Contrato número 401/15
Contrato número 401/15
Contrato que celebran en esta ciudad de Guadalajara, Jalisco, el día 21 veintiuno del mes de Octubre de 2015 dos mil quince, por una parte el Gobierno del Estado de Jalisco, por conducto de la Secretaría de Planeación, Administración y Finanzas del Poder Ejecutivo del Estado de Jalisco, representado en este acto por el Licenciado Xxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxx, Subsecretario de Administración de la Secretaría de Planeación Administración y Finanzas, en lo subsecuente LA SECRETARÍA, y por la otra empresa denominada LOGÍSTICA Y TECNOLOGÍAS PARA LABORATORIOS, SOCIEDAD ANÓNIMA DE
CAPITAL VARIABLE, representada en este acto por la X. Xxxxxxx Xxxxx Xxxxxxxxxxx, en lo subsecuente EL PROVEEDOR, al tenor de las siguientes declaraciones y cláusulas:
D E C L A R A C I O N E S:
I.- Declara el representante de “LA SECRETARÍA”:
a).- Que es la dependencia facultada para representar al Gobierno del Estado de Jalisco en las adquisiciones de bienes y servicios, en atención a lo dispuesto por los artículos 14 fracción LXVI y Sexto Transitorio del decreto 24395/LX/13, aprobado el día 24 veinticuatro del mes de febrero del año 2013 dos mil trece y publicado el día 27 veintisiete del mes febrero de la misma anualidad, bajo el número 21 Ter. Edición especial, que contiene la expedición de citado ordenamiento jurídico.
b).- Comparece por conducto del Lic. Xxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxx, Subsecretario de Administración de la Secretaría de Planeación Administración y Finanzas del Gobierno del Estado de Jalisco, con las facultades para contratar y obligarse de conformidad con los artículos 4, 5, 6, 33 fracciones IV, XVI, XV del Reglamento Interior de la Secretaría de Planeación, Administración y Finanzas, y con las facultades para contratar y obligarse que le han sido delegadas mediante acuerdo número ACU/SEPAF/019/2013, de fecha 1º primero del mes Octubre del año 2013 dos mil trece, suscrito por el Mtro. Xxxxxxx Xxxxxxxxxx Xxxxxx, en su carácter de Secretario de Planeación Administración y Finanzas de Gobierno de Estado de Jalisco.
c).- Que para los efectos del presente contrato se señala como domicilio, el ubicado en la Prolongación Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx 0000 mil doscientos veintiuno, Xxxxxxx Xxxxxxxxxx, Xxxx Xxxxxx, X.X. 00000 de esta Ciudad.
II.- Declara el representante de EL PROVEEDOR:
a).- Que mediante la Escritura Pública número 38,516 treinta y ocho mil quinientos dieciséis, de fecha 11 once del mes xx Xxxxx del año 2008 dos mil ocho, pasada ante la fe de la Licenciada Xxxxx Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx, Notario Público Titular de la Notaría Pública Número 4 cuatro de la ciudad de Mexicali, Estado de Baja California, se constituyó la empresa denominada “LOGÍSTICA Y TECNOLOGÍAS PARA LABORATORIOS, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE”, la cual fue inscrita en el Registro Público de Comercio de esa Ciudad bajo el número de folio mercantil Electrónico 35831*1 de fecha 18 dieciocho xx xxxxx del año 2008 dos mil ocho.
b).- Que la X. Xxxxxxx Xxxxx Xxxxxxxxxxx, se encuentra facultado para contratar y obligarse a nombre de su representada en su carácter de Representante Legal de la Sociedad Anónima de Capital Variable denominada “LOGÍSTICA Y TECNOLOGÍAS PARA LABORATORIOS” tal como lo acredita en la Escritura Pública número 44,801 cuarenta y cuatro mil ochocientos uno, de fecha 19 diecinueve del mes de noviembre del año 2014 dos mil catorce, pasada ante la fe de la Licenciada Xxxxx Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx, Notario Público Titular de la Notaría Pública Número 4 cuatro de la ciudad de Mexicali, Estado de Baja California, declarando bajo protesta de decir verdad que a la fecha, dicho carácter no le ha sido limitado, restringido, ni revocado.
