FONDO FINANCIERO DE PROYECTOS DE DESARROLLO – FONADE Y
FONDO FINANCIERO DE PROYECTOS DE DESARROLLO – XXXXXX X
XXXXXXXXXX XX XXXXXXXX, XXXXXX X XXXXXXXXXX
XXXXXXXX XXXXXXXXXXXXXXXXXXX Xx. 000000 CONTRATACIÓN MÍNIMA CUANTÍA
MCC 006-2013
INTERVENTORIA A LA EJECUCIÓN DEL PLAN INTEGRAL DE RESIDUOS SÓLIDOS REGIONAL DE LOS MUNICIPIOS DEL NORTE DE LA GUAJIRA, FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL PARA LA PRESTACIÓN DE SERVICIO DOMICILIARIO DE ASEO, DISEÑO Y CONSTRUCCIÓN DEL RELLENO REGIONAL PARA LOS MUNICIPIOS DE MAICAO, MANAURE Y URIBIA
REGLAS DE PARTICIPACIÓN
BOGOTÁ D.C., FEBRERO 2013
CAPITULO PRIMERO
1. INFORMACIÓN GENERAL DEL PROCESO DE SELECCIÓN
1.1 INTRODUCCIÓN
En el marco del convenio 197045 suscrito con el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, se está llevando a cabo la contratación de la Interventoría Técnica Administrativa y Financiera para la ejecución de los proyectos de agua potable y saneamiento básico viabilizados por el mecanismo de la ventanilla única del MAVDT.
Dentro de los proyectos a desarrollar en el marco del presente convenio se estimó la ejecución del Plan Integral de Residuos Sólidos Regional de los Municipios del Norte de la Guajira, Fortalecimiento Institucional para la Prestación del Servicio Domiciliario de Aseo, Diseño y Construcción del Relleno Regional para los Municipios de Maicao, Manaure y Uribia.
1.2 OBJETO DEL PROCESO DE SELECCIÓN
FONADE, en desarrollo del Xxxxxxxx Xxxxxxxxxxxxxxxxxxx Xx. 000000 suscrito con el, MINISTERIO DE VIVIENDA, CIUDAD Y TERRITORIO, está interesado en contratar la INTERVENTORIA A LA EJECUCIÓN DEL PLAN INTEGRAL DE RESIDUOS SÓLIDOS REGIONAL DE LOS MUNICIPIOS DEL NORTE DE LA GUAJIRA, FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL PARA LA PRESTACIÓN DE SERVICIO DOMICILIARIO DE ASEO, DISEÑO Y CONSTRUCCIÓN DEL RELLENO REGIONAL PARA LOS MUNICIPIOS DE MAICAO, MANAURE Y URIBIA.
1.3 LOCALIZACIÓN Y DESCRIPCIÓN GENERAL DEL PROYECTO
El lugar en el cual se desarrollará el proyecto se encuentra ubicado en el municipio de
Maicao, departamento de La Guajira.
La Interventoría que se contrate como producto del presente proceso de selección, realizará la Interventoría A La Ejecución Del Plan Integral De Residuos Sólidos Regional De Los Municipios Del Norte De La Guajira, Fortalecimiento Institucional Para La Prestación De Servicio Domiciliario De Aseo, Diseño Y Construcción Del Relleno Regional Para Los Municipios De Maicao, Manaure Y Uribia, al Contrato de Obras No. 0019 2009 derivado del proceso de selección No. 006-2008 adelantado por la Corporación Autónoma Regional de la Guajira, el cual requiere el acompañamiento de una Interventoría que ejerza el control y vigilancia de las acciones del contratista que ejecutará la construcción, con el fin de lograr el cumplimiento de las obligaciones adquiridas en el contrato y sus elementos integrantes (reglas de participación y el plan operativo), especialmente en relación con:
1. Las especificaciones técnicas del objeto contratado
2. Actividades administrativas a cargo del contratista
3. Actividades legales
4. Actividades financieras y presupuestales
5. Toda estipulación contractual y de los planes operativos
6. Proteger los intereses de las Entidades y salvaguardar su responsabilidad
1.4 PRESUPUESTO OFICIAL ESTIMADO
FONADE ha estimado, para el cumplimiento del objeto del contrato derivado del presente proceso de selección, un presupuesto total oficial estimado de CIENTO CUARENTA Y UN MILLONES SEISCIENTOS ONCE MIL NOVECIENTOS NOVENTA PESOS ($
141.611.990,00) M\CTE., incluido el AIU, IVA, costos, gastos, impuestos, tasas y demás contribuciones a que hubiere lugar.
El valor del presupuesto estimado incluye sueldos del personal utilizado para la realización del trabajo, afectados por el factor multiplicador, gastos administrativos, costos directos (arriendo oficina principal, computadores, muebles, papelería, ploteo de planos, servicios públicos, copias, fotografías, desplazamiento aéreo, desplazamiento terrestre, hospedaje, ensayos de laboratorio, entre otros costos directos), así como el valor del IVA y demás tributos que se causen por el hecho de su celebración, ejecución y liquidación, así como los gastos administrativos generados durante la ejecución del mismo
Para la determinación de este presupuesto, el Área de Estudios Previos se basó en el modelo de análisis de costos mencionado y en la Resolución 747 del 9 xx Xxxxx de 1.998, emitida por el Ministerio de Transporte, por la cual se establecen los topes máximos para sueldos y demás gastos que inciden en los contratos de consultoría y / o prestación de servicios, mediante la cual se determina el punto de referencia para realizar los análisis de estudio de precios xx xxxxxxx y del factor multiplicador, ajustando los requerimientos a las clasificaciones determinadas en dicha Resolución, proyectados al año 2013.
1.5 PLAZO DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO
El plazo previsto para la ejecución del contrato es de SIETE (07) MESES contados a partir de la suscripción del acta de inicio.
El plazo se ha determinado de acuerdo al tiempo requerido para cada actividad objeto de la interventoría.
1.6 FUENTES DE FINANCIACIÓN
FONADE cuenta para el presente proceso de selección con el (los) certificado(s) de disponibilidad presupuestal a continuación señalado(s):
No. CDP | Fecha CDP | Código Presupuestal | Centro de Costo | Descripción del Rubro | Monto |
7919 | Febrero 01 de 2013 | 2-1-7-1-01-07-00-01 | 040048 | Honorarios Consultoría – Vigencia Actual | $ 141.611.990,00 |
Total | $ 141.611.990,00 |
Expedido(s) por el responsable del Fondo de Ejecución de Proyectos
1.7 RÉGIMEN JURÍDICO Y FUNDAMENTOS DE LA MODALIDAD DE SELECCIÓN
El proceso de selección se adelantará mediante la modalidad de selección de qué trata el numeral 6.5 (Contratación de Mínima Cuantía) del Manual de la actividad precontractual, contractual y postcontractual de Derecho Privado de FONADE, adoptado mediante Resolución No. 131 del 09 de noviembre de 2012, teniendo en cuenta que se trata de la
contratación de una INTERVENTORIA cuya cuantía es inferior a 250 SMMLV. El procedimiento a seguir será el previsto en el numeral 7.3 (Procedimiento de Mínima Cuantía) del precitado manual. De acuerdo con el decreto 288 de 2004, FONADE es una Empresa Industrial y Comercial del Estado, de carácter financiero, dotada de personería jurídica, patrimonio propio, autonomía administrativa vinculada al Departamento Nacional de Planeación y vigilado por la Superintendencia Bancaria (hoy Superintendencia Financiera). El parágrafo primero del artículo 32 de la Ley 80 de 1.993 (modificado por la Ley 1150 de
2.007 artículo 15) establece que los Contratos que celebren las entidades financieras de carácter estatal, no estarán sujetos a las disposiciones del Estatuto General de Contratación de la Administración Pública y se regirán por las disposiciones legales y reglamentarias aplicables a dichas actividades. En consecuencia, el régimen aplicable a la contratación de FONADE es el del derecho privado.
FONADE ha abierto el presente procedimiento de Mínima Cuantía, el cual NO constituye oferta de negocio jurídico de parte de FONADE, por lo cual, FONADE tendrá siempre derecho a seleccionar o no alguna(s) de las Ofertas, e incluso podrá suspender o cancelar en cualquier momento la presente convocatoria, por lo que la participación de un Oferente no le otorga derecho alguno al agotamiento y finiquito del procedimiento iniciado.
1.8 PROGRAMA PRESIDENCIAL DE LUCHA CONTRA LA CORRUPCIÓN
Toda persona que llegue a conocer casos de corrupción en las entidades del Estado debe reportar el hecho al programa presidencial de lucha contra la corrupción, a través de los teléfonos (0) 0 00 00 00, (0) 0 00 00 00 y (0) 0 00 00 00, al fax (0) 0 00 00 00, a la línea gratuita nacional 01 8000 913 040, al sitio de denuncias del programa en la página de Internet xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx, por correspondencia o personalmente en la xxxxxxx 0x Xx. 0 – 00 xx Xxxxxx X.X. También puede reportar el hecho a las páginas xxx.xxxxxxxxx.xxx.xx y/o xxx.xxxxxx.xxx.xx.
1.9 DEFINICIONES GENERALES DE TÉRMINOS APLICABLES A LOS PROCESOS DE FONADE
1. El valor xxx Xxxxxxx Mínimo Mensual Legal Vigente (SMMLV), a tener en cuenta para conversiones que se requieran en el desarrollo del presente proceso, para el K, el Kr y el presupuesto oficial estimado (XXX), será aquel vigente al año en que se presenta la oferta, al resultado de la operación matemática que se realice para hacer esta conversión, se debe aplicar el procedimiento de redondeo indicado en estas reglas de participación.
2. A la totalidad de los resultados de cada una de las operaciones aritméticas que se realicen en desarrollo de este proceso, se les aplicará la metodología de redondeo a continuación señalada.
- Redondeo: Para el presente proceso, es el procedimiento mediante el cual se eliminan todos los decimales.
- Reglas de redondeo: Se aplican a la unidad situada en la siguiente posición al número entero al que se pretenda ajustar, es decir, a los dos primeros números decimales, así:
Si los dos primeros decimales son mayor o igual que 50, el número entero se incrementará en una unidad.
Ejemplo 1: 12,546891 = 13.
Ejemplo 2: 12,501091 = 13.
Si los dos primeros decimales son menores que 50, el número entero no se modifica.
Ejemplo 1: 12,499891 = 12.
Ejemplo 2: 12,407891 = 12.
3. En el evento en que la fecha de cierre del término para presentar oferta del presente proceso sea prorrogada mediante adenda, los documentos que en estas reglas de participación se requieran en términos relacionados con la fecha de cierre, se contarán a partir de la fecha de cierre señalada en la adenda respectiva.
4. En el evento de que se presenten en las ofertas correspondientes a este proceso discrepancias entre cantidades expresadas en letras y números, prevalecerán las expresadas en letras.
1.10 ACREDITACIÓN DE PERSONAL CON LIMITACIONES - LEY 361 DE 1997 (APLICA COMO CRITERIO DE DESEMPATE)
El oferente que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 24 de la Ley 361 de 1997 tenga vinculado laboralmente personal con limitaciones, como mínimo del 10% de su nómina, deberá acreditar tal circunstancia mediante certificación expedida por la Oficina de Trabajo, en la que conste el nombre e identificación del personal que se encuentra en esta situación; a dicha certificación se acompañará la copia del carné de Afiliado al Sistema de Seguridad Social en Salud, en el que ello se acredite, de acuerdo con el artículo 5º de la citada disposición.
En el caso de Consorcios o Uniones Temporales, se tendrá en cuenta para cumplir este requisito, que todos los integrantes acrediten lo señalado en el párrafo anterior.
La certificación deberá permitir verificar que el personal se encuentra contratado por lo menos con anterioridad a un año a la finalización del término para la entrega de ofertas y, en cualquier caso, el contratista debe tener presente que deberá mantener tal vinculación por un lapso igual al de la contratación.
NOTA: La omisión de la información requerida en este numeral al momento de la presentación de la oferta, no será subsanable por ser criterio de desempate, en todo caso, la no presentación de la información requerida no restringe la participación del oferente, ni es causal de rechazo de la oferta.
1.11 CERTIFICACIÓN DE MIPYME -LEY 905 DE 2004 (aplica como criterio de desempate)
El oferente que conforme lo dispuesto en el artículo 2º de la Ley 905 del 2 xx xxxxxx de 2004, y demás normas vigentes y aplicables sobre la materia tenga la condición de MIPYMES deberá acreditar tal circunstancia mediante certificación expedida por un Contador o revisor fiscal según corresponda.
Para efectos de la acreditación de esta circunstancia por parte de oferentes individuales o integrantes de oferentes plurales, que ostenten la condición de extranjeros sin sucursal en Colombia, se dará aplicación al principio de reciprocidad.
NOTA: La omisión de la información requerida en este numeral al momento de la presentación de la oferta, no será subsanable por ser criterio de desempate, en todo caso, la no presentación de la información requerida no restringe la participación del oferente, ni es causal de rechazo de la oferta.
CAPÍTULO SEGUNDO
2. DEL TRÁMITE DEL PROCESO DE SELECCIÓN 2.1CRONOGRAMA GENERAL
ACTIVIDAD | TERMINO | LUGAR | ||
A | Aviso de Invitación | 06 de Febrero de 2013 | web | |
B | Publicación de las reglas de participación | 08 de Febrero de 2013 | web | |
C | Inicio del término presentar ofertas | para | Desde la publicación de las reglas de participación | FONADE. Xxxxx 00 Xx. 00-00 Sala de entrega de ofertas Auditorio |
D | Finalización del término para presentar ofertas | 12 de Febrero de 2013 a las 09:00 a.m. | FONADE. Xxxxx 00 Xx. 00-00 Sala de entrega de ofertas Auditorio | |
E | Audiencia de Cierre | 12 de Febrero de 2013 a las 9:30 a.m.. | FONADE. Xxxxx 00 Xx. 00-00 Sala de entrega de ofertas Auditorio | |
EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS | ||||
F | Evaluación y verificación de los requisitos mínimos y Publicación del Informe de evaluación y recomendación de aceptación de la oferta | Dentro de los tres (03) días hábiles siguientes a la fecha prevista para la finalización del término para presentar ofertas. | web | |
G | Observaciones al Informe de evaluación y recomendación de aceptación de la oferta | Un día hábil siguiente a la fecha de publicación del informe de Evaluación y Recomendación de aceptación de la oferta. | web | |
H | Informe de respuesta a observaciones al informe de Evaluación y recomendación de Aceptación de la Oferta | Al día hábil siguiente a la fecha vencimiento del plazo para la presentación de observaciones al Informe de evaluación y recomendación de aceptación de la oferta. | web | |
I | Aceptación de la oferta | Fecha señalada a través de la pagina web Fonade | web |
2.2DOCUMENTOS DEL PROCESO DE SELECCIÓN
Hacen parte del presente proceso de selección:
1. El aviso de invitación.
2. El certificado de disponibilidad presupuestal.
3. Estas reglas de participación, junto con sus anexos y adendas, incluidos los Documentos de Estudios Previos los cuales hacen parte integral de estas reglas de participación.
4. Especificaciones técnicas mínimas (cuando aplique).
5. Las respuestas de aclaración emitidas por FONADE en los medios dispuestos para ello.
6. El acta de finalización del término para presentar ofertas.
7. Las ofertas que sean presentadas.
8. Las actas de audiencia.
9. Las solicitudes de aclaración a las ofertas y sus respectivas respuestas.
10. El informe de evaluación de los requisitos económicos, jurídicos, técnicos y financieros, y las observaciones presentadas en relación con él.
11. Los demás documentos que se expidan en desarrollo del proceso de selección
2.3COMUNICACIÓN CON LOS INTERESADOS Y OFERENTES
FONADE publicará en su página web (xxx.xxxxxx.xxx.xx) la totalidad de los documentos pertinentes que se expidan en desarrollo del proceso de selección y a tal publicación se encontrará sujeta su obligatoriedad frente a los interesados y oferentes. Los documentos oficiales del proceso son los publicados en la mencionada página web.
Por regla general, los interesados y oferentes podrán enviar comunicaciones a la dirección electrónica (xxx0000000@xxxxxx.xxx.xx), o radicarlas en el Centro de Radicación e Información de FONADE (en adelante CRIF), con la indicación clara del número de proceso al cual se refiere.
2.4PROCESO DE SELECCIÓN
El presente proceso de selección inicia formalmente a partir de la fecha de publicación de las reglas de participación en la página web de FONADE (xxx.xxxxxx.xxx.xx).
El proceso de selección se encuentra dividido en las siguientes fases:
2.4.1 Publicación de las reglas de participación
Estas serán publicadas en la página web de FONADE, en la fecha señalada en el
numeral 2.1 de estas reglas.
2.4.2 Retiro de las reglas de participación
Las reglas de participación pueden ser obtenidas en el sitio web de FONADE donde se encuentran publicadas con todos sus anexos desde la fecha indicada en el numeral 2.1 de estas reglas.
Para todos los efectos, las reglas de participación oficiales son las publicadas en la página web de FONADE.
2.4.3 Plazo del proceso de selección
El plazo del presente proceso de selección será aquel término que transcurrirá entre la fecha a partir de la cual se podrán presentar ofertas y la de su cierre.
2.4.3.1. Inicio y finalización del término para presentar ofertas
Dentro de las fechas y horas con las fechas establecidas en el Cronograma General (numeral 2.1), en las casillas correspondientes a “inicio del término para presentar ofertas” y “finalización del término para presentar ofertas”, los interesados podrán presentar sus ofertas, de acuerdo con las siguientes reglas:
a. Las ofertas deberán ser radicadas y entregadas en las fechas indicadas en el
numeral 2.1. de estas reglas, en FONADE, ubicado en la siguiente dirección:
Xxxxx 00 Xx. 00-00, Sala de recepción de ofertas, Bogotá D.C., República de Colombia, salvo lo dispuesto en el literal e) del presente numeral.
b. Para la recepción de ofertas se deberá, diligenciar el formato de registro diseñado por FONADE para tal fin. De todas formas, el oferente es el único y exclusivo responsable de la entrega de la oferta (sobres 1 y 2). El sobre contentivo de la oferta económica permanecerá en el sitio dispuesto para su reserva y custodia, y será abierto en la Audiencia de cierre de que trata el numeral 2.4.4.1.
c. Si el día y hora exactos previstos para la “finalización del término para presentar ofertas”, la oferta de que se trate se encuentra en el lugar indicado en el literal a) anterior, la misma se entenderá recibida en tiempo.
d. Una vez vencido el término para presentar ofertas, se levantará un acta suscrita por los asistentes en la cual se consignará: el nombre o razón social del oferente, fecha y hora de la presentación de la oferta, si la carta de presentación está incluida y firmada, el numero de folios, y las observaciones, si las hubiese.
e. Las ofertas enviadas por correo sólo serán aceptadas si tal envío se realiza utilizando servicios de mensajería especializada, de conformidad con lo establecido en la Ley 1369 de 2009 o las normas que lo modifiquen. La fecha y hora de entrega de las ofertas así remitidas será la de su radicación en el CRIF. Las ofertas se entenderán recibidas oportunamente siempre que la fecha y hora de recepción no sean anteriores a la fecha y hora establecidas para el “inicio del término para presentar ofertas”, ni posteriores a la fecha y hora previstas para el “finalización del término para presentar ofertas”, de acuerdo con el numeral 2.1 de esta reglas. Las ofertas recibidas a través de este medio serán registradas en el formato de registro diseñado por FONADE en presencia de los oferentes presentes al momento del cierre, luego de verificado el cumplimiento de su entrega en el CRIF antes de la fecha y hora previstas para el “finalización del término para presentar ofertas”
Audiencias
2.4.4.1. Audiencia de Cierre
El comité evaluador verificará el número total de ofertas recibidas al momento de la finalización del término para su presentación.
En el evento de que se presenten más de tres (03) oferentes, FONADE en primera instancia, al azar, utilizará como instrumento el sorteo por medio de balotas en el cual los participantes señalarán el mecanismo que deseen (balota con mayor número, con menor número, etc.), para la consolidación de la lista de oferentes de entre las ofertas recibidas, estableciendo su respectivo orden, del cual solo se procederá a evaluar los requisitos mínimos exigidos a los primeros tres (03) oferentes.
De llegar a presentarse empate entre los oferentes una vez concluida la evaluación de los requisitos mínimos exigidos, se dará aplicación a lo establecido en el numeral 2.4.7.
En el evento que se presenten tres (3) o menos oferentes se omitirá la consolidación de oferentes pero se definirá un orden entre los mismos, para lo cual se utilizará como instrumento el sorteo por medio de balotas en el cual los participantes señalarán el mecanismo que deseen (balota con mayor número, con menor número, etc.), de llegar a presentarse empate entre los oferentes una vez concluida la evaluación de los requisitos mínimos exigidos, Se dará aplicación a lo establecido en el numeral 2.4.7.
