Provincia del Neuquen
Provincia del Neuquen
2021
Número: IF-2022-00066820-NEU-LEGAL#MTUR
NEUQUEN, NEUQUEN
Viernes 14 de Enero de 2022
Referencia: PROYECTO contrato Mundial Motocross 2022 - Villa la Angostura.
---- En la ciudad de Neuquén, entre la Provincia del Neuquén, representada en este acto por el Ministro de Turismo, Señor Xxxxxx XXXXXXX, D.N.I. Nº 23.680.896, en adelante La Provincia y por la otra la firma organizadora +EVENTOS S.A., representada por el Arquitecto Xxxxx Xxxxxx XXX, D.N.I. Nº 7.693.893, con facultades suficiente para este acto, en adelante +eventos, ambas en adelante Las Partes acuerdan celebrar el presente Convenio, para la organización total del “MXGP PATAGONIA ARGENTINA 2022”, a realizarse del 19 al 20 del mes xx xxxxx de 2022, en la Xxxxxx xx Xxxxx xx Xxxxxxxxx, Xxxxxxxxx xxx Xxxxxxx, el que se regirá por las siguientes cláusulas:
Cláusula Primera: +eventos asume el compromiso de:
A.- Organizar, producir y fiscalizar el evento deportivo “MXGP PATAGONIA ARGENTINA 2022” de conformidad a las instrucciones y parámetros establecidos por la F.I.M. y C.A.M.O.D, tomando a su cargo todo lo referente a la responsabilidad de la competencia deportiva, no solo del evento sino todo lo que a él esté vinculado dejando indemne a La Provincia de cualquier reclamo que Las Partes o terceros pudieran efectuarle respecto del evento que nos convoca.
B.- Confeccionar y entregar a La Provincia con quince (15) días de anticipación un plano del circuito según las normas de la F.I.M. y C.A.M.O.D. destacando: ubicación geográfica con puntos geodésicos, accesos vehiculares y peatonales, áreas de espectadores, ubicación de las diferentes áreas, según exigencias INFRONT MOTO RACING GROUP / F.I.M., estacionamiento público, organizadores, autoridades, VIP, ubicación de las normas de seguridad dentro del circuito.
C.- Obtener de las autoridades deportivas competentes los permisos necesarios para llevar adelante la competencia.
D.- Contratar y abonar los seguros de responsabilidad civil propios de este tipo de eventos deportivos, que cubra los terceros ajenos al evento, sponsor, jurados, empleados, corredores y participantes del mismo, debiendo incluir en las pólizas respectivas las cláusulas de no repetición a favor deLa Provincia, el Ministerio de Turismo y el Municipio de Villa La Angostura. También deberá contratar los seguros obligatorios sobre su personal empleado bajo relación de dependencia contra accidentes y/o enfermedades de trabajo en las ART conforme a la normativa vigente.
E.- Diagramar a través del Departamento de Prensa, la difusión nacional e internacional del evento.
F.- Realizar todos los actos que sean necesarios para el cumplimiento en tiempo y forma del evento deportivo internacional MXGP PATAGONIA ARGENTINA 2022.
G.- Afectar los recursos materiales y humanos necesarios para el desarrollo de la competencia.
H.- Adoptar las medidas de seguridad y sanidad que se requieran para el normal desarrollo de la competencia.
I.- Señalizar los lugares peligrosos con prohibiciones de acceso al público, delimitar los espacios, debiendo instruir al personal a cargo del evento, para hacer cumplir las medidas adoptadas.
J.- Mantener la limpieza xxx Xxxxxxx y del circuito donde se desarrollará la competencia, antes, durante y después de producido el evento. Recolectar y disponer los residuos generados en lugares habilitados por el Municipio a esos fines, contratando los contenedores que sean necesarios.
K.- Difundir televisivamente el evento en forma directa por XXX SPORT 3 o ESPN.
L.- Utilizar los logos de La Provincia y el Ministerio de Turismo, en todos los banners, membresía, medios digitales como estética publicitaria a utilizarse en la difusión del evento. Brindando de esta manera, la libre exposición de cartelería en lugares disponibles y consensuados dentro del circuito y sus alrededores.
M.- Prestar todo el apoyo necesario para que la competencia deportiva alcance los resultados esperados, entregando la información y/o documentación que le sea requerida, a reserva de las restricciones y disposiciones que resulten necesarias para preservar el carácter confidencial de determinada información.
N.- Producir, contratar y llevar a cabo el armado total del evento, contemplando los ítems que se individualizan seguidamente en forma enunciativa y no taxativa, debiendo +eventos producir, contratar y llevar a cabo todo aquello que sea necesario para la organización del evento, aun cuando no esté individualizado en el presente apartado.-
Estructuras Estructuras layher y vallas delineadoras.-
Aduana Servicio de aduana y logística EZE-VLA-EZE.-
Carpas Carpas estructurales xx xxxxxxx, prensa y comedor.-
Cartelería, Ploteo e ImpresionesPit xxxx, back de largada, cartelería en pista, derivadores, back de
prensa, etc.
