Contract
CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIO QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL H. XL AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE TEPIC, NAYARIT, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ “EL MUNICIPIO” REPRESENTADO POR LOS C.C. XX. XXXXXXXX XXXXXXXXX XXXXXXXX, LIC. XXXXX XXXXXXXXXX XXXXXXXX XXXXX Y C. XXXXXXX XXXXXXXX XXXXXXX, EN SU CARÁCTER DE PRESIDENTE MUNICIPAL, SÍNDICO MUNICIPAL Y SECRETARIO DEL AYUNTAMIENTO RESPECTIVAMENTE; Y POR LA OTRA PARTE LA PERSONA MORAL CON ACTIVIDAD EMPRESARIAL XXXX XXXXXXX XXXXXXXXX XXXXXXXX (INTERCOMUNICACION TELEFONICA XXXXXXXXX) A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ “EL PRESTADOR DE SERVICIOS”, MANIFESTANDO AMBAS PARTES LAS SIGUIENTES:
D E C L A R A C I O N E S:
1. DECLARA “EL MUNICIPIO”
1.1 QUE ES EL ÓRGANO DE GOBIERNO MUNICIPAL, QUIEN ESTA FACULTADO PARA CELEBRAR TODOS LOS ACTOS Y CONTRATOS NECESARIOS A NOMBRE DEL MUNICIPIO DE TEPIC DE ACUERDO A LO ESTIPULADO EN EL ARTÍCULO 115 FRACC. I DE LA CONSTITUCIÓN POLITICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, 106 DE LA CONSTITUCIÓN POLITICA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE NAYARIT Y LOS ARTÍCULOS 2, 64 FRACCION IX Y XXI, 73 FRACCION II, 114 FRACCIÓN III Y DEMÁS RELATIVOS DE LA LEY MUNICIPAL PARA EL ESTADO DE NAYARIT EN VIGOR.
1.2 PARA CUBRIR LAS EROGACIONES QUE SE DERIVEN DEL PRESENTE CONTRATO, “EL MUNICIPIO” CUENTA CON RECURSOS PROPIOS.
1.3 QUE TIENE ESTABLECIDO SU XXXXXXXXX XX XXXXXXX XXXXXXXXX X/X, XXX. XXXXXX, XX XX XXXXXX XX XXXXX, NAYARIT, MISMO QUE SEÑALA PARA LOS FINES Y EFECTOS LEGALES DE ESTE CONTRATO.
1.4 QUE LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS OBJETO DEL PRESENTE CONTRATO FUE ADJUDICADO A TRAVÉS DEL PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACION DIRECTA CON FUNDAMENTO EN LOS ARTÍCULOS 27 FRACCION III, DE LA LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS, SERVICIOS Y ALMACENES DEL ESTADO DE NAYARIT, Y 27 FRACCIÓN I DEL REGLAMENTO DE ADQUISICIONES, ENAJENACIONES, ARRENDAMIENTOS Y CONTRATACIÓN DE SERVICIOS, DE BIENES MUEBLES E INMUEBLES DEL MUNICIPIO DE TEPIC.
1.5 QUE SE DESIGNA AL DEPARTAMENTO DE SERVICIOS GENERALES DEL MUNICIPIO DE TEPIC, NAYARIT. A TRAVÉS DE SU TITULAR EL LIC. XXXXX XXXXXXXX XXXXX, RESPECTIVAMENTE, PARA DAR SEGUIMIENTO A ESTE CONTRATO HASTA SU TOTAL CUMPLIMIENTO
2. DECLARA “EL PROVEEDOR”
2.1 TENER LEGALMENTE INSTALADA UNA EMPRESA CUYA ACTIVIDAD PREDOMINANTE ES OTROS ARTICULOS Y PRODUCTOS NO CLASIFICADOS ANT. (COMPRA, VENTA, E INSTALACION DE MATERIAL ELECTRICO Y EQUIPO TELEFONICO Y DE INTERCOMUNICACION) COMO LO INDICA EN SU INSCRIPCION EN EL R.F.C.
