3-1-86983 PA FINDETER PAF
COMITÉ FIDUCIARIO No. 26
0-0-00000 PA FINDETER PAF
1. Aprobar la contratación directa que tiene por objeto LA CONTRATACIÓN DEL SUMINISTRO E INSTALACION DE LA SEÑALIZACION DE EMERGENCIA Y SEÑALIZACION ARQUITECTONICA PARA EL EQUIPAMIENTO CULTURAL DEL MUSEO DE LA CIUDAD AUTOCONSTRUIDA, UBICADO EN LA LOCALIDAD DE CIUDAD BOLÍVAR, BOGOTÁ D.C.
PLAZO DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO: UN (1) MES.
CONTRATISTA ADJUDICADO: JV PUBLICIDAD Y XXXX XX, con Nit. 900.154.226-3, representada legalmente por XXXXX XXXXXX XXXXX XXXXXX, identificado con la cédula de ciudadanía número 79.658.849.
VALOR ADJUDICADO: TRECE MILLONES SEISCIENTOS NOVENTA Y SIETE MIL PESOS M/CTE ($13.697.000,00),
incluido el IVA, costos, gastos, impuestos, tasas y demás contribuciones de orden territorial y nacional a que hubiere lugar.
OBJETIVO DE LA REUNIÓN:
CIUDAD Y FECHA: | LUGAR: | ||
Bogotá D.C., 28 xx xxxxx de 2022 | Reunión virtual a través del aplicativo Microsoft Teams. | ||
INICIO: | HORA FINALIZACIÓN: | ||
28 xx xxxxx de 2022 - 11:37 a.m. | 28 xx xxxxx de 2022 - 02:30 p.m. | ||
MIEMBROS COMITÉ FIDUCIARIO | |||
Nombre | Cargo | Empresa y asistencia | |
Xxxxxxx Xxxxx Xxxxxx Xxxxxxxxxx | Secretaria General | Findeter | Reunión Virtual |
Xxxx Xxxx Xxxxxx Xxxxx | Vicepresidente Técnico | Findeter | Reunión Virtual |
Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx | Vicepresidente Financiero | Findeter | Reunión Virtual |
ORDEN DEL DIA: | |||
1. Verificación del Quórum. 2. Aprobar la contratación directa que tiene por objeto LA CONTRATACIÓN DEL SUMINISTRO E INSTALACION DE LA SEÑALIZACION DE EMERGENCIA Y SEÑALIZACION ARQUITECTONICA PARA EL EQUIPAMIENTO CULTURAL DEL MUSEO DE LA CIUDAD AUTOCONSTRUIDA, UBICADO EN LA LOCALIDAD DE CIUDAD BOLÍVAR, BOGOTÁ D.C. PLAZO DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO: UN (1) MES. CONTRATISTA ADJUDICADO: JV PUBLICIDAD Y XXXX XX, con Nit. 900.154.226-3, representada legalmente por XXXXX XXXXXX XXXXX XXXXXX, identificado con la cédula de ciudadanía número 79.658.849. |
VALOR ADJUDICADO: TRECE MILLONES SEISCIENTOS NOVENTA Y SIETE MIL PESOS M/CTE ($13.697.000,00), incluido el IVA, costos, gastos, impuestos, tasas y demás contribuciones de orden territorial y nacional a que hubiere lugar. 3. Proposiciones y varios. |
DESARROLLO DE LA REUNIÓN: |
1. Verificación del Quórum |
En Bogotá, D.C., a los veintiocho (28) días del mes xx xxxxx de dos mil veintidós (2022), siendo las once y treinta y siete de la mañana (11:37 a.m.), en sesión virtual se llevó a cabo el Comité Fiduciario No.26 del PATRIMONIO AUTÓNOMO DERIVADO- PA FINDETER (PAF) – 249 SDCRD. Para el efecto, se cuenta con quórum válido para deliberar y decidir, de acuerdo con la estructura del órgano colegiado y las funciones previamente descritas. Se recuerda a los miembros del Comité Fiduciario que, de acuerdo con lo establecido en el Manual Operativo PATRIMONIO AUTÓNOMO DERIVADO- PA FINDETER (PAF) – 249 SDCRD, las decisiones deberán ser tomadas por unanimidad. |
2. Aprobar la contratación directa que tiene por objeto LA CONTRATACIÓN DEL SUMINISTRO E INSTALACION DE LA SEÑALIZACION DE EMERGENCIA Y SEÑALIZACION ARQUITECTONICA PARA EL EQUIPAMIENTO CULTURAL DEL MUSEO DE LA CIUDAD AUTOCONSTRUIDA, UBICADO EN LA LOCALIDAD DE CIUDAD BOLÍVAR, BOGOTÁ D.C. PLAZO DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO: UN (1) MES. CONTRATISTA ADJUDICADO: JV PUBLICIDAD Y XXXX XX, con Nit. 900.154.226-3, representada legalmente por XXXXX XXXXXX XXXXX XXXXXX, identificado con la cédula de ciudadanía número 79.658.849. VALOR ADJUDICADO: TRECE MILLONES SEISCIENTOS NOVENTA Y SIETE MIL PESOS M/CTE ($13.697.000,00), incluido el IVA, costos, gastos, impuestos, tasas y demás contribuciones de orden territorial y nacional a que hubiere lugar. |
Justificación: De conformidad con el MANUAL OPERATIVO del PA FINDETER PAF - CONTRATO XX XXXXXXX MERCANTIL 0006 DE 2017 CONTRATO INTERADMINISTRATIVO No. 249 DE 2018, numeral 4.5.2 INICIO DEL PROCESO DE SELECCIÓN, Los procedimientos de contratación iniciarán con la solicitud de la SECRETARÍA DISTRITAL DE CULTURA, RECREACIÓN Y DEPORTE. FIDUPREVISORA S.A. será instruida por el FIDEICOMITENTE para adelantar y/o apoyar la etapa precontractual y contractual, para lo cual se deberá tener en cuenta que la decisión de selección del contratista será responsabilidad exclusiva del Comité Fiduciario del Patrimonio Autónomo Derivado. Concordante con lo anterior, el numeral 4.6. PROCEDIMIENTO APLICABLE A LA CONTRATACIÓN DIRECTA, establece que: |
“(…)
La Dirección de Contratación presentará la contratación al Comité Técnico y este realizará la evaluación de la contratación directa y recomendará la misma al Comité Fiduciario, si es procedente.
La Dirección de Contratación someterá la recomendación de la contratación a consideración del COMITE FIDUCIARIO, el cual, si lo encuentra procedente, aprobará e instruirá a la Fiduciaria la contratación directa.”
De acuerdo con lo anterior, la Jefatura de Contratación presenta al Comité Fiduciario, como máximo órgano directivo del Patrimonio Autónomo, la recomendación de contratación directa emitida por el Comité Técnico en los siguientes términos:
A. ANTECEDENTES DEL PROYECTO
La Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte - SCRD tiene por objeto orientar y liderar la formulación concertada de políticas, planes y programas en los campos cultural, patrimonial, recreativo y deportivo del Distrito Capital en coordinación con la Secretaría Distrital de Planeación y con la participación de las entidades a ella adscritas y vinculadas y la sociedad civil. Para el cumplimiento de este objeto, en la estructura de la Secretaría se designa a la Subdirección de Infraestructura Cultural — SIC- que hace parte de la Dirección de Arte, Cultura y Patrimonio como responsable de: i) Articular y acompañar las estrategias conducentes al fortalecimiento de la infraestructura cultural del Distrito Capital, en coordinación con otros entes competentes del orden distrital y nacional, ii) Gestionar y desarrollar acciones de implementación del Plan Maestro de Equipamientos Culturales - PLAMEC y realizar coordinación intra e inter sectorial para atender la oferta y la demanda cultural de los sectores de la ciudad, iii) Desarrollar mecanismos de gestión participativa que garanticen la sostenibilidad económica y social de los equipamientos culturales públicos en las diferentes escalas, iv) Generar lineamientos y emitir conceptos técnicos que fundamenten la expedición y reglamentación de normas en los campos del arte, cultura y patrimonio cultural y v) Gestionar el acompañamiento y dinamización de las Casas de la Cultura en el Distrito Capital, entre otras.
Como se señaló anteriormente, una de las funciones de la Subdirección de Infraestructura Cultural contempla la gestión de acciones para la implementación del Plan Maestro de Equipamientos Culturales - PLAMEC, a través del cual se fortalece la estrategia de territorios para la cultura, con el fin de lograr un avance en la red de escenarios públicos y privados y garantizar la accesibilidad, el ejercicio democrático de las libertades culturales y recreativas, el goce efectivo de los derechos culturales y el derecho a la ciudad para la convivencia y disfrute de la diversidad cultural.
El Plan Distrital de Desarrollo "Bogotá Mejor para Todos" el cual fue aprobado mediante Acuerdo 761 de 2016 del Concejo de Bogotá D.C, contempló el Xxxxx II "Democracia Urbana", el cual se enfoca en incrementar el espacio público, el espacio peatonal y la infraestructura pública disponible para los habitantes y visitantes de Bogotá mediante la ejecución de programas orientados a materializar en acciones concretas el principio constitucional de igualdad de todos ante la ley y su corolario, según el cual el interés general prima sobre el particular. Para tal fin debe tenerse en cuenta que el espacio público y peatonal, así como la infraestructura urbana de una ciudad, deben ser atractivos y deben garantizar el derecho a su utilización a todos los habitantes sin discriminación alguna.
Adicionalmente, en el diagnóstico del Plan de Desarrollo se evidenció que el déficit de equipamientos culturales es alto en toda la ciudad y la mayoría de estos son de carácter privado, por lo tanto, para aumentar en un 15 % la población que realiza prácticas culturales y en un 36 % la que practica algún deporte en la ciudad se hace necesaria la construcción
de infraestructura, donde haya suelo disponible en las diferentes localidades de Bogotá. Para llevar a cabo estos proyectos, el Sector Cultura, Recreación y Deporte plantea la construcción de equipamientos en las diferentes localidades del Distrito con sus zonas rurales.
En el marco del proyecto de inversión 992 "Patrimonio e Infraestructura Cultural", se contempla como una de sus metas la de "Mejoramiento de 30 equipamientos Culturales" y a través del componente "Fortalecimiento de la Infraestructura Cultural", se planteó la necesidad de adelantar los procesos que se requirieran para la construcción de nuevos equipamientos culturales para la ciudad con el fin de mejorar la infraestructura cultural, recreativa y deportiva de la ciudad de Bogotá.
En este sentido, los equipamientos culturales permiten potenciar el capital social, empoderar a la comunidad, promover la inclusión social, fortalecer los vínculos comunitarios, generar lazos de confianza, facilitar el acceso a los bienes artísticos y culturales, aumentar los niveles de consumo cultural y generar bienestar social, es por ello, que la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte a través de la Subdirección de Infraestructura Cultural tiene entre sus metas potencializar la creación de infraestructura cultural en la ciudad de Bogotá, acogiendo y creando los proyectos que sean necesarios para brindar bienestar a los ciudadanos.
Para lograr los objetivos propuestos por la Subdirección, fue necesario avanzar en la construcción de espacios culturales, recreativos y deportivos adecuados para el desarrollo de las localidades que carecen de las mismas; por esta razón, la Subdirección ha venido formulando, diseñando y acompañando la ejecución de diferentes proyectos de infraestructura que mejoren las condiciones de vida y bienestar de los habitantes del Distrito Capital, en especial en las localidades con poblaciones donde se presentan mayores brechas en las actividades culturales, recreativas y deportivas por falta de equipamientos que permitan el desarrollo de las mismas.
Teniendo en cuenta la importancia de construir espacios idóneos para el desarrollo de actividades culturales en la ciudad, la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, la Secretaría de Educación Distrital y El Fondo de Desarrollo Local de Ciudad Bolívar ejecutaron el contrato de obra número 2344 de 2017 para las obras del Teatro el Ensueño de la misma localidad.
Los proyectos de infraestructura que tiene previsto realizar la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte se enmarcan en diferentes tipos de escala, comprende equipamientos de escala Urbana, Zonal y Metropolitana, es por ello que dada la complejidad y mixtura de la infraestructura se hizo necesario contratar una asistencia técnica en gestión de proyectos que permitiera desarrollar intervenciones puntuales y estratégicas para poner en funcionamiento los equipamientos que surjan en el marco del proyecto de inversión antes mencionado los cuales terminaran revitalizando la ciudad.
En virtud de lo anterior, la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, en una primera fase decidió contratar la asistencia técnica para el desarrollo inicial de cinco proyectos de escala xxxxx x xxxxxx xx xx xxxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxxxx descritos en la localización del presente estudio previo. Los proyectos se denominan así: I) Equipamiento Cultural en la Pilona 10, II) Equipamiento Cultural en la Pilona 20, III) Equipamiento Cultural en la Estación Mirador del Paraíso del sistema de transporte masivo TransMiCable. Centro de Bienvenida al visitante - Galería IDT, IV) Equipamiento Cultural en la Estación Mirador del Paraíso del sistema de transporte masivo TransMiCable. Museo de la ciudad autoconstruida y V) El Equipamiento Cultural Teatro el Ensueño.
Para satisfacer la anterior necesidad, la Subdirección de Infraestructura Cultural de la SCRD realizó un análisis xx xxxxxxx que reposa en el radicado de esta entidad No. 20183300211373, en el cual se evidencia que la Financiera de Desarrollo Territorial S.A, FINDETER cuenta con la experiencia y capacidad para realizar la asistencia técnica para la ejecución de los proyectos de infraestructura que la Secretaría Distrital de Cultura Recreación y Deporte viene adelantando toda vez que ha desarrollado programas de infraestructura social representada principalmente por 178 Establecimientos educativos, 113 espacios de recreación, entre parques, bibliotecas, casas de cultura y mejoramientos de espacio público.
Así las cosas, concurrieron las condiciones legales que permitieron adelantar la celebración del contrato interadministrativo No. 249 de 2018 entre la Secretaría Distrital de Cultural, Recreación y, Deporte y la Financiera de Desarrollo Territorial S.A FINDETER, cuyo objeto es “Realizar la Asistencia Técnica para la ejecución de los proyectos de infraestructura definidos por la Secretaria Distrital de Cultura, Recreación y Deporte”, dado que conforme a lo dispuesto en el literal c del numeral 4 del artículo segundo de la ley 1150 de 2007, modificado por el artículo 92 de la ley 1474 de 2011, las obligaciones derivadas del contrato tienen relación directa con el objeto de la entidad ejecutoria señalado en la ley o su reglamento, conforme se expuso en los documentos soportes del contrato.
Adicionalmente, para el desarrollo del objeto del contrato interadministrativo referido, FINDETER suscribió con FIDUCIARIA LA PREVISORA S.A., el Contrato xx Xxxxxxx Mercantil No. 0006 del 00 xx xxxxx xx 0000, xxxx xxxxxx xx: “(i) La constitución de un Patrimonio Autónomo Matriz con los recursos transferidos por el FIDEICOMITENTE a título xx xxxxxxx mercantil, para su administración, inversión y pagos; (ii) La recepción, administración, inversión y pagos por parte de la FIDUCIARIA, de los recursos que le transfieran las Entidades Públicas con las cuales suscriba convenios y/o contratos interadministrativos el FIDEICOMITENTE, o las entidades territoriales beneficiarias del apoyo financiero de la entidades Públicas, vinculadas igualmente a través de contratos y/o convenios interadministrativos con el FIDEICOMITENTE, con los cuales se conformarán PATRIMONIOS AUTONOMOS DERIVADOS, mediante la celebración de contratos xx Xxxxxxx Mercantil derivados para la ejecución de los proyectos seleccionados por cada uno de los COMITÉS FIDUCIARIOS”.
B. ANTECEDENTES CONVOCATORIAS ANTERIORES
La Fiduciaria LA PREVISORA S.A. como vocero y administrador del PATRIMONIO AUTÓNOMO DERIVADO- PA FINDETER (PAF) – No. 249 SDCRD, llevó a cabo las siguientes convocatorias privadas, las cuales se declararon desiertas y se relacionan a continuación:
• Convocatoria privada No. PAF-SCRD-S-002-2022 cuyo objeto es: “CONTRATAR EL SUMINISTRO E INSTALACION DE LA SEÑALIZACION DE EMERGENCIA Y SEÑALIZACION ARQUITECTONICA PARA EL EQUIPAMIENTO CULTURAL DEL MUSEO DE LA CIUDAD AUTOCONSTRUIDA, UBICADO EN LA LOCALIDAD DE CIUDAD BOLÍVAR, BOGOTÁ D.C.”; declarada desierta el 00 xx xxxx xx 0000.
• Xxxxxxxxxxxx xxxxxxx Xx. XXX-XXXX-X-000-0000 xxxx xxxxxx xx: “CONTRATAR EL SUMINISTRO E INSTALACION DE LA SEÑALIZACION DE EMERGENCIA Y SEÑALIZACION ARQUITECTONICA PARA EL EQUIPAMIENTO CULTURAL DEL MUSEO DE LA CIUDAD AUTOCONSTRUIDA, UBICADO EN LA LOCALIDAD DE CIUDAD BOLÍVAR, BOGOTÁ D.C.”; declarada desierta el 03 xx xxxxx de 2022.
Ante las reiteradas declaratorias desiertas y teniendo en cuenta lo indicado en el manual operativo y en la política de contratación de Findeter, se identificó que era aplicable la contratación directa atendiendo las siguientes condiciones
-El presupuesto estimado para la presente contratación es de 13.697 SMLMV cumpliendo lo dispuesto en el manual operativo y en la política de contratación de Findeter.
Mediante oficio de consecutivo No 20223300069711 radicado el 17 xx xxxxx de 2022, por parte de XXXXXXX XXXXXXXX XXXXXXXX XXXXXX, en calidad de Directora de Arte, Cultura y Patrimonio, de la Secretaría de Cultura, Recreación y Deporte, se solicitó a Findeter lo siguiente:
“En el marco del contrato interadministrativo XXXX-XXXXXXXX Xx. 000-00 nos ha sido informado que los dos procesos que se adelantaron para realizar la contratación de la señalización arquitectónica y de emergencia para el equipamiento cultural Museo de la Ciudad Autoconstruida, fueron declarados desiertos.
Teniendo en cuenta lo anterior, solicito adelantar, los trámites correspondientes para garantizar que se realice el suministro e instalación de la señalización arquitectónica y de emergencia para el equipamiento cultural Museo de la Ciudad Autoconstruida.”
C. NECESIDAD DE LA CONTRATACIÓN
Con el fin de dar cumplimiento a las metas establecidas en el Plan de Desarrollo, relacionadas con el fortalecimiento de la infraestructura cultural y cumplir con los objetivos propuestos para la Subsecretaria de Infraestructura Cultural, se hizo necesario ejecutar los proyectos que fueron planificados y priorizados dentro del plan de inversión de la SCRD.
En consecuencia, en el marco de la asistencia técnica de FINDETER, se realizó la convocatoria pública N° PAF-SCRD-O- 033-2019 con el objeto de: “(…) contratar la construcción de equipamientos culturales en las pilonas 10 y 20, y en la estación mirador del paraíso del sistema de transporte masivo TransMiCable, en la localidad de Ciudad Bolívar en Bogotá
D.C. (…)”. y la convocatoria pública N° PAF-SCDR-I-017-2019 con el objeto de contratar: “la interventoría integral (administrativa, financiera, contable, ambiental, social, jurídica y técnica) a la construcción de equipamientos culturales en las pilonas 10 y 20, y en la estación mirador del paraíso del sistema de transporte masivo TransMiCable, en la localidad de Ciudad Bolívar, Bogotá D.C.”
El 29 de julio de 2019 se suscribió el contrato de obra No. 00000-000-0000 (PAF-SCDR-O-021-2019) y el 23 xx xxxxxx de 2019 se suscribió el contrato de interventoría No. 00000-000-0000 (PAF-SCRD-I-017-2019), razón por la cual el día veintitrés (23) xx xxxxxx del 2019 se suscribieron las actas de inicio de ambos contratos, dando inicio a la ejecución de las obras civiles de los proyectos correspondientes x Xxxxxx 00, Xxxxxx 20 y Mirador del Paraíso (Museo y Galería IDT).
Adicionalmente, en cumplimiento con el objeto del contrato xxxxx, se llevó la terminación de las obras civiles de los equipamientos culturales de Ciudad Bolívar el pasado 13 de noviembre de 2021, por lo cual, Findeter procurará continuar con las obras complementarias de dotación que permita la entrega y recibo a satisfacción del cliente de los proyectos próximos a entregar a la ciudad de Bogotá.
Por esta razón y para que estas mismas pudieran ser usadas por la comunidad en debida forma, se hace necesario contratar las actividades complementarias para su puesta en funcionamiento, entre ellas, el suministro e instalación de la señalización de emergencia y señalización arquitectónica para el equipamiento cultural denominado: Museo de la Ciudad autoconstruida.
Por lo anterior, se requirió por parte de la SCRD la contratación del suministro e instalación de la totalidad de la señalización para el proyecto de Museo, mientras en paralelo se surten todos los procesos de entrega al cliente y su operador IDPC, permitiendo así, entregar los edificios con todas las implementaciones de seguridad humana y accesibilidad de las personas.
En ese sentido, se hace necesario contratar de forma inmediata el suministro e instalación del manual de señalización para el proyecto de referencia, teniendo en cuenta que se debe prever los tiempos necesarios para realizar la adecuada entrega del bien inmueble entre la SCRD, DADEP, e IDPC, a quienes se debe entregar las edificaciones de acuerdo a los compromisos establecidos con los operadores y conforme a los elementos de dotación transmitidos como lineamientos por parte de la secretaria Distrital de Cultura, Recreación y Deporte.
Así las cosas y de conformidad con lo señalado en el numeral 7 del contrato interadministrativo No. 249 de 2018, Findeter deberá: “ejecutar las actividades administrativas, técnicas, jurídicas y financieras necesarias para el desarrollo y la ejecución del objeto del contrato y las que sean requeridas por la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte con relación al mismo”.
En esta medida, la SCRD solicitó formalmente a Findeter el 04 xx xxxxx de 2022, bajo radicado No. 20223300036591 adelantar las acciones necesarias para propender por el suministro e instalación de la señalización arquitectónica y de seguridad que permitan de manera integral entregar el equipamiento en funcionamiento y operatividad, iniciando así, el proceso de contratación respectivo que solucione la necesidad actual del equipamiento culturales denominado: Museo de la ciudad autoconstruida, y así lograr la entrega satisfactoria a sus respectivos operadores en el plazo que resta para la terminación del contrato interadministrativo.
Lo anterior, teniendo presente la finalidad contemplada dentro del contrato marco No. 249 de 2018, el cual se enfoca, entre otras, en poder contar con la puesta en funcionamiento de los equipamientos culturales, para el bienestar y el goce de la comunidad beneficiaria.
En consecuencia, se hace necesario contar con el suministro e instalación del manual de señalización de la infraestructura entregada por la SCRD a FINDETER, en el marco de la asistencia técnica, el pasado 10 de diciembre de 2018. Por esta razón, al haberse finalizado la etapa construcción y entrega de la obra civil de los frentes de trabajo y en cumplimiento con las obligaciones adquiridas por FINDETER en el contrato interadministrativo suscrito con la Secretaria de Cultura, Recreación y Deporte, se debe adelantar la contratación indicada, como complementación a la etapa de puesta en funcionamiento de las obras que tiene como fin último la entrega a satisfacción del bien inmueble a los futuros operadores.
De conformidad con lo anterior, se hace imperioso contratar a través de una persona jurídica capacitada, la entrega ágil y oportuna, que responda a los requerimientos de la Entidad, de tal forma que garantice la terminación y puesta en funcionamiento de los equipamientos culturales en lo que refiere al capítulo de dotación, por lo cual, se requiere el suministro de la señalización para la obra civil, Museo de la ciudad autoconstruida, ejecutada en la Localidad de Ciudad Bolívar, Bogotá D.C.
D. VERIFICACIÓN TÉCNICA:
La empresa JV PUBLICIDAD Y MARK EU cuenta con la capacidad técnica para la ejecución del objeto del contrato, de acuerdo con la experiencia acreditada, así:
No DE CONTRATO | OBJETO | VALOR SMMLV A LA FECHA DE TERMINACIÓN (AFECTADOS POR EL % DE PARTICIPACIÓN) | INTEGRANTE QUE APORTA LA EXPERIENCIA | PORCENTAJE DE PARTICIPACIÓN |
002-OSY- 00001396 | REPOSICION SEÑALIZACION DE PLANTA AREA DE PROCESOS. | 12,82 SMMLV | JV PUBLICIDAD Y MARK EU | 100% |
002-OSY- 00001494 | REPOSICION SEÑALIZACION | 9,03 SMMLV | JV PUBLICIDAD Y MARK EU | 100% |
El valor total de los contratos aportados es por la suma de 21,85 salarios mínimos respecto a 13,70 salarios correspondientes al presupuesto estimado para el contrato en suministro e instalación de señalización.
Como consecuencia de la experiencia requerida y la verificación técnica validada por la Vicepresidencia Técnica de Findeter, la empresa JV PUBLICIDAD Y MARK EU, cumple con los parámetros de experiencia requeridos, en lo que corresponde al numeral 6.2. EXPERIENCIA ESPECIFICA REQUERIDA, literal b) del presente estudio previo requiriendo que: “El valor de uno de los contratos aportados es igual o mayor a 0.5 veces el valor total del PRESUPUESTO ESTIMADO (PE), expresado en SMMLV.”
E. REQUISITOS FINANCIEROS.
Para la presente contratación no se definieron requisitos financieros.
F. REQUISITOS JURÍDICOS.
1. EXISTENCIA Y REPRESENTACIÓN LEGAL:
Acredita su existencia y representación legal, aportando el certificado expedido por la Cámara de Comercio correspondiente de fecha 27/05/2022 en el cual se verifica lo siguiente:
De conformidad con el certificado de existencia y representación legal de la empresa JV PUBLICIDAD Y MARK EU, se evidencia que esta tiene plena capacidad para ejecutar el presente proyecto.
- Nombre: JV PUBLICIDAD Y MARK EU Nit 900.154.226-3
- Fecha de expedición del certificado: 27/05/2022
- Objeto Social: Está relacionado con el objeto a contratar.
- Facultades RL: El representante cuenta con facultades para la presente contratación.
- Limitación RL cuando actúa a través del subgerente: No tiene limitaciones
- Domicilio: Bogotá D.C.
- Término de Duración: Hasta el 00 xx xxxx xx 0000
- Xxxxxxx xx Xxxxxxxxxxxx: Por documento privado de empresario del 15 xx xxxx de 2007, inscrita el 6 xx xxxxx de 2007.
- Revisor fiscal: N/A
2. CÉDULA DE CIUDADANÍA O SU EQUIVALENTE: Allega copia por ambas caras de la cédula de ciudadanía del representante legal.
3. CERTIFICADO DE RESPONSABILIDAD FISCAL DE LA CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA: Allega copia del certificado requerido.
4. CERTIFICADO DE ANTECEDENTES DE LA PROCURADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN: Allega copia del certificado requerido.
5. CONSTANCIA ANTECEDENTES JUDICIALES y REPORTE EN EL SISTEMA REGISTRO NACIONAL DE MEDIDAS CORRECTIVAS – RNMC: Se consultan los certificados de antecedentes señalados en los numerales 1.5.4.1 al 1.5.4.5, respecto de la persona jurídica y el representante legal, encontrando que no existe ningún tipo de reportes que impidan la contratación.
6. REGISTRO ÚNICO TRIBUTARIO O SU EQUIVALENTE: Aporta RUT de la empresa.
7. CERTIFICACIÓN DE CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES CON LOS SISTEMAS GENERALES DE SEGURIDAD SOCIAL INTEGRAL Y APORTES PARAFISCALES: Aportó certificado suscrito por el representante legal en el que manifiesta que la empresa se encuentra al día en los pagos al sistema de seguridad social integral y aportes parafiscales.
8. CERTIFICADO DEL REGISTRO ÚNICO DE PROPONENTES DEL REGISTRO ÚNICO EMPRESARIAL DE LA CÁMARA DE COMERCIO (EN CASO DE ESTAR INSCRITO): No Aporta el CERTIFICADO DE INSCRIPCIÓN Y CLASIFICACIÓN REGISTRO ÚNICO DE PROPONENTES y no se encuentran inscritos en el RUP.
9. LISTAS RESTRICTIVAS LAVADO DE ACTIVOS Y FINANCIACIÓN DEL TERRORISMO: Se consulta el sistema de información correspondiente, en el cual se evidencia que ni la persona jurídica ni el representante legal se encuentra reportados en listas nacionales e internacionales de lavados de activos.
Se consultaron las bases de datos de procedimientos sancionatorios de las fiduciarias como administradoras de los Patrimonios Autónomos Findeter y la base de datos de denuncias de Findeter, en las cuales no se evidencia la aplicación de sanciones ni la interposición de denuncias en contra del Contratista.
G. Como materialización del principio de transparencia y selección objetiva, se acreditó por parte del Grupo de Coordinación de Contratación Derivada y la Vicepresidencia Técnica, la idoneidad y experiencia del contratista, de acuerdo con lo establecido en los estudios previos y en el presente documento.
X. Xxxxxxxx con lo señalado en el numeral 4.6. del Manual Operativo del PA FINDETER PAF, el procedimiento aplicable a la presente contratación es el siguiente:
“4.6. PROCEDIMIENTO APLICABLE A LA CONTRATACIÓN DIRECTA.
Para el efecto, el Patrimonio Xxxxxxxx observará que se cumpla el siguiente procedimiento:
1) Solicitud de la SECRETARÍA DISTRITAL DE CULTURA, RECREACIÓN Y DEPORTE donde se justifique la necesidad de la contratación y la causal de contratación privada invocada, se describa el objeto a contratar, las condiciones del contrato, y se haga un análisis técnico y económico que soporte el valor estimado del contrato, acompañada de los soportes correspondientes.
2) La Vicepresidencia Técnica remite la solicitud a la Dirección de Contratación con los estudios de necesidad que soporten y justifiquen dicha contratación, los cuales deben contener:
a) Las condiciones del contrato a celebrar identificando el objeto, obligaciones, entregables, valor del contrato, forma de pago, plazo, y aquellos se consideren relevantes.
b) El concepto técnico del Supervisor del Convenio que dé cuenta de la pertinencia de la contratación directa y de quien se recomienda para el efecto.
c) Análisis de la idoneidad del contratista y verificación del cumplimiento de condiciones técnicas, financieras y jurídicas. (…)”
I. Findeter, en la política de contratación de servicios para terceros establece como causales de contratación directa en su numeral 10.2, las siguientes:
- “Cuando la cuantía del contrato a celebrar independientemente de su objeto sea inferior o igual a 200 salarios mínimos legales mensuales vigentes, o:
- Cuando se trate de una situación de urgencia, emergencia o calamidad en los cuales;
- La continuidad del servicio exija el suministro de bienes o la prestación de servicios, o la ejecución de obras en el inmediato futuro.
Cuando adelantado un proceso de selección por convocatoria pública, privada o invitación a ofertar, este se hubiera declarado desierto.” (…)
X. Xxx sujeción al procedimiento señalado en el Manual Operativo, la Vicepresidencia Técnica de Findeter, remitió a la Jefatura de Contratación, la solicitud de Contratación Directa, con el estudio previo, verificación técnica, jurídica y financiera y los anexos correspondientes que soportan y justifican la contratación, en atención a lo previsto en el numeral 2.3. del Manual, que señala que la Dirección de Contratación tendrá a cargo la dirección de los procesos de contratación y consolidación de los informes de verificación y evaluación, que se realizan por las diferentes áreas de FINDETER.
K. Conforme con la verificación de idoneidad y experiencia realizada por el Grupo de Coordinación de Contratación Derivada y la Vicepresidencia Técnica, respectivamente, a partir de lo señalado en los estudios previos, JV PUBLICIDAD Y MARK EU, cumple con los requerimientos mínimos de la contratación conforme con lo siguiente:
L. VERIFICACIÓN DE LAS CONDICIONES DE IDONEIDAD Y EXPERIENCIA
“La empresa JV PUBLICIDAD MARK EU., identificada con NIT. 900.154.226-3, cuenta con aproximadamente 15 años de experiencia en actividades de suministro e instalación de señalización comercial, arquitectónica y de emergencia, así como, experiencia en actividades de publicidad, ejecución de trabajos de arte publicitario, distribución de propaganda comercial, elaboración y reproducción de diseños publicitarios y actividades de asesoramiento empresarial y en materia de gestión, lo cual concuerda con el objeto de la presente contratación.
Así mismo, el contratista da cuenta de la idoneidad presentando contratos ejecutados y terminados dentro de los plazos establecidos y conforme a la naturaleza de objeto social de la empresa, con la capacidad para desarrollar las actividades a contratar con el personal operativo, equipo y/o herramientas necesarias para el desarrollo de la señalización arquitectónica y de emergencia de la infraestructura cultural de Museo.
Así mismo, la empresa JV PUBLICIDAD MARK EU cuenta con la disponibilidad para ejecutar el contrato en los plazos y calidades esperadas, ajustándose al presupuesto para la presente contratación: TRECE MILLONES SEISCIENTOS NOVENTA Y SIETE MIL PESOS M/CTE ($13.697.000,00), que tiene por objeto el servicio de “SUMINISTRO E INSTALACION DE LA SEÑALIZACION DE EMERGENCIA Y SEÑALIZACION ARQUITECTONICA PARA EL EQUIPAMIENTO CULTURAL DEL MUSEO DE LA CIUDAD AUTOCONSTRUIDA, UBICADO EN LA LOCALIDAD DE CIUDAD BOLÍVAR, BOGOTÁ D.C.”. En
consecuencia, permite que la empresa se posicione dentro de los precios xxx xxxxxxx, así como, se acoge al presupuesto estimado (PE) y especificaciones técnicas determinadas en el presente estudio previo.
Por ello, la empresa JV PUBLICIDAD XXXX XX remitió a Findeter carta de aceptación de las condiciones técnicas y financieras del proyecto para la participación en el proceso de contratación directa, lo cual, viabiliza la ejecución de las actividades para la puesta en funcionamiento de los equipamientos culturales y entrega al cliente dentro de los plazos establecidos en el contrato marco No. 249 de 2018, suscrito entre Findeter y la SCRD.
Los criterios de selección tenidos en cuenta en el presente proceso se fundamentaron en el conocimiento especializado, experiencia técnica y los aspectos económicos que detenta JV PUBLICIDAD MARK EU.
En atención a lo anterior, y teniendo en cuenta la necesidad que se evidencia, el presupuesto estimado y de conformidad con los recursos con que cuenta FINDETER dispuestos en el presupuesto, resulta viable, conveniente y oportuno adelantar el proceso de contratación directa y celebrar el respectivo contrato de prestación de servicios.
En esta medida, se justifica que JV PUBLICIDAD MARK EU de conformidad con la aceptación de la oferta detenta (i) el equipo de trabajo que requiere FINDETER, el cual se encuentra debidamente capacitado en la prestación de servicios de publicidad, señalización, elaboración y reproducción de diseños publicitarios, y (ii) los equipos, herramientas, transporte y/o insumos que se necesitan para llevar a cabo una correcta ejecución y desarrollo de la señalización conforme al manual de señalización establecido por la SCRD e IDPC para el equipamiento cultural de Museo de la Ciudad Autoconstruida, ubicado en la localidad de Ciudad Bolívar en la ciudad de Bogotá, el cual, es objeto del contrato marco suscrito entre FINDETER y la SECRETARIA DE CULTURA RECREACION Y DEPORTE (SCRD).”
En conclusión, la Vicepresidencia Técnica recomiendan la contratación de la empresa JV PUBLICIDAD MARK EU teniendo en cuenta la experiencia demostrada en contratos ejecutados de similar naturaleza y el soporte operativo y logístico que puede ofrecer al proyecto a partir de las experiencias adquiridas.
PROPONENTE | VALOR DE LA OFERTA ACEPTADA | VALOR CONTRATO A CELEBRAR | ||
JV PUBLICIDAD MARK EU | $13.697.000,00 | $13.697.000,00 | ||
M. El valor objeto del contrato corresponderá a la suma de TRECE MILLONES SEISCIENTOS NOVENTA Y SIETE MIL PESOS M/CTE ($13.697.000,00), incluido el IVA, costos, gastos, impuestos, tasas y demás contribuciones de orden territorial y nacional a que hubiere lugar. N. Los Estudios Previos que contienen las verificaciones jurídicas y técnicas, y la Contratación Directa fueron presentados en el Comité de Contratación No. 123 del 21 xx xxxxx de 2022. O. Durante los días 24 y 28 xx xxxxx de 2022, se llevó a cabo la sesión del Comité Técnico No. 44, órgano que evaluó y aprobó el informe de presentación y recomendación de la contratación directa junto con sus anexos, y con base en ello, recomendó la contratación directa emitiendo voto positivo por unanimidad, a través de correos electrónicos de las mismas fechas, de lo cual se dejó constancia en el Acta del Comité Técnico No. 44, del Contrato Interadministrativo 249 de 2018. RECOMENDACIÓN Con fundamento en el Estudio Previo y sus anexos, el informe de presentación y recomendación de la contratación directa y, de conformidad con lo establecido en el numeral 4.6 del Manual Operativo PA FINDETER PAF., la Jefatura de Contratación remite para aprobación del Comité Fiduciario la Recomendación de Contratación Directa emitida por el Comité Técnico No. 44 en sesión adelantada durante los días 24 y 28 xx xxxxx de 2022, de la contratación PAF-SCRD- O-054-2022 que tiene por objeto la “CONTRATACIÓN DEL SUMINISTRO E INSTALACION DE LA SEÑALIZACION DE EMERGENCIA Y SEÑALIZACION ARQUITECTONICA PARA EL EQUIPAMIENTO CULTURAL DEL MUSEO DE LA CIUDAD AUTOCONSTRUIDA, UBICADO EN LA LOCALIDAD DE CIUDAD BOLÍVAR, BOGOTÁ D.C.”, a la empresa JV PUBLICIDAD Y MARK EU, con Nit. 900.154.226-3, representada legalmente por XXXXX XXXXXX XXXXX XXXXXX, identificado con la cédula de ciudadanía número 79.658.849; por la suma de TRECE MILLONES SEISCIENTOS NOVENTA Y SIETE MIL PESOS M/CTE ($13.697.000,00), incluido el IVA, costos, gastos, impuestos, tasas y demás contribuciones de orden territorial y nacional a que hubiere lugar.” | ||||
3. Proposiciones y varios: No se presentaron | ||||
Decisión del Comité Fiduciario: | ||||
Aprobar la contratación directa que tiene por objeto LA CONTRATACIÓN DEL SUMINISTRO E | ||||
INSTALACION DE LA SEÑALIZACION DE EMERGENCIA Y SEÑALIZACION ARQUITECTONICA PARA EL | ||||
EQUIPAMIENTO CULTURAL DEL MUSEO DE LA CIUDAD AUTOCONSTRUIDA, UBICADO EN LA | ||||
LOCALIDAD DE CIUDAD BOLÍVAR, BOGOTÁ D.C. | ||||
PLAZO DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO: UN (1) MES. | APROBADO E INSTRUIDO | |||
CONTRATISTA ADJUDICADO: JV PUBLICIDAD Y XXXX XX, con Nit. 900.154.226-3, representada | ||||
legalmente por XXXXX XXXXXX XXXXX XXXXXX, identificado con la cédula de ciudadanía número | ||||
79.658.849. |
VALOR ADJUDICADO: TRECE MILLONES SEISCIENTOS NOVENTA Y SIETE MIL PESOS M/CTE ($13.697.000,00), incluido el IVA, costos, gastos, impuestos, tasas y demás contribuciones de orden territorial y nacional a que hubiere lugar. | ||
Agotado el orden del día, se da por terminado el Comité Fiduciario No. 26 el veintiocho (28) xx xxxxx de 2022, a las 02:30 p.m. Para constancia de lo anterior firman: POR FINDETER: POR FIDUPREVISORA (Secretario):
XXXXXXX XXXXX XXXXXX XXXXXXXXXX XXXX XXXX XXXXX XX XXXXXXX SECRETARIA GENERAL COORDINADOR JURIDICO (E) | ||
Revisó: Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxx – Coordinador Patrimonios Autónomos – Jefatura de Contratación - FINDETER. | ||
Anexo- Votos: | ||
Nombre | Cargo | Empresa |
Xxxxxxx Xxxxx Xxxxxx Xxxxxxxxxx | Secretaria General | Findeter |
Nombre | Cargo | Empresa |
Xxxx Xxxx Xxxxxx Xxxxx | Vicepresidente Técnico | Findeter |