A continuación, se procederá a la apertura del Sobre No.2 (Oferta Económica) de las ofertas establecidas para continuar en el proceso, de acuerdo con lo indicado en los párrafos anteriores con el objeto de determinar el cumplimiento de las siguientes condiciones:
a. Se verificará que el valor total de la oferta económica impresa o dicho valor resultante de la verificación aritmética no sea superior al 100% del presupuesto oficial estimado señalado en el numeral 1.4 so pena de dar aplicación al numeral 2.4.6.
b. Se verificará que el factor multiplicador no sea inferior al estimado como mínimo en las presentes reglas de participación (numeral 3.3.1.3) so pena de dar aplicación al numeral 2.4.6.
c. Se verificará que la oferta no haya aplicado el factor multiplicador a componentes diferentes del personal ofertado, so pena de dar aplicación al numeral 2.4.6.
d. Se verificará si el factor multiplicador aplicado es diferente al valor impreso del Formato 11 de cada una de las etapas; en caso de ser así, se dará aplicación, en lo pertinente, a lo establecido en el literal f) siguiente y se procederá, si es el caso, a realizar la corrección aritmética de la oferta económica utilizando el valor impreso del factor multiplicador del Formato 11. En el evento en que no se haya diligenciado dicho valor, éste se determinará sumando los valores correspondientes a las filas identificadas con las letras A, B, C, D, E y F del Formato 11 y redondeado con dicha metodología.
e. En caso de no expresar un valor para el IVA, FONADE dará por entendido que el valor correspondiente, de acuerdo con las normas tributarias pertinentes, se encuentra incluido en el valor total de la oferta.
f. En caso de que la oferta económica haya omitido la cotización de alguna de las personas requeridas en el numeral 4.8.1., se rechazará según lo dispuesto en el numeral 2.4.6.
g. En el evento en que la sumatoria de los valores de personal profesional, personal técnico y auxiliar, otros e IVA, no corresponda al valor consignado en la casilla “valor total”, se procederá a su corrección a través de una hoja electrónica de cálculo Excel y se redondeará el valor total ajustado de conformidad con la metodología presentada en el numeral 1.9.
Concluido lo anterior se dará por terminada la audiencia de cierre.
Devolución de Documentos: A los oferentes que no hayan resultado en la lista de consolidación de oferentes y/o tengan una calificación de “no cumple” en las condiciones técnicas y/o hayan incurrido en una cualquiera de las causales de rechazo, les serán devueltos dentro de los ocho (8) días hábiles siguientes a la audiencia de cierre a la devolución de los sobres No 1 y No. 2 sin abrir, previa solicitud por escrito realizada por el oferente.
2.4.5 Evaluación de las ofertas
El comité evaluador designado por FONADE para el presente proceso será el órgano responsable de la evaluación de las ofertas y de la determinación del orden de las mismas, con sujeción a lo establecido en las presentes reglas de participación.
El comité evaluador recomendará al funcionario competente aceptar la oferta de contrato objeto del presente proceso de selección, la cual se ajustará a los resultados contenidos en el informe de la evaluación de los requisitos mínimos.
El procedimiento de evaluación de las ofertas se resume en el siguiente cuadro general:
REQUISITOS MÍNIMOS DE EVALUACIÓN | CALIFICACIÓN |
Requisitos de carácter jurídico, técnico y financiero (cuando aplique) | Cumple / No Cumple |
Oferta económica | Cumple / No Cumple |
2.4.5.1 Verificación de los requisitos mínimos
El Comité Evaluador verificará el cumplimiento de las exigencias de carácter jurídico, técnico y económico para lo cual podrá solicitar, si resulta necesario, la aclaración a las mismas.
FONADE se reserva el derecho de verificar integralmente la autenticidad, exactitud y coherencia de la información aportada por el oferente, pudiendo acudir para ello a las personas, empresas o entidades respectivas de donde provenga la información.
FONADE se reserva el derecho de verificar y solicitar complementar, subsanar o aclarar la información presentada por el oferente para la acreditación de las exigencias establecidas en las presentes REGLAS DE PARTICIPACIÓN, en cualquier estado en que se encuentre el proceso de selección.
La respuesta a la solicitud de aclaraciones deberá ser presentada por el oferente dentro del plazo que dadas las condiciones particulares del requerimiento, conceda el comité evaluador.
A continuación se presentan los requisitos mínimos de carácter jurídico, técnico, y económico que deberán cumplir los oferentes. El contenido de cada uno de tales requisitos se desarrolla en el capítulo 3.
1. Requisitos de carácter jurídico:
a. Formato No. 01 - Carta de presentación
b. Acreditación de la existencia y representación legal - para personas jurídicas
c. Certificado de Pagos al Sistema de Seguridad Social y Aportes Parafiscales.
d. Certificado de inscripción, calificación y clasificación – RUP.
e. Documento de constitución del consorcio o unión temporal (Si aplica)
f. Garantía de seriedad de la oferta en original y el recibo de pago.
g. Otros Documentos (ver numeral 3.2.1.6)
2. Requisitos de carácter financiero
a. Capital de trabajo
b. Índice de Liquidez
c. Nivel de endeudamiento
3. Requisitos de carácter técnico
a. Formato No. 03 – Experiencia del Oferente
b. Acreditación de la Experiencia Específica del Oferente
4. Oferta económica.
a. Formato No. 07
b. Formato No. 11
En los casos en que se solicite aclarar, subsanar o presentar documentación, por esta circunstancia no será posible acreditar hechos ocurridos con posterioridad a la fecha establecida para la finalización del término para presentar ofertas.
FONADE se reserva el derecho de aceptar respuestas a aclaraciones hasta antes de publicar el Informe de verificación de requisitos de carácter jurídico, técnico y financiero
Tratándose de la experiencia específica del oferente, el Comité Evaluador podrá solicitar, si resulta necesario, la aclaración de la misma, sin que con ello se pueda completar, adicionar, modificar o mejorar la oferta. La documentación solicitada o aquella que bajo los mismos términos aporte el oferente debe corresponder con los aspectos relacionados en la oferta de acuerdo con el objeto del proceso, razón por la cual, no podrá solicitarse, ni aceptarse el aporte de documentos de aspectos diferentes a los allí aportados.
2.4.5.2 Publicación del informe de evaluación de las ofertas y recomendación de aceptación de la oferta – Observaciones a dicho informe
Una vez realizada la verificación de los requisitos mínimos de carácter económico, jurídico, técnico, de Experiencia específica del personal principal requerido y financiero, la Entidad procederá a la publicación del informe de evaluación y recomendación de aceptación de la oferta en su página web ( xxx.xxxxxx.xxx.xx ), según lo establecido en el numeral 2.1 de las presentes reglas de participación.
Dentro del término señalado en el numeral 2.1. Podrán presentarse las observaciones correspondientes por los oferentes.
Vencido el término para la presentación de observaciones el comité evaluador emitirá el documento de respuestas a las observaciones realizadas al informe de evaluación, el cual será publicado en la página web (xxx.xxxxxx.xxx.xx), según lo señale el numeral 2.1 “Cronograma General”, de las presentes reglas de participación.
2.4.6 Causales de rechazo
FONADE rechazará las ofertas, en los siguientes casos:
a. Cuando el oferente no cumpla alguno de requisitos mínimos exigidos en las presentes reglas de participación.
b. Cuando el comité evaluador haya solicitado presentar algún documento o subsanar o aclarar alguna información necesaria para el cumplimiento de los requisitos mínimos, y el oferente no aporte, subsane o aclare lo pertinente, en los plazos y condiciones señalados por el Comité Evaluador.
c. Cuando FONADE en cualquier estado del proceso de selección evidencie, que alguno(s) de los documentos que conforman la oferta contiene(n) información inconsistente o contradictoria.
d. Cuando FONADE, en cualquier estado del proceso de selección, evidencie una inexactitud en la información contenida en la oferta que, de haber sido advertida al momento de la verificación de dicha información, no le hubiera permitido al oferente cumplir con uno o varios de los requisitos mínimos.
e. Cuando la oferta sea presentada luego de la fecha y hora exactas señaladas para la finalización del término para presentar ofertas.
f. Cuando la oferta sea alternativa o parcial, o cuando en ella se formulen condiciones contractuales y/o técnicas diferentes a las establecidas en las presentes reglas de participación, que las contradigan o que contengan salvedades, excepciones o condicionamientos a estas.
g. Cuando no se presente la oferta económica, FORMATO 07, impresa.
h. Cuando no se presente en detalle el factor multiplicador, FORMATO 11, impreso.
i. Cuando en la oferta económica impresa, o en el valor total resultante después de verificar operaciones aritméticas el oferente presente un valor superior al 100% del valor total del presupuesto oficial estimado indicado en el numeral 1.4. de estas Reglas de Participación.
j. Cuando el factor multiplicador sea inferior al estimado como mínimo en las presentes reglas de participación (numeral 3.3.1.3.).
k. Cuando en la oferta se haya aplicado el factor multiplicador a componentes diferentes del personal ofertado.
l. Cuando en la oferta económica impresa se omita la cotización de alguna(s) de la(s) persona(s) que conforma(n) el personal requerido para la ejecución del objeto contractual, de acuerdo con el numeral 4.8.1. de las presentes Reglas de Participación.
m. Cuando en la oferta económica impresa se presente algún valor en moneda extranjera.
n. Cuando el representante legal de la sociedad tenga restricciones para contraer obligaciones en nombre de la persona jurídica y no evidencie con el documento pertinente que contaba al vencimiento del término para presentar ofertas, con la autorización expresa del órgano competente
o. En cualquier evento en que la Oferta sea inválida, incompleta, contenga salvedades, excepciones, condicionamientos o contradiga las Reglas de Participación.
p. Cuando el oferente o alguno de los integrantes del consorcio o unión temporal o alguno de sus representantes legales se encuentre incurso en alguna causal de inhabilidad o incompatibilidad previstas en las normas constitucionales y legales
q. Cuando presentada la oferta mediante consorcio, unión temporal, o cualquier otra modalidad de oferta conjunta, luego de la fecha señalada para la entrega de ofertas, se modifique el porcentaje de participación de uno o varios de sus integrantes, o uno o algunos de ellos desistan o sean excluidos de participar en el consorcio, unión temporal o la modalidad de asociación escogida o se modifique el representante del consorcio o unión temporal o la modalidad de asociación escogida.
r. Cuando el oferente o uno de los integrantes del consorcio o unión temporal no cuente con la capacidad jurídica suficiente para la presentación de la oferta o cuando el objeto social no le permita la ejecución del objeto del proceso de selección.
s. Cuando no presente la garantía de seriedad en formato para particulares de forma simultánea con la oferta.
Cuando no se efectúe el pago de la prima de la garantía de seriedad de la oferta y/o cuando habiéndose solicitado su acreditación, el Oferente no presente la documentación respectiva.
t. Cuando una persona natural o jurídica participe en más de una oferta, bien sea como oferente individual o como integrante de un consorcio o unión temporal. En este caso, se rechazarán todas las ofertas que incurran en la situación descrita.
u. Cuando el oferente persona natural o jurídica o uno de los integrantes del consorcio o unión temporal haya participado como contratista o subcontratista en la elaboración de los estudios, diseños y proyectos que tengan relación directa con el objeto del presente proceso de selección.
v. Cuando la oferta sea presentada en la modalidad de consorcio o unión temporal y no sé de cumplimiento a lo dispuesto en el literal e) del numeral 3.2.3.1.2
w. Cuando el oferente, persona natural o jurídica, o uno de los integrantes del consorcio o unión temporal, sus cónyuges, compañeros o compañeras permanentes, parientes hasta el segundo grado de consanguinidad, segundo de afinidad y/o primero civil, o sus socios en sociedades distintas de las anónimas abiertas, hayan celebrado un contrato estatal de obra pública, de concesión, suministro de medicamentos y de alimentos con FONADE que se encuentre dentro del plazo de ejecución o liquidación.
x. Cuando el oferente, alguno de los integrantes del consorcio o unión temporal o alguno de sus representantes legales se encuentre reportado en el Boletín de Responsables Fiscales de la Contraloría General de la República.
2.4.7 Desempate de Ofertas
En caso de empate, FONADE aplicará los criterios de desempate de conformidad con las siguientes reglas sucesivas y excluyentes:
1. Experiencia especifica del oferente: Si se presenta el empate entre dos o más ofertas se aplicará el siguiente procedimiento:
Se considerará como primero en el orden aquella que haya presentado en la sumatoria de contratos, el mayor valor de contratos expresados en SMMLV para el cumplimiento del requisito de que trata el numeral 3.2.3. No obstante en el evento en que dos o más oferentes para el cumplimiento del precitado requisito, acrediten contratos cuya sumatoria expresada en SMMLV supere 2.0 veces el XXX, persistirá el empate entre estos y se aplicara la causal de desempate siguiente.
NOTA: Para efectos de determinar el valor de los contratos aportados, en los casos en que el contrato o los contratos hayan sido celebrados en consorcio, unión temporal o bajo cualquier otra forma de participación conjunta, será tenida en cuenta el valor de acuerdo al porcentaje de participación del oferente en dicho consorcio o unión temporal.
2. De persistir el empate se preferirá la oferta de bienes y servicios nacionales frente a la oferta de bienes y servicios extranjeros. Para el presente proceso de selección, se tendrá como nacional aquella oferta en la cual el oferente individual sea de origen colombiano, y en caso de oferente plural, como mínimo el 51% de la participación de sus integrantes sea de origen colombiano.
3. De persistir el empate, se preferirá al oferente que acredite la condición de MIPYME nacional, sea oferente singular, o consorcio, unión temporal conformada únicamente por MIPYMES nacionales.
Si no se presenta la circunstancia antes enunciada y entre los empatados se encuentran consorcios, uniones temporales o promesas de sociedad futura en los que tenga participación al menos una MIPYME nacional, éste se preferirá
4. Si persiste el empate se dará aplicación a lo dispuesto en el artículo 24 de la Ley 361 de 1997, de acuerdo con lo previsto en el numeral 1.10 de las presentes reglas de
participación. En caso de Consorcios o Uniones Temporales, dicho requisito deberá ser cumplido por todos los integrantes.
En el evento en que 2 o más oferentes acrediten el cumplimiento de la precitada disposición, persistirá el empate entre estos y se aplicará la causal de desempate siguiente.
5. Si persistiera el empate después de la verificación de los criterios anteriores, se utilizará como instrumento de desempate el orden resultante del sorteo realizado en la Audiencia Pública de Cierre, es decir, aquel oferente que haya ocupado el primer lugar de dicho orden y haya dado cumplimiento a la totalidad de los requisitos exigidos será al cual se le acepte la oferta, de no ser así se continuará con el oferente ubicado en el segundo lugar, si este tampoco cumple se recomendará a aquel oferente que ocupe el tercer lugar siempre y cuando de cumplimiento a los requisitos mínimos exigidos.
2.4.8 Definición del proceso de selección.
El presente procedimiento de Mínima Cuantía NO constituye oferta de negocio jurídico de parte de FONADE, por lo cual, FONADE tendrá siempre derecho a seleccionar o no alguna(s) de las ofertas, e incluso podrá suspender o cancelar en cualquier momento la presente convocatoria, por lo que la participación de un Oferente no le otorga derecho alguno al agotamiento y finiquito del procedimiento iniciado.
2.4.9 Declaratoria Fallido
Sin perjuicio de la facultad discrecional de FONADE para cancelar el proceso de selección, el proceso podrá ser declarado fallido, entre otras, por las siguientes circunstancias cuando:
a. Existan motivos o causas que impidan la escogencia objetiva de una oferta.
b. No se presente ninguna oferta.
c. Habiéndose presentado únicamente una oferta, ésta incurra en alguna causal de rechazo.
d. Habiéndose presentado más de una oferta, lista de oferentes, ninguna de ellas se ajuste a los requerimientos y condiciones consignados en estas reglas de participación.
2.4.10 Aceptación de la oferta de contrato
La aceptación de la oferta y consecuente decisión de contratar por parte del ordenador de gasto, se podrá efectuar a través de un mensaje de datos, fax o cualquier otro procedimiento comercial aceptado.
2.5SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO
El oferente deberá presentarse ante FONADE, con el fin de firmar el respectivo contrato, dentro de los tres (3) días hábiles siguientes al aviso que, para el efecto, le dé la entidad. Si el oferente con quien se decide contratar no acepta dicha decisión y no suscribe el contrato, o si dentro del plazo comprendido entre la aceptación de la oferta y la suscripción del contrato sobreviene una inhabilidad o incompatibilidad o se evidencia que el oferente se encuentra incurso en alguna causal de rechazo prevista en las reglas de
participación, o si el oferente dentro de dicho plazo, estando obligado a ello, no adelanta la renovación anual de la matricula de que trata el artículo 33 del Código de Comercio, FONADE desistirá de la aceptación de la oferta y podrá contratar, dentro de los cinco (05) días hábiles siguientes, con el oferente calificado en el siguiente lugar del orden, siempre y cuando su oferta fuere favorable para FONADE, estuviere vigente a la fecha, caso en el cual se podrá contratar con el siguiente y así sucesivamente, siempre y cuando estos no se encuentren en ninguna de las situaciones descritas para el desistimiento. Si éste o alguno de estos, tampoco suscriben el contrato, dentro del plazo previsto en la comunicación respectiva, se aplicarán las mismas reglas con los siguientes oferentes en el orden, en tanto existan más oferentes favorables.
CAPÍTULO TERCERO
2. DEL OFERENTE Y SU OFERTA
3.1CONDICIONES GENERALES
3.1.1Modalidades de participación.
Podrán presentar oferta personas naturales, personas jurídicas, consorcios, uniones temporales o cualquier otra modalidad de asociación prevista en la ley.
3.1.2 Responsabilidad en la elaboración de la oferta
Los oferentes deberán elaborar por su cuenta y riesgo la oferta, de acuerdo con lo solicitado en estas reglas de participación, las cuales harán parte integral del contrato. Se consideran como documentos oficiales del proceso de selección las reglas de participación y sus anexos, publicados en la página web de FONADE.
3.1.2Ofertas alternativas o parciales
No se aceptarán ofertas alternativas ni parciales.
3.1.2.1Forma, identificación, estructura de la oferta y responsabilidad en la presentación de la misma
La presentación de la oferta debe cumplir con los siguientes requisitos:
a. La oferta, todos los documentos que la integran y la totalidad de la correspondencia remitida dentro del presente proceso de selección deberán estar redactados en idioma castellano.
Los documentos en idioma extranjero, por lo tanto, deberán venir acompañados de traducción simple al castellano, salvo en los casos en que la Ley exija traducción oficial o que se prevea en las presentes reglas de participación.
a. La oferta debe ser presentada en dos (2) sobres separados, cerrados y perfectamente identificados cada uno de ellos, como se establece en el literal e. del presente numeral.
b. Todos los valores que se estimen en la oferta económica deberán presentarse en pesos colombianos, so pena de dar aplicación de lo establecido en el numeral 3.2.3.1.2 literal C.
c. La documentación del Sobre No. 1 y del Sobre No 2 debe estar debidamente legajada o argollada de tal forma que no exista posibilidad de pérdida de documentos.
d. Los dos (2) sobres deben tener el siguiente contenido:
SOBRE No. 1: REQUISITOS MÍNIMOS
SOBRE No. 2: OFERTA ECONÓMICA IMPRESA.
e. Los sobres se deben identificar, cada uno de la siguiente manera:
FONDO FINANCIERO DE PROYECTOS DE DESARROLLO - FONADE CONTRATACIÓN MÍNIMA CUANTÍA
MCC 004 – 2012
OBJETO: INTERVENTORIA TÉCNICA, ADMINISTRATIVA Y DE CONTROL PRESUPUESTAL A LOS ESTUDIOS TÉCNICOS Y DISEÑOS Y LA CONSTRUCCIÓN DE UN CENTRO DE DESARROLLO INFANTIL (CDI) EN EL MUNICIPIO DE FUNZA – CUNDINAMARCA PARA 160 CUPOS
Sobre No:
Contenido:
Oferente: NIT o C.C. del Oferente: Dirección, Ciudad,
Teléfono: Fax:
3.1.3 Vigencia de la oferta.
La oferta deberá permanecer vigente por un período mínimo de treinta (30) días calendario, contados a partir de la fecha prevista para la finalización del término para presentar ofertas. FONADE podrá solicitar, si ello fuere necesario, la ampliación de la vigencia de la oferta por el término que se requiera.
Durante el período de su vigencia, la oferta será irrevocable, de tal manera que el oferente no podrá retirarla, ni modificar los términos o condiciones de la misma.
3.2 REQUISITOS MÍNIMOS
3.2.1 Requisitos de carácter jurídico
3.2.1.1 Carta de presentación de la oferta
De acuerdo con el modelo del Formato 01 suministrado, la carta de presentación de la oferta debe estar suscrita por la persona natural o por el representante legal de la persona jurídica o por el representante designado por los miembros del consorcio o de la unión temporal, y avalada por un profesional en ingeniería civil, ambiental o ingeniería sanitaria. Se deberá anexar copia de la cédula de ciudadanía de quien suscribe la oferta y de quien la avala, al igual que copia de la matrícula o tarjeta profesional de este último.
