INSTRUCCIONES DE CONTRATACIÓN Página 1 de 24 Aprobación y entrada en vigor: 19 Abril 2012
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Documento 1 de 1.Firmado por: Camara Oficial de Comercio e Industria de Alcoy, Emisor del certificado: AC Camerfirma Certificados Camerales, Número de serie del certificado firmante: 3.740.240.688.569.083.633, Fecha de emisión de la firma: 8/10/12 14:39 Código de integridad (alg. SHA-256): 3c932db31edb487cc395e16021a866d36b4d1f629932a9fd7fe41ffbbf997deb
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La Cámara de Comercio de Alcoy (en adelante “La Cámara”) es poder adjudicador conforme a lo dispuestoen el punto3 del artículo 3 del Real DecretoLegislativo3/2011,por el quese apruebael texto refundidodela Leyde Contratosdel SectorPúblico(TRLCSP).
Para la contratación sujeta a regulación armonizada, la Cámara aplicará los preceptos correspondientesdel TRLCSP.
Parala contrataciónno sujetaa regulaciónarmonizada, la Cámarase regirápor las Instruccionesde Contrataciónaprobadasporel Plenoy el TRLCSP.
Las presentes Instrucciones se dictan en cumplimiento de lo establecido en el artículo 191 del Real Decreto Legislativo 3/2011, por el que se apruebael texto refundidode la Ley de Contratosdel Sector Público y tienen por objeto regular los procedimientos de adjudicación de los contratos no sujetos a regulación armonizada para asegurar que los mismos se ajustan a los principios de publicidad, concurrencia, transparencia, igualdady no discriminación, así comoque la adjudicaciónrecae sobre la ofertaeconómicamentemásventajosa.
Instrucciones de Contratación
1. GENERALIDADES
1.1. Ámbito de aplicación.
LaspresentesInstruccionesde Contrataciónseránde aplicacióna los procedimientosde contrataciónno armonizada que celebre la CÁMARA, excepto los siguientes negocios y relaciones jurídicas que se regiránporsunormativaespecífica:
1. Contratosreguladosenla legislaciónlaboral.
2. Convenios de colaboración con entidades gestoras y servicios comunes de la SS, Universidades Públicas, Comunidades Autónomas, Entidades locales, organismos autónomos y restantes entidades públicas, salvo que, por su naturaleza, sean contratos sujetosa la TRLCSP.
3. Convenios que, con arreglo a las normas específicas que los regulan, se celebren con personas físicas o jurídicas sujetas al derecho privado, siempre que su objeto no esté comprendido en el de los contratos regulados en la TRLCSP, estas Instrucciones o en normasadministrativasespeciales.
4. AcuerdosconEstadoso conentidadesdederechointernacionalpúblico.
5. Contratos de suministro relativos a actividades directas de la CÁMARA con carácter comercial, industrial, financiero o análogo, si los bienes sobre los que versan han sido adquiridos con el propósito de devolverlos, con o sin transformación, al tráfico jurídico patrimonial, de acuerdocon sus fines peculiares, siempreque actúe en el ejercicio de sus competenciaslegales.
6. Contratos y convenios adjudicados por procedimiento específico de una organización internacional.
7. Contratosrelativosa serviciosdearbitrajey conciliación.
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8. Contratos relativos a servicios financieros relacionados con emisión, compra, venta y transferencia de valores o de otros instrumentos financieros, operaciones destinadas a la obtenciónde fondoso capital, así comolos serviciosprestadospor el Bancode Españay lasoperacionesdetesorería.
9. Contratospor los que la CÁMARAse obliguea entregarbieneso derechoso prestaralgún servicio, sin perjuiciode queel adquirenteo el receptor,si es unaentidaddel sectorpúblico sujetaa TRLCSP,debaajustarsea susprescripcionesparael contrato.
10. Negociosjurídicosencuyavirtudel sectorpúblicoencarguea la CÁMARA,concondiciónde medio propio y servicio técnico propio, la realización de determinada prestación. Los contratos que deban celebrarse para la realización de las prestacionesobjeto de encargo quedaránsometidosa las Instrucciones,en los términosque seanprocedentesde acuerdo consucuantía.
11. Contratos de compraventa, donación, permuta, arrendamiento y demásnegocios jurídicos análogos sobre bienes inmuebles, valores negociables y propiedades incorporales, salvo que recaigan sobre programas de ordenador y deban ser calificados como contratos de suministro o servicios. En estos contratos no podrán incluirse prestaciones propias de contratos típicos de obra, suministro o servicio, si el valor estimado de las mismas es superior al 50 % del importe total del negocio o si no mantienen con la prestación característica del contrato patrimonial relaciones de vinculación y complementariedad (unidad funcional); en estos dos supuestos, dichas prestaciones deberán ser objeto de contrataciónindependienteconarregloa lo establecidoenestaLey.
12. Los contratos de investigación y desarrollo remunerados íntegramente por el órgano de contratación, siempreque éste compartacon las empresasadjudicatariaslos riesgosy los beneficios de la investigación científica y técnica necesaria para desarrollar soluciones innovadoras que superen las disponibles en el mercado. En la adjudicación de estos contratos deberá asegurarse el respecto a los principios de publicidad, concurrencia, transparencia, confidencialidad y no discriminación y de la elección de la oferta económicamentemásventajosa.
Asimismo se excluyen los contratos de docencia celebrados entre la CÁMARA y profesores para cursos de formación, seminarios, coloquios, mesas redondas, conferencias, colaboracioneso cualquier otrotipodeactividadsimilar.
1.2. Contratos sujetos a regulación armonizada - Contratos sujetos a regulación no armonizada.
La CÁMARA,comopoderadjudicadorde contratos,puedesuscribirdostiposde contratos:los nosujetos a regulación armonizaday los sujetos a regulación armonizada. Ambos tipos se considerancontratos privadosnoadministrativos.
Estosdostiposdecontratostienenprocedimientosdeadjudicacióndistintos:
− LOSCONTRATOSNOSUJETOSA REGULACIÓNARMONIZADAse rigen,parasu preparación y adjudicación por las Instrucciones de Contratación de la Cámara, que regulan los
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procedimientos, y por el TRLCSP. En cuanto a sus efectos y extinción, se rigen por el derecho privado.
− LOS CONTRATOSSUJETOSA REGULACIÓNARMONIZADAse rigen por lo dispuestoen la Ley de Contratos del Sector Público (TRLCSP) y no se les aplican las Instrucciones de Contratacióndela CÁMARA.
Soncontratossujetosa regulaciónarmonizada:
• CONTRATOSDEOBRA: porimporteigualo superiora 5.000.000,00€
• CONTRATOSDESUMINISTROS: porimporteigualo superiora 200.000,00€.
• CONTRATOSDE SERVICIOS: por importe igual o superiora 200.000,00€ comprendidosen las siguientescategorías:
− Serviciosdemantenimientoy reparación.
