INSTITUT CATALÀ DE NANOTECNOLOGIA PLIEGO DE CLÁUSULAS PARTICULARES
INSTITUT CATALÀ DE NANOTECNOLOGIA PLIEGO DE CLÁUSULAS PARTICULARES
SUMINISTRO E INSTALACIÓN DE UN CRIÓSTATO DE DILUCIÓN
“CRYOGEN FREE”
CUADRO-RESUMEN DE CARACTERÍSTICAS DEL PROCEDIMIENTO ABIERTO PARA LA ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO DE SUMINISTRO E INSTALACIÓN DE DE UN CRIÓSTATO DE DILUCIÓN (“CRYOGEN FREE”).
Exp. nº: ICN 07/09
A. - VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO: 302.080,00 EUROS (IVA excluido)
B. - PRESUPUESTO DE LICITACIÓN: 302.080,00 EUROS (IVA excluido)
C. - PLAZO DE EJECUCIÓN: 9 meses desde la formalización del contrato.
D. - GARANTÍA PROVISIONAL: No se exige, de conformidad con el artículo 92 de la LCSP.
E. - GARANTÍA DEFINITIVA: 5% del importe de adjudicación, excluido el IVA.
F. - PLAZO DE GARANTÍA: 12 meses desde la fecha del acta de recepción y de declaración de conformidad con la ejecución del contrato, incluido piezas y mano de obra.
G. - ADMISIBILIDAD DE VARIANTES Y MEJORAS: SI
H. - REVISIÓN DE PRECIOS: NO
I.- CAPACIDAD Y SOLVENCIA: Cláusula 6 xxx Xxxxxx.
J.- CAUSA DE DESPROPORCIONALIDAD O ANORMALIDAD DE UNA OFERTA: Se
entenderá que una oferta es presuntamente anormal o desproporcionada, cuando la oferta económica sea inferior en más de 15 unidades porcentuales a la media aritmética de los porcentajes de baja de todas las proposiciones admitidas.
K. - PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES:
Lugar: Institut Català de Nanotecnologia, Campus de la Universidad Autónoma de Barcelona, Xxxxxxxx XXX0, 00000 Xxxxxxxxxx (Xxxxxxxxx).
Fecha límite: 9 de febrero de 2010 Hora: 18 horas
L. - APERTURA DEL SOBRE 2, QUE CONTIENE LOS DOCUMENTOS RELATIVOS A LOS CRITERIOS CUYA PONDERACIÓN DEPENDA DE UN JUICIO DE VALOR: Lugar: Institut Català de Nanotecnologia, Campus de la Universidad Autónoma de Barcelona, Xxxxxxxx XXX0, 00000 Xxxxxxxxxx (Xxxxxxxxx).
Fecha: 26 de febrero de 2010 Hora: 10 horas
M. - APERTURA DEL SOBRE 3, QUE CONTIENE LAS PROPOSICIONES ECONÓMICAS:
Lugar: Institut Català de Nanotecnologia, Campus de la Universidad Autónoma de Barcelona, Xxxxxxxx XXX0, 00000 Xxxxxxxxxx (Xxxxxxxxx).
Fecha y hora: según convocatoria que en su día se publicará en el perfil de contratante y se notificará a los licitadores.
N. - GASTOS DE PUBLICIDAD: en su caso, irán a cargo del adjudicatario.
O.- CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN:
Criterio | Puntos |
I.- Criterios evaluables de forma automática | 50 |
II.- Criterios cuya ponderación dependa de un juicio de valor | 50 |
Total | 100 |
I.- Criterios evaluables de forma automática | Puntos |
1. Oferta económica: La empresa licitadora que presente la oferta económica más ventajosa, recibirá la puntuación máxima de 50 punto; el resto de ofertas recibirá la puntuación proporcional respecto a la más económica de conformidad con la fórmula siguiente: P= (50 * M) / Of Donde P = Puntuación obtenida M = Precio de la oferta más económica Of = Precio de la oferta que se valora | 50 |
Total |
II.- Criterios cuya ponderación dependa de un juicio de valor | Puntos |
1. Características técnicas y funcionales: Se valorarán todas las mejoras que pueda presentar el licitador que perfeccionen los requisitos xxx xxxxxx de prescripciones técnicas, y se puntuarán hasta un máximo de 30 puntos. Ejemplo de mejoras adicionales que sean consideradas valorable: * Mayor potencia de enfriado * Menor temperatura base * Mayor espacio para muestras * Mayor campo magnético * Ciclado más rápido de muestras * Cableado adicional P= (30 * M) / Of Donde P = Puntuación obtenida M = Oferta mínima Of = Oferta que se valora | 30 |
2. Condiciones de venta: Se valorarán las condiciones de venta en lo concerniente al envío, instalación, formación y mantenimiento, siguiendo la siguiente fórmula, y se puntuarán hasta un máximo de 20 puntos. P= (20 * M) / Of | 20 |
Donde P = Puntuación obtenida M = Oferta mínima Of = Oferta que se valora | |
Total | 50 |
PLIEGO DE CLÁUSULAS PARTICULARES DEL PROCEDIMIENTO ABIERTO PARA LA ADJUDICACIÓN DEL SUMINISTRO E INSTALACIÓN DE UN CRIÓSTATO DE DILUCIÓN (“CRYOGEN FREE”)
CONTRATO DE SUMINISTRO
SUJETO A REGULACIÓN ARMONIZADA TRAMITACIÓN ORDINARIA PROCEDIMIENTO ABIERTO
PLIEGO DE CLÁUSULAS PARTICULARES
Código CPA 28.25.13 Maquinaria de refrigeración y congelación y bombas de calor, excepto para uso doméstico
Código CPV 42513200-7 Equipo de refrigeración
CLÁUSULA 1. - OBJETO Y RÉGIMEN JURÍDICO DEL CONTRATO
1. El objeto de este Pliego de cláusulas particulares es el establecimiento de las condiciones que regirán la adjudicación, por parte de la Fundació Privada Institut Català de Nanotecnologia (en adelante, la entidad), del Contrato de suministro e instalación de un crióstato de dilución (“cryogen free”).
