CONTRATO No. UA-C-DTSI-2022-002
XXXXXXXX Xx. XX-X-XXXX-0000-000
CONTRATISTA: | Corporación Ecuatoriana para el Desarrollo de la Investigación y Academia, CEDIA con RUC: 0992284269001 |
OBJETO: | “ACCESO A LA RED AVANZADA DE INVESTIGACIÓN Y ACADEMIA RED CLARA SERVICIOS DE INTERNET Y SEGURIDAD PARA LA UNIVERSIDAD DE LAS ARTES". |
PRECIO: | USD $ 81.720,64 valor que no incluye IVA |
PLAZO: | 365 días, contados a partir de la fecha de suscripción del contrato |
PROCESO No.: | RE-PU-UA-001-2022. |
Comparecen a la suscripción del presente contrato, por una parte, la Universidad de las Artes, Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxx, en su calidad de delegado de la Máxima Autoridad y por otra parte, la Corporación Ecuatoriana para el Desarrollo de la Investigación y Academia, CEDIA con RUC: 0992284269001, representada por la Abogada Xxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx como Apoderada Especial, a quienes en adelante y para efectos de este instrumento se denominarán simplemente, “CONTRATANTE” o “UA” y "CONTRATISTA", respectivamente, o “LAS PARTES”.
Cláusula Primera. - ANTECEDENTES
De conformidad con lo previsto en el numeral 3 del artículo 2 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública -LOSNCP-, y 197, numeral 1 de su Reglamento General -RGLOSNCP-, el Plan Anual de Contrataciones de la CONTRATANTE, contempla la “ACCESO A LA RED AVANZADA DE INVESTIGACIÓN Y ACADEMIA RED CLARA SERVICIOS DE INTERNET Y SEGURIDAD PARA LA UNIVERSIDAD DE LAS ARTES".
1.2 Previos los informes y los estudios respectivos, el Director De Tecnología Y Sistemas De Información (E) Delegado de la máxima autoridad de la entidad CONTRATANTE resolvió acogerse al Régimen Especial y aprobar el pliego “ACCESO A LA RED AVANZADA DE INVESTIGACIÓN Y ACADEMIA RED CLARA SERVICIOS DE INTERNET Y SEGURIDAD PARA LA UNIVERSIDAD DE LAS ARTES" a través de resolución de inicio No. R-UA-DTSI-2022-004 de 31 xx xxxxxx de 2022.
1.3 Se cuenta con los recursos financieros del caso para efectuar “ACCESO A LA RED AVANZADA DE INVESTIGACIÓN Y ACADEMIA RED CLARA SERVICIOS DE INTERNET Y SEGURIDAD PARA LA UNIVERSIDAD DE LAS ARTES", de conformidad a la certificación presupuestaria No. 307 de 30 xx xxxxxx de 2022, contenida en la partida presupuestaria No. 01 00 000 001 530105 0901 001 0000 0000 denominada “Telecomunicaciones” por el valor de USD $ 81,720.64 (OCHENTA Y UN MIL SETECIENTOS VEINTE CON 64/100 DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA), con respecto al IVA, dando cumplimiento a lo establecido en el Acuerdo Ministerial Nro. 0075 del Ministerio de Economía y Finanzas en su Artículo 1 literal b, que indica: "...La entidad que inicio nuevos procesos de contratación deberá certificar únicamente por el valor de la base imponible que implique el bien o servicio a contratar y procederá al registro contable del IVA...".
1.4 Se realizó la respectiva publicación el 31 xx xxxxxx de 2022, a través del Portal Institucional del SERCOP.
1.5 Mediante Resolución No. CG-TELEGRABAJO-2020-045 de 02 de septiembre de 2020, la Comisión Gestora de la Universidad de las Artes, actualizó las delegaciones para la realización de procesos de compras públicas.
