BASES ESTÁNDAR DE CONCURSO PÚBLICO PARA LA CONTRATACIÓN DE SERVICIOS EN GENERAL
SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES
CONCURSO PUBLICO N° 004/2017-SBS
BASES ESTÁNDAR DE CONCURSO PÚBLICO PARA LA CONTRATACIÓN DE SERVICIOS EN GENERAL
CONCURSO PÚBLICO Nº 004/2017-SBS
ADQUISICION DE LICENCIAS Y CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE SOPORTE TÉCNICO Y ACTUALIZACIÓN DEL SOFTWARE MICROSOFT O EQUIVALENTE
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CONCURSO PUBLICO N° 004/2017-SBS
DEBER DE COLABORACIÓN
La Entidad y todo proveedor que se someta a las presentes Bases, sea como participante, postor y/o contratista, deben conducir su actuación conforme a los principios previstos en la Ley de Contrataciones del Estado.
En este contexto, se encuentran obligados a prestar su colaboración al OSCE y al Consejo Multisectorial de Monitoreo de las Contrataciones Públicas, en todo momento según corresponda a sus competencias, a fin de comunicar presuntos casos de fraude, colusión y corrupción por parte de los funcionarios y servidores de la Entidad, así como los proveedores y demás actores que participan en el proceso de contratación.
De igual forma, deben poner en conocimiento del OSCE y a la Comisión de Defensa de la Libre Competencia del INDECOPI los indicios de conductas anticompetitivas que se presenten durante el proceso de contratación, en los términos del Decreto Legislativo N° 1034, "Ley de Represión de Conductas Anticompetitivas", o norma que la sustituya, así como las demás normas de la materia.
La Entidad y todo proveedor que se someta a las presentes Bases, sea como participante, postor y/o contratista del proceso de contratación deben permitir al OSCE o al Consejo Multisectorial de Monitoreo de las Contrataciones Públicas el acceso a la información referida a las contrataciones del Estado que sea requerida, prestar testimonio o absolución de posiciones que se requieran, entre otras formas de colaboración.
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SECCIÓN GENERAL
DISPOSICIONES COMUNES DEL PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN
(ESTA SECCIÓN NO DEBE SER MODIFICADA EN NINGÚN EXTREMO, BAJO SANCIÓN DE NULIDAD)
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CAPÍTULO I
ETAPAS DEL PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN
1.1. BASE LEGAL
- Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado, en adelante la Ley.
- Decreto Supremo N° 350-2015-EF, Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, en adelante el Reglamento.
- Directivas del OSCE.
- Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y de Acceso a la Información Pública.
- Decreto Supremo Nº 008-2008-TR, Reglamento de la Ley MYPE.
- Decreto Supremo N° 304-2012-EF, TUO de la Ley General del Sistema Nacional del Presupuesto.
- Decreto Supremo Nº 013-2013-PRODUCE - Texto Único Ordenado de la Ley de Impulso al Desarrollo Productivo y al Crecimiento Empresarial.
- Decreto Supremo N° 006-2017-JUS, TUO de la Ley N° 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General.
- Código Civil.
Las referidas normas incluyen sus respectivas modificaciones, de ser el caso.
Para la aplicación del derecho deberá considerarse la especialidad de las normas previstas en las presentes bases.
1.2. CONVOCATORIA
Se realiza a través de su publicación en el SEACE de conformidad con lo señalado en el artículo 33 del Reglamento, en la fecha señalada en el calendario del procedimiento de selección, debiendo adjuntar las bases y resumen ejecutivo.
1.3. REGISTRO DE PARTICIPANTES
El registro de participantes se lleva a cabo desde el día siguiente de la convocatoria hasta antes del inicio de la presentación de ofertas, de forma ininterrumpida. En el caso de un consorcio, basta que se registre uno (1) de sus integrantes.
El registro de participantes es gratuito y electrónico a través del SEACE.
El proveedor que desee participar en el presente procedimiento de selección debe registrarse como participante, debiendo contar para ello con inscripción vigente en el RNP, conforme al objeto de la contratación.
Importante |
En caso los proveedores no cuenten con inscripción vigente en el RNP y/o se encuentren inhabilitados o suspendidos para ser participantes, postores y/o contratistas, el SEACE restringirá su registro, quedando a potestad de estos intentar nuevamente registrar su participación en el procedimiento de selección en cualquier otro momento, dentro del plazo establecido para dicha etapa, siempre que haya obtenido la vigencia de su inscripción o quedado sin efecto la sanción que le impuso el Tribunal de Contrataciones del Estado. |
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1.4. FORMULACIÓN DE CONSULTAS Y OBSERVACIONES A LAS BASES
Todo participante puede formular consultas y observaciones a las bases, en el plazo señalado en el calendario del procedimiento de selección, que no puede ser menor a diez (10) días hábiles contados desde el día siguiente de la convocatoria, de conformidad con lo establecido en el artículo 51 del Reglamento.
Las observaciones a las bases, se realizan de manera fundamentada, por supuestas vulneraciones a la normativa de contrataciones u otra normativa que tenga relación con el objeto de contratación.
Para formular consultas y observaciones se debe emplear el formato incluido en el Anexo N°
1 de la Directiva “Disposiciones sobre la formulación y absolución de consultas y observaciones”.
1.5. ABSOLUCIÓN DE CONSULTAS Y OBSERVACIONES A LAS BASES
La absolución simultánea de las consultas y observaciones por parte del comité de selección mediante pliego absolutorio se notifica a través del SEACE en la fecha señalada en el calendario del procedimiento de selección, en un plazo que no puede exceder de cinco (5) días hábiles contados desde el vencimiento del plazo para recibir consultas y observaciones.
La absolución se realiza de manera motivada, debiendo emplearse el formato incluido en el Anexo N° 2 de la Directiva “Disposiciones sobre la formulación y absolución de consultas y observaciones”. Cabe precisar que en el caso de las observaciones se debe indicar si estas se acogen, se acogen parcialmente o no se acogen.
Importante |
No se absolverán consultas y observaciones a las bases que se presenten extemporáneamente, en un lugar distinto al señalado en las bases o que sean formuladas por quienes no se han registrado como participantes. |
1.6. ELEVACIÓN AL OSCE XXX XXXXXX DE ABSOLUCIÓN DE CONSULTAS Y OBSERVACIONES
En el plazo de tres (3) días hábiles siguientes a la notificación xxx xxxxxx absolutorio a través del SEACE, los participantes pueden solicitar la elevación de los cuestionamientos al pliego de absolución de consultas y observaciones, a fin que el OSCE emita el pronunciamiento correspondiente, en los siguientes supuestos:
a) Cuando la absolución a una consulta por parte del Comité de Selección se considere contraria a la normativa de contratación pública u otras normas complementarias o conexas que tengan relación con el procedimiento de selección o con el objeto de la contratación.
b) Cuando la absolución de observaciones por parte del Comité de Selección se considere contraria a la normativa de contratación pública u otras normas complementarias o conexas que tengan relación con el procedimiento de selección o con el objeto de la contratación.
El pronunciamiento emitido por el OSCE se notifica a través del SEACE, dentro de los siete
(7) días hábiles, computados desde el día siguiente de recepción del expediente completo por el OSCE.
Importante |
Constituye infracción pasible de sanción según lo previsto en el artículo 50 de la Ley, presentar cuestionamientos maliciosos o manifiestamente infundados al pliego de absolución de consultas y/u observaciones. |
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1.7. INTEGRACIÓN DE LAS BASES
Las bases integradas constituyen las reglas definitivas del procedimiento de selección. Estas incorporan obligatoriamente, las modificaciones que se hayan producido como consecuencia de las consultas, observaciones, la implementación del pronunciamiento emitido por el OSCE, así como las modificaciones requeridas por el OSCE en el marco de sus acciones de supervisión, y se publican en el SEACE en la fecha establecida en el calendario del procedimiento.
Las bases integradas no pueden ser cuestionadas en ninguna otra vía ni modificadas por autoridad administrativa alguna, bajo responsabilidad del Titular de la Entidad, salvo las acciones de supervisión a cargo del OSCE. Esta restricción no afecta la competencia del Tribunal para declarar la nulidad del procedimiento por deficiencias en las bases.
El comité de selección no puede continuar con la tramitación del procedimiento de selección si no ha publicado las bases integradas en el SEACE, bajo sanción de nulidad de todo lo actuado posteriormente, conforme lo establece el artículo 52 del Reglamento.
Importante |
En caso el OSCE haya emitido pronunciamiento, dentro de los cuatro (4) días hábiles siguientes a la publicación de la integración de las bases, los participantes pueden solicitar al OSCE, la emisión de Dictamen sobre implementación del Pronunciamiento, según lo previsto en el numeral 8.2 de la Directiva “Acciones de Supervisión a Pedido de Parte”. En caso el OSCE no haya emitido pronunciamiento, los participantes pueden solicitar al OSCE en cualquier momento la emisión de Dictamen sobre Cuestionamientos, cuando consideren de manera sustentada que las bases integradas no recojan aquello que ha sido materia de aclaración y/o precisión en el pliego de absolución de consultas y observaciones, según lo previsto en el numeral 8.8 de la Directiva “Acciones de Supervisión a Pedido de Parte”, en el plazo previsto en la misma. |
1.8. FORMA DE PRESENTACIÓN DE OFERTAS
Los documentos que acompañan las ofertas, se presentan en idioma castellano o, en su defecto, acompañados de traducción simple con la indicación y suscripción de quien oficie de traductor debidamente identificado, salvo el caso de la información técnica complementaria contenida en folletos, instructivos, catálogos o similares, que puede ser presentada en el idioma original. El postor es responsable de la exactitud y veracidad de dichos documentos.
Las ofertas se presentan por escrito, debidamente foliadas y en un (1) único sobre cerrado.
Las declaraciones juradas, formatos o formularios previstos en las bases que conforman la oferta deben estar debidamente firmados por el postor. Los demás documentos deben ser rubricados (visados) por el postor. En el caso de persona jurídica, por su representante legal, apoderado o mandatario designado para dicho fin y, en el caso de persona natural, por este o su apoderado.
El precio de la oferta debe incluir todos los tributos, seguros, transporte, inspecciones, pruebas y, de ser el caso, los costos laborales conforme la legislación vigente, así como cualquier otro concepto que pueda tener incidencia sobre el costo del servicio a contratar, excepto la de aquellos postores que gocen de alguna exoneración legal, no incluirán en el precio de su oferta los tributos respectivos.
El precio total de la oferta y los subtotales que lo componen deben ser expresados con dos decimales. Los precios unitarios pueden ser expresados con más de dos decimales.
1.9. PRESENTACIÓN Y APERTURA DE OFERTAS
La presentación de ofertas se realiza en acto público en presencia xx xxxxxxx o xxxx xx xxx en el lugar indicado en las bases, en la fecha y hora establecidas en la convocatoria.
La presentación puede realizarse por el mismo participante o a través de un tercero, sin que se exija formalidad alguna para ello.
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Importante |
Los integrantes de un consorcio no pueden presentar ofertas individuales ni conformar más de un consorcio en un procedimiento de selección, o en un determinado ítem cuando se trate de procedimientos de selección según relación de ítems. |
El acto público se inicia cuando el comité de selección empieza a llamar a los participantes en el orden en que se registraron en el procedimiento, para que entreguen sus ofertas. Si al momento de ser llamado el participante no se encuentra presente, se tiene por desistido.
En la apertura del sobre que contiene la oferta, el comité de selección debe anunciar el nombre de cada participante y el precio de la misma. Asimismo, verifica la presentación de los documentos requeridos en la sección específica de las bases de conformidad con el artículo 53 del Reglamento. De no cumplir con lo requerido la oferta se considera no admitida. Esta información debe consignarse en acta, con lo cual se da por finalizado el acto público.
En caso el comité de selección no admita la oferta el postor puede solicitar que se anote tal circunstancia en el acta, debiendo el notario o xxxx xx xxx mantenerla en custodia hasta el consentimiento de la buena pro, salvo que en el acto de presentación de ofertas o en fecha posterior el postor solicite su devolución.
Después de abierto cada sobre que contiene la oferta, el notario o xxxx xx xxx procederá a sellar y firmar cada hoja de los documentos de la oferta.
Al terminar el acto público, se levantará un acta, la cual será suscrita por el notario o xxxx xx xxx, los miembros del comité de selección, el veedor y los postores que lo deseen.
De acuerdo a lo previsto en el artículo 53 del Reglamento, en el acto de presentación de ofertas se puede contar con un representante del Sistema Nacional de Control, quien participa como veedor y debe suscribir el acta correspondiente.
1.10. EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS
Previo a la evaluación, el comité de selección determina si las ofertas responden a las características y/o requisitos y condiciones de los Términos de Referencia, detallados en la sección específica de las bases. De no cumplir con lo requerido, la oferta se considera no admitida.
La evaluación de las ofertas que cumplan con lo señalado en el párrafo anterior tiene por objeto determinar la oferta con el mejor puntaje y el orden de prelación de las ofertas, según los factores y el procedimiento de evaluación enunciados en la sección específica de las bases.
El comité de selección puede rechazar una oferta cuando se encuentre por debajo del valor referencial, siempre que de la revisión del detalle de la composición de la oferta, acredite mediante razones objetivas un probable incumplimiento por parte del postor, de conformidad con lo previsto en el artículo 47 del Reglamento.
Para estos efectos, el comité de selección debe solicitar al postor la descripción a detalle de todos los elementos constitutivos de su oferta, otorgándole un plazo mínimo de dos (2) días hábiles de recibida dicha solicitud; así como contar con información adicional que resulte pertinente para determinar si rechaza la oferta, decisión que debe ser fundamentada.
En el supuesto de ofertas que superen el valor referencial de la convocatoria, para efectos que el comité de selección considere válida la oferta económica debe contar con la certificación de crédito presupuestario correspondiente y la aprobación del Titular de la Entidad, que no puede exceder de cinco (5) días hábiles, contados desde la fecha prevista en el calendario para el otorgamiento de la buena pro, bajo responsabilidad, salvo que el postor acepte reducir su oferta económica.
En caso no se cuente con la certificación de crédito presupuestario se rechaza la oferta.
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La evaluación se realiza sobre la base de cien (100) puntos, considerando la ponderación establecida en el numeral 2.3 del Capítulo II y en el Capítulo IV de la sección específica de las bases.
Para determinar la oferta con el mejor puntaje, se toma en cuenta lo siguiente:
a) Cuando la evaluación del precio sea el único factor, se le otorga el máximo puntaje a la oferta de precio más bajo y otorga a las demás ofertas puntajes inversamente proporcionales a sus respectivos precios, según la siguiente fórmula:
Pi = Donde: | Om x PMP Oi | |
i = | Oferta. | |
Pi = Oi = Om = PMP = | Puntaje de la oferta a evaluar. Precio i. Precio de la oferta más baja. Puntaje máximo del precio. |
b) Cuando existan otros factores de evaluación además del precio, aquella que resulte con el mejor puntaje, en función de los criterios y procedimientos de evaluación enunciados en la sección específica de las bases.
En el supuesto de que dos (2) o más ofertas empaten, la determinación del orden de prelación de las ofertas empatadas se realiza a través de sorteo. Para la aplicación de este criterio de desempate se requiere la participación xx xxxxxxx o xxxx xx xxx y la citación oportuna a los postores que hayan empatado, pudiendo participar en calidad de veedor un representante del Sistema Nacional de Control.
