CARÁTULA
Expediente: 01/19
CARÁTULA
XXX XXXXXX DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES QUE HABRÁ DE REGIR LA LICITACIÓN, MEDIANTE PROCEDIMIENTO ABIERTO, PARA LA CONTRATACIÓN DE LOS SERVICIOS DE TELEFONÍA FIJA Y MÓVIL (INCLUIDO INTERNET) DE LA COMPAÑÍA DEL TRANVÍA DE SAN XXXXXXXXX, SOCIEDAD ANÓNIMA UNIPERSONAL
1. OBJETO DEL CONTRATO
El objeto del contrato lo constituye la prestación de los servicios de telefonía fija y móvil (incluido internet) de la COMPAÑÍA DEL TRANVÍA DE SAN XXXXXXXXX, SOCIEDAD ANÓNIMA UNIPERSONAL (en adelante CTSS), tanto para los servicios dentro de la sede central (C/Xxxxxxxx Xxxxxxx nº7, San Xxxxxxxxx) como fuera de ella.
Los servicios a prestar se encuentran descritos en la Cláusula 1ª xxx Xxxxxx de Prescripciones Técnicas.
El precio por dichos servicios de telefonía consistirá en una contraprestación parcialmente dineraria, consistiendo el resto de la contraprestación en el patrocinio publicitario, esto es, en la prestación por la CTSS al contratista de servicios publicitarios, siendo asimismo objeto del contrato la prestación de dichos servicios al contratista.
Dichos servicios publicitarios consisten, concretamente en el derecho a rotular un máximo de 3 autobuses (trasera integral+2 laterales estándar por autobús), que la CTSS pondrá a disposición del contratista, para instalar publicidad alusiva al servicio wifi gratuito ofrecido en los autobuses patrocinado por el contratista. Esta contraprestación no dineraria está valorada en 20.000 euros anuales.
Ambas partes acordarán el contenido de la rotulación (mensaje, tamaño, imágenes de la rotulación, etc.) una vez adjudicado el contrato.
Los gastos de producción y fijación de la rotulación inicial de los 3 autobuses correrán a cargo de la CTSS. El contratista podrá solicitar cambios en el diseño sin afectar al objeto del mensaje y cualquier gasto aparejado a estos cambios será a cuenta del contratista.
El Código CPV del contrato es el siguiente:
- 64200000-8 (Servicios de telecomunicaciones).
2. ENTIDAD CONTRATANTE Y ÓRGANO DE CONTRATACIÓN
La entidad contratante es la CTSS (en adelante, entidad contratante). El Órgano de Contratación es el Director Gerente de la CTSS.
3. VARIANTES
No se admiten.
4. DOCUMENTACIÓN CONTRACTUAL
Tendrán carácter contractual los documentos indicados en la Cláusula 5 xxx Xxxxxx de Cláusulas Administrativas Particulares.
5. PLAZO DE DURACIÓN DEL CONTRATO
El plazo de duración del contrato será de dos años, contados desde el día siguiente al de la fecha de su formalización.
El contrato podrá prorrogarse anualmente por el Órgano de Contratación hasta un máximo de tres años adicionales, mediando notificación fehaciente por parte de la entidad contratante al contratista al respecto, dentro del último trimestre del plazo de duración inicial del contrato o de la prórroga en curso, y será obligatoria para el contratista.
El contratista quedará obligado al cumplimiento del contrato y xxx Xxxxxx que rige el mismo durante su vigencia, prórrogas incluidas.
6. ELEMENTOS ECONÓMICOS
6.1. PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN Y PRECIO DEL CONTRATO
El presupuesto base de licitación de la duración inicial del contrato (2 años) es de 96.800 euros (IVA incluido).
Para la determinación del referido presupuesto base de licitación se han tenido en cuenta, todos los costes directos e indirectos y otros eventuales gastos.
El presupuesto máximo anual de licitación es de 48.400 euros anuales (IVA incluido).
Los licitadores incluirán en su proposición económica el precio anual ofertado por la ejecución del contrato (IVA incluido), que en ningún caso podrá exceder del presupuesto máximo de licitación anual indicado.
6.2. VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO
El valor estimado del contrato asciende a 200.000 euros (IVA excluido), calculado en la forma y a los efectos previstos en el artículo 101 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014 (en adelante, LCSP).
