CONTRATO DE SERVICIOS DE COMUNICACIONES NODONET CHILE SPA
CONTRATO DE SERVICIOS DE
COMUNICACIONES NODONET CHILE SPA
Contrato: Por el presente acto, el suscriptor individualizado en el anverso contrata el plan de servicios que ahí se detallan y Comunicaciones Nodonet Chile SPA, en adelante CNCSPA, Rut. 76.360.242-7, se compromete a prestarlos en los términos y condiciones que a continuación se señalan. La denominación comercial de los planes alude a la velocidad de acceso máxima que podrá alcanzar el Servicio, sin constituir una garantía del rendimiento efectivo que alcanzará cada conexión. Los precios de los servicios y demás tarifas están fijados en pesos en la página web xxx.xxxxxxxxxxxx.xx
Duración del Contrato: El contrato de cada uno de los Servicios contratados entra en vigor con esta fecha y tiene una duración hasta el 31 de diciembre del año en curso, y se renovara tácita y automáticamente por periodos de un año, si ninguna de las partes decide no perseverar en su renovación. CNCSPA deberá comunicar su decisión de no renovar el contrato, mediante aviso escrito entregado al suscriptor con a lo menos 30 días de anticipación al suscriptor. Por su parte, el suscriptor podrá dejar sin efecto el contrato en cualquier momento dando aviso a CNCSPA, por cualquier medio que esta ponga a su disposición y en el que conste la identidad del Suscriptor.
Instrumentos que forman parte integra del contrato: Para todos los efectos forman parte del presente contrato los siguientes instrumentos: i) el presente instrumento, ii) las Condiciones Generales de Contratación (“CGC”) y iii) la Orden de Trabajo (OT) mediante la cual el suscriptor recibe conforme la Instalación Interior de Telecomunicaciones y/o los equipos recibidos en Comodato. Los instrumentos señalados en los numerales i) y ii) se encuentran publicados en xxx.xxxxxxxxxxxx.xx, documentos que en este acto se entregan y que el Suscriptor declara haber recibido al momento de la suscripción del Contrato.
Pago por los Servicios
Obligación de pago: El Suscriptor deberá pagar a CNCSPA la renta mensual y/o las demás tarifas vigentes e informadas por CNCSPA a la fecha de inicio del suministro de (los) Servicio (s), que correspondan al Plan Comercial y Servicios Adicionales contratados. Los clientes que efectúen pagos automáticos mediante contrato de PAC/XXX, pueden acceder a una rebaja del precio, de acuerdo con las tarifas vigentes e informadas por CNCSPA a la fecha de inicio del suministro de (los) servicio (s), que correspondan al Plan Comercial y Servicios Adicionales contratados. Las rentas mensuales y tarifas deberán pagarse por mes anticipado a más tardar el día 10 de cada mes, correspondiente al mes de la prestación del o los Servicios. Los Servicios Conexos de prestación ocasional podrán ser cobrados en la Cuenta del periodo de facturación siguiente al de su prestación o al momento de su solicitud.
Lugar de Pago: El pago se efectuará en los lugares y formas que CNCSPA habilite para tal efecto, y preferentemente a través de medios no presenciales, lo que se informará en xxx.xxxxxxxxxxxx.xx y en el Estado de Cuenta emitida por CNCSPA conforme a lo establecido en el Reglamento de Reclamos, aprobado por el D.S. N° 194 de 2013 de la Subsecretaria de Telecomunicaciones. El plazo para deducir reclamos que impugnen cobros, será de 60 días hábiles contados desde la fecha máxima de pago establecida en el documento de cobro.
Corte de Suministro por no Pago: El no pago oportuno de la renta mensual dentro del plazo señalado en la cláusula 4.1. facultará a CNCSPA para suspender el suministro del(los) Servicio(s) a partir xxx xxxxxx día siguiente del vencimiento del plazo para pagar la renta. Cuando un cliente opte por la alternativa de pago automático, y este pago sea rechazado por falta de fondos, tarjeta bloqueada u cualquier otro acontecimiento que impida la transacción, al quinto día siguiente del vencimiento del plazo para pagar la renta, no solo se suspenderá el suministro del servicio, sino que deberá cancelar lo debido sin la rebaja que corresponde a los pagos automáticos, de acuerdo a las tarifas vigentes e informadas por CNCSPA a la fecha de inicio del suministro de (los) servicio (s), que correspondan al Plan Comercial y Servicios Adicionales contratados.
