AYUNTAMIENTO
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PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARA LA CONTRATACIÓN MEDIANTE PROCEDIMIENTO ABIERTO DEL SERVICIO DE CAFETERIA Y COMEDOR DEL CENTRO DE DÍA DE PORZUNA
PRIMERA.- Objeto del contrato
El Ayuntamiento de Porzuna convoca mediante Procedimiento Abierto la contratación del Servicio de Cafetería y Comedor del Centro de Día sito en calle Escuelas de esta localidad, dicho Servicio se prestara conforme a las siguientes condiciones:
A) CAFETERÍA:
Horario. El determinado por el Ayuntamiento según temporada xx xxxxxx o invierno.
Precios: Los precios de las consumiciones de la cafetería se incluirán necesariamente en la oferta para su valoración y aprobación por el Ayuntamiento
B) COMEDOR: Se incluirá en dicho servicio la elaboración, cocinado y reparto de las comidas del Servicio de Comida Sobre Ruedas ( 18 en la actualidad y 12 en lista de espera), así como las que se sirvan directamente en el comedor del Centro de Día.
C) El Ayuntamiento de Porzuna asumirá los costes de suministro de agua, gas, y energía Eléctrica de las instalaciones de Cafetería y Comedor, cuya limpieza será por cuenta de la empresa adjudicataria.
D) El Adjudicatario se obligará a cumplir taxativamente las condiciones higiénico-sanitarias, laborales, de manipulación de alimentos y demás que la legislación vigente exige a las actividades de referencia.
E) El Ayuntamiento de Porzuna asumirá los costes del mobiliario, mesas y sillas así como las instalaciones de frigorífico, cocina etc. necesarias para el servicio de cafetería y comedor.
F) La empresa Adjudicataria asumirá el coste de la vajilla, cubertería, mantelería, menaje de cocina, cristalería etc. necesarios para los servicios de Cafetería y Comedor.
G) Los precios de las comidas tanto las del Servicio de Comidas Sobre Ruedas como las que se sirvan directamente en el comedor serán las que oficialmente se publiquen por el Ayuntamiento
H) Antes del inicio de cada mes la Empresa Adjudicataria presentará las dietas-menú del mes correspondiente con tablas de pesos de raciones individuales para la supervisión y aprobación por el Ayuntamiento.
I) El Adjudicatario deberá tener cubierta la responsabilidad civil en que pueda incurrir por los daños y perjuicios que en el ámbito de la cafetería y comedor se puedan ocasionar a terceras personas.
J) En consonancia con el concepto xx Xxxxxxx para Centro de Mayores y Centro Social que constituye en el que se incluye la Cafetería-comedor del Centro de Día y Centro Social de Porzuna, el usuario del Servicio de Cafetería y Comedor procederá, en cuanto al Comedor, a la Autorización previa de los Servicios Sociales, y en cuanto a la cafetería, por el concepto de jubilado-pensionista ciudadano/a que utilice previamente los Servicios del Centro Social.
SEGUNDA.- Presupuesto Base de Licitación
El Presupuesto Base de Licitación se conformará por los siguientes conceptos:
-Retribución por comida servida tanto en el Programa de Comida Sobre Ruedas como de Comedor, cuyo precio en la actualidad es de 6,50€.
-Retribución general anual por gastos de establecimiento tanto de Comedor como de Cafetería: 7.500,00€ I.V.A incluido (siete mil quinientos euros I.V.A. incluido).
TERCERA.- Régimen de pagos
El pago de las cantidades correspondientes tanto del Comedor como de Gastos de Establecimiento se abonarán mensualmente por el Ayuntamiento a la empresa Adjudicataria, en los días 1 a 5 de cada mes, para ello la Empresa Adjudicataria comunicará diariamente a la Trabajadora Social del Centro de Día un parte con las comidas servidas tanto en el Programa de Comida Sobre Ruedas, como en el Comedor Directamente. El pago de los Gastos de Establecimiento se formalizarán mensualmente por importe de una doceava parte de la retribución general concretada en la adjudicación.