c).- Que señala como su domicilio convencional para los fines de éste contrato, en Avenida Xxxxxx Xxxxxxxxx número 331 trescientos treinta y uno, colonia Xxxxxxx xx Xxxxxxxxx, Xxxxxxxx Xxxx Xxxxxxxxxx Xxxxx, X.X. 00000, Teléfono 0000000000, Correo electrónico: xxxxxxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxx.xxx.xx.
d).- Que tiene la capacidad legal, financiera, técnica y productiva necesaria para dar cumplimiento al presente contrato y manifiesta que se encuentra debidamente registrado en el Padrón de Proveedores del Gobierno del Estado bajo el número de registro P24379 (letra “P” dos, cuatro, tres, siete, nueve) y que la información contenida en el expediente respectivo no ha sufrido modificación alguna.
III.- Ambas partes declaran:
a).- Que el presente contrato, cuyo objeto será solventado con recursos del FONDO PARA LA SEGURIDAD PÚBLICA (FASP), se origina con motivo del Concurso C47/2014 para la adquisición de
“ADQUISICIÓN DE MATERIAL DE LABORATORIO PARAL EL INSTITUTO JALISCIENSE DE
CIENCIAS FORENSES” de la que resultó adjudicado EL PROVEEDOR en la partida 63, mediante acta resolutiva número 64/2015 de fecha 19 diecinueve del mes de octubre del año 2015 dos mil quince, y Orden de Compra con número de folio 60957 (sesenta mil novecientos cincuenta y siete). Así mismo EL PROVEEDOR se obliga a cumplir con todas y cada una de las obligaciones derivadas de la convocatoria de dicho proceso de adquisición, en lo subsecuente LAS BASES y su junta aclaratoria de fecha 07 siete de octubre del 2015 dos mil quince.
b).- Ambas partes se reconocen recíprocamente el carácter con el que comparecen y sujetan el presente contrato al tenor de las siguientes:
X X X X X X X X X
XXXXXXX.- XX XX XXXXXXXXXXX. Las partes acuerdan que el Instituto Jalisciense de Ciencias Forenses, en lo subsecuente LA DEPENDENCIA, será la receptora final del objeto de este contrato.
SEGUNDA.- DEL OBJETO. El objeto del presente contrato es adquirir de EL PROVEEDOR los bienes que a continuación se describen:
PARTIDA 63: JUEGO DE REACTIVOS DE LABORATORIO MARCA APPLIED BIOSYSTEMS
CANT. | U.M. | PRODUCTO | PRECIO UNITARIO | IMPORTE |
7 | JGO | Kit AmpFlSTR Identifiler PCR Amplification, para 200 muestras. catálogo. 4322288. | 86,672.40 | 606,706.79 |
3 | Kit AmpFlSTR Identifiler Direct PCR Amplification, para 200 reacciones. catálogo.4467832 | 93,576.88 | 280,730.64 | |
10 | Kit cromosoma “Y” para 16 marcadores. AmpFlstr Y filer PCR amplificación, catálogo 4359513 | 68,615.65 | 686,156.49 | |
15 | Cajas de Tubos para PCR con tapa, de 0.2 ml, caja con 1000 tubos, catálogo N801-0540 | 2,634.16 | 39,512.42 | |
10 | Bolsas de Tubos para el Analizador genético, de 0.5 ml. bolsa con 500 tubos, catálogo 401957 | 1,741.95 | 17,419.45 | |
10 | Bolsa con 500 piezas de Septas para tubos del Analizador 310, para 0.5 ml, catálogo 401956 | 5,349.51 | 53,495.11 | |
10 | Paquetes de CAPILARES para el 3130 Analizador Genético, paquete con 4 capilares, catálogo 4333464 | 18,269.18 | 182,691.82 | |