1.6 Luego del proceso correspondiente, el Director de Tecnología y Sistemas de Información (E), Delegado de la Máxima Autoridad de la entidad CONTRATANTE, mediante Resolución No R-UA- DTSI-2022-006 de 07 de septiembre de 2022, adjudicó la ACCESO A LA RED AVANZADA DE INVESTIGACIÓN Y ACADEMIA RED CLARA SERVICIOS DE INTERNET Y SEGURIDAD PARA LA UNIVERSIDAD DE LAS ARTES" al oferente Corporación Ecuatoriana para el Desarrollo de la Investigación y Academia, CEDIA con RUC: 0992284269001.
Cláusula Segunda. - DOCUMENTOS DEL CONTRATO
Forman parte integrante del contrato los siguientes documentos:
1. El pliego (Condiciones Particulares xxx Xxxxxx CPP y Condiciones Generales xxx Xxxxxx CGP) incluyendo las especificaciones técnicas, o términos de referencia del objeto de la contratación.
2. Las Condiciones Generales de los Contratos publicados y vigentes a la fecha de la invitación en la página institucional del SERCOP.
3. La oferta presentada por el CONTRATISTA, con todos sus documentos que la conforman.
4. La resolución de adjudicación.
5. La certificación presupuestaria No. 307 de 30 xx xxxxxx de 2022;
6. Copia de escritura de poder especial a favor de la Abogada Xxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx
7. Copia simple de cédula y papeleta de votación de la Abogada Xxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx en su calidad de Apoderada Especial de CEDIA.
Cláusula Tercera. - OBJETO DEL CONTRATO
3.1 El Contratista se obliga con la Universidad de las Artes a garantizar la CONTRATACIÓN DEL ACCESO A LA RED AVANZADA DE INVESTIGACIÓN Y ACADEMIA "RED CLARA", SERVICIOS DE INTERNET Y SEGURIDAD PARA LA UNIVERSIDAD DE LAS ARTES, según las características y términos de referencia constantes en la oferta, que se agrega y forma parte integrante de este instrumento.
3.2 ESPECIFICACIONES TÉCNICAS Y PRODUCTOS CONDICIONES GENERALES
El proveedor debe incluir en el contrato de prestación del servicio el acceso a la Red Avanzada de Investigación y Academia de Distribución Nacional con conexión Internacional, según las condiciones descritas en el presente documento. La red de distribución nacional debe ser basada en una infraestructura de fibra óptica. Esta red nacional debe estar conectada al nodo de Red Académica
Avanzada que provee conexión internacional con las redes avanzadas latinoamericanas y otras redes avanzadas de investigación y academia del mundo.
A continuación, se definen los criterios técnicos para los enlaces de última milla, enrutamiento, interfaces, y administración de la red. Las últimas millas deben ser de fibra óptica de acuerdo a las condiciones que se describen a continuación:
• Los medios tecnológicos de última milla deben ser punto a punto, no compartido, con interfaces de acuerdo a la capacidad contratada. Los tiempos máximos de retardo permitidos serán de 15 milisegundos hasta el nodo de salida internacional definido por el proveedor, conforme al SLA (Anexo 1).
• Enlace tipo IP (full dúplex) hasta la interfaz de comunicaciones de la institución.
• Soporte IPv6 dual stack en red académica avanzada.
• El protocolo de enrutamiento a implementarse hacia el CPE de la institución será BGP.
• Monitorización a través de un portal web en el que se visualiza el tráfico de Red Avanzada del equipo CPE instalado en la institución, a través del protocolo de administración de redes (SNMP) con el objetivo de determinar el consumo y la Calidad del Servicio entregado por la Operadora de Telecomunicaciones.
• Comunicación entre los diferentes campus a través de MPLS, garantizando un MTU de 1500 bytes así como también jumbo frames (disponibilidad de acuerdo a factibilidad y bajo solicitud).