Reposición del Servicio: La reposición del Servicio se efectuará dentro del plazo del día hábil siguiente, contando desde la fecha en que se paguen los Estados de Cuenta vencidos. La reposición del Servicio autorizará a CNCSPA para cobrar al Suscriptor el cargo correspondiente a la Reposición del Servicio o Reconexión de Acometida según corresponda. Los valores por estos conceptos se encuentran descritos en xxx.xxxxxxxxxxxx.xx.
Termino por Xxxx: El no pago del servicio adeudado dentro de los 90 días corridos siguientes a la fecha de vencimiento del Estado de Cuenta, faculta a CNCSPA para poner término al contrato de suministro correspondiente, conforme lo establecido en el artículo 28 del Reglamento de Servicios de Telecomunicaciones.
Soporte y servicios Técnicos: Para el caso que se soliciten servicios técnicos o soporte ajenos a la instalación realizada por CNCSPA, ya sea modificaciones en la propiedad, posterior a la instalación, routers de propiedad del cliente y que no hayan sido suministrados por CNCSPA, reubicación de los equipos instalados y de cualquier otro tipo que interfiera con la señal de internet, generará por parte de CNCSPA un cobro adicional por dicho servicio. Todas estas tarifas se encuentran descritas en nuestra página web.
Reajustabilidad: Los precios y/o tarifas del o los servicios de telecomunicaciones contratados por el Suscriptor, se reajustarán anualmente de acuerdo con la variación que experimente el Índice de Precio al Consumidor (IPC), o en base a la unidad de reajustabilidad que la reemplace, lo que será previamente comunicado por la Compañía, con una anticipación no menor a 30 días de la aplicación del respectivo reajuste.
Características del servicio: Las características del Servicio Internet de CNCSPA, que forman parte del presente contrato conforme al artículo 5º del Reglamento de Neutralidad, se describen en el sitio web xxx.xxxxxxxxxxxx.xx CNCSPA informa al suscriptor, y el suscriptor toma conocimiento que el servicio de acceso a Internet en forma inalámbrica requiere de la condición de línea-vista entre el nodo y la antena exterior en el domicilio del suscriptor. Eventualmente, la calidad de la señal Inalámbrico podrá sufrir variaciones debido a eventos naturales o de fuerza mayor imposibles de predecir, tales como la pérdida de la condición de línea-vista debido a obstrucción por crecimiento de árboles o construcción de edificios que bloqueen la señal. En estos casos, CNCSPA podrá realinear la antena exterior, y en caso de no poder restituir el servicio inalámbrico, se acuerda entre las partes que el contrato se extingue, debido a condiciones de fuerza mayor. (Ver otras características y sugerencias en nuestra página xxx.xxxxxxxxxxxx.xx.
Equipos en Comodato: Los equipos que CNCSPA entrega para el servicio contratado se detallan en la Orden de Trabajo, de acuerdo con lo expresado en la cláusula 3 del presente contrato.
8.1 Sera de exclusiva responsabilidad del cliente los daños de los equipos sufridos por sobre carga eléctrica y de la manipulación de los mismos por cuenta propia.
8.2 El contratante se obliga a entregar los equipos otorgados en comodato y detallados en la Orden de Trabajo, al personal CNCSPA, según lo establecido en el Contrato de Comodato.
9. Suscripción de nuevo contrato: Para todos los efectos legales las partes acuerdan que la suscripción de este contrato implicará la terminación de el o los contratos anteriores suscritos para el mismo domicilio con CNCSPA, regulándose la relación contractual con CNCSPA, a partir de la vigencia de este contrato, por las estipulaciones, condiciones y documentos que se han señalado precedentemente. Son causales de suscripción de un nuevo contrato las siguientes: cambio de domicilio, cambio de titular, cambio en la composición de los servicios principales del plan contratado o cambio de los atributos de los servicios principales contratados.