Alquiler Baños y Oficinas Baños químicos públicos, oficinas, boleterías y contenedores
Viáticos y Alojamiento Viáticos y Alojamiento Personal abocado a la producción del
evento.
Imprenta Impresión de pulseras, revistas, folletería conf. de prensa, etc. Medico / Director xx Xxxxxxx Honorarios del director y médico de la carrera.
Trabajos en Pista Maquinarias, honorarios director de pista, ayudantes y sereno.-
Servicio de traslados y fletes -
Aéreos Aéreos Org, transfer YS, alquiler de autos, Bus Org.
Sonido e iluminación Sonido ambiente y pantalla led.
Servicio de Seguridad Seguridad privada interna para accesos del público.- Alquiler de Muebles y útiles Sillas, mesas, muebles xx xxxxxxxx, estufas, mantelería, etc. Ferretería en General Artículos Varios.-
Catering Provisión de comida para todo el staff y periodistas.-
Generadores Energía para todo el paddock.
Handyes Comunicación entre personal.
Cláusula Segunda: ENTRADAS.
La prestación de los servicios de comercialización, venta y distribución de las entradas numeradas, será de; Entradas Generales, Acceso VIP y Acceso Paddock.
Se establece de común acuerdo que lo producido de la venta de entradas (Tickets) general, Paddock y Vip, será para +eventos.
Cláusula Tercera: GASTRONOMÍA
+eventos establecerá un canon a definir de común acuerdo, que deberá abonar cada uno de los locales gastronómicos para su correspondiente explotación en los días del evento, con excepción de lo que se establezca en el sector VIP y PADDOCK.- En la asignación de los locales se deberá prever “sin cargo” un
(1) sándwich (frío o caliente) y una (1) gaseosa para cincuenta (50) voluntarios para los días sábado y domingo.
Cláusula Cuarta:
A.- +eventos cede y transfiere sin costo a favor de La Provincia, la señal para difundir en el territorio nacional, a través de la TV Pública, únicamente por canal de aire; por el Sistema Federal de Medios de Contenidos Públicos, por canal de aire (TV Pública), quien se hará cargo de los costos que la trasmisión genere.
B.- +eventos habilitará y autorizará a La Provincia la colocación de quince (15) carteles institucionales dentro del circuito, en la línea xx xxxxxx.
C.- +eventos entregará a La Provincia la cantidad de trescientas (300) entradas generales de cortesía, sin cargo. -
Cláusula Quinta: La Provincia asume el compromiso de:
A.- Abonar, a la empresa INFRONT MOTO RACING GROUP la suma de Euros Cuatrocientos Mil (€400.000), más suma imputada en concepto de Grossing Up pagaderos de la siguiente manera, Euros Doscientos Mil (€ 200.000 + Grossing Up) entre los días 24 al 30 de Enero del 2022; Euros Cien Mil (€100.000 + Grossing Up) entre los días 21 al 27 de Febrero del 2022; Euros Cien Mil (€100.000 + Grossing Up) entre los días 10 al 20 xx Xxxxx del 2022 en concepto de derechos, promoción, explotación del evento contratación de la locación de equipos afectados al evento, por cuenta y orden de +eventos, y la suma en concepto imputadas a Grossing Up.
B.- Abonar a +eventos, mediante transferencia bancaria, la suma de Euros Quinientos Mil (€500.000) IVA Incluido, pagaderos de la siguiente manera, Euros Ciento Cuarenta y Cuatro Mil Doscientos Noventa y Seis (€144.296) entre los días 24 al 30 de Enero del 2022; Euros Ciento Cuarenta y Cuatro Mil Doscientos Noventa y Seis (€144.296) entre los días 21 al 27 de febrero del 2022; Euros Doscientos Once Mil Cuatrocientos Ocho (€211.408) entre los días 10 al 20 xx Xxxxx del 2022; convertidos a pesos argentinos a la fecha del efectivo pago, según cotización oficial del Banco de la Nación Argentina; para solventar los gastos de organización, producción, impuestos, fiscalización y todo lo anteriormente mencionado en la Cláusula Primera, Apartado N, relacionado al evento que nos reúne “MXGP PATAGONIA ARGENTINA 2022”.
C.- Será responsabilidad de La Provincia, la gestión y participación de la Fundación del Automovilismo de la República Argentina (FADRA), encargada de la producción técnica televisiva, según requerimientos internacionales obligatorios de la empresa Infront Moto Racing Group.