− Servicios de transporte por vía terrestre, incluidos servicios de furgones blindados y serviciosdemensajería,exceptotransportedecorreoy transporteporferrocarril.
− Serviciosdetransporteaéreo:transportedepasajerosy carga,exceptocorreo.
− Transportedecorreoporvíaterrestrey aérea,exceptotransporteporferrocarril.
− Serviciosdetelecomunicación.
− Servicios financieros: seguros, bancarios y de inversión. Se exceptúan los servicios financieros relativos a la emisión, compra, venta y transferencia de títulos u otros instrumentosfinancieros, y los servicios prestadospor los bancos centrales y los que consistan en la adquisición o el arrendamiento, independientemente del sistema de financiación,de terrenos,edificiosya existentesu otrosbienesinmuebles,o relativosa derechossobreesosbienes.
− Serviciosdeinformáticay serviciosconexos.
− Servicios de investigación y desarrollo, exceptuando aquellos cuyos resultados corresponden a la Cámara para su uso exclusivo, siempre que ésta remunere íntegramentela prestacióndelservicio.
− Serviciosdecontabilidad,auditoríay teneduríadelibros.
− Serviciosdeinvestigacióndeestudiosy encuestasdela opiniónpública.
− Servicios de consultores de dirección (exceptuando los servicios de arbitraje y conciliación)y serviciosconexos.
− Servicios de arquitectura, servicios de ingeniería y servicios integradosde ingeniería; servicios de planificación urbana y servicios de arquitectura paisajística. Servicios conexos de consultores en ciencia y tecnología. Servicios de ensayos y análisis técnicos.
− Serviciosdepublicidad.
− Serviciosdelimpiezadeedificiosy serviciosdeadministracióndebienesraíces.
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− Servicioseditorialesy deimprenta,portarifao porcontrato.
− Servicios de alcantarillado y eliminación de desperdicios. Servicios de saneamiento y serviciossimilares.
− Contratossubvencionadosvinculadosconunodeobrasarmonizado.
1.3. Principios que rigen la contratación.
Los contratos están sujetos a los principios de publicidad, concurrencia, transparencia, confidencialidad,igualdady nodiscriminación.
La CÁMARAdaráa loslicitadoresy candidatosuntratamientoigualitarioy nodiscriminatorioy ajustarásu actuaciónal principiodetransparencia.
Enla aplicacióndelosprincipiosdeigualdady nodiscriminaciónsedebetenerencuenta:
1. Descripción no discriminatoria del contrato: la descripción no debe hacer mención a una fabricacióno procedenciadeterminadasni referirsea unamarca,unapatente,un tipo, un origen o unaproduccióndeterminada,salvosi unareferenciade estetipojustificael objetodel contrato y vaacompañadade la mención“o equivalente”.
2. Laigualdaddeaccesoparatodoslos operadoreseconómicosde todoslosestadosmiembrosde la Unión Europea. La CÁMARA no deberá imponer ninguna condición que suponga una discriminacióndirectao indirectafrentea los licitadores,comopor ejemplo, la obligaciónde que las empresas interesadas en el contrato estén establecidas en el territorio del mismo estado miembroo dela mismaregiónquela Corporación.
3. El reconocimientomutuode títulos, certificadosy xxxxxxxxxxxxx.Xx se exigea los licitadoresla presentación de certificados, títulos u otro tipo de documentación justificativa, los documentos procedentesdeotrosestadosmiembrosqueofrezcangarantíasequivalentesdeberánaceptarse.
4. La prohibiciónde facilitar de formadiscriminatoria, informaciónquepuedaproporcionarventajas a determinadoslicitadores,respectoal resto.
El principio de transparencia implica que todos los licitadores conozcan previamente las normas aplicablesal contratoque se pretendeadjudicar. En este sentido, la CÁMARApublicaráen la webde la CorporaciónlaspresentesInstrucciones.
Enrelaciónal principiodeconfidencialidadseindica:
• La XXXXXXxx podrá divulgar la información facilitada por los empresarios que éstos hayan designado como confidencial; este carácter afecta, en particular, a los secretos técnicos o comercialesy a losaspectosconfidencialesdelasofertas.
• Del mismomodo,el contratistadeberárespetarel carácterconfidencialde aquellainformacióna la que tengaaccesoen ocasiónde la ejecucióndel contrato y a la que se le hubiesedado tal carácter en los pliegoso en el contrato, o que por su propia naturalezadeba ser tratadacomo tal. Este deber se mantendrá durante un plazo de cinco años desde el conocimiento de esa información, salvo que en los documentos que rigen la contratación o en el contrato se establezcaunplazomayor.
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2.
ASPECTOS
APLICABLES
A
TODOS
LOS
PROCEDIMIENTOS
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2.1. Necesidad del contrato. Autorización del gasto.
La Corporaciónno podrácelebrarotroscontratosqueaquéllosqueseannecesariosparael cumplimiento y realización de sus fines institucionales. Su objeto y contenido serán determinados con precisión, dejandoconstanciaen la documentaciónpreparatoria, antesde iniciar el xxxxxxxxxxxxx.Xx necesidadse justificaráenel documentode solicituddeautorizacióndelgasto.
Todos los procedimientos contarán con la preceptiva autorización del gasto según el proceso internamenteestablecido,previoinformede disponibilidaddel DepartamentoEconómico-Financiero:
IMPORTE | APROBACIÓNDELGASTO | |
<=600€ | JefaDepartamentoeconómico | |
CONTRATOSDE | >600€ <=3.000€ | SecretariaGeneral |
SERVICIOS, | ||
>3.000€ <=6.000€ | JefaDepartamentoeconómicoy SecretariaGeneral | |
SUMINISTROSY | ||
OBRAS | ||
>6.000€ <=18.000€ | Presidentey SecretariaGeneral | |
>18.000€ <=50.000€ | ComitéEjecutivo | |
> 50.000€ | Pleno |
2.2. Órgano de Contratación.
IMPORTE | ÓRGANOSDECONTRATACIÓN | |
OBRAS | >15%delpresupuestode Cámara | Pleno1 |
=> 50.000€ | ComitéEjecutivopreviapropuestadela Mesade Contratación | |
< 50.000€ | Presidentey SecretariaGeneral. |
IMPORTE | ÓRGANOSDECONTRATACIÓN | |||
SERVICIOS SUMINISTROS | > 15%delpresupuestode Cámara | Pleno1 | ||
=> 50.000€ | Comité Ejecutivo previa propuesta de la Mesa de Contratación | |||
< 50.000€ | =>18.000 | < 50.000€ | Mesade Contratación | |
=> 6.000€ | < 18.000€ | Presidentey SecretariaGeneral. | ||
< 6.000€ | SecretariaGeneral |
1 Conforme lo dispuesto en el apartado C del artículo 9 del Decreto 158/2001, de 15 de octubre, del Gobierno Valenciano por el que se aprueba el Reglamento de las Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y Navegación.
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1. Seránórganosdecontrataciónlosmencionadosenloscuadrosanteriores,enlascuantíasy tiposdecontratosprevistos.