En concreto, para el cálculo del valor estimado del contrato, se ha tenido en cuenta el máximo valor pagadero por todos los conceptos, IVA excluido, incluidas prórrogas. Dicho valor estimado ha sido calculado atendiendo al valor real de contratos similares adjudicados durante los doce meses previos.
7. ABONO DEL PRECIO
El abono del precio por la entidad contratante se realizará en la forma que se indica en la Cláusula 8 xxx Xxxxxx de Cláusulas Administrativas Particulares.
8. REVISIÓN DEL PRECIO
No procede la revisión del precio.
9. GARANTÍA DEFINITIVA
El licitador que hubiera presentado la oferta que hubiera supuesto la mejor relación calidad-precio vendrá obligado a constituir una garantía definitiva, en los términos indicados en la Cláusula 11 xxx Xxxxxx de Cláusulas Administrativas Particulares, por un importe del 5% del precio final ofertado (para la duración inicial del contrato).
10. APTITUD PARA CONTRATAR
- Requisitos específicos:
Los licitadores deberán estar inscritos en el Registro de Operadores de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) para la explotación de redes y/o la prestación de servicios de comunicaciones electrónicas, de acuerdo con lo previsto en el artículo 6 de la Ley 9/2014, de 9 xx xxxx, General de Telecomunicaciones.
- Solvencia:
Los licitadores deberán acreditar estar en posesión de la siguiente solvencia económica y financiera:
Solvencia económica y financiera. Volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiere el contrato que, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles (respecto de los cuales esté vencida la obligación de aprobar las cuentas anuales), en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del licitador y de presentación de las ofertas, deberá ser de, al menos, 60.000 euros.
Los licitadores podrán acreditar alternativamente la solvencia exigida en el párrafo anterior, mediante aportación de la siguiente clasificación, en los términos establecidos en la Cláusula 17 xxx Xxxxxx de Cláusulas Administrativas Particulares:
Grupo V, Subgrupo 04, Categoría 1(o su categoría equivalente, esto es, la A), o en una categoría superior.
- Medios humanos y/o materiales.
Adicionalmente, los licitadores deberán adscribir a la ejecución del contrato, como mínimo, los medios humanos y materiales mínimos siguientes:
Un gestor interlocutor, que deberá acreditar la posesión de una experiencia de al menos tres años en el ámbito del objeto del contrato, localizable las 24 horas.
Un servicio técnico compuesto por, al menos 10 personas, para la resolución de incidencias y que garantice la asistencia diaria y durante las 24 horas del mismo.
Una interface tipo “ventana única” través de la cual se realizarán todas
las consultas y gestiones, personalizada, permanente y ágil, que atenderá exclusivamente a CTSS en horario de oficina.
Este compromiso tendrá el carácter de obligación contractual esencial a los efectos previstos en el artículo 211. f) de la LCSP, siendo por tanto el incumplimiento de la misma causa de resolución del contrato, a voluntad de la entidad contratante.
11. PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES Y DOCUMENTACIÓN
11.1. PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES
- Modo de presentación: Las ofertas se presentarán utilizando medios no electrónicos por concurrir una de las circunstancias previstas en el apartado 3 de la Disposición adicional decimoquinta de la LCSP. Dicha circunstancia ha sido constatada en informe elaborado al respecto y obrante en el expediente.
- Plazo de presentación: Hasta las 14:00 horas del día 01 de febrero de 2019.
En caso de que el último día de plazo sea xxxxxx, xxxxxxx o festivo, el plazo se prolongará hasta el primer día hábil siguiente.
- Lugar: En las oficinas de la entidad contratante, sitas en C/Xxxxxxxx Xxxxxxx, nº 7 de Donostia/San Xxxxxxxxx.
- Horario: De lunes a viernes, de 08:00 horas a 14:00 horas.
11.2. CONTENIDO DE LOS SOBRES
Sobre 1. "DOCUMENTACIÓN RELATIVA AL CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS PREVIOS"
Los licitadores deberán presentar la documentación señalada en la Cláusula 13 xxx Xxxxxx de Cláusulas Administrativas Particulares.
