra parte, Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxx, Representante Legal de SISTEMAS TECNOLÓGICOS ALCATECNI CIA. LTDA., con el objeto de proceder la firma del acta entrega recepción definitiva al contrato “SERVICIO DE CALIBRACIÓN DE ESTÁNDARES DEL LABORATORIO ELECTRÓNICO DE LA REMMAQ”.
Con fecha 11 de noviembre de 2022 se realizó la recepción física de los equipos y de los servicios que son parte del proceso “SERVICIO DE CALIBRACIÓN DE ESTÁNDARES DEL LABORATORIO ELECTRÓNICO DE LA REMMAQ” que se detallan en la presente acta, bajo las siguientes cláusulas:
Primera. -Antecedentes:
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 22 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, y artículos 25 y 26 de su Reglamento, el Plan Anual de Contrataciones de la Secretaría de Ambiente para el año 2022, contempló el “SERVICIO DE CALIBRACIÓN DE ESTÁNDARES DEL LABORATORIO ELECTRÓNICO DE LA REMMAQ”, según consta en la
Certificación del Plan Anual de Contrataciones, expediente No. 0100001094, de 25 de enero de 2022.
Considerando la necesidad de la Secretaría de Ambiente, mediante Memorando Nro. GADDMQ- SA-DGCA-2022-0205-M, de 01 xx xxxxx de 2022, la Mgs. Xxxxxxxxx xxx Xxxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxxxx, Directora de Gestión de la Calidad Ambiental (S), solicitó a la Secretaria de Ambiente del GAD del DMQ, magíster Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxxxx, su autorización para …dar inicio a la contratación, mediante Subasta Inversa Electrónica, para el proceso denominado "Servicio de calibración de estándares del Laboratorio Electrónico de la REMMAQ - SA”, con un presupuesto referencial 17,338.00 USD (DIECISIETE MIL TRESCIENTOS TREINTA Y OCHO CON 00/100
DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA MÁS IVA). Se adjuntó a este memorando para conocimiento y aprobación el Informe Identificación de la Necesidad, Términos de Referencia; Estudio xx Xxxxxxx; y demás documentación preparatoria requerida para el inicio de esta contratación.
Se contó con la existencia y suficiente disponibilidad de fondos en la Partida Presupuestaria No. 730404, denominada “Maquinarias y Equipos (Instalación, Mantenimiento), conforme consta en la Certificación de Disponibilidad Presupuestaria No. 1000061353, de 25 de enero de 2022, suscrita electrónicamente por la Coordinadora Financiera, tecnóloga Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx,
conjuntamente con la servidora Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxx, por un valor de 20.000,00 USD (VEINTE MIL CON 00/100 DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA).
Se elaboraron los pliegos del proceso de Subasta Inversa Electrónica No. SIE-MDMQ-SA-2022- 004 y mediante Resolución Nro. GADDMQ-SA-2022-0021-R de 12 xx xxxx de 2022, expedida por la secretaria de Ambiente, Mgs. Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxxxx, se autorizó el inicio del proceso, los pliegos y el cronograma para la gestión del proceso precontractual de Subasta Inversa Electrónica No. SIE-MDMQ-SA-2022-004, conforme lo dispone el artículo 20 del Reglamento General de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública y el número 1 del artículo 5 de la Codificación y Actualización de las Resoluciones emitidas por el Servicio Nacional de Contratación Pública (Resolución No. RE-SERCOP-2016-0000072).
El 11 xx xxxxx de 2022 se publicó el procedimiento signado con el código No. SIE-MDMQ-SA- 2022-004 y se efectuó la convocatoria a la participación de los proveedores interesados en la contratación referente a la “ADQUISICIÓN DEL SERVICIO DE CALIBRACIÓN DE ESTÁNDARES DEL LABORATORIO ELECTRÓNICO DE LA REMMAQ.”.
Luego del proceso correspondiente, y conforme a la negociación efectuada entre la Comisión Técnica y el único proveedor calificado que consta en el Acta No. 05- SIE-MDMQ-SA-2022-004 “ACTA DE NEGOCIACION PROCESO DE SUBASTA INVERSA ELECTRÓNICA Nro. SIE-MDMQ-SA- 2022-004 “SERVICIO DE CALIBRACIÓN DE ESTÁNDARES DEL LABORATORIO ELECTRÓNICO DE LA
REMMAQ”, de 28 xx xxxxx de 2022, debidamente publicada en el portal institucional del Servicio Nacional de Contratación Pública, mediante Resolución Nro. GADDMQ-SA-2022-0021-R, del 12 xx xxxx de 2022 expedida por la Secretaria de Ambiente, Mgs. Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxxxx, se adjudicó al proveedor SISTEMAS TECNOLÓGICOS ALCATECNI CIA. LTDA., con Registro Único de Contribuyentes RUC No. 1792357365001, el contrato cuyo objeto es el “SERVICIO DE CALIBRACIÓN DE ESTÁNDARES DEL LABORATORIO ELECTRÓNICO DE LA REMMAQ”, por el valor de 16.297,71 (DIECISEIS MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y SIETE CON 71/100 DÓLARES DE LOS
ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA) más el Impuesto al Valor Agregado IVA, con un plazo de ejecución contractual de 90 (NOVENTA) días, contados a partir del pago del 50% de anticipo, dentro del proceso de Subasta Inversa Electrónica signado con el código No. SIE-MDMQ-SA- 2022-004.
Con fecha de 26 xx xxxx de 2022 se firma el contrato No. GADDMQ-SA-005-2022 entre la Secretaría de Ambiente y la empresa SISTEMAS TECNOLÓGICOS ALCATECNI CIA. LTDA para el “SERVICIO DE CALIBRACIÓN DE ESTÁNDARES DEL LABORATORIO ELECTRÓNICO DE LA REMMAQ”
Mediante Memorando Nro. GADDMQ-SA-2022-0216-M se designa al Ing. Xxxxx Xxxxx Xxxxxxx como administrador de contrato el 27 xx xxxx de 2022.
Mediante Memorando Nro. GADDMQ-SA-2022-0217-M se designa al Ing. Xxxx Xxxxxx Xxxxxxx como técnico que no interviene en la ejecución del contrato el 27 xx xxxx de 2022.
El Ing. Xxxxx Xxxxx Xxxxxxx en su calidad de Administrador de Contrato realiza los trámites administrativos internos y el 01 xx xxxxx de 2022 mediante correo electrónico solicita a la
máxima autoridad la Srta. Mgs. Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxxxx Secretaria de Ambiente autorización de salida de los equipos de las instalaciones de la Secretaría de Ambiente para que estos puedan ser entregados a la empresa SISTEMAS TECNOLÓGICOS ALCATECNICA adjudicada en el proceso de contratación “SERVICIO DE CALIBRACIÓN DE ESTÁNDARES DEL LABORATORIO ELECTRÓNICO DE LA REMMAQ”
Con fecha 07 xx xxxxx de 2022 mediante Memorando Nro. GADDMQ-SA-2022-0240-M y Memorando Nro. GADDMQ-SA-2022-0239-M se recibe la autorización por parte de la máxima autoridad de la Secretaría de Ambiente para que los bienes municipales puedan ser trasladados fuera de la institución.
Con fecha 09 xx xxxxx de 2022 en presencia del Ing. Xxxxx Xxxxx administrador de contrato y del Ing. Xxxxx Xxxxxxx en representación de la empresa SISTEMAS TECNOLÓGICOS ALCATECNI, se hace entrega de los equipos municipales propiedad de la Secretaría de Ambiente, para que sean trasladados fuera del país a ser calibrados según lo estipulado en el CONTRATO No. GADDMQ-SA-005-2022, “SERVICIO DE CALIBRACIÓN DE ESTÁNDARES DEL LABORATORIO
ELECTRÓNICO DE LA REMMAQ”. Como constancia se firma acta de entrega recepción entre las partes antes mencionadas.
Los equipos entregados por parte de la Secretaría de Ambiente se detallan a continuación:
ITEM | EQUIPO | MARCA | MODELO | S/N | CODIGO MUNICIPAL | CANT |
1 | SISTEMA MULTICALIBRACIÓN TRAZABLE NIST ESTANDAR DE TRANSFERENCIA Incluye: Maleta de transporte tipo maletín color negro. | STREAMLINE PRO | CU-LCD | CU05007 | 498496 | 1 |
2 | CALIBRADOR DE O3 ESTANDAR PRIMARIO Incluye: Maleta de transporte color negro. | API TELEDYNE | T703 U | 65 | 40000006723 | 1 |
3 | CELDA DE FLUJO CALIBRADOR PRIMARIO ESTÁNDAR | DRYCAL BIOS INTERNATIONAL | ML-500-44 | 132544 | 40000006714 | 1 |
CELDA DE FLUJO CALIBRADOR PRIMARIO ESTÁNDAR | DRYCAL BIOS INTERNATIONAL | ML-500-10 | 130329 | 1 | ||
BASE DEL CALIBRADOR PRIMARIO ESTANDAR DE FLUJO Incluye: Maleta de transporte color negro. | DRYCAL BIOS INTERNATIONAL | ML-500-B | 132468 | 1 | ||
4 | CALIBRADOR DE FLUJO DE AIRE VOLUMETRICO Incluye: Maleta de transporte tipo maletín color negro. | TETRACAL | BGI INSTRUMENTS | 000664-1 | 497811 | 1 |
El pago del 50% de anticipo estipulado en el contrato fue realizado el 16 xx xxxxx de 2022; con lo que la fecha de culminación del contrato finalizó el 14 de septiembre de 2022.
Con fecha 07 de septiembre de 2022 se recibe al correo electrónico xxxxx.xxxxx@xxxxx.xxx.xx por parte del proveedor SISTEMAS TECNOLÓGICOS ALCATECNI CIA. LTDA. una solicitud de prórroga indicando que tienen problemas con la calibración de uno de los equipos entregados para calibración; específicamente con el calibrador de Flujo Marca DRYCAL BIOS que fue enviado al laboratorio MESALABS en los Estados Unidos de América. El proveedor adjunta información de descargo donde se indica todos los retrasos que tiene el laboratorio para poder entregar el equipo. El mismo día mediante correo electrónico el administrador de contrato Ing. Xxxxx Xxxxx solicita al proveedor que entregue la documentación materializada, debidamente notariada, con traducción de los documentos en inglés de ser el caso y con firmas de responsabilidad en los documentos, acompañado de un oficio formal e incluyendo el tiempo que requieren como ampliación de plazo.
Con fecha 08 de septiembre de 2022 se recibe de forma física en las oficinas de la Secretaría de Ambiente el oficio NR.DA.565.2022 por parte del proveedor SISTEMAS TECNOLÓGICOS ALCATECNI CIA. LTDA solicitando una ampliación de plazo de (60) sesenta días posterior a la fecha de entrega definitiva del contrato GADDMQ-SA-005-2022 aduciendo un caso de fuerza mayor y/o fortuito.
A continuación, se detalla un resumen de toda la documentación recibida por parte del proveedor justificando la imposibilidad de entregar dentro del plazo establecido en el contrato el calibrador de flujo Marca DRYCAL BIOS que es de propiedad del laboratorio electrónico de la Secretaría de Ambiente.
El proveedor entrega la siguiente documentación:
− Oficio – solicitud de prórroga NR.DA.565.2022
− Documentos Notariados: Correos electrónicos mantenidos entre el proveedor SISTEMAS TECNOLÓGICOS ALCATECNI y el laboratorio de calibración MESALABS ubicado en la ciudad xx Xxxxxxxx en el estado de Colorado en Estados Unidos.