ENLACE AL NAP NACIONAL e INTERNACIONAL
• La capacidad contratada tendrá una concentración 1:1, y debe cumplir con las capacidades y condiciones establecidas en el presente documento. Y de acuerdo al SLA (Anexo 1).
• La capacidad de Red Avanzada (que incluye Internet Comercial) deberá ser provista a través de conexión con varios proveedores TIER 1 para redundancia.
ENLACE A RedCLARA (Cooperación Latino Americana de Redes Avanzadas)
• Conexión a la Red Avanzada en Ecuador a través de un enlace a la capacidad contratada por miembro con un tiempo de retardo no mayor a 30ms, desde el CPE de la Institución al enrutador del POP de Red Avanzada en Ecuador que conecta a Red CLARA.
• Acceso internacional compartido de 10Gbps para conexión a Red CLARA (Cooperación Latino Americana de Redes Avanzadas).
• Acceso al sistema de monitoreo del proveedor a través de un portal web en el que se visualiza el tráfico de Red Avanzada del equipo CPE instalado en la institución.
• Conexión con el NAP Ecuador con un tiempo máximo de retardos de 40 ms, desde el CPE de la institución a los enrutadores POP de Aeprovi en Quito y Guayaquil.
3.3 SERVICIOS
El paquete de Red Avanzada Básico, ofrecerá los servicios que se detallan a continuación por el período de 12 meses consecutivos.
CONECTIVIDAD
• LA Red Avanzada de 600 Mbps incluye el acceso a la red de Internet Comercial y puede ser distribuida en campus principales y/o adicionales, previa factibilidad técnica de conexión en cada sede y en función de su consumo. La capacidad de cada campus será restada de la capacidad total de la red avanzada incluida en el paquete. CEDIA realizará los estudios requeridos antes de determinar la capacidad a asignar a cada campus adicional y los costos de instalación serán siempre asumidos por la institución contratante.
• CEDIA cubrirá los costos de la cuota anual de los bloques IPv4.
• LAN Extendida* Se brindará de manera exclusiva a aquellas instituciones cuyas sedes se encuentren conectadas a la nueva red de CEDIA.
• Túneles de Datos*
• Asignación de bloques IPv6 esta asignación la realizará directamente CEDIA.
• Federaciones*
• EDUROAM SEGURIDAD
• Firewall Perimetral (NGFW). Se brindará de manera exclusiva a aquellas instituciones cuyas sedes se encuentren conectadas a la nueva red CEDIA.
• Protección de Denegación de Servicio (Anti-DDoS) Se brindará de manera exclusiva a aquellas instituciones cuyas sedes se encuentren conectadas a la nueva red CEDIA.
• Firewall para sitios Web (WAF)*
• DNS Seguro
• Alertas de Seguridad (YARI)
• Honeypots
• Equipo de Respuesta a Incidentes de Seguridad (CSIRT)
• Security Center* Personalizado. Con cobertura de licencias Fortinet extendida con vigencia hasta el 2025-12-13: S224ENTF19003059 / S224ENTF19000751 / S224ENTF19000674/ S224ENTF19000574/ FGT30E3U16021631 / FGT30E3U16021348 / FG800DTB18801191 / FG800DTB18801017
• Antispam INFRAESTRUCTURA
• Research Cloud* Servidores virtuales en la nube uso del Fondo I+D+i y Fondo Ponente.
• Institutional Cloud. Capacidad de cómputo de 24 virtual CPU, 30GB en RAM y 900GB de almacenamiento para un máximo de 12 servidores virtuales en la nube, sin costo adicional. De requerirse capacidades adicionales se podrá contratar pagando en base al tarifario vigente (Recursos Adicionales CEDIA Cloud).
• Backup como Servicio* Capacidad de cómputo 250 GB de almacenamiento máximo y 2 máquinas virtuales.
• Backup Ejecutivo* Capacidad máxima de 1 TB de almacenamiento incluido dentro del plan para dispositivos y usuarios ilimitados. El GB adicional tendrá un costo mensual de $0,09 USD.