D.-Asignar por intermedio de las áreas provinciales competentes, la apoyatura de personal de Policía, Bomberos, Seguridad Provincial, Salud (SIEN), Aeronáutica, Medio Ambiente y EPEN.-
Cláusula Sexta: Edición MXGP 2020
En el marco del Reclamo Administrativo formulado por +eventos ante el Ministerio de Turismo de la Provincia de Neuquén que originara el Ex 2020-00074899 -NEU-DESP#MTUR y su correspondiente en
GESDOCU expediente Nº 8500-002090/20; Las Partes han consensuado un monto de inversión por la edición del “MXGP” PATAGONIA ARGENTINA 2020, que fuera suspendido y reprogramado como medida preventiva por el brote Mundial de Covid-19 o Coronavirus en el marco del Decreto Provincial N 366/20; en la suma de Euros Ciento Cincuenta y un Mil Cuatrocientos (€151400) pagaderos de la siguiente manera, Euros Setenta y Cinco Mil Setecientos (€75.700) entre los días 24 y 30 de Enero de 2022, y Euros Setenta y Cinco Mil Setecientos (€75.700) entre los días 21 y 27 de Febrero de 2022.
+eventos acepta el acuerdo en todos sus términos dejando expresamente aceptado que una vez firmado el presente, nada tendrá que reclamar a la Provincia por ningún concepto derivado del MXGP PATAGONIA ARGENTINA 2020, ya que las condiciones pactadas quedan ampliamente satisfechos todos sus derechos en lo que se ha considerado una justa composición de derechos e intereses entre las partes.
Asimismo +eventos se obliga a mantener indemne a la Provincia de Neuquen por cualquier reclamo administrativo, judicial, extra judicial y/o arbitral en la República Argentina, en el Extranjero y/o en el Ámbito Internacional en relación por cualquier gestión vinculada al MXGP PATAGONIA ARGENTINA 2020.
Cláusula Séptima: VIP INSTITUCIONAL
Las Partes de común acuerdo, asignarán un espacio para autoridades nacionales, provinciales, municipales y la presencia institucional de La Provincia, que brindará un servicio de catering a su cargo. -
Cláusula Octava: SPONSORS.
Las Partes acuerdan que lo producido en la contratación de sponsors, ante instituciones privadas y/o públicas, como auspiciantes del evento, será para La Parte que concrete el/los contrato/s.
Deber de Confidencialidad. - Ninguna de Las Partes podrá, sin previa autorización por escrito de la otra, de ninguna manera revelar o comunicar a terceras partes cualquier información suministrada a la misma en virtud de este convenio y deberá realizar sus mejores esfuerzos para prevenir la revelación o comunicación indebida de tal información. Cada una de Las Partes tomará las medidas necesarias para asegurar, dentro de lo posible, que no habrá indebida revelación, comunicación o uso de ella, por parte de sus directores, empleados o agentes de información provista por la otra parte. Las obligaciones establecidas continuaran vigentes aun después de la terminación de ese convenio o de cualquiera de los derechos otorgados en virtud del mismo.
Las Partes realizan sus mejores esfuerzos para solucionar amigablemente cualquier diferendo, disputa, controversia o reclamo que surja entre ellos con motivo y/o que estén relacionados con la interpretación y/o cumplimiento y/o ejecución del presente contrato.
Las Partes expresan y reconocen que no existe entre ellas más relación que las que surgen del presente contrato y que el mismo es para su ejecución conforme a los cánones de la más estricta buena fe y cada parte compromete su máxima diligencia en el cumplimiento de las obligaciones propias y en colaborar para facilitar la de la otra parte.
Jurisdicción: A todos los efectos judiciales y extrajudiciales que pudieran suscitarse, Las Partes se someten a la competencia de la justicia ordinaria de la ciudad de Neuquén Capital, renunciando expresamente a todo fuero o jurisdicción que pudieren corresponderle, fijando a tal efecto los siguientes domicilios.
La Provincia en xxxxx Xxxxxxxx Xx 000, xx xx xxxxxx xx Xxxxxxx Xxxxxxx; y+eventos en calle Xxxxxxx Xxxxx Nº 2676, de la Xxxxxx xx Xxxxxxx, Xxxxxxxxx xx Xxxxxxx. -
---- Xx xx xxxxxx xx Xxxxxxx a los días del mes de enero de 2022, se firman cuatro (4) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto. –
Digitally signed by XXX XXXXXXX
DN: cn=GDE NEUQUEN, c=AR, o=SECRETARIA DE MODERNIZACION DE LA GESTION PUBLICA,
ou=Direccion Provincial de Servicios TICs, serialNumber=CUIT 30710396961 Date: 2022.01.14 15:45:40 -03'00'
Xxxxxxxxx Xxxx Xxxxxxxx Director Provincial
MTUR - Dirección Provincial de Legal y Tecnica Ministerio de Turismo
Digitally signed by XXX XXXXXXX
DN: cn=GDE NEUQUEN, c=AR, o=SECRETARIA DE MODERNIZACION DE LA GESTION PUBLICA,
ou=Direccion Provincial de Servicios TICs, serialNumber=CUIT 30710396961
Date: 2022.01.14 15:45:55 -03'00'