2. El Pleno y el Comité Ejecutivo podrán delegar en los supuestos previstos reglamentariamente, con carácter temporal o permanente, en el Presidente, en el Comité Ejecutivo, en la Mesa de Contratación, en la Secretaria General, la facultad de adjudicar contratosfijandolas cuantíasy/o la naturalezao característicasde los contratosafectados pordichadelegación.Noobstantey en todocaso,se deberáinformaren la siguientesesión del ComitéEjecutivodetodosloscontratoscelebradosenvirtuddela delegaciónconcedida.
3. La Mesa de Contratación estará integrada por un miembro del Comité Ejecutivo, por la SecretariaGeneral, y la Jefadel DepartamentoEconómico-Financiero.Podránparticiparen la Mesade contrataciónlos técnicosresponsables.El Comité, si lo estimaoportuno, podrá nombrarcargosenla mesadecontratación.
4. No obstantea lo anterior y en todo caso, se deberádar cuenta en la siguientesesión del ComitéEjecutivode todoslos contratoscelebradospor importesuperiora 6.000eurospara suinformación.
2.3. Responsable técnico del contrato.
Se considerará responsable técnico del contrato a quién le corresponda supervisar su ejecución y proponer medidas necesarias para la correcta realización de la prestación. Al responsable técnico del contratole corresponde:
• Solicitarla autorizacióndelgastoconla justificacióndela necesidaddelcontrato.
• Redactarlos documentostécnicosde la contratación,en los casosqueproceda,y someterlosa autorización.
• Elaborarel informetécnicodevaloracióndeofertas,enloscasosqueproceda.
2.4. Criterios de valoración de ofertas.
2.4.1. Criterios generales de valoración de ofertas.
Para la valoraciónde las proposicionesy la determinaciónde la oferta económicamentemás ventajosa deberáatendersea criteriosdirectamentevinculadoscon el contrato, talescomo: la calidad, el precio, el plazo de ejecución o entrega de la prestación, el coste de utilización, las características medioambientales, la rentabilidad, el valor técnico, las características estéticas o funcionales, la disponibilidady el costede los repuestos,el mantenimiento,la asistenciatécnica, el serviciopostventau otrossemejantes.
En la determinación de los criterios de adjudicación se darán preponderancia a aquellos que hagan referencia a características del objeto del contrato que puedanvalorarse mediante cifras o porcentajes obtenidosdela meraaplicacióndelasfórmulasestablecidasenlosdocumentosquerigenla contratación, comolasseñaladasenlospuntossiguientes.
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Enla adjudicaciónse podránincluirmejoraso variantessiemprequeenlosdocumentosde contratación se haya previsto expresamente tal posibilidad, precisando sobre qué elementos y en qué condiciones quedaautorizadasupresentación.
Cuandosóloseutiliceuncriteriodeadjudicación,éstehaser, necesariamente,el preciomásbajo.
Cuandose tomeenconsideraciónmásdeuncriteriodeberáprecisarsela ponderaciónrelativaatribuidaa cada uno de ellos, que podrá expresarse fijando una banda de valores con una amplitud adecuada, estableciéndoseenel documentode condicioneso enlospliegos.
2.4.2. Regla para la valoración del precio.
Parala valoracióndelprecioseaplicarála siguientefórmula:
P= X * min
Of
Donde P esla puntuaciónobtenida.
X esla máximacantidaddepuntosquepuedenobtenerseenesteapartado minesla ofertamásbajadeentretodaslaspresentadas.
Ofesla ofertacorrespondienteal licitadorquesevalora.
2.4.3. Regla para la valoración de la garantía.
Parala valoracióndela garantíaseaplicarála siguientefórmula:
P= X * max
Of
Donde P esla puntuaciónobtenida.
X esla máximacantidaddepuntosquepuedenobtenerseenesteapartado Maxesla garantíamásampliadeentretodaslaspresentadas.
Ofesla garantíacorrespondienteal licitadorquesevalora.
2.4.4. Regla para la valoración del plazo de entrega o ejecución.
Parala valoracióndelplazodeentregao ejecuciónseaplicarála siguientefórmula:
P= X * min
Of
Donde P esla puntuaciónobtenida.
X esla máximacantidaddepuntosquepuedenobtenerseenesteapartado minesel plazomásbrevedeentretodoslosofertados.
Ofesel plazocorrespondienteal licitadorquesevalora.
2.5. Cómputo de plazos.
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En los plazos establecidos por días deberán computarse los días naturales, salvo que se indique expresamentequese cuentanúnicamentelos xxxxxxxxxxx.Xx el últimodíadel plazofuerainhábil, éstese entenderáprorrogadoal primerdíahábilsiguiente.
2.6. Adjudicación.
La adjudicación se realizará directamente por el Órgano de Contratación según lo expuesto en el apartado2.2 delaspresentesInstrucciones,a la ofertaeconómicamentemásventajosa.
El Órgano de Contratación clasificará, por orden decreciente, las proposiciones presentadas y que no hayan sido declaradasdesproporcionadas. Para realizar dicha clasificación, atenderá a los criterios de adjudicaciónseñaladosen los documentosde contratación,pudiendosolicitar paraello cuantosinformes técnicosestimepertinentes.Cuandoel únicocriterioa considerarseael precio,seentenderáquela oferta económicamentemásventajosaes la queincorporael preciomásbajo.
La adjudicacióndeberáser motivada, se notificará a los candidatoso licitadoresy simultáneamente, se publicaráenel perfil delcontratante,segúnlo expuestoenel punto2.8 delaspresentesInstrucciones.
2.7. Notificación.
Se notificaráa los candidatoso licitadoresla adjudicacióndel xxxxxxxx.Xx notificacióndeberácontenerla siguienteinformación:
a. En relacióncon los candidatosdescartados,la exposiciónresumidade las razonespor las que sehayadesestimadosu candidatura.
b. Conrespectoa los licitadoresa los que no se les ha adjudicadoel contrato, tambiénen forma resumida,lasrazonesporlasquenosehayaadmitidosuoferta.
c. En todo caso, el nombredel adjudicatario, las características y ventajas de la proposicióndel adjudicatario determinantes de que haya sido seleccionada con preferencia a las que hayan presentadolosrestanteslicitadores.
d. Plazoenquedebeprocedersea la formalizacióndelcontrato.
2.8. Publicidad.
Lapublicidadserealizaráa travésdelperfil decontratantedela Corporación. Sedarápublicidada:
1. La licitación: en los contratos cuyo importe sean igual o superior a 50.000,00[1] euros se publicará la información relativa a la licitación y los pliegos de cláusulas administrativas particularesy prescripcionestécnicaso documentode condiciones.
El contenidodela informaciónseráel siguiente:
[1] Laslicitacionesde los contratoscuyoimporteseainferiora 50.000,00euros, no se publicanperose garantizanlos principiosde publicidady concurrencia,mediantela solicitudporescritodetresofertasy la publicidaddela adjudicación.
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a. Títulodela licitación.
b. Fechadepublicación.
c. Órganodecontratación
d. Objetodel contrato.
e. Procedimiento.
f. Presupuestomáximodelicitaciónsin IVA.
g. Fechalímitedeentregadeproposiciones.
h. Lugardepresentacióndelasproposiciones.
i. Personadecontacto.
2. La adjudicación: se publicará en el perfil de contratante la adjudicación de los contratos de serviciosy suministrosde importeigual o superior a 18.000,00€ y de obrasde importeigual o superiora 50.000,00€.
El contenidodela publicaciónseráel siguiente:
a. Títulodela licitación
b. Objetodel contrato.
c. Acuerdodeadjudicaciónindicandofechay órganodecontratación.
d. Motivacióndela adjudicación.
e. Fechadepublicacióndela adjudicación.
f. Importedela adjudicación(sinincluirel IVA).
g. Empresaadjudicataria
h. Plazoenel quedebeprocedersea la formalizacióndelcontrato.
3. La formalizacióndel contrato: se publicaráen el perfil de contratantela formalizaciónde los contratos de servicios y suministros de importe igual o superior a 18.000,00 € y de obras de importeigualo superiora 50.000,00€.
El contenidodela publicaciónseráel siguiente:
a. Títulodela licitación
b. Fechadeformalizacióndelcontrato.
c. Objetodel contrato.
d. Acuerdodeadjudicaciónindicandofechay órganodecontratación.
e. Motivacióndela adjudicación.
f. Fechadepublicacióndela adjudicación.
g. Importedela adjudicación(sinincluirel IVA).
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h. Empresaadjudicataria
3. CONTRATO
3.1. Objeto, Precio y Cuantía.
3.1.1. Objeto del contrato.
El objetodeloscontratosdelsectorpúblicodeberáserdeterminado.
1. Nopodráfraccionarseuncontratoconla finalidaddedisminuirla cuantíadelmismo y eludir así los requisitos de publicidad o los relativos al procedimiento de adjudicaciónquecorrespondan.
2. Cuandoel contratoasílo precisepodránefectuarselotes.
3. Pueden contratarse separadamente prestaciones dirigidas a integrarse en una obra, si gozan de sustantividad propia y son susceptibles de ejecutarse individualmente.
3.2.2. Precio y valor estimado del contrato.
El preciodelcontratoserácierto,determinadoeneurosy sin incluirel IVA.
El valor estimado de los contratos vendrá determinado por el importe total del contrato, sin incluir IVA,teniendoencuentatodasuduracióne incluidaslasposiblesprórrogas.
Enel casodeque sehayaprevistoenla documentaciónquerige la contrataciónla posibilidad de que el contrato sea modificado, se considerará valor estimado del contrato el importe máximo que este pueda alcanzar, teniendo en cuenta la totalidad de las modificaciones previstas.
En aquellos supuestos en que el objetivo de la contratación consista en una selección u homologaciónde proveedores, para posteriorescontrataciones(por parte de la CÁMARA o deterceros)seaplicaránlassiguientesreglas:
a. En aquellos casos en los que lo que se pretenda sea preseleccionar u homologar a proveedoresde bienesy serviciosparaquelos prestena las empresasbeneficiariasde un programa,sin quepuedadefinirsea prioricuálva a serel númerode empresas realmente participantes en el mismo, pero limitando a un número máximo los proveedores que vayan a ser homologados, se tendrá en cuenta el presupuesto máximoestimadodel conjuntode posiblescontratoscontempladosdurantela duración total del contrato, paralo quese considerarán–entreotros- parámetroscomoel precio unitariopor empresabeneficiariaperceptorade la prestaciónde la entidadhomologada y el precioglobalde cadaunode los lotesquepuedanexistir, así como, en todocaso, el importemáximosusceptiblede alcanzarse,resultantede multiplicarel preciounitario deempresaporel númeromáximodepotencialesbeneficiarios.
b. En aquellos casos en los que se pretenda homologar a proveedores de bienes y serviciospara ofrecerlosa las empresasbeneficiariasde un programa, sin establecer
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Documento 1 de 1.Firmado por: Camara Oficial de Comercio e Industria de Alcoy, Emisor del certificado: AC Camerfirma Certificados Camerales, Número de serie del certificado firmante: 3.740.240.688.569.083.633, Fecha de emisión de la firma: 8/10/12 14:39 Código de integridad (alg. SHA-256): 3c932db31edb487cc395e16021a866d36b4d1f629932a9fd7fe41ffbbf997deb
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un número máximo de proveedores homologados y dejando que sean las empresasbeneficiariaslas que librementeelijan a un proveedory cierrencon él las condicionesde su contratación, se consideraquela naturalezade dichoproceso no correspondeestrictamentea un procedimientode contratación. En estos casos se publicitará una Convocatoria General en la web de la CÁMARA, que garantice la máximatransparenciay concurrencia, sin perjuicio de poder establecerlos criterios de selección o solvencia técnica que sean más adecuados para cada caso. Los procedimientosdehomologaciónsedocumentaránadecuadamente.
3.2. Duración de los contratos y regulación de prórrogas.
3.2.1. Duración de los contratos.
La duración de los contratos deberá establecerse teniendo en cuenta la naturaleza de las prestaciones,las característicasde su financiacióny la necesidadde someterperiódicamentea concurrenciala realizacióndelasmismas.
Loscontratostendránunaduraciónmáxima, salvoexcepciónjustificada,de:
a. Contratos menores (contratos de suministro y servicios inferiores a 18.000 € o de obra inferiores a 50.000 €): no podrán tener una duración superior a un año ni ser objeto de prórroga.
b. Contratosde servicios: no podrántener una duraciónsuperiora cuatroaños, ni excederde seis años incluidas las prórrogas, ni que las prórrogas superen el plazo fijado xxxxxxxxxxxxxxx.Xx obstante, los serviciosde asistenciaa la direcciónde la obrao gestión de proyectos, así como los demáscomplementarios a los de obras y suministros tendrán unaduraciónigual a la del contratoprincipalal queestánvinculadosmásel plazoestimado paraprocedera suliquidación.
c. La duración de los contratos de obras y de suministro: se fijará en cada caso el plazo de ejecuciónenfuncióndelascaracterísticasdelcontrato.
3.2.2. Regulación de prórrogas.
El contratopodrá prever una o varias prórrogas, siempreque sus característicaspermanezcan inalterablesdurantelas mismasy que la concurrenciapara su adjudicaciónhayasido realizada teniendoencuentala duraciónmáximadelcontrato,incluidaslasprórrogas.
Las prórrogasse acordaránpor el Órganode Contratacióny, salvo que el contrato expreselo contrario, serán obligatorias para el contratista. No podrán producirse prórrogas por consentimientotácitodelaspartes.
3.3. Libertad de pactos.
En los contratos que celebre la CÁMARA podrá incluirse cualquier tipo de pactos, cláusulas o condiciones,siemprequeno seancontrariasal interéspúblico, al ordenamientojurídicoy a los principios dela buenaadministración.
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3.4. Contenido mínimo de los contratos.
Loscontratosdeberánincluirnecesariamentelas siguientesmenciones:
a) Identificacióndelaspartes
b) Acreditacióndela capacidaddelosfirmantesparasuscribirel contrato.
c) Objetodelcontrato
d) Referenciaa la legislaciónaplicableal contrato.
e) Enumeracióndelosdocumentosqueintegranel contrato
f) Precioo el mododedeterminarel mismo
g) Duracióndel contratoo las fechasestimadasparael comienzoy finalizaciónde la ejecución delmismo.
h) Prórrogas,si estuviesenprevistas.
i) Condicionesderecepción,entregao admisióndelasprestaciones.
j) Condicionesdepago.
k) Supuestosenlosqueprocedela resolución.
l) Xxxxxxx presupuestario o programacontable con cargo al que se abonaráel precio, en su caso.
m) Extensiónobjetivay temporaldel deberde confidencialidadque, en su caso, se impongaal contratista.
n) Sumisióna arbitraje.
o) Compromisomedioambiental.
El documentocontractual no podrá incluir estipulacionesque establezcanderechosy obligacionespara laspartesdistintosdelosprevistosenlospliegos,enloscasosenlosqueprocedan.
3.5. Perfección y Formalización de los contratos.
Todos los contratos a los que se refiere este documento se perfeccionaránmediante su formalización, cualquieraqueseael procedimientoseguido.
La formalización de los contratos se realizará por escrito siempre que su importe sea igual o mayor a 18.000,00€ paraservicioso suministrosy a 50.000,00€ paraobras; o cuandolo considereconveniente el Órganode Contratacióno la normativadesubvencionesvigente.
Laformalizacióndeberárealizarseantesdequetranscurranquincedíashábilesdesdequesereciba la notificacióndela adjudicacióna loslicitadoresy candidatos.
3.6. Procedimiento de modificación de los contratos.
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Los contratossólo podránmodificarsecuandoasí haya sido previstoen el documentode condicioneso enlospliegos,o enloscasosy conloslímitesestablecidosenel artículo107del TRLCSP.
Se deberádetallar de formaclara, precisae inequívocalas condicionesen que podráhacerseuso de la misma, así como el alcance y los límites de las modificaciones que pueden acordarse con expresa indicacióndel porcentajedelpreciodel contratoal quecomomáximopodráafectar.
En el casoen quese cumplanlas circunstanciasquedanlugara la modificación,éstase acordarápor el Órganode Contrataciónprevioinformedeltécnicocorrespondiente,y conaudienciadelcontratista.
3.7. Garantías.
La CÁMARApodrá exigir la prestaciónde una garantía, así comola formao modalidad, en funcióndel tipodecontratodequesetrate.
Dichagarantíapodráser provisionalpara responderdel mantenimientode las ofertasde los candidatos hasta la adjudicación, o definitiva, para asegurar la correcta ejecución de la prestación por el adjudicatario.
En cualquiercaso, deberánespecificarseen los documentosque rigenla contratación,si es necesariala constitucióndela garantía,así comoel importedela misma.
3.8. Resolución de conflictos.
La solución de las diferencias que puedan surgir sobre los efectos, interpretación, cumplimiento y extinción de los contratos se realizará a través del arbitraje administrado por la Corte de Arbitraje y Mediaciónde Alcoy.
4. PROCEDIMIENTOS DE CONTRATACIÓN
1. CONTRATOMENOR
2. PROCEDIMIENTONEGOCIADO
3. PROCEDIMIENTOABIERTO
El tipo de procedimiento se determinará por razón de la cuantía del contrato, sin perjuicio de que el Órgano de Contratación considerase oportuno aplicar, atendiendo a las circunstancias del caso, el procedimientonegociadoo restringidoconformeal TRLCSP(artículos162y siguientes).
CONTRATO | PROCEDIMIENTONO ARMONIZADO | IMPORTE |
OBRAS | CONTRATOMENOR | < 50.000,00€ |
ABIERTO | = > 50.000,00€ |
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CONTRATO | PROCEDIMIENTONO ARMONIZADO | IMPORTE |
SERVICIOS SUMINISTROS | CONTRATOMENOR | < 18.000,00€ |
NEGOCIADO | =>18.000,00€ < 50.000,00€ | |
ABIERTO | = > 50.000,00€ |
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4.1. Contrato menor
CONTRATO | IMPORTE | PLIEGOSO CONDICIONES | TRAMITACIÓN | ADJUDICACIÓN |
OBRAS* | < 50.000€ | NO | 1. Autorizacióndelgasto(punto2.1.) 2. Solicitud: - De 3 presupuestos. Se enviará documento de condiciones si hay otros criterios de valoración además del precioo si se estimanecesariopor las características delcontrato. - Desólo1 presupuestosi el contratoesmenorde 3.000€. 3. Emisión de informe técnico si se valoran otros criterios además del precio o si se considera conveniente por las característicasdel contrato. | Presidente y Secretaria General |
*Sinperjuiciodequedebaexistirel correspondienteproyectocuandonormasespecíficasasílo requieran.
CONTRATO | IMPORTE | PLIEGOSO CONDICIONES | TRAMITACIÓN | ADJUDICACIÓN |
SERVICIOS SUMINISTROS | <18.000€ | NO | 1. Autorizacióndelgasto(punto2.1) 2. Solicitud: - De 3 presupuestos. Se enviará documento de condiciones si hay otros criterios de valoración ademásdel precio o si se estimanecesario por las característicasdelcontrato. - De sólo 1 presupuesto si el contrato es menor de 3.000€. 3. Emisión de informe técnico si se valoran otros criterios además del precio o si se considera conveniente por las característicasdelcontrato. | => 6.000 € < 18.000€: Presidentey Secretaria General |
=> 600€ a <6.000€: SecretariaGeneral | ||||
<600€: Adjudicacióndirecta. |
4.1.1. Cuantía:
- Loscontratosdeobradeimporteinferiora 50.000euros.
- Loscontratosdeservicioso suministrosdeimporteinferiora 18.000euros.
4.1.2. Tramitación:
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Latramitacióncomprendelassiguientesfases:
1. Autorizacióndelgastosegúnprocedimientointernoestablecido(punto2.1.).
2. Solicitud fehaciente, para su incorporación al expediente, de tres presupuestos. Únicamente se solicitaránmedianteel envíode documentode condiciones(*) si hay otros criteriosde valoración ademásdel precio o se considera convenientepor las características del contrato. Si los contratos sonmenoresde 3.000€ sólosesolicitaráunpresupuesto.
3. Emisión de informe técnico motivando la propuesta de adjudicación, si se valoran otros criterios ademásdel precioo se consideraconvenienteporlas característicasdel contrato.Serequeriráen el contratomenordeobrasentodocaso.