− Carta de MESALABS
− Copia de Acta Entrega Recepción de los equipos retirados de las instalaciones de la Secretaría de Ambiente (Anexo 1)
− Hoja xx Xxxx de envío de Equipo a Estados Unidos mediante DHL (Track & Trace Express)
(Anexo2)
− Correos Electrónicos SISTEMAS TECNOLÓGICOS ALCATECNI – MESALABS. (Anexos 3, 4a, 4b, 4c).
En el oficio NR. DA.565.2022 el proveedor expresa textualmente lo siguiente:
“Con fecha 09 xx xxxxx de 2022 se procedió a retirar los equipos de las instalaciones de la Secretaría de Ambiente para iniciar con el proceso de envío de los bienes a los laboratorios de calibración correspondientes. Se firmó como constancia el Acta Entrega Recepción que se incluye en el Anexo 1 de la presente comunicación.
Los equipos ML-500-44, ML-500-10 y ML-500-B correspondientes a la marca DRYCAL BIOS INTERNACIONAL estuvieron en nuestras oficinas por el lapso de 3 semanas, esperando la aprobación del RMA (formulario de devolución), documento necesario para el envío por DHL. Con fecha 27 xx xxxxx de 2022 se despachó los equipos al laboratorio de calibración MESALABS, siendo entregada la mercadería el 30 xx xxxxx de 2022. Adjunto en Anexo 2, el track & trace Express DHL Ecuador.
Con fecha 07 de julio de 2022, se solicita la confirmación de recepción del equipo y se proporciona la información que debe ser registrada en cada certificado de calibración. La respuesta al correo electrónico fue confirmada por MESALABS el 08 de julio de 2022. Adjunto dicha confirmación en Anexo 3
En reiteradas ocasiones por medio de correos electrónicos se ha solicitado a MESALABS se nos informe el estado actual del servicio de calibración. En Anexo 4a, 4b, 4c, se presentan varios pedidos en ese sentido al laboratorio.
Después de no recibir varios intentos de contacto, se solicitó hablar directamente con el jefe de Servicio para una respuesta clara debido a que la falta de respuesta ha tomado ya demasiado tiempo.
Es así como con fecha 06 de septiembre se recibió la contestación en la que se indica que está en espera para la realización del servicio, que el laboratorio está experimentando tiempos de entrega más largos de lo normal debido a la escasez global de mano de obra y componentes por la pandemia mundial. La finalización estimada actual del servicio de las 3 unidades estaría lista para el 22 de noviembre de 2022. Para tratar de solventar este retraso, el laboratorio ofrece enviar los equipos a su costo a un laboratorio ISO 17025 localizado en Holanda con similares capacidades del laboratorio principal, reduciendo el tiempo de entrega. Adjunto sírvase encontrar la carta emitida por el fabricante para explicar dichos inconvenientes. Tanto usted como administrador o la Secretaría pueden escribir directamente a las siguientes direcciones para verificar que la información suministrada es totalmente verdadera.
− xxxxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxx.xxx
Razón por la cual, y tomando en cuenta la opción de enviar el equipo a un laboratorio en Holanda, nos permitimos solicitar una extensión de 60 días.
En espera de su amable comprensión y respuesta, agradezco la atención a la presente. ”…..
Con fecha 12 de septiembre de 2022 el Ing. Xxxxx Xxxxx Xxxxxxx administrador de contrato envía a la máxima autoridad de la Secretaría de Ambiente Srta. Mgs. Xxxxxxx Xxxxxxx el Memorando Nro. GADDMQ-SA-DGCA-IAM-2022-0083-M solicitando autorización de prórroga de (60) días al contrato No. GADDMQ-SA-005-2022, “Servicio De Calibración De Estándares Del Laboratorio Electrónico De La REMMAQ”, según lo solicitado por el proveedor SISTEMAS TECNOLÓGICOS ALCATECNIC en su oficio NR.DA.565.2022. El Ing. Xxxxx Xxxxx luego de haber
revisado toda la documentación de descargo por parte del proveedor realiza un informe técnico el cual es revisado por el departamento legal de la Secretaría de Ambiente.
Con fecha 13 de septiembre de 2022 el departamento legal de la Secretaría de Ambiente envía el Memorando Nro. GADDMQ-SA-CJ-2022-0215-M “INFORME JURÍDICO RESPECTO DE LA SOLICITUD PRORROGA AL CONTRATO GADDMQ-SA-005-2022 "SERVICIO DE CALIBRACIÓN DE ESTÁNDARES DEL LABORATORIO ELECTRÓNICO DE LA REMMAQ"
Luego de analizar el informe técnico y las recomendaciones realizadas por el Administrador de contrato Ing. Xxxxx Xxxxx, el departamento legal indica: “Una vez realizado el análisis fáctico y jurídico correspondiente, esta Coordinación Jurídica concluye que los hechos descritos por el contratista corresponderían a un evento de fuerza mayor, por lo que, existe la viabilidad legal para conceder la prórroga de 60 días solicitada por el contratista, al amparo de lo dispuesto en la cláusula cuarta de las Condiciones Generales de los Contratos de Bienes/Servicios y según lo prescrito en la letra a) del número de la cláusula décima segunda del contrato No.GADDMQ-SA- 005-2022; por lo que, se recomienda autorizar. Xxxx señalar también que el presente criterio se ha realizado sobre la información remitida por el Administrador del contrato, razón por la cual se recomienda conceder la prórroga solicitada. No obstante, la decisión de concesión de prórroga es facultad exclusiva de la máxima autoridad de la entidad contratante, por lo que este criterio podrá ser utilizado como insumo o información para su consideración”.
Con fecha 16 de septiembre de 2022 se emite el Oficio Nro. GADDMQ-SA-2022-1660-O Autorización prórroga de plazo Contrato No. GADDMQ-SA-005-2022, por parte de la Srta. Mgs. Xxxxxxx Xxxxxxx Secretaria de Ambiente, en dónde se concluye lo siguiente:
“En virtud de lo expuesto, y con base en el pronunciamiento del Administrador del CONTRATO No. GADDMQ-SA-005-2022, emitido mediante “INFORME DE ADMINISTRADOR PARA PRÓRROGA DE PLAZO CONTRATO No. GADDMQ-SA-005-2022 SUBASTA INVERSA ELECTRÓNICA NO. SIE-MDMQ-SA-2022-004 “SERVICIO DE CALIBRACIÓN DE ESTÁNDARES DEL LABORATORIO
ELECTRÓNICO DE LA REMMAQ”, de 12 de septiembre de 2022, contenido en el Memorando GADDMQ-SA-DGCA-IAM-2022-0083-M de la misma fecha; así como, en el Informe Jurídico expedido mediante Memorando Nro.GADDMQ-SA-CJ-2022-0215-M, de 13 de septiembre de 2022 por el Coordinador Jurídico de esta entidad; y, conforme a las Condiciones Generales de los Contratos de Bienes y /o Servicios del SERCOP que forman parte integrante del referido instrumento según lo previsto en la cláusula cuarta; y, la cláusula décima segunda del referido Contrato, autorizo la prórroga solicitada de sesenta (60) días, con el fin de garantizar el cumplimiento efectivo de las obligaciones constantes en el CONTRATO No. GADDMQ-SA-005- 2022.”
Con la autorización de (60) sesenta días de prórroga la nueva fecha de entrega finalizó el 13 de noviembre de 2022.
Con fecha 10 de noviembre de 2022 se recibe al correo electrónico xxxxx.xxxxx@xxxxx.xxx.xx el oficio NR.DA.591.2022 por parte de la empresa SISTEMAS TECNOLÓGICOS ALCATECNI
solicitando la entrega a la Secretaría de Ambiente de los equipos producto del contrato No. GADDMQ-SA-005-2022 “SERVICIO DE CALIBRACION DE ESTÁNDARES DEL LABORATORIO
ELECTRÓNICO DE LA REMMAQ” para el día viernes 11 de noviembre de 2022. Por medio de correo electrónico el Ing. Xxxxx Xxxxx administrador de contrato acepta la recepción de los equipos en la fecha propuesta.
El viernes 11 de noviembre de 2022 en las instalaciones de la Secretaría de Ambiente con la presencia del Ing. Xxxxx Xxxxx administrador de contrato, el Ing. Xxxx Xxxxxx técnico que no ha intervenido en el proceso de contratación y el Ing. Xxxxx Xxxxxxx en representación de la empresa SISTEMAS TECNOLÓGICOS ALCATECNI siendo las 09:00 horas se realiza la entrega- recepción de los equipos objeto del contrato con sus respectivos certificados de calibración mismos que se entregaron impresos. Se realiza una revisión física de los equipos y de los accesorios entregados; mismos que no presentan novedades.
Los certificados de calibración fueron digitalizados y entregados vía correo electrónico por parte del administrador de contrato Ing. Xxxxx Xxxxx al Ing. Xxxx Xxxxxx técnico que no ha intervenido en el proceso el pasado 14 de noviembre de 2022.
Con fecha 16 de noviembre el administrador de contrato Ing. Xxxxx Xxxxx recibe a su correo electrónico xxxxx.xxxxx@xxxxx.xxx.xx por parte del proveedor SISTEMAS TECNOLOGICOS ALCATECNI un nuevo certificado del patrón primario de Flujo DRY CAL BIOS mencionando lo siguiente: “Estimado Ingeniero Xxxxx: Le adjunto la calibración de los patrones de flujo. Por un error involuntario se envió una versión previa del archivo antes de que termine la calibración completa. Disculpas el error….”. El mismo día se envió por correo electrónico al técnico no interviniente este nuevo certificado entregado por el proveedor.
Luego de realizar algunos análisis a los certificados de calibración específicamente a los certificados emitidos por el laboratorio TPF-CONTROL para la calibración del estándar de flujo primario DRYCAL BIOS se detecta algunas inconsistencias tanto en los ensayos, puntos de calibración requeridos, acreditaciones 17025. Básicamente se detecta lo siguientes:
- El certificado #82528 de la base 500 – B no cuenta con los sellos de un laboratorio acreditado 17025 para el parámetro de calibración en frecuencia.
- El certificado #82529 calibrador de flujo 500-10 (Rango=500 sccm) no cuenta con la calibración en 5 puntos para el flujo como se solicitó en los términos de referencia. El certificado presenta una calibración estándar en 3 puntos. Se evidencia que no se realizó la calibración de presión en ZERO PRESS como se solicita en los términos de referencia.
- El certificado #82530 calibrador de flujo 500-44 (Rango=50000 sccm) no cuenta con la calibración en 5 puntos para el flujo como se solicitó en los términos de referencia. El certificado presenta una calibración estándar en 3 puntos. Se evidencia que no se realizó la calibración de presión en ZERO PRESS como se solicita en los términos de referencia.
Los mismos inconvenientes se detectaron por parte del técnico no interviniente Ing. Xxxx Xxxxxx. Por lo cual el Ing. Xxxxxx se contacta a través de correo electrónico con el laboratorio TPF-CONTROL en Holanda para solicitar el archivo digital de los certificados de calibración realizados a los equipos y realizar las consultas respecto a la acreditación en frecuencia.
Con fecha 16 de noviembre de 2022 y con los antecedentes descritos respecto a las inconsistencias detectadas; el administrador de contrato Ing. Xxxxx Xxxxx solicita a través de correo electrónico una reunión con el proveedor SISTEMAS TECNOLOGICOS ALCATECNI para solventar algunas dudas técnicas respecto al servicio de calibración del calibrador estándar primario de flujo DRYCAL BIOS conjuntamente con los certificados de calibración recibidos.