2.2 QUE TIENE SU DOMICILIO ESTABLECIDO EN XXXXX XXXXXXXX Xx. 00-X XXX. XXX XXXXXX X.X. 00000, XX XX XXXXXX XX XXXXX, XXXXXXX; MISMO QUE SE SEÑALA PARA LOS FINES Y EFECTOS LEGALES DE ESTE CONTRATO.
2.3 QUE ESTA INSCRITO EN EL REGISTRO FEDERAL DE CONTRIBUYENTES BAJO LA CLAVE: SIOR680930PJ1.
2.4 QUE CONOCE EL OBJETO DEL PRESENTE CONTRATO, EN VIRTUD DE ESTAR ENTERADO DE LAS NECESIDADES DEL “MUNICIPIO” Y QUE POR ELLO SE ENCUENTRA EN CONDICIONES DE SATISFACERLAS OPORTUNAMENTE AL CONTAR CON LOS RECURSOS HUMANOS, TÉCNICOS, FINANCIEROS Y ECONÓMICOS, PROPIOS Y NECESARIOS PARA CUMPLIR CON LA ENTREGA DE LOS SERVICIOS OBJETO DEL PRESENTE CONTRATO.
2.5 SER MEXICANO Y CONVIENE, CUANDO LLEGARE A CAMBIAR DE NACIONALIDAD, EN SEGUIRSE CONSIDERANDO COMO MEXICANO EN CUANTO A ESTE CONTRATO SE REFIERE Y A NO INVOCAR LA PROTECCIÓN DE NINGÚN GOBIERNO EXTRANJERO, BAJO LA PENA DE PERDER TODO DERECHO DERIVADO DE ESTE CONTRATO.
3. LAS PARTES DECLARAN:
3.1 QUE SE OBLIGAN A SUJETARSE A TODAS Y CADA UNA DE LAS CLÁUSULAS QUE INTEGRAN EL PRESENTE CONTRATO, ASÍ COMO A LOS TÉRMINOS, LINEAMIENTOS, PROCEDIMIENTOS Y REQUISITOS QUE ESTABLECE LA LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS, SERVICIOS Y ALMACENES DEL ESTADO DE NAYARIT; AL REGLAMENTO DE ADQUISICIONES, ENAJENACIONES, ARRENDAMIENTOS Y CONTRATACIÓN DE SERVICIOS, DE BIENES MUEBLES E INMUEBLES DEL MUNICIPIO DE TEPIC; LA LEY DE JUSTICIA Y PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS DEL ESTADO DE NAYARIT; EL CODIGO CIVIL PARA EL ESTADO DE NAYARIT, EL CODIGO DE PROCEDIMIENTO CIVILES PARA EL ESTADO DE NAYARIT Y DEMÁS NORMAS Y DISPOSICIONES ADMINISTRATIVAS QUE LE SEAN APLICABLES.
3.2 QUE EN ATENCIÓN A SU NATURALEZA, A SUS FUNCIONES, ATRIBUCIONES Y CAPACIDAD, ESTIMAN CONVENIENTE LA CELEBRACIÓN DEL PRESENTE INSTRUMENTO EL CUAL SE AJUSTA A LAS DISPOSICIONES JURÍDICAS VIGENTES SOBRE LA MATERIA Y SE CELEBRA POR AMBAS PARTES DE PLENA CONFORMIDAD SUJETANDOSE A LAS SIGUIENTES:
X X X X X X X X X:
PRIMERA.- OBJETO DEL CONTRATO.
EL OBJETO DEL PRESENTE CONTRATO ES PARA LA: CONTRATACION DE SERVICIO DE MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y CORRECTIVO A SISTEMAS Y EQUIPOS TELEFONICOS DE LAS DIFERENTES AREAS DEL H. XL. AYUNTAMIENTO DE TEPIC, NAYARIT. POR LOS MESES XX XXXXX A DICIEMBRE DEL 2015.
SEGUNDA.- MONTO DEL CONTRATO.