Importante |
En el caso de procedimientos de selección por relación de ítems cuando la contratación del servicio en general va a ser prestado fuera de la provincia de Lima y Callao y el monto del valor referencial del ítem no supere los doscientos mil Soles (S/ 200,000.00), a solicitud del postor se asigna una bonificación equivalente al diez por ciento (10%) sobre el puntaje total obtenido en dicho ítem por los postores con domicilio en la provincia donde prestará el servicio, o en las provincias colindantes, sean o no pertenecientes al mismo departamento o región. El domicilio es el consignado en la constancia de inscripción ante el RNP1. |
1.11. CALIFICACIÓN DE OFERTAS
Luego de culminada la evaluación, el comité de selección debe determinar si los postores que obtuvieron el primer y segundo lugar según el orden de prelación cumplen con los requisitos de calificación detallados en la sección específica de las bases. La oferta del postor que no cumpla con los requisitos de calificación debe ser descalificada. Si ninguno de los dos postores cumple con los requisitos de calificación, el comité de selección debe verificar los requisitos de calificación de los postores admitidos, según el orden de prelación obtenido en la evaluación.
1.12. SUBSANACIÓN DE LAS OFERTAS
La subsanación de las ofertas se sujeta a los supuestos establecidos en el artículo 39 del Reglamento.
Cuando se requiera subsanación, la oferta continua vigente para todo efecto, a condición de la efectiva subsanación dentro del plazo otorgado, el que no puede exceder de tres (3) días hábiles. La presentación de las subsanaciones se realiza a través de la Unidad de Tramite Documentario de la Entidad. La subsanación corresponde realizarla al mismo postor, su representante legal o apoderado acreditado.
1 La constancia de inscripción electrónica se visualizará en el portal web del Registro Nacional de Proveedores: xxx.xxx.xxx.xx
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1.13. OTORGAMIENTO DE LA BUENA PRO
Luego de la calificación de las ofertas, el comité de selección otorga la buena pro en la fecha señalada en el calendario de las bases mediante su publicación en el SEACE.
El otorgamiento de la buena pro en acto privado se publica y se entiende notificado a través del SEACE, el mismo día de su realización, debiendo incluir el acta de otorgamiento de la buena pro y el cuadro comparativo, detallando los resultados de la evaluación y calificación.
1.14. CONSENTIMIENTO DE LA BUENA PRO
Cuando se hayan presentado dos (2) o más ofertas, el consentimiento de la buena pro se produce a los ocho (8) días hábiles siguientes de la notificación de su otorgamiento en el SEACE, sin que los postores hayan ejercido el derecho de interponer el recurso de apelación.
En caso que se haya presentado una sola oferta, el consentimiento de la buena pro se produce el mismo día de la notificación de su otorgamiento.
El consentimiento del otorgamiento de la buena pro se publica en el SEACE al día hábil siguiente de producido.
Importante |
Una vez consentido el otorgamiento de la buena pro, la Entidad realiza la inmediata verificación de la oferta presentada por el postor ganador de la buena pro. En caso de comprobar inexactitud o falsedad en las declaraciones, información o documentación presentada, la Entidad declara la nulidad del otorgamiento de la buena pro o del contrato, dependiendo de la oportunidad en que se hizo la comprobación, de conformidad con lo establecido en la Ley y en el Reglamento. Adicionalmente, la Entidad comunica al Tribunal de Contrataciones del Estado para que inicie el procedimiento administrativo sancionador y al Ministerio Público para que interponga la acción penal correspondiente. |
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CAPÍTULO II
SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS DURANTE EL PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN
2.1. RECURSO DE APELACIÓN
A través del recurso de apelación se pueden impugnar los actos dictados durante el desarrollo del procedimiento de selección hasta antes del perfeccionamiento del contrato.
El recurso de apelación se presenta ante y es resuelto por el Tribunal de Contrataciones del Estado.
Los actos que declaren la nulidad de oficio y otros actos emitidos por el Titular de la Entidad que afecten la continuidad del procedimiento de selección, pueden impugnarse ante el Tribunal de Contrataciones del Estado.
2.2. PLAZOS DE INTERPOSICIÓN DEL RECURSO DE APELACIÓN
La apelación contra el otorgamiento de la buena pro o contra los actos dictados con anterioridad a ella debe interponerse dentro de los ocho (8) días hábiles siguientes de haberse notificado el otorgamiento de la buena pro.
La apelación contra los actos dictados con posterioridad al otorgamiento de la buena pro, contra la declaración de nulidad, cancelación y declaratoria de desierto del procedimiento, debe interponerse dentro de los ocho (8) días hábiles siguientes de haberse tomado conocimiento del acto que se desea impugnar.
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CAPÍTULO III DEL CONTRATO
3.1. PERFECCIONAMIENTO DEL CONTRATO
Dentro del plazo de ocho (8) días hábiles siguientes al registro en el SEACE del consentimiento de la buena pro o de que esta haya quedado administrativamente firme, el postor ganador de la buena pro debe presentar la totalidad de los requisitos para perfeccionar el contrato. En un plazo que no puede exceder de los tres (3) días hábiles siguientes de presentados los documentos la Entidad debe suscribir el contrato, u otorgar un plazo adicional para subsanar los requisitos, el que no puede exceder de cinco (5) días hábiles contados desde el día siguiente de la notificación de la Entidad. Al día siguiente de subsanadas las observaciones, las partes suscriben el contrato.
Para perfeccionar el contrato, el postor ganador de la buena pro debe presentar los documentos señalados en el artículo 117 del Reglamento y los previstos en la sección específica de las bases.
3.2. PLAZO DE EJECUCIÓN CONTRACTUAL
En aplicación de lo dispuesto en el artículo 120 del Reglamento, el plazo de ejecución contractual se inicia el día siguiente del perfeccionamiento del contrato, desde la fecha que se establezca en el contrato o desde la fecha en que se cumplan las condiciones previstas en el contrato, según sea el caso.
3.3. GARANTÍAS
Las garantías que deben otorgar los postores y/o contratistas, según corresponda, son las de fiel cumplimiento del contrato y por los adelantos.
3.3.1. GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO
Como requisito indispensable para perfeccionar el contrato, el postor ganador debe entregar a la Entidad la garantía de fiel cumplimiento del mismo por una suma equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato original. Esta debe mantenerse vigente hasta la conformidad de la recepción de la prestación a cargo del contratista.
Importante |
En los contratos periódicos de prestación de servicios en general que celebren las Entidades con las micro y pequeñas empresas, estas últimas pueden otorgar como garantía de fiel cumplimiento el diez por ciento (10%) del monto del contrato original, porcentaje que es retenido por la Entidad durante la primera mitad del número total de pagos a realizarse, de forma prorrateada en cada pago, con cargo a ser devuelto a la finalización del mismo, conforme lo establece el artículo 126 del Reglamento. |
3.3.2. GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO POR PRESTACIONES ACCESORIAS
En las contrataciones que conllevan la ejecución de prestaciones accesorias, tales como mantenimiento, reparación o actividades afines, se debe otorgar una garantía adicional por este concepto, la misma que debe ser renovada periódicamente hasta el cumplimiento total de las obligaciones garantizadas, no pudiendo eximirse su presentación en ningún caso.
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Importante |
En los contratos derivados de procedimientos de selección por relación de ítems, cuando el monto del ítem adjudicado o la sumatoria de los montos de los ítems adjudicados sea igual o menor a cien mil Soles (S/ 100,000.00), no corresponde presentar garantía de fiel cumplimiento de contrato ni garantía de fiel cumplimiento por prestaciones accesorias, conforme a lo dispuesto en el numeral 1 del artículo 128 del Reglamento. |
3.3.3. GARANTÍA POR XXXXXXXX
En caso se haya previsto en la sección específica de las bases la entrega de adelantos, el contratista debe presentar una garantía emitida por idéntico monto conforme a lo estipulado en el artículo 129 del Reglamento. La presentación de esta garantía no puede ser exceptuada en ningún caso.
3.4. REQUISITOS DE LAS GARANTÍAS
Las garantías que se presenten deben ser incondicionales, solidarias, irrevocables y de realización automática en el país, al solo requerimiento de la Entidad. Asimismo, deben ser emitidas por empresas que se encuentren bajo la supervisión directa de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, y deben estar autorizadas para emitir garantías; o estar consideradas en la última lista de bancos extranjeros de primera categoría que periódicamente publica el Banco Central de Reserva del Perú.
Importante |
Corresponde a la Entidad verificar que las garantías presentadas por el postor ganador de la buena pro y/o contratista cumplan con los requisitos y condiciones necesarios para su aceptación y eventual ejecución, sin perjuicio de la determinación de las responsabilidades funcionales que correspondan. |
ADVERTENCIA |
LOS FUNCIONARIOS DE LAS ENTIDADES NO DEBEN ACEPTAR GARANTÍAS EMITIDAS BAJO CONDICIONES DISTINTAS A LAS ESTABLECIDAS EN EL PRESENTE NUMERAL. |
3.5. EJECUCIÓN DE GARANTÍAS
La Entidad puede solicitar la ejecución de las garantías conforme a los supuestos contemplados en el artículo 131 del Reglamento.
3.6. ADELANTOS
La Entidad puede entregar adelantos directos al contratista, los que en ningún caso exceden en conjunto del treinta por ciento (30%) del monto del contrato original, siempre que ello haya sido previsto en la sección específica de las bases.
3.7. PENALIDADES
3.7.1. PENALIDAD POR XXXX EN LA EJECUCIÓN DE LA PRESTACIÓN
En caso de retraso injustificado del contratista en la ejecución de las prestaciones objeto del contrato, la Entidad le aplica automáticamente una penalidad por xxxx por cada día de atraso, de conformidad con en el artículo 133 del Reglamento.
3.7.2. OTRAS PENALIDADES
La Entidad puede establecer penalidades distintas a la mencionada en el numeral precedente, siempre y cuando sean objetivas, razonables, congruentes y proporcionales con el objeto de la contratación. Para estos efectos, se deben incluir en la sección específica de las bases los supuestos de aplicación de penalidad, la forma de cálculo de la penalidad para cada supuesto y el procedimiento mediante el cual se verifica el supuesto a penalizar.
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Estos dos tipos de penalidades se calculan en forma independiente y pueden alcanzar cada una un monto máximo equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato vigente, o de ser el caso, del ítem que debió ejecutarse.
3.8. INCUMPLIMIENTO DEL CONTRATO
Las causales para la resolución del contrato, serán aplicadas de conformidad con el artículo 36 de la Ley y 135 del Reglamento.
3.9. PAGOS
El pago se realiza después de ejecutada la respectiva prestación, pudiendo contemplarse pagos a cuenta, según la forma establecida en la sección específica de las bases o en el contrato.
La Entidad debe pagar las contraprestaciones pactadas a favor del contratista dentro de los quince (15) días calendarios siguientes a la conformidad de los servicios, siempre que se verifiquen las condiciones establecidas en el contrato para ello. La conformidad se emite en un plazo xxxxxx xx xxxx (10) días de producida la recepción.
En el caso que se haya suscrito contrato con un consorcio, el pago se realizará de acuerdo a lo que se indique en el contrato de consorcio.
En caso de retraso en el pago por parte de la Entidad, salvo que se deba a caso fortuito o fuerza mayor, el contratista tendrá derecho al reconocimiento de los intereses legales correspondientes conforme a lo establecido en el artículo 39 de la Ley y en el artículo 149 del Reglamento.
3.10. DISPOSICIONES FINALES
Todos los demás aspectos del presente procedimiento no contemplados en las bases se regirán supletoriamente por la Ley y su Reglamento, así como por las disposiciones legales vigentes.
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SECCIÓN ESPECÍFICA
CONDICIONES ESPECIALES DEL PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN
(EN ESTA SECCIÓN LA ENTIDAD DEBERÁ COMPLETAR LA INFORMACIÓN EXIGIDA, DE ACUERDO A LAS INSTRUCCIONES INDICADAS)
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CAPÍTULO I GENERALIDADES
1.1. ENTIDAD CONVOCANTE
Nombre | : | Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones |
RUC Nº | : | 20131370564 |
Domicilio legal | : | Xx. Xxxxxxxxx Xxxxxxxx Xx 000 – Xxx Xxxxxx |
Teléfono: | : | 000-0000 |
Correo electrónico: | : |
1.2. OBJETO DE LA CONVOCATORIA
El presente procedimiento de selección tiene por objeto la adquisición de licencias y la contratación del servicio de soporte técnico y actualización del software Microsoft o equivalente.
1.3. VALOR REFERENCIAL
El valor referencial asciende a S/ 4,312,997.00 (cuatro millones trescientos doce mil novecientos noventa y siete y 00/100 Soles), incluido los impuestos xx Xxx y cualquier otro concepto que incida en el costo total de los bienes y servicios. El valor referencial ha sido calculado al mes xx Xxxx del 2017, según el siguiente detalle:
Adquisición de Licencias | Soporte técnico y actualización del software | Costo Total S/ |
431,603.00 | 3,881,394.00 | 4,312,997.00 |
1.4. | EXPEDIENTE DE CONTRATACIÓN |
El expediente de contratación fue aprobado mediante Memorándum N° 139-2017-SAAG, el 22 xx xxxx del 2017. | |
1.5. | FUENTE DE FINANCIAMIENTO |
Recursos propios. | |
1.6. | SISTEMA DE CONTRATACIÓN |
El presente procedimiento se rige por el sistema de suma alzada, de acuerdo con lo establecido en el expediente de contratación respectivo. | |
1.7. | ALCANCES DEL REQUERIMIENTO |
El alcance de la prestación está definido en el Capítulo III de la presente sección de las bases. | |
1.8. | PLAZO DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO |
Los servicios materia de la presente convocatoria se prestarán en el plazo de 1,095 días calendario, en concordancia con lo establecido en el expediente de contratación. | |
1.9. | COSTO DE REPRODUCCIÓN Y ENTREGA DE BASES |
Los participantes registrados tienen el derecho de recabar un ejemplar de las bases, para cuyo | |
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efecto deben cancelar S/ 4.40 (cuatro y 40/100 Soles) en la Caja de la Entidad y recabar un ejemplar en el Departamento de Logística, ambos ubicados en Xx. Xxxxxxxxx Xxxxxxxx Xx 000 – San Xxxxxx.
1.10. BASE LEGAL
Resolución SBS N° 6716-2016. Medidas de austeridad, racionalidad, disciplina en el gasto y de ingresos de personal para el Ejercicio 2017 en la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones.
Las referidas normas incluyen sus respectivas modificaciones, de ser el caso.