20 | Frascos de Polímero POP 4, frasco con 5 ml, catálogo 402838 | 6,351.81 | 127,036.27 | |
20 | Cajas de Xxxxx de reacción para 96 tubos para el analizador genético 3130, caja con 10 platos, catálogo N. 801-0560 | 1,423.38 | 28,467.66 | |
15 | Cajas de Septas para analizador genético 3130, caja con 20 platos cada una, catálogo 4315933 | 8,454.81 | 126,822.11 | |
10 | Frascos de Hi-Di Formamida, envase con 25 ml, catálogo 4311320 | 811.72 | 8,117.15 | |
03 | Kit GenScan Rox liz 500, catálogo 4322682 | 9,729.40 | 29,188.20 | |
15 | Frascos Buffer 10X con EDTA, frasco de 25 ml, catálogo 402824 | 2,655.49 | 39,832.36 | |
30 | Piezas de Pop-4 (384), 3500 series, Catálogo 4393715 | 4,376.11 | 131,283.19 | |
15 | Piezas de Cathode buffer container (cbc), (4 pzack), 3500 series, catálogo 4408256 | 3,398.92 | 50,983.76 | |
15 | Piezas de Anode buffer container (ABC) (4 pack), 3500 series, catálogo 4393927 | 2,464.22 | 36,963.23 | |
60 | KIT prefiler express Forensic DNA Extraction, 52 reacciones, catálogo 4441352 | 9,878.19 | 592,691.42 | |
30 | KIT prefiler express BTA, Forensic DNA Extraction, 52 reacciones, catálogo 4441351 | 10,750.63 | 322,518.75 | |
2 | Kit GenScan Rox liz 600, catalogo 408399 | 9,092.10 | 18,184.21 | |
5 | CAPILARES para el 310 Analizador Genético, 47cm X 50 micrómetros, cat. 402839 | 9,368.35 | 46,841.76 | |
15 | CAPILARES para el 3500 Analizador Genético, 36 cm. Cat. 4404683 | 29,230.69 | 438,460.37 | |
Subtotal= | $3’864,103.16 |
I.V.A= | $618,256.51 | |
TOTAL= | $4’482,359.67 |
Los bienes descritos con anterioridad deben cumplir con las especificaciones ofertadas en LA PROPUESTA presentada por EL PROVEEDOR para la convocatoria del Concurso C47/2014 para la adquisición de “ADQUISICIÓN DE MATERIAL DE LABORATORIO PARAL EL INSTITUTO JALISCIENSE DE CIENCIAS FORENSES”.
TERCERA.- DE LA ENTREGA. Los bienes objeto del presente contrato se hará en parcialidades, debiéndose entregar dentro de los 40 cuarenta días naturales a partir de la fecha de firma del contrato, en el Almacén de LA DEPENDENCIA ubicado en Xxxxx Xxxxxxx xx Xxxxxxxxx xxxxxx 0000, Xxxxxxxxxxxxxxx Xxxxxxxxxx, Xxxxxxxxxxx, Xxxxxxx de 9:00 a 15:00 horas, teléfonos 00000000 para que realicen la cita de entrega, bajo la estricta responsabilidad de EL PROVEEDOR, quien se asegurará de su adecuado transporte hasta su correcta recepción a entera satisfacción de LA DEPENDENCIA.
Se considerará que EL PROVEEDOR ha entregado correctamente los bienes objeto de este contrato, una vez que la factura correspondiente se plasme el sello y firma de LA DEPENDENCIA.
CUARTA.- DE LA VIGENCIA. El presente instrumento contractual comenzará a surtir sus efectos a partir del día 21 veintiuno del mes de octubre del año 2015 dos mil quince, concluyendo el día 30 treinta del mes de Noviembre del 2015 dos mil quince, a excepción de las garantías, las cuales seguirán surtiendo sus efectos hasta el término de su vigencia.