Sobre 2. "DOCUMENTACIÓN RELATIVA A CRITERIOS CUYA CUANTIFICACIÓN DEPENDA DE UN JUICIO DE VALOR”
Los licitadores deberán presentar la siguiente documentación y de acuerdo a las especificaciones técnicas mínimas indicadas en el punto 3 xxx Xxxxxx de Prescripciones Técnicas.
Propuesta Técnica Red Fija
La propuesta técnica deberá incluir como mínimo los siguientes aspectos:
- Descripción de la solución técnica planteada para la centralita de CTSS. Deberá permitir como mínimo los siguientes servicios:
Operadora
Desvío de llamadas
Captura de llamadas
Llamada en espera.
Grupos xx xxxxx
Llamada a tres
Mensaje de bienvenida
Buzón de voz
Tecnología IP
Tarificador para coste de llamadas por extensión, por departamentos o centros de coste, …
Información-restricción de número llamante
Otros servicios de interés.
- Descripción de las velocidades de descarga tanto para subida como para bajada de datos e Internet de los 2 servicio de la red fija con servicios mínimos Despega 350 Mbps 4 IP y Despega 100 Mbps.
- Plan de mejora técnica sobre la situación actual de la telefonía fija, con líneas y servicios de mejor calidad, alternativas globales y puntuales, etc.
- Procedimientos excepcionales aparte del canal estándar para atender problemas urgentes, de emergencia o que afecten a servicios esenciales de la CTSS.
Propuesta Técnica Red Móvil
La propuesta técnica deberá incluir como mínimo los siguientes aspectos:
- Descripción de terminales a suministrar en la telefonía móvil que tendrán que ser de última generación. En la propuesta técnica indicará el modelo de los terminales a suministrar.
- Servicio de bloqueos de terminales y tarjetas XXXx.
- Procedimientos excepcionales aparte del canal estándar para atender problemas urgentes, de emergencia o que afecten a servicios esenciales de la CTSS.
- En la propuesta se deberá indicar la política de renovación de terminales, donde se indicará el plazo máximo de sustitución de terminales móviles que no podrá ser superior al establecido en el Pliego de Prescripciones Técnicas.
- Plan de mejora técnica sobre la situación actual de la telefonía móvil, con líneas y servicios de mejor calidad, alternativas globales y puntuales, etc.
- Procedimiento de activación y desactivación de las tarjetas del servicio Wifi embarcado de los autobuses al tener nuevos vehículos.
- Descripción de la solución técnica planteada para la telefonía móvil, con especial importancia al planteamiento técnico para el servicio Wifi embarcado en los autobuses, con un consumo mínimo de 5 Gb/mes y autobús.
Servicio de Asistencia Técnica (mantenimiento del servicio y resolución de incidencias)
Descripción detallada del servicio de asistencia técnica que de cumplimento a lo exigido en el Pliego de Prescripciones Técnicas al efecto, que incluya al menos los siguientes aspectos:
Servicio de atención personal, telefónica o vía web.
Parámetros SLA mínimos
Las empresas licitadoras, en sus propuestas, indicarán los niveles de servicio (SLA’s) para estos tipos de casos: tiempos de respuesta previstos para la reparación de averías, cambio de terminales, etc., así como las garantías que se ofrece.
Se incluirán también la disponibilidad mensual por enlace (igual o superior al 99,95%), y tiempos de respuesta comercial para altas, bajas (inmediato) y modificaciones de servicios.
Los plazos máximos de resolución de incidencias urgentes y no urgentes no podrán ser superiores al establecido en el Pliego de Prescripciones Técnicas.
Plan de migración
En su caso, el plan de migración, que deberá ser el mínimo necesario y detallará un plan de despliegue, implantación y migración tanto del servicio de la red fija como de la red móvil indicada en el pliego de prescripciones técnicas.
El plan de migración deberá detallar y garantizar la operatividad permanente de los sistemas actuales mientras dure el tránsito desde la situación actual a la situación propuesta.
Mejoras sin coste adicional para la CTSS, que podrán consistir en:
Ofrecer la tecnología móvil más avanzada que haya en el mercado, cambiando todas las tarjetas SIM móviles en ese momento.
Poner una conexión de backup/respaldo por operador diferente.