Cuando el oferente o su representante tengan la condición de profesional en ingeniería civil, ambiental o ingeniería sanitaria, no será necesario el aval de otra persona con igual profesión.
Quien suscriba la carta de presentación de la oferta deberá:
a. Persona jurídica: Tener la calidad de representante legal o apoderado del oferente, con facultad expresa de actuar en nombre y representación del mismo. En este último caso, la facultad de representación debe comprender la de presentar la oferta, celebrar el contrato (en caso de resultar aceptada su oferta) y liquidarlo. Si la presentación de la oferta implica la trasgresión del deber establecido en el numeral 7º del artículo 23 de la ley 222 de 1995, reglamentado parcialmente por el Decreto Nacional 1925 de 2009 o si el representante legal tiene limitaciones delegadas de los estatutos sociales, el oferente individual o el integrante de la oferta conjunta deberá, además, allegar autorización de la junta de socios o asamblea general de accionistas, según corresponda.
b. Consorcio o unión temporal: Tener la calidad de representante del consorcio o unión temporal, con facultad expresa de actuar en nombre y representación del mismo. Tal facultad de representación debe comprender las de presentar la oferta, celebrar el contrato (en caso de resultar adjudicatarios) y liquidarlo.
3.2.1.2 Acreditación de la existencia y la representación legal
Los oferentes que tengan la calidad de personas jurídicas deberán presentar el certificado de existencia y representación legal, o sus documentos equivalentes en caso de personas jurídicas extranjeras, expedido dentro de los 30 días calendario anteriores a la fecha señalada para el finalización del término para presentar ofertas, donde evidencie que el objeto social permite ejecutar el contrato objeto del presente proceso de selección. Así mismo, en tal documento deberá constar que la duración de la sociedad no es inferior a la duración del contrato objeto del presente proceso de selección y un (1) año más. Deberá adjuntarse fotocopia del documento de identificación del representante legal de la persona jurídica.
Si el representante legal de la sociedad tiene restricciones para contraer obligaciones en nombre de la misma, deberá contar con el documento de autorización expresa del órgano competente desde el momento mismo de la presentación de la oferta. En el evento en que no se presente este documento con la oferta, el Comité Evaluador podrá solicitarlo, pero en todo caso la fecha de éste no podrá ser posterior a la de cierre del proceso.
Los oferentes que tengan la calidad de personas naturales deberán presentar fotocopia de su documento de identificación.
Los oferentes plurales (uniones temporales o consorcios) deberán presentar el certificado de existencia y representación legal de las personas jurídicas y/o la fotocopia de la cédula de ciudadanía de las personas naturales que los conforman.
No se permite presentar auto certificaciones, entendidas como:
Cualquier certificación expedida por el oferente para acreditar su propia experiencia.
Cualquier certificación expedida por Consorcios en los cuales el oferente o los integrantes del Consorcio o Unión Temporal hayan hecho parte.
3.2.1.3 Certificado de Pagos al Sistema de Seguridad Social y Aportes Parafiscales.
Cuando el oferente sea persona natural deberá adjuntar una certificación expedida por la EPS o AFP dentro de los 30 días calendario anteriores a la fecha señalada para la Finalización del término para presentar ofertas, que demuestre estar afiliado al sistema de seguridad social en salud y en pensiones o fotocopia de las planillas de pago en donde conste el valor cancelado, el periodo de cotización, la fecha de pago y la entidad Promotora de Salud, y riesgos profesionales Pensión a la que se encuentre afiliado cuando a ello haya lugar.
En el caso de personas jurídicas, deberán presentar una certificación, expedida por el Revisor Fiscal, cuando este exista de acuerdo con los requerimientos de la Ley, o por el Representante Legal cuando no se requiera Revisor Fiscal, donde se certifique el pago de los aportes a los sistemas de salud, riesgos profesionales, pensiones y aportes a las Cajas de Compensación Familiar, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar y Servicio Nacional de Aprendizaje. Dicho documento debe certificar que, a la fecha de presentación de su oferta, ha realizado el pago de dichos aportes correspondientes a los últimos seis
(6) meses, contados a partir de la citada fecha, en los cuales se haya causado la obligación de efectuar dichos pagos.
Cuando se trate de una persona jurídica que no tenga más de seis (6) meses de constituida, deberá acreditar los mencionados pagos a sus empleados, a partir de la fecha de su constitución.
En caso de presentar acuerdo de pago con las entidades recaudadoras respecto de alguna de las obligaciones mencionadas deberá manifestar que existe el acuerdo y que se encuentra al día en el cumplimiento del mismo. En este evento el oferente deberá anexar certificación expedida por la entidad con la cual existe el acuerdo de pago.
Cuando se trate de Consorcios o Uniones Temporales, cada uno de sus miembros integrantes, deberá aportar el certificado aquí exigido.
3.2.1.4 Documentos de constitución del consorcio o unión temporal
El oferente, con la oferta, deberá anexar un documento suscrito por todos los integrantes de la forma asociativa escogida, o por sus representantes debidamente facultados, en el que conste la constitución de la unión temporal o el consorcio, según corresponda, en el cual se exprese lo siguiente:
a. Identificación de cada uno de sus integrantes: Nombre o razón social, tipo y número del documento de identificación y domicilio.
b. Designación del representante: Deberá allegarse su identificación. En cualquier caso el representante principal del consorcio o unión temporal que se designe debe ser aquel integrante que tenga la mayor participación porcentual dentro del consorcio o unión temporal. Si existe paridad entre todos los integrantes o algunos de los integrantes con respecto a la mayor participación porcentual dentro del consorcio o unión temporal, el representante principal podrá ser escogido entre cualquiera de ellos que tenga dicha mayoría. En caso de que éste integrante sea una persona jurídica, el representante principal del consorcio o unión temporal
que se designe, debe ser el representante legal de dicha persona jurídica.
c. Indicación de los términos y extensión de la participación en la oferta y en la ejecución del contrato de cada uno de los integrantes de la forma asociativa, así como las reglas básicas que regularán sus relaciones.
d. Indicación de la participación porcentual de cada uno de los integrantes en la forma asociativa correspondiente. La sumatoria de los porcentajes de participación no podrá exceder, ni ser menor del 100%
Con la suscripción del documento de constitución del consorcio o unión temporal, se entenderá para todos los efectos legales y contractuales que el representante del consorcio o unión temporal tiene las siguientes facultades referentes a la etapa precontractual, contractual y pos contractual:
Presentación de la oferta y representación del consorcio o unión temporal en todas las diligencias del proceso de selección.
Suscribir el contrato y sus modificaciones.
Suscribir el acta de liquidación y notificarse del acta de liquidación unilateral.
Con la suscripción del documento de constitución del consorcio o unión temporal, se entenderá para todos los efectos legales y contractuales que la duración de la forma de asociación escogida, no será inferior al lapso comprendido entre la fecha de entrega de la oferta y la liquidación del contrato objeto del presente proceso de selección.
Cualquier manifestación contraria a lo previsto en los incisos precedentes o que condicione tales preceptos, se entenderá por no escrita.
El documento deberá ir acompañado de aquellos otros que acrediten que quienes lo suscriben tienen la representación y capacidad necesarias para dicha constitución y para adquirir las obligaciones solidarias derivadas de la oferta y del contrato resultante.
Cualquier modificación al documento de constitución del consorcio o unión temporal deberá ser suscrita por la totalidad de integrantes del consorcio o unión temporal, y deberá tener la aprobación previa de FONADE.
Sin perjuicio de lo anterior, el oferente deberá tener en cuenta que después de la presentación de la oferta, no podrá modificar los literales a, b y d, ni tampoco alguno de los integrantes podrá desistir o ser excluido en la participación, so pena de aplicar el numeral 2.4.6.
3.2.1.5 Certificado de inscripción, calificación y clasificación – RUP.
El oferente persona jurídica y cada uno de los integrantes del consorcio o unión temporal, deberá (n) presentar el Registro Único de Proponentes, expedido por la Cámara de Comercio dentro de los 30 DÍAS CALENDARIO anteriores a la fecha señalada para el cierre del término para presentar oferta. La inscripción debe estar vigente y la información en firme para la citada fecha de cierre. De acuerdo con su objeto social los oferentes deberán encontrarse inscritos en actividades del CIIU o del Decreto 1464 de 2010[1],
[1] Los oferentes podrán presentar el certificado RUP expedido por la Cámara de Comercio de su jurisdicción, en atención a la información verificada con los requisitos del Decreto 1464 de 2010,
según el caso, que se encuentren relacionadas con el objeto del proceso y de las experiencias que se pretendan acreditar.
Las condiciones citadas en este numeral son de obligatorio cumplimiento tanto para la persona jurídica como para cada uno de los integrantes del consorcio o unión temporal.
Los oferentes extranjeros con sucursal en Colombia, o los miembros de consorcios o uniones temporales que tengan la calidad de extranjeros con sucursal en Colombia, deberán cumplir con lo exigido en el presente numeral.
A las personas jurídicas extranjeras sin sucursal establecida en Colombia, no se les exigirá el registro único de proponentes – RUP. No obstante lo anterior, si estas personas conforman una Estructura Plural con una o varias persona(s) jurídica(s) nacionales o con personas jurídicas extranjeras con sucursal establecida en Colombia, estos últimos deberán cumplir con lo establecido en el presente numeral.
De conformidad con el artículo 6.4.6 del Decreto 734 de 2012, los oferentes podrán presentar el certificado RUP expedido por la Cámara de Comercio de su jurisdicción, en atención a la información verificada con los requisitos del Decreto 1464 de 2010, hasta tanto el respectivo oferente actualice o ajuste la información requerida por la nueva disposición normativa en mención.
El oferente debe cumplir en forma total con la inscripción, calificación y clasificación de la actividad, especialidad y grupo exigidos así:
SISTEMA DE CLASIFICACIÓN INDUSTRIAL INTERNACIONAL UNIFORME (CIIU)
Artículo 6.2.3.1 del Decreto 734 de 2012:
Actividad como CONSULTOR
Sección: | División: | Grupo: | Clase | Descripción: | |||
K | ACTIVIDADES INMOBILIARIAS, DE ALQUILER Y EMPRESARIALES | 74 | OTRAS ACTIVIDADES EMPRESARIALES | 742 | ACTIVIDADES DE ARQUITECTURA E INGENIERÍA Y OTRAS ACTIVIDADES TÉCNICAS | 7421 | ACTIVIDADES DE ARQUITECTURA E INGENIERÍA Y ACTIVIDADES CONEXAS DE ASESORAMIENTO TÉCNICO |
O SISTEMA DE CLASIFICACIÓN INDUSTRIAL INTERNACIONAL UNIFORME (CIIU)
Artículo 6.2.3.1 del Decreto 734 de 2012, REV 4 A.C.:
hasta tanto el respectivo oferente actualice o ajuste la información requerida por la nueva disposición normativa en mención
Actividad como CONSULTOR
Sección: | División: | Grupo | Clase | Descripción: | ||
M | ACTIVIDADES PROFESIONALES, CIENTÍFICAS Y TÉCNICAS | 71 | ACTIVIDADES DE ARQUITECTURA E INGENIERÍA; ENSAYOS Y ANÁLISIS TÉCNICOS | 711 | 7110 | ACTIVIDADES DE ARQUITECTURA E INGENIERÍA Y OTRAS ACTIVIDADES CONEXAS DE CONSULTORÍA TÉCNICA |
O en atención a la información verificada con los requisitos del Decreto 1464 de 2010, en el certificado expedido en tales condiciones debe constar la inscripción y clasificación del oferente en cualquiera de las siguientes actividades, especialidades y grupos así:
ACTIVIDAD | ESPECIALIDAD (es) | GRUPO (s) | |||
2 | CONSULTOR | 10 | Otros | 04 | Gestión de Proyectos, Interventoría. |
A las personas naturales extranjeras sin domicilio en Colombia o las personas jurídicas extranjeras sin sucursal establecida en Colombia, no se les exigirá el registro único de proponentes – RUP. No obstante lo anterior, si estas personas conforman una Estructura Plural con una o varias persona(s) natural(es) o jurídica(s) nacionales o personas naturales extranjeras con domicilio en Colombia o con personas jurídicas extranjeras con sucursal establecida en Colombia, estos últimos deberán cumplir con lo establecido en el presente numeral.
3.2.1.6 Garantía de seriedad de la oferta
El oferente deberá anexar a su oferta, a favor del Fondo Financiero de Proyectos de Desarrollo – FONADE, una garantía consistente en póliza de seguro que ampare la seriedad de su oferta, por un valor equivalente, como mínimo, al diez por ciento (10%) del valor del presupuesto oficial total estimado indicado en el numeral 1.4, con una vigencia igual a la señalada en el numeral 3.1.3 contada a partir de la fecha indicada en el cronograma general para la “finalización del término para presentar ofertas”.
En caso de requerirse la ampliación de la vigencia de la oferta, la vigencia de la garantía de seriedad deberá ser igualmente, ampliada.
La garantía debe ser tomada, en formato entre particulares, a nombre del oferente persona natural o de la razón social que figura en el certificado de existencia y representación legal expedido por la cámara de comercio o su equivalente, sin utilizar sigla, a no ser que el certificado de existencia y representación legal de la cámara de comercio, o su equivalente, establezca que la firma podrá identificarse con la sigla. Cuando se trate de consorcios o uniones temporales, deberá tomarse la garantía a nombre de todos y cada uno de los integrantes y deberá indicarse su respectivo porcentaje de participación en la forma asociativa correspondiente.
El oferente debe anexar el recibo de pago de la prima o documento equivalente que certifique el pago de la misma. So pena de dar aplicación de la causal de rechazo prevista en el numeral 2.4.6
3.2.2 Otros Documentos:
En el caso de personas naturales es necesario adjuntar los siguientes documentos:
Certificación Bancaria
El oferente deberá anexar a la oferta la certificación de la cuenta bancaria reportada en la creación de terceros.
Registro Único Tributario – RUT.
El oferente deberá anexar a la oferta fotocopia del Registro Único Tributario RUT.
En caso de persona jurídica, es necesario adjuntar los siguientes documentos:
Registro Único Tributario – RUT.
El oferente deberá anexar a la oferta fotocopia del Registro Único Tributario RUT.
Certificación Bancaria
El oferente deberá anexar a la oferta la certificación de la cuenta bancaria reportada en la creación de terceros.
Formato de creación de terceros
Cuando se trate de Consorcios o Uniones Temporales, cada uno de sus miembros integrantes, deberán aportar cada uno de los documentos señalados en el presente numeral y el NIT. del Consorcio.
3.2.2.1 Formato de Creación de Terceros.
El formato de creación terceros deberá descargarse de la página Web de la entidad: xxxx://xxx.xxxxxx.xxx.xx, deberá seleccionar del Menú Principal la opción “Información a Contratistas”, luego seleccionar la opción “Requisitos para el pago” y en la lista:
FORMATOS que aparece el link “Información General y Tributaria de Terceros” de acuerdo con lo siguiente:
Al seleccionar el link le muestra el siguiente cuadro con lo cual podrá almacenar el formato de creación de terceros, el cual deberá diligenciar y entregar.
NOTA: El Oferente deberá presentar con la oferta los documentos relacionados en este numeral, no obstante su NO presentación no será causal de rechazo.
3.2.2.2 Requisitos de Carácter Financiero
La capacidad financiera del oferente, como requisito mínimo, se verificará con base en los factores financieros denominados: a) capital de trabajo, b) índice de liquidez y c) nivel de endeudamiento, que se revisarán con fundamento en la información del certificado de inscripción en el registro único de proponentes – RUP, el cual se debe adjuntar a la oferta, como lo requiere el inciso primero del numeral 3.2.1.5. De estas reglas con información financiera mínimo al 31 de diciembre de 2011, la información aquí suministrada, de ser el caso debe contar con la traducción oficial al idioma castellano
a) El capital de trabajo se verificará de la siguiente manera:
Si el oferente es una persona natural o jurídica: Debe cumplir lo siguiente:
CT 30% PO
Donde, CT = AC – PC
CT | = | Capital de trabajo. |
AC | = | Activo corriente |
PC | = | Pasivo corriente |
PO | = | Presupuesto oficial estimado. |
Si CT, es mayor o igual al 30% del PO el oferente cumple SI CT, es menor al 30% del PO el oferente no cumple.
Si el oferente es un consorcio o una unión temporal: Debe cumplir:
CT= CTi
CTi 30% PO
Donde,
CTi = Sumatoria de capital de trabajo de los integrantes. CT = Capital de trabajo del consorcio o la unión temporal.
CTi | = | Capital de trabajo de cada uno de los integrantes. |
PO | = | Presupuesto oficial estimado. |
Si CT, es mayor o igual al 30% PO el oferente cumple. SI CT, es menor al 30% PO el oferente no cumple.
b) El índice de liquidez se verificará de la siguiente manera:
Si el oferente es una persona natural o jurídica: Debe cumplir: LIQ. = AC / PC 1,0
Donde, | ||
LIQ. | = | Índice de liquidez. |
AC | = | Activo corriente. |
PC | = | Pasivo corriente. |
Si LIQ es mayor o igual a 1 el oferente cumple SI LIQ es menor a 1 el oferente no cumple
Si el oferente es un consorcio o una unión temporal: Debe cumplir:
ACi | ||
LIQ. = ------------ | 1,0 | |
PCi | ||
Donde, LIQ. | = | Índice de liquidez del consorcio o la unión temporal. |
ACi | = | Activo corriente de cada uno de los integrantes. |
PCi | = | Pasivo corriente de cada uno de los integrantes. |
Si LIQ es mayor o igual a 1 el oferente cumple. SI LIQ es menor a 1 el oferente no cumple.
c) El nivel de endeudamiento se verificará de la siguiente manera:
Si el oferente es una persona natural o jurídica: Debe cumplir: NE = PT / AT 0,70
Donde, | ||
NE | = | Nivel de endeudamiento. |
PT | = | Pasivo total. |
AT | = | Activo total. |
Si NE es menor o igual a 0,70 el oferente cumple SI NE es mayor a 0,70 el oferente no cumple
Si el oferente es un consorcio o una unión temporal: Debe cumplir: PTi
NE = 0,70
ATi
Donde,
NE | = | Nivel de endeudamiento del consorcio o la unión temporal. |
PTi | = | Pasivo total de cada uno de los integrantes. |
ATi | = | Activo total de cada uno de los integrantes. |
Si NE es menor o igual a 0,70 el oferente cumple SI NE es mayor a 0,70 el oferente no cumple
3.2.3 Requisitos de carácter técnico
3.2.3.1. Formato No. 03 – Experiencia del Oferente
El oferente debe acreditar en su oferta, que cuenta con experiencia específica en
INTERVENTORIA A OBRAS DE CONSTRUCCIÓN DE RELLENOS SANITARIOS.
La experiencia deberá ser acreditada con la ejecución de MÍNIMO UNO (01) Y MÁXIMO TRES (03) CONTRATOS terminados en los últimos DIEZ (10) años, contados a partir de la fecha establecida para presentar oferta.
Los contratos aportados deberán sumar, en su conjunto, un valor igual o superior a
1.5 veces el valor xxx XXX, expresado en SMMLV.
MÍNIMO uno de los contratos aportados, debe corresponder al SETENTA POR CIENTO (70%) del valor xxx XXX expresado en SMMLV.
El Área de Estudios considera oportuno establecer el valor anterior, considerando los antecedentes relacionados con proyectos ejecutados cuyo objeto es igual o está contenido en la experiencia específica solicitada y que se encuentran en este rango de valor.
La experiencia específica podrá acreditarse con contratos de INTERVENTORIA A OBRAS DE CONSTRUCCIÓN DE RELLENOS SANITARIOS, por el oferente individual o por cualquiera de los integrantes del oferente plural. En todo caso, el número de contratos con que se pretenda acreditar la experiencia NO PODRÁ SER SUPERIOR al número de contratos señalado en el inciso segundo del presente numeral.
Para demostrar la experiencia especifica el oferente debe presentar con su oferta el Formato No. 03 debidamente diligenciado e indicando en él toda la información allí solicitada. Podrá acreditarse con contratos ejecutados por el oferente individual o por cualquiera de los integrantes del oferente plural. En todo caso, el número de contratos con que se pretenda acreditar la experiencia NO PODRÁ SER SUPERIOR al número de contratos señalado en el inciso primero del presente numeral.
Los documentos del proyecto presentado y aportado con la oferta, que acrediten los relacionados en el Formato No. 03 deben permitir al Comité Evaluador realizar eficazmente la verificación y evaluación del factor técnico establecido en este numeral.