CUARTA.- Aplicación Presupuestaria
Los gastos municipales que provoque la adjudicación del presente servicio se financiaran con cargo a la partida de gastos que se denomina Centro de Día y que recogerá además el Convenio correspondiente con la Consejería de Salud y Servicios Sociales de la Junta de Comunidades xx Xxxxxxxx – La Mancha.
QUINTA.- Duración del contrato
La duración del contrato será de dos años renovables por otro periodo igual de tiempo con la anuencia de las partes formalizada esta un mes antes de la finalización del contrato.
SEXTA.- Calificación exigible
No se exige clasificación, sin embargo los licitadores deberán justificar experiencia profesional acreditada en la realización de los servicios a adjudicar.
SÉPTIMA.- Garantías exigibles
-Definitiva:
El licitador que resulte adjudicatario del contrato deberá prestar una garantía del 2,5 % del importe del valor del Servicio que asciende a 78.000 € anuales Iva no Incluido y 156.000 € Bianuales. Tal coste surge de multiplicar las 40 comidas diarias que se sirven por 300 días al año y por 6,5 €, en consecuencia con todo ello el importe de la fianza definitiva asciende a 3.900 €.
OCTAVA.- Régimen Jurídico del Contrato
Sin perjuicio de lo dispuesto con carácter general para los contratos de las Corporaciones Locales, el contrato se regirá por las siguientes normas:
-Ley 30/2007 de 00 xx Xxxxxxx xx Xxxxxxxxx xxx Xxxxxx Xxxxxxx
-Real Decreto 817/2009 de 8 xx Xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007 de Contratos del Sector Publico.
-Texto Refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas aprobado por Real Decreto Legislativo 32/2011 de 14 de noviembre en lo que no se oponga a la Ley 30/2007 y el presente Pliego que tendrá carácter contractual.
NOVENA.- Procedimiento de Adjudicación
El contrato se adjudicará aplicando el Procedimiento Abierto Carácter Urgente.
DÉCIMA.- Criterios para la adjudicación del contrato
Se utilizará un único criterio de valoración que será necesariamente el precio más bajo en la retribución por comida Máximo 6,5 € y Mínimo 6 € y la cantidad de retribución general anual: 7.500 € IVA Incluido respectivamente, la citada cantidad de retribución general puede a criterio de los licitadores convertirse incluso en canon a pagar al Ayuntamiento concretándose en la oferta exactamente la cantidad que quieren recibir de retribución o pagar de canon.
Para la valoración de dichas ofertas económicas se procederá de siguiente modo:
1º.- Las ofertas serán puntuadas entre 0 y 100, asignándose 100 puntos a la oferta más barata y 0 puntos a una oferta que fuera igual al precio máximo de licitación. El resto de ofertas se puntuará de forma proporcional según la siguiente expresión matemática a utilizar tanto a la retribución por comidas como a la retribución general.
PI = 100 X PML - OI
PML - OMIN
Siendo PI (puntuación obtenida por la oferta del licitador) PML (Presupuesto máximo de licitación)
OI (Oferta presentada por el licitador) OMIN ( oferta mínima presenta)
Puede aplicarse a criterio de la Mesa de Contratación para obtener las puntuaciones la simple regla proporcional otorgándose cien puntos a la oferta más barata en el caso de las comidas y proporcionalmente al resto de ofertas y cien puntos a la cantidad más beneficiosa para el Ayuntamiento y proporcionalmente al resto de ofertas.
UNDÉCIMA.- Revisión de Xxxxxxx
Anualmente a los conceptos del presupuesto base de licitación adjudicados se les aplicará el IPC interanual.
DUODÉCIMA.- Proposición, documentos y plazos de presentación
Las Proposiciones se presentarán en dos sobres cerrados identificados en su exterior, con las siguientes Leyendas:
-Sobre Uno: Documentación Administrativa.
-Sobre Dos: Oferta Económica.
Los referidos sobres se presentarán en las dependencias del Ayuntamiento de Porzuna sitas en Xxxxx Xxxxx 0 de 9 a 14 horas.