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CAPÍTULO II
DEL PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN
2.1. CALENDARIO DEL PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN2
Etapa | Fecha, hora y lugar | |
Convocatoria | : | 24/05/2017 |
Registro de participantes3 A través del SEACE | : | Desde las: 00:01 horas del 25/05/2017 Hasta las: 09:59 horas del 27/06/2017 |
Formulación de consultas y | : | Del: 25/05/2017 |
observaciones a las bases | Al: 07/06/2017 | |
A través del | : | Formato para formular consultas y observaciones del Anexo N° 01 de la Directiva “Disposiciones sobre la formulación y |
absolución de consultas y observaciones”4 | ||
En Mesa de Partes o la que haga sus veces en la Entidad en | : | Xx. Xxxxxxxxx Xxxxxxxx Xx 000, en el horario de 08:30 a 16:45 horas |
Adicionalmente, remitir el archivo a la siguiente dirección | : | |
Absolución de consultas y observaciones a las bases | : | 14/06/2017 |
Integración de bases | : | 15/06/2017 |
Presentación de ofertas | : | 27/06/2017 |
El acto público se realizará en | : | Xx. Xxxxxxxxx Xxxxxxxx Xx 000 – San Xxxxxx. 10:00 horas |
Evaluación y Calificación de ofertas | : | Del 28/06/2017 al 03/07/2017 |
Otorgamiento de la buena pro | : | 04/07/2017 |
A través del SEACE |
Importante |
Los proveedores que deseen registrar su participación deben ingresar al SEACE utilizando su Certificado SEACE (usuario y contraseña). Asimismo, deben observar las instrucciones señaladas en el documento de orientación “Guía para el registro de participantes electrónico” publicado en xxx.xxxxx.xxx.xx, pestaña 1. Inicio, opción Documentos y Publicaciones, página Manuales y Otros (Proveedores). |
2.2. CONTENIDO DE LAS OFERTAS
La oferta se presenta en un (1) sobre cerrado en original, dirigido al comité de selección del
Concurso Público N° 004/2017-SBS, conforme al siguiente detalle:
2 La información del calendario indicado en las bases no debe diferir de la información consignada en la ficha del procedimiento en el SEACE. No obstante, en caso de existir contradicción primará el calendario indicado en la ficha del procedimiento en el SEACE.
3 El registro de participantes se lleva a cabo desde el día siguiente de la convocatoria hasta antes del inicio de la presentación de ofertas, según lo dispuesto en el artículo 34 del Reglamento.
4 Para acceder al formato ingrese a xxxx://xxxxxx.xxxx.xxx.xx/xxxx/xxxxxxx/xxxxxxxxxx_xxxxxxxxxx_xxxxxxxxxx.
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CONCURSO PUBLICO N° 004/2017-SBS
Señores
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Av. Xxxxxxxxx Xxxxxxxx N° 185 – San Xxxxxx Att.: Comité de selección
CONCURSO PÚBLICO N° 004/2017-SBS
Denominación de la convocatoria: ADQUISICION DE LICENCIAS Y CONTRATACION DEL SERVICIO DE SOPORTE TECNICO Y ACTUALIZACION DEL SOFTWARE MICROSOFT O EQUIVALENTE
OFERTA
[NOMBRE / DENOMINACIÓN O RAZÓN SOCIAL DEL POSTOR]
La oferta contendrá, además de un índice de documentos, la siguiente documentación:
2.2.1. Documentación de presentación obligatoria
2.2.1.1. Documentos para la admisión de la oferta
a) Declaración jurada de datos del postor. Cuando se trate de consorcio, esta declaración jurada debe ser presentada por cada uno de los integrantes del consorcio. (Anexo Nº 1)
b) Declaración jurada de acuerdo con el numeral 1 del artículo 31 del Reglamento. (Anexo Nº 2). En el caso de consorcios, cada integrante debe presentar esta declaración jurada, salvo que sea presentada por el representante común del consorcio.
c) Declaración jurada de cumplimiento de los Términos de Referencia contenidos en el numeral 3.1 del Capítulo III de la presente sección. (Anexo Nº 3).
d) Carta del fabricante o subsidiaria en el territorio nacional, o distribuidor oficial o representante local o una Declaración Jurada del postor, u otros documentos que acrediten que el postor sea una empresa representante autorizada por Microsoft Corporation, para la comercialización de licencias y soporte técnico de los productos de software Microsoft en el territorio nacional y además, se encuentre autorizado por Microsoft Corporation para comercializar un contrato de licenciamiento bajo la modalidad Enterprise Agreement (EA), en las condiciones comerciales definidas para el mismo.
e) Declaración jurada de plazo de prestación del servicio. (Anexo Nº 4)
f) El precio de la oferta en Soles. (Anexo Nº 5). El precio total de la oferta debe ser expresado con dos decimales.
g) Carta de compromiso del personal clave con firma legalizada, según lo previsto en el numeral 3.1 del Capítulo III de la presente sección. (Anexo N° 8).
h) Copia simple de las certificaciones de los técnicos especializados propuestos según lo previsto en el numeral 3.1 del Capítulo III de la presente sección.
Importante |
El comité de selección verifica la presentación de los documentos requeridos. De no cumplir con lo requerido, la oferta se considera no admitida. |
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2.2.1.2. Documentos para acreditar los requisitos de calificación
El postor debe incorporar en su oferta los documentos que acreditan los “Requisitos de Calificación” que se detallan en el numeral 3.2 del Capítulo III de la presente sección de las bases.
2.2.2. Documentación de presentación facultativa:
a) Certificado de inscripción en el registro de la Micro y Pequeña Empresa – REMYPE, de ser el caso5. En el caso de consorcios, todos los integrantes deben acreditar la condición de micro o pequeña empresa.
Importante |
Cabe subsanación de las ofertas, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 39 del Reglamento. La legalización de las firmas en la promesa de consorcio y en la carta de compromiso del personal clave, son subsanables. |
2.3. DETERMINACIÓN DEL PUNTAJE TOTAL DE LAS OFERTAS
La evaluación se realiza sobre la base de cien (100) puntos.
Para determinar la oferta con el mejor puntaje y el orden de prelación de las ofertas, se considera lo siguiente:
Precio = 100.00 puntos
Importante |
Luego de culminada la evaluación según los factores de evaluación señalados en el Capítulo IV de esta sección, el comité de selección debe determinar si el postor que obtuvo el primer lugar según el orden de prelación cumple con los requisitos de calificación especificados en el numeral 3.2 del capítulo III de la sección específica de las bases. Si dicho postor no cumple con los requisitos de calificación su oferta será descalificada. |
2.4. REQUISITOS PARA PERFECCIONAR EL CONTRATO
El postor ganador de la buena pro debe presentar los siguientes documentos para perfeccionar el contrato:
a) Garantía de fiel cumplimiento del contrato. Presentar carta fianza.
b) Contrato de consorcio con firmas legalizadas de cada uno de los integrantes, de ser el caso.
c) Código de cuenta interbancaria (CCI). Anexo N° 9
d) Copia de la vigencia del poder del representante legal de la empresa que acredite que cuenta con facultades para perfeccionar el contrato, cuando corresponda.
e) Copia de DNI del postor en caso de persona natural, o de su representante legal en caso de persona jurídica.
f) Domicilio para efectos de la notificación durante la ejecución del contrato.
g) Copia simple de la ficha RUC
h) Desagregado del monto total adjudicado. Anexo N° 5.1
Importante |
En caso que el postor ganador de la buena pro sea un consorcio, las garantías que presente este para el perfeccionamiento del contrato, así como durante la ejecución contractual, de ser el caso, además de cumplir con las condiciones establecidas en el artículo 33 de la Ley, deben consignar expresamente el nombre completo o la denominación o razón social de los |
5 Dicho documento se tendrá en consideración, en caso el postor ganador de la buena pro solicite la retención xxx xxxx por ciento (10%) del monto del contrato original, en calidad de garantía de fiel cumplimiento, según lo señalado en el artículo 126 del Reglamento.
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integrantes del consorcio, en calidad de garantizados, de lo contrario no podrán ser aceptadas por las Entidades. No se cumple el requisito antes indicado si se consigna únicamente la denominación del consorcio, conforme lo dispuesto en la Directiva “Participación de Proveedores en Consorcio en las Contrataciones del Estado”.
En los contratos periódicos de prestación de servicios en general que celebren las Entidades con las micro y pequeñas empresas, estas últimas pueden otorgar como garantía de fiel cumplimiento el diez por ciento (10%) del monto del contrato original, porcentaje que es retenido por la Entidad durante la primera mitad del número total de pagos a realizarse, de forma prorrateada en cada pago, con cargo a ser devuelto a la finalización del mismo, conforme lo establece el artículo 126 del Reglamento. En caso que el postor ganador de la buena pro no haya presentado el certificado de inscripción en el REMYPE en su oferta, puede presentarlo con los documentos para el perfeccionamiento del contrato.
De conformidad con la Décima Séptima Disposición Complementaria Final del Reglamento, dentro del supuesto de hecho de la infracción establecida en el literal h) del artículo 50.1 de la Ley, referida a la presentación de información inexacta, se encuentra comprendida la presentación de garantías que no hayan sido emitidas por las empresas indicadas en el segundo párrafo del artículo 33 de la Ley.
Importante |
De conformidad con el artículo 234 del Reglamento, las Entidades son responsables de verificar la vigencia de la inscripción en el RNP del postor ganador de la buena pro en el perfeccionamiento del contrato, ingresando al portal web del OSCE xxx.xxxx.xxx.xx sección RNP. Corresponde a la Entidad verificar que las garantías presentadas por el postor ganador de la buena pro cumplan con los requisitos y condiciones necesarios para su aceptación y eventual ejecución, sin perjuicio de la determinación de las responsabilidades funcionales que correspondan. La Entidad no puede exigir documentación o información adicional a la consignada en el presente numeral para el perfeccionamiento del contrato. |
2.5. PERFECCIONAMIENTO DEL CONTRATO
El contrato se perfecciona con la suscripción del documento que lo contiene. Para dicho efecto el postor ganador de la buena pro, dentro del plazo previsto en el numeral 3.1 de la sección general de las bases, debe presentar la documentación requerida en en Departamento de Logística, sito en Av. Xxxxxxxxx Xxxxxxxx N° 185 – San Xxxxxx.
2.6. FORMA DE PAGO
La Entidad realizará el pago de la contraprestación pactada a favor del contratista a través de tres pagos iguales, cada uno correspondiente a la tercera parte del monto total adjudicado.
El primer pago se hará efectivo después de la activación de las licencias contratadas y los dos pagos siguientes serán realizados al iniciar el 2do y el 3er año del licenciamiento, respectivamente.
Para efectos del pago de las contraprestaciones ejecutadas por el contratista, la Entidad debe contar con la siguiente documentación:
- Informe del funcionario responsable de la Gerencia de Tecnologías de Información emitiendo la conformidad de la prestación efectuada.
- Comprobante de pago.
- Guía de remisión.
2.7. PLAZO PARA EL PAGO
La Entidad debe pagar las contraprestaciones pactadas a favor del contratista dentro de los quince
(15) días calendario siguiente a la conformidad de las prestaciones, siempre que se verifiquen las condiciones establecidas en el contrato para ello.
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CAPÍTULO III REQUERIMIENTO
3.1. TERMINOS DE REFERENCIA
3.1.1 DENOMINACION DE LA CONTRATACION
El requerimiento consiste en la adquisición de licencias y contratación del servicio de soporte técnico, actualización y mantenimiento de los productos de software Microsoft o equivalente.
3.1.2 FINALIDAD PÚBLICA
El presente proceso tiene como finalidad adquirir licencias y contratar el servicio de soporte técnico, actualización y mantenimiento de los productos de software Microsoft o equivalente, necesarios para atender los requerimientos de las áreas técnica y usuarias, así como asegurar la correcta operatividad, funcionamiento, soporte técnico y actualización de versiones de los productos de software, los cuales son utilizados como software base (sistemas operativos, aplicaciones y lenguajes de desarrollo), software de ofimática y herramientas de productividad para servidores y equipos de cómputo personales de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS), para el cumplimiento de sus funciones.
3.1.3 ANTECEDENTES
La Superintendencia cuenta con licenciamiento de software Microsoft adquirida en el año 2014, así como su respectivo servicio de soporte, actualización y mantenimiento. Desde su adquisición, dichos softwares han contado con la garantía correspondiente debidamente respaldada por el fabricante. Esta situación ha permitido contar con un adecuado soporte y solución de problemas de software, destinado a garantizar su adecuado funcionamiento.
3.1.4 OBJETIVOS DE LA CONTRATACIÓN
El objeto es adquirir licencias y contratar el servicio de soporte técnico, actualización y mantenimiento de los productos de software Microsoft o su equivalente en uso en la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS).
3.1.5 REQUISITOS DEL POSTOR
Requisito:
El postor deberá ser una empresa representante autorizada por Microsoft Corporation, para la comercialización de licencias y soporte técnico de los productos de software Microsoft en el territorio nacional. Así mismo, el postor deberá estar autorizado por Microsoft Corporation para comercializar un contrato de licenciamiento bajo la modalidad Enterprise Agreement (EA), en las condiciones comerciales definidas para el mismo.
Acreditación:
Carta del fabricante o subsidiaria en el territorio nacional, o distribuidor oficial o representante local o una Declaración Jurada del postor, u otros documentos que lo acrediten como tal.
Importante |
En el caso de consorcios, cada integrante del consorcio que se hubiera comprometido a ejecutar las obligaciones vinculadas directamente al objeto de la convocatoria debe acreditar este requisito. |
3.1.6 ALCANCE Y DESCRIPCIÓN DE LOS BIENES Y SERVICIOS A CONTRATAR
Los productos de software cuyas licencias deberán ser adquiridas son los siguientes:
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Descripción licencia | Producto Microsoft | Licencias por adquirir |
Windows Server Datacenter | WinSvrDCCore ALNG LicSAPk MVL 2Lic CoreLic | 60 |
Sharepoint Server | SharePointSvr ALNG LicSAPk MVL | 1 |
Windows remote Desktop CAL para escritorio remoto por dispositivo. | WinRmtDsktpSrvcsCAL ALNG LicSAPk MVL DvcCAL | 140 |
Windows remote Desktop CAL para escritorio remoto por usuario. | WinRmtDsktpSrvcsCAL ALNG LicSAPk MVL UsrCAL | 50 |
Los productos de software para cuyas licencias se deberá contratar el servicio de soporte técnico, actualización y mantenimiento son los siguientes:
Descripción Licencia | Producto Microsoft | Licencias por renovar |
Office Professional Plus | OfficeProPlus ALNG SA MVL Pltfrm | 33 |
Office Standard | OfficeStd ALNG SA MVL Pltfrm | 1117 |
Sistema operativo Windows | WINE3perDVC ALNG SA MVL Pltfrm | 1170 |
Cal de acceso a recursos Windows | CoreCAL ALNG SA MVL Pltfrm DvcCAL | 1170 |
Windows Server Data Center | WinSvrDCCore ALNG SA MVL 2Lic CoreLic | 120 |
Windows Server Standard | WinSvrSTDCore ALNG SA MVL 2Lic CoreLic | 144 |
System Center Configuration Manager | SysCtrStdCore ALNG SA MVL 2Lic CoreLic | 12 |
licencias xx Xxxx cliente | SkypeforBsnss ALNG SA MVL | 464 |
Cal de acceso a los recursos xx Xxxx online Plan 2 | SfBOnlnP2 ShrdSvr ALNG SubsVL MVL PerUsr | 517 |
SQL Server Enterprise para 0 Xxxx | XXXXxxXxxXxxx XXXX XX MVL 2Lic CoreLic | 4 |
SQL Server Standard para 2 Core | SQLSvrStdCore ALNG SA MVL 2Lic CoreLic | 4 |
Microsoft Visio Profesional | VisioPro ALNG SA MVL | 10 |
Microsoft Project Estándar | Prjct ALNG SA MVL | 20 |
SQL Server Standard | SQLSvrStd ALNG SA MVL | 2 |
Exchange Estándar para servidor | ExchgSvrStd ALNG SA MVL | 1 |
Exchange Enterprise para servidor | ExchgSvrEnt ALNG SA MVL | 3 |
Office 365 Professional Plus | O365ProPlus ShrdSvr ALNG SubsVL MVL PerUsr | 20 |
Lync o Skype Empresarial para Servidor | SfBSvr ALNG SA MVL | 1 |
Sharepoint Server para Servidor | SharePointSvr ALNG SA MVL | 4 |
Visual Studio Enterprise con MSDN | VSEntwMSDN ALNG SA MVL | 14 |
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Microsoft Office 365 Extrafile | O365ExtraFileStorage ShrdSvr ALNG SubsVL MVL AddOn XtraStrg1GB | 3 |
Windows remote Desktop CAL para escritorio remoto por dispositivo. | WinRmtDsktpSrvcsCAL ALNG SA MVL DvcCAL | 60 |
Administración y soporte del licenciamiento Microsoft
El proveedor deberá administrar los acuerdos de licenciamiento por volumen y ofrecer una metodología especial para la atención a las necesidades y requerimientos, enmarcados en servicios de valor asociados a la firma del contrato de licenciamiento.
El proveedor deberá otorgar a la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS), ochenta (80) horas anuales de tipo reactivo “on site”, en horarios de lunes a viernes de las 09:00 a las 18:00 horas, y sábados de las 09:00 a las 13:00 horas, ante posibles problemas o eventualidades que pueda ocurrir en la plataforma Microsoft, los cuales serán atendidos por personal especializado y certificado en el tema. Estas horas serán usadas de acuerdo a las necesidades de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS) durante la vigencia del contrato. Estas horas podrán ser acumulables anualmente en caso no sean consumidas en su totalidad. Así mismo, quedará a criterio de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS) convertir estas horas de soporte reactivo en horas de tipo consultoría a necesidad de la misma.
La Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS) será atendida como un cliente corporativo, brindándole así la atención, asistencia y herramientas que le ayudaran en la administración del acuerdo de licenciamiento a suscribir.
3.1.6.1 CARACTERÍSTICAS DEL LICENCIAMIENTO
Todas las licencias están referidas a Licencias de Software por volumen “Enterprise Agreement EA”. Así mismo, de haber cambios se aceptarán los productos con las nomenclaturas nuevas que estén vigentes en el momento de la adquisición. Esta modalidad tiene características de Software Assurance y presenta las siguientes características:
a) Derecho a versiones nuevas: Acceso a las versiones nuevas del software con licencia liberado durante la vigencia del contrato.
b) Pagos diferidos: Diferir los pagos anualmente en tres (03) anualidades (el primer pago a la suscripción del contrato), los pagos siguientes serán realizadas en cada aniversario del acuerdo.
c) Los Derechos de crear imágenes adicionales que permitan el uso de ciertos medios de software para repetir imágenes.
d) Los Derechos de uso secundario, compartir la misma licencia de la aplicación para cualquier producto adicional en PCs de trabajo, así como PCs portátiles exclusivamente para asuntos relacionados con el trabajo.
3.1.6.2 CARACTERÍSTICAS DEL LICENCIAMIENTO
3.1.6.2.1 ADMINISTRACIÓN DE LICENCIAS
El postor adjudicado realizará, en conjunto con la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS), la consolidación de las licencias nuevas a ser adquiridas durante la vigencia del acuerdo a suscribir.
3.1.6.2.2 CAPACITACIÓN
EN LICENCIAMIENTO MICROSOFT
El postor adjudicado realizará una capacitación a las personas de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS) encargadas de la administración del acuerdo de licenciamiento.
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Esta capacitación incluirá conceptos importantes, tales como la descripción del acuerdo de licenciamiento suscrito, beneficios, ingreso a MVLS, activación de beneficios e información enviada por Microsoft. Esta capacitación tendrá una duración mínima de cuatro (04) horas y se brindará en las instalaciones de la SBS, en las cuales asistirán como mínimo dos (02) personas de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS).
Además de ello brindarán los siguientes beneficios para que personal técnico de la SBS, al menos dos (2) personas, accedan a los recursos de capacitación que brinda el fabricante Microsoft como son:
a) E-learning: Demostraciones y animaciones agilizadas de software con audio y video, así como cursos diseñados por instructores profesionales. Los cursos se pueden utilizar ya sea en línea o fuera de línea. Se deberá proporcionar una lista con la cantidad de Beneficios de Software Assurance que corresponderían a la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS) por la cantidad de licencias adquiridas.
b) Vouchers de Capacitación. Con el beneficio de Vouchers de Capacitación, a través del contrato Enterprise Agreement, se deberán entregar vouchers de capacitación de Microsoft Certified Partners for Learning Solutions (CPLS), el canal de entrenamiento premier autorizado para productos y servicios de aprendizaje en tecnología Microsoft.
Estos beneficios deberán ser activados por el contratista en un máximo de treinta (30) días calendarios contados a partir del día siguiente suscrito el contrato; habilitando los permisos y privilegios necesarios del contrato firmado.
3.1.6.2.3 TRUE UP
Durante el plazo de la suscripción Enterprise, es posible que se agreguen productos adicionales durante la vigencia del contrato. Cuando esto ocurra, aquellos productos que se agregaron recibirán de inmediato las mismas condiciones correspondientes a la cobertura según se estipula en el contrato Enterprise Agreement. La adquisición de estos productos adicionales se realizará según lo dispuesto en el reglamento de la ley de contrataciones del estado vigente.
3.1.6.2.4 ESQUEMA DE ASESORÍA COMERCIAL
Implementar un plan de ejecución para consumir los beneficios del Software Assurance del contrato Enterprise Agreement. El postor adjudicado convocará a una reunión trimestral al representante designado por la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS) como el Administrador de los beneficios, para coordinar la ejecución de dicho plan.
El postor adjudicado ofrecerá como mínimo una asesoría anual XXX (Software Asset Management), siendo éste un Partner calificado en la categoría de XXX. Esto con el fin de revisar el estado del contrato de licenciamiento y las necesidades de software adicional, las cuales deberán generar un Reporte de True Up anual a ser reportado el mes del aniversario.
Capacitación en el uso del Volume Licensing Service Center (VLSC) para descargar productos bajo licencia, acceder a las claves de productos y administrar sus acuerdos Volume Licensing y la actividad de adquisición de licencia.
3.1.6.2.5 GERENTE DE CUENTA COMERCIAL – PERSONAL CLAVE
El postor adjudicado asignará un Gerente de Cuenta Comercial, quien será un profesional con conocimiento en licenciamiento a empresas corporativas. Este Gerente de Cuenta Comercial estará asignado durante la duración del contrato para
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las reuniones que se presenten con el personal técnico que designe la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS), con el fin de presentar y revisar los mejores escenarios económicos y funcionales en cuanto a todos los requerimientos de licenciamiento Microsoft. El Gerente de Cuenta asignado cumplirá los siguientes objetivos:
Reuniones semanales de seguimiento y coordinación de actividades a desarrollar con la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS).
Reuniones bimestrales con cada una de las áreas de servicios que indique la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS) para seguimiento y gestión de nuevos requerimientos.
Actividades de coordinación para la ejecución de iniciativas pactadas de acuerdo al contrato.
3.1.6.2.6 ADMINISTRADOR TECNICO DE CUENTA (TAM) – PERSONAL CLAVE
El postor adjudicado asignará un TAM (Technical Account Manager), el cual será un profesional con conocimiento y experiencia en este cargo, el mismo que estará asignado durante el tiempo de duración del contrato para las reuniones que se presenten con el personal técnico que designe la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS), con el fin de gestionar los beneficios de servicios entregados por el postor adjudicado, el cual será el contacto asignado para cualquier solicitud de servicios que incluya este contrato.
Este TAM no se encontrará ubicado físicamente en las oficinas de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS), sino que será el nexo para la ejecución de los alcances indicados, teniendo reuniones de seguimiento mensuales con el Contacto Principal del Acuerdo de Licenciamiento que indique la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS). Dentro de las funciones de este TAM (Technical Account Manager), estará la preparación del Cronograma de Activación y Uso de los Beneficios de Software Assurance inherentes al Acuerdo de Licenciamiento.
3.1.6.2.7 TECNICOS ESPECIALIZADOS – PERSONAL CLAVE
El postor deberá contar con al menos dos (2) técnicos certificados en tecnologías Microsoft para los servicios ofrecidos.
Las certificaciones que deberán tener los técnicos serán como mínimo relacionado con las siguientes tecnologías:
- Microsoft Exchange 2013 o superior.
- Active Directory 2012 o superior.
- Microsoft Office 2010, 2013 o superior.
- Microsoft Windows 7 y Windows 10.
3.1.6.3 OTRAS PRESTACIONES
3.1.6.3.1 SOPORTE Y HERRAMIENTAS
a) El postor adjudicado asegurará la acción inmediata ante cualquier incidencia y/o problema derivado de un requerimiento de información o la ejecución de la bolsa de horas para la implementación de una iniciativa o proyecto.
b) Soporte para resolución de problemas: Acceso al soporte de solución de problemas basado en el Web y por teléfono.
c) Soporte online TechNet: Sesiones de chat de persona a persona para la búsqueda asistida basada en el Web con los consultores de soporte Microsoft.
d) TechNET Plus: Conexión a Soporte online TechNet y colocar mensajes en los Grupos administrados de noticias. Acceso al contenido de la Suscripción TechNet Plus, como Knowledge Base, utilerías, controladores y artículos detallados.
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Acceso al software de candidatos de versiones beta y copias de evaluación de las aplicaciones más recientes.
e) Soporte ampliado a los arreglos rápidos durante el ciclo de vida ampliado: Envíos de arreglos de seguridad de manera automática.
f) Ambiente de preinstalación.
g) Reporte corporativo de errores (CER).
h) Programa de licencia de fuente empresarial (ESLP): Acceso al código fuente de Microsoft Windows para el desarrollo y soporte internos.
i) Cold Backup para Recuperación de Desastres: Para cada servidor licenciado, permite la ejecución de una instancia de un servidor “cold” para propósitos de recuperación de desastres.
3.1.6.3.2 BENEFICIOS ADICIONALES
a) Gestión, revisión y control del status y beneficios de Software Assurance.
b) Informaciones sobre nuevas tecnologías y versiones más recientes de los productos existentes.
c) Apoyo en la administración del inventario de software y realización de una consultoría XXX (Software Asset Management) anual durante el período de validez del contrato.
d) Asesoría y soporte para absolver cualquier duda de procedimientos y políticas de licenciamiento.
e) Asesoría y sesiones de mejores prácticas en los productos que se adquieran bajo el contrato Enterprise.
f) Elaboraciones de charlas y workshops a solicitud de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS), temas de productos Microsoft para los que se solicite orientación adicional.
g) Capacitar y asesorar de manera permanente a la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS) en la forma adecuada de administrar la información sobre su acuerdo de licenciamiento, compras, vencimientos, entre otros.
3.1.6.4 LUGAR Y PLAZO DE EJECUCION DE LA PRESTACION Lugar
El lugar de entrega será en Xx. Xxxxxx Xxxxx Xxxxx 0000, Xxx Xxxxxx.
Plazo
El fabricante de los productos activará las licencias respectivas en la página de beneficios de Software Assurance que será creada por el fabricante de los productos para la Administración de las mismas. Así mismo, una copia del contrato de Licenciamiento será entregado a la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS) en un plazo no mayor a siete (07) días calendarios, contados a partir del día siguiente de la fecha en la que se suscriba al contrato.
El plazo de ejecución del licenciamiento será de 1,095 días calendario. Todos los servicios adicionales, el soporte, las herramientas de capacitación y beneficios del Software Assurance (SA) por parte del fabricante deberán ejecutarse durante dicho periodo.
La capacitación deberá ejecutarse dentro de los treinta (30) días calendarios siguientes a la fecha de suscripción del contrato.
3.1.6.5 MEDIDAS DE CONTROL Y SEGUIMIENTO EN RELACIÓN DE LOS SERVICIOS
Para la ejecución del alcance del servicio de administración del acuerdo de licenciamiento, el postor adjudicado deberá proponer las siguientes reuniones:
Reunión de Bienvenida y Confirmación de Propuesta: En esta reunión se presentará el equipo de trabajo de parte del postor adjudicado, así como el
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equipo de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS). La reunión tendrá como objetivo la confirmación de la oferta de valores agregados, establecer las fechas para realizar las reuniones de seguimiento, ejecución de valores agregados y los canales de comunicación. De la reunión de inicio se realizará un acta, en la que se registrarán los compromisos y las tareas para cada una de las partes.
Reuniones de Seguimiento: Se realizarán periódicamente para definir los servicios a ejecutar y se presentará (por parte del equipo de trabajo del postor adjudicado) el avance en la ejecución de los servicios ya programados, información que se consolidará en el Reporte de Estado. El Reporte de Estado se deberá diligenciar progresivamente con las actividades realizadas, se mantendrá actualizado y será la memoria de las reuniones de seguimiento con la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS) y de las internas. Las reuniones de seguimiento serán el escenario para realizar recomendaciones sobre posibles mejoras a la plataforma e indicar puntos de mejora en la atención y/o prestación de los servicios por parte del postor adjudicado. La implementación de las posibles mejoras se pactará con la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS) y se realizará un seguimiento y optimización de los cambios sugeridos e implementados.
Soporte de Licenciamiento: Deberá de asignarse un Especialista en Licenciamiento certificado para atender todas las consultas de Licenciamiento de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS). Se deberá brindar soporte ilimitado de este tipo, el cual se realizará durante la vigencia del acuerdo.
Servicios de Comunicaciones / Alertas: El postor adjudicado entregará los siguientes servicios de Comunicaciones:
o “Noticias Enterprise Agreement”, publicación periódica enviada por e-mail
El postor adjudicado envía por e-mail cada dos (02) semanas aproximadamente el boletín con información sobre noticias que tengan que ver con licenciamiento por Volumen Microsoft.
o ”Noticias Seguras”
El postor adjudicado envía por e-mail periódicamente un boletín con notificaciones de parches, buenas prácticas en seguridad y procedimientos específicos sobre temas de seguridad en la plataforma Microsoft.
o “Noticias Técnicas”, publicación periódica enviada por e-mail
El postor adjudicado envía por e-mail cada dos (02) semanas aproximadamente el boletín con información sobre noticias que tengan que ver con la parte técnica de los productos Microsoft.
Área que brindará la conformidad: El área encargada de brindar la conformidad será el Departamento de Soporte Técnico de la Gerencia de Tecnologías de la Información.
3.1.6.6 FORMA DE PAGO
El pago por el monto total contratado se realizará mediante tres pagos iguales. El primer pago después de la activación de las licencias contratadas y los dos pagos siguientes serán realizados al iniciar el 2do y el 3er año del licenciamiento, respectivamente.
3.1.6.7 RESPONSABILIDAD POR XXXXXX XXXXXXX
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El contratista es el responsable por la calidad ofrecida y por los vicios ocultos de los bienes y servicios ofertados por un plazo de tres (03) años contado a partir de la conformidad otorgada por la Superintendencia.
3.1.7 DE LA CONFIDENCIALIDAD
El proveedor, con motivo de la prestación, recibirá de la Superintendencia información de carácter estrictamente confidencial que debe ser utilizada sólo para los fines de ejecución, por ello, será obligación del proveedor mantener total secrecía y confidencialidad respecto a los datos e información de cualquier clase, que la Superintendencia le proporcione, o bien, a la que tenga acceso, con motivo de la prestación y desarrollo de su ejecución.
Adicionalmente, el proveedor está obligado a instruir a sus funcionarios o personal que será parte conformante del recurso humano que ejecutará la prestación respecto a la obligación de mantener total secrecía y confidencialidad.
Como parte de la prestación y en relación a la CONFIDENCIALIDAD, el contrato considerará la cláusula y acuerdo de confidencialidad.
3.1.8 CESION DE DERECHOS Y PROPIEDAD INTELECTUAL
El contratista con motivo de la prestación generará entregables (como el código fuente), inventos y/o creaciones entre otros, que se originarán como parte de la contratación y que en algunos casos (no es una regla) se derivarán de procedimientos, métodos, instalaciones, experimentaciones, investigaciones o de la utilización de medios proporcionados por la Superintendencia.
En ese contexto, todo bienes tangibles e intangibles producidos como consecuencia de la ejecución del presente contrato, serán transferidos a la Superintendencia en forma exclusiva y sin costo adicional alguno, pudiendo la Superintendencia beneficiarse con sus usos en otras actividades en razón de la naturaleza de sus funciones, los mismos que en caso de culminación o resolución del presente contrato, deberán permanecer en poder de la superintendencia, sean en medios impresos o magnéticos. En resumen, el contratista deberá entregar a la Superintendencia todo lo generado y recibido como consecuencia de la ejecución del presente Contrato.
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3.2. REQUISITOS DE CALIFICACIÓN
A | CAPACIDAD LEGAL |
A.1 | REPRESENTACIÓN |
Requisitos: Documento que acredite fehacientemente la representación de quien suscribe la oferta. En el caso de consorcios, este documento debe ser presentado por cada uno de los integrantes del consorcio que suscriba la promesa de consorcio, según corresponda. Promesa de consorcio con firmas legalizadas 6 , en la que se consigne los integrantes, el representante común, el domicilio común y las obligaciones a las que se compromete cada uno de los integrantes del consorcio así como el porcentaje equivalente a dichas obligaciones. (Anexo Nº 6) La promesa de consorcio debe ser suscrita por cada uno de sus integrantes. El representante común del consorcio se encuentra facultado para actuar en nombre y representación del mismo en todos los actos referidos al procedimiento de selección, suscripción y ejecución del contrato, con amplias y suficientes facultades. Acreditación: Tratándose de persona jurídica, copia del certificado de vigencia de poder del representante legal, apoderado o mandatario designado para tal efecto, expedido por registros públicos con una antigüedad no mayor de treinta (30) días calendario a la presentación de ofertas, computada desde la fecha de emisión. En caso de persona natural, copia del documento nacional de identidad o documento análogo, o del certificado de vigencia de poder otorgado por persona natural, del apoderado o mandatario, según corresponda, expedido por registros públicos con una antigüedad no mayor de treinta (30) días calendario a la presentación de ofertas, computada desde la fecha de emisión. Promesa de consorcio con firmas legalizadas. |
B | CAPACIDAD TÉCNICA Y PROFESIONAL |
B.1 | EXPERIENCIA DEL PERSONAL CLAVE |
Requisitos: Un (01) Administrador Técnico de Cuenta (TAM), con tres (03) años de experiencia en este cargo. Un (01) Gerente de cuenta comercial, con tres (03) años de experiencia en este cargo. Dos (02) técnicos, con tres (03) años de experiencia en instalación y/o soporte de licencias Microsoft. Acreditación: La experiencia del personal clave se acreditará con cualquiera de los siguientes documentos: (i) copia simple de contratos y su respectiva conformidad o (ii) constancias o (iii) certificados o (iv) cualquier otra documentación que, de manera fehaciente demuestre la experiencia del personal propuesto. | |
C | EXPERIENCIA DEL POSTOR |
C.1 | FACTURACIÓN |
Requisitos: El postor debe acreditar un monto facturado acumulado equivalente a S/ 6,000,000.00 (seis millones y 00/100 Soles), por la contratación de bienes o servicios similares al objeto de la convocatoria y/o en la actividad, durante un periodo de cinco (5) años a la fecha de la presentación de ofertas. |
6 En caso de presentarse en consorcio.
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Se consideran bienes o servicios similares a los siguientes: venta y/o servicios de soporte y/o renovación y/o actualización de licencias Microsoft.
Acreditación:
Copia simple de contratos u órdenes de compra o servicios, y su respectiva conformidad por la prestación efectuada; o comprobantes de pago cuya cancelación se acredite documental y fehacientemente, con voucher de depósito, reporte de estado de cuenta o cancelación en el documento, correspondientes a un máximo de veinte (20) contrataciones.
En caso los postores presenten varios comprobantes de pago para acreditar una sola contratación, se debe acreditar que corresponden a dicha contratación; de lo contrario, se asumirá que los comprobantes acreditan contrataciones independientes, en cuyo caso solo se considerará, para la evaluación, las veinte
(20) primeras contrataciones indicadas en el Anexo Nº 7 referido a la Experiencia del Postor.
En el caso de servicios de ejecución periódica, solo se considera como experiencia la parte del contrato que haya sido ejecutada a la fecha de presentación de ofertas, debiendo adjuntarse copia de las conformidades correspondientes a tal parte o los respectivos comprobantes de pago cancelados.
En los casos que se acredite experiencia adquirida en consorcio, debe presentarse la promesa de consorcio o el contrato de consorcio del cual se desprenda fehacientemente el porcentaje de las obligaciones que se asumió en el contrato presentado; de lo contrario, no se computará la experiencia proveniente de dicho contrato.
Asimismo, cuando se presenten contratos derivados de procesos de selección convocados antes del 20.09.2012, la calificación se ceñirá al método descrito en la Directiva “Participación de Proveedores en Consorcio en las Contrataciones del Estado”, debiendo presumirse que el porcentaje de las obligaciones equivale al porcentaje de participación de la promesa de consorcio o del contrato de consorcio. En caso que en dichos documentos no se consigne el porcentaje de participación se presumirá que las obligaciones se ejecutaron en partes iguales.
Cuando en los contratos, órdenes de servicios o comprobantes de pago el monto facturado se encuentre expresado en moneda extranjera, debe indicarse el tipo de cambio venta publicado por la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP correspondiente a la fecha de suscripción del contrato, de emisión de la orden de servicios o de cancelación del comprobante de pago, según corresponda.
Sin perjuicio de lo anterior, los postores deben llenar y presentar el Anexo Nº 7 referido a la Experiencia del Postor.
Importante |
En el caso de consorcios, solo se considera la experiencia de aquellos integrantes que ejecutan conjuntamente el objeto materia de la convocatoria, previamente ponderada, conforme a la Directiva “Participación de Proveedores en Consorcio en las Contrataciones del Estado”. |
Importante |
Las consultas y observaciones no deben emplearse para formular pretensiones que desnaturalicen la decisión de compra adoptada por la Entidad. Si como resultado de una consulta u observación debe modificarse el requerimiento, debe solicitarse la autorización del área usuaria y remitir dicha autorización a la dependencia que aprobó el expediente de contratación para su aprobación, de conformidad con el artículo 51 del Reglamento. Los requisitos de calificación determinan si los postores cuentan con las capacidades necesarias para ejecutar el contrato, lo que debe ser acreditado documentalmente. Para ello, las Entidades deben establecer de manera clara y precisa los requisitos que deben cumplir los postores a fin de acreditar su calificación en el numeral 2.2.1.2 concordante con el numeral 3.2 de esta sección de las bases. El cumplimiento de los Términos de Referencia se realiza mediante la presentación de una declaración jurada. De ser el caso, adicionalmente la Entidad puede solicitar documentación que acredite el cumplimiento del algún componente de estos. Para dicho efecto consignará de manera detallada los documentos que debe presentar el postor en el literal d) del numeral 2.2.1.1 de esta sección de las bases. |
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CAPÍTULO IV FACTORES DE EVALUACIÓN
Puntaje Total: 100 Puntos
FACTOR DE EVALUACIÓN | PUNTAJE / METODOLOGÍA PARA SU ASIGNACIÓN |
A. | PRECIO |
Evaluación: Se evaluará considerando el precio ofertado por el postor. Acreditación: Se acreditará mediante el documento que contiene el precio de la oferta (Anexo N° 5) | La evaluación consistirá en otorgar el máximo a la oferta de precio más bajo y otorgar a las demás ofertas puntajes inversamente proporcionales a sus respectivos precios, según la siguiente fórmula: Pi = Om x PMP Oi i = Oferta Pi = Puntaje de la oferta a evaluar Oi = Precio i Om = Precio de la oferta más baja PMP = Puntaje máximo del precio 100.00 puntos |
Importante |
Los factores de evaluación elaborados por el comité de selección deben ser objetivos y deben guardar vinculación, razonabilidad y proporcionalidad con el objeto de la contratación. Asimismo, estos no pueden calificar con puntaje el cumplimiento de los Términos de Referencia ni los requisitos de calificación. |
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CAPÍTULO V PROFORMA DEL CONTRATO
Conste por el presente documento, la adquisición de licencias y la contratación del servicio de soporte técnico y actualización del software Microsoft o equivalente, que celebra de una parte la SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES, en adelante LA SUPERINTENDENCIA, con RUC Nº 20131370564,
con domicilio legal en Xx. Xxxxxxxxx Xxxxxxxx Xx 000 – xxxxxxxx xx Xxx Xxxxxx, xxxxxxxxx y departamento de Lima, representada por [………..…], identificado con DNI Nº [………], y de otra parte [……………….....................], con RUC Nº [................], con domicilio legal en
[……………….....................], inscrita en la Ficha N° [……………….........] Asiento N° [ ]
del Registro de Personas Jurídicas de la ciudad de [………………], debidamente representado por su Representante Legal, [……………….....................], con DNI N° [………………..], según poder inscrito en la Ficha N° […………..], Asiento N° […………] del Registro de Personas Jurídicas de la ciudad de [ ], a quien en adelante se le denominará EL CONTRATISTA en
los términos y condiciones siguientes:
CLÁUSULA PRIMERA: ANTECEDENTES
Con fecha [………………..], el comité de selección adjudicó la buena pro del CONCURSO PÚBLICO Nº 004/2017-SBS para la adquisición de licencias y la contratación del servicio de soporte técnico y actualización del software Microsoft o equivalente, a [INDICAR NOMBRE DEL GANADOR DE LA BUENA PRO], cuyos detalles e importe constan en los documentos integrantes del presente contrato.
CLÁUSULA SEGUNDA: OBJETO
El presente contrato tiene por objeto la adquisición de licencias y la contratación del servicio de soporte técnico y actualización del software Microsoft o equivalente
CLÁUSULA TERCERA: MONTO CONTRACTUAL
El monto total del presente contrato asciende a [CONSIGNAR MONEDA Y MONTO], que incluye todos los impuestos xx Xxx.
Este monto comprende el costo del bien y el servicio, todos los tributos, seguros, transporte, inspecciones, pruebas y, de ser el caso, los costos laborales conforme la legislación vigente, así como cualquier otro concepto que pueda tener incidencia sobre la ejecución de las prestaciones materia del presente contrato.
CLÁUSULA CUARTA: DEL PAGO
LA SUPERINTENDENCIA se obliga a pagar la contraprestación a EL CONTRATISTA en Soles, mediante tres pagos iguales, cada uno correspondiente a la tercera parte del monto total contratado, luego de la recepción formal y completa de la documentación correspondiente, según lo establecido en el artículo 149 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.
El primer pago se hará efectivo después de la activación de las licencias contratadas y los dos pagos siguientes serán realizados al iniciar el 2do y el 3er año del licenciamiento, respectivamente.
Para tal efecto, el responsable de otorgar la conformidad de la prestación deberá hacerlo en un plazo que no excederá de los diez (10) días de producida la recepción.
LA SUPERINTENDENCIA debe efectuar el pago dentro de los quince (15) días calendario siguiente a la conformidad de la prestación, siempre que se verifiquen las condiciones establecidas en el contrato para ello.
En caso de retraso en el pago por parte de LA SUPERINTENDENCIA, salvo que se deba a caso fortuito o fuerza mayor, EL CONTRATISTA tendrá derecho al pago de intereses legales conforme a lo establecido en el artículo 39 de la Ley de Contrataciones del Estado y en el artículo 149 de su Reglamento, los que se computan desde la oportunidad en que el pago debió efectuarse.
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CLÁUSULA QUINTA: DEL PLAZO DE LA EJECUCIÓN DE LA PRESTACIÓN
EL CONTRATISTA deberá entregar una copia del contrato de Licenciamiento en un plazo no mayor a siete (07) días calendarios, contados a partir del día siguiente de la fecha en la que se suscriba al contrato.
El plazo de ejecución del licenciamiento será de 1,095 días calendario. Todos los servicios adicionales, el soporte, las herramientas de capacitación y beneficios del Software Assurance (SA) por parte del fabricante deberán ejecutarse durante dicho periodo.
La capacitación deberá ejecutarse dentro de los treinta (30) días calendarios siguientes a la fecha de suscripción del contrato.
CLÁUSULA SEXTA: PARTES INTEGRANTES DEL CONTRATO
El presente contrato está conformado por las bases integradas, la oferta ganadora, así como los documentos derivados del procedimiento de selección que establezcan obligaciones para las partes.
CLÁUSULA SÉTIMA: GARANTÍA
EL CONTRATISTA entregó al perfeccionamiento del contrato la respectiva garantía incondicional, solidaria, irrevocable, y de realización automática en el país al solo requerimiento, a favor de LA SUPERINTENDENCIA, por el concepto, monto y vigencia siguiente:
De fiel cumplimiento del contrato7: [CONSIGNAR EL MONTO], a través de la Carta Fianza N° [INDICAR NÚMERO DEL DOCUMENTO] emitida por [SEÑALAR EMPRESA QUE LA
EMITE]. Monto que es equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato original, la misma que debe mantenerse vigente hasta la conformidad de la recepción de la prestación.
Importante |
Al amparo de lo dispuesto en el artículo 126 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, en el caso de contratos periódicos de prestación de servicios en general, si el postor ganador de la buena pro solicita la retención xxx xxxx por ciento (10%) del monto del contrato original como garantía de fiel cumplimiento de contrato, debe consignarse lo siguiente: “De fiel cumplimiento del contrato: [CONSIGNAR EL MONTO], a través de la retención que debe efectuar LA ENTIDAD, durante la primera mitad del número total de pagos a realizarse, de forma prorrateada, con cargo a ser devuelto a la finalización del mismo.” |
CLÁUSULA OCTAVA: EJECUCIÓN DE GARANTÍA POR FALTA DE RENOVACIÓN
LA SUPERINTENDENCIA puede solicitar la ejecución de la garantía cuando EL CONTRATISTA no la hubiese renovado antes de la fecha de su vencimiento, conforme a lo dispuesto por el artículo 131 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.
CLÁUSULA NOVENA: CONFORMIDAD DE LA PRESTACIÓN
La conformidad de la prestación se regula por lo dispuesto en el artículo 143 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. La conformidad será otorgada por la Gerencia de Tecnologías de Información de LA SUPERINTENDENCIA.
De existir observaciones, LA SUPERINTENDENCIA debe comunicar las mismas a EL CONTRATISTA, indicando claramente el sentido de estas, otorgándole un plazo para subsanar no menor de dos (2) ni mayor xx xxxx (10) días, dependiendo de la complejidad. Si pese al plazo otorgado, EL CONTRATISTA no cumpliese a cabalidad con la subsanación, LA SUPERINTENDENCIA puede resolver el contrato, sin perjuicio de aplicar las penalidades que correspondan, desde el vencimiento del plazo para subsanar.
Este procedimiento no resulta aplicable cuando los servicios manifiestamente no cumplan con las características y condiciones ofrecidas, en cuyo caso LA SUPERINTENDENCIA no otorga la conformidad, según corresponda, debiendo considerarse como no ejecutada la prestación,
7 En aplicación de lo dispuesto en el artículo 126 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, la garantía de fiel cumplimiento debe ser emitida por una suma equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato original y mantenerse vigente hasta la conformidad de la recepción de la prestación a cargo del contratista.
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aplicándose las penalidades respectivas.
CLÁUSULA DÉCIMA: DECLARACIÓN JURADA DEL CONTRATISTA
EL CONTRATISTA declara bajo juramento que se compromete a cumplir las obligaciones derivadas del presente contrato, bajo sanción de quedar inhabilitado para contratar con el Estado en caso de incumplimiento.
CLÁUSULA DÉCIMO PRIMERA: RESPONSABILIDAD POR XXXXXX XXXXXXX
La conformidad del servicio por parte de LA SUPERINTENDENCIA no enerva su derecho a reclamar posteriormente por defectos o vicios ocultos, conforme a lo dispuesto por los artículos 40 de la Ley de Contrataciones del Estado y 146 de su Reglamento.
El plazo máximo de responsabilidad del contratista es de tres (3) años contados a partir de la conformidad otorgada por LA SUPERINTENDENCIA.
CLÁUSULA DÉCIMO SEGUNDA: PENALIDADES
Si EL CONTRATISTA incurre en retraso injustificado en la ejecución de las prestaciones objeto del contrato, LA SUPERINTENDENCIA le aplica automáticamente una penalidad por xxxx por cada día de atraso, de acuerdo a la siguiente fórmula:
Penalidad Diaria = | 0.10 x Monto |
F x Plazo en días |
Donde:
F = 0.25 para plazos mayores a sesenta (60) días o;
Tanto el monto como el plazo se refieren al contrato vigente.
Se considera justificado el retraso, cuando EL CONTRATISTA acredite, de modo objetivamente sustentado, que el mayor tiempo transcurrido no le resulta imputable. Esta calificación del retraso como justificado no da lugar al pago de gastos generales de ningún tipo, conforme el artículo 133 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.
Esta penalidad se deduce de los pagos a cuenta o del pago final, según corresponda; o si fuera necesario, se cobra del monto resultante de la ejecución de la garantía de fiel cumplimiento.
Esta penalidad puede alcanzar un monto máximo equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato vigente.
Cuando se llegue a cubrir el monto máximo de la penalidad por xxxx, LA SUPERINTENDENCIA puede resolver el contrato por incumplimiento.
CLÁUSULA DÉCIMO TERCERA: RESOLUCIÓN DEL CONTRATO
Cualquiera de las partes puede resolver el contrato, de conformidad con el literal d) del inciso 32.3 del artículo 32 y artículo 36 de la Ley de Contrataciones del Estado, y el artículo 135 de su Reglamento. De darse el caso, LA SUPERINTENDENCIA procederá de acuerdo a lo establecido en el artículo 136 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.
CLÁUSULA DÉCIMO CUARTA: DEL COMPROMISO Y CUMPLIMIENTO DE LA SEGURIDAD Y DE LA SALUD EN EL TRABAJO
EL CONTRATISTA se obliga a cumplir las normas vigentes y complementarias en materia de seguridad y salud en el trabajo, así como las clausulas adjuntas en el anexo del presente contrato; siendo el incumplimiento de dichas obligaciones causal de resolución contractual, de conformidad con el artículo 135 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.
CLÁUSULA DÉCIMO QUINTA: RESPONSABILIDAD DE LAS PARTES
Cuando se resuelva el contrato por causas imputables a algunas de las partes, se debe resarcir los daños y perjuicios ocasionados, a través de la indemnización correspondiente. Ello no obsta la aplicación de las sanciones administrativas, penales y pecuniarias a que dicho incumplimiento diere lugar, en el caso que éstas correspondan.
Lo señalado precedentemente no exime a ninguna de las partes del cumplimiento de las demás obligaciones previstas en el presente contrato.
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CLÁUSULA DÉCIMO SEXTA: ANTICORRUPCIÓN
EL CONTRATISTA declara y garantiza no haber, directa o indirectamente, o tratándose de una persona jurídica a través de sus socios, integrantes de los órganos de administración, apoderados, representantes legales, funcionarios, asesores o personas vinculadas a las que se refiere el artículo 248-A, ofrecido, negociado o efectuado, cualquier pago o, en general, cualquier beneficio o incentivo ilegal en relación al contrato.
Asimismo, el CONTRATISTA se obliga a conducirse en todo momento, durante la ejecución del contrato, con honestidad, probidad, veracidad e integridad y de no cometer actos ilegales o de corrupción, directa o indirectamente o a través de sus socios, accionistas, participacionistas, integrantes de los órganos de administración, apoderados, representantes legales, funcionarios, asesores y personas vinculadas a las que se refiere el artículo 248-A.
Además, EL CONTRATISTA se compromete a comunicar a las autoridades competentes, de manera directa y oportuna, cualquier acto o conducta ilícita o corrupta de la que tuviera conocimiento; y adoptar medidas técnicas, organizativas y/o de personal apropiadas para evitar los referidos actos o prácticas.
CLÁUSULA DÉCIMO SÉTIMA: MARCO LEGAL DEL CONTRATO
Sólo en lo no previsto en este contrato, en la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento, en las directivas que emita el OSCE y demás normativa especial que resulte aplicable, serán de aplicación supletoria las disposiciones pertinentes del Código Civil vigente, cuando corresponda, y demás normas de derecho privado.
CLÁUSULA DÉCIMO OCTAVA: SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS
Las controversias que surjan entre las partes durante la ejecución del contrato se resuelven mediante conciliación o arbitraje, según el acuerdo de las partes.
Cualquiera de las partes tiene derecho a iniciar el arbitraje a fin de resolver dichas controversias dentro del plazo de caducidad previsto en los artículos 122, 137, 140, 143, 146, 147 y 149 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado o, en su defecto, en el inciso 45.2 del artículo 45 de la Ley de Contrataciones del Estado.
El arbitraje será institucional y resuelto por árbitro único. LA SUPERINTENDENCIA propone las siguientes instituciones arbitrales: Órganos del Sistema Nacional de Arbitraje del OSCE o la Cámara de Comercio de Lima.
Importante |
Al momento de la presentación de su oferta, el postor elegirá a una de las instituciones arbitrales propuestas por la Entidad, señalando un orden de prelación con relación a las demás, de ser el caso. Si el postor no cumple con realizar la elección, se procederá de conformidad con el inciso 185.3 del artículo 185 del Reglamento. Asimismo, el postor puede consentir o no la propuesta de la Entidad sobre el número de árbitros que resuelven las controversias. Si el postor no está de acuerdo con la propuesta o no se pronuncia al respecto en su oferta o si la Entidad no formula ninguna propuesta, se procederá de conformidad con el inciso 189.1 del artículo 189 del Reglamento. |
Facultativamente, cualquiera de las partes tiene el derecho a solicitar una conciliación dentro del plazo de caducidad correspondiente, según lo señalado en el artículo 183 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, sin perjuicio de recurrir al arbitraje, en caso no se llegue a un acuerdo entre ambas partes o se llegue a un acuerdo parcial. Las controversias sobre nulidad del contrato solo pueden ser sometidas a arbitraje.
El Laudo arbitral emitido es inapelable, definitivo y obligatorio para las partes desde el momento de su notificación, según lo previsto en el inciso 45.8 del artículo 45 de la Ley de Contrataciones del Estado.
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CLÁUSULA DECIMO NOVENA: CONFIDENCIALIDAD
Debido a la prestación materia del presente contrato, las partes convienen en calificar como confidencial a toda la información obtenida, así como los informes y toda clase de documentos que produzca o tenga a su alcance EL CONTRATISTA para la ejecución del presente contrato, no pudiendo divulgarlos sin autorización expresa de LA SUPERINTENDENCIA. Esta obligación subsistirá para EL CONTRATISTA aún después de concluida la vigencia del presente contrato.
En este sentido, por medio del presente EL CONTRATISTA se obliga a cumplir con el deber de reserva, respecto a toda información a la que pueda acceder, conocer o tener a su alcance, en cumplimiento de sus obligaciones mientras se encuentre prestando sus servicios para LA SUPERINTENDENCIA, y aún después de la conclusión del presente contrato, bajo responsabilidad.
Se entenderá por “Información Confidencial” a toda información de tipo económica, financiera, legal, contable, técnica, comercial, estratégica o de otro tipo, que sea revelada por LA SUPERINTENDENCIA a EL CONTRATISTA, en forma oral, escrita, o por cualquier otro medio o soporte para la realización del trabajo encargado; así como cualquier análisis, recopilación, estudio, resumen, extracto o documentación de todo tipo que elabore o formule EL CONTRATISTA a partir de la Información Confidencial o documentación revelada por LA SUPERINTENDENCIA.
La Información Confidencial no será revelada en ningún caso y bajo ningún motivo por EL CONTRATISTA, sin el consentimiento previo y por escrito de LA SUPERINTENDENCIA. En este sentido, EL CONTRATISTA se compromete a limitar el acceso a la Información Confidencial de forma tal que sólo sea accesible a aquellas personas que necesariamente deban involucrarse en las conversaciones, tratativas y/o acuerdos mantenidos con LA SUPERINTENDENCIA.
Asimismo, EL CONTRATISTA se obliga a adoptar todas las medidas necesarias para que sus empleados, subordinados, dependientes, asesores y/o colaboradores u otros, que se vean involucrados en la ejecución de la prestación materia del presente contrato, observen la reserva y confidencialidad a que se refiere este acuerdo respecto de la Información Confidencial, siendo EL CONTRATISTA el único responsable por ello.
El incumplimiento de este deber de confidencialidad por parte de EL CONTRATISTA, constituye causal de resolución del presente contrato, y asimismo, dará lugar a la indemnización por daños y perjuicios que le corresponda a LA SUPERINTENDENCIA conforme x xxx.
Por tanto, EL CONTRATISTA se compromete a no divulgar, ni transferir a terceros, la información a la que pudiera tener acceso él o su personal; de ser el caso, EL CONTRATISTA responderá legalmente por los daños y perjuicios causados, para este efecto, se suscribe el acuerdo de confidencialidad anexo al presente.
CLÁUSULA VIGESIMA: CESION DE DERECHOS Y DE PROPIEDAD INTELECTUAL
Los títulos de propiedad, derechos de autor y de creación, y todo tipo de derechos sobre bienes tangibles e intangibles producidos como consecuencia de la ejecución del presente Contrato, son transferidos a LA SUPERINTENDENCIA en forma exclusiva y sin costo adicional alguno, pudiendo LA SUPERINTENDENCIA beneficiarse con sus usos en otras actividades en razón a la naturaleza de funciones que realiza, los mismos que en caso de culminación o resolución del presente contrato, deberán permanecer en poder de LA SUPERINTENDENCIA, sean en medios impresos o magnéticos. EL CONTRATISTA deberá entregar a LA SUPERINTENDENCIA todo lo generado y recibido como consecuencia de la ejecución del presente Contrato, en medios impresos y magnéticos bajo responsabilidad, en atención a la transferencia arriba enunciada.
En este sentido, por medio del presente EL CONTRATISTA en su calidad de autor y titular originario cede a favor de LA SUPERINTENDENCIA a título exclusivo y gratuito, todos los derechos de autor y de propiedad intelectual que correspondan y pudieran corresponder, presentes y futuros, de manera exclusiva, ilimitada, indeterminada, a nivel nacional e internacional, respecto de los productos y servicios elaborados como consecuencia de la ejecución del presente Contrato, para los fines que LA SUPERINTENDENCIA considere pertinentes. Queda expresamente establecido que la cesión es total y absoluta, englobando la documentación técnica así como todos los manuales de uso u otros que le pudieran corresponder a los mencionados productos y servicios. Al respecto, se suscribe el acuerdo de cesión de
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derechos de autor y de propiedad intelectual anexo al presente.
CLÁUSULA VIGESIMO PRIMERA: PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES
DEL PROVEEDOR PERSONA NATURAL (SOLO APLICA PARA PERSONAS NATURALES)
EL CONTRATISTA autoriza y otorga a LA SUPERINTENDENCIA por tiempo indefinido, su consentimiento libre, previo, expreso, inequívoco e informado, para que pueda tratar por sí mismo o través de terceros, sus datos personales tanto recopilados como generados en el marco del presente contrato/orden de compra/orden de servicio (los que podrían contener datos sensibles), pudiendo incluso incorporarlos a Bancos de Datos Personales de titularidad y responsabilidad de LA SUPERINTENDENCIA, con la finalidad de:
a) Efectuar comunicaciones o notificaciones, así como realizar cualquier actividad relacionada al cumplimiento y/o ejecución del presente contrato/orden de compra/orden de servicio.
b) Contactarlo o remitirle información para futuros estudios xx xxxxxxx o necesidades de bienes y/o servicios de la Institución.
c) Obtener información estadística y/o histórica para LA SUPERINTENDENCIA, así como para revelar, transmitir y/o transferir sus datos personales a entidades públicas y administrativas, cuando estos le sean solicitados o requeridos a LA SUPERINTENDENCIA, en ejercicio de sus funciones legales o por orden judicial.
EL CONTRATISTA declara conocer y autorizar a que LA SUPERINTENDENCIA pueda compartir, proporcionar, usar, almacenar y/o transferir los datos personales de EL CONTRATISTA a terceras personas, con el objeto de realizar actividades relacionadas a las finalidades antes descritas, con estricta sujeción y observancia a lo establecido en la Ley 29733, su Reglamento, Directiva de Seguridad de la Información y demás normas conexas, complementarias, modificatorias y/o sustitutorias.
EL CONTRATISTA declara haber sido informado que podrá revocar su consentimiento así como ejercer en cualquier momento sus derechos de información, acceso, rectificación, cancelación y oposición de sus datos, conforme a lo dispuesto por la Ley de Protección de Datos Personales vigente, su Reglamento8. Para ello EL CONTRATISTA comunicará su revocatoria o efectuará su solicitud por escrito en mesa de partes de nuestras oficinas ubicadas en Xxxxx Xxx xx Xxxx Xx 0000 Xxx Xxxxxx. La revocatoria del consentimiento no afecta el uso de los datos personales ni del contenido de los Bancos de Datos Personales cuando estos sean tratados específicamente para el cumplimiento del presente contrato.
DEL CUMPLIMIENTO DE LA LEY (LPDP)
LA SUPERINTENDENCIA y EL CONTRATISTA, declaran que se someten a las disposiciones previstas por la Ley de Protección de Datos Personales, su reglamento, directiva y demás normas conexas, complementarias, modificatorias y/o sustitutorias.
LA SUPERINTENDENCIA y EL CONTRATISTA declaran que los datos personales que se proporcionen entre sí, así como aquellos generados o recopilados en el marco del presente contrato serán tratados en forma confidencial y estarán sujetos a estrictas medidas de seguridad, conforme lo dispone la Ley de Protección de Datos Personales su reglamento Directiva y demás normas conexas, complementarias, modificatorias y/o sustitutorias.
EL CONTRATISTA en caso corresponda, acepta y reconoce la responsabilidad de sus trabajadores y cualquier personal a su cargo, de mantener permanentemente una absoluta y total reserva y confidencialidad respecto de los datos personales a que tengan acceso en el marco del presente contrato, la que subsistirá en forma permanente e indefinida.
DEL ENCARGO DEL TRATAMIENTO
El CONTRATISTA podrá proporcionar datos personales de sus colaboradores, clientes o terceros a LA SUPERINTENDENCIA, para su tratamiento, así como generarlos o recopilados cuando estos resulten necesarios en el marco del presente contrato, sin que ello implique de modo alguno
8 Para revocar su consentimiento, tomar en cuenta el numeral 13.7 del artículo 13° de la Ley No. 29733 Ley de Protección de Datos Personales y los artículos 12° y 16° del Decreto Supremo No. 003-2013-JUS, Reglamento de la Ley de Protección de Datos Personales.
Para el ejercicio de los derechos de información, acceso, rectificación, cancelación y oposición, se deberá tomar en cuenta el Título III de la Ley No. 29733, Ley de Protección de Datos Personales así como el Título IV del Decreto Supremo No. 003- 2013-JUS, Reglamento de la Ley de Protección de Datos Personales.
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la transferencia de los mismos, debiendo LA SUPERINTENDENCIA asumir en dicho casos, la condición de encargado del tratamiento. De igual modo, en caso LA SUPERINTENDENCIA proporcione a EL CONTRATISTA datos personales de sus colaboradores, clientes o terceros o éste último deba recopilarlos o generarlos, en el marco del cumplimiento del presente contrato, ello no implicará de modo alguno la transferencia de los mismos, debiendo EL CONTRATISTA asumir en dicho casos, la condición de encargado del tratamiento
EL CONTRATISTA y/o LA SUPERINTENDENCIA declaran conocer que asumen la condición de encargados del tratamiento cuando corresponda y por tanto se comprometen a no utilizar o tratar los datos personales proporcionados, generados o recopilados con una finalidad distinta a aquella por la que le fueron entregados o por la que son generados o recopilados así como a no transferirlos o divulgarlos a terceros , con excepción de entidades públicas, cuando estas lo soliciten en el marco del cumplimiento de sus funciones debidamente sustentadas o el poder judicial cuando sea solicitado mediante la orden judicial correspondiente, debiendo notificar de ello a la otra parte, según corresponda, dentro de las 24 horas de recibido el requerimiento. Asimismo EL CONTRATISTA y/o LA SUPERINTENDENCIA se comprometen a que los datos personales proporcionados entre sí, serán tratados en forma confidencial y estarán sujetos a estrictas medidas de seguridad, conforme lo dispone la Ley de Protección de Datos Personales su reglamento, directiva y demás normas conexas, complementarias, modificatorias y/o sustitutorias.
En caso LA SUPERINTENDENCIA y/o EL CONTRATISTA asuman la condición de encargados del tratamiento de los datos personales que se pudieran proporcionar entre sí, se comprometen a conservarlos por el plazo de 02 años contados desde la culminación de la finalidad del presente contrato, debiendo una vez vencido dicho plazo, destruir los datos que se encuentren en su poder o en el de sus colaboradores, en un plazo no mayor a cinco (5) días hábiles.
EL CONTRATISTA y/o LA SUPERINTENDENCIA en caso corresponda, reconocen que podrán en cualquier momento, auditar uno al otro las medidas aplicadas, en cumplimiento de la Ley de Protección de Datos, su reglamento, y demás normas conexas. De comprobar LA SUPERINTENDENCIA el incumplimiento de esta cláusula, podrá resolver /dejar sin efecto de pleno derecho el presente contrato e interponer las acciones legales a que hubiera lugar.
DE LA TRANSFERENCIA DE DATOS PERSONALES
EL CONTRATISTA declara que cuenta con el consentimiento libre, voluntario, previo, expreso, informado e inequívoco de los titulares de los datos personales de sus colaboradores, clientes o de terceros que como parte del cumplimiento del presente contrato, hubiera entregado o pudiera entregar a LA SUPERINTENDENCIA mediante transferencia de datos.
CLÁUSULA VIGÉSIMO SEGUNDA: FACULTAD DE ELEVAR A ESCRITURA PÚBLICA
Cualquiera de las partes puede elevar el presente contrato a Escritura Pública corriendo con todos los gastos que demande esta formalidad.
CLÁUSULA VIGÉSIMO TERCERA: DOMICILIO PARA EFECTOS DE LA EJECUCIÓN CONTRACTUAL
Las partes declaran el siguiente domicilio para efecto de las notificaciones que se realicen durante la ejecución del presente contrato:
DOMICILIO DE LA SUPERINTENDENCIA: Av. Xxxxxxxxx Xxxxxxxx N° 185 – distrito de San Xxxxxx, provincia y departamento de Lima.
DOMICILIO DEL CONTRATISTA: [CONSIGNAR EL DOMICILIO SEÑALADO POR EL POSTOR GANADOR DE LA BUENA PRO AL PRESENTAR LOS REQUISITOS PARA EL PERFECCIONAMIENTO DEL CONTRATO]
La variación del domicilio aquí declarado de alguna de las partes debe ser comunicada a la otra parte, formalmente y por escrito, con una anticipación no menor de quince (15) días calendario.
De acuerdo con las bases integradas, la oferta y las disposiciones del presente contrato, las partes lo firman por duplicado en señal de conformidad en la ciudad de [................] al [CONSIGNAR FECHA].
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“LA SUPERINTENDENCIA” | “EL CONTRATISTA” |
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CONCURSO PUBLICO N° 004/2017-SBS
CLÁUSULAS CONTRACTUALES REFERIDAS AL COMPROMISO Y CUMPLIMIENTO DE LA SEGURIDAD Y LA SALUD EN EL TRABAJO
1. Política de Seguridad
Es política de LA SUPERINTENDENCIA, garantizar la seguridad y la salud en el trabajo de sus trabajadores, contratistas y de terceras personas que se encuentren dentro de los locales de la institución.
LA SUPERINTENDENCIA fomenta una cultura de prevención y mitigación de riesgos, a través de un adecuado sistema de gestión de la seguridad y salud en el trabajo, en concordancia con la normatividad pertinente, compromiso que debe asumir EL CONTRATISTA, como responsable de la prevención de accidentes y enfermedades profesionales en cada una de las áreas donde ejecuten sus prestaciones.
2. Obligaciones del Contratista
Por medio del presente, EL CONTRATISTA se obliga a lo siguiente:
2.1. Asignar a LA SUPERINTENDENCIA personal que posea las habilidades y los conocimientos suficientes, adquiridos a través de los programas de capacitación y la propia experiencia acumulada a través de los años.
2.2. Capacitar adecuadamente a su personal respecto de los riesgos a los que está expuesto en función a las características de las labores o actividades que desarrolla y el cargo que ocupa.
2.3. Evaluar los riesgos de las actividades que efectuará su personal, adoptando las medidas necesarias de control antes del inicio de las actividades.
2.4. Contar con las licencias y/o las certificaciones nacionales y/o extranjeras que sean requeridas y/o necesarias de acuerdo con la normativa vigente, según sea el trabajo o actividad a realizar.
2.5. Prevenir el impacto que sobre el medio ambiente tenga el manejo y la manipulación de residuos, materiales, insumos o sustancias químicas que sean utilizados y/o desechados en las actividades que son materia del presente contrato.
2.6. Cumplir con las reglas de conducta y de seguridad interna que disponga la Superintendencia.
2.7. Dar cumplimiento a las normatividad vigente sobre Seguridad y Salud en el trabajo, que a modo de referencia se mencionan las siguientes:
- Ley N° 29783 y sus modificatorias, Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo.
- Decreto Supremo N° 005-2012-TR y sus modificatorias, Reglamento de la Ley N° 29783.
- Ley N° 28048. Ley de protección de la mujer gestante.
- Ley N° 27626, De las empresas especiales de servicios y cooperativas de trabajadores.
- Decreto Supremo N° 009-2004-TR, Reglamento de la Ley N° 28048.
- Resolución Ministerial N° 374-2008-TR, De protección de la mujer gestante.
- Decreto Supremo N° 042-F, Reglamento de Seguridad Industrial.
- Resolución Ministerial N° 480-2008/MINSA, que aprueba la NTS N° 068- MINSA/DGSP-V.1.
- Decreto Supremo N° 003-98-SA, Norma Técnica del Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo.
- Decreto Supremo N° 015-2005-SA, Valores permisibles para agentes químicos en el ambiente de trabajo.
- Decreto Supremo N° 022-2001-SA, Reglamento sanitario para las actividades de saneamiento ambiental.
- Decreto Supremo N° 011-2006-Vivienda y sus modificaciones. Reglamento Nacional de Edificaciones.
- Resolución Ministerial N° 449-2001-SA-DM, Xxxxx Xxxxxxxxx para trabajos de desinfección, desinsectación, desratización, limpieza de ambientes, de tanques sépticos, etc.
- Resolución Ministerial N° 037-2006-MEM, Código Nacional de Electricidad.
- Resolución Ministerial N° 111- 2013 Reglamento de Seguridad y Salud en el Trabajo de las Actividades Eléctricas.
- NTP 400.034, Andamios. Requisitos.
- Xxxxx X.050, Seguridad durante la Construcción.
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La relación de normas nacionales descritas anteriormente, es solo referencial y no exime al contratista del cumplimiento de toda la normatividad que le sea aplicable en materia de seguridad y salud, así como todas aquellas normas y lineamientos internos que LA SUPERINTENDENCIA ponga en su conocimiento.
2.8. Conocer y difundir a su personal, el Reglamento Interno de Seguridad y Salud en el Trabajo de LA SUPERINTENDENCIA, así como todas las medidas para el cuidado de la seguridad y salud en el trabajo dispuestas por esta.
2.9. Contar con los implementos de seguridad adecuados para el tipo de trabajo que se va a realizar.
2.10. Proporcionar a su personal, los equipos de protección y la ropa de trabajo que sea la adecuada para resguardarlo de los potenciales daños por efectos mecánicos, contaminantes, químicos y biológicos, ambientales y/o meteorológicos. De igual forma, deberá controlar el correcto uso de estos elementos así como su calidad.
2.11. Suministrar todos los equipos y herramientas que su personal requiera para el desarrollo y ejecución adecuada de los trabajos o actividades contratados, los que deberán ser de óptima calidad, de características adecuadas para su uso y encontrarse en buen estado. Cualquier situación que afecte el funcionamiento y la calidad de éstos, deberá ser reemplazado y debe ser puesto en conocimiento inmediato del personal de LA SUPERINTENDENCIA.
3. Facultades de LA SUPERINTENDENCIA
LA SUPERINTENDENCIA se reserva el derecho de supervisar en cualquier momento los equipos, elementos, sitios de trabajo, personal y documentos que sean necesarios para evaluar el cumplimiento y aplicación de las normas de Seguridad y Salud en el trabajo.
La Superintendencia se reserva el derecho de impedir las labores o actividades del personal del contratista que incumpla los citados procedimientos y normas. En caso esta situación se torne persistente y/o generalizada, la Superintendencia queda facultada a paralizar los trabajos y resolver el contrato sin lugar a reclamo por parte del contratista.
La Superintendencia se reserva el derecho de comunicar a la Autoridad de Trabajo cualquier incumplimiento por parte del contratista relacionado con las Normas de Seguridad y Salud en el Trabajo materia del presente contrato.
El contratista tiene el deber de dar estricto cumplimiento de las normas y disposiciones sobre seguridad y salud en el trabajo.
El incumplimiento de estas obligaciones es causal de resolución de contrato. La SBS se reserva el derecho de solicitar la acreditación sobre el cumplimiento de dichas obligaciones durante la ejecución contractual.
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ACUERDO DE CONFIDENCIALIDAD
El que suscribe..........................................................., con (documento de identidad)
N°.............................., Representante Legal de la Empresa..............................................., con RUC.
N°..............................., y con Domicilio Legal en , declara
aceptar lo siguiente:
1. EL CONTRATISTA está obligado a guardar reserva sobre cualquier información de LA SUPERINTENDENCIA a la que haya tenido acceso con ocasión de la ejecución del presente contrato, a no revelar ni permitir la revelación de cualquier detalle a los medios de prensa o a terceros, a no revelar que LA SUPERINTENDENCIA es cliente de EL CONTRATISTA en relación con la prestación, y a no usar el nombre de LA SUPERINTENDENCIA en cualquier promoción, publicidad o anuncio, sin previa autorización escrita de LA SUPERINTENDENCIA, a excepción de aquella información que LA SUPERINTENDENCIA o una autoridad judicial o arbitral lo autorice o disponga, o cuando se trate de información de dominio público. Esta obligación permanecerá vigente no obstante el vencimiento o la terminación del presente contrato, siendo su incumplimiento causal de resolución del presente contrato.
La confidencialidad de la información, a que se refiere el párrafo precedente, alcanza a todo el personal y subcontratistas de EL CONTRATISTA, debiendo así constar en los correspondientes contratos que con éstos se celebren.
2. EL CONTRATISTA declara expresamente que constituye causal de resolución del presente contrato el incumplimiento del presente acuerdo de confidencialidad.
Lima,…………………………………….
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ACUERDO DE CESIÓN DE DERECHOS DE AUTOR Y DE PROPIEDAD INTELECTUAL (CONCURSO PUBLICO N° 004/2017-SBS)
El que suscribe ……………………………, identificado con D.N.I. Nº ……………………., que según poderes que xxxxxxx inscritos en la Partida Nº ……………………………., Asiento ……………………
del Registro de Personas Jurídicas de Lima, expresa que actúa con facultades suficientes como Representante Legal de la Empresa …………………………... con R.U.C. Nº , y
con Domicilio Legal en , en adelante EL CONTRATISTA, declara aceptar
lo siguiente:
PRIMERO:
EL CONTRATISTA manifiesta que elaboró productos y servicios como consecuencia de la ejecución del Contrato suscrito con la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, en adelante LA SUPERINTENDENCIA, derivado del Concurso Publico N° 004/2017-SBS para la adquisición de licencias y la contratación del servicio de soporte técnico y actualización del software Microsoft o equivalente, y que por ello manifiesta que es el titular originario de los derechos que recaen sobre los mencionados productos y servicios.
SEGUNDO:
Por el presente documento EL CONTRATISTA cede a favor de LA SUPERINTENDENCIA a título exclusivo y gratuito, todos los derechos que correspondan y pudieran corresponder presentes y futuros, de manera exclusiva, ilimitada e indeterminada, sobre los productos y servicios referidos en la cláusula anterior, elaborado como consecuencia de la ejecución del Contrato suscrito con LA SUPERINTENDENCIA, derivado del Concurso Publico N° 004/2017-SBS para la adquisición de licencias y la contratación del servicio de soporte técnico y actualización del software Microsoft o equivalente, para los fines que LA SUPERINTENDENCIA considere pertinentes. Dicha cesión es total y absoluta, y comprende la documentación técnica así como todos los manuales de uso u otros que le pudieran corresponder a los mencionados productos y servicios.
TERCERO:
EL CONTRATISTA declara que no existe acto o contrato que limite su libre disposición respecto de los productos y servicios que cede. Del mismo modo manifiesta que efectúa esta cesión con la más absoluta libertad.
CUARTO:
Los gastos correspondientes al registro y otros que pudiera ocasionar a futuro el presente acuerdo ante el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual
– INDECOPI – serán de cargo de LA SUPERINTENDENCIA.
QUINTO:
El plazo de vigencia del presente acuerdo es ilimitado, y no posee restricciones de lugar, pudiendo ser utilizado dentro del territorio nacional, como en el extranjero.
SEXTO:
La cesión de derechos, a que se refiere el presente acuerdo, alcanza a todo el personal y subcontratistas de EL CONTRATISTA, debiendo así constar en los correspondientes contratos que con estos se celebren; siendo EL CONTRATISTA el único responsable por ello..
Lima, ……………………………..
Firma, Nombres y Apellidos del postor/ Razón Social de la empresa
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ANEXOS
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CONCURSO PUBLICO N° 004/2017-SBS
ANEXO Nº 1
DECLARACIÓN JURADA DE DATOS DEL POSTOR
Señores
COMITÉ DE SELECCIÓN
CONCURSO PÚBLICO Nº 004/2017-SBS
Presente.-
El que se suscribe, [……………..], postor y/o Representante Legal de [CONSIGNAR EN CASO DE SER PERSONA JURÍDICA], identificado con [CONSIGNAR TIPO DE DOCUMENTO DE IDENTIDAD]
N° [CONSIGNAR NÚMERO DE DOCUMENTO DE IDENTIDAD], con poder inscrito en la localidad de [CONSIGNAR EN CASO DE SER PERSONA JURÍDICA] en la Ficha Nº [CONSIGNAR EN CASO DE SER PERSONA JURÍDICA] Asiento Nº [CONSIGNAR EN CASO DE SER PERSONA JURÍDICA],
DECLARO BAJO JURAMENTO que la siguiente información se sujeta a la verdad:
Nombre, Denominación o Razón Social : | |||
Domicilio Legal : | |||
RUC : | Teléfono(s) : | ||
Correo electrónico : |
[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]
……...........................................................
Firma, Nombres y Apellidos del postor o Representante legal, según corresponda
Importante |
Cuando se trate de consorcios, esta declaración jurada debe ser presentada por cada uno de los integrantes del consorcio. |
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CONCURSO PUBLICO N° 004/2017-SBS
ANEXO Nº 2
DECLARACIÓN JURADA
(ART. 31 DEL REGLAMENTO DE LA LEY DE CONTRATACIONES DEL ESTADO)
Señores
COMITÉ DE SELECCIÓN
CONCURSO PÚBLICO Nº 004/2017-SBS
Presente.-
Mediante el presente el suscrito, postor y/o Representante Legal de [CONSIGNAR EN CASO DE SER PERSONA JURÍDICA], declaro bajo juramento:
1.- No tener impedimento para postular en el procedimiento de selección ni para contratar con el Estado, conforme al artículo 11 de la Ley de Contrataciones del Estado.
2.- Xxxxxxx, aceptar y someterme a las bases, condiciones y reglas del procedimiento de selección. 3.- Ser responsable de la veracidad de los documentos e información que presento en el presente
procedimiento de selección.
4.- No haber incurrido y me obligo a no incurrir en actos de corrupción, así como respetar el principio de integridad.
5.- Comprometerme a mantener la oferta presentada durante el procedimiento de selección y a perfeccionar el contrato, en caso de resultar favorecido con la buena pro.
6.- Conocer las sanciones contenidas en la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento, así como las disposiciones aplicables en la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.
[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]
………………………….……………………….. Firma, Nombres y Apellidos del postor o Representante legal, según corresponda
Importante |
En el caso de consorcios, cada integrante debe presentar esta declaración jurada, salvo que sea presentada por el representante común del consorcio. |
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ANEXO Nº 3
DECLARACIÓN JURADA DE CUMPLIMIENTO DE LOS TÉRMINOS DE REFERENCIA
Señores
COMITÉ DE SELECCIÓN
CONCURSO PÚBLICO Nº 004/2017-SBS
Presente.-
Es grato dirigirme a usted, para hacer de su conocimiento que luego de haber examinado las bases y demás documentos del procedimiento de la referencia y, conociendo todos los alcances y las condiciones existentes, el postor que suscribe ofrece las licencias y el servicio de soporte técnico y actualización del software Microsoft o equivalente, de conformidad con los Términos de Referencia que se indican en el numeral 3.1 del Capítulo III de la sección específica de las bases y los documentos del procedimiento.
[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]
…….………………………….…………………..
Firma, Nombres y Apellidos del postor o Representante legal o común, según corresponda
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CONCURSO PUBLICO N° 004/2017-SBS
ANEXO Nº 4
DECLARACIÓN JURADA DE PLAZO DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO
Señores
COMITÉ DE SELECCIÓN
CONCURSO PÚBLICO Nº 004/2017-SBS
Presente.-
Mediante el presente, con pleno conocimiento de las condiciones que se exigen en las bases del procedimiento de la referencia, me comprometo ejecutar las prestaciones objeto del presente procedimiento de selección en los plazos indicados a continuación:
Se entregará una copia del contrato de Licenciamiento en un plazo no mayor a [CONSIGNAR EL PLAZO OFERTADO, EL CUAL DEBE SER EXPRESADO EN DÍAS CALENDARIO], contados a partir
del día siguiente de la fecha en la que se suscriba al contrato.
El plazo de ejecución del licenciamiento será de 1,095 días calendario. Todos los servicios adicionales, el soporte, las herramientas de capacitación y beneficios del Software Assurance (SA) por parte del fabricante deberán ejecutarse durante dicho periodo.
La capacitación se ejecutará dentro de los treinta (30) días calendarios siguientes a la fecha de suscripción del contrato.
[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]
……..........................................................
Firma, Nombres y Apellidos del postor o Representante legal o común, según corresponda
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ANEXO Nº 5
PRECIO DE LA OFERTA (MODELO)
Señores
COMITÉ DE SELECCIÓN
CONCURSO PÚBLICO Nº 004/2017-SBS
Presente.-
Es grato dirigirme a usted, para hacer de su conocimiento que, de acuerdo con las bases, mi oferta es la siguiente:
CONCEPTO | PRECIO TOTAL (SOLES) |
ADQUISICION DE LICENCIAS Y CONTRATACION DEL SERVICIO DE SOPORTE TÉCNICO Y ACTUALIZACIÓN DEL SOFTWARE MICROSOFT O EQUIVALENTE |
El precio de la oferta incluye todos los tributos, seguros, transporte, inspecciones, pruebas y, de ser el caso, los costos laborales conforme la legislación vigente, así como cualquier otro concepto que pueda tener incidencia sobre el costo del servicio a contratar; excepto la de aquellos postores que gocen de alguna exoneración legal, no incluirán en el precio de su oferta los tributos respectivos.
[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]
……………………………….…………………..
Firma, Nombres y Apellidos del postor o Representante legal o común, según corresponda
El postor debe consignar el precio total de la oferta, sin perjuicio, que de resultar favorecido con la buena pro, presente el desagregado del monto total adjudicado para el perfeccionamiento del contrato, según lo previsto en el numeral 2.4 de la sección específica de las bases.
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ANEXO 5.1
DESAGREGADO DEL MONTO TOTAL ADJUDICADO
Concepto | Sub Total S/ |
Adquisición de licencias de software | |
Contratación del servicio de soporte técnico y actualización (incluye la capacitación y 80 horas anuales de tipo reactivo “on site”) | |
TOTAL S/ |
[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]
………………………….……………………….. Firma, Nombres y Apellidos del postor o Representante legal, según corresponda
1. Este anexo es un requisito para la suscripción del contrato.
2. El postor ganador podrá utilizar líneas adicionales.
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ANEXO Nº 6
PROMESA DE CONSORCIO
(Sólo para el caso en que un consorcio se presente como postor)
Señores
COMITÉ DE SELECCIÓN
CONCURSO PÚBLICO Nº 004/2017-SBS
Presente.-
Los suscritos declaramos expresamente que hemos convenido en forma irrevocable, durante el lapso que dure el procedimiento de selección, para presentar una oferta conjunta al CONCURSO PÚBLICO Nº 004/2017-SBS.
Asimismo, en caso de obtener la buena pro, nos comprometemos a formalizar el contrato de consorcio, de conformidad con lo establecido por el artículo 118 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, bajo las siguientes condiciones:
a) Integrantes del consorcio
1. [NOMBRE, DENOMINACIÓN O RAZÓN SOCIAL DEL CONSORCIADO 1].
2. [NOMBRE, DENOMINACIÓN O RAZÓN SOCIAL DEL CONSORCIADO 2].
b) Designamos a [CONSIGNAR NOMBRES Y APELLIDOS DEL REPRESENTANTE COMÚN], identificado con [CONSIGNAR TIPO DE DOCUMENTO DE IDENTIDAD] N° [CONSIGNAR NÚMERO DE DOCUMENTO DE IDENTIDAD], como representante común del consorcio para efectos de participar en todos los actos referidos al procedimiento de selección, suscripción y ejecución del contrato correspondiente con [CONSIGNAR NOMBRE DE LA ENTIDAD].
Asimismo, declaramos que el representante común del consorcio no se encuentra impedido, inhabilitado ni suspendido para contratar con el Estado.
c) Fijamos nuestro domicilio legal común en [ ].
d) Las obligaciones que corresponden a cada uno de los integrantes del consorcio son las siguientes:
1. | OBLIGACIONES DE [NOMBRE, DENOMINACIÓN O RAZÓN SOCIAL DEL CONSORCIADO 1] | [ % ] 9 |
[DESCRIBIR LAS OBLIGACIONES DEL CONSORCIADO 1]
2. | OBLIGACIONES DE [NOMBRE, DENOMINACIÓN O RAZÓN SOCIAL DEL CONSORCIADO 2] | [ % ] 10 |
[DESCRIBIR LAS OBLIGACIONES DEL CONSORCIADO 2]
TOTAL OBLIGACIONES | 100%11 |
[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA] ..…………………………………………. Consorciado 1 Nombres, apellidos y firma del Consorciado 1 o de su Representante Legal Tipo y N° de Documento de Identidad | ..………………………………………….. Consorciado 2 Nombres, apellidos y firma del Consorciado 2 o de su Representante Legal Tipo y N° de Documento de Identidad |
Importante |
De conformidad con el artículo 31 del Reglamento, las firmas de los integrantes del consorcio deben ser legalizadas. |
9 Consignar únicamente el porcentaje total de las obligaciones, el cual debe ser expresado en número entero, sin decimales.
10 Consignar únicamente el porcentaje total de las obligaciones, el cual debe ser expresado en número entero, sin decimales.
11 Este porcentaje corresponde a la sumatoria de los porcentajes de las obligaciones de cada uno de los integrantes del consorcio.
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ANEXO Nº 7
EXPERIENCIA DEL POSTOR
Señores
COMITÉ DE SELECCIÓN
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Presente.-
Mediante el presente, el suscrito detalla la siguiente EXPERIENCIA:
Nº | CLIENTE | OBJETO DEL CONTRATO | N° CONTRATO / O/S / COMPROBANTE DE PAGO | FECHA12 | MONEDA | IMPORTE | TIPO DE CAMBIO VENTA13 | MONTO FACTURADO ACUMULADO14 |
1 | ||||||||
2 | ||||||||
3 | ||||||||
4 | ||||||||
5 | ||||||||
6 | ||||||||
7 | ||||||||
8 | ||||||||
9 | ||||||||
10 | ||||||||
… | ||||||||
20 | ||||||||
TOTAL |
[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]
………..........................................................
Firma, Nombres y Apellidos del postor o Representante legal o común, según corresponda
12 Se refiere a la fecha de suscripción del contrato, de la emisión de la Orden de Servicios o de cancelación del comprobante de pago, según corresponda.
13 El tipo de cambio venta debe corresponder al publicado por la SBS correspondiente a la fecha de suscripción del contrato, de la emisión de la Orden de Servicios o de cancelación del comprobante de pago, según corresponda.
14 Consignar en la moneda establecida en las bases.
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ANEXO Nº 8
CARTA DE COMPROMISO DEL PERSONAL CLAVE
Señores
COMITÉ DE SELECCIÓN
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Presente.-
Yo [CONSIGNAR NOMBRES Y APELLIDOS COMPLETOS] identificado con documento de identidad N° [CONSIGNAR NÚMERO DE DNI O DOCUMENTO DE IDENTIDAD ANÁLOGO], domiciliado en
[CONSIGNAR EL DOMICILIO LEGAL], declaro bajo juramento:
Que, me comprometo a prestar mis servicios en el cargo de [CONSIGNAR EL CARGO A DESEMPEÑAR] para ejecutar [CONSIGNAR LA DENOMINACIÓN DE LA CONVOCATORIA] en caso que el postor [CONSIGNAR EL NOMBRE, DENOMINACIÓN O RAZÓN SOCIAL DEL POSTOR15]
resulte favorecido con la buena pro y suscriba el contrato correspondiente.
Para dicho efecto, declaro que mis calificaciones y experiencia son las siguientes:
A. Calificaciones
[CONSIGNAR DE SER EL CASO, LA FORMACIÓN ACADÉMICA Y/O CAPACITACIONES SEGÚN LO REQUERIDO EN EL CAPÍTULO III DE LA PRESENTE SECCIÓN DE LAS BASES].
B. Experiencia
[CONSIGNAR DE SER EL CASO, LA EXPERIENCIA SEGÚN LO REQUERIDO EN EL CAPÍTULO III DE LA PRESENTE SECCIÓN DE LAS BASES].
N° | Cliente o Empleador | Objeto de la contratación | Fecha de inicio | Fecha de culminación | Tiempo |
1 | |||||
2 | |||||
(…) |
La experiencia total acumulada es de: [CONSIGNAR LA EXPERIENCIA TOTAL ACUMULADA EN AÑOS, MESES Y DÍAS, SEGÚN CORRESPONDA]
Asimismo, manifiesto mi disposición de ejecutar las actividades que comprenden el desempeño del referido cargo, durante el periodo de ejecución del contrato.
[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]
………..........................................................
Firma, Nombres y Apellidos del personal
Importante |
De conformidad con el numeral 3 del artículo 31 del Reglamento la carta de compromiso del personal clave, debe contar con la firma legalizada de este. De presentarse experiencia ejecutada paralelamente (traslape), para el cómputo del tiempo de dicha experiencia sólo se considerará una vez el periodo traslapado. |
15 En el caso que el postor sea un consorcio se debe consignar el nombre del consorcio o de uno de sus integrantes.
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ANEXO N° 9
Modelo de Carta para el abono con abonos en la cuenta bancaria del proveedor) LOGO DE EMPRESA SOLICITANTE
CARTA DE AUTORIZACIÓN
Lima, Señores
Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones Presente
Asunto: Autorización para el pago con abonos en cuenta
Por medio de la presente, comunico a usted los datos para el pago con abonos en nuestra cuenta de la empresa que represento:
Número de Cuenta:….………………………………………………………..…
Código de Cuenta Interbancario (CCI):……………………………………….
Tipo de Cuenta:………………………………………………………………….
Nombre del Banco:………………………………………………………………
Razón social:……………………………………………………………………..
Agradeceré se sirva disponer lo conveniente para que los pagos a nombre de mi representada sean abonados a la cuenta indicada.
Asimismo, dejo constancia que la factura a ser emitida por mi representada, una vez cumplida o atendida la correspondiente Orden de Compra y/o de Servicio o las prestaciones en bienes y/o servicios materia del contrato quedará cancelada para todos sus efectos mediante la sola acreditación del importe de la referida factura a favor de la cuenta en la entidad bancaria a que se refiere el primer párrafo de la presente.
Para cualquier comunicación al respecto sírvase coordinar con:
Nombre y Apellidos de la Persona:…………………………………………
Correo electrónico y N° Telefónico:…………………………………………
Atentamente,
Firma del proveedor o su representante legal
Nombre y apellidos Xxxxx Social de la Empresa
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