TERMINOS DE REFERENCIA SOLICITUD DE PROPUESTAS INVITACIÓN A PRESENTAR OFERTAS PARA LA COMPRA DE SERVICIO DE MANTENIMIENTO DE ASENSOR BLOQUE JUNIN- PRIMERA RONDA
PROCESO: S 12 |
TERMINOS DE REFERENCIA
INVITACIÓN A PRESENTAR OFERTAS PARA LA COMPRA DE SERVICIO DE MANTENIMIENTO
DE ASENSOR BLOQUE JUNIN- PRIMERA RONDA
En cumplimiento al Reglamento de Administración de Bienes, Obras y Servicios, Titulo II Capítulo II, Sección I Compras y Contrataciones Menores, Art. 242, la Caja de Salud de la Banca Privada, invita a empresas comerciales, distribuidoras e importadoras, legalmente establecidas en el País, a presentar ofertas para la COMPRA DE COMPRA DE SERVICIO DE MANTENIMIENTO DE ASENSOR BLOQUE JUNIN - PRIMERA RONDA.
FECHA DE PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS: Las ofertas deberán ser presentadas en sobre ABIERTO en Secretaria de Administración de la Caja de Salud de la Banca Privada Regional Santa Xxxx, ubicada en Xxxxx Xxxxxxxxxx x/x xxxxx xxxxx xxx Xxxxxxxx x Xxxxxxxxxx Xxxxxxxx (paralelo a la doble vía la guardia entre cuarto y quinto anillo) hasta horas 14:00 del día viernes 28 xx Xxxxx del presente año. Citar como referencia:
“COMPRA DE SERVICIO DE MANTENIMIENTO ASENSOR BLOQUE JUNIN, Proceso S 12 –
PRIMERA RONDA”.
ESPECIFICACIONES TÉCNICAS: El proponente debe cumplir con los requisitos de la CSBP. La cotización de la empresa proponente en lo concerniente a las especificaciones técnicas, debe ser presentado en el formulario “Solicitud de Propuesta” (documento adjunto a esta invitación).
PROPUESTA ECONÓMICA: La propuesta económica debe ser presentada en el formulario “Solicitud de Propuesta”. La oferta presentada necesariamente debe estar expresada en moneda nacional (bolivianos).
SISTEMA DE EVALUACIÓN: Menor Costo: Se evaluará la propuesta con el menor costo verificando si esta cumple con todos los requisitos exigidos, si cumple se procederá a la elaboración del informe caso contrario se calificará la propuesta con el segundo menor costo y así sucesivamente.
ADJUDICACIÓN: La adjudicación será realizada a la oferta económica más conveniente para la CSBP, siempre y cuando cumplan con las especificaciones técnicas requeridas.
TIEMPO DE DURACIÓN: El servicio requerido deberá ser prestado por un tiempo de 1 año, computable a partir de la firma de contrato.
CONTRATO: Se suscribirá contrato con el proponente adjudicado cuando la cuantía adjudicada supere los Bs 20.000,00 y el plazo de entrega supere los 15 días hábiles. (Se adjunta Modelo de contrato).
El proponente adjudicado en un plazo máximo de siete (7) días hábiles, computables a partir de la notificación de adjudicación, deberá presentar los siguientes documentos en original y fotocopia simple:
Empresas Legalmente Establecidas y Personas Naturales
Empresas S.A., S.R.L.
* Escritura de constitución social
* Poder del representante legal
* C.I. del representante legal
* Número de Identificación Tributaria (NIT)
* Matricula de Fundempresa. (Actualizado)
Empresas Unipersonales
* Poder del Representante Legal. (Si corresponde)
* C.I. del Representante Legal.
* Número de Identificación Tributaria (NIT)
* Matricula de Fundempresa. (Actualizado)
Personas Naturales
* Carnet de Identidad (Vigente)
* Número de Identificación Tributaria (NIT)
CANCELACIÓN: La cancelación por el servicio se efectuará mensualmente previa entrega de informe, nota fiscal ó documento equivalente, y conformidad del Fiscal del servicio.
Cualquier consulta, llamar al teléfono 3427676 Interno 3428 Bienes y Servicios.
Santa Xxxx, Junio de 2019
CONTRATO DE PRESTACION DE SERVICIOS
CSBP.ASES.LEG.REG.Nº ___-2019
Conste por el presente documento privado un Contrato de Prestación de Servicios de MANTENIMIENTO DE EQUIPOS XX XXXXX X de la CSBP (Regional Santa Xxxx), que se suscribe al tenor de las siguientes cláusulas y condiciones:
PRIMERA. (PARTES).
Son Partes del presente Contrato:
La CAJA DE SALUD DE LA BANCA PRIVADA, representada legalmente en la Regional Santa Xxxx, por el Lic. Xxxxx X. Xxxxxxx Xxxxxxx, con CI No. 6506110 OR, Administrador Regional a.i., y por el Dr. Xxxx Xxxxxxx Xxxx Xxxxxxxxxx, con CI No. 3260739 SC, Jefe Médico Regional, según Poder Especial y Bastante No. 234/2019, de 11 xx xxxxx de 2019, otorgado ante la Notaría de Fe Xxxxxxx Xx. 000 xxx Xxxxxxxx Xxxxxxxx xx xx xxxxxx xx Xx Xxx, a cargo de la Dra. Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx xx Xxxxxxx, que en adelante se denominará la CSBP.
La empresa ___________, inscrita en el Registro de Comercio administrado por FUNDEMPRESA, bajo la Matricula N° ____, con NIT N° _______, con domicilio en _______________, de la ciudad de Santa Xxxx de la Sierra y representada legalmente por ________________, con CI Nº _______ __, mediante Testimonio de Poder No. ____/20__, otorgado ante la Notaría de Fe Pública No. ___, del Distrito Judicial de ______, a cargo de _________, que en adelante se denominará la CONTRATADA.
A los efectos del presente Contrato, las personas jurídicas identificadas en los numerales 1.1. y 1.2. anteriores, podrán denominarse en su conjunto como Partes y de manera individual como Parte.
SEGUNDA. (ANTECEDENTES).
Dentro del proceso bajo la modalidad de compras y contrataciones menores Nº _____, la CSBP en atención al Informe de Cotizaciones N° ___/19, de __ de ______ de 2019, mediante CITE: XXXXXX, de __ de _____ de 2019, adjudicó a favor de la CONTRATADA la Prestación de Servicios de MANTENIMIENTO DE EQUIPOS XX XXXXX X de la CSBP (Regional Santa Xxxx), por lo que Administración Regional mediante instrucción de fecha __ de ______ de 2019, registrada en la Hoja xx Xxxx No. _____, instruye la elaboración del presente Contrato bajo el tenor de las siguientes cláusulas y condiciones.
TERCERA. (OBJETO).
El objeto del presente Contrato es establecer los términos y condiciones a que se sujetará la Prestación de Servicios de MANTENIMIENTO DE EQUIPOS XX XXXXX X de la CSBP (Regional Santa Xxxx), de acuerdo a las condiciones establecidas en las siguientes cláusulas.
CUARTA. (CONDICIONES GENERALES PARA LA PRESTACION DEL SERVICIO).
Las condiciones y características de la Prestación de Servicios de MANTENIMIENTO DE EQUIPOS XX XXXXX X de la CSBP (Regional Santa Xxxx), en adelante el Servicio, que deberá cumplir la CONTRATADA, son las que se encuentran debidamente detalladas en las Especificaciones Técnicas de esta contratación y en la propuesta presentada, mismas que forman parte del presente Contrato y deberán ser cumplidas a cabalidad.
QUINTA. (PRECIO Y FORMA DE PAGO).
El precio total a cancelar por el Servicio a ser prestado será de Bs________.- (_____________ 00/100 Bolivianos), conforme al siguiente detalle:
No. |
DETALLE |
CANTIDAD |
COSTO UNITARIO |
COSTO TOTAL |
1 |
SERVICIO DE MANTENIMIENTO DE EQUIPO XX XXXXX X (DOS SERVICIOS EN EL PERIODO DE UN AÑO) |
2 |
Bs______.- |
Bs_______.- |
La cancelación por el Servicio se efectuará en dos (2) pagos en forma posterior a cada mantenimiento preventivo y se efectivizarán previa presentación de la factura correspondiente, del reporte técnico y del acta de conformidad del Servicio. Los pagos se efectuarán mediante cheque a nombre de la CONTRATADA.
SEXTA. (VIGENCIA).
El presente Contrato tendrá una vigencia de UN (1) AÑO, plazo que se computará a partir del __ de ______ de 2019 hasta el __ de _____ de 2020, no existiendo tácita reconducción. Las Partes, previo acuerdo y en atención a los antecedentes de la prestación del Servicio, podrán renovar el presente Contrato.
SEPTIMA. (COORDINACION).
La CONTRATADA, a través de su representante legal, se compromete a coordinar y absolver consultas y observaciones relacionadas a la prestación del Servicio y la ejecución del presente Contrato, que le plantee la CSBP. Para el efecto, se realizarán las reuniones de coordinación que se consideren convenientes a criterio de la CSBP, en las que participarán además de los representantes legales de la CONTRATADA y de la CSBP, el personal que las Partes consideren pertinente. La CSBP se reserva el derecho de acreditar a la persona responsable de ejercer la fiscalización del Servicio.
OCTAVA. (RESPONSABILIDADES).
8.1. La CSBP ha adjudicado la prestación del Servicio a favor de la CONTRATADA, basándose en los antecedentes de calidad, responsabilidad profesional, experiencia y prestigio de la CONTRATADA, por lo que ésta se compromete al cumplimiento del objeto del presente Contrato en óptimas condiciones de eficiencia, efectividad y seguridad, no pudiendo transferir o subrogar a terceros las obligaciones asumidas.
8.2. La CONTRATADA en casos comprobados de haber incurrido en error, omisión o negligencia en la prestación del Servicio, además de ser sancionada conforme establece el presente Contrato, asumirá la responsabilidad de las consecuencias que estos hechos generen a la CSBP.
NOVENA. (MULTAS).
La CSBP ante el incumplimiento de la CONTRATADA respecto de las obligaciones asumidas en este Contrato, aplicará una multa equivalente al cinco por ciento (5%) del importe a cancelar. Esta multa será deducida del pago correspondiente.
DECIMA. (RESOLUCION).
10.1. El presente Contrato podrá ser resuelto de manera unilateral sin necesidad de intervención judicial de ninguna naturaleza, en caso que la CSBP identifique errores o falencias en la prestación del Servicio contratado.
10.2. Esta resolución procederá cuando la CONTRATADA producto del incumplimiento de sus obligaciones, hubiese sido sancionada con la multa prevista en la cláusula Novena en tres oportunidades. Para tal efecto, la CSBP comunicará a la CONTRATADA, en forma escrita, la determinación asumida.
10.3. Asimismo, podrá resolverse a exclusiva decisión de la CSBP cuando: a) los montos acumulados por concepto de multas sean iguales o superiores al 10% del valor total del contrato, o, b) de manera obligatoria, cuando la suma de las multas acumuladas alance al 20 % del valor total del Contrato.
10.4. Sin embargo, la resolución procederá de manera inmediata, también de manera unilateral y sin necesidad de intervención judicial de ninguna naturaleza ni de sancionar con multa en tres oportunidades, cuando la CSBP, a través de sus instancias competentes, determine que los errores y/o falencias son demasiado graves, no pudiendo éstos ser subsanados o enmendados por la CONTRATADA.
10.5. Independientemente de lo anteriormente señalado, también podrá resolverse el presente Contrato, en las mismas condiciones señaladas, ante el incumplimiento de la CONTRATADA a cualquiera de sus cláusulas.
10.6. Por otra parte, si la CONTRATADA determinase unilateralmente la resolución del Contrato, por incumplimiento de la CSBP a las obligaciones asumidas, deberá comunicarle esta decisión en forma escrita y con sesenta (60) días de anticipación a que dicha resolución entre en vigencia.
10.7. La resolución del Contrato será aplicada sin perjuicio de exigir a la Parte responsable el resarcimiento de los daños causados y la atribución de las responsabilidades que por ley correspondan.
DECIMO PRIMERA. (IMPOSIBILIDAD SOBREVINIENTE POR CAUSAS DE FUERZA MAYOR Y/O CASO FORTUITO).
La CSBP ni la CONTRATADA serán responsables por el incumplimiento de sus obligaciones respectivas, en caso de eventos conceptuados como fortuitos o fuerza mayor. Se entiende por fuerza mayor al obstáculo externo, imprevisto o inevitable, que origina una fuerza extraña al hombre y que impide el cumplimiento de la obligación (ejemplo: incendio, inundaciones y otros desastres naturales). Se refuta como caso fortuito, al obstáculo interno atribuible al hombre, imprevisto o inevitable, proveniente de las condiciones mismas en que la obligación debía ser cumplida (ejemplo: conmociones civiles, huelgas, bloqueos, revoluciones, etc.). Cualquier suspensión de la ejecución en estos casos, será limitada al periodo en que la causa o sus consecuencias existieren. Si la imposibilidad resultante permaneciera por más de treinta (30) días, cualquiera de las Partes podrá optar por la resolución del Contrato, quedando en este caso obligadas las Partes al cumplimiento de las obligaciones recíprocamente debidas hasta la fecha del comienzo de dicha imposibilidad.
DECIMO SEGUNDA. (DOCUMENTOS INTEGRANTES DEL CONTRATO).
Forman parte del presente Contrato: El Reglamento y Manual de Procedimientos de Administración de Bienes Obras y Servicios (RABOS) de la CSBP, los Términos de Referencia del proceso de Compra Menor _____ – Prestación de Servicios de MANTENIMIENTO DE EQUIPOS XX XXXXX X de la CSBP (Regional Santa Xxxx) y la propuesta presentada por la CONTRATADA.
DECIMO TERCERA. (DE LA NATURALEZA DE LA RELACION CONTRACTUAL).
El presente Contrato es de naturaleza civil, convenido dentro del marco previsto por el Art. 732 del Código Civil Boliviano, no existiendo por tanto relación laboral alguna entre las Partes. Se deja claramente establecido que, a objeto de garantizar la debida prestación del Servicio, la CONTRATADA debe dar cumplimiento a todas las obligaciones socio-laborales con su personal.
DECIMO CUARTA. (DOMICILIO).
Las Partes, para todas las incidencias del presente Contrato, constituyen como domicilio especial, a efecto de su notificación:
CSBP - Xxxxx Xxxxxxxxxx x/x xxxxx Xxxxx Xxxxxxxx x Xxxxxxxxxx Britania, de la ciudad de Santa Xxxx de la Sierra.
CONTRATADA. - ____________________, de la ciudad de Santa Xxxx de la Sierra.
DECIMO QUINTA. (ACEPTACION).
En señal de conformidad y para su fiel y estricto cumplimiento, las Partes firman el presente contrato en cuatro (4) ejemplares de un mismo tenor y valor legal en la ciudad de Santa Xxxx de la Sierra, a los _____ días del mes de ________ del año dos mil diecinueve.
DR. EVER XXXXXXX XXXX XXXXXXXXXX JEFE MEDICO REGIONAL |
LIC. XXXXX X. XXXXXXX XXXXXXX ADMINISTRADOR REGIONAL a.i. |
____________________________
CONTRATADA