Así mismo las Proposiciones podrán ser presentadas por correo. En tal caso el empresario deberá justificar la fecha de imposición del envió en la oficina de correos, y anunciar al Ayuntamiento la remisión de la oferta mediante Fax en el mismo día. Sin la concurrencia de ambos requisitos no será admitida la documentación si es recibida con posterioridad a la fecha y hora de la terminación del plazo señalado en el anuncio. Transcurrido no obstante diez días siguientes a la indicada fecha sin haberse recibido la documentación, esta no será admitida en ningún caso.
DÉCIMO TERCERA.- Contenido de las Propuestas
A.- Sobre nº 1. Contendrá de acuerdo con el artículo nº 130 de la Ley de Contratos del Sector Público la siguiente documentación:
1.- Documentos acreditativos de la personalidad jurídica: Los empresarios individuales copia autenticada del DNI y los empresarios personas jurídicas la
escritura de constitución de la sociedad compulsada e inscrita en el Registro Mercantil. Cuando la proposición no aparezca firmada por los licitadores deberá incluirse el poder otorgado a favor de quien o quienes suscriban la proposición.
2.- Documento de compromiso de constituir una Unión Temporal de Empresa. en el caso en que varios empresarios concurran agrupados en Unión Temporal aportarán documento privado en el que se comprometan a constituirla, en el caso de resultar adjudicatarios. En dicho documento firmado por cada uno de los representantes de las empresas se designará al representante de la UTE así como la participación de cada empresa.
3.-Documento acreditativo de no estar incurso en prohibición de contratar, que incluirá hallarse al corriente de las obligaciones Tributarias y de la Seguridad Social.
4.-Acreditación de la solvencia profesional y financiera: La solvencia financiera se acreditará mediante la declaración apropiada de entidad financiera o justificante de la existencia de un seguro de indemnización por riesgos profesionales, con una cobertura mínima de doscientos mil euros.
La solvencia profesional se acreditará mediante declaración que incluya la experiencia profesional acumulada acreditada mediante documentación Fiscal y de la Seguridad Social.
5.- Domicilio todos los licitadores deberán señalar un domicilio para la práctica de notificaciones, pudiéndose ser complementada mediante email, teléfono y fax.
B.- Sobre nº 2. Contendrá la oferta económica diferenciándose el precio de las Comidas y de la Retribución General, ambos conceptos con I.V.A incluido.
DÉCIMO CUARTA.- Plazo de presentación de las proposiciones
Las proposiciones se presentarán dentro del plazo de 15 días naturales posteriores al anuncio de invitación y su presentación supondrá la aceptación incondicionada del contenido de las presentes clausulas, no pudiendo presentar cada licitador más de una propuesta, ni suscribir propuesta en unión temporal si lo ha hecho individualmente.
DÉCIMO QUINTA.- Mesa de contratación
La mesa de contratación estará integrada del siguiente modo:
-Presidente: Sr. Alcalde ó Concejal en quien delegue.
-Vocales:
a) Un concejal por cada uno de los grupos políticos.
b) Secretario – Interventor del Ayuntamiento.
c) Funcionario del Ayuntamiento que actuará como Secretario de la mesa de contratación.
DÉCIMO SEXTA.- Actuaciones de la mesa de contratación
El acto de apertura de las solicitudes de participación y las proposiciones presentadas por los concurrentes, será público y se realizará en el Salón de Plenos del Ayuntamiento, a las 12,00 horas del tercer día hábil siguiente al que termine el plazo señalado para presentación de dichas proposiciones, salvo que fuese sábado en cuyo caso tendrá lugar el siguiente día hábil.
La mesa de contratación calificará previamente los documentos presentados en tiempo y forma en las proposiciones de los concurrentes seleccionados y las elevará, con el acta y la propuesta que estime pertinente, que incluirá en todo caso la ponderación de los criterios indicados en la cláusula décima de este pliego, al órgano de contratación que haya de efectuar la adjudicación del contrato, para lo cual podrá solicitar los informes que considere oportunos.
DÉCIMO SÉPTIMA.- Adjudicación del Contrato.
La Alcaldía adjudicará dentro del plazo de cuarenta y ocho horas al titular de la oferta propuesta por la mesa de contratación. El adjudicatario en plazo de quince días hábiles deberá acreditar la documentación exigida y en concreto estar al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, prestación de la fianza definitiva y póliza de Responsabilidad Civil.