ADJUDICACION DIRECTA NUMERO: AD-DADQ-DA-04/2015 | ||||||
SERVICIO EL CUAL INCLUYE: | ||||||
PARTIDA | CODIGO | DESCRIPCION | UNIDAD DE MEDIDA | CANTIDAD | PRECIO UNITARIO | IMPORTE |
1 | CONTRATACION DE SERVICIO DE MATENIMIENTO PREVENTIVO Y CORRECTIVO A SISTEMAS Y EQUIPOS TELEFONICOS DE LAS DIFERENTES AREAS DEL H. XL. AYUNTAMIENTO DE TEPIC, NAYARIT. POR LOS MESES XX XXXXX A DICIEMBRE DEL 2015 SOLICITADO POR EL DEPARTAMENTO DE SERVICIOS GENERALE DEL MUNICIPIO DE TEPIC, NAYARIT. | SERVICIO | 1 | 99,950.00 | 99,950.00 | |
SUBTOTAL | $ 99,950.00 | |||||
I.V.A | $ 15,992.00 | |||||
TOTAL | $ 115,942.00 |
EL MONTO DE ESTE CONTRATO ES EN BASE AL PRECIO OFERTADO POR “EL PRESTADOR DE SERVICIOS” POR UN TOTAL DE $ 115,942.00 (CIENTO QUINCE MIL NOVECIENTOS CUARENTA Y DOS PESOS 00/100) IVA (IMPUESTO AL VALOR AGREGADO) INCLUIDO.
TERCERA.- PLAZO Y CONDICIONES DE ENTREGA.
“EL PRESTADOR DE SERVICIOS” SE COMPROMETE A PROPORCIONAR LOS SERVICIOS SOLICITADOS DENTRO DE LOS SIGUIENTES DIEZ MESES A PARTIR DE LA FIRMA DEL FALLO. EN CASO DE NO PROPORCIONAR LOS SERVICIOS EN EL TIEMPO ANTES DESCRITO, “EL PRESTADOR DE SERVICIOS” SE HARA ACREEDOR A LAS SANCIONES A QUE HAYA LUGAR, INDEPENDIENTEMENTE DE LAS PENALIZACIONES ESTABLECIDAS EN EL PRESENTE INSTRUMENTO Y POR LA LEY Y REGLAMENTO DE LA MATERIA.
CUARTA.- LUGAR DE ENTREGA DE LOS SERVICIOS.
LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS SERA EN BASE A LA PROGRAMACION O NOTIFICACION Y SE LLEVARÁ A CABO EN EL LUGAR QUE DETERMINE EL “MUNICIPIO”, MISMO QUE SERÁ COMUNICADO POR EL DEPARTAMENTO DE SERVICIOS GENERALES AL “PRESTADOR DE SERVICIOS”.
QUINTA.- GARANTÍA DE LOS SERVICIOS.
EL PROVEEDOR, PARA GARANTIZAR EL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO, DEBERÁ OTORGAR FIANZA EXPEDIDA POR AFIANZADORA DEBIDAMENTE CONSTITUIDA EN TÉRMINOS DE LA LEY FEDERAL DE INSTITUCIONES DE FIANZAS Y/O CHEQUE CRUZADO POR UN IMPORTE DEL 10% DEL MONTO TOTAL DEL CONTRATO, SIN CONSIDERAR EL IVA (IMPUESTO AL VALOR AGREGADO), A FAVOR DE : TESORERIA MUNICIPAL DE TEPIC, NAYARIT.
DE CONFORMIDAD A LO ESTABLECIDO POR EL ART. 33 DE LA LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS, SERVICIOS Y ALMACENES DEL ESTADO DE NAYARIT, EL SERVIDOR PÚBLICO QUE DEBA FIRMAR EL CONTRATO, BAJO SU RESPONSABILIDAD, PODRÁ EXCEPTUAR AL PROVEEDOR, DE PRESENTAR LA GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO RESPECTIVO, SIEMPRE QUE LA ENTREGA DE LOS BIENES O PRESENTACIÓN DE LOS SERVICIOS SE REALICE EN UN PLAZO NO MAYOR XX XXXX DÍAS NATURALES.