QUINTA.- DEL PRECIO. EL PROVEEDOR fija un precio para el objeto de este contrato hasta por la cantidad de $4’482,359.67 (CUATRO MILLONES CUATROCIENTOS OCHENTA Y DOS MIL TRESCIENTOS CINCUENTA Y NUEVE PESOS 67/100 MONEDA NACIONAL) Impuesto al Valor
Agregado incluido, considerando los precios unitarios señalados en la clausula segunda del presente contrato.
SEXTA.- DE LA FORMA DE PAGO. La Secretaría de Planeación, Administración y Finanzas realizará el pago a EL PROVEEDOR conforme a las entregas, previa validación de LA DEPENDENCIA. El pago que corresponda se efectuará dentro de los 20 (veinte) días hábiles contados a partir de la entrega de los documentos siguientes:
Para el pago de parcialidades:
a) Original y 3 (tres) copias de Factura, a nombre de la Secretaría de Planeación, Administración y Finanzas, con domicilio en Xxxxx Xxxxxx Xx. 000, Xxxxxxxxxxx Xxxxxx, Xxxxxxxxxxx, Xxxxxxx, R.F.C. SPC130227L99, sellada y firmadas por LA DEPENDENCIA,
b) Orden de Compra: 2 (dos) copias
c) Anexo de facturación y Entregas: 2 (dos) copias
d) 2 (dos) copias del contrato.
e) 2 (dos) copias del Acta de Resolución de Adjudicación.
f) 2 (dos) copias de la Garantía señalada en la cláusula séptima.
Para el pago de finiquito:
a) Original y 3 (tres) copia de Factura por el importe total del pedido o en su caso, por la parcialidad restante, a nombre de la Secretaría de Planeación, Administración y Finanzas, con domicilio en Xxxxx Xxxxxx Xx. 000, Xxxxxxxxxxx Xxxxxx, Xxxxxxxxxxx, Xxxxxxx, R.F.C. SPC130227L99, validada por LA DEPENDENCIA
b) Original de Orden de Compra: 2 (dos) copias
c) Original de Anexo de facturación y Entregas: 2 (dos) copias
d) 2 (dos) copias del Contrato.
e) 2 (dos) copias del Acta de Resolución de Adjudicación.
2 (dos) copias de la Garantía señalada en la cláusula séptima.
SÉPTIMA.- DE LA GARANTÍA PARA EL CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES. A la firma del
presente contrato, EL PROVEEDOR se obliga entregar una garantía a favor de la Secretaría de Planeación Administración y Finanzas, equivalente al 10% del monto total del contrato (Impuesto al Valor Agregado incluido), junto con su comprobante de pago, depósito o consignación correspondiente, misma que podrá ser exigible en cualquier caso que incumpla con alguna de las obligaciones pactadas, así como por la mala calidad, vicios ocultos o defectos que llegare a presentar los bienes objeto de este contrato.
Dicha garantía deberá tener una vigencia de 12 doce meses contados a partir de la firma del presente contrato, deberá ser renovada tantas veces sea necesario para cubrir la terminación del mismo, y solo podrá ser cancelada mediante comunicación escrita por parte de LA SECRETARÍA.
Ante cualquier modificación de las obligaciones, EL PROVEEDOR se obliga entregar una garantía por 12 doce meses equivalente al 10% de la ampliación correspondiente, y deberá presentarse dentro de un plazo no menor a 5 cinco días naturales contados a partir de la firma de dicho acuerdo.
OCTAVA.- DE LA GARANTIA MATERIAL.- “EL PROVEEDOR” garantiza la calidad de los bienes objeto de este contrato, contra defectos de fabricación y/o vicios ocultos, en el entendido de que son de la mejor calidad, y que cumplen con todas especificaciones detalladas en LA PROPUESTA, presentada por el representante de EL PROVEEDOR.
NOVENA.- DE LA PENALIZACION POR ATRASO EN LA ENTREGA. En caso que EL PROVEEDOR
no entregue en tiempo y forma el(los) bien(es) objeto de este contrato por cualquier causa que no sea imputable a LA SECRETARÍA o a LA DEPENDENCIA, LA SECRETARÍA podrá descontar a EL PROVEEDOR del monto total del pago parcial correspondiente, el 3% cuando el atraso se encuentre entre 1 a 10 días naturales, el 6% cuando el atraso se encuentre entre 11 a 20 días naturales y el 10%, cuando el atraso se encuentre de 21 a 30 días naturales, de 31 días en adelante se podrá rescindir el contrato.
LA SECRETARÍA podrá aplicar la penalización que corresponda o podrá rescindir el contrato a causa del incumplimiento en la entrega de los bienes en los tiempos y/o condiciones establecidas en el presente contrato. En caso de rescisión por esta causa EL PROVEEDOR pagará como pena convencional el 10% del monto total del contrato.
DÉCIMA.- DEL RECHAZO Y DEVOLUCIONES. EL PROVEEDOR se obliga devolver las cantidades pagadas con los intereses correspondientes, aplicando una tasa equivalente al interés legal sobre el monto a devolver, y a recibir a su xxxxx el(los) bien(es) que sea(n) rechazado(s) por LA SECRETARÍA o LA DEPENDENCIA por resultar defectuosos, con vicios ocultos, faltos de calidad en general ó por ser de diferentes especificaciones a las solicitadas.
DÉCIMA PRIMERA.- DE LA RESCISIÓN. LA SECRETARÍA podrá optar por el cumplimiento forzoso del contrato y/o su rescisión, sin necesidad de declaración judicial alguna para que operen, siempre y cuando EL PROVEEDOR incumpla con cualquier obligación establecida en LAS BASES y en el presente contrato, cuando los bienes objeto de este contrato sean de características inferiores a las solicitadas en el anexo 1 de LAS BASES y/o cuando difieran de dicho anexo en perjuicio de LA SECRETARÌA y/o LA DEPENDENCIA. Este hecho será notificado de manera indubitable a EL PROVEEDOR, independientemente de hacer efectiva o no la fianza de garantía de cumplimiento del contrato.
En caso de incumplimiento de las obligaciones de LAS BASES Y SU JUNTA ACLARATORIA, así como del contrato, además hacer efectiva la garantía de cumplimiento, y/o solicitar el cumplimiento forzoso del contrato y/o su rescisión, LA SECRETARÍA podrá exigir el pago de daños y perjuicios de conformidad con el artículo 21 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones y Enajenaciones del Gobierno del Estado de Jalisco.
DÉCIMA SEGUNDA.- DE LOS DEFECTOS Y VICIOS OCULTOS.- EL PROVEEDOR queda obligado
ante LA SECRETARÍA a responder por los defectos y vicios ocultos de los bienes a suministrar, así como de cualquier otra responsabilidad en que hubiere incurrido en los términos señalados en el contrato respectivo y en el Código Civil para el Estado de Jalisco; en el entendido de que deberá someterse a los Tribunales del Primer Partido Judicial del Estado de Jalisco, renunciando a los Tribunales que por razón de su domicilio presente o futuro le pudiera corresponder.
DÉCIMA TERCERA.- DE LA CESION. EL PROVEEDOR no podrá gravar o ceder a otras personas físicas o jurídicas de forma parcial o total, los derechos y obligaciones que se derivan del presente contrato, salvo los de cobro que se generen en los términos de este contrato, en cuyo caso deberá contar con la conformidad previa de LA SECRETARÍA.
DÉCIMA CUARTA.- DE LAS RELACIONES LABORALES. Ambas partes manifiestan expresamente que la relación que se deriva del presente contrato, no crea respecto de una y otra relación alguna de patrón, mandatario, subordinado, dependiente o empleado. En tal razón, EL PROVEEDOR será responsable por el personal que contrate o emplee con motivo de la adquisición de los bienes objeto de este contrato, obligándose a responder y sacar a salvo a LA SECRETARÍA, LA DEPENDENCIA y/o entidad pública involucrada, de cualquier acción o derecho derivado por concepto de prestaciones contenidas en la ley federal del trabajo, de seguridad social, fiscal, civil, penal o cualquier otra, en el entendido que lo señalado con anterioridad queda subsistente por el periodo que la legislación aplicable señale, y no por el periodo que dure vigente este contrato.
DECIMA QUINTA.- PATENTES, MARCAS Y DERECHOS DE AUTOR. EL PROVEEDOR asumirá la
responsabilidad total para el caso de que se infrinjan derechos inherentes a la propiedad intelectual, patentes, marcas o cualquier otro derecho xx xxxxxxx, con motivo de la firma del presente contrato.
DECIMA SEXTA.- DE LA TERMINACIÓN ANTICIPADA. En cualquier momento LA SECRETARÍA podrá
dar por terminado el presente contrato sin responsabilidad para ésta, cuando se extinga la necesidad de requerir los bienes objeto del presente contrato, por tratarse de causas de interés general o público, o por caso fortuito o fuerza mayor, bastando únicamente la notificación que se realice a EL PROVEEDOR, o por acuerdo entre las partes. En ambos casos se realizará el pago de los gastos generados hasta el momento que se notifique la terminación, siempre y cuando dichos gastos estén debidamente comprobados.
DECIMA SÉPTIMA.- DE LA INSPECCIÓN Y VIGILANCIA. LA DEPENDENCIA será la encargada de
vigilar e inspeccionar que los bienes objeto del presente contrato cumplan con las especificaciones solicitadas en el Anexo 1 de LAS BASES y su junta aclaratoria, teniendo las facultades para designar al personal que estime necesario para tal efecto.
Sin perjuicio de lo anterior, LA SECRETARÍA podrá en todo momento verificar el cumplimiento de las obligaciones derivadas del presente contrato, así como llevar a cabo las acciones necesarias para su cumplimiento.
DECIMA OCTAVA.- DE LAS NOTIFICACIONES. La comunicación entre las partes será por escrito a través de cualquier medio que de forma fehaciente e indubitable haga constar su notificación.
DECIMA NOVENA.- DE LA COMPETENCIA Y JURISDICCIÓN. Para la interpretación y cumplimiento del presente contrato, así como para resolver todo aquello que no esté previamente estipulado en él, las partes acuerdan en regirse en primer término por lo dispuesto en LAS BASES y en su junta aclaratoria, y para lo no previsto en los anteriores se sujetarán a la legislación aplicable en el Estado de Jalisco, sometiéndose expresamente a la jurisdicción de los Tribunales que se encuentran en la circunscripción territorial del Primer Partido Judicial del Estado de Jalisco, renunciando al fuero que por razón de su domicilio presente o futuro les pudiera corresponder.
Leído que fue el presente contrato por ambas partes y enterados de su alcance y contenido, lo firman las partes de común acuerdo en la ciudad de Guadalajara, Jalisco.
LA SECRETARÍA | EL PROVEEDOR |
RUBRICA Lic. Xxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxx. Subsecretario de Administración de la Secretaría de Planeación, Administración y Finanzas del Gobierno del Estado de Jalisco. | RUBRICA X. Xxxxxxx Xxxxx Xxxxxxxxxxx Representante Legal de Logística y Tecnologías para Laboratorios, Sociedad Anónima de Capital Variable. |
TESTIGO | TESTIGO |
RUBRICA Lic. Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxxxx Director General de Abastecimientos de la Subsecretaría de Administración de la Secretaría de Planeación, Administración y Finanzas del Gobierno del Estado de Jalisco | RUBRICA Lic. Xxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx. Director de Instrumentos Jurídicos de la Secretaría de Planeación, Administración y Finanzas del Gobierno del Estado de Jalisco. |
La presente hoja de firmas forma parte del contrato número 401/15 de fecha 21 veintiuno del mes de Octubre del año 2015 dos mil quince, celebrado por el Gobierno del Estado de Jalisco por conducto de la Secretaría de Planeación, Administración y Finanzas del Poder Ejecutivo del Estado de Jalisco y la empresa denominada “Logística y Tecnologías para Laboratorios, Sociedad Anónima de Capital Variable.