Una vez cumplimentada la presentación de dichos documentos se elevará a definitiva la adjudicación, formalizándose el correspondiente contrato.
El adjudicatario deberá satisfacer, además del precio de adjudicación, todos los gastos que origine el contrato, entre ellos:
- Tributos, sean estatales, autonómicos o municipales
- Gastos de escritura e inscripción registral.
DÉCIMO OCTAVA.- PENALIDADES
1º.- En el caso de reclamaciones por la calidad o cantidad de las comidas se constituirá una comisión de control formada por un representante de cada grupo municipal que tras oir a las partes podrá proponer la rescisión del contrato
2º.-Por incumplimiento de las condiciones de ejecución, o por cumplimiento defectuoso o por incumplir criterios de adjudicación, se impondrán penalidades por el Órgano de Contratación que como regla general tendrá una cuantía de un 10% del presupuesto del contrato en caso de incumplimiento grave o de un 25% en caso de incumplimiento muy grave. En ambos casos la reiteración de incumplimiento podrá dar lugar a la resolución del contrato.
El Contrato se entenderá a riesgo y xxxxxxx del adjudicatario con arreglo a lo dispuesto en el art. 215 del Texto Refundido de la Ley de Contratos de Servicio Público.
El Contrato se ejecutará con la sujeción a las cláusulas del mismo y de acuerdo con las instrucciones que para su interpretación diera al Contratista el Ayuntamiento de Porzuna.
El Adjudicatario será responsable de la calidad de los trabajos y de las consecuencias que se produzcan para el Ayuntamiento de Porzuna o para terceros por las omisiones, errores, métodos inadecuados o conclusiones incorrectas en la ejecución del Contrato.
El personal adscrito a los trabajos del servicio dependerá exclusivamente del Contratista quién deberá garantizar que el citado personal sea retribuido al menos en las condiciones que regula el sector y abonado en tiempo y forma.
El Contratista responderá de cuantas obligaciones laborales, sociales y económicas le vienen impuestas en su carácter de empleador, así como del cumplimiento de cuantas normas regulan y desarrollan la relación laboral o de otro tipo existente entre aquel y sus trabajadores, sin que pueda repercutir contra el Ayuntamiento ninguna multa, sanción o cualquier tipo de responsabilidad que por incumplimiento de alguna de ellas pudiera imponerle los organismo competentes.
DECIMO NOVENA.- OFERTAS CON VALORES ANORMALES O DESPROPORCIONADOS.-
Si se observase la existencia de ofertas con valores anormales o desproporcionados, de acuerdo con lo dispuesto en el art. 85 del Reglamento de la Ley de Contratos de Administraciones Públicas, se dará audiencias al licitador para que justifique su oferta.
Si el órgano de contratación, considerando la justificación efectuada por el Licitador y los informes técnicos, estimase que la oferta no puede ser cumplida como consecuencia de la inclusión de valores anormales o desproporcionados, acordará la adjudicación a favor de la siguiente proposición económicamente más ventajosa, atendiendo por tal, aquella que oferte el precio más bajo y que no sea considerada anormal o desproporcionada.
VIGÉSIMA.- Subcontratación
El contratista no podrá ceder el contrato, ni Subcontratar parcialmente la ejecución de los servicios del presente contrato.
VIGÉSIMO PRIMERA.- Resolución del contrato
Además de la resolución del contrato por las causas indicadas en la clausula decimo octava se estará a los dispuesto en el artículo 208.4 de la Ley
VIGÉSIMO SEGUNDA.- Jurisdicción
Las cuestiones que puedan plantearse durante el desarrollo del contrato serán resueltas por el Órgano de Contratación. Los acuerdos adoptados para su resolución pondrán fin a la vía administrativas y podrán ser impugnados ante la Jurisdicción contencioso Administrativa.
En Porzuna, a 21 xx Xxxxx de 2017
EL ALCALDE EL SECRETARIO
Fdo.: Xxxxxx X. Xxxxxxxx Xxxx Xxx. Xxxxxxx Xxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxxx