PROYECTO DE EXPLOTACIÓN DEL CONTRATO DE GESTIÓN DEL SERVICIO PÚBLICO PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE COMIDA A DOMICILIO DEL AYUNTAMIENTO DE MADRID PARA EL PERIODO COMPRENDIDO ENTRE EL 1.03.2012 Y EL 28.02.2014
PROYECTO DE EXPLOTACIÓN DEL CONTRATO DE GESTIÓN DEL SERVICIO PÚBLICO PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE COMIDA A DOMICILIO DEL AYUNTAMIENTO DE MADRID PARA EL PERIODO COMPRENDIDO ENTRE EL 1.03.2012 Y EL 28.02.2014
El objeto del presente proyecto de explotación es el estudio económico del contrato administrativo de gestión de servicio público del servicio de comida a domicilio (en adelante SCAD).
El Contrato de Servicio Público para la gestión del Servicio de Comidas a Domicilio se plantea como recurso municipal de carácter preventivo, dirigido a proporcionar bienestar nutricional y físico a todos aquellos mayores que, dada su especial situación, así lo precisen, contribuyendo a mejorar la calidad de vida del colectivo de atención y evitando en la medida de lo posible institucionalizaciones anticipadas.
El Servicio de Comida a Domicilio se concibe como una prestación más dentro de los Servicios de Ayuda a Domicilio, a través del que, mediante personal preparado, se supervisan y entregan en los domicilios de los usuarios, con periodicidad determinada, comidas preparadas.
La planificación, organización y provisión de este servicio se dirige a:
Personas mayores de 65 años, empadronadas en el municipio de Madrid, que viven solas o conviven con personas de similar o mayor dependencia, con escasos apoyos familiares y que además presentan:
• Dependencia en la preparación de comidas por incapacidad motora o sensorial (deficiencia visual).
• Dificultad en el control de riesgos de accidentes.
• Necesidades nutricionales insuficientemente cubiertas.
• Condiciones de la vivienda inadecuadas para la preparación de comidas.
En cualquier caso, la indicación de la idoneidad de la prestación para cada sujeto será siempre responsabilidad municipal.
El servicio de comidas a domicilio se presta diariamente, los 365 días del año, aunque las circunstancias pueden requerir una frecuencia menor (personas que algunos días en semana garantizan su alimentación por otras vías).
El ámbito de la gestión comprende los 21 distritos de la Ciudad de Madrid.
Se determina una duración inicial de dos años, previéndose su inicio el 1 xx xxxxx de 2012, pudiéndose prorrogar en las condiciones establecidas en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares.
A continuación se detallan los aspectos económicos y administrativos del contrato, que se consideran primordiales a efectos de la configuración del proyecto de explotación:
1. Régimen económico.
La entidad adjudicataria obtendrá remuneraciones por el número de comidas que entregue a las personas usuarias que determine el Ayuntamiento de Madrid.
1
Se concibe como comida cada uno de los menús (primer plato, segundo plato, postre y pan) entregados a la persona usuaria del SCAD, entendiéndose que los tiempos o costos derivados del transporte, coordinación, formación, supervisión, etc., están incluidos en el precio establecido. También se entienden incluidos todos aquellos costos derivados de los medios materiales, técnicos y humanos necesarios para prestar adecuadamente el servicio.
Asimismo, en estos precios se incluyen todos los gastos derivados del servicio cuya prestación se considera obligatoria para la entidad adjudicataria y cualquier otro gasto, tasa, tributo o impuesto, así como los seguros que deba contratar la entidad para ejecutar el contrato.
o El precio/comida máximo de licitación se establece en 6,35 euros, sin IVA, y en 6,60 euros, IVA incluido.
Corresponde al adjudicatario el cobro de las tarifas que debe abonar cada persona usuaria, para lo cual deberá utilizar los medios mecánicos o informatizados que determine el Ayuntamiento de Madrid, siendo a cargo del adjudicatario los costes derivados de su adquisición, instalación y mantenimiento.
2. Xxxxxxxx y atenciones
Con carácter general, el horario de entrega de las comidas en los domicilios de los usuarios será de 8:30 de la mañana a 2:00 de la tarde, salvo excepciones valoradas por la Subdirección General de Mayores antes del inicio del servicio.
No obstante lo anterior, los técnicos responsables del Ayuntamiento de Madrid podrán contactar con la entidad adjudicataria siempre que lo consideren necesario, dentro del horario de gestión del SCAD (desde las 8:00 horas y hasta las 17:00 horas, todos los días laborables del año, manteniendo un técnico xx xxxxxxx para los fines de semana y festivos), con los medios que se estimen adecuados para un correcto control de la ejecución del servicio.
Para atender las demandas que el Ayuntamiento de Madrid estime necesarias, la entidad tendrá disponible un coordinador, al menos, dentro del horario de prestación del Servicio.
En la fijación de los horarios anteriormente indicados, se tendrán en cuenta las peculiaridades de las personas usuarias a atender, procurando ajustar los horarios a los deseos expresados por ellas.
El SCAD que regula este contrato proporcionará, al menos, las siguientes atenciones:
▪ Entrega periódica en el domicilio de los usuarios de comidas preparadas, con las garantías higiénicas que contempla la legislación vigente, cubriendo las necesidades de toda la semana (incluidos festivos), en su caso, durante el periodo en que se hallen de alta en el servicio.
▪ Aportar a los usuarios que no dispongan de ello, de un aparato microondas adecuado para ser utilizado por personas mayores, así como un frigorífico en caso de necesidad determinada por el Ayuntamiento. En los casos en los que el usuario tenga una discapacidad sensorial, los microondas deberán ser adaptados a sus necesidades.
▪ Instruir al usuario, o a la persona responsable, en el procedimiento correcto para preparar los alimentos; informar y asesorar al usuario sobre el adecuado manejo del microondas y de las correctas prácticas de higiene y manipulación de los alimentos que se sirvan.
2
▪ Distribución de los menús en vehículos isotérmicos, donde se almacenarán las barquetas individuales de cada usuario.
▪ Introducción de los menús en el frigorífico del domicilio del usuario, evitando romper la cadena de frío, y comprobando que su temperatura es adecuada.
▪ Recogida de los alimentos entregados en fechas anteriores cuya fecha de caducidad haya vencido.
▪ Entrega a todos los usuarios de un menú de emergencia junto a las indicaciones de cómo y cuándo debe ser utilizado. La entidad adjudicataria deberá revisar periódicamente la necesidad de reponerlo o cambiarlo cuando sea necesario.
▪ Entregar, mensualmente, una hoja de menú al usuario donde se especifique la distribución de los alimentos en función de los días de consumo.
▪ Realización y entrega de folletos informativos acerca de la conservación y calentamiento de los menús, en los que conste un teléfono de la entidad adjudicataria para resolución de incidencias.
▪ Realizar sesiones ilustrativas, tanto al personal de los Servicios Sociales como a mayores del distrito que pudieran ser perfil de ese servicio. En ellas, mostrará características del servicio tales como: tipo de dietas, productos utilizados, calidad de la comida, formato de las barquetas, forma de calentamiento, etc.
El Pliego de Prescripciones Técnicas del Contrato desarrolla con mayor detalle el alcance de cada una de las actividades mencionadas.
3. Personal
La entidad adjudicataria deberá contratar por su cuenta al personal necesario para atender el servicio objeto de esta contratación.
El Pliego de Prescripciones Técnicas especifica y determina los perfiles de trabajadores.
La entidad adjudicataria se compromete a cubrir las ausencias de su personal por vacaciones u otras eventualidades. Los periodos de vacaciones y los permisos a que tenga derecho el personal de las entidades adjudicatarias de acuerdo con el convenio laboral correspondiente, no eximen del cumplimiento de la prestación de los servicios por parte de las entidades adjudicatarias. La entidad comunicará los cambios a los técnicos municipales y a la persona usuaria afectada, a fin de evitar negligencias en la prestación del servicio.
La entidad adjudicataria garantizará la idoneidad de sus profesionales para que puedan atender las diferentes tipologías y problemáticas de las personas usuarias del SCAD. Igualmente, habrá de velar porque los profesionales adscritos a cada zona tengan los conocimientos del entorno suficientes para poder llevar a cabo sus funciones.
Corresponden a la entidad adjudicataria las funciones de formación continua, supervisión y soporte técnico a su personal, que garanticen una prestación de calidad.
3
CÁLCULO DE LOS PRECIOS DEL CONTRATO
Con formato: Fuente: (Predeterminado) Arial, Sin Resaltar
Los datos del año 2011, son los siguientes:
AÑO 2011 | USUARIOS | Nº COMIDAS | TOTAL COSTE | COSTE MEDIO POR COMIDA | APORTACION AYTO | % AYTO | APORTACION USUARIO | % USUARIO |
ENERO | 1.174 | 26.866 | 151.487 | 5,64 € | 60.924 | 40,22 | 90.563 | 59,78 |
FEBRERO | 1.139 | 24.696 | 139.256 | 5,64 € | 55.324 | 39,73 | 83.932 | 60,27 |
MARZO | 1.178 | 28.113 | 158.524 | 5,64 € | 62.455 | 39,40 | 96.069 | 60,60 |
ABRIL | 1.182 | 26.563 | 149.789 | 5,64 € | 59.986 | 40,05 | 89.803 | 59,95 |
MAYO | 1.235 | 28.362 | 159.948 | 5,64 € | 64.160 | 40,11 | 95.788 | 59,89 |
JUNIO | 1.233 | 28.284 | 159.505 | 5,64 € | 64.657 | 40,54 | 94.848 | 59,46 |
JULIO | 1.227 | 25.964 | 155.383 | 5,98 € | 69.707 | 44,86 | 85.676 | 55,14 |
MEDIA MES | 1.195 | 26.978 | 153.413 | 5,69 € | 62.459 | 40,71 | 90.954 | 59,29 |
El salto que se produce partir del mes de julio, tanto en el coste medio por unidad, como en el reparto de aportaciones del Ayuntamiento y de los usuarios, se debe a la revisión de precios del contrato, a aplicar a partir del mes xx xxxxx, que se situó en el 1,04505.
En base a estos datos, y teniendo en cuenta que el precio a pagar por comida subirá de los 5,80 euros actuales a los 6,60 euros que se proponen en este nuevo contrato, y que el baremo por el que se calculan la tarifas de los usuarios no se modifica, el porcentaje de copago del Ayuntamiento ascenderá del 41% hasta el 49%; asimismo, el porcentaje del de los usuarios pasará del 59% al 51%.
La tabla siguiente se ha realizado con los datos anteriores, pero aplicando el precio propuesto: 6,60 euros:
AÑO 2011 | USUARIOS | Nº COMIDAS | TOTAL COSTE | COSTE MEDIO POR COMIDA | APORTACION AYTO | % AYTO | APORTACION USUARIO | % USUARIO |
MEDIA MES | 1.195 | 26.978 | 178.056,69 € | 6,60 € | 88.251,58 € | 49,56% | 89.805,11 € | 50,44% |
⇒ Número de comidas a repartir en el nuevo contrato: se estima el número medio a servir mensualmente calculando el crecimiento experimentado en 2011 respecto del año 2010, un 1,9%. Con el incremento medio resultante y teniendo en cuenta la disponibilidad presupuestaria, se estima el número de comidas que, mensualmente, será necesario repartir en el nuevo contrato:
TOTAL AÑO 2011 | 326.070 |
ESTIMACION 2012 | 332.370 |
4
⇒ Frecuencia de comidas por usuario y día: el análisis de los meses de enero a julio de 2011, refleja una media de los 21 distritos de 0,75 comidas/día.
El motivo por el que no es una comida al día, se debe a que no todos los usuarios del servicio lo son de 7 comidas/semana: tengamos en cuenta que, si bien el peso mayor lo tienen las 7 comidas a la semana, también es importante el número de usuarios que recibe un número inferior, normalmente porque acuden a un Centro de Día de lunes a viernes, con lo que sólo se les da Servicio para los fines de semana, o bien lo contrario: usuarios que reciben comida de lunes a viernes y los fines de semana están con familiares.
⇒ Número de usuarios: se estima una media anual de atención mensual de 1.231 personas, un 1,57% superior a la media de 2011. Dado el volumen de entrada de solicitudes del servicio en estos meses, se estima necesario prever un crecimiento de usuarios atendidos en este servicio.
Por tanto, las cifras del Contrato son las siguientes:
AÑOS | Nº MEDIO MENSUAL USUARIOS | Nº COMIDAS POR USUARIO Y DÍA | Nº COMIDAS REPARTIDAS | COSTE TOTAL | COSTE TOTAL CON IVA | % COPAGO USUARIO SOBRE TOTAL COSTE | APORTACIÓN USUARIO | APORTACIÓN AYUNTAMIENTO |
2012 (1.03.2012-30.11.2012) | 1.231 | 0,75 | 249.278 | 1.581.953 | 1.645.232 | 50,44% | 829.855 | 815.377 |
2013 (1.12.2012-30.11.2013) | 1.231 | 0,75 | 332.370 | 2.109.271 | 2.193.640 | 50,44% | 1.106.470 | 1.087.170 |
2014 (1.12.2013-28.02.2014) | 1.231 | 0,75 | 83.093 | 527.318 | 548.411 | 50,44% | 276.618 | 271.792 |
TOTAL CONTRATO (1.03.2012-28.02.2014) | 1.231 | 0,75 | 664.740 | 4.218.542 | 4.387.282 | 50,44% | 2.212.943 | 2.174.339 |
En el año 2012, si bien el contrato cubre 10 meses, a efectos de cálculos, se consideran 9, en aplicación del artículo 25.8 de las Bases de Ejecución del Proyecto de Presupuesto General del Ayuntamiento de Madrid del año 2011. Por el mismo motivo, si bien en el año 2014 la duración del contrato es de 2 meses, para calcular los costes se utilizan 3 meses.
El cálculo del precio se ha realizado partiendo del precio existente en el contrato vigente, si bien y dado que se amplían las obligaciones del adjudicatario, fundamentalmente los tipos de menús y la frecuencia de reparto, debe aumentarse el precio de licitación desde los 5,80 euros actuales hasta los 6,60 euros que se proponen aplicar en este contrato.
Consultadas otras administraciones, el precio por comida propuesto es algo inferior a la media (cercana a 7 euros/comida), si bien hay que tener en cuenta que el mayor volumen de usuarios que tiene la ciudad de Madrid repercute, a través de las economías de escala, en un abaratamiento de los costes de infraestructura, fundamentalmente.
Por todo ello, se considera suficiente para garantizar la viabilidad del servicio actual y asegurar el equilibrio económico-financiero de la entidad que lo gestiona, el precio de 6,60 euros por unidad de comida.
5
En relación a los recursos que se prevé obtener para hacer frente a los pagos derivados de la ejecución del contrato, se parte de los presupuestos previstos en este contrato, a los que se suman las aportaciones de los usuarios. Dichas aportaciones se han estimado en función de los datos obtenidos de la ejecución del año 2011.
⇒ Aportación de los usuarios: para el cálculo del importe de las tarifas, se aplica un porcentaje igual para todos los años, nuevamente atendiendo a los datos obtenidos de las facturas de enero a julio de 2011, del 50,44% del total del coste (es el resultado de calcular la media distrital en cada uno de los meses analizados) y atendiendo al baremo xx xxxxxx determinado para este servicio.
El baremo de 2011 es el siguiente:
COMIDAS A DOMICILIO | ||
RMPC 2011 | Aportación por comida 1er comensal | Aportación por comida 2º comensal |
Hasta 257,56 € | 0,59 € | 0,30 € |
Desde 257,57 € hasta 283,38 € | 0,88 € | 0,44 € |
Desde 283,39 € hasta 325,88 € | 1,29 € | 0,65 € |
Desde 325,89 € hasta 374,73€ | 1,82 € | 0,91 € |
Desde 374,74 € hasta 439,39 € | 2,53 € | 1,26 € |
Desde 439,40 € hasta 512,32 € (1) | 3,41 € | 1,71- 3,41 € |
Desde 512,33 € hasta 599,93 € | 4,52 € | 4,52 € |
Desde 599,94 € en adelante | 5,64 € | 5,64 € |
(1) No procede reducir la aportación del 2º y sucesivos comensales, si la RMPC es igual o superior a 465,95 Euros.
En caso de que no se cumplieran las previsiones sobre frecuencias de uso de servicios (número de servicios mensuales por usuario y crecimiento anual) o sobre cuantía de las aportaciones de los usuarios, debería estudiarse la conveniencia de realizar ajustes sobre la dotación del contrato.
Madrid, 29 de septiembre de 2011
Jefe del Departamento de Servicios de Ayuda a Domicilio
Fdo.: Xxxxxx Xxxxxxx Xxxx-Xxxxxxx
6