ACUERDO DE CONFIDENCIALIDAD Y PROTECCIÓN DE DATOS
ACUERDO DE CONFIDENCIALIDAD Y PROTECCIÓN DE DATOS
En Madrid, a xxx de xxxxxx de dos mil catorce,
REUNIDOS
- De una parte, ----------------. (En adelante Proveedor) con CIF.---------
- y domicilio social en Madrid (28027) calle -------------------, representado en este acto por D. ------------------------ con número NIE ---------------------, en calidad de apoderado y en uso de las facultades que tiene conferidas a virtud de poder otorgado a su favor, el día -------------------, ante el Notario -------------------, con el número 3003 de su protocolo.
Xxx Xxxxxx Xxxxx Xxxx, actuando en nombre y representación de Prosegur Compañía de Seguridad, S.A., (en adelante Prosegur) con C.I.F. A-28430882 con domicilio social en Madrid en la c/ Pajaritos nº 24 en calidad de representante, con DNI 00000000X en virtud de los poderes concedidos a su favor, mediante escritura pública otorgada en Madrid, ante la Notario Dña. Xxxxxx Xxxxx-Xxxxx Xxxxxxx, con fecha 12/07/2013, bajo el número de protocolo 854, inscrito en el Registro Mercantil en el tomo 31.304, Folio 3, Sección 8, Hoja M551958, inscripción 33.
Ambas partes, en el concepto en que intervienen
EXPONEN
I.- Que Prosegur es una empresa dedicada a la prestación de servicios de seguridad.
II.- Que el Proveedor es una empresa que se dedica a …………………….
III.- Que en el marco de diversos contactos entre las partes orientados a una posible futura relación profesional entre las mismas, y con tal fin Las partes se entregarán una serie de información y documentación de carácter confidencial.
Y, en virtud de lo expuesto, las partes formalizan el presente acuerdo de confidencialidad y protección de datos con las siguientes
CLÁUSULAS
PRIMERA.- Objeto del Acuerdo
Las partes acuerdan dar el carácter de estrictamente confidencial a toda aquella documentación, información o material que la Parte Informante proporcione a la Parte Receptora, con ocasión de cualquier tipo de contacto entre ellas, relativo a su estructura, organización, planificación, clientes, negocio, tecnología, know-how, finanzas y otros datos privados internos, así como a la información, desarrollo y materiales y que sea proporcionada con el principal objeto de que la Parte Receptora pueda llevar a efecto la prestación de servicios de consultaría a la parte Informante. (En adelante, Información Confidencial).
SEGUNDA.- Vigencia del Acuerdo
1. El suministro de Información Confidencial necesaria para el desarrollo del Proyecto, por parte de la Parte Informante comenzará en el momento en que se inicie cualquier tipo de contacto entre las partes que pueda dar lugar a un intercambio de la información o documentación referida y se circunscribirá al período de tiempo durante el cual se realice el desarrollo del Proyecto, quedando extinguida en el momento en que se finalice el mismo.
2. Los deberes de confidencialidad derivados de lo establecido en el presente Acuerdo y aplicables a la Parte Receptora y las medidas adoptadas para asegurar su cumplimiento, subsistirán indefinidamente incluso una vez extinguido el presente acuerdo.
Asimismo, la Parte Receptora se compromete a devolver a la Parte Informante o a destruir la Información Confidencial en el momento en que cese el interés de alguna de las partes en colaborar para el desarrollo del Proyecto, lo cual será notificado por la parte cesante a la otra parte, y conllevará que la parte Receptora destruya la Información Confidencial sin que sea necesario por parte de la Parte Informante un requerimiento expreso de destrucción de la citada información. Asimismo, se compromete la Parte Receptora a destruir, siempre que sea técnicamente viable, cuanta información haya podido generar con base de la que es objeto del presente Acuerdo, buscando y haciendo desaparecer en los ordenadores o de cualquier otro soporte, cualquier referencia a la misma, siempre que haya dejado de ser útil o aplicable al Proyecto y desde ese mismo instante y del mismo modo, sin necesidad de requerimiento especial por parte de la Parte Informante.