• Supercomputadora*
• Cuadro de Mando Integral (CMI)
• Helpdesk
• Monitoreo de enlace e infraestructura MULTIMEDIA
• Videoconferencia multipunto* Para utilizar este servicio, la institución primero debe federarse. Para un total de 175 usuarios Pro (sin limitación de tiempo).
• Grabación de eventos*
• Audio Streaming (Radio Online) *
• Cartelera Digital* Servicio multiplataforma con uso de pantallas propias de la institución.
• Repositorio Multimedia*
• Servicios de Diseño e Impresión Digital. Diseño e impresión de material publicitario e informativo, sujeto a necesidad, disponibilidad, términos y condiciones de operación y producción; según el paquete de servicios contratado, corresponde un cupo hasta un monto de
$1.400 dólares por año o su proporcional. El cupo anual o proporcional no es acumulable.
APLICACIONES ACADÉMICAS
• Plataforma LMS XXXX. Plataforma para educación en línea, se incluye la implementación de una instancia (línea base) de 2500 estudiantes matriculados y 750 dispositivos concurrentes conectados del semestre activo, 0,3 TB en HDD. Anexo 3.
1. CEDIA proveerá los recursos para Moodle en base al número de estudiantes establecidos en cada plan.
2. Los moodles históricos son semestrales, tendrán un costo de $600 dólares que incluye una migración + adicional el costo de almacenamiento (depende de los requerimientos de espacio de la institución en disco duro), son activados al final del ciclo lectivo, bajo solicitud.
3. Para la renovación se deberá informar anticipadamente el uso de espacio para históricos, caso contrario se dará de baja la información alojada en 60 días
4. La información alojada de cada semestre deberá ser migrada a tiempo a la plataforma de históricos para garantizar la eficiencia del servicio actualmente provisionado.
• Plataforma de Bienestar estudiantil (XXXX.XX)
• Plataforma MOOC*
• Portal de Acceso a Servicios CEDIA.
• Filesender. Envío de archivos (1Tb)
• 1 eventos en el salón de conferencias virtual (VENUE).
RECURSOS ACADÉMICOS
• Para estos servicios es necesario que la institución haya implementado Federaciones XXXXX.
• Mirror de Open Source
• Repositorio Nacional de Objetos de Aprendizaje (XXX)*
• Acceso a Global Knowledge Academic
• Red de Repositorios de Acceso Abierto del Ecuador (RRAAE)*
• Repositorio Semántico de investigadores (REDI)*
• Red de Recursos Tecnológicos de Ecuador (RETEC) FONDOS CONNECT
• Fondo Avante.
• Fondo Divulga.
• Fondo Ponente.
• Fondo I+D+i.
• Fondo 1 a 1.
• Fondo Registra.
• Fondo Acelera.
• Redes de Impacto SERVICIOS FILL THE GAP
• Evaluación de entorno I+D+i
• Plan de mejora I+D+i
• Mentoría de I+D+
• Boletines de Vigilancia Tecnológica CAPACITACION FILL THE GAP
• Capacitación en la Escuela de Formación Continua – EFC. Hasta $600 para aplicación en los cursos en ejecución de acuerdo a la oferta vigente de la EFC*
• Certificación en la Escuela de Formación Continua – EFC. Hasta $600 para aplicación en las certificaciones en ejecución de acuerdo a la oferta vigente de la EFC*
ARTICULACIÓN CONNECT
• Eventos de innovación abierta.
• Eventos de fomento a la cultura I+D+i.
• Revista Connect.
• Financiamiento TICAL hasta $250 dólares*. El viaje para CIOs y CTOs solo se cubrirá si el evento es presencial (habitación compartida).
• Participación en el Congreso de Tecnologías de la Información y Comunicación - XXX.XX*
Todos los miembros de la institución tendrán descuentos especiales en las inscripciones al evento.
• Eventos de Rectores y Vicerrectores.
• Alerta de Fondos y Socios.
• Uso xx Xxxxx en QUITO y CUENCA.
Los servicios señalados con (*) estarán sujetos a solicitud de la institución, mediante los canales de comunicación indicados en el Anexo 2 de Nivel de Escalamiento, por escrito y con 48 horas de anticipación. Los servicios de capacitación, eventos y concursos relacionados están sujetos a cronogramas preestablecidos.
Cualquier servicio que no se encuentre incluido dentro del paquete de Red Avanzada contratado que represente un costo adicional, deberá ser cubierto por la institución contratante.
Los servicios que presta CEDIA los podrá proporcionar directamente o en base a convenios o contratos con proveedores de servicios legalmente autorizados.
TIEMPO DE INSTALACIÓN
En caso de ser necesaria la instalación de equipos extras, el tiempo de la instalación de los mismos dependerá de la factibilidad emitida por CEDIA a la institución.
RETIRO Y PROTECCION DE INFORMACIÓN
En caso de alguna controversia entre las partes, la entidad contratante es el dueño de la información por lo que la entidad contratada debe dar las facilidades de migrar la información sin perjuicio económico para la entidad contratante.
La entidad contratada debe garantizar la seguridad, disponibilidad, accesibilidad e integridad de la información que reposa en la infraestructura de cómputo o IAAS, según los servicios activos en este contrato.
Cláusula Cuarta. - PRECIO DEL CONTRATO
4.1 El valor del presente contrato, que la CONTRATANTE pagará al CONTRATISTA, es el de USD $ 81.720,64 (OCHENTA Y UN MIL SETECIENTOS VEINTE 64/100 DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA) valor que no incluye IVA, de conformidad con la oferta presentada por el CONTRATISTA.
4.2 Los precios acordados en el contrato, constituirán la única compensación al CONTRATISTA por todos sus costos, inclusive cualquier impuesto, derecho o tasa que tuviese que pagar, excepto el Impuesto al Valor Agregado que será añadido al precio del contrato conforme se menciona en el numeral 4.1.
4.3 El precio de este contrato es fijo, por lo tanto, las partes renuncian a cualquier reajuste de precios.
Cláusula Quinta. - FORMA DE PAGO
Los pagos se realizarán mediante transferencia interbancaria, de la siguiente forma:
El proveedor presentará una factura mensual por los servicios brindados, luego de lo cual el administrador realizará el respectivo informe de recepción de servicios y se procederá a la firma de las partes de la respectiva acta de entrega recepción, posterior a esto se procederá al trámite de pago.
El precio del contrato se cancelará en doce pagos mensuales, divididos de la siguiente manera:
Un primer pago mensual por el valor de USD 45.503,36 (Cuarenta y cinco mil quinientos tres con 36/100 DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA) más el IVA conforme al siguiente desglose:
SERVICIO RED AVANZADA | VALOR MENSUAL |
Plan Básico, Internet de 600 Mbps Red Avanzada y Comercial con servicios complementarios | $3.292,48 |
Security Center Personalizado Con cobertura de licencias Fortinet extendida con vigencia hasta 2025-12-13 | $42.210,88 |
TOTAL | $45.503,36 |
Y once pagos mensuales por USD 3.292,48 (Tres mil doscientos noventa y dos con 48/100 DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA) más el IVA conforme al siguiente desglose:
SERVICIO | VALOR MENSUAL |
Plan Básico, Internet de 600 Mbps Red Avanzada y Comercial con servicios complementarios | $3.292,48 |
TOTAL | $3.292,48 |
Cláusula Sexta. – GARANTÍAS Y SLA
La Garantía de Fiel cumplimiento del contrato, según el Art. 74 de la LOSNCP. Los términos del Acuerdo de Nivel de Servicio - SLA se los encuentran en Anexo1.
