PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES
PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES
Contenidos Públicos Sociedad del Estado (CPSE)
Sociedad del Estado Contratante
PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN
Tipo: CONTRATACION DIRECTA | N° 76 | Ejercicio: 2018 |
Clase: De Etapa Única Nacional | ||
Modalidad: Sin Modalidad | ||
Expediente: EX-2018- 66246273-APN-DA#CPSE | ||
Rubro Comercial: Servicios Comerciales | ||
Objeto: Contratación del servicio de alquiler de QUINCE (15) jornadas de unidades de Uplink | ||
Pliego: Sin Costo |
CONSULTAS | Plazo de recepción de consultas |
Por escrito a la Dirección General de Administración, Xxxx Xxxxxxxx xx xx Xxxxx 4341, predio Tecnópolis, oficinas anexas al microestadio piso 2, Villa Xxxxxxxx, Provincia de Buenos Aires o | Días hábiles entre 11:00 y 16:00 horas; hasta el día martes 12-02- 2019. |
PRESENTACIÓN DE OFERTAS | Plazo y Xxxxxxx |
Contenidos Públicos S.E., Gerencia General de Administración, Xxxx Xxxxxxxx xx xx Xxxxx 4341, predio Tecnópolis, oficinas anexas al microestadio piso 2, Villa Xxxxxxxx, Provincia de Buenos Aires | Días hábiles entre 11:00 y 16:00 horas, perentoria e indefectiblemente hasta media hora antes de la fecha fijada para el acto de apertura. Hasta el día 15-2-19 a las 10.30hs |
ACTO DE APERTURA | Día y Hora |
Contenidos Públicos S.E., Gerencia General de Administración, Xxxx Xxxxxxxx xx xx Xxxxx 4341, predio Tecnópolis, oficinas anexas al | El día 15-2-2019 a las 11:00 hs. se realizará el acto de apertura. |
microestadio piso 2, Villa Xxxxxxxx, Provincia de Buenos Aires. |
CLÁUSULAS PARTICULARES
ARTÍCULO 1° Objeto: El presente procedimiento de selección tiene por objeto el alquiler de 15 jornadas de unidad de Uplink.
Las mismas serán utilizadas para transmisiones que deba desarrollar Contenidos Públicos S. E. durante el año 2019, en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y Gran Buenos Aires, de acuerdo con las Especificaciones Técnicas que forman parte integrante del presente Pliego como Anexo I.
ARTÍCULO 2° Constitución de domicilio legal y electrónico: El oferente deberá constituir domicilio legal en la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES. En caso de modificar el mismo deberá comunicar el nuevo domicilio en forma inmediata y fehaciente dentro de las CUARENTA Y OCHO (48) horas a CPSE. Asimismo, el oferente deberá informar una dirección de correo electrónico en donde CPSE llevará adelante las notificaciones y comunicaciones correspondientes al presente procedimiento de selección.
ARTÍCULO 3° Jurisdicción: Los interesados, oferentes y/o adjudicatarios se someten, para la resolución de toda cuestión vinculada a la interpretación, aplicación o ejecución de las obligaciones dimanadas del presente Pliego, a la jurisdicción de los juzgados Federales en lo Civil y Comercial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, renunciando a cualquier otro fuero o jurisdicción que pudiera corresponderles.
ARTÍCULO 4° Obtención xxx xxxxxx: Los Pliegos y toda la documentación que integran las bases de las condiciones particulares podrán ser solicitados por correo electrónico a xxxxxxx@xxxx.xxx.xx o ser descargados desde la web de CPSE xxx.xxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx
ARTÍCULO 5° Normativa aplicable: La presente se regirá por las normas contenidas en el Reglamento de Compras y Contrataciones de Bienes y Servicios de Contenidos Públicos S.E. (remitidas junto a este pliego), el presente Pliego de Bases y Condiciones Particulares, así como las Especificaciones Técnicas y Anexos contractuales que integran el presente.
La simple presentación de la oferta, implica la aceptación xxxx y llana por parte de los oferentes de todo el régimen legal indicado precedentemente.
Cualquier cláusula o condición que consignen los oferentes en la formulación de sus propuestas, que se encuentre en pugna con las cláusulas y/o artículos establecidos en este pliego y demás términos de contrataciones, será declarada inadmisible y desestimada.
ARTÍCULO 6° Consultas, aclaraciones y modificaciones al Pliego de Bases y Condiciones Particulares: Las consultas al Pliego de Bases y Condiciones Particulares podrán efectuarse por escrito a la DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN de CPSE, sita en Xxxx Xxxxxxxx Xx Xxxxx 0000, Xxxxx Xxxxxxxx predio Tecnópolis, oficinas anexas al microestadio piso 2 o por correo electrónico a xxxxxxx@xxxx.xxx.xx
Cuando por la índole de la consulta practicada por un interesado resulte necesario pedir informes o realizar verificaciones técnicas que demanden un plazo superior a un día hábil contado desde que se presentare la solicitud, CPSE podrá posponer de oficio la fecha de apertura. El cambio de fecha de apertura de oferta será comunicado a todos aquellos a quienes se les hubiese comunicado el llamado y será publicado en los mismos medios en los que se haya publicado la convocatoria.
ARTÍCULO 7° Oferta:
7.1. Presentación de las propuestas:
La oferta deberá presentarse en la DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN de CPSE, sita en Xxxx Xxxxxxxx xx Xx Salle 4341 Predio de Xxxxxxxxxx xxxxxxxx xxxxxx xx xxxxxxxxxxxx xxxx 0, Xxxxx Xxxxxxxx, Xxxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx.
