Registros del salario y control de horas trabajadas
Registros xxx xxxxxxx y control de horas trabajadas
Su empleador está obligado a llevar registros xxx xxxxxxx donde se especifique cuánto trabajó cada día y cada semana, cuánto se le pagó, y qué deducciones se le hicieron. Los empleadores deberán llevar registros xxx xxxxxxx durante tres años. Usted tiene derecho a ver sus propios registros xxx xxxxxxx en un momento y lugar oportunos.
Además, su empleador deberá entregarle junto con su remuneración un recibo xx xxxxxx donde se indique el número de horas trabajadas por día, su tarifa por hora, y las deducciones de su salario o las adiciones a este. Su recibo xx xxxxxx puede ser en papel o electrónico.
Si usted trabaja 16 horas por semana o más, su empleador deberá entregarle un parte de horas por lo menos cada dos semanas donde se indique el número de horas trabajadas cada día. El parte de horas deberá estar firmado o aceptado tanto por usted como por su empleador.
Evaluaciones laborales
Usted tiene derecho a pedirle a su empleador comentarios escritos acerca de su trabajo:
• tres meses después de haber comenzado a trabajar y
• una vez al año desde entonces.
Si no pueden ponerse de acuerdo, usted puede escribirle una carta a su empleador donde explique su punto de vista. La carta deberá entregarse a toda persona que reciba una copia de su evaluación laboral.
Salario
A partir del 1 de enero de 2023, el salario mínimo en Massachusetts es $15/hora.
Se le deberá pagar por todas las horas que usted trabaje. Esto incluye todo el tiempo que se le exija estar en algún lugar o hacer un trabajo para su empleador.
Los empleadores deberán pagar horas extras a los empleados que trabajen más de 40 horas en una semana. El pago de horas extras equivale por lo menos a una vez y media el valor de la hora laborable común por cada hora que supere las 40 horas.
Su empleador deberá pagarle de inmediato, generalmente dentro de los seis días del final del periodo de pago. Si se pusiera fin a la relación laboral, su empleador deberá pagarle inmediatamente (el mismo día o el siguiente día de pago normal) todas las horas trabajadas y los días de vacaciones que no hubiera utilizado.
Periodos de descanso
Si trabaja seis horas o más por día tiene derecho a una pausa de 30 minutos para comer o descansar cada día laborable.
Si trabaja 40 horas o más por semana, deberá tener por lo menos un día completo libre (24 horas) cada semana y dos días completos libres (48 horas) cada mes. Usted puede renunciar a este periodo de descanso mediante un acuerdo escrito con su empleador en un idioma y lenguaje que usted comprenda.
Si se le exige estar de servicio durante 24 horas o más, usted y su empleador pueden acordar que algunos periodos para comer, para descansar o para dormir de hasta 8 horas no se cuenten como tiempo pago de trabajo.
Si usted está de servicio menos de 24 horas, su empleador deberá pagarle todos los periodos para comer, para descansar y para dormir, salvo que no tuviera obligaciones laborales y se le permitiera retirarse durante esos momentos.
Horas prepagas
Si su empleador le paga con anticipación pero luego no le da horas suficientes para trabajar en ese periodo de pago, su empleador no podrá pedirle que le devuelva una parte de su salario ni podrá descontarle dinero de su salario en un periodo de pago futuro.
Usted y su empleador pueden acordar que usted “recupere” el tiempo cualquier semana posterior («bolsa de horas»). Esto está permitido para un máximo de 24 horas, pero solo si usted lo ha acordado por escrito en un idioma o lenguaje que usted comprende. Si usted trabaja más de 40 horas por semana, incluidas las horas de la bolsa que usted estaba recuperando, igualmente se le deberá pagar una vez y media el valor de la hora laborable común por cada hora que exceda las 40 horas.
Deducciones o descuentos xxx xxxxxxx
Los empleadores tienen prohibido descontar dinero xxx xxxxxxx de un empleado, salvo que la ley lo permitiera o el empleado solicitara la deducción para beneficio propio.
Ejemplos de deducciones obligatorias o permitidas
▪ Retención de impuestos federales o estatales,
▪ Seguridad social y desempleo,
▪ Embargos xxx xxxxxxx, por ejemplo, para el pago de la pensión alimenticia de menores o del seguro de salud
Ejemplos de deducciones que el empleado puede acordar
▪ Aportes a las cuentas de ahorro o de jubilación del empleado
▪ Parte de las primas del seguro de salud que le corresponde al empleado
▪ Alimentos y bebidas: El empleador solo podría descontar el costo de alimentos y bebidas xxx xxxxxxx del empleado si el empleado lo elige voluntariamente y se le permite guardar, preparar, comer y beber los alimentos que el empleado prefiere. El empleador no podrá descontarle más de $1.50 por el desayuno y $2.25 por el almuerzo o la cena, y la deducción no podrá
superar el costo real.
▪ Vivienda: El empleador no podrá descontar el gasto de su alojamiento (vivienda) si le exige que viva en ese lugar. El empleador podrá descontar el gasto de su alojamiento (vivienda) solo si usted elige vivir allí y además dicha vivienda cumple con las normas del código de salud local y estatal relativas a calefacción, agua y luz.
El empleador no podrá descontar más de: $35 por semana por una habitación con una persona; $30 por semana por una habitación con dos personas; o $25 por semana por una habitación con tres personas o más.
No se permitirán deducciones de alimentos, bebidas o vivienda sin su autorización por escrito en un idioma o lenguaje que usted comprenda.
Beneficios públicos
Seguridad social e impuesto a las ganancias
Cuando los empleados ganan más de $1900 al año, el empleador debe descontar dinero de su salario y enviarlo al gobierno para financiar ciertos programas federales y estatales.
Estas deducciones de impuestos se podrán contabilizar como créditos para las prestaciones de jubilación y discapacidad.
Si tiene preguntas acerca del funcionamiento de lo explicado anteriormente, comuníquese con la «Administración de Seguridad Social» (Social Security Administration) llamando al teléfono: 000-000-0000 – xxx.xxx.xxx.
Subsidio de desempleo
Los empleados que pierdan su empleo pero puedan trabajar, tengan disponibilidad y estén buscando empleo posiblemente reúnan los requisitos para recibir un subsidio de desempleo.
Para saber si usted reúne dichos requisitos, comuníquese con el «Departamento de Asistencia en caso de Desempleo» (Department of Unemployment Assistance): 000-000-0000 – xxx.xxxx.xxx/xxx.
Licencia por enfermedad, vacaciones y otras licencias
Licencia por enfermedad
Usted tiene derecho a ganar una hora de licencia por enfermedad cada 30 horas que trabaje. Usted puede ganar y tomarse hasta 40 horas de licencia por enfermedad al año. Usted podrá comenzar a usar su licencia por enfermedad tres meses (90 días) después de su primer día de trabajo.
Usted podrá usar sus días de licencia por enfermedad que haya ganado si usted o su hijo/a, cónyuge, padre/madre o padre/madre de su cónyuge está enfermo o lesionado o tiene un turno con el médico para una visita de xxxxxx. Usted puede usar la licencia por enfermedad para usted o para su hijo/a en caso de violencia doméstica. Encontrará más información al respecto en: xxx.xxxx.xxx/xxx/xxxxxxxxxxxxxx.
Vacaciones y días personales
Usted y su empleador pueden acordar días de vacaciones y personales, y si estos días se le pagarán o no.
¡Atención! Si su empleador acuerda vacaciones pagas, le deberá pagar los días de vacaciones sin usar que usted haya ganado al momento del cese de su relación laboral. Infórmese más acerca de las vacaciones ingresando en: xxx.xxxx.xxx/xxx/xxxxxxxxx. Licencia por maternidad/paternidad
Usted puede tomarse hasta ocho semanas de licencia laboral protegida sin goce xx xxxxxx por el nacimiento o la adopción de un/a niño/a. Usted deberá avisar al empleador las fechas en las que comenzará y terminará su licencia por lo menos con dos semanas de anticipación.
Si su empleador no le permitiera tomarse esta licencia o la discriminara por su embarazo o por tener un/a niño/a, puede comunicarse con el «Comité de Massachusetts contra la Discriminación» (Massachusetts Commission Against Discrimination) llamando al 000-000-0000 o ingresando en xxx.xxxx.xxx/xxxx.
Si su empleador tiene 50 empleados o más, es posible que usted tenga derecho a otros tipos de licencia, por ejemplo:
Tipo de licencia | Quién y qué abarca | Contacto |
Licencia por violencia doméstica | Usted o un familiar relacionado con la violencia doméstica | Oficina de la procuradora general de Massachusetts: 000-000-0000, |
Ley de permisos por asuntos personales | Usted, para ocuparse de algunas obligaciones familiares | Oficina de la procuradora general de Massachusetts: 000-000-0000, |
Ley de licencia familiar y médica | Usted, licencia laboral protegida sin goce xx xxxxxx por algunos motivos familiares o médicos | Departamento de Trabajo de los EE. UU.: 000-000-0000, xxx.xxx.xxx/xxx |
Teléfono e internet para empleados con cama adentro
Los empleadores que tengan teléfono o servicio de internet deberán brindarle a usted acceso gratuito y oportuno a dichos servicios. Si no tienen teléfono o servicio de internet, deberán ofrecerle oportunidades razonables de acceder a dichos servicios en otro lado, los cuales deberá pagar usted de su bolsillo.
Privacidad y libertad de ir y venir
Usted tiene derecho a tener privacidad, incluso si vive en el hogar del empleador. Su empleador no deberá:
▪ vigilar ni grabar su vivienda privada, ni el lugar donde usted duerme, ni su baño, ni los momentos en los que usted se viste o se desviste;
▪ limitar, obstaculizar, vigilar o grabar sus comunicaciones privadas;
▪ tomar, destruir, esconder o guardar su pasaporte o sus documentos o pertenencias;
▪ obligarlo/a a trabajar de las siguientes formas:
o lastimándolo/a, sujetándolo/a, provocándole un perjuicio económico o amenazándolo/a con hacerlo, o
o haciendo mal uso de la ley o de las acciones legales, sobornándolo/a, o utilizando otros métodos ilegales.
Lesiones en el empleo
Si usted se lesiona mientras se encuentra en su empleo, es posible que tenga derecho a recibir una indemnización por accidente laboral. Aun si el empleador no tuviera seguro por accidentes laborales, los empleados que pierdan más de cinco días de trabajo debido a una lesión o enfermedad vinculada al empleo podrían recibir una indemnización para cubrir la asistencia sanitaria y los salarios perdidos.
Para obtener más información, comuníquese con el «Departamento de Accidentes Industriales» (Department of Industrial Accidents): 000-000-0000 – xxx.xxxx.xxx/xxx.
Los empleados inmigrantes están protegidos
Las leyes estatales que protegen a los empleados contemplan a todos los empleados, incluidos los empleados indocumentados.
¡Atención! El empleador que denuncie a un empleado ante las autoridades de inmigración porque el empleado se quejó acerca de la violación de los derechos establecidos en las xxxxx xx xxxxxxx y carga horaria o de otros derechos puede ser acusado de haber cometido un delito. (M.G.L. c. 149, §§ 27C & 148A; M.G.L. c. 151 § 19(1) & (5))
Los empleados inmigrantes autorizados que trabajen para un empleador con al menos otros tres empleados están protegidos contra la discriminación sobre la base de su condición de inmigrantes. Para obtener más información, comuníquese con el «Departamento de Justicia de los EE. UU.» (U.S. Department of Justice): 000-000-0000 – xxx.xxxxxxx.xxx/xxx/xxxxx/xxx/.)
Los empleadores no deberán discriminar
Un empleador no puede discriminarlo/a por su raza, color, religión, origen nacional, sexo, identidad de género, orientación sexual, información genética, abolengo, edad, o discapacidad, ni por otros motivos específicos. La discriminación sexual incluye el acoso sexual y la discriminación por embarazo. Usted también tiene garantías contra el acoso basado en la orientación sexual, la identidad de género, la raza, el color, la edad, la religión, el origen nacional o la discapacidad. Es ilegal que su empleador tome represalias en su contra por quejarse de prácticas que usted considere discriminatorias.
Para obtener más información, comuníquese con la «División de Derechos Civiles» (Civil Rights Division) de la procuradora general llamando al (000) 000-0000 o a la «Comisión de Massachusetts contra la Discriminación» (Massachusetts Commission Against Discrimination) llamando al 000-000-0000.
Despido de empleados con cama adentro
Si usted vive en la vivienda de su empleador o en otro lugar que su empleador le exige, tiene ciertos derechos adicionales si lo/a despiden o echan de su trabajo.
Si lo/a despiden sin causa justificada, su empleador deberá:
▪ avisarle por escrito; y
▪ darle por lo menos 30 días de alojamiento donde usted se encuentra ahora o en una vivienda similar, O BIEN, indemnizarlo/a por despido por el equivalente al salario promedio de dos semanas. Si el empleador eligiera brindarle alojamiento en otro sitio o indemnizarlo/a por despido, usted deberá tener por lo menos 24 horas para mudarse.
Si el empleador lo/a despide con causa justificada, deberá:
▪ avisarle por escrito con antelación; y
▪ darle una oportunidad razonable de al menos 48 horas para mudarse.
Si un empleador hace una declaración escrita de buena fe donde expresa que usted hizo algo que perjudicó al empleador o a sus familiares o integrantes de su hogar, el empleador puede:
▪ poner fin a su relación laboral inmediatamente, y
▪ no pagarle ni darle tiempo de buscar otra vivienda.
¡Atención! Independientemente del motivo por el cual usted deje de trabajar, el empleador deberá pagarle al momento de su partida todos los salarios que le deba, incluidos los días acumulados de vacaciones pagas que no hubiera utilizado.
Los empleadores no podrán tomar represalias
El empleador no podrá sancionarlo/a ni discriminarlo/a por ejercer sus derechos conforme a las xxxxx xx xxxxxxx y carga horaria de Massachusetts, incluida la Declaración de derechos para empleados domésticos.
Esos derechos les corresponden a todos los trabajadores, independientemente de su condición migratoria. Si un empleador denuncia o amenaza con denunciar a un empleado indocumentado ante las autoridades de inmigración por quejarse de la violación de estos derechos, el empleador podrá ser procesado y/o recibir una sanción civil.
¿Tiene alguna queja acerca de su empleador?
Los empleadores de empleados domésticos deberán obedecer las xxxxx xx xxxxxxx y carga horaria de Massachusetts y todos los derechos mencionados en este aviso.
Si tiene preguntas o desea quejarse acerca de un derecho listado en este aviso, deberá comunicarse con el organismo especificado en esa sección. Si no figura ningún organismo, puede presentar una queja en la oficina de la procuradora general. Para informarse más acerca de cómo presentar una queja en línea, ingrese en xxx.xxxx.xxx/xxx/xxxxxxxxx o llámenos al teléfono (000) 000-0000.