4. Adjudicación e incorporación al expediente de la factura correspondiente, que deberá reunir los requisitoslegalmenteestablecidos.
El criteriohabitualdeadjudicaciónseráel dela ofertaeconómicamentemásventajosa. Encasode tenerseencuentaotroscriterios,el Órganode Contratacióndeberámotivarla decisiónenbaseal informe técnico.
Lanecesidaddeformalizaciónporescritodel contrato,quedaráa criteriodel Órganode Contratacióny de lo establecidoenla normativavigentesobresubvenciones.
(*)Estedocumentotendráel siguientecontenidomínimo:
− Descripcióndelobjetodelcontrato,detallandolasprestaciones.
− Plazodeejecucióno duracióndelcontrato
− Presupuesto máximo sin IVA. En su caso, la financiación con cargoa fondoseuropeos,incluyendoenel documentoel logotipodel fondoquefinancie la actuación.
− Criteriosdevaloracióndeofertas.
− Modalidad,plazoy lugardepresentacióndelasofertas.
El Documentode Condiciones(DC) deberáser revisadopor el departamentode Secretaríay aprobado conformea lo dispuestoenel punto2.1.
4.1.3. Expediente:
El expedientedelcontratomenorcontendrá:
- Autorizacióndelgasto.
- Factura.
- Únicamentesi hay otros criterios de valoraciónademásdel precioo si se estimanecesariopor lascaracterísticasdelcontrato,Documentode Condicionese InformeTécnico.
4.2. Procedimiento negociado
CONTRATO | IMPORTE | DOCUMENTOSDE CONDICIONES | FASES | ADJUDICACIÓN |
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SERVICIOS | <50.000€ | SI, sinpublicidad | - Autorización del gasto (punto 2.1) y aprobacióndel Documentode Condiciones. - Solicitud de ofertas como mínimo a 3 empresas. - Presentacióndeproposiciones. - Emisión de informe técnico con propuesta deadjudicación. | - Mesade Contratación. |
SUMINISTROS | =>18.000€ | |||
- Notificación de la adjudicación. | ||||
- Publicación de la adjudicación en el perfil decontratante. | ||||
- Publicación de la formalización del contrato en el perfil de contratante. |
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4.2.1. Cuantía
Será de aplicaciónel procedimientonegociadoen los contratosde suministrosy de servicioscuandoel importeseaigualo superiora 18.000,00€ y menorque50.000,00€2.
4.2.2. Tramitación
Se autorizará el gasto conformea lo determinadoen el apartado 2.1. Se redactará un documento de condiciones de contratación que deberá ser aprobado junto con el gasto. No será obligatoria la publicacióndela licitaciónenel perfil decontratante.
El responsabletécnicodel contrato invitará por escrito a un mínimode 3 empresaspara que presenten proposiciones.Juntocon la invitaciónse remitirá el documentode condiciones, quedeberáestablecer loselementosesencialesdelcontrato,conel siguientecontenidomínimo:
− Descripcióndelobjetodelcontrato,detallandolasprestaciones.
− Plazo de ejecución o duración del contrato (incluyendo posible prórrogay sualcance,queentodocasodeberáserexpresa).
− Presupuestomáximode la licitación sin IVA. Para calcularlo se sumarán el coste de las anualidades, posibles prórrogas y posible modificación del contrato. En su caso, la financiación con cargo a fondos europeos, incluyendo en el documentoel logotipodelfondoquefinanciela actuación.
− Condicionesdepago
− Solicitud de documentosque acreditenla capacidady solvencia deloslicitadores3.
2 Sin perjuicio de que el órgano de contratación considerase oportuno aplicar, atendiendo a las circunstancias del caso, a las normas del TRLCSP en cuanto a la materia determinante del procedimiento negociado en aquellos de cuantía superior a 50.000 €. En este último caso, se procederá conforme a lo previsto en el TRLCSP para el procedimiento negociado con publicidad.
3 Si un licitador se ha presentado en los últimos dos años a una licitación de la CÁMARA, para acreditar la personalidad jurídica y
representación se le exigirá únicamente una declaración responsable de que los estatutos sociales, la denominación de la sociedad, el objeto social, el domicilio social, los administradores, el capital social y los poderes de representación no han sido modificados, sin perjuicio de la facultad de la Cámara de solicitar cualquier documento adicional.
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− Enumeraciónde loscriteriosobjetivosa tenerencuentaa la hora deadjudicarel contratoy suponderación.
− Ensucaso,concrecióndela admisióndemejoras.
− Ensucaso,garantía.
− Ensucaso,la posibilidaddemodificacióndelcontrato.
− Modalidad,plazoy lugardepresentacióndelasofertas.
− Sumisión a arbitraje de la Corte de Arbitraje y Mediación de Alcoy.
LosDocumentosde Contratación(DC)deberánserrevisadosporel Departamentode Secretaría.
Unavezpresentadaslas proposicionesel responsabletécnicodel contratoemitiráun informetécnicocon propuesta de adjudicación. Reunida la Mesa de Contratación acordará la adjudicación del contrato. El responsable técnico del contrato remitirá las cartas de notificación el acuerdo de adjudicación a los licitadores, y solicitará la publicaciónen el perfil de contratantede la adjudicacióndel contratoasí como dela formalizacióndel contratounavezquesehayarealizado.
4.2.3. Expediente:
El expedientedelprocedimientonegociadocontendrá:
1. Autorizacióndelgastoy aprobacióndel documentode condiciones.
2. Lasinvitacionescursadas.
3. Lasofertasrecibidas.
4. Informetécnicodevaloracióndepropuestasrecibidas.
5. Acuerdodeadjudicacióndela Mesade Contratación.
6. Comunicacióna lasempresaslicitantesdelresultadodela adjudicación.
7. Contrato
8. Publicidaddela adjudicacióny dela formalizacióndelcontrato.
4.3. Procedimiento abierto
CONTRATO | IMPORTE | PLIEGOSY | TRAMITACIÓN | ADJUDICACIÓN |
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PUBLICIDAD | ||||
SERVICIOS SUMINISTROS | =>50.000€ | SI | 1. Autorización del gasto y aprobación de los Pliegosporel ComitéEjecutivo. | ComitéEjecutivoo, ensucaso,el Pleno. |
Perfil del contratante | 2. Publicaciónde la licitacióny de los Pliegosen el perfil decontratante. 3. Presentaciónde proposicionesen 3 sobresen el plazo de 15 días desde la publicación de la licitaciónde serviciosy suministros o de 26 días enel casodeobras. | |||
OBRAS | =>100.000€ | - Notificación de la adjudicación. - Publicación de la adjudicación en el perfil de contratante. | ||
4. Apertura de sobres 1 y 2. Informe jurídico y técnico. 5. Aperturaenactopúblicodesobre3. | - Publicación de la formalización del contrato enel perfil decontratante. | |||
6. Acuerdo de propuesta de adjudicación por la Mesade Contratación. |
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4.3.1. Cuantía:
Serádeaplicaciónel procedimientoabiertoencualquiercontratocuyovalorestimadoseaigualo superior a:
• 50.000€ enel casodeserviciosy desuministrosy,
• 100.000€ enel casodeobras
Enesteprocedimientoquedaexcluidatodanegociacióndelostérminosdelcontratoconloslicitadores.
4.3.2. Tramitación:
a) Autorización del gasto y aprobación de los Pliegos
En este procedimiento será necesaria la autorización del gasto por el Comité Ejecutivo. Se elaborará un Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y un Pliego de Prescripciones Técnicas(*) queseráaprobadoporel ComitéEjecutivo,previarevisióndela SecretariaGeneral.
(*) El contenidomínimodel Pliegode CláusulasAdministrativasParticularesseráel siguiente:
− Objetodelcontrato,detallandolasprestaciones(ensucasoespecificandolotes).
− Duracióno plazodeejecución,incluyendoposiblesprórrogas.
− Presupuesto máximo de licitación sin IVA y, en su caso, cláusula de revisión de precios. Paracalcularlose sumaránel costede las anualidades,posiblesprórrogasy posible modificación del contrato. En su caso, la financiación con cargo a fondos europeos,incluyendoenel documentoel logotipodel fondoquefinanciela actuación.
− Condicionesdepago.
− Requisitosparaacreditarla capacidaddeloslicitadores.
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− Declaraciónresponsabledenoestarincursoenprohibicióndecontratar.
− Requisitosdesolvenciafinancieray técnicao profesional,indicandolosdocumentosa presentar.
− Procedimientodecontratación.
− Modalidad,plazoy lugardepresentacióndeproposiciones.
− Ensucaso,concrecióndela admisióndemejoras.
− Criteriosobjetivosdevaloracióny adjudicación.
− Criteriosobjetivosdeapreciacióndeofertasanormaleso desproporcionadas.
− Ensucaso,la posibilidaddemodificacióndelcontrato.
− Ensucaso,garantíasprovisionaleso definitivas.
− Plazode firmadel contrato, suscaracterísticasbásicasincluyendola posibilidado no desubcontratacióny decesión,cláusulapenalencasodeincumplimiento.
− Compromiso medioambiental, en el caso que se trate de procedimientos armonizados.
− Sumisióna arbitrajedela Cortede Arbitrajey Mediaciónde Alcoy.
LasPrescripcionesTécnicas,quehanderegirla realizacióndela prestacióny quedefinan suscalidades,se determinaránteniendoen cuentalos criteriosde accesibilidaduniversal, sostenibilidady protecciónambiental.
b) Publicidad y apertura de plazo para presentar proposiciones
Unavez autorizadoel gastoy aprobadoslos Pliegospor el ComitéEjecutivo, se publicaráen el perfil del contratante la información relativa a la licitación y los Pliegos de Cláusulas Administrativasy PrescripcionesTécnicas.
En el plazo de 15 días hábiles contados desde el siguiente a la publicación, en el caso de contratosde suministroo servicios,o de 26 díashábilesenlos contratosdeobras,las empresas interesadasdeberánpresentarsusproposiciones.
c) Contenido de las proposiciones Loslicitadorespresentaránsusproposicionesentressobrescerradosconel siguientecontenido: SOBRE 1: Documentación administrativa, dondeconstará:
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1. Documentaciónacreditativade la personalidadjurídicadel licitador4 y, en su caso, su representación.
a. Si el licitadoresunempresarioespañolpersonafísica,copiadesu DNI.
b. Para empresas españolas que fueren personas jurídicas mediante la escritura o documentode constitución, los estatutoso el acto fundacional, en los queconsten las normaspor las que se regula su actividad, debidamenteinscritos, en su caso, enel Registropúblicoquecorresponda,segúnel tipodepersonajurídicadequese trate.
c. Para licitadores no españoles que sean nacionales de Estados miembros de la Unión Europea se acreditará por su inscripción en el registro procedente o documentoidentificativode personafísica,deacuerdoconla legislacióndel Estado dondeestánestablecidos, o mediantela presentaciónde una declaraciónjuradao un certificado, en los términos que se establezcan, de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicación. Certificado de empresa emitido por la Cámarade Comercioa la quepertenezcael licitador.
d. Los demás licitadores extranjeros deberán acreditar su capacidad de obrar con informe de la Misión Diplomática Permanente de España en el Estado correspondiente o de la Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domiciliodela empresa.
e. Si el firmante de la proposición actúa en nombre y representacióndel licitador, aquel que acredite su personalidad(DocumentoNacional de Identidad, para los españoles; pasaporte, autorizaciónde residenciay permisode trabajo, para los extranjeros de Estados no pertenecientes a la Comunidad Europea; aquel que acredite su personalidad, conformea la legislacióndel respectivopaís, para los extranjeros nacionales de Estados miembros de la Comunidad Europea) y poderesderepresentación.
2º Documentaciónacreditativade la solvenciaeconómicay financiera
Podráacreditarseporlosmediossiguientes,sinperjuiciodelo previstoenel TRLCSP:
a. Las cuentas anuales de los dos últimos ejercicios presentadas en el Registro Mercantilo enel Registrooficialquecorresponda.
b. Subsidiariamente, declaración apropiada de entidad financiera y justificante de la existenciade un seguro de indemnizaciónpor riesgosprofesionales(incluyendoel recibodelpagodela prima).
4 Si un licitador se ha presentado en los últimos dos años a una licitación de la CÁMARA., para acreditar la personalidad jurídica y representación se le exigirá únicamente una declaración responsable de que los estatutos sociales: la denominación de la sociedad, el objeto social, el domicilio social, los administradores, el capital social y los poderes de representación no han sido modificados, sin perjuicio de la facultad de la Cámara de solicitar cualquier documento adicional.
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3º Documentaciónacreditativade la solvenciatécnicao profesional
Podrá acreditarseporunoo variosde losmediossiguientes:
a. Una relación de los principales servicios, suministros o trabajos realizadosen los últimos tres años o de los realizadosen los últimos cinco años para contratos de obras, que incluya importe, fechas y el destinatario, público o privado, de los mismos. Estos trabajos se acreditarán mediante certificados expedidos por el órgano competente si el destinatario es un organismo público, o cuando el destinatariosea un sujeto privado, por mediode un certificadoexpedidopor éste o medianteunadeclaracióndellicitador.
b. Descripcióndelosmediospersonalespropiosy ajenos.
c. Descripción de medios técnicos propios y ajenos que dedicará la empresa a la realización del trabajo, detallando la ubicación, la maquinaria y demás medios materiales.
d. Medidas empleadas por el empresario para garantizar la calidad, y, en su caso, certificacionesdelasmismas.
e. Otras certificaciones (ISO 9001, EMAS, ISO 14001, OSHAS, entre otros), reconocimientoso premios.
f. Cuantosdocumentos, escritos e informesde anterioresclientes se considerende interésparaavalarla solvenciatécnica.
g. Otrosdocumentos.