La prestación del servicio de manera que el software, las locuciones de voz, los mensajes a terminales y otros aplicativos dirigidos al usuario final dispongan de interface de usuario en euskera y call center.
A fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en la Ley 3/2016, de 7 xx xxxxx, para la inclusión de determinadas cláusulas sociales en la contratación pública, se advierte de que el contrato se halla sujeto al cumplimiento de las disposiciones legales, reglamentarias y convencionales vigentes y que resulten de aplicación en materia laboral, de Seguridad Social y seguridad y salud en el trabajo.
Sobre 3. "DOCUMENTACIÓN RELATIVA A CRITERIOS EVALUABLES MEDIANTE LA UTILIZACIÓN DE FÓRMULAS”
La proposición relativa a criterios evaluables mediante la utilización de fórmulas se presentará conforme al modelo adjunto al Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares como Anexo VI.
En concreto, la proposición deberá incluir los siguientes conceptos:
a) Proposición económica:
Precio anual ofertado: ………………………………..euros anuales (IVA incluido), desglosado en:
euros anuales (precio sin IVA)
euros (IVA).
12. CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN
Los criterios de adjudicación, indicados con su ponderación correspondiente, serán los siguientes:
1. Criterios cuya cuantificación dependa de un juicio de valor: hasta un máximo de 45 puntos.
- Propuesta Técnica Red Fija:
Se valorará la idoneidad de la red fija ofertada, la idoneidad de la solución para la centralita, la mejora de las velocidades de descarga tanto para subida como para bajada de datos e Internet de los 2 servicios de la red fija.
- Propuesta Técnica Red móvil:
Se valorará la idoneidad de la red móvil ofertada, la idoneidad de los terminales móviles a suministrar así como la idoneidad de la política y plazos de la sustitución de ellos, la idoneidad de solución técnica planteada para la telefonía móvil, con especial importancia al planteamiento técnico para el servicio Wifi embarcado en los autobuses, la idoneidad del procedimiento de activación y desactivación de las tarjetas del servicio Wifi embarcado de los autobuses al tener nuevos vehículos, así como la ampliación del consumo mínimo de 5 Gb/mes y autobús.
- Servicio de asistencia técnica (mantenimiento del servicio y resolución de incidencias)
Se valorará la idoneidad del servicio de asistencia indicado.
- Parámetros SLA mínimos:
Se valorará la idoneidad de los parámetros SLA ofertado, así como la mejora de los plazos máximos de resolución de incidencias indicados en el pliego de prescripciones técnicas.
- Mejoras sin coste adicional para la CTSS, que podrán consistir en:
Se valorará que se ofrezca cambiar la telefonía móvil a la tecnología más avanzada que haya en el mercado, cambiando todas las tarjetas SIM móviles en ese momento.
Se valorará el que se ponga una conexión de backup/respaldo por operador diferente.
Así mismo, se valorará que las locuciones de voz, los mensajes a terminales y otros aplicativos dirigidos al usuario final dispongan de interface de usuario en euskera y call center.
Las ofertas deberán obtener una puntuación mínima de 22 puntos para continuar en el procedimiento.
2. Criterios evaluables mediante la utilización de fórmulas: hasta un máximo de 55 puntos.
- Proposición económica: Hasta un máximo de 55 puntos.
P= 55 x (oferta mínima/oferta N) Dónde:
P= puntuación obtenida por el licitador que se valora Oferta mínima= importe de la oferta más baja admitida Oferta N= importe de la oferta económica que se valora
Las ofertas que no mejoren el precio de licitación recibirán cero (0) puntos en este apartado.
Cuando se identifique una proposición que pueda ser considerada desproporcionada o anormal, deberá darse audiencia al/los licitador/es que la haya/n presentado para que justifique/n la valoración de la oferta y precise/n las condiciones de la misma.
A dichos efectos, podrá ser considerada desproporcionada o anormal aquella oferta que sea inferior en 10 unidades porcentuales o más a la media aritmética de la totalidad de las proposiciones.
En todo caso, el órgano de contratación rechazará las ofertas si comprueba que son anormalmente bajas porque vulneran la normativa sobre subcontratación o no cumplen las obligaciones aplicables en materia medioambiental, social o laboral, nacional o internacional, incluyendo el incumplimiento de los convenios colectivos sectoriales vigentes.
13. COMITÉ DE EVALUACIÓN
El Órgano de Contratación estará asistido por un Comité de Evaluación integrado por los siguientes miembros:
1. Xxxxxxx Xxxxxxxx, Director técnico de la CTSS
2. Director de Planificación y Servicio de la CTSS
3. Jefe de Contabilidad de la CTSS
4. Asistente de Dirección de la CTSS.
14. COMITÉ DE EXPERTOS
No procede.
15. EJECUCIÓN DEL CONTRATO
El contrato se ejecutará con arreglo a las siguientes condiciones:
a) Las indicadas en la Cláusula 20 xxx Xxxxxx de Cláusulas Administrativas Particulares.
b) Adicionalmente, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 202 de la LCSP, se establece como condición especial de ejecución, de carácter social y relativa a la estabilidad laboral de los contratos, la siguiente: el contratista deberá mantener, durante todo el tiempo de vigencia del contrato, la plantilla de trabajadores adscritos a su ejecución, sin que proceda suspensión o extinción de los contratos de trabajo de dicha plantilla adscrita, salvo las suspensiones o extinciones consecuencia de la voluntad del trabajador, de despidos disciplinarios, disconformidad de la entidad contratante o modificación del contrato por razones de estabilidad presupuestaria y salvo que por circunstancias sobrevenidas la empresa se encuentre en alguno de los supuestos previstos en el artículo 51 del Estatutos de los Trabajadores.
A efectos de verificar el cumplimiento de dicha condición especial de ejecución, antes de comenzar la ejecución del contrato, así como cada mes de vigencia del mismo, el contratista deberá presentar un listado de los trabajadores adscritos a su ejecución, justificando, en caso de modificación de dicho listado, la concurrencia de las razones expuestas en el párrafo anterior.
Dicha condición especial de ejecución será exigible igualmente a los subcontratistas que participen en la ejecución del contrato.
16. OBLIGACIONES CONTRACTUALES ESENCIALES
Serán obligaciones contractuales esenciales las establecidas en la Cláusula 21 xxx Xxxxxx de Cláusulas Administrativas Particulares.
Adicionalmente, será obligación contractual esencial la establecida en la letra b) del punto 15 anterior.
17. PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES
La prestación de los servicios objeto de esta contratación requerirá, en atención al contenido de los mismos, el tratamiento de datos personales por cuenta de la entidad contratante por parte del contratista.
En este contexto, el contratista quedará obligado al cumplimiento de lo dispuesto al respecto en el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 xx xxxxx de 2016 relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos (en lo sucesivo, RGPD) y en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales (en lo sucesivo, LOPD).
De este modo y por disponerlo así la normativa aplicable, el contratista, en su condición de Encargado del Tratamiento, se obliga a suscribir con la entidad contratante el correspondiente contrato con el contenido y alcance que determina el artículo 28 del RGPD.
Dicho contrato deberá ser suscrito con carácter simultáneo a la firma del contrato de prestación de servicios entre la entidad contratante y el contratista.
En todo caso y con independencia de lo que se establezca al efecto en el aludido contrato, con motivo de la contratación objeto de esta licitación, el contratista se obliga a observar las siguientes previsiones:
- Cumplirá lo dispuesto en el RGPD, en la LOPD y en el resto de normas en materia de protección de datos que resulten de aplicación durante la vigencia del contrato de prestación de servicios entre la entidad contratante y el contratista.
- Tratará los datos personales únicamente siguiendo las instrucciones documentadas de la entidad contratante.
- Garantizará que las personas autorizadas para tratar datos personales estén sujetas a una obligación de confidencialidad adecuada.
- Aplicará las medidas técnicas y organizativas apropiadas para garantizar un nivel de seguridad adecuado al riesgo, teniendo en cuenta el estado de la técnica, los costes de aplicación, y la naturaleza, el alcance, el contexto y los fines del tratamiento, así como los riesgos de probabilidad y gravedad variables para los derechos y libertades de las personas físicas. Se valorarán, entre otras y a efectos meramente enunciativos, las siguientes medidas:
a) La seudonimización y el cifrado de datos personales;
b) Medidas para garantizar la confidencialidad, integridad, disponibilidad y resiliencia permanentes de los sistemas y servicios de tratamiento;
c) Medidas de restauración y acceso a los datos personales de forma rápida en caso de incidente físico o técnico;
d) Procesos de verificación, evaluación y valoración regulares de la eficacia de las medidas técnicas y organizativas para garantizar la seguridad del tratamiento.
- Aportará, cuando así se lo requiera la entidad contratante y a modo de prueba del cumplimiento de sus obligaciones en materia de protección de datos (i) una copia del registro de todas las categorías de actividades de tratamiento efectuadas por cuenta de la entidad contratante; y (ii) cualquier otro documento que la entidad contratante estime conveniente, siempre que éste tenga relación con el tratamiento de datos personales que el contratista lleve a cabo por cuenta de la entidad contratante.
- Permitirá y contribuirá a la realización de auditorías, incluidas inspecciones, por parte de la entidad contratante o de otro auditor autorizado por ésta.
- Comunicará a la entidad contratante la persona o personas directamente responsable/s de la puesta en práctica e inspección de las medidas de seguridad.
- Formará e informará a su personal en las obligaciones que dimanan de la normativa aplicable en materia de protección de datos.
18. CONFIDENCIALIDAD
El deber de confidencialidad se mantendrá durante un plazo de 5 años desde el conocimiento de esa información.
19. PROPIEDAD INTELECTUAL Y/O INDUSTRIAL
Serán de aplicación las previsiones establecidas en la Cláusula 26 xxx Xxxxxx de Cláusulas Administrativas Particulares.
20. SEGUROS
El adjudicatario del contrato deberá presentar, de forma previa a la formalización del mismo, una póliza de seguro de responsabilidad civil que cubra las indemnizaciones por daños personales y/o materiales derivados de la ejecución del contrato, tanto para terceros como para la CTSS, por una suma asegurada mínima 300.0000 euros, que deberá mantener su vigencia durante todo el tiempo de duración del contrato.
El contratista deberá acreditar el pago de la prima de la póliza y deberá presentar ante la CTSS los justificantes de estar al corriente de la póliza contratada.
21. PENALIZACIONES
Las penalizaciones por demora en los plazos (total o parciales), en el supuesto de que se opte por continuar en la ejecución del contrato serán de 150 euros/día de retraso por cada día natural de demora, IVA excluido.
La misma penalización será de aplicación en caso de cumplimiento defectuoso o incumplimiento de cualesquiera obligaciones o condiciones esenciales de ejecución, si se opta por continuar en la ejecución del contrato. En este caso, la penalización se aplicará sobre el número de días que efectivamente sean precisos para la oportuna subsanación, cumplimiento o correcta ejecución.
En ambos casos, las referidas penalizaciones son cumulativas a los daños y perjuicios que se acrediten.
22. CESIÓN DEL CONTRATO
No procede, al entenderse que las cualidades técnicas o personales de cedente han sido razón determinante de la adjudicación del contrato.
23. SUBCONTRATACIÓN
El contratista podrá concertar con terceros la realización parcial de la prestación con sujeción a lo que disponga la Cláusula 29 xxx Xxxxxx de Cláusulas Administrativas Particulares y el artículo 215 de la LCSP.
24. MODIFICACIONES DEL CONTRATO
El Órgano de Contratación podrá modificar el contrato en los supuestos previstos en el artículo 205 de la LCSP.
25. PLAZO DE GARANTÍA
El plazo de garantía se establece en 12 meses a contar de la fecha de recepción o conformidad de los servicios.
26. RESOLUCIÓN DEL CONTRATO
Serán causas de resolución del contrato las señaladas en la Cláusula 33 xxx Xxxxxx de Cláusulas Administrativas Particulares.
Será causa de resolución del contrato, además de las señaladas en la Cláusula 33 xxx Xxxxxx de Cláusulas Administrativas Particulares, la siguiente:
- El incremento o la reducción en un 10 % del consumo mensual medio estimado en la Cláusula 1ª xxx Xxxxxx de Prescripciones Técnicas (se exceptúa la variación en el número de SMS o MMS).
En todo caso de resolución del contrato por causa imputable al contratista se devengará a favor de la entidad contratante una cantidad equivalente al 20% del precio del contrato, IVA excluido. Dicha penalización es cumulativa a los daños y perjuicios que se acrediten.