TERCERA.- Obligaciones y Responsabilidades de la Parte Receptora.
1. La Parte Receptora se compromete a no copiar, reproducir, ni por cualquier otro procedimiento, ceder información o material facilitado por la Parte Informante a terceros así como a no permitir a ninguna otra persona, empresa o sociedad la copia, reproducción o divulgación, sea total, parcial o de cualquier forma, de información o materiales facilitados por la Parte Informante en cualquier momento y que obren en poder de la Parte Receptora, sin la autorización previa de la Parte Informante, manifestada expresamente y por escrito y siempre que la Ley vigente u otra regulación aplicable no dicten lo contrario.
En virtud de lo anterior, la Parte Receptora asume la obligación de no revelar, ni permitir a nadie revelar la Información Confidencial, así como a restringir el acceso a ella sólo a aquellas personas cuya intervención sea necesaria para el desarrollo del Proyecto y que deban tener acceso a la misma en relación con los fines antes mencionados. No obstante lo anterior, la Parte Receptora deberá proporcionar a la Parte Informante, a petición de ésta, una relación escrita de las personas que tienen, en el momento de dicha petición, acceso a la Información Confidencial.
2. La Parte Receptora se compromete a no utilizar la Información Confidencial para cualquier uso distinto del previsto en el correspondiente acuerdo o contrato entre las partes, por parte de la propia Parte Receptora o por las personas que a través de ésta hayan podido tener acceso a la misma, queda taxativamente prohibida, incluso aunque se haya finalizado la ejecución del Proyecto.
3. La Parte Receptora mediante el presente acuerdo, acepta indemnizar a la Parte Emisora por cualquier daño, perdida, coste o responsabilidad (incluyendo los costes legales y/u otros costes) que puedan surgir a raíz del incumplimiento de este acuerdo y cualquiera de sus cláusulas de confidencialidad y/o diseminación de información. Además, ambas partes están de acuerdo en que la indemnización económica en este caso sería incalculable e imposible de determinar. Por ello, la Parte Receptora reconoce y acepta que la Parte Emisora tendrá derecho a ser restituida por cualquier daño sufrido a causa de este incumplimiento.
CUARTA.-Protección de datos
1. La Parte Receptora se compromete a cumplir todas las obligaciones legales vigentes en materia de protección de datos que resulten de aplicación en España, así como a cumplir, con todo lo previsto en el articulo 12 de la Ley Orgánica 15/1999 de Protección de Datos (LOPD) en relación a los datos personales que pudieran ser objeto de tratamiento durante la vigencia del presente acuerdo, quedando sujeto a la responsabilidad del abono de los daños y perjuicios causados a la Parte Informante como consecuencia de su incumplimiento, entre los cuales se incluyen el pago de las sanciones administrativas y de los importes en que sea condenada la Parte Informante en la jurisdicción civil o penal, así como los gastos ocasionados en los eventuales procedimientos.
QUINTA.- Publicidad
1. Sin perjuicio del deber de confidencialidad asumido en virtud del presente Acuerdo, las partes se comprometen expresamente a no revelar públicamente en ningún tipo de medio de comunicación o difusión, incluido Internet, ninguno de los términos relativos a las relaciones que les unen, ya sea de manera contractual como extracontractual.
2. A estos efectos, las partes acuerdan que no harán ni permitirán que se haga ningún anuncio, divulgación o publicidad, ni siquiera mención, relacionados, directa o indirectamente, con el Proyecto en el que están colaborando conjuntamente, sin la previa autorización escrita de la otra parte.
3. Para evitar dudas respecto al contenido de esta estipulación, las partes se obligan, la una frente a la otra, a solicitar su autorización expresa , con carácter previo e inexcusable, antes de realizar cualquier mención o divulgación de los términos de su acuerdo y del proyecto o proyectos realizados, en curso o en preparación o negociación, en cualquier medio o formato, verbal o por escrito y cualquiera que sea su contenido y extensión, tanto en actos dirigidos al público en general, colectivos como en presentaciones particulares. En ningún supuesto, mencionado o no expresamente, estará permitido el uso de logotipos o marcas comerciales titularidad de Prosegur o de cualquiera de sus filiales sin cumplir lo establecido anteriormente.
SEXTA.- Derechos de Propiedad Industrial e Intelectual
Todos los derechos de propiedad industrial o intelectual directos o que se pudieran derivar de la Información Confidencial serán de la titularidad única y exclusiva de la Parte Informante. En ningún caso se ha de entender que la Parte Receptora obtiene derecho alguno a utilizar dicha Información Confidencial para un fin distinto del expresamente pactado.
SEPTIMA.- Relación
La entrega de información confidencial por una de las partes conllevará únicamente la aplicación de lo dispuesto en el presente acuerdo, sin que ello suponga ni pueda entenderse como una propuesta, oferta o intención de celebrar ningún otro contrato. El presente acuerdo no concede derecho ni licencia alguna de las partes en relación con todo o parte de la información confidencial, conservando en todo momento la parte informante la plena titularidad de la información confidencial.
OCTAVA.- Resolución anticipada del Acuerdo:
En caso de incumplimiento de las obligaciones asumidas por la Parte Receptora en virtud del presente acuerdo, la Parte Informante podrá instar la cancelación automática de cualquier tipo de proyecto existente, así como, en su caso, la resolución de cualquier relación contractual entre las partes, sin perjuicio de las acciones judiciales que correspondan y de la indemnización derivada de ese incumplimiento.
NOVENA.- Auditorías de control
La Parte Informante se reserva el derecho a poder efectuar, siempre que existan motivos concluyentes y razonados de un incumplimiento por la Parte Receptora, controles y auditorias de datos que estime oportuno para comprobar la existencia de dicho incumplimiento en relación a las obligaciones contraídas con la Parte Informante única y exclusivamente mediante la firma del presente documento. En el sentido de lo anteriormente indicado, la Parte Receptora deberá facilitar a la Parte Informante los datos que se les requiera para el cumplimiento de dichos controles y/o auditorías.
DECIMA.- Forma y domicilios a efectos de comunicaciones
Las comunicaciones relativas a este Acuerdo deberán hacerse por documentación entregada en mano con acuse de recibo, por correo o burofax con acuse de recibo o por cualquier otro medio que permita probar su recepción y la fecha de ésta.
A los efectos del presente Acuerdo, las partes designan expresamente como domicilios hábiles para la práctica de comunicaciones los señalados a continuación.
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D. -------------------
Calle ---------------------------
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- PROSEGUR COMPAÑÍA DE SEGURIDAD, S.A.
D. Xxxxxx Xxxxx Xxxx
Dirección: X/ Xxxxxxxxx, 00
00000 Xxxxxx
Cualquier modificación de los anteriores domicilios deberá ser previamente comunicada a la otra parte.
UNDECIMA.- Ley aplicable y Fuero Jurisdiccional:
Este Acuerdo deberá ser interpretado, regido y ejecutado conforme a las leyes de España sin conceder efecto alguno a ningún principio xx xxx que resultase de la aplicación de las leyes de cualquier otra jurisdicción.
Las Partes, renunciando expresamente a su derecho a cualquier otro fuero que les pudiese corresponder, acuerdan someter a los Juzgados y Tribunales de Madrid, para la resolución de cualquier reclamación o disputa que pudiese surgir entre las Partes con relación a este Acuerdo y, en particular, con relación a su interpretación, validez, cumplimiento y terminación.
Y en prueba de conformidad, las partes firman el presente documento, por duplicado, quedando un ejemplar en poder de cada parte y a un solo efecto, en el lugar y fecha señalados en el encabezamiento.
PROSEGUR COMPAÑÍA DE SEGURIDAD S.A
D. Xxxxxx Xxxxx Xxxx
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D. ---------------------
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