2. Declaraciónresponsabledenoestarincursoenprohibicióndecontratar.
3. Sumisióna arbitrajedela Cortede Arbitrajey Mediaciónde Alcoy.
SOBRE 2: Proposición Técnica: quecontendrá:
- Memoriatécnica
- Otrosdocumentos.
SOBRE 3: Proposición económica: que contendrála propuestaeconómica sin IVA.
Si el objeto del contrato así lo requiere, se podrá solicitar en otros sobres adicionalescualquier otrotipodocumentaciónsiemprequeasí seespecifiqueenel pliego.
d) Apertura de sobres y valoración de proposiciones
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Aprobación y entrada en vigor: 19 Abril 2012 |
Documento 1 de 1.Firmado por: Camara Oficial de Comercio e Industria de Alcoy, Emisor del certificado: AC Camerfirma Certificados Camerales, Número de serie del certificado firmante: 3.740.240.688.569.083.633, Fecha de emisión de la firma: 8/10/12 14:39 Código de integridad (alg. SHA-256): 3c932db31edb487cc395e16021a866d36b4d1f629932a9fd7fe41ffbbf997deb
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Unaveztranscurridoel plazoparala presentaciónde proposiciones,se abriránlos sobrespor el siguienteorden:
− En primer lugar, la documentación administrativa aportada en el Sobre 1 será examinadapor el Departamentode Secretaría, acordandola admisióno el rechazo,en su caso, de aquella que no sea consideradabastante. La documentaciónreferida a la solvencia económicaserá revisadapor el Departamento Financiero. La no aportación de toda la documentaciónadministrativa solicitadapodrá ser causade exclusiónde la valoración técnica y económica de la proposición presentada por el licitador. La CÁMARA podrá solicitar la subsanación. El Departamento de Secretaría emitirá informe.
− Simultáneamente, el responsable técnico del contrato procederá al estudio de la proposición contenida en el Sobre 2. A estos efectos, la CÁMARA podrá solicitar cuantos informes técnicos considere precisos y se relacionen con el objeto del procedimientodecontratación.El responsabledela licitaciónemitiráinformetécnico.
− Enactoseparadoy público, cuyafecha,horay lugarde celebraciónserácomunicadoa los licitadoresno excluidospor correoelectrónico,se procederáa la aperturadel Sobre
3. Seredactaráunactadela aperturadeproposicioneseconómicas.Noseránecesario la aperturapúblicadel Sobre3 si sólose ha presentadoun licitador,y por lo tanto, para éstecasonoseránecesarioredactarunactadeaperturadeproposiciones.
− La Mesade Contratación,enactonopúblico, procederáa calificary valorarlasofertas segúnloscriteriosdevaloracióndeterminadosenlos Pliegos.
La Mesa de Contratación adoptará un acuerdo de propuesta de adjudicación una vez ponderadoslos criterios que debanaplicarseconformea los Pliegos, ordenandolas ofertas en ordendecreciente,y lo elevaráal ComitéEjecutivoo, ensu caso,al Pleno.SeredactaráActade la Mesade Contrataciónfirmadaportodossusasistentes.
e) Adjudicación del contrato
El Comité Ejecutivo o, en su caso, el Pleno adjudicará el contrato. El responsable técnico del contrato enviará las cartas de notificación del acuerdo de adjudicación a los licitadores, y publicarála adjudicacióndelcontrato.
Al adjudicatariose le concederántresdíasparaqueaporte:
La acreditación de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributariasy conla SeguridadSocial, medianteaportaciónde los correspondientes certificados administrativos, emitidos por las autoridades respectivas. Esta aportación no será necesaria si acompañaa su proposición la autorización a la CÁMARA para que pueda obtener en su nombre los informes de situación de deuda en la TGSS, en la Agencia Tributaria y en la Administración Autonómica. Los formularios con las autorizaciones constarán incorporados al Pliego como anexos.
Altaen el ImpuestosobreActividadesEconómicaso, en su caso, del últimorecibo del impuesto o justificación de estar exento, mediante la correspondiente certificación.
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f) Formalización del contrato
Unavez aportadapor el adjudicatariola documentaciónseñaladaen el puntoanterior, así como la acreditación de la constitución de la garantía, en el caso que proceda, se formalizará el contratoy sepublicarádichaformalizaciónenel perfil decontratante.
4.3.3. Expediente:
Documentaciónquetendráel expedientedel procedimientoabierto:
1. Autorizacióndelgasto.
2. Pliegosde CláusulasAdministrativasy de PrescripcionesTécnicas.
3. La documentación acreditativa presentada por cada uno de los candidatos y ofertas económicasy técnicas.
4. Informejurídicoy técnicodevaloracióndepropuestasrecibidas.
5. Actaaperturapúblicadeproposicioneseconómicas.
6. Actadela Mesade Contratación.
7. Acuerdodel Órganode Contrataciónenla seadjudiquela oferta.
8. Notificacióna lasempresaslicitantesdelresultadodela adjudicación.
9. Contratoy acreditación,ensucaso,deconstitucióndela garantía.
10. Constanciade la publicidaden el perfil de contratantede la licitación, la adjudicacióny la formalizacióndelcontrato.
4.4. Tramitación de urgencia y de emergencia.
4.4.1. Tramitación de emergencia.
Cuando la Corporación tenga que actuar de manera inmediata a causa de acontecimientos catastróficos o de situaciones que supongan grave peligro, se aplicará el siguiente régimen excepcional:
• El Órganode Contratación, sin obligaciónde tramitar expedienteadministrativo, podrá acordar y ordenar la ejecución de lo necesario para remediar el acontecimiento producido o satisfacer la necesidad sobrevenida, o contratar libremente su objeto, en todo o en parte, sin sujetarse a los requisitos formales establecidos en estas Instrucciones, inclusoel dela existenciadecréditosuficiente.
• El plazode inicio de la ejecuciónde las prestacionesno podráser superior a un mes, contadosdesdela adopcióndel acuerdoprevistoen el puntoanterior. Si excediesede ese plazo, la contratación de dicha prestación requerirá la tramitación por cualquier procedimientoordinario.
4.2.2. Tramitación de urgencia.
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Losexpedientesdecontrataciónsepodrántramitarporesteprocedimientocuando:
• Respondana unanecesidadinaplazable
• Porrazonesdeinteréspúblicoseaprecisoacelerarsuadjudicación.
En estos casos, el órgano de contratación deberá declarar la urgencia del procedimiento debidamentemotivada.
Los expedientesseguiránel procedimientoque le correspondasegúnsu cuantía pero teniendo encuentalossiguientesplazos:
• Gozarándepreferenciay los órganosqueintervenganenla tramitacióndispondrán de un plazo máximo de 5 días para emitir informes o cumplimentar trámites. El Órganode Contrataciónpodráampliar este plazohasta un máximode 10 días si algunacausajustificadaimpidesucumplimiento.
• Acordadala apertura del procedimientode adjudicación, los plazos señaladosen laspresentesInstruccionessereducirána la mitad.