3.2.3.1 La oferta deberá cumplir los requisitos mínimos antes señalados.
3.2.3.1.1. Acreditación de la Experiencia Específica del Oferente
Para acreditar la experiencia específica requerida y las condiciones mínimas señaladas en el numeral 3.2.3.1., el oferente deberá presentar certificaciones, constancias o cualquier otro documento expedido por el contratante, su representante o por el Interventor o supervisor del proyecto. La documentación que se presente para la acreditación de la experiencia deberá permitir en conjunto la verificación de la siguiente información:
a. Nombre del contratante.
b. Nombre del contratista.
c. Si el proyecto se ejecutó en consorcio, unión temporal u otra forma conjunta, deberá indicar el nombre de sus integrantes y el porcentaje de participación de cada uno de ellos. Cuando en la certificación no se indique el porcentaje de participación, deberá adjuntarse certificación del oferente individual o del integrante del oferente plural que desea hacer valer la experiencia, en la que se haga constar dicho porcentaje de participación. Tratándose de personas jurídicas, la referida certificación deberá suscribirse por su representante legal y, además, por el contador público o el revisor fiscal, según sea el caso. Si se trata de personas naturales, la certificación deberá estar suscrita por ellas y por contador público.
d. Objeto del proyecto.
e. Valor total del proyecto que se pretende acreditar.
f. Lugar de ejecución.
g. Fecha de inicio del proyecto.
h. Fecha de terminación del proyecto
i. En caso que se presente(n) certificación(es) o constancia(s) que contenga(n) más de un proyecto, el oferente debe señalar claramente en su oferta, cuál o cuáles de ellos aporta al proceso, que desde luego en ningún caso podrá ser superior al número de proyectos establecido en el numeral 3.2.3.1.
3.2.3.1.2. Verificación de la Experiencia Específica del oferente
La valoración de la experiencia específica del oferente se sujetará a las siguientes reglas especiales:
a. La experiencia de los socios de una persona jurídica se podrá acumular a la de esta cuando no cuente con más de tres (3) años de constituida y se hará en proporción a su participación en el capital social. La acreditación de esta experiencia se sujetará a las exigencias del numeral anterior
b. En caso de consorcios o uniones temporales, la experiencia será la sumatoria de las experiencias específicas de los integrantes que la tengan. Si la totalidad de la experiencia específica es acreditada por uno solo de los integrantes del consorcio, unión temporal, este deberá tener una participación igual o superior al 60% en el consorcio, unión temporal, en el proyecto derivado del presente proceso y en su ejecución. Si la experiencia específica es acreditada por más de uno de los integrantes del consorcio, unión temporal, aquel que aporte el mayor valor en proyectos, respecto de los otros integrantes, deberá tener una participación superior al 50% en el consorcio, unión temporal, en el proyecto derivado del presente proceso y en su ejecución. De igual manera los demás integrantes del oferente plural que aporten la experiencia específica, deben tener un porcentaje de participación en el consorcio o unión temporal MÍNIMO del 20% cada uno en el proyecto derivado del presente proceso y en su ejecución
c. El valor total del o los proyectos ejecutados que se aporten para acreditar la experiencia específica será aquel que tuvieron a la fecha de recibo del informe final o la del acta de recibo final por el contratante o su representante o a la terminación del proyecto, y la conversión a salarios mínimos mensuales legales vigentes (SMMLV) se hará conforme al vigente en el año de recibo final o terminación. En caso de presentar el valor en moneda extranjera, se aplicará lo siguiente:
Cuando el valor del proyecto esté dado en dólares americanos (USD) se convertirá a pesos colombianos utilizando para esa conversión la tasa representativa xxx xxxxxxx (TRM) vigente para la fecha de recibo final o terminación.
Cuando el valor del proyecto esté dado en moneda extranjera diferente al dólar americano, se realizará su conversión a dólares americanos de acuerdo con las tasas de cambio estadísticas publicadas por el Banco de la República, teniendo en cuenta la fecha de recibo final o de su terminación y, posteriormente, se procederá a su conversión a pesos colombianos de conformidad con la TRM vigente para la fecha de recibo final o de su terminación, según corresponda.
d. El proyecto deberá estar terminado en la fecha prevista para la finalización del término para presentar ofertas. Para el presente proceso selección, se tomará como fecha de terminación del proyecto la del recibo del informe final o del acta de recibo final, suscrita por el contratante o su representante, o la de terminación del proyecto.
e. En los casos en que el proyecto o los proyectos hayan sido celebrados en consorcio, unión temporal o bajo cualquier otra forma de participación conjunta, será tenida en cuenta la experiencia específica en su totalidad y el valor de acuerdo al porcentaje de participación.
f. En el caso en que dos o más oferentes acrediten la misma experiencia, ésta no será tenida en cuenta para ninguno de los oferentes que la aportaron.
g. No será considerada la experiencia adquirida en calidad de subcontratista, cuando quiera que el proyecto principal haya sido ejecutado con una entidad pública.
h. No será considerada la experiencia que se pretenda acreditar con INTERVENTORIA A OBRAS DE CONSTRUCCIÓN DE RELLENOS SANITARIOS., cuyo proyecto sea de propiedad del oferente o de cualquier integrante del consorcio o unión temporal que quiera acreditarla.
3.2.3.2 Requisitos de Experiencia Específica del Personal principal requerido
3.2.3.2.1 Relación del personal principal requerido
La relación del personal principal requerido deberá ser presentada por el oferente utilizando exclusivamente el Formato 04, incluyendo la información allí requerida, la cual deberá ser soportada de conformidad con los criterios y condiciones establecidas en el siguiente numeral. El personal principal requerido, con su perfil mínimo, es el relacionado a continuación:
PERSONAL MÍNIMO REQUERIDO PARA LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO | |||||||
Cantidad | Cargo a desempeñar | Formación Académica | Experiencia General | Experiencia Específica | % de dedicación en la duración total del contrato | ||
Como/En: | Número de proyectos | Requerimiento particular | |||||
30% | |||||||
Director y/o | Deberá estar | ||||||
Coordinador | La sumatoria | presente en las | |||||
1 | Director de Interventoría | Ingeniero Civil, ambiental o Sanitario | 8 Años | de Interventoría a la | 3 proyectos | de los proyectos debe ser ≥ a 1.5 | reuniones y/o comités, en la toma de |
Construcción | veces el XXX. | decisiones y | |||||
de rellenos | cuando | ||||||
sanitarios | FONADE lo | ||||||
requiera | |||||||
Director y/o | 100% | ||||||
Coordinador | Deberá estar | ||||||
1 | Residente de Interventoría Obra | Ingeniero Civil, ambiental o Sanitario | 6 Años | y/o Residente de Interventoría a la | 3 proyectos | La sumatoria de los proyectos debe ser ≥ a 1.0 | presente en las reuniones y/o comités, en la toma de |
Construcción | veces el XXX. | decisiones y | |||||
de rellenos | cuando | ||||||
sanitarios | FONADE lo | ||||||
requiera |
3.2.3.2.2 Acreditación y Verificación de la experiencia específica del personal principal requerido
Para efectos de la evaluación, el oferente deberá presentar, junto con su oferta, la documentación que acredite el cumplimiento de los requisitos mínimos exigidos para el equipo de trabajo principal señalado en el numeral anterior. No obstante, el oferente a quien se le acepte la oferta deberá contar para la ejecución del objeto contractual, con la totalidad del equipo humano requerido, es decir el personal principal requerido (I) más el personal mínimo requerido (II) y todo aquel indicado en el numeral 4.8.1 de las presentes reglas de participación.
La valoración de la documentación aportada para efectos de demostrar las condiciones exigidas para el equipo de trabajo principal requerido se sujetará a las siguientes reglas especiales:
a. Para la acreditación de la experiencia de cada uno de los integrantes del personal principal requerido deberán presentar la matrícula o tarjeta profesional vigente. (La experiencia profesional se computará a partir de la terminación y aprobación del pensum académico de educación superior.) Y certificaciones de los contratos ejecutados o su respectiva acta de terminación o cualquier otro documento debidamente firmado por el contratante que contenga como mínimo la siguiente información:
Nombre del contratante
Nombre del contratista
Objeto del proyecto
Valor del proyecto
Cargo desempeñado
Fechas de inicio y terminación del proyecto
Firma del personal competente
b. Las certificaciones de experiencia en idioma diferente al castellano deberán acompañarse de la traducción correspondiente.
c. La experiencia de los profesionales cuando se solicite, se computará a partir de la terminación y aprobación del pensum académico de educación superior.
Para el caso de los profesional cuya tarjeta o matricula profesional no indique la fecha de su expedición, deberán aportar el documento expedido por el ente correspondiente en donde se indique la fecha de expedición de la misma o la certificación expedida por el ente de educación superior respectivo en donde conste la fecha de terminación y aprobación del pensum académico.
Para el caso particular de los Ingenieros, la experiencia profesional sólo se computará a partir de la expedición de la Matrícula Profesional - autorización estatal del respectivo ejercicio.
Únicamente para efectos de la contabilización del tiempo mínimo de experiencia del personal profesional ofertado para el presente proceso de selección, las fechas traslapadas serán contadas una sola vez.
d. En el caso en que el oferente o alguno de los miembros del consorcio o unión temporal sea quien certifique la experiencia de alguno de los profesionales que presenta en la oferta por haber sido su contratante, deberá adjuntarse adicionalmente el respectivo contrato. Así mismo, Fonade se reserva la facultad de solicitar documentación adicional para verificar los requisitos de los profesionales.
e. Los estudios de educación superior (pregrado y postgrado), así como los estudios técnicos se acreditarán mediante fotocopia de los diplomas respectivos o certificados de obtención del título correspondiente
f. En caso que se presente(n) certificación(es) o constancia(s) que contenga(n) más de un proyecto, el oferente debe señalar claramente en su oferta, cuál o cuáles de ellos aporta al proceso, que desde luego en ningún caso podrá ser superior ni inferior al número de proyectos establecido en el numeral 3.2.3.1.2.
g. El valor total del o los proyectos ejecutados que se aporten para acreditar la experiencia específica será aquel que tuvieron a la fecha de recibo del informe final o la del acta de recibo final por el contratante o su representante o a la terminación del proyecto, y la conversión a salarios mínimos mensuales legales vigentes (SMMLV) se hará conforme al vigente en el año de recibo final o terminación.
3.3. OFERTA ECONÓMICA
El oferente debe formular su oferta económica exclusivamente en el Formato 07, mediante una hoja de cálculo de formato Excel, el cual deberá presentar en medio físico impreso y magnético, de acuerdo con las siguientes reglas:
Deberá discriminar claramente:
a. Personal profesional
b. Personal técnico y auxiliar (si aplica)
c. Otros costos directos
d. Factor multiplicador
e. IVA
f. VALOR TOTAL DE LA OFERTA
3.3.1.1 La totalidad del personal requerido para la ejecución del objeto contractual de conformidad con el numeral 4.8.1., de las presentes reglas de participación.
3.3.1.2 Elaborarse utilizando la metodología del factor multiplicador, para lo cual deberá utilizar la guía adjunta al presente documento, (Anexo 08 - Metodología del factor multiplicador).
3.3.1.3 Un factor multiplicador para la ETAPA 1 INTERVENTORIA A LA ETAPA DE CONSTRUCCIÓN que en ningún caso podrá ser inferior al 231%, el cual solo deberá ser aplicado a los costos del personal requerido para la ejecución del contrato.
3.3.1.4 Expresar todos los valores en pesos colombianos.
3.3.1.5 Ajustar todos los valores al peso, es decir sin decimales. Para el efecto, se aplicará la metodología de redondeo indicada en las presentes reglas de participación.
3.3.1.6 El plazo de ejecución de la Interventoría señalado en el numeral 1.5.
3.3.1.7 La forma y el sistema de pago señalados en el capítulo cuarto de las presentes reglas de participación.
3.3.1.8 Las variables económicas que estime pertinentes, teniendo en cuenta la totalidad de las condiciones previstas en las presentes reglas de participación. Las variables deben tener en cuenta, así como las proyecciones que de ellas se realicen, para efectos de la formulación de la oferta económica, son de responsabilidad exclusiva del oferente y, por tanto, serán por su cuenta y riesgo las diferencias que puedan presentarse entre dichas proyecciones y el comportamiento real de las variables durante la ejecución del contrato.
3.3.1.9 Las condiciones y especificaciones técnicas del objeto de Interventoría, así como la información técnica, hidrológica, geológica, geomorfológica y sismológica, geotécnica, topográfica y cartográfica, estudios de impacto ambiental y las leyes y normas que rigen para la región y las propias del sitio donde se desarrollará el proyecto. De igual forma, todos los costos que se requieran para la correcta ejecución del objeto del contrato derivado del presente proceso de selección, entre ellos los generados por el transporte del personal, equipo, materiales, etc. Del mismo modo, deberá considerar las condiciones, climáticas, ambientales y de orden público.
3.3.1.10 La totalidad de los tributos, independientemente de la denominación que asuman o del nivel territorial del que provengan, que se causen o llegaren a causar por la celebración, ejecución y liquidación del contrato objeto del presente proceso de selección, serán de su cargo exclusivo.
3.3.1.11 Que el valor de la oferta económica NO puede ser superior al 100% del presupuesto oficial total estimado señalado en el numeral 1.4.
Hará parte de la oferta económica, igualmente, la estimación del factor multiplicador, para lo cual el oferente deberá diligenciar y presentar el Formato No. 11, en medio físico y magnético.
La estimación que realice el oferente del factor multiplicador deberá considerar la información presentada en el Anexo 1 adjunto a las presentes reglas de participación.
3.4. RECIPROCIDAD
En los términos señalados en la Ley 816 de 2003, se otorgará tratamiento de bienes y servicios nacionales a aquellos bienes y servicios originarios de los países con los que Colombia ha negociado trato nacional en materia de compras estatales y de aquellos países en los cuales a las Ofertas de bienes y servicios colombianos se les conceda el mismo tratamiento otorgado a sus bienes y servicios nacionales. La acreditación del trato nacional otorgado a bienes y servicios nacionales en países con los cuales Colombia ha negociado trato nacional en materia de compras públicas se realizará mediante certificación expedida por el Director de Asuntos Jurídicos Internacionales del Ministerio de Relaciones Exteriores, la cual contendrá lo siguiente: (i) Lugar y fecha de expedición de la certificación; (ii) Número y fecha del Tratado; (iii). Objeto del Tratado; (iv) Vigencia del Tratado, y (v) Proceso de selección al cual va dirigido. En ausencia de negociación de trato nacional, la Certificación deberá indicar si existe trato nacional en virtud del principio de reciprocidad.
CAPÍTULO CUARTO
4. CONDICIONES CONTRACTUALES GENERALES
4.1.OBJETO
El objeto del contrato es la ejecución, por parte de EL INTERVENTOR, de la LA INTERVENTORÍA A LA EJECUCIÓN DEL PLAN INTEGRAL DE RESIDUOS SÓLIDOS REGIONAL DE LOS MUNICIPIOS DEL NORTE DE LA GUAJIRA, FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL PARA LA PRESTACIÓN DE SERVICIO DOMICILIARIO DE ASEO, DISEÑO Y CONSTRUCCIÓN DEL RELLENO REGIONAL PARA LOS MUNICIPIOS DE
MAICAO, MANAURE Y URIBIA, de acuerdo con la descripción, especificaciones y demás condiciones establecidas en las presentes reglas de participación, los documentos e información técnica suministrada por FONADE y la oferta presentada por EL INTERVENTOR, así como también, las condiciones y especificaciones técnicas del contrato objeto de interventoría todo lo cual hace parte integral del contrato.
Las reglas de participación y adendas referidas en esta cláusula se entienden incorporadas al contrato aún cuando en este no se reproduzcan. En el evento en que se presente alguna contradicción entre, de una parte, las reglas de participación y este contrato, y de otra, la oferta presentada por el INTERVENTOR, prevalecerá el contenido de aquellos documentos. En el evento en que la contradicción se presente entre las reglas de participación y el presente contrato, prevalecerá el contenido de aquellas.
La descripción técnica detallada y completa del proyecto está contenida en el documento de estudios previos.
4.2.MODIFICACIÓN DEL CONTRATO
El plazo, valor, condiciones, cambios, ajustes, aclaraciones, entre otras, establecidas en el contrato inicial, procederán a través de las modificaciones contractuales suscritas por las partes.
Sin autorización escrita de FONADE, previo concepto de la Supervisión, el INTERVENTOR no podrá apartarse de las condiciones y especificaciones contractuales que le resultan exigibles en virtud del contrato. En el evento en que lo haga perderá el derecho a reclamar el reconocimiento y pago de cualquier suma que resulte de la modificación y será responsable de los daños que por esa acción le cause a FONADE y/o el MINISTERIO DE VIVIENDA, CIUDAD Y TERRITORIO, sin perjuicio de la obligación de ejecutar el contrato en las condiciones previstas.
El Interventor deberá manifestar expresamente y por escrito al momento de la suscripción de las modificaciones, adiciones, aclaraciones, prórrogas, suspensiones, otrosí, actas y demás documentos que se suscriban en la ejecución del contrato, si tales modificaciones, ajustes o correcciones generan mayor valor; en caso de que el Interventor suscriba el documento sin la manifestación anterior se entenderá que cumplirá lo acordado sin que haya lugar a mayores valores o pago adicional alguno.
4.3.PLAZO EJECUCIÓN CONTRACTUAL
El plazo previsto para la ejecución del contrato es el señalado en el numeral 1.5,
contado a partir de la suscripción del acta de inicio.
4.4. CONDICIONES PREVIAS A LA SUSCRIPCIÓN DEL ACTA DE INICIO
a) Perfeccionamiento del contrato, el cual se da con la suscripción del contrato por las partes contratantes.
b) El registro presupuestal efectuado por FONADE.
c) Aprobación de FONADE de la garantía entregada por EL INTERVENTOR.
d) La acreditación por EL INTERVENTOR y el SUPERVISOR que todo el personal necesario para el inicio de la ejecución del contrato se encuentra afiliado a los sistemas de seguridad social en salud, pensiones y riesgos profesionales, incluso los trabajadores independientes, y que los pagos de las cotizaciones respectivas se encuentran al día.
Cumplidos los anteriores requisitos, la negativa o retraso por parte de EL INTERVENTOR a la suscripción del acta de inicio dará lugar a la efectividad de las cláusulas contractuales a que haya lugar.
4.5.CONDICIÓN RESOLUTORIA
La ejecución del contrato se encuentra condicionada a la suscripción del acta de inicio correspondiente, al contrato objeto de la interventoría. De esta circunstancia se dejará constancia en las actas de inicio que suscribirán las partes de conformidad con lo establecido en el numeral 4.4. En caso de que la condición no acaeciere dentro de los seis (6) meses siguientes a la suscripción del contrato de Interventoría se entenderá fallida y el mismo se dará por terminado anticipadamente, situación que no generará obligaciones ni pagos a favor de EL INTERVENTOR.
4.6.VALOR
El valor del contrato corresponderá a la suma por la cual sea aceptada la oferta, la cual incluye todos los gastos, costos, impuestos y tributos a que haya lugar para la celebración, legalización, ejecución y liquidación del contrato.
4.7.FORMA DE PAGO
FONADE pagará mensualmente hasta completar el 90% del valor de la Interventoría, de acuerdo con el avance físico de obra registrado en las actas xx xxxxx de obra e informes aprobados por la Interventoría.
Lo anterior, de conformidad con la siguiente formulación:
VPMn= An*VC- 10% (An*VC)
VPMn = Valor a pagar en el mes n
An = Avance de obra ejecutada en el mes n, expresado en porcentaje
VC = Valor total del Contrato (para la interventoría a la etapa de construcción)
El último pago corresponderá al 10% del valor del contrato de Interventoría, se realizará una vez se cumplan los siguientes requisitos:
a). Aprobado por parte de la Subgerencia de Contratación de FONADE la póliza de calidad de los servicios.
b) Liquidación del contrato de Obra y acta de liquidación del contrato de Interventoría.
Cada solicitud de pago deberá ir con la cuenta de cobro, informe del avance y porcentaje de obra ejecutado, informes de Interventoría, las demás obligaciones establecidas en el contrato y las requeridas por el Supervisor del Contrato.
4.7.1Sistema de pago
El sistema de pago del contrato es por PRECIO GLOBAL FIJO SIN FÓRMULA DE AJUSTE. En consecuencia, el precio previsto en el numeral 4.6, incluye todos los gastos, directos e indirectos, derivados de la celebración, ejecución y liquidación del contrato. Por tanto, en el valor pactado se entienden incluidos, entre otros, los gastos de administración, salarios, prestaciones sociales e indemnizaciones del personal, incrementos salariales y prestacionales; desplazamientos, transporte, alojamiento y alimentación de la totalidad del equipo de trabajo del INTERVENTOR; desplazamiento, transporte y almacenamiento de materiales, herramientas y toda clase de equipos necesarios; honorarios y asesorías en actividades relacionadas con la ejecución del contrato; computadores, licencias de utilización de software; la totalidad de tributos originados por la celebración, ejecución y liquidación del contrato; las deducciones a que haya lugar; la remuneración para INTERVENTOR y, en general, todos los costos en los que deba incurrir el INTERVENTOR para el cabal cumplimiento de ejecución del contrato. FONADE no reconocerá, por consiguiente, ningún reajuste realizado por el INTERVENTOR en relación con los costos, gastos o actividades adicionales que aquel requería para la ejecución del contrato y que fueron previsibles al momento de la presentación de la oferta.
4.7.2Requisitos de pago
Los pagos y el desembolso de recursos relacionados con el contrato quedan sometidos, además de las condiciones anteriormente previstas, al cumplimiento de los siguientes requisitos:
a. Deberán ser refrendados por el SUPERVISOR en los formatos que FONADE
suministre para el efecto.
b. La acreditación por parte de EL INTERVENTOR al supervisor de que todo el personal necesario para la ejecución del contrato se encuentra afiliado a los sistemas de seguridad social en salud, pensiones y riesgos profesionales, incluso los trabajadores independientes, y que los pagos de las cotizaciones respectivas se encuentran al día
c. Se realizarán dentro de los diez (10) días calendario siguientes a las fechas de radicación de las facturas o cuentas, según sea el caso, o de la fecha en que el contratista subsane las glosas que se le formulen.
d. Deberá haberse producido el ingreso efectivo de los recursos del proyecto a la Tesorería de FONADE.
e. Toda vez que los impuestos y retenciones que surjan por la celebración, ejecución y liquidación del contrato corren por cuenta de EL INTERVENTOR, FONADE hará las retenciones del caso y cumplirá las obligaciones fiscales que ordene la ley.
f. Presentación de los informes y productos requeridos al Interventor debidamente aprobados por el Supervisor del contrato.
Todos los documentos de pago deberán ser avalados por el supervisor designado por
FONADE.
4.8.OBLIGACIONES DEL INTERVENTOR
Sin perjuicio de las demás obligaciones que se desprendan de la Constitución Política de la República de Colombia, del Manual de la actividad precontractual, contractual y postcontractual de Derecho Privado de FONADE, del Estatuto Anticorrupción, de las normas que regulan el ejercicio de la ingeniería y sus profesiones afines y auxiliares, de las contenidas en las normas urbanísticas, técnicas y ambientales pertinentes, de las particulares que correspondan a la naturaleza del contrato a celebrar, las contenidas en el Manual de Interventoría de FONADE adoptado mediante la Resolución No 150 de 2011, la cual se entiende incorporada al contrato resultante del presente proceso y de aquellas contenidas en otros apartes de las presentes reglas de participación y de las consignadas específicamente en el contenido del contrato, y las siguientes:
4.8.1 Obligaciones relacionadas con el personal requerido para la ejecución del objeto contractual.
Presentar al supervisor del contrato, con cinco (5) días de antelación al inicio de la etapa donde desarrollará las actividades que le correspondan, los soportes correspondientes que acrediten las calidades y la experiencia general y específica del siguiente personal mínimo requerido para la ejecución del contrato.
PERSONAL MINIMO REQUERDO PARA LA EJECUCION DEL CONTRATO | |||||||
Cantidad | Cargo a desempeñar | Formación Académica | Experiencia General | Experiencia Específica | % de dedicación en la duración total del contrato | ||
Como/En: | Número de proyectos | Requerimiento particular | |||||
1 | Director de Interventoría | Ingeniero Civil, ambiental o Sanitario | 8 Años | Director y/o Coordinador de Interventoría a la Construcción de rellenos sanitarios | 3 proyectos | La sumatoria de los proyectos debe ser ≥ a 1.5 veces el XXX. | 30% Deberá estar presente en las reuniones y/o comités, en la toma de decisiones y cuando FONADE lo requiera |
1 | Residente de Interventoría Obra | Ingeniero Civil, ambiental o Sanitario | 6 Años | Director y/o Coordinador y/o Residente de Interventoría a la Construcción de rellenos sanitarios | 3 proyectos | La sumatoria de los proyectos debe ser ≥ a 1.0 veces el XXX. | 100% Deberá estar presente en las reuniones y/o comités, en la toma de decisiones y cuando FONADE lo requiera |
1 | Especialista Hidráulico ó Hidrosanitario | Ingeniero Sanitario o Ingeniero Civil. El profesional debe contar con estudios de posgrado en Hidráulica. | 4 Años | Especialista Hidráulico en Proyectos de Obras Civiles | 3 proyectos | N.A. | 10% |
1 | Especialista en Geotecnia | Ingeniero Civil. El profesional debe contar con estudios de posgrado en Geotecnia. | 4 Años | Especialista en Geotecnia de Proyectos de Obras Civiles | 3 proyectos | N.A. | 10% |
PERSONAL MINIMO REQUERDO PARA LA EJECUCION DEL CONTRATO | |||||||
Cantidad | Cargo a desempeñar | Formación Académica | Experiencia General | Experiencia Específica | % de dedicación en la duración total del contrato | ||
Como/En: | Número de proyectos | Requerimiento particular | |||||
1 | Topógrafo | Topógrafo | 3 Años | Topografía en proyectos de Obras Civiles | 1 proyectos. | N.A. | 15% |
0 | Xxxxxxxx 0 | X.X. | X.X. | X.X. | X.X. | X.X. | 15% |
1 | Cadenero 0 | X.X. | X.X. | X.X. | X.X. | X.X. | 15% |
El personal anteriormente descrito, será de carácter obligatorio en el proyecto, por lo cual los oferentes lo deberán tener en cuenta y considerar en su totalidad, al momento de elaborar su oferta económica.
En caso de incumplimiento por parte de EL INTERVENTOR en la presentación de los soportes del personal antes indicado, en el plazo señalado, se procederá a la aplicación de las sanciones contractuales correspondientes.
Los soportes para acreditar las condiciones mínimas exigidas deberán sujetarse a las siguientes condiciones:
a. Para los profesionales del equipo de trabajo, se deberá presentar la respectiva matrícula o tarjeta profesional. La experiencia profesional se computará a partir de la terminación y aprobación del pensum académico de educación superior.
b. Los postgrados se acreditarán mediante la copia de los diplomas respectivos o de las actas de grado. Igualmente, podrán ser acreditados mediante certificados en los que conste la obtención del título.
c. La experiencia general y específica se acreditarán mediante certificaciones o actas de liquidación o cualquier otro documento proveniente del contratante, el interventor o supervisor en el conste la ejecución del proyecto y que contenga como mínimo, la siguiente información:
- Nombre del contratante
- Nombre del contratista
- Objeto del proyecto
- Valor del proyecto
- Cargo desempeñado
- Fechas de inicio y fecha de terminación del proyecto
1. Contar con los profesionales o técnicos que se requieran para cumplir cabalmente el contrato, además del personal mínimo exigido. En ningún caso podrá presentar equipo de trabajo que se encuentre comprometido hasta el 100% de tiempo de dedicación en contratos en ejecución con FONADE.
2. Garantizar que todos los profesionales a quienes se les asignen labores en desarrollo del contrato cuenten con matrícula o tarjeta profesional vigente.
3. Garantizar que el personal mínimo requerido será el utilizado para la ejecución del contrato. Si con posterioridad a la suscripción del contrato, el interventor vincula un reemplazo de cualquiera de ellos por uno de menores calidades, o de menor experiencia general o específica a las soportadas en el proceso de selección que, sin embargo, cumpla con las exigencias mínimas establecidas en las reglas de participación, se impondrá un descuento a cargo del interventor y a favor de
FONADE, correspondiente al 0.1% del valor del contrato por cada día de permanencia del personal que no reúne las condiciones ofrecidas en la propuesta. En caso de presentarse la ausencia injustificada, durante la ejecución del contrato, de uno o algunas de las personas que conforman el equipo de trabajo principal, por cada día, procederá la aplicación de las multas previstas.
4. Suministrar y mantener, durante la ejecución del contrato y hasta la liquidación del mismo, el personal profesional ofrecido, exigido y necesario. En caso de que el interventor requiera cambiar alguno de los profesionales y demás personal ofrecido y/o presentado, este deberá tener un perfil igual o superior al exigido en las reglas de participación, sin perjuicio de la regulación específica que sobre este aspecto se establece para el equipo de trabajo principal. En todo caso, el supervisor deberá aprobar, previamente, el reemplazo.
5. Dedicar el personal mínimo requerido en el sitio de consultoría y contar con la disponibilidad de trabajo de acuerdo con el cronograma de ejecución del proyecto y las necesidades del mismo. Igualmente se deberá tener disponibilidad de personal para atender emergencias, para esta actividad se informará al supervisor sobre el personal disponible, junto con los teléfonos y direcciones donde se puedan ubicar.
6. Distribuir el equipo de trabajo teniendo en cuenta los frentes de trabajo del contratista de la consultoría.
7. Asumir, por su cuenta y riesgo, el pago de los salarios, prestaciones sociales, indemnizaciones y honorarios de todo el personal que ocupe en la ejecución la Interventoría, quedando claro que no existe ningún tipo de vínculo laboral de tal personal con FONADE, ni responsabilidad en los riesgos que se deriven de esa contratación.
8. Responder por cualquier tipo de reclamación, judicial o extrajudicial, que instaure, impulse o en la que coadyuve su personal o sus subcontratistas contra FONADE, por causa o con ocasión del contrato.
Las obligaciones relacionadas con el personal requerido para la ejecución del objeto contractual será objeto de especial verificación por el supervisor del contrato y su incumplimiento, incluida la ausencia injustificada de una o varias de las personas que hacen parte del equipo de trabajo, acareará la imposición de las sanciones contractuales correspondientes.
4.8.2Obligaciones previas a la suscripción del acta de inicio
Dentro de los cinco (5) días siguientes a la suscripción del contrato, LA INTERVENTORIA deberá presentar, para aprobación del supervisor del contrato:
4.8.2.1 Organización de los trabajos
a. El organigrama general del proyecto debe contener: Frente de trabajo mínimo requerido.
Las líneas de mando y coordinación
Los niveles de decisión
El número de los profesionales y demás recurso humano ofrecido en la oferta y requerido para la ejecución de los trabajo.
Las funciones del personal que interactuará con FONADE y el interventor durante la ejecución del contrato.
Descripción breve de las políticas de manejo de personal relacionadas con seguros de trabajo, seguridad social y seguridad industrial.
Al organigrama general deberá anexarse un documento en el que EL INTERVENTOR manifieste, de manera expresa, que cuenta con la coordinación de una oficina central que, entre otros aspectos, le presta soporte de orden técnico, legal, administrativo, financiero y contable.
b. Metodología para la ejecución de las actividades objeto del contrato.
Corresponde a un documento en el que se realice una descripción detallada de la metodología a seguir para la ejecución de la interventoría, frentes de trabajo y actividades del proyecto.
La metodología para la ejecución de la interventoría deberá ser presentada y ejecutada bajo el enfoque de Gerencia de Proyectos considerando los aspectos organizacionales, equipos, relación contractual, comunicaciones e interrelación con el consultor, FONADE y su propio equipo, procesos, procedimientos, y controles técnicos y administrativos.
Este documento debe incluir la estructura de acuerdo al organigrama propuesto, el método con el cual desarrollará los trabajos, así como el plan de manejo de seguridad industrial, salud ocupacional y la vinculación del personal no calificado de la región incluyendo las personas en condición de desplazamiento.
En el documento es necesario precisar:
Características sobresalientes de la metodología ofertada para desarrollar cada una de las actividades indicadas en el programa detallado de interventoría.
Organización y control, exponiendo la forma como organizará todas las actividades para cumplir con el contrato. Se debe tratar sobre los alistamientos, establecimiento en terreno, frentes de trabajo, cuadrillas o grupos de trabajo, sistemas de comunicación, documentación técnica, cantidad y calidad del personal y los equipos a utilizar, transportes, localización de oficinas y campamentos y, en general, todo lo concerniente con la administración del contrato.
Mecanismos para analizar, evaluar e implementar los rendimientos propuestos para ejecutar la interventoría en el plazo contractual, los registros e informes de la interventoría.
EL INTERVENTOR deberá utilizar un software ágil y compatible con el actual software para el seguimiento y control de la ejecución del proyecto, el cual deberá permitir el uso compartido con FONADE.
4.8.3 Obligaciones de carácter particular
Corresponderá al INTERVENTOR controlar, exigir, y verificar la construcción del proyecto objeto de interventoría velando por los intereses de FONADE y el MINISTERIO DE VIVIENDA, CIUDAD Y TERRITORIO , atendiendo criterios de menor costo, menor tiempo y mayor calidad. Para el manejo técnico, administrativo y de control presupuestal de los
contratos de consultoría aplicará la organización, procedimientos y metodología de FONADE referentes al manejo, trámite y cumplimiento de las actividades durante la ejecución y liquidación de los contratos, de acuerdo con el manual de interventoría. El INTERVENTOR constatará su legalización, verificará su amparo presupuestal, conocerá y accederá a los documentos inherentes a su realización y verificará la aprobación de las garantías que correspondan
Adicional a las obligaciones contenidas en el anexo 01, se deberán tener en cuenta las siguientes:
4.8.3.1. Responder, en los términos previstos en la legislación tanto por el cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato de Interventoria, como por los hechos u omisiones que les sean imputables y causen daño o perjuicio a FONADE y/o al MINISTERIO DE AMBIENTE, VIVIENDA Y DESARROLLO TERITORIAL – MAVDT (HOY, MINISTERIO DE VIVIENDA, CIUDAD Y TERRITORIO), derivados de la celebración y ejecución del contrato respecto del cual haya ejercido o ejerza las funciones de Interventoria.
4.8.3.2. Adelantar el seguimiento al ejercicio del cumplimiento obligacional por
FONADE sobre las obligaciones a cargo del contratista.
4.8.3.3. Solicitar informes, aclaraciones y explicaciones sobre el desarrollo de la ejecución contractual.
4.8.3.4. El INTERVENTOR, su cónyuge, compañero o compañera permanente, pariente hasta el segundo grado de consanguinidad, segundo de afinidad y/o primero civil o sus socios en sociedades distintas de las anónimas abiertas, deberá abstenerse de celebrar contratos de obra pública, de concesión, suministro de medicamentos y de alimentos con FONADE, durante el plazo de ejecución y hasta la liquidación del presente contrato.
4.8.3.5. Las obligaciones relacionadas con el personal requerido para la ejecución del objeto contractual será objeto de especial verificación por la Interventoría y el supervisor del contrato y su incumplimiento, incluida la ausencia injustificada de una o varias de las personas que hacen parte del equipo de trabajo, acareará la imposición de las sanciones contractuales correspondientes.
4.8.3.6. Distribuir los equipos de trabajo teniendo en cuenta los Grupos de trabajo establecidos por FONADE y de acuerdo con los requerimientos de la Interventoría y del Supervisor de FONADE.
4.8.3.7. Durante la etapa de visitas técnicas, el consultor deberá contar con todo tipo de transporte terrestre o fluvial que permita el desplazamiento del personal a cada uno de los proyectos.
4.8.3.8. Realizar el acompañamiento en reuniones con entes territoriales, Alcaldes y en general aquellas en las que se requiera la presencia del Consultor a solicitud de FONADE.
4.8.3.9. Las obligaciones relacionadas con el personal requerido para la ejecución del objeto contractual será objeto de especial verificación por la Interventoría y el supervisor del contrato y su incumplimiento, incluida la ausencia injustificada de una o varias de las personas que hacen parte del equipo de trabajo, acareará la imposición de las sanciones contractuales correspondientes.
4.8.3.10. Verificar que sean adoptadas por el contratista de obra las medidas ambientales, sanitarias, forestales, ecológicas e industriales necesarias para no poner en peligro a las personas, a las cosas o al medio ambiente, y garantizar que así lo hagan, igualmente, sus subcontratistas y proveedores.
4.8.3.11. Verificar el alcance del componente de obra del contrato, revisar, verificar, validar y aprobar todos los estudios y diseños realizados por el contratista.
4.8.3.12. Acreditar, en las oportunidades que así se requiera, de conformidad con lo establecido en el inciso segundo del artículo 41 xx Xxx 80 de 1993 –adicionado mediante el artículo 23 de la Ley 1150 de 2007–, que se encuentra al día en el pago de aportes parafiscales relativos al Sistema de Seguridad Social Integral, así como los propios del Servicio Nacional de Aprendizaje - SENA, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar – ICBF y las cajas de compensación familiar, cuando corresponda.
4.8.3.13. Indemnizar y/o asumir todo daño que se cause a terceros, a bienes propios o de terceros, o al personal contratado para la ejecución del contrato, por causa o con ocasión del desarrollo del mismo.
4.8.3.14. Responder por el pago de los tributos que se causen o llegaren a causarse por la celebración, ejecución y liquidación del contrato.
4.8.3.15. Dar cumplimiento en un todo al Plan y cargas de trabajo, entregadas por FONADE junto con las reglas de participación. En caso de realizar ajuste a los mismos, deberá presentar la justificación que soporta dicha solicitud y la respectiva propuesta, siempre y cuando esta no sea de inferior calidad, requerimientos y obligaciones.
4.8.3.16. Realizar el acompañamiento en reuniones con entes territoriales, Alcaldes y en general aquellas en las que se requiera la presencia del Interventor a solicitud de FONADE.
4.8.4. Obligaciones específicas de la interventoría para el proyecto
Adicionalmente y considerando el alcance de las actividades a desarrollar en el proyecto, se incorporan las siguientes obligaciones específicas:
4.8.4.1. Las obligaciones relacionadas con el personal requerido para la ejecución del objeto contractual será objeto de especial verificación por el supervisor del contrato y su incumplimiento, incluida la ausencia injustificada de una o varias de las personas que hacen parte del equipo de trabajo, acarreará la imposición de las sanciones contractuales correspondientes.
4.8.4.2. El director de interventoría deberá asistir a todos los comités fiduciarios del proyecto y/o convenio y el residente cuando sea necesario.
4.8.4.3. El interventor deberá revisar y aprobar las facturas, órdenes de desembolso y soportes presentados por el contratista para el pago de las cuentas, previo a la presentación en la fiduciaria correspondiente.
4.8.4.4. El interventor previo al inicio de la ejecución del proyecto, deberá adelantar la revisión total del proyecto y los documentos relacionados con el mismo; producto de esta revisión el interventor deberá presentar un informe inicial en el cual plasme el resultado de la revisión.
4.8.4.5. El interventor deberá aprobar todos los documentos y/o productos presentados por el contratista de obra, en cumplimiento de los pliegos de condiciones y el contrato de obra. Teniendo en cuenta que el proyecto obedece a una viabilización realizada por el MAVDT, en caso que el mismo requiera cambios en su alcance y/o costo (plan financiero); el proyecto podrá ser suspendido y tramitar su reformulación ante el MAVDT antes de continuar con su ejecución, de acuerdo a la recomendación que para ello de el interventor
4.8.4.6. Conjunto con el informe final de interventoría, se deberá entregar a FONADE los siguientes documentos para la liquidación de los convenios de uso de recursos: documentos de representación xxx xxxxxxx, las evidencias de reformulación del proyecto, en caso de que se requiera; copia del contrato de obra y sus modificaciones, certificado por parte del encargo fiduciario del proyecto de todos pagos realizados y certificado por parte del interventor del cumplimiento por parte del Municipio de las condiciones de financiamiento del proyecto.(si aplica)
4.8.4.7. Las demás que apliquen de acuerdo al Manual de Interventoría de Fonade.
4.8.5. Obligaciones de carácter técnico
Sin perjuicio de aquellas establecidas en el manual de interventoría y las reglas de participación, serán obligaciones de carácter técnico a cargo del INTERVENTOR aquellas relacionadas con la vigilancia y verificación del cumplimiento de las condiciones técnicas generales y especificas para la correcta ejecución, entre ellas:
4.8.5.1. Estudiar las especificaciones técnicas del contrato de obra, planos de obra, diseños y, en general, de toda la información referente al proyecto. Una vez realizado el estudio detallado, si es del caso, el INTERVENTOR presentará las observaciones a consideración de FONADE y propondrá las recomendaciones que considere pertinentes frente a la documentación e información a los diseños suministrados.
4.8.5.2. Estudiar las especificaciones técnicas del contrato de obra, planos de obra, diseños y, en general, de toda la información referente al proyecto. Una vez realizado el estudio detallado, si es del caso, el INTERVENTOR presentará las observaciones a consideración de FONADE y propondrá las recomendaciones que considere pertinentes frente a la documentación e información a los diseños suministrados.
4.8.5.3. Estudiar detalladamente los pliegos de condiciones del proceso de selección que antecedió la suscripción del contrato de obra, la propuesta seleccionada y las condiciones contractuales pactadas, así como la propuesta del contratista.
4.8.5.4. Exigir al contratista de la obra, la disponibilidad de recursos de personal, materiales y equipos, de acuerdo con las mínimas requeridas en las reglas de participación, la propuesta presentada y el contrato suscrito, especificaciones del contrato y la propuesta presentada.
4.8.5.5. Xxxxxxx y constatar que la identificación y características del sitio de implantación del proyecto entregado al contratista para el desarrollo de la obra concuerde con la información suministrada por FONADE.
4.8.5.6. Exigir al contratista de obra el cambio de procedimientos o equipos de construcción y la disposición de medidas que considere necesarias por razones de seguridad, riesgo de perjuicios o para garantizar la buena calidad, uniformidad y correcta ejecución de las obras.
4.8.5.7. Consignar por escrito, como memorias técnicas, en sus informes, los atrasos que se presenten para la firma del acta de inicio y para el inicio de la obra, si el contratista no cumple con las condiciones y términos exigidos. De presentarse atrasos en el programa, se determinarán responsabilidades y se aplicarán los índices según programa y no según ejecución de los trabajos.
4.8.5.8. Impedir que permanezcan al lado de las demoliciones, materiales sobrantes de las mismas o de las labores de limpieza. Por lo tanto, el transporte de estos deberá exigirse en forma inmediata al contratista de obra. Dichos materiales deberán ser transportados a las zonas de desechos propuestas por el contratista y aprobadas por el INTERVENTOR.
4.8.5.9. Ordenar la suspensión temporal de las operaciones o procedimientos utilizados por el contratista de obra que a su juicio resulten inaceptables o representen un grave riesgo para los trabajos, para el contratista de obra, para FONADE o para terceros. La orden de reanudación sólo procederá una vez se tomen las medidas correctivas del caso a satisfacción del INTERVENTOR y de FONADE. Así mismo, podrá ordenar en cualquier momento, que se suspenda la construcción de una obra o de las obras, en general, si por parte del contratista existe un incumplimiento sistemático de los requisitos generales de seguridad o de las instrucciones del INTERVENTOR a ese respecto, sin que el contratista de obra tenga derecho a reclamo o a la ampliación del plazo de ejecución.
4.8.5.10. Suscribir con el contratista de obra una bitácora diariamente (libro de obra), en donde se llevará una memoria de todos los acontecimientos, sucesos y decisiones tomadas en la ejecución de los trabajos. Entre otras circunstancias, se deberá registrar la visita de funcionarios que tengan relación con la ejecución del proyecto.
4.8.5.11. Esta memoria deberá firmarse por el director o el residente de obra y por el director o residente de la interventoría y debe encontrarse debidamente foliada. Al finalizar los trabajos, en su informe final, el INTERVENTOR deberá entregar como anexo una copia de este documento, el cual debe permitir la comprensión general de la obra y el desarrollo de las actividades.
4.8.5.12. Efectuar, junto con el contratista, las mediciones de obra como lo contemplan las especificaciones y los planos. De esto se elaborará un acta, la cual firmarán el contratista de obra y el INTERVENTOR.
4.8.5.13. El INTERVENTOR deberá organizar, realizar y verificar personalmente las mediciones y cuantificación de cada uno de los ítems ejecutados por el contratista de obra de acuerdo con lo indicado en el formato de la propuesta económica y las especificaciones técnicas del proyecto.
4.8.5.14. Aprobar el formato elaborado por el contratista de obra en el que registrará diariamente la ejecución de la obra. El INTERVENTOR revisará y aprobará la estructura y contenido del formato teniendo en cuenta que incluya los aspectos básicos que permitan referenciar la localización de los trabajos y su cuantificación. Una vez diligenciados, diariamente, por el contratista, el INTERVENTOR revisará la exactitud de los datos y aprobará o improbará, según corresponda, el respectivo informe.
4.8.5.15. El INTERVENTOR debe tener en cuenta que este informe diario será la base para la evaluación de las actas de obra. Cada mes el INTERVENTOR remitirá al área respectiva de FONADE, junto con el informe mensual, copia de estos formatos diligenciados y aprobados.
4.8.5.16. Programar, con la periodicidad que se establezca, una reunión del comité de obra a la cual podrá asistir el supervisor del contrato, para analizar el estado de los trabajos. El comité de obra será una reunión operativa para controlar el avance de los obra, de la que la cual se levantará el acta correspondiente, la cual deberá suscribirse por quienes en ella intervinieron y ser remitida, con posterioridad, a FONADE.
4.8.5.17. Realizar, a la firma del acta de inicio del contrato de obra, una inspección y evaluación de las áreas por intervenir de acuerdo con la programación presentada por el contratista, para controlar las áreas contiguas y formular recomendaciones de seguridad.
4.8.5.18. Verificar que la implantación del proyecto realizada por el contratista sea la correcta.
4.8.5.19. Revisar, aprobar y tramitar los planos récord del contrato y/o las memorias técnicas, presentados por el constructor, antes de la liquidación del contrato.
4.8.5.20. Ejercer vigilancia permanente, mediante la inspección de los trabajos en progreso, para asegurar que se cumpla con los requerimientos de las normas, especificaciones técnicas y procedimientos establecidos. Advertirá por escrito y oportunamente al contratista de obra sobre asuntos que requieran atención o cambios, mediante notas de campo, con eventuales medidas correctivas o anotaciones en el libro de obra (bitácora).
4.8.5.21. Estudiar y conceptuar acerca de los procedimientos que proponga el contratista de obra y, si fuera el caso, sugerirá u ordenará los cambios que la interventoría considere necesarios o convenientes para el buen desarrollo de los trabajos.
4.8.5.22. Ejercer control sobre las obras, con el fin de garantizar que se ejecuten en los sitios, cantidades, materiales y con los procedimientos establecidos.
4.8.5.23. Tomar el registro fotográfico de los sitios o lugares donde se desarrollarán las obras antes y después de ejecutadas.
4.8.5.24. Evaluar los registros e informes diarios producidos por su inspector (de requerirse) en los diferentes frentes de trabajo. Se efectuarán los análisis de los aspectos que requieran atención por parte del contratista y se darán las instrucciones pertinentes.
4.8.5.25. Exigir al contratista los frentes de trabajo conforme con lo solicitados en las reglas de participación y en el contrato respectivo suscrito.
4.8.5.26. Controlar permanentemente la entrega de los suministros a cargo del contratista de obra, velando por su oportuna disposición y por el cumplimiento de la normatividad y las especificaciones técnicas. Para el efecto, el INTERVENTOR podrá rechazar los suministros que no cumplan con la normatividad técnica vigente.
4.8.5.27. Rechazar las obras ejecutadas por el contratista de obra que no cumplan con los planos y especificaciones técnicas y aquellas en cuya construcción no se haya utilizado los materiales o procedimientos adecuados.
4.8.5.28. Efectuar el control de calidad de los materiales y procesos constructivos utilizados en la obra mediante ensayos de laboratorio, de acuerdo con las especificaciones técnicas. Para el efecto, deberá solicitar oportunamente al contratista de obra las pruebas de laboratorio que sean necesarias para garantizar el cumplimiento de los diseños y especificaciones técnicas acordadas. Los costos de las muestras y ensayos de laboratorio serán por cuenta del contratista de obra. A la cuenta mensual correspondiente se deberá adjuntar copia de los resultados de los ensayos de laboratorio llevados a cabo. Los siguientes ensayos deberán ser hechos a los siguientes materiales: Concreto (cilindros y núcleos), pintura, ladrillos, bloques, base, sub-base, y todos aquellos que la interventoría o la supervisión estime convenientes.
4.8.5.29. Exigir y verificar la ejecución de acciones correctivas de las actividades indebidamente ejecutadas para que el contratista de obra, a su xxxxx, las ejecute realice adecuadamente, sin derecho a remuneración distinta a la que hubiere demandado, inicialmente, la ejecución correcta de las obras de acuerdo con las especificaciones técnicas y diseños aprobados, los planos y demás condiciones del contrato.
4.8.5.30. Pactar con el contratista los precios de las actividades o ítems no previstos para la adecuada ejecución de la obra. El INTERVENTOR deberá analizar y validar los nuevos precios cuando se requieran ítems o actividades no previstas en el contrato y elaborar las especificaciones técnicas respectivas. Así mismo, deberá conceptuar sobre la necesidad de su ejecución y analizar, particularmente, su incidencia en el valor del contrato. Sin embargo, No obstante lo anterior, los nuevos precios serán los que FONADE apruebe.
4.8.5.31. Revisar, verificar y validar, cuando resulte necesario, los cambios propuestos por el constructor a los diseños, dejando para ello el registro de estos en los informes y planos record.
4.8.5.32. Exigir la demolición, remoción y el restablecimiento de las condiciones originales y/o cualquier otra acción que resulte necesaria, cuando se hayan ejecutado, por parte del contratista de obra, trabajos no autorizados por el contratista
4.8.5.33. Conocer las normas técnicas obligatorias que rigen los contratos. En caso de no encontrarse estipuladas en el contrato respectivo, deberá informar oportunamente a la Subgerencia de Contratación de FONADE para solicitar la debida modificación.
4.8.5.34. Verificar que el contratista se ajuste, en especial, a lo establecido en los siguientes documentos y disposiciones:
4.8.5.35.
Planos y especificaciones técnicas. Legislación ambiental municipal y nacional.
Legislación de seguridad industrial y salud ocupacional. Legislación de tránsito vehicular y peatonal.
Normas de sismo resistencia.
Normatividad vigente a nivel nacional para la movilización de maquinaria y equipo pesado, impuesta en este tipo de obras por la entidad competente.
4.8.6.Obligaciones de carácter administrativo
Sin perjuicio de aquellas otras obligaciones establecidas en el manual de interventoría de FONADE y en las presentes reglas de participación, serán obligaciones de carácter administrativo a cargo del INTERVENTOR, las siguientes:
4.8.5.1. Verificar el cumplimiento del pago de salarios, prestaciones sociales, indemnizaciones y demás obligaciones laborales a cargo del contratista de consultoría, así como de las obligaciones parafiscales del personal vinculado en la ejecución del contrato para la ejecución de la consultoría.
4.8.5.2. Revisar y aprobar, de conformidad con las condiciones exigidas en las regla de participación del proceso de selección que antecedió la celebración del contrato de consultoría, las hojas de vida, con sus soportes, del personal que intervendrá en la ejecución de dicho contrato, así como la de aquel que reemplace al existente. Para estos efectos, emitirá concepto que será enviado al Supervisor de la Interventoría. La interventoría deberá rechazar las hojas de vida puestas a su consideración, entre otras circunstancias, cuanto el personal que pretenda vincular o contratar por el contratista hayan participado en la elaboración de los estudios, diseños y proyectos que tengan relación directa con el objeto del contrato de consultoría.
4.8.5.3. Llevar una relación detallada de todo el personal que el contratista de la interventoría tenga en el lugar de los trabajos, así como constatar y exigir que cada una de las personas que allí se encuentra cumpla con las afiliaciones a la seguridad social que exige la ley, de igual forma para poder determinar el
cumplimiento de la mano de obra no calificada de la región y de la población vulnerable.
4.8.5.4. Observar el desempeño del personal del contratista de interventoría, exigiéndole que provea una dirección competente y emplee personal técnico y/o profesional, según corresponda, en cada frente de trabajo de conformidad con lo establecido en el las regla de participación y en el contrato respectivo.
4.8.5.5. Llevar un registro diario de las actividades ejecutadas, del personal y de los equipos empleados en cada frente de trabajo y otros aspectos relevantes de la ejecución del contrato de consultoría.
4.8.5.6. Verificar y asegurar que el personal del contratista de interventoría y de interventoría, para su protección, mantenga durante el tiempo de trabajo una dotación adecuada a la labor desempeñada, así como los elementos de seguridad industrial necesarios para la ejecución de las actividades.
4.8.5.7. Verificar el desarrollo por parte del contratista de interventoría del programa de panorama de riesgos presentado para la ejecución del contrato de consultoría.
4.8.5.8. Establecer y controlar las medidas necesarias para que el contratista de consultoría se responsabilice del manejo de los campamentos y del mantenimiento de la sanidad y el orden en ellos y en todos sus trabajos; con tal fin, podrá emplear vigilantes o inspectores, según corresponda. Estos costos están incluidos en el valor de los costos indirectos del contrato y FONADE, en ningún caso reconocerá suma alguna adicional.
4.8.5.9. Velar por las buenas condiciones de aseo y seguridad en el desarrollo del objeto de la interventoría, teniendo en cuenta lo indicado, además, en el plan de manejo ambiental.
4.8.5.10. Verificar que el contratista de consultoría instale la(s) valla(s) aprobada(s) por FONADE.
4.8.5.11. Informar por escrito de la ocurrencia de situaciones constitutivas de fuerza mayor o caso fortuito, al supervisor del contrato de interventoría y a la Subgerencia de Contratación de FONADE y recomendar la actuación que debe proceder, inmediatamente tenga conocimiento de ellas, siempre afecten o puedan afectar la adecuada ejecución del contrato, al supervisor del contrato de interventoría y a la Subgerencia de Contratación de FONADE y recomendar la actuación que debe proceder.
4.8.5.12. Consultar con la subgerencia de contratación de FONADE las inquietudes de orden legal que se presenten en relación con la ejecución del contrato.
4.8.5.13. Certificar, en forma oportuna, el cumplimiento por el contratista de consultoría de las obligaciones contractuales.
4.8.5.14. Elaborar y suscribir el acta de inicio de ejecución del contrato de interventoría, previo el cumplimiento de los requisitos necesarios para ello.
4.8.5.15. Elaborar y suscribir el acta de reinicio de ejecución del contrato de interventoría, así como las actas de suspensión, reiniciación, terminación del
contrato, recibo final y terminación, utilizando como guía los modelos, instrucciones y procedimientos establecidos por FONADE. Para efectos del acta de terminación el INTERVENTOR deberá participar en la determinación de las cantidades finales ejecutadas, en la verificación de corrección de defectos, en la adecuación final de los estudios técnicos y diseños y en verificar la vigencia y ampliación de las garantías que correspondan.
4.8.5.16. Asistir a todas las reuniones que se celebren en el sitio de ejecución de las actividades o en las instalaciones de FONADE relacionadas con los trabajos objeto de la interventoría y elaborar y suscribir las actas correspondientes, garantizando que las mismas sean suscritas por todas las personas que hayan intervenido.
4.8.5.17. Revisar las actas mensuales, con base en la verificación directa en el sitio de la interventoría y la confrontación de las pre-actas suscritas con el consultor.
4.8.5.18. Xxxxxxx y aprobar, con sujeción a lo señalado en el contrato de interventoría las respectivas actas de modificación.
4.8.5.19. Elaborar, junto con el contratista, las actas de recibo a satisfacción de las obras realizadas y participar en los recibos definitivos del proyecto, así como suscribir el acta correspondiente.
4.8.5.20. Tramitar oportunamente las solicitudes de aplicación de sanciones contractuales y requerimientos al contratista de interventoría. El INTERVENTOR antes de la solicitud de aplicación de sanciones contractuales debe requerir al contratista para el cumplimiento, otorgándole un plazo prudencial para ello, siempre que resulte procedente.
4.8.5.21. Analizar el avance contractual de los trabajos, con el fin de prever, con la suficiente anticipación, eventuales incumplimientos de plazos, que hagan necesaria la toma de medidas con el contratista de consultoría para prevenirlos, o para efectos de advertir y sugerir a FONADE la imposición de las sanciones contractuales correspondientes.
4.8.5.22. Requerir al contratista de consultoría cuando incumplan obligaciones contractuales, informar de ello por escrito a FONADE y, de resultar pertinente, dar aviso a la aseguradora.
4.8.5.23. Xxxxxxx y aprobar los informes solicitados al contratista de consultoría.
4.8.5.24. Entregar periódicamente, según se acuerde con la supervisión de FONADE, un resumen de la vigencia del contrato de consultoría y las pólizas del contratista que guarden relación directa con la ejecución de las actividades objeto de los contrato.
4.8.5.25. Entregar periódicamente, según se acuerde con la supervisión de FONADE, informes por escrito de órdenes y sugerencias impartidas al contratista de consultoría, las cuales deben enmarcarse dentro de los términos del contrato y estar redactadas de manera clara y precisa.
4.8.5.26. Presentar informes semanales e informe mensuales de sus actividades, así:
a. Informe semanal: La interventoría presentará semanalmente a FONADE, un informe de acuerdo con el manual de interventoría, donde se consignen los avances de las actividades ejecutadas durante ese período.
b. Informe mensual: La interventoría presentará mensualmente a FONADE, un informe en donde se consigne el trabajo ejecutado en ese mes, el cual refleje adecuadamente las cantidades ejecutadas, índices de gestión mensual y estado de avance con respecto a lo programado. Además, incluirá lo programado para el mes siguiente, con las observaciones necesarias. También debe adjuntar incluir fotografías y las pruebas de calidad hechas a los materiales utilizados. De presentarse atraso en la programación inicial, deberá explicar las medidas y acciones a tomar con el fin de ajustar el cronograma. A estos informes deberá adjuntar programaciones y anexos aclaratorios. Estos informes deben ser presentados en aplicaciones compatibles con los sistemas operativos (software) de FONADE.
El informe deberá contener los avances y novedades técnicas, administrativas, contables y financieras, acompañadas por gráficos, cuadros, fotografías, análisis y comentarios sobre el estado de los trabajos y del contrato en todos sus aspectos. Se incluirá un registro de las notas cruzadas entre el INTERVENTOR, el contratista de consultoría y FONADE.
La interventoría presentará en el informe mensual de progreso durante la ejecución del contrato de interventoría, un resumen de trabajo adelantado por el INTERVENTOR durante el respectivo período, la utilización de recursos y sus costos durante el período y acumulados, el balance del contrato, los porcentajes de avances de cada una de las actividades, el cronograma de ejecución programado y real y, si existe, reprogramado, y la relación de informes presentados y de actas suscritas.
Informe técnico: Cuando FONADE lo requiera o según la periodicidad y los estándares por ella establecidos, el INTERVENTOR presentará informes técnicos, de calidad y de pruebas de materiales y procedimientos, para mantener actualizada la información sobre el desarrollo de los trabajos.
Informe final: La interventoría entregará a FONADE, al terminar los trabajos, un informe final, cuyo contenido será, como mínimo, el siguiente:
a. Aspectos contractuales relevantes.
b. Breve descripción de los trabajos.
c. Ejecución de los trabajos (Período de ejecución, frentes de trabajo).
d. Balance económico del contrato (costos, sobrecostos sí los hay, ajustes de pagos, reclamaciones si se presentan, trabajos extras o adicionales si se causan).
x. Xxxxxx, figuras y cuadros representativos del desarrollo de los trabajos.
f. Descripción de los procedimientos utilizados e innovaciones tecnológicas empleadas.
g. Recomendaciones sobre cambios en especificaciones, planos, diseños y soluciones dadas a los problemas más comunes que se presentaron durante el desarrollo del contrato como aporte para futuros proyectos.
h. Copia de la bitácora de consultoría y registro fotográfico.
i. Resultados de los ensayos de laboratorio.
j. Informe sobre las pólizas y garantías exigidas.
k. Cronograma final de proyecto, en cual se muestre todas las incidencias del mismo.
l. Reporte de excedentes financieros generados, si se presentaron.
m. terminación de la cuenta conjunta, abierta con el contratista, con todos sus soportes y cruce de saldos.
n. Revisión de los paz y salvo, por todo concepto, expedidos por los subcontratistas y proveedores en relación con las obligaciones del consultor.
o. La evaluación del porcentaje de población vulnerable utilizada en la ejecución, así como la mano de obra no calificada.
p. El resumen final de las cantidades ejecutadas y el informe financiero de la consultoría.
4.8.5.27. Verificar, permanentemente, el cumplimiento de los plazos y montos asegurados de las pólizas de garantía o garantías bancarias, según sea el caso, y solicitar su modificación, de ser necesario. Del vencimiento de las garantías deberá informar a la Subgerencia de Contratación de FONADE con una anticipación nunca inferior a diez (10) días hábiles.
4.8.5.28. Impartir por escrito todas las instrucciones, órdenes y autorizaciones que se requieran para el desarrollo de la consultoría.
4.8.5.29. Elaborar los documentos de justificación, debidamente soportados y aprobados por FONADE, relacionados con la viabilidad o no de las solicitudes de modificación, suspensión, reiniciación o terminación del contrato.
4.8.5.30. Estudiar oportunamente las sugerencias, reclamaciones y consultas del contratista de consultoría y resolver aquellas que fueren de su competencia, buscando solucionar conjuntamente con el contratista de consultoría los problemas que puedan afectar la adecuada ejecución de la consultoría. Dará traslado a FONADE, únicamente, de las reclamaciones y consultas que a este le competan, junto con el informe y recomendaciones que correspondan.
4.8.5.31. Elaborar los documentos y presentar los informes que le sean requeridos en caso de que se interponga en contra de FONADE o del Cliente alguna acción administrativa, policial o judicial, incluida información que resulte necesaria en caso de la solicitud de convocatoria del tribunal de arbitramento y/o requerimientos formulados por los organismos de control del Estado, que guarde relación con la celebración, ejecución o terminación del contrato de consultoría o de interventoría.
4.8.5.32. Responder, en los términos previstos en la legislación tanto por el cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato de interventoría, como por los hechos u omisiones que les sean imputables y causen daño o perjuicio a FONADE, derivados de la celebración y ejecución de los contratos respecto de los cuales hayan ejercido o ejerza las funciones de interventoría
4.8.5.33. Adelantar el seguimiento al ejercicio del cumplimiento obligacional por FONADE sobre las obligaciones a cargo del contratista.
4.8.5.34. Solicitar informes, aclaraciones y explicaciones sobre el desarrollo de la ejecución contractual.
4.8.5.35. Mantener informada a FONADE de los hechos o circunstancias que puedan constituir actos de corrupción tipificados como conductas punibles, o que puedan poner o pongan en riesgo el cumplimiento del contrato. En el evento de que EL INTERVENTOR no informe oportunamente de un posible incumplimiento del contrato objeto de interventoría, parcial o total, de alguna de las obligaciones a cargo del contratista de consultoría, será solidariamente responsable con éste de los perjuicios que se ocasionen con el incumplimiento por los daños que le sea imputables al interventor.
El INTERVENTOR, su cónyuge, compañero o compañera permanente, pariente hasta el segundo grado de consanguinidad, segundo de afinidad y/o primero civil o sus socios en sociedades distintas de las anónimas abiertas, deberá abstenerse de celebrar contratos de obra pública, de concesión, suministro de medicamentos y de alimentos con FONADE, durante el plazo de ejecución y hasta la terminación del presente contrato.
4.9.OBLIGACIONES DE FONADE
Son obligaciones de FONADE las siguientes:
1. Pagar el valor del contrato en la forma y bajo las condiciones previstas.
2. Ejercer la supervisión general del contrato.
3. Formular las sugerencias por escrito sobre los asuntos que estime convenientes en el desarrollo del contrato, sin perjuicio de la autonomía propia de los contratistas de Consultoría.
4.10. SUPERVISIÓN
La supervisión del contrato será ejecutada por Gestor del Convenio No.2009121 de FONADE o la persona que designe Xxxxxx, quien de manera permanente realizará el seguimiento técnico, administrativo, financiero, contable y jurídico del contrato verificando además la correcta ejecución del objeto contratado. En particular el supervisor ejercerá las siguientes funciones:
a. Aprobar la solicitud de desembolso que el CONTRATISTA le presente, previo cumplimiento de los requisitos establecidos en el presente contrato.
b. Verificar que el contratista se encuentre al día con los pagos a seguridad social y parafiscal.
c. Certificar la correcta ejecución del contrato y los resultados esperados.
d. Informar oportunamente a FONADE sobre el desarrollo del contrato o bien sobre su cumplimiento.
e. Las demás que fueren necesarias para vigilar el cabal cumplimiento del objeto contractual.
f. Vigilar que la interventoría mantenga el recurso humano propuesto en los frentes solicitados durante la ejecución de las actividades y terminación de las mismas. Adicionalmente, en los casos que se requiera, solicitar la presencia de los profesionales que hacen parte de la interventoría, en las reuniones y/o comités, así como en la toma de decisiones.
g. Las demás que apliquen de acuerdo al manual de interventoría de Fonade, numeral 6.2.
PARÁGRAFO: El supervisor del contrato está facultado a solicitar informes, aclaraciones y explicaciones sobre el desarrollo de la ejecución contractual y será responsable por mantener informado a FONADE de los hechos o circunstancias que puedan constituir actos de corrupción tipificados como conductas punibles o que puedan poner o pongan en riesgo el cumplimiento del contrato, o cuando tal incumplimiento se presente.
En ningún caso el supervisor goza de la facultad de modificar el contenido y alcance del contrato suscrito entre EL CONTRATISTA y FONADE, ni de eximir, a ninguno de ellos, de sus obligaciones y responsabilidades.
4.11. CLÁUSULA PENAL DE APREMIO
En caso xx xxxx o retrasos por parte de EL INTERVENTOR en la ejecución de sus obligaciones contractuales o deficiencia o inconsistencia en la ejecución de las mismas, FONADE podrá hacer efectiva a EL INTERVENTOR por cada semana de retraso, la clausula penal de apremio, por un valor equivalente al 2.0 % del valor total del contrato, sin exceder el 10% de su valor total.
Para efectos de la aplicación de la cláusula penal de apremio, la supervisión verificará semanalmente el cumplimiento del Cronograma de Trabajo y obligaciones a cargo de EL INTERVENTOR, de acuerdo con lo señalado en las reglas de participación, especificaciones técnicas, oferta presentada por EL INTERVENTOR y cláusulas del contrato.
Para efectos de que EL INTERVENTOR cancele los valores por concepto de cláusula penal de apremio no se requiere que FONADE lo constituya en xxxx, el simple retardo imputable a EL INTERVENTOR dará origen al pago o compensación de las sumas previstas en este numeral.
EL INTERVENTOR autoriza que FONADE descuente y compense de las sumas a su favor los valores correspondientes a la cláusula penal de apremio. De no existir tales saldos a favor de EL INTERVENTOR o de no resultar éstos suficientes para cubrir la totalidad del valor de la cláusula penal de apremio, FONADE podrá obtener el pago total o parcial de la cláusula penal mediante el ejercicio de las acciones legales a que haya lugar.
4.12. CLÁUSULA PENAL PECUNIARIA
En caso de incumplimiento parcial o definitivo en la ejecución oportuna del contrato o de las obligaciones a cargo de EL INTERVENTOR después de terminado el plazo de ejecución, FONADE podrá hacer efectiva la cláusula penal pecuniaria, a título xx xxxx, por un monto equivalente hasta por el veinte por ciento (20%) del valor total del contrato. El pago del valor acá señalado a título de cláusula penal pecuniaria se considera como indemnización parcial y no definitiva de los perjuicios causados por el incumplimiento del contratista, razón por la cual, FONADE tendrá derecho a obtener de EL INTERVENTOR el pago de la indemnización correspondiente a los demás perjuicios que con dicho incumplimiento se le hayan irrogado. EL INTERVENTOR autoriza a FONADE a descontar y compensar de los saldos presentes o futuros a su favor, los valores correspondientes a la pena pecuniaria aquí estipulada. De no existir tales deudas o de no resultar suficientes para cubrir la totalidad de su valor, FONADE podrá obtener el pago de la pena pecuniaria mediante el ejercicio de las acciones legales a que haya lugar. El valor de la pena pecuniaria pactada se calculará sobre el valor total del contrato, incluidas las modificaciones al valor del mismo.
4.13. PROCEDIMIENTO PARA EXIGIR EL PAGO DE LA CLÁUSULA PENAL PECUNIARIA Y/O DE LA CLAUSULA PENAL DE APREMIO:
a) Evidenciado un posible incumplimiento de las obligaciones a cargo de EL INTERVENTOR, FONADE lo citará a audiencia para debatir lo ocurrido. En la citación, se hará mención expresa y detallada de los hechos que la soportan, acompañando el informe de la supervisión en el que se sustente la actuación y enunciará las normas o cláusulas posiblemente violadas y las consecuencias que podrían derivarse para EL INTERVENTOR en desarrollo de la actuación. En la misma se establecerá el lugar, fecha y hora para la realización de la audiencia, la que podrá tener lugar a la mayor brevedad posible, atendida la naturaleza del contrato y la periodicidad establecida para el cumplimiento de las obligaciones contractuales.
b) En desarrollo de la audiencia, el Subgerente de Contratación o su designado, presentará las circunstancias de hecho que motivan la actuación, enunciará las posibles normas o cláusulas posiblemente violadas y las consecuencias que podrían derivarse para EL INTERVENTOR en desarrollo de la actuación. Acto seguido se concederá el uso de la palabra al representante legal de EL INTERVENTOR o a quien lo represente, para que presenten sus descargos, en desarrollo de lo cual podrá rendir las explicaciones del caso, aportar pruebas y controvertir las presentadas por la entidad.
c) Xxxxx lo precedente, mediante comunicación motivada en la que se consigne lo ocurrido en desarrollo de la audiencia, FONADE procederá a decidir sobre la imposición o no de la clausula penal de apremio y/o pecuniaria. Contra la decisión así proferida EL INTERVENTOR podrá presentar descargos dentro de los tres (3) días siguientes a su envío. La decisión sobre los descargos será comunicada por FONADE por escrito.
d) En cualquier momento del desarrollo de la audiencia, El Subgerente de Contratación o su designado, podrá suspender la audiencia cuando de oficio o a petición de parte, ello resulte en su criterio necesario para allegar o practicar pruebas que estime conducentes y pertinentes, o cuando por cualquier otra razón debidamente sustentada, ello resulte necesario para el correcto desarrollo de la actuación administrativa. En todo caso, al adoptar la decisión, se señalará fecha y hora para reanudar la audiencia. FONADE podrá dar por terminado el procedimiento en cualquier momento, si por algún medio tiene conocimiento de la cesación de situación de incumplimiento.
4.14. COMPENSACIONES
Para efectos de valores a favor de FONADE, referentes a cláusula penal de apremio, y cláusula penal pecuniaria procederá la compensación.
4.15. GARANTÍAS
El INTERVENTOR deberá constituir a favor de FONADE y/ó el FONADE, y el MINISTERIO DE VIVIENDA, CIUDAD Y TERRITORIO, una garantía que podrá consistir en una póliza de seguro expedida por una compañía de seguros legalmente establecida en Colombia, en formato para entidades particulares o garantía bancaria expedida por un banco local, que otorgue los siguientes amparos:
TIPIFICACIÓN DEL RIESGO | ESTIMACIÓN DEL RIESGO | VIGENCIA | RESPONSABLE |
Cumplimiento | 30% del valor del contrato | Vigente por el plazo de ejecución del contrato y ocho (8) meses mas | Contratista |
De Salarios, | 5% del valor del | Vigente por el plazo de ejecución |
TIPIFICACIÓN DEL RIESGO | ESTIMACIÓN DEL RIESGO | VIGENCIA | RESPONSABLE |
prestaciones | contrato | del contrato y tres (3) años más. | |
sociales e | |||
indemnizaciones | |||
laborales | |||
Calidad del Servicio | 30% del valor del | Vigente por tres (3) años | |
contrato | contados a partir de la | ||
suscripción del acta de recibo | |||
final. |
Término para su entrega
El interventor entregará a FONADE, a más tardar dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la suscripción del contrato, las garantías a las que se refiere el presente numeral, junto con el recibo que acredite el pago de la misma, con excepción de la de calidad de los servicios, la cual se otorgará POR EL INTERVENTOR a más tardar dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha de recibo del informe final, previo recibo a satisfacción de la totalidad de la consultoría objeto de la Interventoría. Las garantías deben contener la manifestación por parte del asegurador que las mismas se encuentran cubiertas por un reasegurador inscrito en la Superintendencia Financiera de Colombia. FONADE se reserva el derecho de solicitar la certificación por parte del reasegurador que contenga dicha manifestación. En caso de que EL INTERVENTOR no entregue dentro del plazo antes señalado las respectivas.
Requisitos generales
En las póliza deben figurar como afianzadas cada una de las personas que integran la parte contratista. Los amparos de prestaciones sociales e indemnizaciones laborales y calidad del servicio deben ser constituidos, en su oportunidad, a favor de FONADE, y el MINISTERIO DE VIVIENDA, CIUDAD Y TERRITORIO. La aprobación por parte de la Sugerencia de Contratación de FONADE de dichas pólizas es condición previa para realizar el último pago del contrato.
El hecho de la constitución de las garantías previstas en la presente cláusula no exonera a EL INTERVENTOR de las responsabilidades contractuales y legales en relación con los riesgos asegurados.
Suficiencia de las garantías
EL INTERVENTOR debe mantener en todo momento de vigencia del contrato la suficiencia de las garantías otorgadas. En consecuencia, en el evento en que el plazo de ejecución del contrato y/o su valor se amplíe o aumente, respectivamente, EL INTERVENTOR deberá proceder a ampliar la vigencia de las garantías y/o el valor amparado de las mismas, según sea el caso, como condición previa y necesaria para el pago de las facturas pendientes de pago. De igual modo, EL INTERVENTOR deberá reponer las garantías cuando su valor se afecte por razón de los siniestros amparados. En el caso de los amparos cuya vigencia debe prolongarse con posterioridad al vencimiento del plazo de ejecución del contrato y/o de recibo a satisfacción de la consultoría objeto del mismo, el valor amparado también debe reponerse cuando el mismo se afecte por la ocurrencia de los riesgos asegurados con posterioridad a tales fechas. El pago de todas las primas y demás erogaciones de constitución, mantenimiento y restablecimiento inmediato de su monto, será de cargo exclusivo de EL INTERVENTOR.
4.16. CESIÓN DEL CONTRATO
El presente contrato se celebra en consideración a las calidades de EL INTERVENTOR; en consecuencia, no podrá cederlo en todo ni en parte, a ningún título, sin el consentimiento expreso, previo y escrito de FONADE. Dicha cesión, de producirse, requerirá, para su eficacia, de la suscripción de un documento por parte del cedente, el cesionario y la aprobación expresa de FONADE, de acuerdo con el procedimiento interno de FONADE para tal efecto.
4.17. CESIÓN DE LOS DERECHOS ECONÓMICOS DEL CONTRATO
Los derechos económicos del contrato, no podrán cederse en todo ni en parte, a ningún título, sin el consentimiento expreso, previo y escrito de FONADE. Dicha cesión, de producirse, requerirá, para su eficacia, de la suscripción de un documento por parte del cedente, el cesionario y la aprobación expresa de FONADE, de acuerdo con el procedimiento interno de FONADE para tal efecto.
4.18. SUBCONTRATOS.
En el evento en que EL INTERVENTOR subcontrate parcialmente la ejecución del contrato, podrá hacerlo con personas naturales o jurídicas que tengan la idoneidad y capacidad para desarrollar la actividad subcontratada.
No obstante lo anterior, EL INTERVENTOR continuará siendo el único responsable ante FONADE por el cumplimiento de las obligaciones del contrato. En consecuencia no hay lugar a solidaridad entre FONADE y EL INTERVENTOR y/o terceros
4.19. CONOCIMIENTO DEL INTERVENTOR SOBRE LAS CONDICIONES PARA LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO
Se entiende por las partes que EL INTERVENTOR ha hecho sus propias averiguaciones, estudios y proyecciones, y ha analizado las condiciones técnicas, sociales, de orden público, climatológicas, ambientales y las demás circunstancias relevantes bajo las cuales se adelantará la ejecución de la Consultoría. En consecuencia, se considera conocedor de todos los elementos necesarios para tomar la decisión de asumir totalmente, a su riesgo, las obligaciones derivadas del contrato, tal como efectivamente lo hace con la presentación de la oferta y, posteriormente, de resultar adjudicatario, con la suscripción del mismo.
4.20. OMISIONES.
Se entiende por las partes que EL INTERVENTOR ha hecho sus propias averiguaciones, estudios y proyecciones, y ha analizado las condiciones técnicas, sociales, de orden público, climatológicas, ambientales y las demás circunstancias relevantes bajo las cuales se adelantará la ejecución de la Interventoría. En consecuencia, se considera conocedor de todos los elementos necesarios para tomar la decisión de asumir totalmente, a su riesgo, las obligaciones derivadas del contrato, tal como efectivamente lo hace con la presentación de la oferta y, posteriormente, de aceptársele su oferta, con la suscripción del mismo.
Cualquier omisión, error o vicio en los documentos e información técnica de la Oferta, que al momento del estudio para la presentación de la misma debió advertir EL
INTERVENTOR, o que advirtiéndolo no lo informó oportunamente a FONADE antes de la presentación de la Oferta, será de su responsabilidad exclusiva y, en tal virtud, los mayores costos, atrasos en el cronograma de ejecución, defectos o vicios de la ejecución serán asumidos íntegramente con su patrimonio y, por tanto, FONADE no realizará ningún reconocimiento por estos conceptos.
4.21. INDEMNIDAD
EL INTERVENTOR mantendrá indemne y defenderá a su propio costo a FONADE de cualquier pleito, queja o demanda y responsabilidad de cualquier naturaleza, incluyendo obligaciones de carácter tributario, costos y gastos provenientes de actos y omisiones del contratista en el desarrollo de este contrato.
EL INTERVENTOR se obliga a evitar que sus empleados y/o los familiares de los mismos, sus acreedores, sus proveedores y/o terceros, presenten reclamaciones (judiciales o extrajudiciales) contra FONADE, con ocasión o por razón de acciones u omisiones suyas, relacionadas con la celebración, ejecución y liquidación del presente contrato. Si ello no fuere posible y se presentaren reclamaciones o demandas contra FONADE, esta entidad podrá comunicar la situación por escrito a EL INTERVENTOR. En cualquiera de dichas situaciones, EL INTERVENTOR se obliga a acudir en defensa de los intereses de FONADE, para lo cual contratará profesionales idóneos que representen a la entidad y asumirá el costo de los honorarios de éstos, del proceso y de la condena, si la hubiere.
Si FONADE estima que sus intereses no están siendo adecuadamente defendidos, lo manifestará por escrito a EL INTERVENTOR, caso en el cual acordará la mejor estrategia de defensa o, si FONADE lo estima necesario, asumirá directamente la misma. En este último caso, FONADE cobrará y descontará de los saldos a favor del contratista todos los costos que implique esa defensa, más un diez por ciento (10%) del valor de los mismos, por concepto de gastos de administración. Si no hubiere saldos pendientes de pago a favor de EL INTERVENTOR, FONADE podrá proceder, para el cobro de los valores a que se refiere este numeral, por la vía ejecutiva, para lo cual este contrato, junto con los documentos en los que se consignen dichos valores, prestará mérito ejecutivo.
4.22. SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS
Las partes podrán buscar solucionar en forma ágil y directa las diferencias y discrepancias surgidas de la actividad contractual, mediante la conciliación, transacción o los mecanismos que las partes acuerden, según los procedimientos establecidos por la ley.
4.23. PERFECCIONAMIENTO
El contrato se perfecciona con la suscripción del mismo por las partes y con el registro presupuestal efectuado por FONADE.
4.24. REQUISITOS DE EJECUCIÓN
Perfeccionado el contrato, para su ejecución se requiere de la suscripción del acta de inicio de acuerdo con lo establecido en el plazo y condiciones del acta de inicio, previa verificación de:
1. Expedición del Registro Presupuestal.
2. Aprobar la Garantía que ampara el contrato. por parte de FONADE de las garantías entregadas por el INTERVENTOR.
3. Suscripción del acta de inicio del contrato de Consultor.
Para el cumplimiento del requisito referente a la entrega de las garantías, EL INTERVENTOR dispone de tres (03) días hábiles, contados a partir de la suscripción del contrato.
4.25. TERMINACIÓN ANTICIPADA.
Con la suscripción del presente contrato el INTERVENTOR autoriza expresamente a FONADE para terminar anticipadamente el mismo mediante oficio escrito que se comunicará al INTERVENTOR, en los siguientes eventos: a) Cuando las exigencias del servicio público lo requieran o la situación de orden público lo imponga; b) Por disolución de la persona jurídica del INTERVENTOR, o de una de las personas jurídicas que integran el respectivo consorcio o unión temporal; así como por la modificación de los miembros de éstos últimos, sin autorización de FONADE c) Por cesación de pagos, concurso de acreedores o embargos judiciales del INTERVENTOR, que puedan afectar de manera grave el cumplimiento del contrato; d) Cuando el INTERVENTOR, sin aducir causa que lo justifique, se abstenga de entregar a FONADE los documentos requeridos para el cumplimiento de los requisitos legales de ejecución del contrato, dentro del plazo establecido para ello; e) Cuando el INTERVENTOR, con posterioridad a la suscripción del acta de inicio, no diere principio a la ejecución del contrato, sin perjuicio de las sanciones contractuales a las que haya lugar; f) Cuando del incumplimiento de las obligaciones del V se deriven consecuencias que hagan imposible o dificulten gravemente la ejecución del contrato, sin perjuicio de las sanciones contractuales a las que haya lugar; g) Si suspendidas todas o algunas de las obligaciones emanadas del presente contrato, el INTERVENTOR no reanudase la ejecución de las mismas dentro del plazo acordado entre las Partes una vez terminadas las causas que obligaron a la suspensión, sin perjuicio de las sanciones contractuales a las que haya lugar; h) Cuando el INTERVENTOR abandone o suspenda los trabajos total o parcialmente, sin acuerdo o autorización previa y escrita de FONADE, sin perjuicio de las sanciones contractuales a las que haya lugar; i) Cuando el INTERVENTOR ceda el contrato sin previa autorización expresa y escrita de FONADE sin perjuicio de las sanciones contractuales a las que haya lugar; j) Cuando el INTERVENTOR incurra en las conductas prohibidas en el Capítulo 2 del Título II de la Ley 418 de 1997, prorrogada por las leyes 548 de 1999 y 782 de 2002, y el artículo 25 de la Ley 40 de 1993 (pago de sumas de dinero a extorsionistas u ocultar o colaborar, por parte de algún directivo o delegado del INTERVENTOR en el pago por la liberación de una persona secuestrada que sea funcionaria o empleada del INTERVENTOR o de alguna de sus filiales); k) Cuando el miembro de la oferta conjunta que aportó el certificado de gestión de calidad se retire y no sea reemplazado de conformidad con lo señalado en el presente contrato o cuando pierda vigencia dicho certificado durante la ejecución del contrato; l) Por mutuo acuerdo; m) Por orden legal judicial; ñ) Por las demás causas dispuestas en la ley.
Las partes acuerdan que el contrato se dará por terminado anticipadamente a partir de la fecha que señale la comunicación que se remita al INTERVENTOR por parte de FONADE; sin perjuicio de lo anterior, las partes suscribirán un acta de liquidación en la cual se dejará constancia de los hechos o circunstancias que motivaron la misma. Igualmente el INTERVENTOR tendrá derecho, previas las deducciones a que hubiere lugar de conformidad con el clausulado de este contrato, a que se le pague la parte de los trabajos recibidos a satisfacción por FONADE hasta la fecha de la terminación anticipada. Posteriormente el INTERVENTOR no podrá solicitar valores diferentes a los que resulten
de lo allí consignado, razón por la cual renuncia a realizar cualquier reclamación o demanda por conceptos o valores distintos a los previstos en dicha acta.
4.26. LIQUIDACIÓN DEL CONTRATO
De conformidad con el Manual de la Actividad Precontractual, Contractual y Postcontractual de Derecho Privado de FONADE, debe formalizarse la terminación y cierre de la ejecución del contrato con la suscripción por parte del supervisor del contrato, con un Acta de Cierre en la cual se consigne el cumplimiento del objeto contractual y de las condiciones contractuales. En caso de que se verifique el incumplimiento del contratista o la existencia de obligaciones pendientes derivadas del objeto contractual, deberá adelantarse el procedimiento de cierre y liquidación de los contratos derivados y de funcionamiento establecido en la Entidad, en el que se deje constancia de tales circunstancias y se consagren de manera clara, expresa y exigible las obligaciones y/o actividades pendientes a cargo del contratista.
4.27. PREVENCIÓN XX XXXXXX DE ACTIVOS Y FINANCIACIÓN DEL TERRORISMO
EL INTERVENTOR manifiesta bajo la gravedad de juramento, que se entiende prestado con la suscripción del presente contrato, que los recursos que componen su patrimonio no provienen xx xxxxxx de activos, financiación del terrorismo, narcotráfico, captación ilegal de dineros y en general de cualquier actividad ilícita; de igual manera manifiesta que los recursos recibidos en desarrollo de éste contrato, no serán destinados a ninguna de las actividades antes descritas. Para efectos de lo anterior, EL INTERVENTOR autoriza expresamente a FONADE, para que consulte los listados, sistemas de información y bases de datos a los que haya lugar y, de encontrar algún reporte, FONADE procederá a adelantar las acciones contractuales y/o legales que correspondan. EL INTERVENTOR se obliga a realizar todas las actividades encaminadas a asegurar que todos sus socios, administradores, clientes, proveedores, empleados, etc., y los recursos de estos, no se encuentren relacionados o provengan, de actividades ilícitas, particularmente, de las anteriormente enunciadas”.
4.28. CONFIDENCIALIDAD E INFORMACIÓN PRIVILEGIADA
EL INTERVENTOR adquiere las obligaciones que se describen a continuación, en relación con la información confidencial y/o privilegiada a la que tenga acceso en el desarrollo del presente contrato: a). Abstenerse en cualquier tiempo de divulgar, parcial o totalmente la Información Confidencial y/o privilegiada a cualquier persona natural o jurídica, entidades gubernamentales o privadas, excepto en los casos que se precisan a continuación: (i). Cuando la información sea solicitada por FONADE. (ii). En cumplimiento de una decisión judicial en firme, orden, requerimiento o una solicitud oficial expedida bien sea por un tribunal competente, una autoridad u órgano judicial o legislativo con competencia para ello, para lo cual deberá observarse el procedimiento establecido por FONADE para dar respuesta a tales decisiones, requerimientos o solicitudes, así como las competencias y delegaciones establecidas para la suscripción de las mismas. (iii). Cuando cualquier autoridad judicial, gubernamental o regulatoria la haya requerido legalmente, siempre y cuando la información confidencial y/o privilegiada se entregue a la mencionada autoridad cumpliendo con los mecanismos de cuidado, protección y manejo responsable de la información estipulados en esta cláusula, previa notificación a FONADE, con el fin de que puedan tomar las acciones administrativas y judiciales pertinentes y se observe el procedimiento establecido por FONADE para dar respuesta a tales requerimientos, así como las competencias y delegaciones establecidas para la suscripción de los mismos. b). Abstenerse en cualquier tiempo de utilizar, explotar,
emplear, publicar o divulgar la Información Confidencial y/o privilegiada en una forma diferente a la autorizada en esta cláusula. c). Tomar todas las medidas necesarias para que la Información Confidencial y/o privilegiada que le sea suministrada en medio físico o electrónico, se transporte, manipule y mantenga en un lugar seguro y de acceso restringido. d). Instruir a todas aquellas personas que tengan acceso a la Información Confidencial y/o privilegiada sobre la forma de manipulación, utilización, manejo de medidas de seguridad y demás, para que la información subsista bien manejada y protegida. e) El uso de la Información Confidencial y/o privilegiada no otorga derecho ni constituye licencia a EL CONSULTOR, para utilizarla sin observar los principios de la ética profesional, comercial y la competencia xxxx, ni otorgando, favoreciendo ni beneficiando a cualquier otra persona natural o jurídica. Para ello EL CONSULTOR acuerda expresamente emplear todos los medios a su alcance para impedir esa utilización irregular de la Información Confidencial y/o privilegiada. PARÁGRAFO PRIMERO: Para todos los efectos, el término “información confidencial y/o privilegiada”, corresponde a la información que entrega FONADE para el desarrollo de las actividades propias del contrato, que debe ser cuidada, protegida y tratada de manera responsable por EL CONSULTOR. PARÁGRAFO SEGUNDO: El incumplimiento de las obligaciones derivadas de la presente cláusula generará un incumplimiento del contrato. PARÁGRAFO TERCERO: FONADE adelantará las acciones judiciales pertinentes contra EL CONSULTOR en el evento que éste, en cualquier tiempo, vulnere el compromiso adquirido en virtud de la presente cláusula.
FORMATO 01
CARTA DE PRESENTACIÓN
Señores:
FONDO FINANCIERO DE PROYECTOS DE DESARROLLO - FONADE.
Xxxxx 00 Xx. 00-00 Xxxxxx X.X.
El suscrito de conformidad con lo requerido en las Reglas de Participación de la CONTRATACIÓN MÍNIMA CUANTÍA MCC 006-2013, cuyo objeto es contratar INTERVENTORÍA A LA EJECUCIÓN DEL PLAN INTEGRAL DE RESIDUOS SÓLIDOS REGIONAL DE LOS MUNICIPIOS DEL NORTE DE LA GUAJIRA, FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL PARA LA PRESTACIÓN DE SERVICIO DOMICILIARIO DE ASEO, DISEÑO Y CONSTRUCCIÓN DEL RELLENO REGIONAL PARA LOS MUNICIPIOS DE MAICAO, MANAURE Y URIBIA, presento
oferta y solicito ser evaluado para la celebración del contrato objeto del presente proceso.
En caso de resultar aceptada la oferta presentada me(nos) comprometo(emos) a suscribir el contrato correspondiente, a cumplir con las obligaciones derivadas de él, de la oferta que presento y de las reglas de Participación.
Declaro(amos) así mismo:
1. Que ninguna otra persona o entidad, diferentes de las nombradas aquí, tiene participación en esta oferta o en el contrato que será el resultado de este proceso y que, por lo tanto, solamente los firmantes están vinculados a dicha oferta.
2. Que hemos estudiado las Reglas de Participación y demás documentos, así como las condiciones e informaciones necesarias para la presentación de la oferta, y aceptamos todos los requerimientos establecidos en dichos documentos. Así mismo, manifestamos que FONADE facilitó de manera adecuada y de acuerdo con nuestras necesidades la totalidad de la información técnica requerida para la elaboración de la oferta, garantizando siempre la reserva de la misma.
3. Que nuestra oferta cumple con todos y cada uno de los requerimientos y condiciones establecidos en los documentos del proceso.
4. Que declaro (amos) bajo la gravedad del juramento que se entiende prestado con la suscripción del presente documento, que no existe información engañosa, inexacta o que falte a la verdad en la documentación que conforma la oferta, y por ello acepto las consecuencias jurídicas y aquellas dispuestas en las Reglas de Participación que conlleven la contravención de mi (nuestra) parte a esta manifestación.
5. Que, en caso de resultar aceptada nuestra oferta, nos comprometemos a ejecutar la totalidad del objeto del contrato respectivo.
6. Que entendemos que el valor del contrato, conforme está definido en los documentos de las Reglas de Participación, incluye la totalidad de los impuestos, tasas o contribuciones de cualquier orden, directas o indirectas que se causen o llegaren a causar por la celebración, ejecución y liquidación del contrato, así como todos los costos directos e indirectos que se causen por labores de administración y las utilidades del contratista.
7. Que realizamos bajo nuestra responsabilidad, las inspecciones necesarias al sitio donde se desarrollará el proyecto, y conocemos las condiciones técnicas del sitio especifico y sus alrededores, aspectos sociales, de orden público, climáticos, ambientales y los demás aspectos donde se desarrollará el proyecto.
8. Que el (los) abajo firmante(s), obrando en nombre y representación del oferente manifiesto (amos) que me (nos) obligo(amos) incondicionalmente a firmar y ejecutar el contrato, en los términos y condiciones previstos en las Reglas de Participación.
9. Que en caso de ser aceptada la oferta presentada para la celebración del contrato derivado del presente proceso, me comprometo a suscribir y perfeccionar el contrato en los plazos previstos en las Reglas de Participación del presente proceso.
10. Que de acuerdo con lo establecido en las Reglas de Participación, adjunto se anexa la documentación requerida en la forma en que la entidad la solicita en el numeral 3.1.4.
Que, a solicitud del FONDO FINANCIERO DE PROYECTOS DE DESARROLLO –
FONADE, me (nos) Obligo (amos) a suministrar cualquier información adicional necesaria para la correcta evaluación de la oferta.
12. Que conozco detalladamente y que he hecho todas las averiguaciones necesarias para asumir los riegos sociales, de orden público, normativos, climáticos, ambientales, técnicos que la ejecución del contrato me demande, y en consecuencia manifiesto que asumo los resultados económicos de los mismos.
13. Que nuestra oferta se encuentra DEBIDAMENTE LEGAJADA Y FOLIADA, y cuenta con un total de folios y que la oferta económica (Formato 07), la presentamos en medio magnético en formato Excel, de acuerdo con lo requerido en el numeral 0.0.xx las presentes reglas.
14. Que he (hemos) leído y por lo tanto conocemos el Anexo 11 (PACTO SOBRE ÉTICA PÚBLICA Y PRIVADA EN LA CONTRATACIÓN ESTATAL) cuyos preceptos compartimos y propiciaremos.
15. Que ni el oferente, ni las personas naturales o jurídicas, o uno de los integrantes del consorcio o unión temporal, que integran el oferente plural, ni sus cónyuges, compañeros o compañeras permanentes, parientes hasta el segundo grado de consanguinidad, segundo de afinidad y/o primero civil, o sus socios en sociedades distintas de las anónimas abiertas, han celebrado un contrato estatal de obra pública, de concesión, suministro de medicamentos y de alimentos con FONADE que se encuentre dentro del plazo de ejecución o liquidación
Así mismo bajo la gravedad del juramento, que se entiende prestado al firmar esta carta declaro (amos),
a. Que no me (nos) encuentro (amos) ni personal ni corporativamente, ni el equipo de trabajo con que se ejecutara la Consultoría, incurso(s) en ninguna de las causales de inhabilidad o incompatibilidad previstas en las normas legales.
b. Que no me (nos) encuentro (amos) ni personal ni corporativamente, ni el equipo de trabajo con que se ejecutara la Consultoría, incurso(s) en conflicto de interés con causa o con ocasión de la presentación de esta oferta, ni por la celebración del contrato del que llegue(mos) a ser adjudicatario(s).
c. Que no me (nos) encuentro (amos) ni personal ni corporativamente, ni el equipo de trabajo con que se ejecutara la Consultoría en el Boletín de Responsables Fiscales de la Contraloría General de la República.
d. Que la información contenida en la oferta es verídica y que asumimos total responsabilidad frente a FONADE cuando los datos suministrados sean falsos o contrarios a la realidad, sin perjuicio de lo dispuesto en el Código Penal y demás normas concordantes.
Esta oferta es presenta por con cedula de ciudadanía No. y quien firma la carta de presentación y no tiene incompatibilidades o conflictos de interés con el FONDO FINANCIERO DE PROYECTOS DE DESARROLLO – FONADE.
El (Los) abajo firmante(s) declaro(amos) que he(mos) recibido todos los documentos y anexos descritos en las Reglas de Participación, así como las adendas a las mismos.
De ustedes atentamente,
NOMBRE DEL OFERENTE:
CIUDAD:
DIRECCIÓN:
TELÉFONOS:
FAX:
CORREO ELECTRÓNICO:
NIT:
NOMBRE DEL REPRESENTANTE LEGAL O APODERADO:
CEDULA DE CIUDADANÍA: TELÉFONO CELULAR: FIRMA:
NOMBRE DEL PROFESIONAL QUE AVALA LA OFERTA:
CIUDAD:
DIRECCIÓN:
TELÉFONOS:
FAX:
CORREO ELECTRÓNICO: CEDULA DE CIUDADANÍA:
M.P. / T.P.:
FIRMA:
Fondo Financiero de Proyectos de Desarrollo - FONADE
FORMATO 03 EXPERIENCIA DEL OFERENTE OBJETO: INTERVENTORÍA A LA EJECUCIÓN DEL PLAN INTEGRAL DE RESIDUOS SÓLIDOS REGIONAL DE LOS MUNICIPIOS DEL NORTE DE LA GUAJIRA, FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL PARA LA PRESTACIÓN DE SERVICIO DOMICILIARIO DE ASEO, DISEÑO Y CONSTRUCCIÓN DEL RELLENO REGIONAL PARA LOS MUNICIPIOS DE MAICAO, MANAURE Y URIBIA,CONTRATACIÓN MÍNIMA CUANTÍA No. MCC 006-2013 | ||||||||||
No | Contratista | Porcentaje de Participación | Entidad contratante o Propietaria | Localización | Objeto | Área Construida (m2) | Valor del Contrato ejecutado a la terminación ($) | Valor del Contrato ejecutado a la terminación (SMMLV) | Fecha de Iniciación mm/aaaa | Fecha de Terminación mm/aaaa |
1 | ||||||||||
2 | N.A. | |||||||||
3 | N.A. | |||||||||
4 | N.A. | |||||||||
5 | N.A. | |||||||||
6 | N.A. | |||||||||
7 | N.A. | |||||||||
Notas: | ||||||||||
1. | El contenido del presente formato no podrá ser modificado o alterado y deberá ser diligenciado en su totalidad | |||||||||
2. | Deberá relacionar en conjunto máximo las certificaciones indicadas en el numeral 3.2.3.1 | |||||||||
3. | Registre el objeto de la experiencia específica del oferente, tal como aparece en el respectivo soporte. No relacione experiencia ni actividades que no estén debidamente soportadas | |||||||||
4. | La experiencia relacionada en ese formato debe contar con la totalidad de los soportes solicitados en las reglas de participación. | |||||||||
5. | Al resultado de la operación matemática que se realice para hacer la conversión del valor del contrato en pesos al Salario Mínimo Legal Vigente (SMMLV) se le aplicará el procedimiento de redondeo indicado en el numeral 1.9. |
FORMATO 04
PERSONAL PRINCIPAL REQUERIDO PARA LA EJECUCIÓN DEL OBJETO CONTRACTUAL
Fondo Financiero de Proyectos de Desarrollo - FONADE
Objeto INTERVENTORÍA A LA EJECUCIÓN DEL PLAN INTEGRAL DE RESIDUOS SÓLIDOS REGIONAL DE LOS MUNICIPIOS DEL NORTE DE LA GUAJIRA, FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL PARA LA PRESTACIÓN DE SERVICIO DOMICILIARIO DE ASEO, DISEÑO Y CONSTRUCCIÓN DEL RELLENO REGIONAL PARA LOS MUNICIPIOS DE MAICAO, MANAURE Y URIBIA,
Proceso de Selección: MCC 006-2013
Oferente: | |||||
Cargo a Desempeñar: | |||||
Nombre: | |||||
Profesión: | |||||
Matrícula No.: | Fecha Expedición | ||||
Experiencia Específica Soportada | |||||
No. | Objeto del Proyecto Aportado | Tipo de Proyecto | Cargo desempeñado | Fecha Inicio | Fecha Terminación |
1 | |||||
2 | |||||
3 | |||||
4 | |||||
5 | |||||
6 |
Nota: El oferente deberá diligenciar este formato para cada uno de los integrantes del personal principal requerido para la ejecución del objeto contractual.
FORMATO 07 PROPUESTA ECONÓMICA
MCC 006-2013
INTERVENTORÍA A LA EJECUCIÓN DEL PLAN INTEGRAL DE RESIDUOS SÓLIDOS REGIONAL DE LOS MUNICIPIOS DEL NORTE DE LA GUAJIRA, FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL PARA LA PRESTACIÓN DE SERVICIO DOMICILIARIO DE ASEO, DISEÑO Y CONSTRUCCIÓN DEL RELLENO REGIONAL PARA LOS MUNICIPIOS DE MAICAO, MANAURE Y URIBIA,
A. Interventoría a la Etapa de Construcción
OFERENTE: | |||||||
PERSONAL PROFESIONAL | |||||||
CONCEPTO | A | B | C | D | E | F | |
Personal Profesional | CANTIDAD | SUELDO MES BÁSICO | % DEDICACIÓN | F.M. % | VALOR MES (AxBxCxD) | No. DE MESES | TOTAL PARCIAL (ExF) |
SUBTOTAL COSTO PERSONAL PROFESIONAL (1) | |||||||
PERSONAL TÉCNICO | |||||||
Personal Técnico | CANTIDAD | SUELDO MES BÁSICO | % DEDICACIÓN | F.M. % | VALOR MES (AxBxCxD) | No. DE MESES | TOTAL PARCIAL (ExF) |
SUBTOTAL COSTO PERSONAL TÉCNICO (2) | |||||||
OTROS COSTOS DIRECTOS | |||||||
OTROS COSTOS DIRECTOS | UND | CANTIDAD | VR. UNITARIO | TOTAL | |||
SUBTOTAL OTROS COSTOS DIRECTOS (3) | |||||||
RESUMEN GENERAL | |||||||
COSTO TOTAL (1+2+3) | |||||||
IVA 16% | |||||||
VALOR TOTAL INTERVENTORIA |
FORMATO 11
CALCULO DEL FACTOR MULTIPLICADOR
MCC 006- 2013
INTERVENTORÍA A LA EJECUCIÓN DEL PLAN INTEGRAL DE RESIDUOS SÓLIDOS REGIONAL DE LOS MUNICIPIOS DEL NORTE DE LA GUAJIRA, FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL PARA LA PRESTACIÓN DE SERVICIO DOMICILIARIO DE ASEO, DISEÑO Y CONSTRUCCIÓN DEL RELLENO REGIONAL PARA LOS MUNICIPIOS DE MAICAO, MANAURE Y URIBIA
CALCULO DEL FACTOR MULTIPLICADOR0 | |||
ÍTEM | DESCRIPCIÓN | % | |
A | Salario Básico (Nómina Total Mensual) | ||
B | Prestaciones Sociales | ||
- | |||
- | |||
C | Sistema de Seguridad Social Integral | ||
- | |||
- | |||
D | Otros | ||
- | |||
Subtotal B+C | |||
Subtotal A+B+C+D | |||
ÍTEM | DESCRIPCIÓN | % | |
E | Costos Indirectos | ||
E1 | Gastos Generales | ||
- | |||
- | |||
E2 | Impuestos, timbres, perfeccionamiento | ||
- | |||
Subtotal (E1+E2) | |||
ÍTEM | DESCRIPCIÓN | % | |
F | Honorarios (incluye Gastos contingentes) | ||
FACTOR MULTIPLICADOR (A+B+C+D+E+F) |