El documento que incluye los niveles de escalamiento se encuentra en Anexo2. Las características de servicio LMS Moodle (MaaS) se encuentran en el Anexo 3 Cláusula Séptima. - PLAZO
El plazo de ejecución contractual será de 365 días, contados a partir de la suscripción del contrato.
Cláusula Octava. - MULTAS
Por cada día de retardo en la ejecución de las obligaciones contractuales por parte del contratista se aplicará la multa del 1 x 1000 del valor del contrato y se aplica en los siguientes casos:
1. Xxxxxxx en la instalación del servicio de acuerdo con el tiempo establecido, que sean imputables a la contratista.
2. Cuando la indisponibilidad de los servicios de conectividad supere las 24 horas continuas, por causas imputables a la contratista.
Toda multa y penalidad por incumplimiento de Niveles de Servicios ofrecidos se aplicarán mediante uno de los siguientes métodos:
• Descuentos en la factura siguiente o nota de crédito aplicable a la factura vigente.
• Compensación por la pérdida del servicio en los términos dispuestos en el numeral 11 del Art. 22 de la Ley Orgánica de Telecomunicaciones, recibiendo servicios extras de acuerdo con el paquete contratado.
Cláusula Novena. – OBLIGACIONES
9.1 OBLIGACIONES DE LA UNIVERSIDAD DE LAS ARTES
• Facilitar al contratista las condiciones necesarias para el cumplimiento del objeto de esta contratación.
• Realizar el pago contra la entrega de las facturas mensuales, previa revisión del Administrador del Contrato.
9.2 OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA
• Cumplir cabalmente con las obligaciones derivadas del objeto de esta contratación.
• Entregar los servicios objeto de la presente contratación a entera satisfacción de la Universidad.
• Responder a las necesidades técnicas establecidas por la Universidad de las Artes.
• Cumplir con el plazo de ejecución determinado por la Universidad de las Artes.
• Xxxxxxx el servicio de acuerdo con los requerimientos y especificaciones técnicos establecidos en este documento.
• Sigilo y privacidad en el manejo y reproducción de los datos de la Universidad de las Artes, así como su entrega completa e integra en caso de ser necesario con solo el requerimiento de la UARTES.
Xxxxxxxx Xxxxxx. - DE LA ADMINISTRACIÓN DEL CONTRATO
10.1 LA CONTRATANTE designa al Ingeniero Xxxxx Xxxxxxxxx Xxxx Xxxxxxxxx, Analista 1 de Proyectos Tecnológicos en calidad de administrador del contrato, quien deberá atenerse a las condiciones generales y particulares de los pliegos que forman parte del presente contrato.
10.2 LA CONTRATANTE podrá cambiar de administrador del contrato, para lo cual bastará cursar al CONTRATISTA la respectiva comunicación; sin que sea necesario la modificación del texto contractual.
Cláusula Undécima. - TERMINACIÓN DEL CONTRATO
11.1 Terminación del contrato. - El contrato termina conforme lo previsto en el artículo 92 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública y las Condiciones Particulares y Generales del Contrato.
11.2 Causales de Terminación unilateral del contrato. - Tratándose de incumplimiento del CONTRATISTA, procederá la declaración anticipada y unilateral de la CONTRATANTE, en los casos establecidos en el artículo 94 de la LOSNCP. Además, se considerarán las siguientes causales:
Si el CONTRATISTA no notificare a la CONTRATANTE acerca de la transferencia, cesión, enajenación de sus acciones, participaciones, o en general de cualquier cambio en su estructura de propiedad, dentro de los cinco días hábiles siguientes a la fecha en que se produjo tal modificación;
Si la CONTRATANTE, en función de aplicar lo establecido en el artículo 78 de la LOSNCP, no autoriza la transferencia, cesión, capitalización, fusión, absorción, transformación o cualquier forma de tradición de las acciones, participaciones o cualquier otra forma de expresión de la asociación, que represente el veinticinco por ciento (25%) o más del capital social del CONTRATISTA;
Si se verifica, por cualquier modo, que la participación ecuatoriana real en la provisión de bienes o prestación de servicios objeto del contrato es inferior a la declarada.