LA GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO DEBERÁ PRESENTARSE EN EL PLAZO O FECHA PREVISTOS EN LA INVITACIÓN Y BASES, EN SU DEFECTO, A MAS TARDAR DENTRO DE LOS DIEZ DÍAS NATURALES SIGUIENTES A LA FIRMA DEL CONTRATO, SALVO QUE LA ENTREGA DE LOS BIENES O LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS SE REALICE DENTRO DEL CITADO PLAZO Y, LA CORRESPONDIENTE AL ANTICIPO SE PRESENTARA PREVIAMENTE A LA ENTREGA DE ESTE, A MAS TARDAR EN LA FECHA ESTABLECIDA EN EL CONTRATO.
“EL PROVEEDOR” PARA GARANTIZAR LA CALIDAD DEL SERVICIO, DEBERÁ EXPEDIR UN DOCUMENTO GARANTIZANDO CUALQUIER VICIO OCULTO Y DEFECTOS DEL SERVICIO OBJETO DEL PRESENTE CONTRATO, CONSIDERANDO QUE SU PLAZO NO PODRA SER INFERIOR DE 12 MESES.
SEXTA.- ANTICIPO
PARA LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS OBJETO DE ESTE CONTRATO NO SE OTORGARA ANTICIPO.
SEPTIMA.- PAGO DE LOS SERVICIOS.
EL PAGO DE LOS SERVICIOS SE HARA PRESENTANDO FACTURA MENSUAL INDICANDO A QUE MES CORRESPONDE POR TODOS LOS SERVICIOS REALIZADOS DENTRO DEL PERIODO FACTURADO Y A LA PRESENTACIÓN DE LA FACTURA FIRMADA Y SELLADA DE RECIBIDO DE CONFORMIDAD POR EL TITULAR DEL DEPARTAMENTO DE SERVICIOS GENERALES.
LA FACTURA DEBERÁ PRESENTARSE EN LA TESORERIA MUNICIPAL CON DOMICILIO EN XXXXXXX MUNICIPAL SIN NÚMERO, COLONIA CENTRO, EN ESTA CIUDAD CAPITAL DE LUNES A VIERNES, EN EL HORARIO DE 09:00 A 15:00 HORAS.
EL PAGO ANTERIORMENTE SEÑALADO SE REALIZARA EN LA TESORERIA MUNICIPAL, UBICADA EN XX XXXXXXX XXXXXXXXX X/X, XXX. XXXXXX, XX XX XXXXXX XX XXXXX, XXXXXXX. DEBIENDO FACTURARSE A NOMBRE DE: XXXXXXXXX XX XXXXX XXXXXXX X, XXXXXXX XXXXXXXXX X/X, XXX. XXXXXX X.X. 00000 TEPIC, NAYARIT, RFC. MTN- 850101-LJ1.
OCTAVA.- AMPLIACIÓN DEL PLAZO.
EN LOS CASOS FORTUITOS O DE FUERZA MAYOR, O CUANDO POR CUALQUIER OTRA CAUSA NO IMPUTABLE A “EL PRESTADOR DE SERVICIOS”, LE FUERE IMPOSIBLE CUMPLIR CON LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS, SOLICITARÁ OPORTUNAMENTE Y POR ESCRITO, LA PRÓRROGA QUE CONSIDERE NECESARIA, EXPRESANDO LOS MOTIVOS EN QUE APOYE SU SOLICITUD A “EL MUNICIPIO”, QUIEN RESOLVERÁ SOBRE LA JUSTIFICACIÓN Y PROCEDENCIA DE LA PRÓRROGA, LA CUAL EN EL CASO CONCEDERÁ.
EN EL CASO DE QUE SE PRESENTAREN CAUSAS QUE IMPIDAN LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS, DENTRO DE LOS PLAZOS ESTABLECIDOS, QUE FUEREN IMPUTABLES A “EL PRESTADOR DE SERVICIOS”, ÉSTE PODRÁ TAMBIÉN SOLICITAR UNA PRÓRROGA, PERO SERÁ OPTATIVO PARA “EL MUNICIPIO” OTORGARLA O NEGARLA.
CUANDO SE CONCEDA LA PRORROGA POR “EL MUNICIPIO”, DECIDIRÁ ÉSTE SI PROCEDE A IMPONER A “EL PRESTADOR DE SERVICIOS”, LAS SANCIONES A QUE HAYA LUGAR, SIENDO QUE EN EL CASO DE NEGARLA, PODRÁ EXIGIR A “EL PRESTADOR DE SERVICIOS” EL CUMPLIMIENTO DE EL CONTRATO,
ORDENÁNDOLE QUE ADOPTE LAS MEDIDAS NECESARIAS A FIN DE QUE LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS QUEDE CONCLUIDO OPORTUNAMENTE O BIEN PROCEDERÁ A RESCINDIR EL CONTRATO DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN LA LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS, SERVICIOS Y ALMACENES DEL ESTADO DE NAYARIT Y EL REGLAMENTO DE ADQUISICIONES, ENAJENACIONES, ARRENDAMIENTOS Y CONTRATACIÓN DE SERVICIOS, DE BIENES MUEBLES E INMUEBLES DEL MUNICIPIO DE TEPIC
NOVENA.- SUPERVISIÓN DE LOS BIENES.
“EL MUNICIPIO” TENDRÁ EL DERECHO DE SUPERVISAR EN TODO TIEMPO LOS SERVICIOS OBJETO DEL PRESENTE CONTRATO, PUDIENDO REALIZAR LOS CAMBIOS A “EL PRESTADOR DE SERVICIOS” DE LOS SERVICIOS QUE RESULTEN CON ERRORES EN SU REALIZACION.
DECIMA.- PENAS CONVENCIONALES.
EN EL CASO DE QUE “EL PRESTADOR DE SERVICIOS” INCURRA EN ATRASO EN LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS, QUEDA OBLIGADO A PAGAR EL 1% POR CADA DIA NATURAL DE DEMORA SOBRE EL VALOR DE LOS SERVICIOS PENDIENTES DE ENTREGAR HASTA SU CUMPLIMIENTO, A ENTERA SATISFACCIÓN DE “EL MUNICIPIO”, PROCEDIENDO EL MISMO A EFECTUAR EL DESCUENTO DIRECTO DEL ENTERO DE LOS PAGOS QUE DEBA CUBRIR.
SI EN UN TERMINO XX XXXX DIAS NATURALES PERSISTE EL ATRASO, “EL MUNICIPIO” INICIARA EL PROCEDIMIENTO DE RESCISION DE CONTRATO.
DECIMA PRIMERA.- RESCISIÓN DE CONTRATO.
LAS PARTES CONVIENEN EN QUE EL PRESENTE CONTRATO PODRÁ RESCINDIRSE EN CASO DE INCUMPLIMIENTO, PERO CUANDO “EL MUNICIPIO” OPTE POR LA RESCISIÓN POR CAUSAS IMPUTABLES A “EL PRESTADOR DE SERVICIOS”, LAS PARTES ACEPTAN QUE SE CUMPLA EL PROCEDIMIENTO DE SUSPENSIÓN DE LOS SERVICIOS Y SANCIONES QUE ESTABLEZCA LA LEY DE LA MATERIA; EN TAL CASO “EL MUNICIPIO” COMUNICARÁ LO ANTERIOR A “EL PRESTADOR DE SERVICIOS” EN FORMA FEHACIENTE LAS CAUSAS QUE PUEDEN DAR LUGAR A LA RESCISIÓN DEL CONTRATO SON LAS QUE SE SEÑALAN A CONTINUACIÓN:
- SI “EL PRESTADOR DE SERVICIOS” NO INICIA LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS OBJETO DE ESTE CONTRATO EN LA FECHA SEÑALADA POR “EL MUNICIPIO”.
- SI “EL PRESTADOR DE SERVICIOS” SUSPENDE INJUSTIFICADAMENTE LA ENTREGA DE LOS SERVICIOS O SE NIEGA A REPONER LOS SERVICIOS QUE HUBIEREN SIDO RECHAZADOS POR “EL MUNICIPIO” A RAÍZ DE LOS DEFECTOS QUE ÉSTOS PRESENTEN.
- SI NO SE EJECUTA LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS DE CONFORMIDAD CON LO ESTIPULADO O SIN MOTIVO JUSTIFICADO NO ACATE LAS ORDENES DADAS POR “EL MUNICIPIO”.
- SI SE DECLARA EN QUIEBRA O EN SUSPENSIÓN DE PAGOS O HACE CESIÓN DE LOS SERVICIOS EN FORMA QUE AFECTE A ESTE CONTRATO.
- SI “EL PRESTADOR DE SERVICIOS” NO DA A “EL MUNICIPIO” Y A LAS DEPENDENCIAS QUE TENGAN FACULTAD DE INTERVENIR, LAS FACILIDADES Y DATOS NECESARIOS PARA LA INSPECCIÓN, VIGILANCIA Y SUPERVISIÓN DE LOS SERVICIOS OBJETO DE ESTE CONTRATO.
- EN GENERAL POR CUALQUIER OTRA CAUSA IMPUTABLE A “EL PRESTADOR DE SERVICIOS”, SIMILAR A LAS ANTES EXPRESADAS EN ESTE CONTRATO QUE CONTRAVENGAN LAS LEYES Y REGLAMENTOS APLICABLES O LAS ORDENES DE “EL MUNICIPIO”.
AMBAS PARTES CONVIENEN EN QUE PARA RESCINDIR EL PRESENTE CONTRATO POR LAS CAUSAS ANTES ESTIPULADAS, NO HABRÁ NECESIDAD DE QUE LO DECLARE LA AUTORIDAD JUDICIAL. PUDIENDO “EL MUNICIPIO” RESCINDIRLO EN CUALQUIER MOMENTO.
DECIMA SEGUNDA.- JURISDICCIÓN Y TRIBUNALES CORRESPONDIENTES.
TODO LO NO EXPRESAMENTE PREVISTO EN ESTE CONTRATO, SE REGIRÁ POR LO ESTABLECIDO EN LA LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS, SERVICIOS Y ALMACENES DEL ESTADO DE NAYARIT Y DEMÁS NORMAS Y DISPOSICIONES ADMINISTRATIVAS QUE LE SEAN APLICABLES. EN EL CASO DE CONTROVERSIA PARA LA INTERPRETACIÓN Y CUMPLIMIENTO DEL PRESENTE CONTRATO LAS PARTES SE SOMETEN EXPRESAMENTE A LA JURISDICCIÓN Y COMPETENCIA DE LOS TRIBUNALES CON SEDE EN LA CIUDAD DE TEPIC, NAYARIT, RENUNCIANDO AL FUERO QUE LES PUDIERA CORRESPONDER POR RAZÓN DE SUS DOMICILIOS PRESENTES, FUTUROS O POR CUALQUIER OTRA CAUSA.
DECIMA TERCERA.- VIGENCIA DEL CONTRATO.
EL PRESENTE CONTRATO TENDRA UNA VIGENCIA DE 12 MESES CONTADOS APARTIR DE LA FIRMA DEL MISMO POR “EL PRESTADOR DE SERVICIOS ADJUDICADO”.
LEÍDO QUE FUE EL PRESENTE POR LOS CONTRATANTES, LO RATIFICARON Y FIRMARON A LOS 12 DÍAS DEL MES XX XXXXX DEL 2015.
“EL MUNICIPIO”
H. XL AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE TEPIC, NAYARIT.
XX. XXXXXXXX XXXXXXXXX XXXXXXXX PRESIDENTE MUNICIPAL
C. XXXXXXX XXXXXXXX XXXXXXX SECRETARIO DEL AYUNTAMIENTO | LIC. XXXXX XXXXXXXXXX XXXXXXXX XXXXX SÍNDICO MUNICIPAL |
“EL PRESTADOR DE SERVICIOS”
XXXX XXXXXXX XXXXXXXXX XXXXXXXX (INTERCOMUNICACION TELEFONICA XXXXXXXXX)
TESTIGOS
LIC. XXXXXXX XXXXX XXXXXXX JEFE DEL DEPARTAMENTO DE ADQUISICIONES DEL MUNICIPIO DE TEPIC, NAYARIT | LIC. XXXXX XXXXXXXX XXXXX JEFE DEPARTAMENTO DE SERVICIOS GENERALES DEL MUNICIPIO DE TEPIC, NAYARIT |