La reunión se concretó el jueves 17 de noviembre de 2022 a las 08:30 en las instalaciones de la Secretaría de Ambiente, con la presencia del proveedor y los Ing. Xxxxx Xxxxx e Ing. Xxxx Xxxxxx.
En resumen en los certificados emitidos por el laboratorio Holandés TPF-CONTROL se detectó que no se han realizado todos los puntos de calibración solicitados en los términos de referencia, inicialmente se solicitó realizar la verificación de los equipos DRYCAL 500-10 y 500-44 en 5 puntos de flujo y el certificado solamente presenta 3 puntos y tampoco el certificado presenta calibración a presión zero; por otro lado se pudo constatar que el laboratorio TPF-CONTROL se encuentra en proceso de acreditación 17025 para el parámetro de frecuencia solicitado para la calibración de la base 500-B, tanto el técnico no interviniente como el administrador de contrato se contactaron vía correo electrónico con el mencionado laboratorio, corroborando la información. Por tal motivo se solicitó una explicación al proveedor de estos detalles. El proveedor SISTEMAS TECNOLÓGICOS ALCATECNI indica que realizó los contactos para el servicio de calibración del estándar primario de flujo DRY CAL BIOS con el laboratorio acreditado 17025 MESALABS en la ciudad xx Xxxxxxxx en el estado de Colorado en Estados Unidos. De paso este laboratorio es el fabricante de estos equipos. El proveedor presenta toda la cadena de correos electrónicos en dónde evidencia la orden de trabajo con fecha 22 xx xxxxx de 2022.
Con fecha 07 de julio de 2022 el proveedor SISTEMAS TECNOLÓGICOS ALCATECNI solicita confirmación y/o recepción de los equipos al laboratorio MESALABS en Estados Unidos; además adjunta los trabajos de calibración a realizar en base a los términos de referencia del contrato No. GADDMQ-SA-005-2022 “SERVICIO DE CALIBRACION DE ESTÁNDARES DEL LABORATORIO ELECTRÓNICO DE LA REMMAQ”.
El laboratorio MESALABS en uno de los correos con fecha 22 de julio de 2022 indica: “Actualmente estamos experimentando tiempos de entrega extendidos. Esperamos un regreso a los plazos de entrega normales en las próximas semanas”. Finalmente, el laboratorio MESLABS no cumple con los tiempos de entrega; así que sugiere al proveedor enviar el equipo DRYCAL BIOS a un laboratorio 17025 en Europa específicamente al laboratorio TPF-CONTROL en Holanda, para disminuir el tiempo de entrega; a lo cual el proveedor accede y el equipo es enviado a Europa para el servicio de calibración.
Finalmente, el proveedor recibe en Ecuador el equipo calibrado en Europa y nos hace entrega con su respectivo certificado de calibración. Es en ese momento que en mi calidad de administrador de contrato y de igual manera el técnico que no ha intervenido en el proceso realizamos la revisión minuciosa del servicio detectando las inconsistencias antes detalladas. El
proveedor indica que el laboratorio MESALABS no tuvo una comunicación adecuada con el laboratorio TPF-CONTROL en Holanda por lo cual solamente realizaron una calibración estándar del equipo es decir solamente realizaron una calibración en 3 puntos de los 5 solicitados en los términos de referencia, adicionalmente de no haber realizado una verificación de PRESS ZERO, y detectar que el laboratorio no cuenta con acreditación 17025 para el parámetro de frecuencia.
De acuerdo a las conversaciones mantenidas con el proveedor en mi calidad de administrador de contrato y en presencia del Ing. Xxxx Xxxxxx técnico que no ha intervenido en el proceso, se le solicitó a la empresa SISTEMAS TECNOLÓGICOS ALCATECNI que nuevamente envíe el equipo a calibración; para así cumplir con lo estipulado en el contrato. Caso contrario como Secretaría de Ambiente no recibiríamos el servicio de calibración a entera satisfacción.
Con fecha 16 de noviembre de 2022 el proveedor mediante correo electrónico y con copia al administrador de contrato Ing. Xxxxx Xxxxx realiza el reclamo realizado por la Secretaría de Ambiente al laboratorio MESALABS respecto de la calibración del equipo DRY CAL BIOS que se realizó sin tomar en cuenta todo lo solicitado en los términos de referencia del contrato. El laboratorio MESALABS responde con fecha 18 de noviembre indicando: “Sí, los certificados que recibió solo se habrían realizado para los 3 puntos estándar, no sabíamos que necesitaba los servicios adicionales. Como se discutió por teléfono, puede enviarlos de vuelta a Mesalabs, le proporcionaremos las calibraciones adicionales sin costo alguno, pero el despacho actual es de 20 a 26 semanas.
Por favor, háganos saber cómo le gustaría proceder. Si elige devolver las unidades, proporcione los puntos de calibración adicionales necesarios….”
Con fecha 21 de noviembre de 2022 el administrador de contrato recibe por correo electrónico un informe por parte del técnico que no ha intervenido en el proceso de contratación indicando lo siguiente: “He revisado la documentación adjunta del proceso de contratación “Servicio de Calibración de Estándares del Laboratorio Electrónico de la REMMAQ” con contrato No. GADDMQ-SA-005-2022 de fecha 26 xx xxxx de 2022, así como también los certificados de calibración de este servicio, por lo tanto, remito mi Informe con las observaciones encontradas para continuar con el procedimiento correspondiente”.
Adicionalmente en las conclusiones de su informe destaca lo siguiente:
“El contratista no entrega el servicio de calibración de acuerdo con la Cláusula Cuarta. - Objeto del contrato No. GADDMQ-SA-005-2022 para el “SERVICIO DE CALIBRACIÓN DE ESTÁNDARES
DEL LABORATORIO ELECTRÓNICO DE LA REMMAQ”, en el que el numeral 4.1 señala: “…El “Contratista” se obliga para con la “Contratante” a proveer, dentro del plazo estipulado en el Contrato, a entera satisfacción de la Secretaría de Ambiente el “SERVICIO DE CALIBRACIÓN DE ESTÁNDARES DEL LABORATORIO ELECTRÓNICO DE LA REMMAQ”, cuyo detalle consta a
continuación, y de conformidad con los términos de referencia requeridos por la Secretaría, que figuran en la oferta que se agrega y forma parte integrante del presente instrumento…”
Con lo antes expuesto, me permito indicar que el contratista SISTEMAS TECNOLOGICOS ALCATECNI CIA. LTDA, con RUC No. 1792357365001 no cumple con lo solicitado en el contrato
No. GADDMQ-SA-005-2022, por lo que como Técnico que no ha intervenido en la ejecución del contrato no puedo recibir el “Servicio de Calibración de Estándares del Laboratorio Electrónico de la REMMAQ”.
Como administrador de contrato me veo en la obligación de velar por los intereses de la institución y por el correcto desarrollo de este contrato. Por tal motivo con fecha 21 de noviembre desde el correo institucional xxxxx.xxxxx@xxxxx.xxx.xx escribo al laboratorio MESLABS solicitando explicaciones técnicas de lo sucedido y de igual manera escribo al laboratorio TPF-CONTROL con fecha 22 de noviembre de 2022.
Con fecha 23 de noviembre 2022 recibo respuesta por parte del laboratorio MESALABS indicando lo siguiente por parte de Xxxxxxx Xxxxxxx (Customer Service Manager): “Le pedí a nuestro gerente de calidad que responda. Debería recibir una respuesta en breve….”
Por otro lado, el mismo 23 de noviembre de 2022 recibo por correo electrónico la respuesta del señor Xxx Xxx xx Xxxxxxxxxxxx técnico del laboratorio TPF-CONTROL en Holanda indicando lo siguiente: “Encuentre nuestro alcance de acreditación adjunto. Nuestra acreditación para "probadores de pistón de sello viscoso" se puede encontrar en la segunda página bajo el código HCS 1.1
No tenemos acreditación para ''tiempo'', ni tenemos acreditación para calibraciones geométricas. El tiempo, la temperatura, la presión, la longitud y el diámetro forman parte de la calibración Drycal ML-500. Es el proceso de calibración lo que se acredita, no las mediciones por separado. Por supuesto, las mediciones separadas son parte de nuestro sistema acreditado y son auditadas anualmente por nuestro organismo de acreditación como parte de nuestra acreditación 17025.
Estamos considerando obtener la acreditación para la calibración del período del reloj, ya que esto se indica en un certificado separado”
Por otro lado, también se detectaron unos pequeños detalles técnicos en la calibración de los equipos enviados al laboratorio: Xxxx Xxxxx Company (Liquid & Gas Flow Calibration) Acreditación: ISO 17025:2017 / CL-122 / IAS ACCREDITED Calibration Laboratory:
Los equipos son los siguientes:
- Sistema multicalibración trazable NIST estándar de transferencia STREAMLINE PRO.
- CALIBRADOR DE FLUJO DE AIRE VOLUMETRICO: TETRACAL
En resumen, el proveedor SISTEMAS TECNOLÓGICOS ALCATECNI solicitó al laboratorio Xxxx Xxxxx realizar verificaciones de flujo, temperatura y presión en determinados rangos y puntos de acuerdo a lo solicitado en los términos de referencia y en el contrato No. GADDMQ-SA-005- 2022 “SERVICIO DE CALIBRACION DE ESTÁNDARES DEL LABORATORIO ELECTRÓNICO DE LA
REMMAQ”, pero el laboratorio realizó la calibración omitiendo el pedido realizado por el proveedor y abarcó todo el rango de medida de los sensores, específicamente en los sensores de temperatura; por lo cual mediante correo electrónico del 24 de noviembre de 2022 el
administrador de contrato Ing. Xxxxx Xxxxx escribe al laboratorio Xxxx Xxxxx solicitando información técnica sobre el desarrollo de los ensayos pero hasta la fecha 01 de diciembre de 2022 no se recibió respuesta.
Con fecha 24 de noviembre de 2022 el proveedor SISTEMAS TECNOLÓGICOS ALCATECNI hace llegar al administrador de contrato Ing. Xxxxx Xxxxx tanto en físico como al correo electrónico xxxxx.xxxxx@xxxxx.xxx.xx el oficio NR.DA.595.2022 acompañado de dos anexos 1 y 2.
En el oficio se solicita una terminación de mutuo acuerdo parcial de la obligación que mantiene la empresa SISTEMAS TECNOLÓGICOS ALCATECNI con la Secretaría de Ambiente amparado en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, para la calibración del calibrador primario de flujo DRYCAL BIOS; y así en mi calidad de administrador de contrato poder realizar la recepción del servicio y el pago por los trabajos ejecutados restados los servicios que no se realizaron, debido a circunstancias imprevistas de orden técnico por falla de los laboratorios de calibración extranjeros.
El artículo 93 xx Xxx Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública indica:
Art. 93.- Terminación por mutuo acuerdo. - Cuando por circunstancias imprevistas, técnicas o económicas, o causas de fuerza mayor o caso fortuito, no fuere posible o conveniente para los intereses de las partes, ejecutar total o parcialmente, el contrato, las partes podrán, por mutuo acuerdo, convenir en la extinción de todas o algunas de las obligaciones contractuales, en el estado en que se encuentren.
La terminación por mutuo acuerdo no implicará renuncia a derechos causados o adquiridos en favor de la Entidad Contratante o del contratista.
Dicha entidad no podrá celebrar contrato posterior sobre el mismo objeto con el mismo contratista.
Con fecha 02 de diciembre de 2022 el administrador de contrato Ing. Xxxxx Xxxxx envía el Memorando Nro. GADDMQ-SA-DGCA-IAM-2022-0134-M dirigido a la máxima autoridad de la Secretaría de Ambiente la Srta. Mgs. Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxxxx para que pueda delegar a quién corresponda revisar el oficio NR.DA.595.2022 enviado por el proveedor SISTEMAS TECNOLÓGICOS ALCATECNI conjuntamente con el informe técnico de administración y documentación de respaldo adjunta para determinar jurídicamente la viabilidad de autorizar la solicitud propuesta por el proveedor de terminación parcial del contrato por mutuo acuerdo.
Con fecha 08 de diciembre de 2022 el Xx. Xxxxx Xxxxxxx Coordinador Jurídico de la Secretaría de Ambiente emite el memorando Nro. GADDMQ-SA-CJ-2022-0307-M “Criterio jurídico respecto de la solicitud de terminación por mutuo acuerdo del CONTRATO No. GADDMQ-SA-005- 2022 para el SERVICIO DECALIBRACIÓN DE ESTÁNDARES DEL LABORATORIO ELECTRÓNICO DE LA REMMAQ".
El criterio jurídico indica lo siguiente: Con los antecedentes de hecho y fundamentos de derecho expuestos, se tiene que, conforme consta en el Memorando Nro. GADDMQ-SA-2022-0216-M, de 27 xx xxxx de 2022, la máxima autoridad de la Secretaría de Ambiente designó al ingeniero
Xxxxx Xxxxx Xxxxxxx, como Administrador del Contrato No.GADDMQ-SA-005-2022, para la contratación del " SERVICIO DE CALIBRACIÓNDE ESTÁNDARES DEL LABORATORIO ELECTRÓNICO
DE LA REMMAQ ", quien en cumplimiento de sus funciones nacidas de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, su Reglamento General vigente a la fecha de publicación del proceso y la Codificación y Actualización de las Resoluciones emitidas por el SERCOP, el 01 de diciembre de 2022 emitió el informe para la terminación por mutuo acuerdo del Contrato No.GADDMQ-SA-005-2022, suscrita con la compañía SISTEMAS TECNOLÓGICOS ALCATECNI CIA. LTDA, en el que sustenta técnicamente la posibilidad de terminación por mutuo acuerdo conforme establece el artículo 93 de la LOSNCP. En el informe de sustento remitido por el Administrador del Contrato, consta que, se cuenta con un equipo en el cual no se ha efectuado todas las calibraciones requeridas en los términos de referencia y que, devolverlo para la culminación de las calibraciones respectivas, significaría un tiempo de entrega de 20 a 26 semanas, tiempo que, bajo circunstancia alguna es factible esperar debido a las consecuencias técnicas que implicaría no contar con éstos; según cita el Administrador del Contrato estos equipos son “...estándares primarios del laboratorio de estándares y se usan para realizarlos ensayos y calibración de los másicos controladores de flujo de los multicalibradores / dilutores de gases que se encuentran en las estaciones de monitoreo de la REMMAQ (Red de Monitoreo Atmosférico de Quito) (...) Estos analizadores monitorean las 24 horas del día los 365 días del año los niveles de contaminación en el Distrito Metropolitano de Quito; la información obtenida por los analizadores es entregada a las autoridades en curso y también sirven de estudio para instituciones nacionales e internacionales.”. Se puede apreciar además del Informe antedicho suscrito por el Administrador, así como del OficioNR-DA.595.2022 presentado por el contratista el 24 de noviembre de 2022, que las calibraciones realizadas a los equipos objeto de este contrato al momento están certificadas por laboratorios17025 que cumplen con los requerimientos bases solicitados en los términos de referencia del contrato; es decir, son funcionales para el servicio que presta la Secretaria de Ambiente. En virtud de lo expuesto, conforme lo establece el número 2 del artículo 92 y artículo 93 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública; y, en razón de no convenir a los intereses institucionales continuar con el contrato bajo la alternativa existente y que además los equipos entregados son funcionales, según lo indicado por el ingeniero Xxxxx Xxxxx Xxxxxxx como Administrador del Contrato, me permito recomendar que esta Secretaría de Ambiente dé por terminado de mutuo acuerdo el CONTRATO Nro.GADDMQ-SA-005-2022 suscrito el 26 xx xxxx de 2022 con la compañía SISTEMAS TECNOLÓGICOS ALCATECNI CIA. LTDA, por circunstancias imprevistas y técnicas, con los consecuentes efectos legales que haya lugar; para ello, el Administrador del Contrato realizará la liquidación correspondiente conforme a la normativa prevista para el efecto. Las partes, en este caso, manifestarán su voluntad de extinguir parte de las obligaciones nacidas del Contrato Nro. GADDMQ-SA-005-2022, que no han sido ejecutadas o cumplidas, de acuerdo a lo que determine el Administrador del Contrato, para lo cual, suscribirán un acta de terminación por mutuo acuerdo que avalará dicha determinación. El presente criterio por su naturaleza, constituye un análisis estrictamente legal de la documentación remitida a esta Coordinación, la cual, ha sido verificada y analizada de conformidad con las disposiciones legales pertinentes y que integran el sustento y motivación para la elaboración del presente informe en derecho.
Con los antecedentes antes descritos con fecha 08 de diciembre de 2022 el administrador de contrato Ing. Xxxxx Xxxxx solicita una reunión para analizar el CONTRATO No. GADDMQ-SA- 005-2022 “SERVICIO DE CALIBRACION DE ESTÁNDARES DEL LABORATORIO ELECTRÓNICO DE LA
REMMAQ” en general acompañado del criterio legal emitido para la terminación parcial por mutuo acuerdo y definir los términos generales de la liquidación económica. Para ello se solicita la presencia de los siguientes funcionarios de la Secretaría de Ambiente:
- Ing. Xxxxx Xxxxx / Administrador de Contrato.
- Ing. Xxxx Xxxxxx / Técnico que no ha intervenido en el contrato.
- Xx. Xxxxx Xxxxxxx / Coordinador Jurídico.
- Dra. Xxxxxxx Xxx / Analista Jurídica.
- Ing. Xxxxx Xxxxxxx / Responsable Técnica Laboratorio IAMQ.
- Ing. Xxxxxx Xxxxxxxx / Especialista en Planificación.
- Mgs. Xxxxxxxxx Xxxxxx / Coordinadora Administrativa Financiera.
Luego de finalizada la reunión se llega a los siguientes acuerdos:
- Es procedente la terminación parcial por mutuo acuerdo CONTRATO No. GADDMQ-SA- 005-2022 “SERVICIO DE CALIBRACION DE ESTÁNDARES DEL LABORATORIO ELECTRÓNICO DE LA REMMAQ”
- De los cuatro equipos enviados a calibración solamente se realizará la recepción a entera satisfacción de la Secretaría de Ambiente de lo siguiente:
ITEM | EQUIPO | MARCA | MODELO | S/N | CODIGO MUNICIPAL | CANT |
1 | CALIBRADOR DE O3 ESTANDAR PRIMARIO Incluye: Maleta de transporte color negro. | API TELEDYNE | T703 U | 65 | 40000006723 | 1 |
EQUIPO QUE SE RECIBE A SATISFACCIÓN
- Mientras que los restantes equipos no se recibirá su calibración; a pesar que cada uno de ellos cuenta con un certificado de calibración emitido por un laboratorio 17025; en algunos casos los laboratorios extranjeros no cumplieron con todos los puntos de calibración solicitados en los términos de referencia, o en otros casos realizaron solamente una calibración estándar. Cabe resaltar que el proveedor SISTEMAS TECNOLÓGICOS ALCATECNI pudo evidenciar que su empresa realizó todas las gestiones con los laboratorios extranjeros para que se ejecuten las calibraciones de acuerdo a los términos de referencia, pero existieron descoordinaciones con los laboratorios para que finalmente las calibraciones no se realizan de acuerdo a las órdenes de compra solicitadas por el proveedor SISTEMAS TECNOLÓGICOS ALCATECNI.
- Los laboratorios reconocieron su error, y recomendaron al proveedor retornar los equipos a recalibración pero con un tiempo de entrega de entre 20 a 26 semanas; razón por la cual la Secretaría de Ambiente al no poder esperar ese tiempo para el retorno de los equipos y en mi calidad de Administrador de Contrato decidimos solamente recibir a entera satisfacción el equipo API TELEDYNE T703U Calibrador estándar primario de Ozono, que es el único equipo que cumple al 100% los términos de referencia solicitados
en el contrato. Se adjunta acta de reunión con los funcionarios de la Secretaría de Ambiente asistentes.
ACTA REUNIÓN CONTRATO No. GADDMQ-SA-005-2022
- Mediante correo electrónico con fecha 08 de diciembre el administrador de contrato solicita al proveedor SISTEMAS TECNOLÓGICOS ALCATECNI una reunión para el día viernes 09 de diciembre de 2022 en las instalaciones de la Secretaría de Ambiente, conjuntamente con el departamento legal para dar a conocer el estado del proceso de contratación y exponer las decisiones tomadas en la reunión con los funcionarios de la Secretaría de Ambiente. La reunión se realizó en presencia del administrador de contrato Ing. Xxxxx Xxxxx, el coordinador jurídico Xx. Xxxxx Xxxxxxx, la Analista Jurídica
Dra. Xxxxxxx Xxx y el Ing. Xxxxx Xxxxxxx en representación de la empresa SISTEMAS TECNOLÓGICOS ALCATECNI. Luego de la reunión las partes manifiestan su voluntad de extinguir parte de las obligaciones nacidas del Contrato Nro. GADDMQ-SA-005-2022, que no han sido ejecutadas o cumplidas. En este caso solamente se cancelará el valor por el servicio de calibración del Estándar Primario de Ozono API TELEDYNE T703U.
- Con fecha 13 de diciembre de 2022 mediante Memorando Nro. GADDMQ-SA-DGCA- IAM-2022-0151-M el administrador de contrato Ing. Xxxxx Xxxxx solicita a la máxima autoridad de la Secretaría de Ambiente Srta. Mgs. Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxxxx realice los trámites necesarios para que se firme el acta de terminación parcial de contrato por mutuo acuerdo entre la Secretaría de Ambiente y el proveedor SISTEMAS TECNOLÓGICOS ALCATECNI. Para ello el administrador de contrato adjuntó su informe de administración con todo el análisis técnico y documental que sustentan la solicitud de terminación de contrato por mutuo acuerdo.
- Con fecha 23 de diciembre de 2022 se recibe el Memorando Nro. GADDMQ-SA-CJ- 2022-0327-M por parte del Xx. Xxxxx Xxxxxxx / Coordinador Jurídico de la Secretaría de Ambiente envía al administrador de contrato Ing. Xxxxx Xxxxx el acta de terminación por mutuo acuerdo referente al contrato NRO. GADDMQ-SA-005-2022 "SERVICIO DE CALIBRACIÓN DE ESTÁNDARES DEL LABORATORIO ELECTRÓNICO DE LA REMMAQ". La
presente acta se encuentra firmada por la máxima autoridad de la Secretaría de Ambiente Srta. Mgs. Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxxxx y el Ing. Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxx representante legal de la empresa SISTEMAS TECNOLOGICOS ALCATECNI.
- Con fecha 23 y 30 de diciembre de 2022 se recibe por parte del proveedor SISTEMAS TECNOLÓGICOS ALCATECNI los comprobantes de pago por la devolución del dinero entregado por el Municipio de Quito en calidad del anticipo con sus respectivos intereses menos el valor cobrado por el servicio de calibración del Estándar Primario de Ozono API TELEDYNE 703U.
- Con fecha 06 de enero de 2023 el administrador de contrato Ing. Xxxxx Xxxxx envía a la coordinadora administrativa financiera de la Secretaría de Ambiente Mgs. Xxxxxxxxx Xxxxxx, el Memorando Nro. GADDMQ-SA-DGCA-IAM-2023-0012-M SOLICITUD CERTIFICACION PRESUPUESTARIA ARRASTRE 2022 CONTRATO No. GADDMQ-SA-005- 2022 "SERVICIO DECALIBRACION DE ESTÁNDARES DEL LABORATORIOELECTRÓNICO DE LA REMMAQ"
- Con fecha 12 de enero de 2023 el administrador de contrato recibe el Memorando Nro. GADDMQ-SA-CAF-2023-0022-M EMISIÓN CERTIFICACIÓN PRESUPUESTARIA "SERVICIO DECALIBRACION DE ESTÁNDARES DEL LABORATORIOELECTRÓNICO DE LA REMMAQ"
con la certificación presupuestaria N°.-1000066013.
-
Segunda. - Condiciones Generales de Ejecución:
Objeto de la Contratación: “SERVICIO DE CALIBRACION DE ESTÁNDARES DEL LABORATORIO ELECTRÓNICO DE LA REMMAQ”.
Precio de la Contratación. - El valor de la presente contratación es de 16,297.71 USD (DIECISÉIS MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y SIETE CON 71/100 DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE
AMÉRICA) más el Impuesto al Valor Agregado IVA. Plazo: es de 90 días a partir del pago del 50% de anticipo Prórroga Aprobada: 60 días adicionales.
Plazo Total: 150 días contados a partir del pago del 50% del pago del anticipo (16 xx xxxxx al 13 de noviembre 2022)
Características del bien objeto de la contratación: Conforme características y términos de referencia estipuladas en el contrato No. GADDMQ-SA-005-2022.
Tercera. - Condiciones Operativas:
Los equipos y/o estándares de laboratorio que fueron enviados a calibración fuera del país, se recibieron de forma física y sin presentar daño alguno en el laboratorio Electrónico de la Secretaría de Ambiente, ubicado en la Av. Río Coca E6-85 e Isla Genovesa el pasado 11 de noviembre de 2022. Luego de revisar los certificados de calibración solamente se recibe a entera satisfacción el estándar primario de Ozono API TELEDYNE 703U. El resto de equipos no cumplen con todos los parámetros de calibración solicitados en los términos de referencia que son parte del contrato CONTRATO No. GADDMQ-SA-005-2022 “SERVICIO DE CALIBRACION DE
ESTÁNDARES DEL LABORATORIO ELECTRÓNICO DE LA REMMAQ”. Por lo cual se firmó un acta de terminación de contrato por mutuo acuerdo entre la Secretaría de Ambiente y la empresa SISTEMAS TECNOLÓGICOS ALCATECNI y se cancelará solamente los servicios que se recibieron a satisfacción por parte de la Secretaría de Ambiente.
Cuarta. - Liquidación Económica
El valor establecido en el Contrato No. GADDMQ-SA-005-2022 para el “SERVICIO DE CALIBRACION DE ESTÁNDARES DEL LABORATORIO ELECTRÓNICO DE LA REMMAQ”, es de 16,297.71 USD (DIECISÉIS MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y SIETE CON 71/100 DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA), más IVA,
pero al firmarse un acta de terminación parcial de contrato por mutuo acuerdo solamente se facturará el servicio de calibración del Estándar Primario de Ozono API TELEDYNE T703U por un valor de 7.960,00 USD (SIETE MIL NOVECIENTOS SESENTA CON 00/100 DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA), más IVA.
La Secretaría de Ambiente pagó 8,148.86 USD (OCHO MIL CIENTO CUARENTA Y OCHO CON 86/100 DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA) correspondientes al 50% de anticipo al Ingeniero Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxx, Representante Legal de la empresa SISTEMAS TECNOLÓGICOS ALCATECNI CIA. LTDA., mediante transferencia con fecha 16 xx xxxxx de 2022.
Con fecha 06 de enero de 2023 el administrador de contrato Ing. Xxxxx Xxxxx envía a la coordinadora administrativa financiera de la Secretaría de Ambiente Mgs. Xxxxxxxxx Xxxxxx, el Memorando Nro. GADDMQ-SA-DGCA-IAM-2023-0012-M SOLICITUD CERTIFICACION PRESUPUESTARIA ARRASTRE 2022 CONTRATO No. GADDMQ-SA-005-2022 "SERVICIO DECALIBRACION DE ESTÁNDARES DEL LABORATORIOELECTRÓNICO DE LA REMMAQ"
Con fecha 12 de enero de 2023 el administrador de contrato recibe el Memorando Nro. GADDMQ-SA-CAF-2023-0022-M EMISIÓN CERTIFICACIÓN PRESUPUESTARIA "SERVICIO DECALIBRACION DE ESTÁNDARES DEL LABORATORIOELECTRÓNICO DE LA REMMAQ" con la
certificación presupuestaria N°.-1000066013.
El pago se cargó a la partida presupuestaria No 730404, denominada “Maquinarias y Equipos (Instalación, Mantenimiento)”, del presupuesto aprobado para la Secretaría de Ambiente conforme consta en la Certificación Presupuestaria No. 1000066013 de fecha 09 de enero de 2023.
A continuación, se detalla la liquidación económica.
(A) Monto total del Contrato | 16.297,71 |
(B) Anticipo 50% | 8.148,86 |
(C) Multas por xxxx 0 días | 0,00 |
(D) Valor a cancelar por los servicios recibidos a satisfacción | 7.960,00 |
(E) Valor que no se cancelaría por no haber recibido los servicios a satisfacción | 8.337,71 |
(A-B-C-E) VALOR A PAGAR | -188,86 |
Como se puede observar en la liquidación económica, el proveedor debe realizar una devolución de dinero; por lo cual con fecha 23 y 30 de diciembre de 2022 la empresa SISTEMAS TECNOLÓGICOS ALCATECNI canceló la cantidad de 188,86 USD (CIENTO OCHENTA Y OCHO CON 86/100 DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA) más 1,95 USD (UN DÓLAR CON 95/100)
correspondiente a los intereses generados. Se adjunta comprobantes de depósito. Dichos valores se depositaron en la siguiente cuenta bancaria:
- BANCO: BANCO PICHINCHA
- BENEFICIARIO: GOBIERNO AUTONOMO DESCENTRALIZADO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO
- N° CUENTA: 3245179104
- SUBLINEA: 30200
Quinta. - Liquidación de Plazos:
El plazo para la entrega del “SERVICIO DE CALIBRACIÓN DE ESTÁNDARES DEL LABORATORIO ELECTRÓNICO DE LA REMMAQ”, es de 150 días a partir del pago del 50% del anticipo.
Fecha suscripción del contrato | 26 xx xxxx de 2022 |
Plazo contractual | 90 días |
Fecha pago 50% de anticipó | 16 xx xxxxx de 2022 |
Fecha en que se cumple el plazo | 14 de septiembre de 2022 |
Solicitud autorizada de Prórroga | 60 días |
Fecha Final de cumplimiento de plazo | 13 de noviembre de 2022 |
Fecha en la que se realiza entrega recepción de los bienes | 11 de noviembre de 2022 |
XXXX XX XXXX | 0 |
Como se indica en la liquidación de plazos, se encuentran 0 xxxx xx xxxx.
Sexta. - Constancia de la Recepción:
El Administrador del contrato No. GADDMQ-SA-005-2022 Ing. Xxxxx Xxxxx designado por parte de la Institución, procede a dejar constancia que se ha recibido el 11 de noviembre de 2022 en el laboratorio electrónico de la Secretaría de Ambiente, físicamente los equipos parte del “SERVICIO DE CALIBRACIÓN DE ESTÁNDARES DEL LABORATORIO ELECTRÓNICO DE LA
REMMAQ”, por parte de la empresa SISTEMAS TECNOLÓGICOS ALCATECNI CIA. LTDA, con RUC No. 1792357365001, de acuerdo a los términos de referencia solamente el Calibrador Primario de Ozono Marca API TELEDYNE T703U cumple a satisfacción los términos de referencia estipulados en el contrato No. GADDMQ-SA-005-2022, y es el único equipo que se recibe a entera satisfacción de la Secretaría de Ambiente.
El servicio de calibración de los (3) equipos restantes no será cancelado ya que no cumplen a satisfacción con los términos de referencia debido a circunstancias imprevistas de orden técnico con los laboratorios de calibración extranjeros TPF-CONTROL y XXXX XXXXX; dichas circunstancias son ajenas al proveedor SISTEMAS TECNOLÓGICOS ALCATECNI; por lo cual en base al artículo 93 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública LOSNCP por mutuo acuerdo entre la Secretaría de Ambiente y el proveedor se firmó con fecha 22 de diciembre de 2022 un acta de terminación por mutuo acuerdo al contrato No. GADDMQ-SA- 005-2022 debidamente firmada por la máxima autoridad de la Secretaría de Ambiente Srta. Mgs. Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxxxx y el Ing. Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxx en calidad de representante legal de la empresa SISTEMAS TECNOLÓGICOS ALCATECNI.
Detalle de características técnicas de bienes recibidos:
ITEM | CANT | DESCRIPCIÓN | PARÁMETROS A CALIBRAR | RANGO | UNID. | PUNTOS DE CALIBRACION SOLICITADOS | PUNTOS DE CALIBRACION ENTREGADOS | CUMPLE /NO CUMPLE | VALOR UNIT | VALOR TOTAL |
1 | 1 | Sistema | Flujo | 0.9 a 19 | L/min | a. 19.0 | a. 19.0 | NO | 1.000,00 | 1.000,00 |
Multicalibración | b. 16.67 | b. 16.0 | CUMPLE | |||||||
TRAZABLE NIST ESTANDAR DE TRANSFERENCIA Marca: Streamline | c. 10.0 d. 5.0 e. 1.0 | c. 13.0 d. 10.0 e. 7.5 | ||||||||
Pro | f. 5.0 | |||||||||
Modelo: CU-LCD | g. 2.5 | |||||||||
S/N: CU05007 | h. 0.9 | |||||||||
Temperatura | -30 a 55 | °C | a. 30.0 °C | a. 55.0 | NO | |||||
b. 20.0 °C | b. 30.0 | CUMPLE | ||||||||
c. 10.0 °C | c. 15.0 | |||||||||
d. 0.0 | ||||||||||
e. -30.0 |
Presión Barométrica | 0 a 760 | mmHg | a. Pres Zero b. Pres Amb | a. Pres Amb = 760.897 mmHG | CUMPLE | |||||
OBSERVACIONES | Se recibe: - Certificado de Calibración: #502859.22 - Fecha: 06/07/2022 - Laboratorio: Xxxx Xxxxx Company (Liquid & Gas Flow Calibration) - Acreditación: ISO 17025:2017 / CL-122 / IAS ACCREDITED Calibration Laboratory. - Para el caso de la calibración de flujo la Secretaría de Ambiente solicita en el contrato 5 puntos de calibración de flujo dentro del rango de medida (0.9 – 19 lpm), el laboratorio XXXX XXXXX realiza una calibración en 8 puntos ampliando el margen de calibración requerida. En los términos de referencia de los (5) puntos solicitados, (2) de ellos no cumplen con el ensayo realizado por el laboratorio y son los puntos de 1,0 y 16,67 lpm; pero el laboratorio realiza la calibración en el punto más bajo de 0.9 que es el rango inferior de medida del equipo y en el caso del punto de 16,67 el laboratorio realiza la calibración en 16 lpm; ambos puntos son cercanos a los puntos solicitados en los términos de referencia y técnicamente podría no afectar a la curva de calibración ya que el laboratorio verifica en 8 puntos distribuidos proporcionalmente en lugar de verificar en 5 puntos. Por lo cual técnicamente la calibración de flujo realizada por el laboratorio XXXX XXXXX se ajusta a los requerimientos de la Secretaría de Ambiente, aunque dos de sus puntos no cumplan con lo solicitado en los términos de referencia. - De igual manera para el caso de la calibración del sensor de temperatura la Secretaría de Ambiente solicita la calibración en 3 puntos (10, 20, 30 °C) que es el rango de trabajo en el cual operamos en nuestro laboratorio, pero nuevamente el laboratorio realiza una calibración ampliada en 5 puntos distribuidos proporcionalmente tomando en cuenta todo el rango de medida del sensor de temperatura que es de (-30 a 55°C), pero no realizó la calibración en los puntos de 10 y 20°C. A pesar de demostrar linealidad y bajo porcentaje de error en la curva de calibración, se tiene la incertidumbre para los puntos de 10 y 20°C. Por lo cual técnicamente la calibración de temperatura realizada por el laboratorio XXXX XXXXX es válida para los trabajos en el laboratorio electrónico de la Secretaría de Ambiente, pero no cumple con lo solicitado en los términos de referencia. - En la calibración de Presión la Secretaría de Ambiente solicitó la calibración en PRES ZERO (Presión Cero) y PRES AMB (Presión Ambiente) pero el laboratorio XXXX XXXXX solamente calibra el punto de PRES AMB y no verifica el punto de PRE ZERO. He revisado el manual del equipo TRAZABLE NIST ESTANDAR DE TRANSFERENCIA STREAMLINE y el Rango de operación del equipo es de 0.6 a 1.1 atmósferas (456 a 836 mmHg); por lo cual técnicamente el laboratorio XXXX XXXXX no habría podido realizar la calibración de PRES ZERO ya que dicho punto está por fuera del rango de medición de nuestro equipo. Se puede evidenciar que hubo un error de tipeo al momento de realizar los términos de referencia por parte de la Secretaría de Ambiente al colocar el valor del rango de (0 – 760 mmHG). En este caso en particular el laboratorio XXXX XXXXX realizó la calibración en el punto de Presión Ambiente que es el punto que nosotros utilizamos en el laboratorio de estándares de la Secretaría de Ambiente para los ensayos y calibraciones de nuestros equipos, por lo que técnicamente esta calibración está acorde a nuestros requerimientos. - Como un sustento técnico el administrador de contrato Ing. Xxxxx Xxxxx solicitó por correo electrónico el pasado 24 de noviembre de 2022 al laboratorio XXXX XXXXX un informe técnico describiendo los detalles antes descritos en estas observaciones, hasta la fecha 01 de diciembre de 2022 no se ha recibido respuesta por parte del laboratorio. Nuevamente se envió un correo solicitando información. Con fecha 12 de diciembre de 2022 finalmente no se recibe respuesta del laboratorio. - Resumen General de Servicios de Calibración no ejecutados: - Flujo: 2 puntos de calibración (1 y 16.67 lpm) - Temperatura: 2 puntos de calibración (10° y 20° C) CONCLUSIONES FINALES: - En mi calidad de administrador de contrato, profesional en el área de la Ingeniería electrónica y técnico del laboratorio electrónico de la Secretaría de Ambiente donde este equipo opera, luego de la revisión realizada concluyo que la calibración global realizada al equipo TRAZABLE NIST ESTANDAR DE TRANSFERENCIA STREAMLINE es válida ya que está certificada por un laboratorio 17025 y puede trabajar bajo las necesidades y requerimientos institucionales del laboratorio de Estándares de la Red de Monitoreo Atmosférico de Quito de la Secretaría de Ambiente. Pero al no cumplir con lo solicitado en los términos de referencia no es posible recibir esta calibración a satisfacción. Y al evidenciar que el laboratorio XXXX XXXXX no realizó la calibración solicitada por el proveedor SISTEMAS TECNOLÓGICOS ALCATECNI, en mi calidad de administrador de contrato y luego de recibir criterio legal y de mutuo acuerdo entre la Secretaría de Ambiente y el proveedor se realizará la terminación parcial del contrato por mutuo acuerdo, debido a circunstancias imprevistas de orden técnico y no se pagará por este servicio. | |||||||||
2 | 1 | CALIBRADOR DE | Verificación y | 0.0 a | ppb | a. 1000.0 | a. 1000.0 | CUMPLE | 7.960,00 | 7.960,00 |
O3 ESTANDAR | calibración del | 1000.0 | b. 750.0 | b. 750.0 | ||||||
PRIMARIO | Fotómetro (O3) | c. 450.0 | c. 450.0 |
Marca: API TELEDYNE Modelo: T703 U S/N: 65 | d. 250.0 e. 50.0 f. 0.00 | d. 250.0 e. 50.0 f. 0.00 | ||||||||
Verificación y calibración del generador de (O3) | 3.0 a 1000.0 | ppb | a. 1000.0 b. 750.0 c. 450.0 d. 250.0 e. 50.0 f. 0.00 | a. 1000.0 b. 750.0 c. 450.0 d. 250.0 e. 50.0 f. 0.00 | CUMPLE | |||||
OBSERVACIONES | Se recibe: - Reporte de Calibración: #646.03-22-097 - Fecha: 07/09/2022 - Laboratorio: NIST (U.S Department of Commerce National Institute of Standards and Technology Material Measurement Laboratory) - Observaciones: El Calibrador T703U fue calibrado con los estándares de la NIST SRP#0 y el SRP#2. Un SRP (Fotómetro de Referencia Patrón) y cumple con los requerimientos de los términos de referencia solicitados en el contrato. CONCLUSIONES FINALES: - Equipo recibido a satisfacción por lo cual se pagará por este servicio. | |||||||||
3 | 1 | CELDA DE FLUJO CALIBRADOR PRIMARIO ESTÁNDAR Marca: DRYCAL BIOS INTERNATIONAL Modelo: ML-500- 44 S/N: 132544 | Flujo | 500 a 50000 | SCCM | a. 50000 b. 30000 c. 10000 d. 5000 e. 500 | a. 49903.0 b. 5004.5 c. 502.28 | NO CUMPLE | 2.417,00 | 2.417,00 |
Temperatura | 0 a 50 | °C | a. 28.5 b. 22.5 c. 16.5 | a. 28.5 b. 22.5 c. 16.5 | CUMPLE | |||||
Presión Barométrica | 0 a 760 | mmHg | a. Pres Zero b. Pres Amb | a. Pres Amb 800 – 1050 | NO CUMPLE | |||||
mBar / 600 – | ||||||||||
787.56 mmHG | ||||||||||
OBSERVACIONES | Se recibe: - Certificado de Calibración: #82530 - Fecha: 29/09/2022 - Laboratorio: TPF CONTROL - Acreditación: ISO 17025:2017 / ilac-MRA / CALIBRATION RvA K 149 - Observaciones: El calibrador estándar primario de flujo DRYCAL BIOS fue enviado a calibración por parte del proveedor SISTEMAS TECNOLÓGICOS ALCATECNI al laboratorio acreditado 17025 MESALABS en Estados Unidos y por problemas logísticos no pudieron cumplir con los tiempos de entrega; por lo cual el mencionado laboratorio sugiere al proveedor enviar bajo su costo el equipo al laboratorio TPF- CONTROL acreditado 17025 de similares características en Holanda / Europa para reducir el tiempo de entrega del equipo. Existió una descoordinación entre el laboratorio MESALABS de Estados Unidos y el laboratorio TPF-CONTROL xx Xxxxxxx y realizaron al equipo solamente una calibración estándar sin tomar en cuenta puntos de calibración adicionales solicitados por la Secretaría de Ambiente en los términos de referencia del contrato GADDMQ-SA-005-2022. Todo está debidamente documentado por parte del proveedor y el error es aceptado por parte del laboratorio MESALABS. Como administrador de contrato y el técnico no interviniente detectamos estas inconsistencias y solicitamos al proveedor explicaciones del caso. El proveedor se comunica con el laboratorio MSALABS quienes asumen su error y le indican al proveedor que puede retornar el equipo para una nueva calibración sin costo adicional pero los tiempos de entrega oscilan entre las 20 y 26 semanas. En tal virtud el proveedor en busca de una solución hace llegar al administrador de contrato el oficio NR.DA.595.2022 solicitando una terminación parcial del contrato de mutuo acuerdo a la calibración de este equipo basado en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública. - Calibración de Flujo: En la calibración de Flujo de la Celda ML-500-44 el laboratorio TPF-CONTROL realiza una calibración estándar en 3 puntos (500, 5000, 50000 sccm) mientras que en los términos de referencia del contrato la Secretaría de Ambiente solicita 5 puntos de calibración (500, 5000, 10000, 30000, 50000 sccm) con lo cual se evidencia que no se realizó la calibración en los puntos de 10000 y 30000 sccm. Cabe destacar que la calibración estándar es la misma calibración que se realiza cuando los equipos son nuevos como se evidencia en los certificados de MESALABS / NVLAP que se adjuntan a este documento; por lo cual técnicamente el equipo se encuentra calibrado dentro de todo el rango |
de medida y cumple los puntos básicos de calibración para poder realizar nuestros ensayos y calibraciones en el laboratorio de estándares de la Secretaría de Ambiente. Pero no cumple con los puntos de calibración solicitados en los términos de referencia. - Calibración de Temperatura: No existen observaciones, la calibración está acorde a lo solicitado en los términos de referencia. - Calibración de Presión: Para el caso de la calibración de presión en los términos de referencia se solicita una calibración en dos puntos: Pres Zero (Presión Zero) y Pres Amb (Presión Ambiente). El laboratorio no realiza la calibración en el punto Pres Zero y para el caso de Pres Amb realiza un barrido de 22 puntos en el rango de (800 – 1050 mBar / 600 – 787.56 mmHG). Revisando certificados anteriores de calibración en el laboratorio MSALABS se puede evidenciar que, si realizan la calibración en Pres Zero, por lo cual este servicio tampoco fue coordinado para que se ejecute en el laboratorio TPF-CONTROL. - Resumen General de Servicios de Calibración no ejecutados: - Flujo: 2 puntos de calibración (10000 y 30000 sccm) - Presión: 1 punto de calibración (Pres Zero) CONCLUSIONES FINALES: - En mi calidad de administrador de contrato, profesional en el área de la Ingeniería electrónica y técnico del laboratorio electrónico de la Secretaría de Ambiente donde este equipo opera, luego de la revisión realizada concluyo que la calibración global realizada al equipo CELDA DE FLUJO CALIBRADOR PRIMARIO ESTÁNDAR Marca: DRYCAL BIOS es válida ya que está certificada por un laboratorio 17025 y puede trabajar bajo las necesidades y requerimientos institucionales del laboratorio de Estándares de la Red de Monitoreo Atmosférico de Quito de la Secretaría de Ambiente. Pero al no cumplir con lo solicitado en los términos de referencia no es posible recibir esta calibración a satisfacción. Y al evidenciar que el laboratorio TPF-CONTROL no realizó la calibración solicitada por el proveedor SISTEMAS TECNOLÓGICOS ALCATECNI, en mi calidad de administrador de contrato y luego de recibir criterio legal y de mutuo acuerdo entre la Secretaría de Ambiente y el proveedor se realizará la terminación parcial del contrato por mutuo acuerdo, debido a circunstancias imprevistas de orden técnico y no se pagará por este servicio. | ||||||||||
CELDA DE FLUJO CALIBRADOR PRIMARIO ESTÁNDAR Marca: DRYCAL BIOS INTERNATIONAL Modelo: ML-500- 10 S/N: 130329 | Flujo | 5 a 500 | SCCM | a. 500 b. 300 c. 100 d. 50 e. 5 | a. 498.89 b. 89.543 c. 15.024 | NO CUMPLE | 2.417,00 | 2.417,00 | ||
Temperatura | 0 a 50 | °C | a. 28.5 b. 22.5 c. 16.5 | a. 28.5 b. 22.5 c. 16.5 | CUMPLE | |||||
Presión Barométrica | 0 a 760 | mmHg | a. Pres Zero b. Pres Amb | a. Pres Amb | NO CUMPLE | |||||
OBSERVACIONES | Se recibe: - Certificado de Calibración: #82530 - Fecha: 29/09/2022 - Laboratorio: TPF CONTROL - Acreditación: ISO 17025:2017 / ilac-MRA / CALIBRATION RvA K 149 - Observaciones: El calibrador estándar primario de flujo DRYCAL BIOS fue enviado a calibración por parte del proveedor SISTEMAS TECNOLÓGICOS ALCATECNIC al laboratorio acreditado 17025 MESALABS en Estados Unidos y por problemas logísticos no pudieron cumplir con los tiempos de entrega; por lo cual el mencionado laboratorio sugiere al proveedor enviar bajo su costo el equipo al laboratorio TPF-CONTROL acreditado 17025 de similares características en Holanda / Europa para reducir el tiempo de entrega del equipo. Existió una descoordinación entre el laboratorio MESALABS de Estados Unidos y el laboratorio TPF-CONTROL xx Xxxxxxx y realizaron al equipo solamente una calibración estándar sin tomar en cuenta puntos de calibración adicionales solicitados por la Secretaría de Ambiente en los términos de referencia del contrato GADDMQ-SA-005-2022. Todo está debidamente documentado por parte del proveedor y el error es aceptado por parte del laboratorio MESALABS. Como administrador de contrato y el técnico no interviniente detectamos estas inconsistencias y solicitamos al proveedor explicaciones del caso. El proveedor se comunica con el laboratorio MSALABS quienes asumen su error y le indican al proveedor que puede retornar el equipo para una nueva calibración sin costo adicional pero los tiempos de entrega oscilan entre las 20 y 26 semanas. En tal virtud el proveedor en busca de una solución hace llegar al administrador de contrato |
el oficio NR.DA.595.2022 solicitando una terminación parcial del contrato de mutuo acuerdo a la calibración de este equipo basado en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública. - Calibración de Flujo: En la calibración de Flujo de la Celda ML-500-10 el laboratorio TPF-CONTROL realiza una calibración estándar en 3 puntos (15, 90, 500 sccm) mientras que en los términos de referencia del contrato la Secretaría de Ambiente solicita 5 puntos de calibración (5, 50, 100, 300, 500 sccm) con lo cual se evidencia que no se realizó la calibración en los puntos de 5, 50, 100, 300 sccm. Cabe destacar que la calibración estándar es la misma calibración que se realiza cuando los equipos son nuevos como se evidencia en los certificados de MESALABS / NVLAP que se adjuntan a este documento; por lo cual técnicamente el equipo se encuentra calibrado dentro de todo el rango de medida y cumple los puntos básicos de calibración para poder realizar nuestros ensayos y calibraciones en el laboratorio de estándares de la Secretaría de Ambiente. Pero no cumple con los puntos de calibración solicitados en los términos de referencia. - Calibración de Temperatura: No existen observaciones, se recibe a satisfacción la calibración. - Calibración de Presión: Para el caso de la calibración de presión en los términos de referencia se solicita una calibración en dos puntos: Pres Zero (Presión Zero) y Pres Amb (Presión Ambiente). El laboratorio no realiza la calibración en el punto Pres Zero y para el caso de Pres Amb realiza un barrido de 22 puntos en el rango de (799 – 1049 mBar / 599.30 – 786.81 mmHG). Revisando certificados anteriores de calibración en el laboratorio MSALABS se puede evidenciar que, si realizan la calibración en Pres Zero, por lo cual este servicio tampoco fue coordinado para que se ejecute en el laboratorio TPF- CONTROL. - Resumen General de Servicios de Calibración no ejecutados: - Flujo: 4 puntos de calibración (5, 50, 100 y 300 sccm) - Presión: 1 punto de calibración (Pres Zero) CONCLUSIONES FINALES: - En mi calidad de administrador de contrato, profesional en el área de la Ingeniería electrónica y técnico del laboratorio electrónico de la Secretaría de Ambiente donde este equipo opera, luego de la revisión realizada concluyo que la calibración global realizada al equipo CELDA DE FLUJO CALIBRADOR PRIMARIO ESTÁNDAR Marca: DRYCAL BIOS es válida ya que está certificada por un laboratorio 17025 y puede trabajar bajo las necesidades y requerimientos institucionales del laboratorio de Estándares de la Red de Monitoreo Atmosférico de Quito de la Secretaría de Ambiente. Pero al no cumplir con lo solicitado en los términos de referencia no es posible recibir esta calibración a satisfacción. Y al evidenciar que el laboratorio TPF-CONTROL no realizó la calibración solicitada por el proveedor SISTEMAS TECNOLÓGICOS ALCATECNI, en mi calidad de administrador de contrato y luego de recibir criterio legal y de mutuo acuerdo entre la Secretaría de Ambiente y el proveedor, se realizará la terminación parcial del contrato por mutuo acuerdo, debido a circunstancias imprevistas de orden técnico y no se pagará por este servicio. | ||||||||||
BASE DEL CALIBRADOR PRIMARIO ESTANDAR DE FLUJO Marca: DRYCAL BIOS INTERNATIONAL Modelo: ML-500-B S/N: 132468 | Clock Period Data | ND | ms | 100.5 | 100.494 | NO CUMPLE | 1.503,71 | 1.503,71 | ||
OBSERVACIONES | Se recibe: - Certificado de Calibración: #82528 - Fecha: 22/09/2022 - Laboratorio: TPF CONTROL - Acreditación: NO SE EVIDENCIA ACREDITACIÓN 17025 EN ESTE PARÁMETRO. - Observaciones: El calibrador estándar primario de flujo DRYCAL BIOS fue enviado a calibración por parte del proveedor SISTEMAS TECNOLÓGICOS ALCATECNIC al laboratorio acreditado 17025 MESALABS en Estados Unidos y por problemas logísticos no pudieron cumplir con los tiempos de entrega; por lo cual el mencionado laboratorio sugiere al proveedor enviar bajo su costo el equipo al laboratorio TPF-CONTROL acreditado 17025 de similares características en Holanda / Europa para reducir el tiempo de entrega del equipo. Existió una descoordinación entre el laboratorio MESALABS de Estados Unidos y el laboratorio TPF-CONTROL xx Xxxxxxx y realizaron al equipo solamente una |
calibración estándar sin tomar en cuenta puntos de calibración adicionales solicitados por la Secretaría de Ambiente en los términos de referencia del contrato GADDMQ-SA-005-2022. Todo está debidamente documentado por parte del proveedor y el error es aceptado por parte del laboratorio MESALABS. Como administrador de contrato y el técnico no interviniente detectamos estas inconsistencias y solicitamos al proveedor explicaciones del caso. El proveedor se comunica con el laboratorio MSALABS quienes asumen su error y le indican al proveedor que puede retornar el equipo para una nueva calibración sin costo adicional pero los tiempos de entrega oscilan entre las 20 y 26 semanas. En tal virtud el proveedor en busca de una solución hace llegar al administrador de contrato el oficio NR.DA.595.2022 solicitando una terminación parcial del contrato de mutuo acuerdo a la calibración de este equipo basado en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública. - La base del calibrador de flujo DRYCAL BIOS ML-500-B fue calibrada pero su certificado no cuenta con los sellos de acreditación 17025 por lo cual se hizo las respectivas consultas directamente al laboratorio TPF-CONTROL en dónde se nos indica lo siguiente: “No tenemos acreditación para ''tiempo'', ni tenemos acreditación para calibraciones geométricas. El tiempo, la temperatura, la presión, la longitud y el diámet<ro forman parte de la calibración Drycal ML-500. Es el proceso de calibración lo que se acredita, no las mediciones por separado. Por supuesto, las mediciones separadas son parte de nuestro sistema acreditado y son auditadas anualmente por nuestro organismo de acreditación como parte de nuestra acreditación 17025. Estamos considerando obtener la acreditación para la calibración del período del reloj, ya que esto se indica en un certificado separado”. - La base del calibrador de flujo DRYCAL BIOS ML-500-B fue calibrada dentro de un proceso en conjunto de calibración regido bajo la norma 17025, los resultados obtenidos se encuentran dentro de los parámetros solicitados en los términos de referencia del contrato y se ajustan a los requerimientos del laboratorio de estándares de la Secretaría de Ambiente para poder realizar sus ensayos y calibraciones. Pero al no contar con el certificado acreditado 17025 se tomará como un servicio no ejecutado por el laboratorio. - Resumen General de Servicios de Calibración no ejecutados: Clock Period Data CONCLUSIONES FINALES: - En mi calidad de administrador de contrato, profesional en el área de la Ingeniería electrónica y técnico del laboratorio electrónico de la Secretaría de Ambiente donde este equipo opera, luego de la revisión realizada concluyo que la calibración global realizada a la BASE DEL CALIBRADOR PRIMARIO ESTANDAR DE FLUJO Marca: DRYCAL BIOS no es válida ya que no está certificada por el laboratorio 17025, la base puede trabajar bajo las necesidades y requerimientos institucionales del laboratorio de Estándares de la Red de Monitoreo Atmosférico de Quito de la Secretaría de Ambiente. Pero al no cumplir con lo solicitado en los términos de referencia no es posible recibir esta calibración a satisfacción. Como administrador de contrato y luego de recibir criterio legal y de mutuo acuerdo entre la Secretaría de Ambiente y el proveedor, se realizará la terminación parcial del contrato por mutuo acuerdo, debido a circunstancias imprevistas de orden técnico y no se pagará por este servicio. | ||||||||||
4 | 1 | CALIBRADOR DE FLUJO DE AIRE VOLUMETRICO Marca: TETRACAL Modelo: BGI INSTRUMENTS S/N: 000664-1 | Flujo | 0.1 a 1.2 | L/min | a. 1.2 b. 1.0 c. 0.6 d. 0.4 e. 0.1 | a. 1.19 b. 1.13 c. 1.02 d. 0.88 e. 0.69 f. 0.54 g. 0.40 h. 0.23 i. 0.10 | CUMPLE | 1.000,00 | 1.000,00 |
1.2 a 6.0 | L/min | a. 6.0 b. 5.0 c. 3.6 d. 2.0 e. 1.2 | a. 5.99 b. 5.18 c. 4.77 d. 3.98 e. 3.45 f. 2.91 g. 1.61 h. 1.33 i. 1.21 | CUMPLE | ||||||
6.0 a 30.0 | L/min | a. 30.0 b. 24.0 c. 18.0 d. 12.0 e. 6.0 | a. 29.99 b. 26.95 c. 23.89 d. 20.14 e. 17.46 f. 14.19 g. 11.32 h. 8.37 i. 6.02 | CUMPLE | ||||||
Temperatura | -30° a 55 | °C | a. 30.0 °C b. 20.0 °C c. 10.0 °C | a. 55.0 °C b. 24.4 °C c. -29.9 °C | NO CUMPLE | |||||
Presión Barométrica | 400 a 800 | mmHg | a. Pres Zero b. Pres Amb | a. 400.10 b. 761.31 c. 767.31 d. 800.17 | CUMPLE | |||||
OBSERVACIONES | Se recibe: - Certificado de Calibración: #456151.22 - Fecha: 06/07/2022 - Laboratorio: Xxxx Xxxxx Company (Liquid & Gas Flow Calibration) - Acreditación: ISO 17025:2017 / CL-122 / IAS ACCREDITED Calibration Laboratory - Para el caso de la calibración de flujo la Secretaría de Ambiente solicita en el contrato 5 puntos de calibración de flujo dentro de los siguientes rangos de medida: a. (0.1 – 1.2 lpm) [ 0.1, 0.4, 0.6, 1.0, 1.2] b. (1.2 – 6.0 lpm) [ 1.2, 2.0, 3.6, 5.0, 6.0] c. (6.0 – 30.0 lpm) [ 6.0, 12.0, 18.0, 24.0, 30.0] El laboratorio XXXX XXXXX realiza una calibración en 9 puntos simétricamente equidistantes ampliando el margen de calibración requerida, y los puntos calibrados por el laboratorio están muy cercanos a la mayoría de los puntos solicitados en el contrato. Por lo cual técnicamente la calibración de flujo realizada por el laboratorio XXXX XXXXX cumple con los requerimientos de trabajo del laboratorio electrónico y que se solicitaron en los términos de referencia. - De igual manera para el caso de la calibración del sensor de temperatura la Secretaría de Ambiente solicita la calibración en 3 puntos (10, 20, 30 °C) que es el rango de trabajo en el cual operamos en nuestro laboratorio, pero el laboratorio realiza una calibración ampliada en 3 puntos distribuidos proporcionalmente tomando en cuenta todo el rango de medida del sensor de temperatura que es de (-30 a 55°C), pero no realizó la calibración en los puntos de 10, 20 Y 30°C. A pesar de demostrar linealidad y bajo porcentaje de error en la curva de calibración, se tiene la incertidumbre para los puntos de 10, 20 Y 30°C. Por lo cual técnicamente la calibración de temperatura realizada por el laboratorio XXXX XXXXX es válida para los trabajos en el laboratorio electrónico de la Secretaría de Ambiente, pero no cumple con lo solicitado en los términos de referencia. - Como un sustento técnico el administrador de contrato Ing. Xxxxx Xxxxx solicitó por correo electrónico el pasado 24 de noviembre de 2022 al laboratorio XXXX XXXXX un informe técnico describiendo los detalles antes descritos en estas observaciones, hasta la fecha 01 de diciembre de 2022 no se ha |
recibido respuesta por parte del laboratorio. Nuevamente se envía un correo solicitando información. Hasta el 12 de diciembre de 2022 no se recibió respuesta. - Resumen General de Servicios de Calibración no ejecutados: - Temperatura: 3 puntos de calibración (10, 20, 30°C) CONCLUSIONES FINALES: - En mi calidad de administrador de contrato, profesional en el área de la Ingeniería electrónica y técnico del laboratorio electrónico de la Secretaría de Ambiente donde este equipo opera, luego de la revisión realizada concluyo que la calibración global realizada al equipo CALIBRADOR DE FLUJO DE AIRE VOLUMETRICO TETRACAL es válida ya que está certificada por un laboratorio 17025 y puede trabajar bajo las necesidades y requerimientos institucionales del laboratorio de Estándares de la Red de Monitoreo Atmosférico de Quito de la Secretaría de Ambiente. Pero al no cumplir con lo solicitado en los términos de referencia no es posible recibir esta calibración a satisfacción. Y al evidenciar que el laboratorio XXXX XXXXX no realizó la calibración solicitada por el proveedor SISTEMAS TECNOLÓGICOS ALCATECNI, en mi calidad de administrador de contrato y luego de recibir criterio legal y de mutuo acuerdo entre la Secretaría de Ambiente y el proveedor se realizará la terminación parcial del contrato por mutuo acuerdo, debido a circunstancias imprevistas de orden técnico y no se pagará por este servicio |
A continuación, se presentan las fotografías de los estándares de laboratorio en el momento que fueron recibidos en las oficinas del laboratorio electrónico de la Secretaría de Ambiente el pasado 11 de noviembre de 2022, luego de ser enviados a calibración en laboratorios extranjeros como parte del CONTRATO No. GADDMQ-SA-005-2022. “SERVICIO DE CALIBRACION DE ESTÁNDARES DEL LABORATORIO ELECTRÓNICO DE LA REMMAQ”. Cabe
destacar que los equipos se encuentran funcionales, no presentan fallas o problemas físicos.
ITEM | CANT | DESCRIPCIÓN | EQUIPOS |
1 | 1 | Sistema Multicalibración TRAZABLE NIST ESTANDAR DE TRANSFERENCIA Marca: Streamline Pro Modelo: CU-LCD S/N: CU05007 |
2 | 1 | CALIBRADOR DE O3 ESTANDAR PRIMARIO Marca: API TELEDYNE Modelo: T703 U S/N: 65 | |
3 | 1 | CELDA DE FLUJO CALIBRADOR PRIMARIO ESTÁNDAR Marca: DRYCAL BIOS INTERNATIONAL Modelo: ML-500-44 S/N: 132544 |
|
CELDA DE FLUJO CALIBRADOR PRIMARIO ESTÁNDAR Marca: DRYCAL BIOS INTERNATIONAL Modelo: ML-500-10 S/N: 130329 |
| ||
BASE DEL CALIBRADOR PRIMARIO ESTANDAR DE FLUJO Marca: DRYCAL BIOS INTERNATIONAL Modelo: ML-500—B S/N: 132468 |
4 | 1 | CALIBRADOR DE FLUJO DE AIRE VOLUMETRICO Marca: TETRACAL Modelo: BGI INSTRUMENTS S/N: 000664-1 |
|
Finalmente se presenta los certificados de calibración recibidos, y se resalta los aspectos dónde se cumple y no se cumple lo solicitado en los términos de referencia del contrato.
ITEM | CANT | DESCRIPCIÓN | CERTIFICADOS DE CALIBRACIÓN |
1 | 1 | Sistema Multicalibración TRAZABLE NIST ESTANDAR DE TRANSFERENCIA Marca: Streamline Pro Modelo: CU-LCD S/N: CU05007 | NO CUMPLE |
2 | 1 | CALIBRADOR DE O3 ESTANDAR PRIMARIO Marca: API TELEDYNE Modelo: T703 U S/N: 65 | CUMPLE |
3 1 CELDA DE FLUJO CALIBRADOR PRIMARIO ESTÁNDAR
Marca: DRYCAL BIOS INTERNATIONAL
Modelo: ML-500-44 S/N: 132544
NO CUMPLE
CELDA DE FLUJO CALIBRADOR PRIMARIO ESTÁNDAR
Marca: DRYCAL BIOS INTERNATIONAL
Modelo: ML-500-10 S/N: 130329
NO CUMPLE
BASE DEL CALIBRADOR PRIMARIO ESTANDAR DE FLUJO
Marca: DRYCAL BIOS INTERNATIONAL
Modelo: ML-500—B S/N: 132468
NO CUMPLE
4 | 1 | CALIBRADOR DE FLUJO DE AIRE VOLUMETRICO Marca: TETRACAL Modelo: BGI INSTRUMENTS S/N: 000664-1 | NO CUMPLE |
Detalle del cumplimiento de la forma de entrega:
ITEM | EQUIPOS | PARAMETROS CALIBRAR | CUMPLE | NO CUMPLE | VALOR UNITARIO | VALOR TOTAL | TOTAL, A CANCELAR |
1 | Sistema Multicalibración TRAZABLE NIST ESTANDAR DE TRANSFERENCIA Marca: Streamline Pro Modelo: CU-LCD S/N: CU05007 | Flujo | X | 1000,00 | 1000,00 | 0,00 | |
Temperatura | |||||||
Presión Barométrica | |||||||
2 | CALIBRADOR DE O3 ESTANDAR PRIMARIO Marca: API TELEDYNE Modelo: T703 U S/N: 65 | Verificación y calibración del Fotómetro (O3) | X | 7.960,00 | 7.960,00 | 7.960,00 | |
Verificación y calibración del generador de (O3) | |||||||
3 | CELDA DE FLUJO CALIBRADOR PRIMARIO ESTÁNDAR Marca: DRYCAL BIOS INTERNATIONAL Modelo: ML-500-44 S/N: 132544 | Flujo | X | 2.417,00 | 2.417,00 | 0,00 | |
Temperatura | |||||||
Presión Barométrica | |||||||
CELDA DE FLUJO CALIBRADOR PRIMARIO ESTÁNDAR Marca: DRYCAL BIOS INTERNATIONAL Modelo: ML-500-10 S/N: 130329 | Flujo | X | 2.417,00 | 2.417,00 | 0,00 | ||
Temperatura | |||||||
Presión Barométrica | |||||||
BASE DEL CALIBRADOR PRIMARIO ESTANDAR DE FLUJO Marca: DRYCAL BIOS INTERNATIONAL Modelo: ML-500—B S/N: 132468 | Clock Period Data | X | 1503,75 | 1503,75 | 0,00 | ||
4 | CALIBRADOR DE FLUJO DE AIRE VOLUMETRICO Marca: TETRACAL Modelo: BGI INSTRUMENTS S/N: 000664-1 | Flujo 0.1 a 1.2 | X | 1.000,00 | 1.000,00 | 0,00 | |
Flujo 1.2 a 6 | |||||||
Flujo 6 a 30 | |||||||
Temperatura | |||||||
Presión Barométrica | |||||||
VALOR TOTAL CONTRATO | 16.297,71 | ||||||
VALOR A PAGAR | 7.960,00 |
Séptima. - Constancia de recepción de Garantías Técnicas:
El proveedor, Ingeniero Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxx, Representante Legal de SISTEMAS TECNOLÓGICOS ALCATECNI CIA. LTDA., emitirá la respectiva garantía técnica, misma que tiene una validez de UN (1) año, contado a partir de la fecha de la firma del Acta de Entrega Recepción Definitiva de los bienes.
Octava. - Cumplimiento de las Obligaciones Contractuales:
Se procede a dejar constancia del cumplimiento adquirido en el acta de terminación por mutuo acuerdo por parte de la empresa SISTEMAS TECNOLÓGICOS ALCATECNI CIA. LTDA., de acuerdo a las obligaciones contractuales establecidas en el contrato No. GADDMQ-SA-005-2022, con respecto a la entrega recepción definitiva del “SERVICIO DE CALIBRACIÓN DE ESTÁNDARES DEL LABORATORIO ELECTRÓNICO DE LA REMMAQ”.
Novena. - Aceptación de las partes:
Para constancia de lo actuado y en fe de conformidad y aceptación, se suscribe la presente Acta, por las personas intervinientes.
Quito, 17 de enero de 2023.
Firmado electrónicamente por:
XXXXX XXXXXX XXXXX XXXXXXX
Ing. Xxxxx Xxxxx Xxxxxxx
Administrador del contrato
Firmado electrónicamente por:
XXXX XXXXXXXXX XXXXXX XXXXXXX
Ing. Xxxx Xxxxxx Xxxxxxx
Técnico no Interviniente en el proceso de contratación
Firmado electrónicamente por:
XXXXXX XXXXXXX XXXXXXXXX XXXX
Ing. Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxx