GOBIERNO DEL ESTADO
PUBLICADO EN LA GACETA OFICIAL DEL ESTADO NÚMERO EXT. 078 DE FECHA 00 XX XXXXXXX XX 0000. TOMO I.
GOBIERNO DEL ESTADO
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ÓRGANO DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR DEL ESTADO DE VERACRUZ
CONVENIO DE COORDINACIÓN PARA MAXIMIZAR LA COBERTURA Y EL IMPACTO DE LA FISCALIZACIÓN EN EL ESTADO DE VERACRUZ QUE CELEBRAN, POR UNA PARTE, EL ÓRGANO DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR DEL ESTADO DE VERACRUZ, A TRAVÉS DE LA AUDITORA GENERAL TITULAR, MAESTRA XXXXX XXXXXXXX XXXXX, POR OTRA PARTE, LA CONTRALORÍA GENERAL DEL PODER EJECUTIVO DEL ESTADO DE VERACRUZ, REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR SU TITULAR, LA INGENIERA XXXXXXXX XXXXXXX XXXXXXXXX, Y FINALMENTE, LA SECRETARÍA DE FISCALIZACIÓN DEL H. CONGRESO DEL ESTADO DE VERACRUZ, A TRAVÉS DEL LICENCIADO XXXXXXXX XXXXXXXXX XXXXX, SECRETARIO DE FISCALIZACIÓN, MISMOS QUE EN LO SUCESIVO SERÁN DENOMINADOS COMO "EL ORFIS", "LA CONTRALORÍA" Y "LA SECRETARÍA", RESPECTIVAMENTE Y/O "LAS PARTES" CUANDO SE ACTÚE DE MANERA CONJUNTA; AL TENOR DE LOS ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES:
A N T E C E D E N T E S
El artículo 116 fracción II párrafo sexto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, establece que las legislaturas de los estados contarán con entidades estatales de fiscalización, las cuales serán órganos con autonomía técnica y de gestión en el Ejercicio de sus atribuciones y para decidir sobre su organización interna, funcionamiento y resoluciones, en los términos que dispongan sus leyes. Además señala que la función de fiscalización se desarrollará conforme a los principios de legalidad, imparcialidad y confiabilidad.
Lo anterior, con el objeto de que dichos entes vigilen que, según lo mandata el artículo 134 de la propia Carta Magna, los recursos económicos de que dispongan la Federación, las entidades federativas, los Municipios y las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, se administren con eficiencia, eficacia, economía, transparencia y honradez para satisfacer los objetivos a los que estén destinados.
Al considerarse que la fiscalización, el control, la vigilancia, la inspección y la evaluación son actos inherentes a una tarea compartida que requieren de la participación de los servidores públicos que tienen encomendadas tales funciones, y derivado del "Pronunciamiento de la Secretaría de la Función Pública, la Auditoría Superior de la Federación, los Órganos de Control de los Estados y del Distrito Federal, así como de las Entidades de Fiscalización Superior Locales para que en el ámbito de su competencia se impulse la creación de un Sistema Nacional de Fiscalización" de fecha treinta de noviembre de dos mil diez, se propició la creación del "Sistema Nacional de Fiscalización" el cual tiene por objetivo maximizar la cobertura y el impacto de la fiscalización en todo el país, con base en una visión estratégica, la aplicación de estándares profesionales similares, la creación de capacidades y el intercambio efectivo de información, sin incurrir en duplicidades u omisiones a efecto de lograr de manera constante e imprescindible, la actualización de conocimientos, el intercambio de experiencias, así como la ordenación, la homologación y la unificación respectivas a los procesos, procedimientos, técnicas, criterios, estrategias, programas y normas de aplicación administrativa, contable, financiera y jurídica empleados.
Es así que, en julio de 2015, en el marco de las reformas constitucionales que dieron origen al Sistema Nacional Anticorrupción, se firmaron las “Bases Operativas para el Funcionamiento del Sistema Nacional de Fiscalización”, las que en su numeral 5 establecieron que dentro de la estructura del Sistema Nacional de Fiscalización existiría un Comité Rector encargado de la vinculación con el Sistema Nacional Anticorrupción, así como de la fiscalización conjunta o paralela de todos los integrantes.
En la primera reunión del Comité Rector del Sistema Nacional de Fiscalización celebrada en agosto de dos mil quince, se acordó que era necesaria la definición de criterios para reducir las brechas de coordinación entre los integrantes del Sistema, emitiéndose en octubre de ese mismo año los “Criterios de Coordinación entre los Integrantes del Sistema
Nacional de Fiscalización”, en los cuales se señalan como bases de dicha cooperación la comunicación, el entendimiento común y la confianza.
En atención a dichos criterios, en fechas treinta de octubre de dos mil diecisiete y veintisiete xx xxxxx de dos mil dieciocho, respectivamente, se publicaron en la Gaceta Oficial del Estado, el Convenio de Coordinación y el Acuerdo de Coordinación, celebrados entre “LA CONTRALORÍA” y “El ORFIS”; posteriormente, el cuatro xx xxxxx de dos mil diecinueve, se publicó a través de dicho medio oficial, el Convenio Xxxxx xx Xxxxxxxxxxxx y Colaboración entre “El ORFIS” y “LA SECRETARÍA”, con los cuales se establecieron las bases tendientes a fortalecer los procesos de fiscalización con la coparticipación de cada una de “LAS PARTES”.
Que en este contexto, resulta necesario que “LAS PARTES” den continuidad a lo ya establecido y en tal virtud celebran el presente Convenio, al tenor de las siguientes:
D E C L A R A C I O N E S
1. DE "EL ORFIS"
1.1. Conforme a lo previsto en los artículos 116 fracción II párrafo sexto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 67 fracción III de la Constitución Política del Estado de Veracruz xx Xxxxxxx de la Llave; y 83 de la Ley número 364 de Fiscalización Superior y Rendición de Cuentas del Estado de Veracruz xx Xxxxxxx de la Llave, "EL ORFIS" es un Organismo Autónomo del Estado dotado de personalidad jurídica y patrimonio propios, con autonomía técnica, presupuestal y de gestión, que apoya al H. Congreso del Estado en el desempeño de su función de fiscalización superior, y tiene la competencia que le confieren los ordenamientos citados y demás legislación aplicable.
1.2 La Mtra. Xxxxx Xxxxxxxx Xxxxx, fue designada por el H. Congreso del Estado como Auditora General Titular del Órgano de Fiscalización Superior del Estado de Veracruz xx Xxxxxxx de la Llave mediante Decreto número 293, de fecha veintiséis de septiembre de dos mil diecinueve, publicado en la Gaceta Oficial del Estado en la misma fecha mediante Número Extraordinario 386.
1.3. Su titular actúa de conformidad con lo dispuesto en los artículos 85 fracción XXVI y 90 fracciones I y XXVI de la Ley número 364 de Fiscalización Superior y Rendición de Cuentas del Estado de Veracruz xx Xxxxxxx de la Llave; así como los diversos 15 y 16 fracción VIII del Reglamento Interior del Órgano de Fiscalización Superior, los que señalan que el Órgano y su Titular, tienen competencia para celebrar convenios con personas públicas, con el propósito de dar cumplimiento al objeto de la propia Ley.
1.4. Señala como domicilio el ubicado en: &arretera Federal México-Veracruz, número 1102, esquina boulevard Culturas Veracruzanas, colonia Reserva Territorial, C.P. 91096, Xalapa, Veracruz.
1.5. A efecto de colmar los requisitos de formalidad inherentes a la celebración de este tipo de actos, la Mtra. Xxxxx Xxxxxxxx Xxxxx, Auditora General Titular, designa como testigo a la Mtra. Xxxxxx Xxxxx Xxxxxxx, quien desempeña el cargo de Secretaria Técnica del Órgano de Fiscalización Superior del Estado de Veracruz, de conformidad con los artículos 5 fracción II, 12 fracción III y 19 del Reglamento Interior del Órgano de Fiscalización Superior; así como el nombramiento expedido por la Auditora General Titular, en fecha uno de octubre de dos mil diecinueve.
2. DE "LA CONTRALORÍA"
2.1. Conforme a lo previsto en los artículos 33 y 34 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Veracruz xx Xxxxxxx de la Llave, la Contraloría General es la dependencia responsable de la función de control y evaluación de la gestión gubernamental y desarrollo administrativo, así como de la inspección y vigilancia de los ingresos, gastos, recursos y obligaciones de las dependencias y entidades de la administración pública estatal, durante el Ejercicio presupuestal correspondiente.
2.2. La Ing. Xxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxx, fue designada como Contralora General mediante nombramiento expedido por el Gobernador Constitucional del Estado de Veracruz xx Xxxxxxx xx xx Xxxxx, en fecha trece de septiembre de dos mil diecinueve, y actúa según lo establecido en el Acuerdo publicado en la Gaceta Oficial del Estado
número extraordinario 490, el día siete de diciembre de dos mil dieciocho, mediante el cual, el titular del Poder Ejecutivo Estatal autoriza a la Contralora General para celebrar Acuerdos y Convenios en el ámbito de su competencia.
2.3. La Ing. Xxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxx, Contralora General, cuenta con facultades para celebrar este Convenio, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 50 de la Constitución Política del Estado de Veracruz xx Xxxxxxx de la Llave; 1, 2, 9 fracción XII, 12 fracción VII, 33 y 34 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Veracruz xx Xxxxxxx de la Llave; 1, 4, 14 y 15 fracciones I, X, XIII y XIV del Reglamento Interior de la Contraloría General.
2.4. Señala como domicilio el ubicado en Xxxxxxx de Gobierno, planta alta, Xx. Xxxxxxxx xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxx X/X, xxxx &xxxxx, X.X. 00000, Xxxxxx-Xxxxxxxx, Xxxxxxxx.
2.5. A efecto de colmar los requisitos de formalidad inherentes a la celebración de este tipo de actos, la Ing. Xxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxx, Contralora General, designa como testigo al Lic. Xxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxx, quien desempeña el cargo de Director General de Fiscalización Interna, de conformidad con los artículos 16 y 20 del Reglamento Interior de la Contraloría General del Estado; así como el nombramiento expedido por la Contralora General, en fecha veintiséis de septiembre de dos mil diecinueve.
3. DE "LA SECRETARÍA"
3.1. El cinco de noviembre de dos mil dieciocho, se declaró instalada la LXV Legislatura, en término de los artículos 21 de la Constitución Política y 12 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo, ordenamientos ambos para el Estado de Veracruz xx Xxxxxxx de la Llave.
3.2. El cuatro de octubre dos mil diecinueve, el Lic. Xxxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxx, recibió nombramiento como Secretario de Fiscalización de la LXV Legislatura.
3.3. El treinta y uno de enero de dos mil diecinueve, el Presidente de la Mesa Directiva, en uso de las atribuciones establecidas en el artículo 24 fracción I de la Ley Orgánica
del Poder Legislativo del Estado de Veracruz xx Xxxxxxx xx xx Xxxxx, concedió al titular de la Secretaría de Fiscalización, Acuerdo Delegatorio específico para representar al Congreso en la suscripción de convenios de coordinación y/o colaboración con entes públicos y/o privados, en relación con las facultades de revisión, análisis, evaluación, auditoría e intervención que para tal efecto le conceden los artículos 61 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Veracruz xx Xxxxxxx de la Llave y 52 del Reglamento de los Servicios Administrativos del Congreso del Estado de Veracruz xx Xxxxxxx de la Llave.
3.4. Señala como domicilio el ubicado en Avenida Encanto sin número, esquina xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx, xxxxxxx Xx Xxxxxxx, X.X. 00000, Xxxxxx-Xxxxxxxx, Xxxxxxxx.
3.5. A efecto de colmar los requisitos de formalidad inherentes a la celebración de este tipo de actos, el Lic. Xxxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxx, Secretario de Fiscalización de la LXV Legislatura, designa como testigo al C. Xxxx Xxxxxx Xxxxxx Xxxxx, quien desempeña el cargo de Jefe del Departamento de Capacitación, Asesoría, Revisión y Supervisión a Municipios, de conformidad con el artículo 55 del Reglamento de los Servicios Administrativos del Congreso del Estado de Veracruz xx Xxxxxxx de la Llave.
DE "LAS PARTES"
4.1. Es su voluntad celebrar el presente instrumento con el objeto de que en el ámbito de sus respectivas competencias, coordinen las acciones que se establecen en el mismo para maximizar la cobertura y el impacto de la fiscalización en el Estado de Veracruz.
4.2. Reconocen la personalidad jurídica y la capacidad legal con la que se ostentan para suscribir el presente instrumento, manifestando conocer el alcance y contenido del mismo, por lo que están de acuerdo en someterse a las siguientes:
X X X X X X X X X
XXXXXXX. Xxx Xxxxxx
El presente Xxxxxxxx tiene por objeto reforzar los mecanismos de cooperación técnica y de coordinación de acciones entre "EL ORFIS", "LA CONTRALORÍA" y “LA SECRETARÍA”, mediante el intercambio de experiencias, información y sistemas, así como la celebración de reuniones periódicas, a fin de maximizar la cobertura y el impacto de la fiscalización en el Estado de Veracruz.
SEGUNDA. De los compromisos de "EL ORFIS".
Con la suscripción del presente instrumento, "EL ORFIS" acepta:
I. Poner a disposición de "LA CONTRALORÍA" y “LA SECRETARÍA”, la información establecida en las reuniones periódicas que se llevarán a cabo entre “LAS PARTES” con motivo de este Convenio, derivada del procedimiento de fiscalización superior.
II. Estudiar, analizar y en su caso, adoptar metodologías de auditoría que conlleven a una similitud de procedimientos de auditoría realizados por “LAS PARTES”.
III. Remitir a "LA CONTRALORÍA" el documento que contiene las recomendaciones emitidas por la revisión hecha a los informes trimestrales del gasto público, de las Dependencias y Entidades del Poder Ejecutivo, para que de acuerdo a sus atribuciones las haga del conocimiento de los Órganos Internos de Control dependientes de la misma y ellos coadyuven para la atención de estas recomendaciones.
IV. Apoyar a "LA CONTRALORÍA" y “LA SECRETARÍA” en el establecimiento de la infraestructura de operación, para el cumplimiento de este Convenio, considerándose entre ésta los sistemas informáticos y plataformas que sean de utilidad para maximizar la cobertura y el impacto de la fiscalización en el Estado de Veracruz.
V. Reforzar y aportar las experiencias y trabajos de la Asociación Nacional de Organismos de Fiscalización Superior y Control Gubernamental, Asociación Civil (ASOFIS A.C.), para la consecución del objeto del presente Convenio.
VI. Analizar e interpretar, y en su caso, integrar a la planeación de auditorías del procedimiento de fiscalización superior, los documentos o información derivada del Sistema de Control Interno o de las acciones instrumentadas para mejorar la gestión gubernamental en las Dependencias y Entidades del Poder Ejecutivo por "LA CONTRALORÍA" y/o “LA SECRETARÍA”, conforme a las revisiones y auditorías realizadas en su marco competencial, sin que esto comprometa la confidencialidad de la misma.
TERCERA. De los compromisos de "LA CONTRALORÍA".
Con la suscripción del presente instrumento, “LA CONTRALORÍA” acepta:
I. Poner a disposición de “EL ORFIS” y “LA SECRETARÍA” la información establecida en las reuniones periódicas que se llevarán a cabo entre “LAS PARTES” con motivo de este Convenio, derivada de la realización de sus auditorías.
II. Estudiar, analizar y en su caso, adoptar metodologías de auditoría que conlleven a una similitud de procedimientos de auditoría realizados por “LAS PARTES”.
III. Apoyar a “EL ORFIS” y “LA SECRETARÍA” en el establecimiento de la infraestructura de operación, para el cumplimiento de este Convenio.
IV. Aportar las experiencias y trabajos de la Comisión Permanente de Contralores Estados Federación (CPCE-F), para la consecución del objeto del presente Convenio.
V. Remitir a "EL ORFIS" documentos o información de calidad, derivada del Sistema de Control Interno o de las acciones instrumentadas para mejorar la gestión gubernamental en las Dependencias y Entidades del Poder Ejecutivo, es decir, aquella información proveniente xx xxxxxxx confiables, adecuada, actual, completa, accesible y oportuna, que sea de utilidad en el procedimiento de fiscalización superior o con la finalidad de que pueda adaptarse e implementarse, sin que esto comprometa la confidencialidad de la misma.
CUARTA. De los compromisos de “LA SECRETARÍA”.
Con la suscripción del presente instrumento, “LA SECRETARÍA” acepta:
I. Poner a disposición de “EL ORFIS” y “LA CONTRALORÍA” la información establecida en las reuniones periódicas que se llevarán a cabo entre “LAS PARTES” con motivo de este &onvenio, derivada de la realización de sus auditorías.
II. Estudiar, analizar y en su caso, adoptar metodologías de auditoría que conlleven a una similitud de procedimientos de auditoría realizados por “LAS PARTES”.
III. Apoyar a “EL ORFIS” y “LA CONTRALORÍA” en el establecimiento de la infraestructura de operación, para el cumplimiento de este Convenio.
IV. Remitir a “EL ORFIS”, la matriz de riesgo (mapa de riesgo) generada como parte de sus trabajos de fiscalización, para que en su caso, sean materia de análisis en el procedimiento de fiscalización superior.
V. Remitir a "EL ORFIS" los documentos generados, como parte de sus facultades de fiscalización señaladas en la Ley de la Materia.
QUINTA. De los compromisos de "LAS PARTES".
Corresponde a "LAS PARTES":
I. Integrar un Grupo de Trabajo que se responsabilice de proponer, desarrollar, coordinar y ejecutar las acciones y actividades necesarias para maximizar la cobertura y el impacto de la fiscalización en el Estado de Veracruz.
II. Fortalecer el intercambio de información y experiencias a través de reuniones periódicas, que reditúen en un fortalecimiento de capacidades de auditoría de manera coordinada.
III. Llevar a cabo los trabajos necesarios en materia de homologación en la planeación, ejecución y reportes de auditoría conforme a los siguientes ejes temáticos:
1) Incrementar el impacto y la cobertura de la fiscalización
2) Fortalecimiento de capacidades
3) Adaptación o desarrollo de metodologías
Tales ejes temáticos serán desarrollados en sesiones por mesas de trabajo que al efecto se conformen.
IV. Celebrar reuniones periódicas ordinarias, conforme al calendario que acuerden, a fin de dar cuenta del cumplimiento de los objetivos y metas planeados, e inclusive celebrar reuniones extraordinarias cuando el caso lo amerite.
V. En el ámbito de su competencia, hacer del conocimiento de los entes fiscalizables, el resultado parcial y total de los acuerdos obtenidos por el Grupo de Trabajo, con la finalidad de facilitar la armonización de los esquemas.
VI. Ejecutar procesos de capacitación constante al personal adscrito a una u otra, indistintamente.
VII. Realizar las acciones a que haya lugar, a efecto de que “LAS PARTES”
intercambien documentación e información de calidad generada como parte de sus
trabajos de fiscalización dentro de su ámbito de competencia, entendiéndose como aquella información proveniente xx xxxxxxx confiables, adecuada, actual, completa, accesible y oportuna.
VIII. Guardar estricta reserva respecto a la información y documentación que se intercambie en el marco del presente Convenio, en términos de lo establecido en la normatividad aplicable.
SEXTA. De la designación de personal para seguimiento del Convenio.
"EL ORFIS" designa como responsable a la Mtra. Xxxxxx Xxxxx Xxxxxxx, Secretaria Técnica del Órgano, hasta en tanto no sea sustituida por otro servidor público.
"LA CONTRALORÍA" designa como responsable al C. Lic. Xxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxx, Director General de Fiscalización Interna, hasta en tanto no sea sustituido por otro servidor público. En caso de reestructuración orgánica, la responsabilidad recaerá en el área que asuma las atribuciones conferidas a la Dirección General en comento.
“LA SECRETARÍA”, designa como responsable al C. Xxxx Xxxxxx Xxxxxx Xxxxx, Jefe del Departamento de Capacitación, Asesoría, Revisión y Supervisión a Municipios, hasta en tanto no sea sustituido por otro servidor público.
SÉPTIMA. De las relaciones laborales.
El personal de cada una de "LAS PARTES" que intervenga por virtud de la coordinación materia del presente Convenio, mantendrá su relación laboral originaria y estará bajo la dirección y dependencia que corresponda en su adscripción respectiva, por lo que no se crearán diversas relaciones con la otra parte, ni se le considerará como patrón sustituto.
OCTAVA. De las modificaciones y adiciones.
El presente Xxxxxxxx podrá ser modificado o adicionado de mutuo acuerdo por "LAS PARTES" y se integrarán por escrito los anexos o determinaciones recaídas para que surtan sus efectos.
NOVENA. De la vigencia.
El presente Xxxxxxxx sustituye y deja sin efecto los celebrados en fecha diecisiete de octubre de dos mil diecisiete y xxxxx xx xxxxx de dos mil dieciocho, publicados en la Gaceta Oficial del Estado los días treinta de octubre de dos mil diecisiete y veintisiete xx xxxxx de dos mil dieciocho, respectivamente, y su vigencia inicia a partir de la fecha de su firma.
“LAS PARTES” aceptan que, el presente Convenio, podrá ampliarse de considerarlo necesario, o bien, concluirse en el momento en que se alcancen los objetivos propuestos.
"LAS PARTES" podrán darlo por terminado anticipadamente por escrito elaborado y notificado a la similar con una anticipación de treinta días hábiles. En este caso, "LAS PARTES" tomarán las medidas necesarias para evitar los perjuicios que devinieran por este motivo, sin que esto obste para efectuar la ejecución y culminación de las actividades que se encuentren pendientes de conclusión y sin coartar el despliegue normal de las atribuciones o facultades establecidas en la legislación que a cada una competa.
DÉCIMA. De la interpretación y cumplimiento del Convenio.
El presente Convenio es celebrado con buena fe entre "LAS PARTES", quienes se comprometen a efectuar su cumplimiento al tenor de las obligaciones adquiridas, en el ámbito de su respectiva competencia.
Por otra parte, en caso de presentarse duda, falta de mención expresa o discrepancia sobre aspectos y actividades no convenidos o regulados en el presente instrumento, se resolverá de mutuo acuerdo lo procedente y se integrarán como anexos las determinaciones recaídas.
Enterados los que intervinieron en su contenido y alcance legal, lo ratifican y firman por triplicado al calce y al margen en la ciudad de Xalapa-Xxxxxxxx, Veracruz, a los cinco días del mes de febrero del año dos mil veinte.
Por “EL ORFIS”
Mtra. Xxxxx Xxxxxxxx xxxxx Auditora General Titular Rúbrica
Por “LA CONTRALORÍA”
Ing. Xxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxx
Contralora General Rúbrica
Por la “LA SECRETARÍA”
Lic. Xxxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxx
Secretario de Fiscalización Rúbrica
TESTIGOS
Mtra. Xxxxxx Xxxxx Xxxxxxx
Secretaría Técnica del Órgano de Fiscalización Rúbrica
Lic. Xxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxx
Director General de Fiscalización Interna de la Contraloría General del Estado de Veracruz Rúbrica
Mtro. Xxxx Xxxxxx Xxxxxx Xxxxx
Jefe del Departamento de Capacitación, Asesoría, Revisión Y Supervisión a Municipios, de la Secretaría de Fiscalización Rúbrica
LA PRESENTE HOJA DE FIRMAS CORRESPONDE AL CONVENIO DE COORDINACIÓN PARA MAXIMIZAR LA COBERTURA Y EL IMPACTO DE LA FISCALIZACIÓN EN EL ESTADO DE VERACRUZ, QUE CELEBRAN DE MANERA CONJUNTA EL ÓRGANO DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR DEL ESTADO DE VERACRUZ, LA CONTRALORÍA GENERAL DEL PODER EJECUTIVO DEL ESTADO DE VERACRUZ Y LA SECRETARÍA DE FISCALIZACIÓN DEL H. CONGRESO DEL ESTADO DE VERACRUZ, DE FECHA CINCO DE FEBRERO DE DOS MIL VEINTE.