Si el CONTRATISTA incumple con las declaraciones que ha realizado en el numeral 3.1 del formulario de oferta - Presentación y compromiso;
11.3 Procedimiento de terminación unilateral. - El procedimiento a seguirse para la terminación unilateral del contrato será el previsto en el artículo 95 de la LOSNCP.
Cláusula Duodécima. - SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS
12.1 Si respecto de la divergencia o controversia existentes no se lograre un acuerdo directo entre las partes, éstas se someterán al procedimiento Contencioso Administrativo contemplado en el Código Orgánico General de Procesos; o la normativa que corresponda; siendo competente para conocer la controversia el Tribunal Distrital de lo Contencioso Administrativo que ejerce jurisdicción en el domicilio de la entidad contratante.
12.2 La legislación aplicable a este contrato es la ecuatoriana. En consecuencia, el contratista declara conocer el ordenamiento jurídico ecuatoriano y, por lo tanto, se entiende incorporado el mismo en todo lo que sea aplicable al presente contrato.
Cláusula Décima Tercera: COMUNICACIONES ENTRE LAS PARTES
Todas las comunicaciones, sin excepción, entre las partes, relativas a los trabajos, serán formuladas por escrito y en idioma castellano. Las comunicaciones entre la administración y el CONTRATISTA se harán a través de documentos escritos.
Cláusula Décima Cuarta. - DOMICILIO
14.1. Para todos los efectos de este contrato, las partes convienen en señalar su domicilio en la ciudad de Guayaquil.
14.2. Para efectos de comunicación o notificaciones, las partes señalan como su dirección, las siguientes:
LA CONTRATANTE:
UNIVERSIDAD DE LAS ARTES
Boyacá y 10 xx xxxxxx Teléfonos: 042590700 ext. 3023
Correo electrónico: xxxxx.xxxx@xxxxxx.xxx.xx Guayaquil, Ecuador
El CONTRATISTA:
Corporación Ecuatoriana para el Desarrollo de la Investigación y Academia, CEDIA Dirección: Xxxxxxx Xxxxxxx 2-122 y Xxxx Xxxxxxx
Teléfono: 074079300 ext. 501, 502, 503, 504
Correo electrónico:
xxxxxxxxxxxxxxxxx@xxxxx.xxx.xx; xxxxxxxx.xxxxxx@xxxxx.xxx.xx; xxxxx.xxxxx@xxxxx.xxx.xx Cuenca, Ecuador
Las comunicaciones también podrán efectuarse a través de medios electrónicos.
Cláusula Décima Quinta. - ACEPTACION DE LAS PARTES
15.1 Declaración. - Las partes libre, voluntaria y expresamente declaran que conocen y aceptan el texto íntegro de las Condiciones Generales de los Contratos de provisión de bienes y prestación de servicios, publicado en la página institucional del Servicio Nacional de Contratación Pública SERCOP, vigente a la fecha de la Convocatoria del procedimiento de contratación, y que forma parte integrante de las Condiciones Particulares del Contrato que lo están suscribiendo.
15.2. Libre y voluntariamente, las partes expresamente declaran su aceptación a todo lo convenido en el presente contrato y se someten a sus estipulaciones.
En la ciudad de Guayaquil, a los 09 días de septiembre de 2022.
Firmado electrónicamente por:
XXXXX XXXXXXX XXXXXXX XXXXX
Firmado electrónicamente por:
XXXXXXXX XXXXXXX XXXXXX XXXXXXXX
Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxx Director De Tecnología Y Sistemas De Información (E)
Universidad De Las Artes
Xxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx