ACUERDO DE CONFIDENCIALIDAD
ACUERDO DE CONFIDENCIALIDAD
Quien suscribe:
(Nombre y Apellido) , mayor de edad, de nacionalidad , de este domicilio, titular de la Cédula de Identidad No.
, actuando en nombre y representación de , sociedad mercantil inscrita ante el Registro Mercantil , Bajo el Nº , Tomo , Protocolo , debidamente facultado para realizar este acto, según consta en (PODER/ESTATUTOS).
A los efectos del presente documento se denominará “El Proponente”
CONSIDERANDO:
QUE la Corporación Andina de Fomento, en adelante “CAF”, entidad financiera de derecho internacional público, constituida mediante Convenio Constitutivo suscrito en Bogotá, Colombia, con fecha 7 de febrero de 1968, se encuentra en proceso de solicitud de Propuestas para la CONSTRUCCIÓN EDIFICIO CAF REGIÓN NORTE FASE II – SUPERESTRUCTURA, CERRAMIENTOS, ACABADOS, INSTALACIONES ELECTROMECÁNICAS (MEP), INSTALACIONES CONTRA INCENDIO, INSTALACIONES ESPECIALES, MOBILIARIO Y EQUIPAMIENTO, CIUDAD DE
PANAMÁ, REPÚBLICA DE PANAMÁ, en adelante el “Proyecto”.
QUE en virtud de dicho “Proyecto” y con el objeto de presentar la referida propuesta recibiré información confidencial, entendiéndose esta como toda la información relacionada con el “Proyecto”, independientemente de que la mismas sea identificada o no como tal, que sea difundida por “CAF” de manera verbal o escrita, incluyendo formato gráfico, de datos o electromagnético.
En este sentido, de “El Proponente”, con el fin de asegurar la debida protección y conservación de información confidencial y privilegiada puesta a disposición por “CAF” con motivo del proceso de propuesta, conviene en suscribir el presente ACUERDO DE
CONFIDENCIALIDAD, en adelante denominado el “Acuerdo”, en los términos siguientes:
A los efectos del presente “Acuerdo”, “Información Confidencial” significa cualquier información relativa a “CAF” puesta directa o indirectamente a disposición de ““El Proponente” por “CAF”, sea en forma verbal, escrita, gráfica o electrónica. En particular, la “Información Confidencial” incluirá cualquier información, proceso, técnica, algoritmo, programa de software (incluyendo código de fuente), diseño, dibujo, fórmula o datos de prueba o en producción relacionados con cualquier proyecto de investigación, trabajo en curso, creación, ingeniería, elaboración, mercadeo, servicios, financiamiento o asunto del personal relacionado con “CAF”, sus productos actuales o futuros, ventas, proveedores, clientes, empleados, inversionistas o negocios, entre otras.
“El Proponente” declara que la totalidad de la “Información Confidencial” entregada por “CAF” como consecuencia, resultado o en el marco del “Proyecto”, es propiedad de “CAF” y sólo podrá ser utilizada por “El Proponente” con la finalidad de evaluar el “Proyecto” y presentar una propuesta.
USO DE LA INFORMACIÓN CONFIDENCIAL
“El Proponente” se compromete a mantener la privacidad de la “Información Confidencial” y, salvo que “CAF” lo autorice expresamente por escrito, a no divulgar la “Información Confidencial” a una tercera persona. “El Proponente” se compromete expresamente a mantener la confidencialidad sobre la existencia de este “Acuerdo” y sobre las conversaciones o negociaciones que mantenga con “CAF”.
“El Proponente” guardará reserva de la “Información Confidencial”. Sólo utilizará dicha información o documentación con el fin para el cual le fue entregada y utilizará los mismos medios para proteger la privacidad de la “Información Confidencial” que los que utiliza para proteger su propia información confidencial, pero en cualquier caso realizará, como mínimo, un esfuerzo razonable.
“El Proponente” podrá divulgar la “Información Confidencial” recibida bajo el presente “Acuerdo” únicamente a aquellos de sus empleados, funcionarios, directores, representantes y asesores internos o externos o a los empleados, funcionarios,
directores, representantes y asesores, que necesiten conocer la “Información Confidencial” para los fines dispuestos en el presente “Acuerdo” y conforme requieran conocer la misma. En todo caso, se asegurará que dichas personas estén informadas respecto del carácter reservado de la “Información Confidencial”.
La divulgación de la “Información Confidencial” por parte de “El Proponente” en incumplimiento del presente “Acuerdo” lo hará responsable de los daños y perjuicios directos que ocasione a “CAF” derivados de su conducta culposa o dolosa.
“El Proponente” designará a una o más personas dentro de su organización como la o las personas autorizadas para entregar y recibir “Información Confidencial”.
INFORMACIÓN EXCLUIDA
No se considerará como “Información Confidencial” y, por ende, “El Proponente” no será responsable de la divulgación ni tendrá obligaciones frente a “CAF” de Información recibida bajo el presente “Acuerdo” cuando:
(a) La Información sea o se vuelva parte del dominio público sin incumplimiento alguno del presente “Acuerdo”;
(b) La Información sea obtenida por “El Proponente” en forma legal de un tercero establecido como una fuente legítima de información, sin incumplimiento del presente “Acuerdo” por parte de “El Proponente”
(c) La Información sea conocida o recibida por “El Proponente” con anterioridad a su divulgación por parte de “CAF” o a la fecha del presente “Acuerdo”;
(d) “CAF” hubiera dado su consentimiento previo por escrito respecto de dicha divulgación o manifestado su carácter no confidencial; o
(e) La divulgación sea realizada para satisfacer un requisito legal o demanda de una autoridad judicial u organismo gubernamental o regulador o por mandato legal o regulatorio. En este caso, de ser legalmente posible, “El Proponente” notificará inmediatamente a “CAF” por escrito a fin que esta última pueda implementar las acciones
necesarias para resguardar sus derechos, excepto que esta notificación esté prohibida por ley. “El Proponente” demorará cualquier divulgación tanto como sea legal y razonablemente posible (sin incurrir en responsabilidad por no realizar dicha divulgación) para permitir a “CAF” tomar las acciones necesarias.
DEVOLUCIÓN DE LA INFORMACIÓN
Una vez terminado el proceso objeto del presente “Acuerdo”, si así lo solicitare de manera previa y por escrito “CAF”, “El Proponente”, en la medida que sea técnicamente posible:
(i) devolverá a “CAF” la “Información Confidencial”, o (ii) destruirá o eliminará, en el caso de “Información Confidencial” en formato electrónico, la “Información Confidencial” recibida bajo el presente “Acuerdo”. No obstante lo anterior, “El Proponente” tendrá derecho a conservar copias o reproducciones de la Información (i) para efectos de auditoría interna y externa, jurídicos y reglamentarios, (ii) para dar cumplimiento a disposiciones legales o a políticas internas en relación con la guarda de documentos y registros, (iii) para efectos de resolución de controversias, de conformidad con su manejo habitual de retención de información, o (iv) en la medida en que cualquier autoridad judicial competente gubernamental, regulatoria requiera mantener la “Información Confidencial”, o (v) cuando la Información haya sido divulgada en virtud de la sección anterior.
No obstante, la “Información Confidencial” que no haya sido devuelta, destruida o eliminada, así como sus reproducciones, continuarán siendo confidenciales, salvo que sea catalogada como Información excluida, por razones diferentes al incumplimiento del presente “Acuerdo”.
NO COMPROMISO
Ni este “Acuerdo” ni ningún documento o comunicación, tanto si contiene “Información Confidencial” como si no, que haya sido proporcionado en el curso o con motivo de negociaciones o conversaciones relativas al “Proyecto” es o debe considerarse una recomendación por parte de “El Proponente” en relación con el “Proyecto”. Cualquier relación comercial entre las Partes, en su caso, deberá ser objeto de un contrato, acuerdo o convenio independiente.
VIGENCIA
El presente “Acuerdo” se mantendrá vigente mientras “El Proponente” siga recibiendo “Información Confidencial” por parte de “CAF”. En todo caso, las disposiciones aquí previstas relacionadas con el “Uso de la Información Confidencial” permanecerán en vigencia, aún después de la terminación del presente “Acuerdo”.
LEY Y JURISDICCIÓN APLICABLE
Este “Acuerdo” se regirá e interpretará de conformidad con las leyes de la República de Panama, sometiéndose a los tribunales de la Ciudad de Panama.
Nada de lo establecido en este documento puede o debe interpretarse como una renuncia a los privilegios, exenciones e inmunidades otorgados a la Corporación Andina de Fomento (CAF), por su Convenio Constitutivo o por los Acuerdos firmados con cualquiera de sus países accionistas, o por cualquier otra legislación aplicable.
En fe de lo cual “El Proponente”suscribe el presente Acuerdo de Confidencialidad, en dos (2) ejemplares, de un mismo tenor y a un solo efecto, en la ciudad de…..……………….., República de….………………………. a los
días del mes de de .
“El Proponente”
Nombre y Apellido