El sobre, caja o paquete deberá contener los siguientes datos:
1) OBJETO DE LA CONTRATACIÓN.
2) DÍA Y HORA DE LA APERTURA.
3) DATOS COMPLETOS DEL OFERENTE.
CPSE no recibirá ninguna oferta que no sea entregada en el lugar ut supra indicado y dentro del plazo establecido.
Presentada la oferta no se aceptarán cambios o adicionales en ellas que impliquen una
modificación sustancial a la oferta original presentada.
7.2 Contenido de la Oferta:
La Planilla de Cotización (Anexo II) deberá presentarse debidamente firmada en todas sus hojas por el oferente, su apoderado o representante legal. La oferta deberá ser redactada en idioma nacional. El oferente presentará su oferta en original y deberá remitirla en sobre, caja o paquete cerrado como se indicó precedentemente.
La documentación que se presentare en idioma extranjero deberá acompañar la traducción debidamente legalizada.
7.3. Moneda de Cotización:
Las propuestas deberán cotizarse en PESOS sin discriminar el Impuesto al Valor Agregado (I.V.A.), por cuanto la condición ante el IVA de CONTENIDOS PÚBLICOS S.E. (CPSE) es exento.
No se podrá estipular el pago en moneda distinta de la establecida en este Pliego de Bases y Condiciones Particulares. Las cotizaciones en moneda Nacional no podrán referirse en ningún caso, a la eventual fluctuación de su valor.
7.4. Forma de cotización:
La cotización será hecha por renglón único, consignando precio unitario y el monto total de la oferta. El importe total de la propuesta deberá repetirse en letras al pie de la oferta. Asimismo, se les solicita respetar el modelo de la Planilla de Cotización correspondiente al Anexo II.
CPSE no reconocerá ningún adicional, ni gasto que no haya sido debidamente explicitado en la oferta.
ARTÍCULO 8° Mantenimiento de Oferta: El oferente deberá mantener su oferta por el plazo de TREINTA (30) días corridos, renovables automáticamente por periodos de TREINTA (30) días, salvo retracción de la oferta presentada con DIEZ (10) días de antelación, al inicio de cada nuevo período.
ARTÍCULO 9° Documentación a Presentar y Organización de la Oferta: La oferta deberá contener como mínimo la siguiente documentación:
CARPETA LEGAL-COMERCIAL | ||
Pto . | Contenido | Foja |
1 | ANEXO II Planilla de Cotización, firmada sin excepción. | |
2 | GARANTÍA DE M ANTENIMIENTO DE LA OFERTA o la c onstancia de haberla constituido (sin excepción), salvo en los casos que no correspondiere la presentación. | |
3 | Constancia de Inscripción ante la AFIP y/o certificado de Ingresos Brutos o Convenio Multilateral en caso de corresponder. | |
4 | Declaración Jurada de habilidad para contratar con CPSE según el XXXXX XXX o IV (según corresponda) que forma parte integrante del presente. | |
5 | En el caso de poseer juicios con el XXXXXX XXXXXXX X, XXXXXXXXXX, xx XXXXXXXXX XX XXXXXX XXXXX o la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES, deberá indi vidualizarlos indicando: carátul a, número de expediente, monto reclamado, fuero, |
CARPETA LEGAL-COMERCIAL | ||
Pto . | Contenido | Foja |
juzgado y secretaría y entidad demandada. | ||
6 | Poder Especial para present ar ofert as en licitaciones, si el oferente actúa por apoderado acompañando docum entación respaldat oria de su condición o en su caso el Poder General amplio de disposición. | |
7 | Persona s Humanas. Nombre y apellido com pleto, tipo y núm ero de documento de identidad (copia). | |
8 | Personas No Humanas. Copia del contrato social, estatutos y demás documentos societarios habilitantes, las que deben ser perfectamente legibles, además de toda otra documentación que acredite que el o los signatarios de la propuesta se encuentran legalmente habilitados para formular la oferta y representar y obligar a la sociedad. | |
9 | La restante información y documentación requerida en el presente. | |
10 | “Declaración Jurada de Intereses” Anexo V o VI (*) |
(*) Conforme a lo dispuesto por el Decreto N°202/17 y la Resolución N° 11-E/17 de la Secretaría de Ética Pública, Transparencia y Lucha Contra la Corrupción del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, los oferentes deberán presentar una “Declaración Jurada de Intereses”, adjunta al presente pliego como Anexo V y VI, según corresponda, en la cual se manifieste si se encuentran o no alcanzados por alguno de los supuestos de vinculación contemplados en el referido decreto, respecto del Presidente y Vicepresidente de la Nación, Jefe de Gabinete de Ministros y demás Ministros y autoridades de igual rango en el Poder Ejecutivo Nacional, aunque estos no tuvieran competencia para decidir sobre la contratación. Deberá presentarse idéntica declaración y en los mismos supuestos previstos en la aludida normativa, cuando la vinculación exista en relación al funcionario de rango inferior a ministro que tenga competencia o capacidad para decidir sobre la contratación que correspondiere. De acuerdo a los modos de aprobación establecidos en el reglamento de Compras y Contrataciones.
A dichos efectos, las autoridades para decidir sobre los procedimientos de selección de CPSE son:
Directorio
Xxxxxxxx Xxxxxxxx - Presidente Xxxxxx Xxxxxxxx - Vicepresidente Xxxxx Xxxx Xxxxx - Director
Xxxxxxxxx Xxxxxx - Director Suplente Xxxxxxx Xxxxxxxx - Director Suplente Xxxxxxx Xxxxxxxxx - Director Suplente Gerencia General: Xxxxxxxx Xxxxxxxx
Dirección General de Administración: Xxxxxx Xxxxx Direccion General Técnica: Xxxxx Xxxxx
Direccion general de Contenidos: Xxxxxxxx Xxxxxxxxx
Toda la documentación incluida en la oferta debe estar debidamente firmada y aclarada en la totalidad de las fojas por el oferente, representante legal o apoderado, quien deberá acompañar la documentación respaldatoria de su condición.
En el supuesto de existir fojas sin firmar será potestad de CPSE requerir la firma del documento no firmado, siempre y cuando no viole el principio de concurrencia y equidad. Del pedido para refrendar documentos se dejará constancia en el expediente. El presente incidente será único y de carácter excepcional.
ARTÍCULO 10° Habilidad para contratar: CPSE verificará la habilidad de los oferentes para ser contratados como proveedores del Estado Nacional cuando el monto de la contratación fuera superior a $300.000, en los términos de la RG 4164 – E (29/11/2017AFIP). En caso de registrarse deuda se otorgará un plazo de dos días hábiles para la subsanación.
ARTÍCULO 11° Registro de proveedores: Se hace saber a los señores proveedores que se encuentra en proceso de constitución el Registro informatizado de proveedores del CPSE conforme a lo previsto en el Reglamento de Compras y Contrataciones de CPSE.
Para su adhesión deberá contactarse con el sector de compras y contrataciones vía mail a xxxxxxx@xxxx.xxx.xx.
ARTÍCULO 12° Garantías: (Art. 31 del Reglamento de Compras y Contrataciones de Contenidos Públicos Sociedad del Estado)
12.1 Garantía de oferta: El oferente deberá integrar en concepto de garantía de oferta el
CINCO POR CIENTO (5%) del monto total de la oferta. En el caso de cotizar con descuentos o alternativas o variantes, la garantía se calculará, sobre el mayor monto presupuestado.
La no constitución de la Garantía de Xxxxxx torna a dicha oferta inadmisible.
12.2 Garantía de Cumplimiento. El Adjudicatario deberá integrar la garantía de cumplimiento xxx XXXX POR CIENTO (10%), dentro de los OCHO (8) días siguientes a la firma de la Orden de Compra.
El Adjudicatario podrá eximirse de presentar la garantía de cumplimiento satisfaciendo la prestación dentro del plazo fijado en el párrafo anterior, salvo el caso de rechazo de los bienes y/o servicio.
La no constitución por parte del Adjudicatario de la Garantía de Cumplimiento, faculta a Contenidos Públicos S.E. a rescindir dicha adjudicación, sin lugar a indemnización o reclamo alguno a favor de los interesados, Oferentes o Adjudicatarios.
12.3 Garantía de impugnación: Los oferentes que lo deseen podrán impugnar el Dictamen de Evaluación dentro de los DOS (2) días hábiles siguientes a la notificación mediante la presentación de una garantía de impugnación del TRES POR CIENTO (3%) del monto de la oferta en cuyo valor se hubiere aconsejado adjudicar el contrato. Si el dictamen de evaluación no aconsejare la adjudicación a ninguna oferta, el importe de la garantía se impugnación se calculará sobre la base de la propia oferta del impugnante.
ARTÍCULO 13° Forma de las Garantías: (Art. 32 del Reglamento de Compras y Contrataciones de Contenidos Públicos Sociedad del Estado)
Las garantías podrán constituirse de las siguientes formas, o combinaciones de ellas:
Mediante depósito bancario en la cuenta de Contenidos Públicos S.E. o transferencia electrónica bancaria. La garantía producirá efectos en el momento que el importe quede acreditado en la cuenta de Contenidos Públicos S.E.
Con cheque certificado contra entidad bancaria con domicilio en la Ciudad de Buenos Aires. El cheque deberá ser depositado dentro del plazo que rija para estas operaciones. En este caso quien preste la garantía se hará cargo del impuesto establecido por la ley 25.413, que será deducido al momento de su devolución, en su caso.
Con aval bancario, a satisfacción de Contenidos Públicos S.E., constituyéndose el fiador en deudor solidario, liso y llano y principal pagador con renuncia a los beneficios de división y excusión en los términos del Código Civil y Comercial de la Nación, así como el beneficio de interpelación judicial previa.
Con seguro de caución mediante póliza aprobada por la Superintendencia de Seguros de la Nación, extendida a favor de Contenidos Públicos S.E. y a satisfacción de Contenidos Públicos S.E. Se podrán establecer los requisitos de solvencia que deberán reunir las compañías aseguradoras a fin de preservar el cobro del seguro de caución.
Con pagarés a la vista, suscriptos por quienes tengan el uso de la firma social o actuaren con poderes suficientes, cuando el monto de la garantía no supere los CINCUENTA MIL PESOS ($50.000,00).
La elección de la forma de garantía queda a opción del oferente o adjudicatario o co- contratante.
Las garantías de mantenimiento de la oferta serán constituidas por el plazo de validez de
aquella y su eventual prórroga. Todas las garantías deberán cubrir el total cumplimiento de las obligaciones contraídas, debiendo constituirse en forma independiente en cada procedimiento de selección.
La garantía deberá constituirse en la misma moneda en que se hubiere hecho la oferta.
ARTICULO 14° Devolución de Garantías: Las garantías de mantenimiento de oferta, se devolverán a los oferentes que no resulten adjudicatarios, dentro de los DIEZ (10) días de presentada la garantía de cumplimiento del contrato por el adjudicatario o, en su caso, de ejecutado el contrato por el mismo.
Las garantías de cumplimiento de contrato o las contragarantías, dentro de los DIEZ (10) días de cumplido el contrato cuando no quede pendiente penalidad alguna.
Las garantías de impugnación al dictamen de evaluación de las ofertas dentro de los DIEZ (10) días de dictada la resolución de la Gerencia General que haga lugar a la impugnación presentada. Si la impugnación fuera rechazada se ejecutará la garantía integrada.
En los casos en que, luego de notificado, el oferente o adjudicatario no retirase las garantías, podrá reclamar su devolución dentro del plazo de UN (1) año a contar desde la fecha de la notificación. La falta de presentación dentro del plazo señalado por parte del titular del derecho, implicará la renuncia tácita del mismo a favor de Contenidos Públicos S.E.
Cuando la garantía haya sido constituida mediante pagaré, éste se destruirá al término de dicho plazo, dejándose constancia en el expediente.
ARTÍCULO 15° Plazo de subsanación de deficiencias: Se podrá solicitar subsanaciones a aquellas ofertas que puedan brindar a Contenidos Públicos. S.E, la posibilidad de contar con la mayor cantidad de ofertas válidas posibles y evitar que por cuestiones intrascendentes se vea privada de optar por ofertas serias y convenientes, facilitando el principio de concurrencia. El plazo para las subsanaciones será de DOS (2) días hábiles contados a partir del día hábil siguiente de la notificación al pedido de subsanación; si el defecto no fuera subsanado en el plazo establecido la oferta no será considerada válida.
ARTÍCULO 16° Causales de inadmisibilidad (Art. 38 del Reglamento de Compras y Contrataciones de CPSE):
a) Si la oferta económica no tuviera la firma del oferente en ninguna de las hojas que
la integran.
b) Si tuviera tachaduras, raspaduras, enmiendas o interlineas sin salvar en las hojas que contengan la propuesta económica, la descripción del bien o servicio ofrecido o en el plazo de entrega.
c) Si no se acompañare la garantía de mantenimiento de oferta o no se lo hiciera en la forma debida o la misma fuera insuficiente en más xxx xxxx por ciento del monto correcto.
d) Si la oferta económica estuviera escrita con un medio que permita ser borrado sin dejar rastros.
e) Si fuera formulada por personas humanas o no humanas suspendidas o
inhabilitadas o no habilitadas para contratar con el Estado Nacional.
f) Si contuviera condicionamientos.
g) Si contuviera cláusulas en contraposición con las normas que rijan la contratación o que no permitan la exacta comparación con las ofertas.
h) Si el precio cotizado fuera vil o no serio.
Cuando no se den alguno de los supuestos anteriores puede procederse a subsanar y se deberá interpretar, en todos los casos, las ofertas en el sentido de brindar a Contenidos Públicos S.E. la posibilidad de contar con la mayor cantidad de ofertas válidas posibles y evitar que por cuestiones intrascendentes se vea privada de optar por ofertas serias y convenientes, facilitando el principio de concurrencia.
Si el defecto no fuere subsanado en el plazo establecido la oferta no será considerada válida.
ARTÍCULO 17° Desestimación por Incompatibilidad: Se desestimarán las ofertas o contrataciones de cualquier modalidad cuando se configuren algunos de los siguientes supuestos:
a. Pueda presumirse que al oferente le aplica alguna de las incompatibilidades establecidas en el Capítulo V de la Ley N° 25.188, respecto de los funcionarios de Contenidos Públicos Sociedad del Estado.
b. Cuando cualquier funcionario y/o empleado de Contenidos Públicos S.E. tenga una relación de consanguinidad hasta tercer grado, matrimonial o unión convivencial y/o de afinidad con el oferente o contratista o con sus Socios, Directores o Gerentes.
c. Cuando existan indicios que por su precisión y concordancia hicieran presumir que los oferentes han concertado o coordinado posturas en el procedimiento de selección. Se entenderá configurada esta causal, entre otros supuestos, en ofertas presentadas por cónyuges o parientes hasta el primer grado de consanguinidad o afinidad, salvo que se disponga lo contrario.
ARTÍCULO 18° Criterios de Evaluación y Selección de la Oferta: La evaluación y selección de la oferta se efectuará por renglón único y será a favor de aquella que, ajustándose a lo solicitado, teniendo en cuenta el precio, la calidad e idoneidad del oferente, resulte la más conveniente para CPSE.
El dictamen de evaluación de la oferta se comunicará al oferente de acuerdo a los mecanismos establecidos en el Reglamento de Compras y Contrataciones de Bienes y Servicios de Contenidos Públicos S.E., quedando expedita la vía impugnatoria previa integración de la garantía de impugnación establecida en el reglamento anteriormente mencionado.
ARTÍCULO 19° Periodo de Vista: Notificado el Dictamen de Evaluación a todos los participantes, los mismos contarán con DOS (2) días hábiles para tomar vista de lo actuado y en su caso, formular impugnaciones si así lo consideran pertinente.
ARTÍCULO 20° Adjudicación: La Adjudicación será resuelta por la autoridad competente y notificada por mail al adjudicatario, dentro de los TRES (3) días de dictado el acto.
Si se hubieren formulado impugnaciones contra el Dictamen de Evaluación de las ofertas, estas serán resueltas en el mismo acto que disponga la adjudicación.
Podrá adjudicarse aun cuando se haya presentado una sola oferta.
ARTÍCULO 21° Orden de Compra: Una vez adjudicada una contratación, la emisión de la Orden de Compra será realizada por la Coordinación de Compras y Contrataciones. En todos los casos, la Orden Compra que se notifique a los proveedores y contratistas deberá ser firmada por las autoridades competentes.
Si el adjudicatario rechazara la orden de compra dentro de los TRES (3) días de recibida la notificación o no constituyera la garantía de cumplimiento del contrato dentro del plazo fijado para ello, Contenidos Públicos S.E. podrá adjudicar la licitación al oferente que siga
en el orden de mérito y así sucesivamente, sin perjuicio de la aplicación de las penalidades respectivas.
ARTICULO 22° Plazo de cumplimiento: El adjudicatario deberá cumplir con la prestación en la forma, plazo o fecha y lugar a determinar.
La periodicidad estimada es de 1 o 2 jornadas mensuales durante el año 2019 siempre
dependiendo y en consonancia con el calendario de transmisiones deportivas y culturales, que comienza el 00 xx xxxxxxx x xxxxxxxx xx 00 xx xxxxxxxxx xxx xxxxxxxxx año.
Se podrán solicitar las jornadas con 48 horas de antelación y podrá modificar por
suspensión de evento con 24 horas de antelación a la fecha prevista.
ARTÍCULO 23° Obligación del Adjudicatario: El adjudicatario deberá cumplir con las condiciones establecidas en los documentos que rijan el llamado, as í como los que integren la orden de compra o contrato.
Cuando Contenidos Públicos S.E. revoque o rescinda una contratación ya adjudicada por causas no imputables al proveedor, este último tendrá derecho a que se le reconozcan los gastos en que probare haber incurrido con motivo del contrato.
No se hará lugar a reclamación alguna por lucro cesante o por intereses de capitales requeridos para financiación.
Vencido el plazo de cumplimiento del contrato o de las prórrogas que se hubiesen otorgado, sin que los bienes fueran entregados o prestados los servicios de conformidad, Contenidos Públicos S.E. podrá declararlo rescindido, con pérdida de la garantía de cumplimiento, sin perjuicio de ser responsable el proveedor por los daños y perjuicios que sufriere el organismo con motivo de la celebración de un nuevo contrato con el mismo objeto.
ARTÍCULO 24° Improcedencia de las variaciones de precio: CPSE, no reconocerá bajo ningún aspecto, mayores costos que los establecido en la oferta que resulte adjudicataria.
ARTÍCULO 25° Recepción definitiva: La Comisión de Recepción verificará si la prestación cumple o no con lo establecido en el pliego, contrato u orden de compra.
ARTÍCULO 26° Facturación: Las facturas serán entregadas, una vez conformada la recepción del servicio, en Xxxx Xxxxxxxx de La Salle 4341, predio Tecnopolis, oficinas
anexas al microestadio piso 2, Villa Xxxxxxxx, Provincia de Buenos Aires o enviadas por mail a xxxxxxxxxxxxxx@xxxx.xxx.xx.
El Adjudicatario deberá volcar en el detalle de la factura, el número de Orden de
Compra, número de contratación, número de Expediente, el objeto de la contratación y la fecha o número de certificación de la comisión de recepción sin excepción, téngase presente que si se omite algunos de estos datos la misma se remitirá al remitente para su corrección.
Datos societarios: Contenidos Públicos S.E. CUIT N°: 30-71557564-3
Domicilio Fiscal: Xxxxxxxxx 000 XXXX
ARTÍCULO 27° Pago: El pago se realizará por jornada, a los 30 días de presentada la factura, previa conformidad de la comisión de recepción, de conformidad con lo señalado en las Especificaciones Técnicas (Anexo I).
El mismo será efectuado a través de la emisión de cheques cruzados a nombre del Adjudicatario, con la cláusula no a la orden o mediante transferencia bancaria a CBU informado por el adjudicatario. En caso que el trámite sea realizado por una persona autorizada por el Adjudicatario, la misma deberá presentar la autorización expresa emitida por el proveedor que identifique nombre, apellido y DNI.
CPSE no autorizará ningún pago originado en la presente contratación al Adjudicatario que no se encuentre inscripto en la AFIP en la categoría correspondiente a sus ingresos, lo cual será verificado por la Contaduría después de la presentación de la factura. Si se detectare una falta en este sentido, se le comunicará al Proveedor quien, bajo su exclusiva responsabilidad e interés, podrá realizar ante la AFIP el trámite correspondiente a su recategorización y presentar nueva factura. En tal caso, el plazo contractualmente previsto para el pago comenzará a computarse a partir de esta fecha.
ARTÍCULO 28° Facultad de Contenidos Públicos Sociedad del Estado: CPSE podrá dejar sin efecto el procedimiento de contratación en cualquier momento anterior al perfeccionamiento del contrato, a su exclusivo criterio, sin lugar a indemnización alguna en favor de los interesados u oferentes.
ARTÍCULO 29° Obligación de Indemnidad: El Adjudicatario se obliga a mantener indemne a CPSE frente a todo reclamo que se derive de la ejecución de la presente
Contratación, cualquiera fuere su naturaleza, ya sea que los mismos fueren formulados por dependientes del Adjudicatario y/o por cualquier otro tercero.
ARTÍCULO 30° Penalidades y Sanciones: El incumplimiento de las obligaciones contraídas por los oferentes y los adjudicatarios dará lugar a la aplicación de las siguientes penalidades y sanciones:
a) Penalidades A los oferentes
- Por desistimiento total o parcial de la oferta dentro del plazo de mantenimiento de
oferta o prórroga, perderá el proporcional de la garantía, siendo además a su cargo las diferencias de precios entre su propuesta y la que se adjudique posteriormente.
A los adjudicatarios.
- Por deficiencias en la prestación del servicio objeto del contrato, multa por xxxx de UNO POR CIENTO (1%) diario del valor total de la adjudicación hasta completar un ciento por ciento, o lo que se establezca en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares.
- Por falta de constitución de la garantía de cumplimiento de contrato o incumplimiento parcial o total del contrato se penará con la resolución del contrato con pérdida total de la garantía de oferta y diferencia del precio vigente y diferencia de precios a su cargo por la ejecución del contrato por un tercero, sin perjuicio de los daños y perjuicios que eventualmente correspondieran.
La xxxx se considerará producida por el simple vencimiento del plazo contractual sin necesidad de interpelación judicial o extrajudicial alguna.
Las multas serán de aplicación automática sin necesidad de pronunciamiento expreso y podrán deducirse de cualquier saldo a favor que el oferente tuviera a su favor respecto de Contenidos Públicos S.E.
b) Sanciones. Sin perjuicio de las correspondientes penalidades, en todos los casos que se opere una revocación o una rescisión por causas imputables a los Oferentes o Adjudicatarios, podrán aplicarse las siguientes sanciones:
Apercibimiento. Al proveedor que incurriere en incorrecciones que no llegaran a constituir hechos dolosos o que, reiteradamente y sin causa debidamente justificada, desistiere de ofertas o adjudicaciones o no cumpliera con sus obligaciones contractuales.
Suspensión. Las sanciones serán aplicadas por disposición de la autoridad que aprobó la contratación. Una vez aplicada una sanción, ella no impedirá el cumplimiento de los
contratos que el oferente o proveedor tuviere adjudicados o en curso de ejecución, pero no podrán adjudicársele nuevos contratos hasta la extinción de aquélla.
De la suspensión. Será sancionado con suspensión:
Por TRES (3) meses: Al proveedor a quien se le hubiere revocado la adjudicación por causas que le fueren imputables. Al proveedor que en el lapso de un año calendario hubiere sido sancionado con la pena de apercibimiento en tres ocasiones.
Por UN (1) año: El proveedor a quien le fuere rescindido totalmente un contrato por su culpa.
El proveedor a quien en el lapso de UN (1) año calendario se le hubieren aplicado TRES
(3) rescisiones parciales de contratos.
El proveedor que, intimado para que deposite en la cuenta del organismo el valor de la multa o de la garantía perdida, no lo hiciere dentro del plazo que se le fije a tal efecto.
Por DOS (2) años: Cuando la rescisión contractual tuviere causa en la entrega de bienes o la prestación de servicios de calidad inferior a la contratada.
Planteo de recursos.
Los recursos que se planteen con motivo de las penalidades que imponga Contenidos Públicos S.E. sólo serán sustanciados después de satisfecho el pago de la multa o de hecho efectivo el monto de la garantía perdida.
ARTÍCULO 31° Orden de Prelación: (Art. 4 del Reglamento de Compras y Contrataciones de Contenidos Públicos Sociedad del Estado)
Todos los documentos que rijan el llamado, así como los documentos que lo integren,
serán considerados recíprocamente explicativos. En caso de existir discrepancias se seguirá el siguiente orden de prelación:
El Reglamento de Compras y Contrataciones de Bienes y Servicios de Contenidos Públicos S.E.
El presente Pliego de Bases y Condiciones Particulares.
El Pliego de Especificaciones Técnicas Particulares.
Circulares Modificatorias y aclaratorias que puedan dictarse por Contenidos Públicos S.E. La Oferta.
La Adjudicación.
La Orden de Compra.
ANEXO I ESPECIFICACIONES TECNICAS
Up Link en Banda Ku HD, por 15 jornadas. 1 (una) unidad
Antena de 1,2 mts.
2(dos) unidades
HPA valvular superior a 200w o superior a 65w en estado sólido.
2 (dos) unidades
Codificadores de MPEG-2/MPEG-4 (H264) - 4:2:0/4:2:2, con modulación DVB-S y DVB- S2 - QPSK y 8PSK, capacidad para encriptar señales con encriptación BISS.
Encriptación Biss o ninguna
Espacio satelital
El mismo será provisto por Contenidos Públicos S.E y tendría una capacidad 9 MHZ en el satélite AR-SAT 1 o 2, o cualquier satélite en banda Ku que tenga pisada en el territorio nacional.
La unidad satelital deberá tener UPS con una autonomía no menor a 10 minutos y grupo electrógeno para autoabastecimiento.
Fechas y horarios:
A confirmar. A realizarse en el territorio de Capital Federal y Gran Buenos Aires, contando como Km. 0 Contenidos Públicos SE, hasta 80 Km. a la redonda.
Las fechas pueden modificarse por suspensión de evento con aviso previo 24hs antes de
realizar la jornada estipulada.
Forma de pago: El pago se realizará por jornada, a los 30 días de presentada la factura, previa conformidad de la comisión de recepción.
PLANILLA DE COTIZACION
El que suscribe. Documento
Nº................................ en nombre y representación de………………………………………
con domicilio legal en la calle Localidad
….…………………….…...... Teléfono................................N° de CUIT………………………
correo electrónico………………..........…………………………………………..y con poder suficiente para obrar en su nombre, según consta en contrato poder que acompaña, luego de interiorizarse de las condiciones particulares que rigen la presente contratación, cotiza los siguientes precios correspondientes a la Contratación Directa N° 76 EX-2018- 66246273-APN-DA#CPSE
Renglón Único | Descripción | Unidad de medida | Cantidad | Precio Unitario (IVA Incluido) | Precio Total (IVA Incluido) |
1 | Alquiler de jornadas de unidad de Uplink. | UNIDAD | 15 | $ | $ |
Para mayor información ver las Especificaciones Técnicas (Anexo I) | TOTAL | $ |
Son PESOS………………………………………………………………………………………..
(Se admitirán únicamente cotizaciones con DOS (2) decimales). Razón social:
Nº de Cuit:
Contacto:
CBU:
EMAIL:
Número telefónico e interno:
Domicilio para recibir notificaciones:
(Dentro del valor ofertado debe incluirse el I.V.A. e indicar la alicuota que se aplica).
FIRMA Y ACLARACIÓN
PERSONA NO HUMANA
Buenos Aires,.......de de 2019.-
Sres. Contenidos Públicos Sociedad del Estado
Quien suscribe...................................................................................................... (1),………..
(2) Nº......................................., en mi carácter de (3) de
la firma (4), declaro bajo juramento que la misma
no se encuentra incursa en ninguna de las causales de inhabilidad para contratar con el Estado.
Que no mantiene procesos judiciales con el Estado Nacional, sus entidades
descentralizadas, ni con ninguno de los organismos incluidos en el artículo 8º de la Ley Nº 24.156 (5),
Que presenta una situación regularizada en lo que a aportes previsionales y cumplimiento
tributario se refiere.
No posee conflicto de intereses conforme a lo establecido en la ley de Ética Pública
25.188 y sus modificatorias.
FIRMA:
ACLARACIÓN:
D.N.I.:
(1) Nombre y apellido del presentante.
(2) Tipo de documento, DNI, LC o LE, CI o Pas.
(3) Titular, apoderado, gerente, etc.
(4) Nombre de la empresa.
(5) Comprende la Administración Central y los Organismos Descentralizados, Instituciones de Seguridad Social, Sociedades del Estado, Sociedades Anónimas con Participación Estatal May oritaria, todas aquellas otras organizaciones empresariales don de el Estado nacional tenga participación may oritaria en el capital o en la f ormación de las decisiones societarias, toda organización estatal no empresarial, con autarquía f inanciera, personalidad jurídica y patrimonio propio, donde el Estado nacional tenga el control may oritario del patrimonio o de la f ormación de las decisiones, incluy endo aquellas entidades públicas no estatales donde el Estado nacional tenga el control de las decisiones y los Fondos Fiduciarios integrados total o may oritariamente con bienes y /o f ondos del Estado nacional.
PERSONA HUMANA
Buenos Aires,......de de 2019.-
Sres. Contenidos Públicos Sociedad del Estado
Quien suscribe...................................................................................... (1),…..... (2)
Nº.............................., declaro bajo juramento que:
no me encuentro incurso en ninguna de las causales de inhabilidad para contratar con el Estado.
que no me encuentro incurso en ninguna de las causales de incompatibilidad para contratar con el Estado.
que no mantengo procesos judiciales con el Estado Nacional, sus entidades descentralizadas, ni con ninguno de los organismos incluidos en el artículo 8º de la Ley Nº 24.156 (3),
que presento una situación regularizada en lo que a aportes previsionales y cumplimiento tributario se refiere.
No posee conflicto de intereses conforme a lo establecido en la ley de Ética Pública
25.188 y sus modificatorias.
FIRMA:
ACLARACIÓN:
D.N.I.:
(1) Nombre y apellido del presentante.
(2) Tipo de documento, DNI, LC o LE, CI o Pasaporte..
(3) Comprende la Administración Central y los Organismos Descentralizados, Instituciones de Seguridad Social, Sociedades del Estado, Sociedades Anónimas con Participación Estatal May oritaria, todas aquellas otras organizaciones empresariales donde el Estado nacional tenga participación may oritaria en el capital o en la f ormación de las decisiones societarias, toda organización estatal no empresarial, con autarquía f inanciera, personalidad jurídica y patrimonio propio, donde el Estado nacional tenga el control may oritario del patrimonio o de la f ormación de las decisiones, incluy endo aquellas entidades públicas no estatales donde el Estado nacional tenga el control de las decisiones y los Fondos Fiduciarios integrados total o may oritariamente con bienes y /o f ondos del Estado nacional.
DECLARACIÓN JURADA DE INTERESES - DECRETO 202/2017
Tipo de declarante: Persona física
Nombres | |
Apellidos | |
CUIT |
Vínculos a declarar
¿La persona física declarante tiene vinculación con los funcionarios enunciados en los artícul os 1 y 2 del Decreto n° 202/17?
(Marque con una X donde corresponda)
SI | NO | ||
En caso de existir vincul aciones con más de un funcionario se deberá repetir la inform ación que a continuación se solicita por cada una de las vinculaciones a declarar. | La opción elegi da en cuanto a la no declaración de vinculaciones im plica la declaración expresa de la inexistencia de los mismos, en los términos del Decreto n° 202/17. |
Vínculo
¿Con cuál de los siguientes funcionarios?
(Marque con una X donde corresponda)
Presidente | |
Vicepresidente | |
Jefe de Gabinete de Ministros | |
Ministro | |
Autoridad con rango de ministro en el Poder Ejecutivo Nacional | |
Autoridad con rango inferior a Ministro con capacidad para decidir |
(En caso de haber marcado Ministro, Autoridad con rango de ministro en el Poder Ejecutivo Nacional o Autoridad con rango inferior a Ministro con capacidad para decidir complete los siguientes campos)
Nombres | |
Apellidos | |
CUIT | |
Cargo | |
Jurisdicción |
Tipo de vínculo
(Marque con una X donde corresponda y brinde la información adicional requerida para el tipo de vínculo elegido)
Sociedad o comunidad | Detalle Razón Social y CUIT. | |
Parentesco por consanguini dad dentro del cuarto grado y segundo de afinidad | Detalle qué parentesco existe concretamente. | |
Pleito pendiente | Proporcione carátula, nº de expedi ente, fuero, jurisdicción, juzgado y secretaría intervinientes. | |
Ser deudor | Indicar motivo de deuda y monto. | |
Ser acreedor | Indicar motivo de acreencia y monto. | |
Haber recibido beneficios de importancia de parte del funcionario | Indicar tipo de beneficio y monto estimado. | |
Xxxxxxx pública que se manifieste por gran familiaridad y frecuencia en el trato | No se exige información adicional |
Información adicional
La no declaración de vincul aciones implica la declaración expresa de la inexistencia de los mismos, en los términos del Decreto N° 202/17.
Firma Aclaración Fecha y lugar
ANEXO VI
DECLARACIÓN JURADA DE INTERESES - DECRETO 202/2017
Tipo de declarante: Persona jurídica
Razón Social | |
CUIT/NIT |
Vínculos a declarar
¿Existen vinculaciones con los funcionarios enunciados en los art ículos 1 y 2 del Decreto n° 202/17?
(Marque con una X donde corresponda)
SI | NO | ||
En caso de existir vincul aciones con más de un funcionario, o por más de un socio o accionista, se deberá repetir la inform ación que a continuación se solicita por cada una de las vinculaciones a declarar. | La opción elegi da en cuanto a la no declaración de vinculaciones im plica la declaración expresa de la inexistencia de los mismos, en los términos del Decreto n° 202/17. |
Vínculo
Persona con el vínculo
(Marque con una X donde corresponda y brinde la información adicional requerida para el tipo de vínculo elegido)
Persona jurídica (si el vínculo a declarar es directo de la persona jurídica declarante) | No se exige información adicional | |
Representante legal | Detalle nombres apellidos y CUIT | |
Sociedad controlante | Detalle Razón Social y CUIT. | |
Sociedades controladas | Detalle Razón Social y CUIT. | |
Sociedades con interés directo en los resultados económicos o financieros de la declarante | Detalle Razón Social y CUIT. | |
Director | Detalle nombres apellidos y XXXX | |
Socio o accionista con participación en la formación de la voluntad social | Detalle nombres apellidos y CUIT | |
Accionista o socio con más del 5% del capital social de las sociedades sujetas a oferta pública | Detalle nombres apellidos y CUIT |
Información adicional
¿Con cuál de los siguientes funcionarios?
(Marque con una X donde corresponda)
Presidente | |
Vicepresidente | |
Jefe de Gabinete de Ministros | |
Ministro | |
Autoridad con rango de ministro en el Poder Ejecutivo Nacional | |
Autoridad con rango inferior a Ministro con capacidad para decidir |
(En caso de haber marcado Ministro, Autoridad con rango de ministro en el Poder Ejecutivo Nacional o Autoridad con rango inferior a Ministro con capacidad para decidir complete los siguientes campos)
Nombres | |
Apellidos | |
CUIT | |
Cargo | |
Jurisdicción |
Tipo de vínculo
(Marque con una X donde corresponda y brinde la información adicional requerida para el tipo de vínculo elegido)
Sociedad o comunidad | Detalle Razón Social y CUIT. | |
Parentesco por consanguinidad dentro xxx xxxxx o grado y segundo de afinidad | Detalle qué parentesco existe concretamente. | |
Pleito pendiente | Proporcione carátul a, nº de expedi ente, fuero, jurisdicción, juzgado y secretaría intervinientes. | |
Ser deudor | Indicar motivo de deuda y monto. | |
Ser acreedor | Indicar motivo de acreencia y monto. | |
Haber recibido beneficios de importancia de parte del funcionario | Indicar tipo de beneficio y monto estimado. | |
Amistad pública que se |
manifieste por gran familiaridad y frecuencia en el trato |
Información adicional
La no declaración de vincul aciones implica la declaración expresa de la inexistencia de los mismos, en los términos del Decreto n° 202/17.
Firma Aclaración Fecha y lugar
República Argentina - Poder Ejecutivo Nacional 2019 - Año de la Exportación
Hoja Adicional de Firmas Anexo firma conjunta
Número: IF-2019-07294783-APN-DGA#CPSE
CIUDAD DE BUENOS AIRES
Miércoles 6 de Febrero de 2019
Referencia: PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES
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Date: 2019.02.06 13:23:30 -03'00'
XXXXX XXXXXXX XXXXX
Asesor
Contenidos Públicos Sociedad del Estado
Sistema Federal de Medios y Contenidos Públicos
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DN: cn=GESTION DOCUMENTAL ELECTRONICA - GDE, c=AR, o=MINISTERIO DE MODERNIZACION, ou=SECRETARIA DE MODERNIZACION ADMINISTRATIVA, serialNumber=CUIT 30715117564
Date: 2019.02.06 14:53:41 -03'00'
XXXXX XXXXXX XXXXX
Asesora Administrativa
Dirección General de Administración Contenidos Públicos Sociedad del Estado
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DN: cn=GESTION DOCUMENTAL ELECTRONICA - GDE, c=AR, o=MINISTERIO DE MODERNIZACION, ou=SECRETARIA DE MODERNIZACION ADMINISTRATIVA, serialNumber=CUIT 30715117564
Date: 2019.02.06 14:53:42 -03'00'