2. La entidad está sujeta a las disposiciones de la Ley 30/2007, de 30 de octubre de 2007, de Contratos del Sector Público (en adelante, LCSP) relativas a la preparación de los contratos y selección del contratista y adjudicación del contrato que, como poder adjudicador que no tiene el carácter de Administración Pública le son aplicables, en todo lo relativo a la contratación armonizada.
3. En lo que se refiere a las fases de ejecución y extinción, este Contrato quedará sujeto al derecho privado, se regirá por este Pliego, por el contrato y documentación anexada, y en todo aquello que no esté previsto, por la legislación civil y mercantil aplicable. El contrato tiene la consideración de contrato privado.
4. Para resolver cualquier discrepancia que pudiera surgir en la interpretación, efectos, cumplimiento y extinción del Contrato, las partes se someterán a la jurisdicción y competencia de los juzgados y tribunales de la ciudad de Barcelona, con renuncia a cualquier otro fuero que pudiera corresponderles.
5. El presente Pliego de cláusulas particulares, sus Anexos y el Pliego de prescripciones técnicas revestirán carácter contractual. El contrato se ajustará al contenido del presente Xxxxxx, cuyas cláusulas se considerarán parte integrante del respectivo contrato.
6. La presentación de proposiciones implica la aceptación incondicionada por los licitadores del contenido del presente Xxxxxx y de la totalidad de la documentación que conforma la presente licitación, sin ninguna salvedad o reserva.
7. La interpretación del contrato y las discrepancias sobre su aplicación se hará teniendo en cuenta en primer lugar el Pliego de cláusulas particulares y las prescripciones técnicas, que prevalecerán sobre cualquier otra norma.
El desconocimiento del contrato en cualquiera de sus términos y de los otros documentos contractuales de toda índole que puedan tener aplicación en la ejecución de la cosa pactada, no eximirá al adjudicatario de la obligación de cumplirlos.
CLÁUSULA 2.- PRESUPUESTO DEL CONTRATO
1. El presupuesto del contrato asciende a la cantidad de 302.080,00 euros, IVA excluido, tal como consta expresado en el apartado B del Cuadro-Resumen de características.
Este presupuesto incluye todos los factores de valoración y los gastos que, según los documentos contractuales y la legislación vigente corren por cuenta del adjudicatario, así como los tributos de cualquier tipo, excluyendo el Impuesto sobre el Valor Añadido.
Quedarán excluidas las ofertas que presenten un importe superior al valor estimado del contrato.
2. El precio del contrato será aquél al que ascienda la adjudicación, e incluirá el Impuesto sobre el Valor Añadido y otros tributos de cualquier tipo que resulten de
aplicación, así como todos los gastos que se originen por el adjudicatario, a consecuencia del cumplimiento de las obligaciones contempladas en el presente Pliego y en la documentación anexada al mismo.
El importe de adjudicación en ningún caso superará el presupuesto de licitación. El precio del contrato no será objeto de revisión.
Se hace constar que se dispone de crédito suficiente para atender las obligaciones
económicas que se deriven del cumplimiento del contrato al que se refiere el presente Xxxxxx, hasta su conclusión.
CLÁUSULA 3. - PLAZO DE EJECUCIÓN, INCUMPLIMIENTO DE PLAZOS Y LUGAR DE ENTREGA DE LOS BIENES.
El plazo máximo para la ejecución de los trabajos de suministro es de 9 meses a contar desde la formalización del contrato, tal como se establece en el apartado C del Cuadro-Resumen de Características.
Si el adjudicatario, por causas imputables al mismo, incumple el plazo establecido, la entidad contratante podrá optar indistintamente por la resolución del contrato –con pérdida de la fianza- o por la imposición de las penalidades diarias en los términos previstos en el artículo 196 de la LCSP.
En caso de cumplimiento defectuoso de la prestación objeto del contrato o para el supuesto de incumplimiento de los compromisos o de las condiciones especiales de ejecución en virtud de las cuales el contratista se compromete a dedicar o adscribir determinados medios personales o materiales o bien cuando se establezcan condiciones de tipo medioambiental o social, de conformidad con lo establecido en el artículo 102 de la LCSP, se podrá acordar la imposición de las correspondientes penalidades en los términos y condiciones establecidas en el artículo 196 de la LCSP.
Si la entidad contratante opta por la imposición de penalidades, los importes de éstas se harán efectivos mediante la deducción de las cantidades que, en concepto de pago total o parcial se hayan de abonar al contratista o sobre la garantía que, si procede, se hubiera constituido, cuando no se puedan deducir de las citadas certificaciones. El importe de las sanciones por incumplimiento de plazos no excluye la indemnización por daños y perjuicios a la cual pueda tener derecho la entidad originada por la demora del adjudicatario. En todo caso, la constitución en xxxx del adjudicatario no requerirá intimación previa por parte de la entidad contratante.
El adjudicatario está obligado a entregar los bienes objeto del contrato en las nuevas instalaciones de la entidad, situadas en Xxxxxxxxxx (Xxxxxxxxxx xxx Xxxxxx, 00000, Xxxxxxxxx), Edificio CIN 2, Campus de la Universidad Autónoma de Barcelona. El ICN, podrá establecer un lugar alternativo dentro del Campus de la UAB.
El adjudicatario será el responsable de los deberes de policía y almacenaje de los bienes que tendrá que suministrar hasta la recepción de los mismos por parte de la entidad contratante.
CLÁUSULA 4. - EXPEDIENTE DE CONTRATACIÓN, PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO Y DOCUMENTACIÓN QUE SE FACILITARÁ A LOS LICITADORES
La contratación del suministro de referencia está sujeta regulación armonizada y se adjudicará por el procedimiento abierto, de acuerdo con el artículo 174 de la LCSP y lo que dispone el presente Xxxxxx.
La adjudicación del contrato se realizará a la oferta económicamente más ventajosa en su conjunto de acuerdo con los criterios de adjudicación establecidos en el presente Pliego.
NECESIDADES E IDONEIDAD DEL CONTRATO: Las necesidades que la entidad trata de satisfacer mediante este contrato son las previstas en el pliego de prescripciones técnicas.
DOCUMENTACIÓN QUE SE FACILITARÀ A LOS LICITADORES: Desde el día de la
publicación del anuncio de licitación, las empresas interesadas podrán obtener la documentación a través del Perfil de Contratante en la página web xxx.xxxxxxx.xxx.
La mencionada documentación incluye los siguientes documentos:
- Este Pliego de Cláusulas Particulares y sus anexos.
- Pliego de prescripciones técnicas (ver Anexo número 7).
CLÁUSULA 5. - PUBLICIDAD DE LA LICITACIÓN
La presente licitación se publicará mediante anuncio en el DOUE, en el Perfil de Contratante de la entidad en la página web xxx.xxxxxxx.xxx y en la Plataforma de Contratación que corresponda.
En el anuncio se hará constar la fecha de envío en el DOUE.
El importe de los gastos de publicidad de la licitación, en su caso, irán a cargo del adjudicatario.
CLÁUSULA 6- CONDICIONES DE CAPACIDAD Y SOLVENCIA DE LOS LICITADORES
Están facultados para contratar con la entidad las personas físicas o jurídicas, españolas o extranjeras que tengan plena capacidad de obrar de acuerdo con lo que establece el artículo 43 de la LCSP, que no estén incluidas en ninguna de las prohibiciones de contratar que se recogen en el artículo 49 de la LCSP y que acrediten la suficiente solvencia económica, financiera y técnica o profesional de acuerdo con los requisitos que se establecen en el presente Pliego.
De conformidad con el artículo 52 de la LCSP se podrá acreditar la solvencia basándose en la solvencia y medios de otras entidades, con independencia de la naturaleza jurídica de los vínculos existentes, siempre que demuestre que, para la ejecución del contrato, dispone efectivamente de estos medios.
Las empresas extranjeras no comunitarias tendrán que cumplir, además, con los requisitos del artículo 44 de la LCSP.
La entidad puede contratar con uniones de empresarios o agrupaciones que se constituyan temporalmente al efecto. Esta participación se instrumentalizará, en la fase de licitación, mediante la aportación de un documento privado en el que se manifieste la voluntad de concurrencia conjunta, indicando los nombres y circunstancias de los que la constituyen, la participación de cada uno de ellos y designando un representante o apoderado único con poderes bastantes para ejercitar los derechos y
cumplir las obligaciones que del contrato se deriven hasta la extinción del mismo, sin perjuicio de la existencia de poderes mancomunados en otros aspectos, asumiendo el compromiso de constituirse formalmente en el caso de resultar adjudicatarios. No será necesaria la formalización en escritura pública hasta que se haya efectuado la adjudicación a su favor.
Estos empresarios quedarán obligados solidariamente ante la entidad.
No obstante lo que se ha indicado en los párrafos anteriores, no pueden concurrir a la presente licitación las empresas que hubieran participado en la elaboración de las especificaciones técnicas relativas al contrato, si esta participación pudiera provocar restricciones a la libre concurrencia o suponer un tratamiento de privilegio en relación al resto de las empresas licitadoras.
Las personas jurídicas sólo podrán ser objeto de adjudicación de contratos cuyas prestaciones estén comprendidas dentro de las finalidades, objeto o ámbito de actividad que de acuerdo con sus estatutos o reglas fundacionales les sean propias.
CLÁUSULA 7. - PROPOSICIONES DE LOS LICITADORES: NORMAS GENERALES
1. Las proposiciones se referirán al conjunto del suministro objeto del presente Xxxxxx, y no se admitirán ofertas parciales.
Las proposiciones se podrán presentar en las dependencias de la entidad o enviar por correo dentro del plazo de admisión.
Las proposiciones se presentarán en la fecha establecida en el cuadro resumen del presente Xxxxxx y en el anuncio de licitación.
Las proposiciones presentadas fuera del plazo establecido en el anuncio de licitación no serán admitidas bajo ningún concepto ni ninguna circunstancia.
Todos los licitadores tienen que señalar en el momento de presentar sus propuestas un domicilio, teléfono, fax, correo electrónico y persona de contacto para las comunicaciones y relaciones que en general se deriven del presente procedimiento o que de cualquier manera puedan afectar al licitador.
2. En caso de que las ofertas se envíen por correo dentro de plazo, los licitadores tendrán que justificar que la fecha y la hora de imposición del envío en la Oficina de Correos son, como máximo, las señaladas en el anuncio de licitación y ponerlo en conocimiento de la entidad mediante telegrama, fax o correo electrónico (xxxxxxxxx@xxx.xxx) que la entidad tendrá que recibir antes de la finalización del plazo para la presentación de ofertas. La comunicación por correo electrónico sólo será válida si existe constancia de la transmisión y recepción, de sus datos y del contenido íntegro de las comunicaciones y si identifica de forma fehaciente el remitente y al destinatario. Sin la concurrencia de ambos requisitos, la oferta no será admitida si es recibida por la entidad con posterioridad al plazo señalado en el anuncio.
En cualquier caso, transcurridos los 10 días naturales siguientes a la finalización del plazo de presentación de proposiciones sin que la entidad haya recibido la proposición enviada por correo, ésta no será admitida.
3. Las ofertas tendrán que tener una validez de 60 días, contados a partir de la fecha de apertura de las proposiciones.
4. Los licitadores tendrán que presentar sus proposiciones de acuerdo con lo previsto en el presente Xxxxxx.
Cada licitador no podrá presentar más de una proposición. Tampoco podrá suscribir ninguna proposición en participación conjunta con otros licitadores si ya lo ha hecho individualmente, ni figurar en más de una de estas agrupaciones. La infracción de lo que se señala en este párrafo dará lugar a la inadmisión de todas las proposiciones que haya presentado.
CLÁUSULA 8. - FORMA DE PRESENTAR LAS PROPOSICIONES: NORMAS GENERALES
1. Las proposiciones constarán de tres (3) sobres.
Los sobres tendrán que estar cerrados, identificados en el exterior, con indicación de la licitación a la que se concurra, con los datos de la empresa y firmados por el licitador o persona que lo represente.
En el interior de cada sobre se hará constar en hoja independiente su contenido, enunciado numéricamente.
El primero de los sobres contendrá los documentos a los que refiere el artículo 130 de la LCSP.
El segundo sobre contendrá los requisitos técnicos sujetos a un juicio de valor y el tercero la propuesta económica, ajustándose a las exigencias del presente Xxxxxx.
2. El licitador podrá presentar la documentación exigida, en caso de que sea notarial, ajustada a los requisitos que establece el Reglamento Notarial, con respecto a la legalización y legitimación. En el caso de documentos administrativos podrán ser presentados los originales, copia o fotocopia debidamente compulsada.
3. Las proposiciones se presentarán escritas a máquina o en otros tipos de impresión mecánica o informática, y no se aceptará ningún documento manuscrito ni con omisiones, errores o enmiendas que no permitan conocer claramente las condiciones para valorar la oferta.
4. Se admiten ofertas variantes y mejoras.
5. No serán admitidas, en ningún caso, las ofertas de aquellas personas en las cuales concurra algunas de las circunstancias previstas en el artículo 49 de la LCSP sobre prohibiciones de contratar.
CLÁUSULA 9. - PROPOSICIONES DE LOS LICITADORES. DOCUMENTACIÓN
9. 1. - Sobre nº 1 (cerrado)
Título: Documentación General - Suministro e instalación de un crióstato de dilución (“cryogen free”).
Contenido:
9.1.1 Documentación acreditativa de la personalidad y capacidad del licitador
a) Persona jurídica: Si el licitador es una persona jurídica española, la acreditación se hará mediante la escritura o documento de constitución, estatutos o acta fundacional, en los que conste su objeto social o actividad así como las normas por las cuales se
rige dicha persona jurídica y, asimismo cualquier modificación de tales documentos, debidamente inscritos, en su caso, en el registro público que corresponda, según el tipo de persona jurídica de que se trate, y copia compulsada de la tarjeta del número de identificación fiscal.
Además, las personas jurídicas han de tener una finalidad, objeto o ámbito de actividad, según sus estatutos o normas fundacionales, relacionadas con el objeto del contrato. Así mismo, y cuando se trate de una sociedad profesional, sus miembros han de disponer de la habilitación empresarial o profesional que, si procede, sea exigible para la realización de la actividad según la normativa vigente.
b) Persona física: Si el licitador es una persona física española, la acreditación antes mencionada se hará mediante la presentación de copia compulsada de la tarjeta del número de identificación fiscal. También será necesaria la acreditación, en su caso, del nombre comercial con el que opera en el tráfico mercantil.
Además, las personas físicas deben disponer de la habilitación empresarial o profesional que, si procede, sea exigible para la realización de la actividad según la normativa vigente.
c) Empresas comunitarias o de Estados miembros del Espacio Económico Europeo: Tendrán capacidad para contratar con la entidad las personas jurídicas o naturales no españolas de Estados miembros de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo que, de conformidad con la legislación del Estado en el que estén establecidas, se encuentren habilitadas para realizar la prestación de que se trate.
La capacidad de obrar de estas empresas se acreditará mediante su inscripción en el registro procedente de acuerdo con la legislación del Estado donde estén establecidas, o mediante la presentación de una declaración jurada o de una certificación, a las que hace referencia el apartado 1 del anexo I del Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre.
Cuando la legislación del Estado en el que se encuentren establecidas estas empresas exija una autorización especial o la pertenencia a una determinada organización para poder prestar en aquel el servicio de que se trate, tendrán que acreditar que cumplen este requisito.
d) Otros empresarios extranjeros: Las personas naturales o jurídicas de Estados no pertenecientes a la Unión Europea o no signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo tendrán que justificar mediante informe de la respectiva Misión Diplomática Permanente española en el Estado correspondiente o de la oficina consular en el ámbito territorial en el que radique el domicilio del empresario, que figuran inscritas en el Registro local profesional, comercial o análogo, o bien que actúan de forma habitual en el tráfico local dentro del ámbito de actividad al que se extiende el objeto del contrato. Así mismo, deben presentar informe conforme el Estado de procedencia de la empresa extranjera admite la participación de empresas españolas en la contratación con la Administración y entes, organismos o entidades del sector público asimilables a los relacionados en el artículo 3 de la LCSP, en forma sustancialmente análoga.
e) Firmante de la oferta: Si el empresario actúa mediante representante o es una persona jurídica, debe aportar:
e.1) Documento público de apoderamiento, debidamente inscrito en el Registro público correspondiente.
e.2) DNI y NIF del representante y firmante de la proposición económica.
f) Uniones temporales de empresas: Podrán presentarse ofertas licitadas por uniones o agrupaciones de empresas que se constituyan temporalmente a tal efecto, sin que sea necesaria su formalización en escritura pública hasta que se haya efectuado la adjudicación a su favor. En todo caso aportarán:
f.1) Un compromiso suscrito por las empresas de constituirse formalmente en unión temporal de empresas en caso de resultar adjudicatarias.
f.2) El nombre y circunstancias de las empresas que quieren constituir la unión f.3) El porcentaje en que cada una participará en la unión temporal de empresas.
Estas empresas quedarán obligadas solidariamente ante la entidad y tendrán que nombrar un representante o apoderado de la unión con facultades suficientes para ejercitar los derechos y cumplir con las obligaciones que se deriven del contrato hasta su extinción.
Cada uno de los componentes de la unión temporal acreditará su capacidad de conformidad con lo solicitado en el presente apartado.
9.1.2 Acreditación de la solvencia económica, financiera y técnica.
En todo caso, el licitador que sea una persona jurídica, aportará las Cuentas Anuales y el Informe de Gestión del último ejercicio y el correspondiente Informe de Auditoría, depositados en el correspondiente Registro Mercantil. Tratándose de empresas extranjeras, aportarán la documentación análoga requerida por la legislación de su Estado. En el caso de empresarios no obligados a presentar las cuentas registras oficiales, podrán aportar como medio alternativo de acreditación los libros de contabilidad debidamente legalizados.
Además, la acreditación de la solvencia económica y financiera de la Empresa se llevará a cabo por uno o varios de los medios siguientes:
a) Declaraciones apropiadas de entidades financieras o, en su caso, justificante de la existencia de un seguro de indemnización por riesgos profesionales.
b) Presentación de las cuentas anuales o extracto de éstas correspondientes a los tres últimos ejercicios en el caso que la publicación de éstas sea obligatoria en los Estados donde aquéllas estén establecidas. En el caso de empresarios no obligados a presentar las cuentas en registros oficiales, podrán aportar como medio alternativo de acreditación los libros de contabilidad debidamente legalizados.
c) Declaración sobre el volumen global de negocios y, en su caso, sobre el volumen de negocios en el ámbito de actividades correspondiente al objeto del contrato, referida como máximo a los tres últimos ejercicios disponibles en función de la fecha de creación o de inicio de las actividades del empresario, en la medida en que se disponga de las referencias de este volumen de negocios.
Si por razones justificadas, una empresa no pudiera facilitar las referencias solicitadas podrá acreditar su solvencia económica y financiera mediante cualquier otra documentación considerada como suficiente por la entidad.
9.1.3 Acreditación de la solvencia técnica o profesional.
La acreditación de la solvencia profesional o técnica de la empresa se llevará a cabo por uno o varios de los medios siguientes:
a) Relación de los principales suministros efectuados durante los últimos tres años, indicando el importe, fechas y destinatario público o privado de los mismos. Los
suministros efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente si el destinatario es una entidad del sector público o, cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por éste. A falta de certificados, se podrán acreditar mediante una declaración del empresario.
b) Indicación del personal técnico o unidades técnicas, integradas o no en la empresa, de los que disponga para la ejecución del contrato, especialmente los encargados del control de calidad.
c) Descripción de las instalaciones técnicas, de las medidas utilizadas para garantizar la calidad y de los medios de estudio e investigación de la empresa.
d) Control efectuado por la entidad del sector público contratante o, en su nombre, por un organismo oficial competente del Estado en el que el empresario esté establecido, siempre que haya acuerdo de dicho organismo, cuando los productos a suministrar sean complejos o cuando, excepcionalmente, tengan que responder a una finalidad particular. Este control versará sobre la capacidad de producción del empresario y, si fuera necesario, sobre los medios de estudio e investigación con los que cuenta, así como sobre las medidas utilizadas para controlar la calidad.
e) Muestras, descripciones y fotografías de los productos a suministrar. En estos supuestos su autenticidad tendrá que poder certificarse a petición de la entidad contratante.
f) Certificados expedidos por los institutos o servicios oficiales encargados del control de calidad, de competencia reconocida, que acrediten la conformidad de los productos perfectamente detallada mediante referencias a determinadas especificaciones o normas.
En los contratos de suministro que requieran obras de colocación o instalación, la prestación de los servicios o la ejecución de las obras, la capacidad de los operadores económicos para prestar dichos servicios o ejecutar dicha instalación u obra, se podrá evaluar teniendo en consideración especialmente sus conocimientos técnicos, eficacia, experiencia y fiabilidad.
9.1.4 Otros medios de acreditar la capacidad y representación y la solvencia:
La empresa podrá acreditar la capacidad y representación y la solvencia por uno o varios de los medios siguientes:
a) Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado: la inscripción en el citado Registro acreditará las condiciones de aptitud del empresario en cuanto a su personalidad y capacidad de obrar, representación, habilitación profesional o empresarial, solvencia económica y financiera, así como la concurrencia o no concurrencia de las prohibiciones de contratar que consten en el mismo.
b) Registro Electrónico de Empresas Licitadoras de la Generalitat de Catalunya: de conformidad con lo que establece el artículo 7.1 del Decreto 107/2005, de 31 xx xxxx, de creación del Registro Electrónico de Empresas Licitadoras de la Generalitat de Catalunya (Departament d’Economia i Finances, xxxx://xxxx.xxxxxx.xxx/), las empresas inscritas en este Registro no tienen que aportar los documentos y los datos que figuran en el mismo.
Las empresas inscritas están exentas de entregar materialmente la documentación que se exige para acreditar, en los términos a los que se hace referencia en el presente pliego: la personalidad jurídica; la capacidad de obrar y la representación; el
alta en el impuesto de actividades económicas, y el recibo del último pago o, si procede, la declaración de exención.
Asimismo, se dispensa a la empresa inscrita de presentar la declaración según la cual no se encuentra en ninguna de les circunstancias que dan lugar a la prohibición de contratar que establece el artículo 49 de la LCSP, si no se ha dado de baja en la matrícula del impuesto de actividades económicas y, especialmente, según la cual está al corriente en el cumplimiento tanto de las obligaciones tributarias como de las relativas a la Seguridad Social.
Las empresas inscritas en el Registro Electrónico de Empresas Licitadoras no tienen que presentar los datos y los documentos de acreditación de la solvencia económica y financiera y técnica o profesional solicitados en el presente pliego que figuren en el citado Registro.
c) Declaración responsable sobre el mantenimiento de los datos: estos certificados tendrán que ir acompañados de una declaración responsable del licitador en la que manifieste que las circunstancias reflejadas en el correspondiente certificado no han experimentado variación.
9.1.5 Declaración responsable y documentación adicional.
El licitador deberá aportar la siguiente documentación:
a) Declaración responsable, según el modelo del anexo nº. 1, manifestando que no concurren en la empresa licitadora ninguna de las prohibiciones para contratar con la Administración señaladas en el artículo 49 de la LCSP con mención expresa a la circunstancia de encontrarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes. En caso que la empresa no esté obligada a estar dada de alta en algún tributo, a tributar o bien al cumplimiento de obligaciones ante la Seguridad Social, de conformidad con la legislación vigente, esta circunstancia se hará constar mediante declaración responsable especificando el supuesto legal de exención en el que incurre.
b) Declaración responsable de no haber sido adjudicataria o haber participado en la elaboración de las especificidades técnicas o en los documentos preparatorios del contrato, ni ser empresa vinculada a ellas en el sentido que establece la LCSP, según el modelo del anexo n.º 2.
c) Declaración sobre grupo empresarial: A los efectos de determinar el carácter anormal o desproporcionado de las bajas los licitadores tendrán que presentar una declaración en la que manifiesten si pertenecen a algún Grupo de Sociedades y en caso afirmativo se tendrá que indicar las empresas que conforman este Grupo de Sociedades. Se entiende por empresas pertenecientes a un grupo de sociedades aquéllas que se encuentren en cualquiera de los supuestos del art. 42.1 del Código de Comercio.
d) Sumisión jurisdiccional de las empresas extranjeras: en caso de empresas extranjeras, declaración de someterse a la jurisdicción de los juzgados y tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que directamente o indirectamente se derivaran del Contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al concursante, según el modelo del anexo n.º 3.
9.1.6 Documentación previamente entregada a la entidad.
En caso que toda o parte de la documentación relacionada a continuación ya se hubiera entregado a la entidad y no hubiera sido objeto de ninguna modificación o actualización, siendo por lo tanto de plena vigencia, no será necesario que el licitador
la aporte de nuevo, siempre y cuando acompañe debidamente cumplimentada y bajo su responsabilidad una certificación de la vigencia de la mencionada documentación según el modelo del anexo nº. 4.
a) Escritura de constitución y/o modificación.
b) Tarjeta del número de identificación fiscal.
c) Documento acreditativo de la legítima y suficiente representación del firmante de la oferta.
d) Cuentas anuales, informe de gestión y el correspondiente informe de auditoría, correspondientes al último ejercicio.
9.1.7 Garantía provisional
No se exige de conformidad con el artículo 92 de la LCSP
9.1.8 Delegado del Suministro y responsable de Seguridad y Salud
Documento en el cual la empresa nombra y se compromete a tener como delegado del suministro la persona designada, con capacidad suficiente para representarla en todo aquello que afecte en el contrato, y documento en el cual la empresa designa y se compromete a tener como responsable de seguridad y salud en la instalación una persona con titulación suficiente para esta función y con capacidad para representar en la empresa en todo aquello que afecte en el suministro e instalación.
9.1.9 Documentación contractual
Declaración por parte del licitador de aceptación de la documentación mencionada en el presente Xxxxxx que tendrá carácter contractual, de acuerdo con el anexo nº. 5.
9. 2. - Sobre nº 2 (cerrado)
Título: Requisitos técnicos sometidos a juicio de valor - Suministro e instalación de un crióstato de dilución (“cryogen free”).
Incluirá los siguientes documentos:
9.2.1 Memoria explicativa de la propuesta de ejecución, que debe cumplir con lo requerimientos generales y específicos establecidos en el pliego de prescripciones técnicas.
9.2.2 Plazo de garantía que tendrá que ser como mínimo de 12 meses, de conformidad con el apartado F del cuadro-resumen de características.
9.2.3 Declaración indicando las fábricas donde se fabrican los diferentes elementos del objeto suministrado y sus componentes, y justificación de que éstos son suficientes para el normal desarrollo y acabado de las partidas en las condiciones y plazos contratados.
9.2.4 Plan de trabajo que contemple la fabricación de los elementos del objeto a suministrar, el tiempo de acopio de los materiales necesarios, y el suministro e instalación del material, asegurando su ejecución en plazos parciales y totales.
9.2.5 Documento mediante el cual el empresario manifiesta su opinión sobre la viabilidad de la fabricación, suministro e instalación dentro de los plazos y condicionantes económicos fijados.
9.2.6 Relación de los sistemas de calidad que el empresario utilice de manera sistemática para garantizar la calidad del producto (ISO 9000, ...).
9.2.7 Relación de los sistemas, metodología, fabricación que dispone el empresario con respecto a la protección y preservación del medio ambiente, ahorro energético y sostenibilidad.
9.2.8 Relación de los elementos más habituales susceptibles de mantenimiento o reposición en los cinco primeros años de funcionamiento, con precios unitarios, y garantía de suministro.
9.2.9 Compromiso de los equipos de montaje que el Concursante pone a disposición del Proyecto, con detalle y rendimiento de cada equipo.
9.2.10 Planificación de los trabajos.
9.2.11 Propuesta de mejoras.
9.2.12 Cualesquiera datos o informes que se estimen de interés para una adecuada apreciación de la propuesta.
La propuesta técnica será valorada de acuerdo con aquello que se establece en el Pliego de Prescripciones Técnicas. Quedarán excluidas las proposiciones que incumplan las especificaciones técnicas mínimas establecidas en el pliego de prescripciones técnicas.
Todas las hojas de la documentación a incluir en el sobre nº 2, y que se relaciona a continuación, tendrán que estar firmados por el licitador.
9. 3. - Sobre nº 3 (cerrado)
Título: Propuesta Económica - Suministro e instalación de un crióstato de dilución (“cryogen free”).
Contenido:
9.3.1 Propuesta económica y financiera de la oferta, formulada de acuerdo con el modelo que se adjunta como anexo nº. 6 en este Pliego.
Dentro del precio ofertado están incluidos todo tipo de gastos, arbitrios o tasas necesarias que se originen por motivo del Contrato y de su correcta ejecución.
Además, en el precio propuesto estará desglosado el Impuesto sobre el Valor Añadido vigente. Cualquier variación del tipo del IVA será aplicable a partir de su vigencia.
9.3.2 Cuadro de precios, debidamente rellenado.
9.3.3 Cualesquiera datos o informes que se estimen de interés para una adecuada apreciación de la propuesta.
CLÁUSULA 10. - CRITERIOS PARA LA ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO.
Las proposiciones presentadas y admitidas serán estudiadas, homogeneizadas, valoradas y ponderadas, de acuerdo con todo aquello que se menciona y formula en el apartado O del cuadro-resumen de características.
La adjudicación se hará a la proposición económicamente más ventajosa, que será aquélla que obtenga la mayor puntuación de entre todas aquellas proposiciones admitidas a licitación que igualen o superen todos los mínimos de puntuación establecidos en el apartado O del cuadro-resumen de características.
Las resoluciones serán motivadas y, a menos que la resolución sea contradictoria con la propuesta de la Mesa de contratación o se base en consideraciones diferentes, se entenderá que adopta los motivos contenidos en la propuesta de la Mesa.
Las ofertas con valores anormales o desproporcionados se apreciarán de conformidad con lo que se indica en el apartado J del cuadro-resumen de características.
Si de la aplicación de estos criterios se identifica una determinada proposición como oferta con valores anormales o desproporcionados, se estará a lo previsto en el artículo 136 de la Ley de Contractos del sector Público. En este sentido, se solicitará a los licitadores afectados, por escrito, la información y las justificaciones que considere oportunas en relación en los diferentes componentes de su proposición, lo que tendrá que cumplimentarse en el plazo de 5 días.
A la vista de los informes técnicos oportunos y, si procede, de las justificaciones formuladas por los licitadores, la Mesa de contratación podrá optar por excluir la proposición o proposiciones con valores anormales o desproporcionados, o bien por valorarlas con la reserva que, en caso de resultar adjudicatarias, tendrán que depositar la garantía complementaria del 5% de conformidad con el artículo 83.2 de la Ley de Contractos del sector Público.
CLÁUSULA 11. - MESA DE CONTRATACIÓN
Conforman la Mesa de Contratación los siguientes miembros: Presidente: Xx. Xxxxx Xxxxxxx, o persona en quien delegue.
Vocal: Xx. Xxxxxx Xxxxx, o persona en quien delegue.
Vocal: Xx. Xxxxxx Xxxxxxxxxx, o persona en quien delegue. Vocal: Xx. Xxxxxxx Xxxxxxxx, o persona en quien delegue. Secretario: Xx. Xxxx Xxxxx, o persona en quien delegue.
CLÁUSULA 12. - APERTURA Y EXAMEN DE LAS OFERTAS
12.1 Con anterioridad a la celebración del acto de apertura del Sobre 2, la Mesa de Contratación examinará y calificará, previamente, la validez formal de los documentos contenidos en el Sobre 1, y acordará la admisión de los licitadores, la documentación de los cuales sea completa y reúna todos los requisitos exigidos. En el caso de que haya licitadores cuya documentación se haya presentado con defectos u omisiones subsanables se comunicará verbalmente a los licitadores afectados, los cuales deberán corregir o subsanar los defectos en un plazo máximo de 3 días hábiles, a partir del día siguiente a la comunicación; si no los subsanan quedarán definitivamente excluidos del presente procedimiento de contratación.
La Mesa de contratación, una vez calificada la documentación y subsanados los defectos u omisiones de la documentación, determinará las empresas que se ajustan a los criterios de selección con pronunciamiento expreso de los admitidos, los rechazados y las causas del rechazo.
12.2 La Mesa de contratación, en el lugar, fecha y hora señalados en el apartado L del cuadro de características del contrato, en acto público, realizará la lectura del anuncio del contrato, procederá al recuento de proposiciones presentadas y dará conocimiento del número de proposiciones presentadas y del nombre de los licitadores, y notificará el resultado de la calificación de los documentos presentados con expresión de las proposiciones admitidas, de las rechazadas y las causas del rechazo; seguidamente se procederá a la apertura del Sobre 2, dejando constancia documental de todo lo actuado.
Quedarán excluidas de la licitación las propuestas que presenten dentro del Sobre 2
datos que permitan conocer el contenido del Sobre 3.
En caso de que la Mesa de contratación tenga que solicitar aclaraciones o documentación complementaria en relación con el Sobre 2 lo comunicará verbalmente a los interesados, para que en un plazo máximo de 3 días hábiles aporten esta documentación.
12.3 La Mesa de contratación, en el lugar, fecha y hora señalados en el apartado M del cuadro de características del contrato, en acto público, dará a conocer la ponderación asignada a los criterios que dependan de un juicio de valor. Seguidamente se procederá a la apertura del Sobre 3, dejando constancia documental de todo lo actuado.
La Mesa procederá al rechazo motivado de las proposiciones que no guarden concordancia con la documentación examinada y admitida, o excedan del presupuesto base de licitación, o modifiquen substancialmente el modelo establecido, o conlleven error manifiesto en el importe de la proposición, o el licitador haya reconocido que su propuesta tiene algún error o alguna inconsistencia que la hagan inviable.
12.4 La Mesa de contratación invitará a los asistentes para que manifiesten las dudas o soliciten explicaciones y para que expongan las observaciones o reservas oportunas contra el acto celebrado.
La Mesa aclarará y contestará las dudas o explicaciones que se hayan solicitado. En caso que se hagan observaciones o reservas contra el acto celebrado, comunicará a las personas que las hayan hecho que tendrán que formularlas por escrito en un plazo máximo de 2 días hábiles siguientes al del acto de apertura de proposiciones.
El órgano de contratación, previo informe de la Mesa, resolverá de forma expresa todas las reclamaciones o reservas sobre el acto de apertura de proposiciones que se hayan presentado por escrito.
12.5 La Mesa de contratación, una vez elaborado, en su caso, el informe técnico correspondiente y valorados los criterios de adjudicación del presente procedimiento, emitirá la propuesta de adjudicación al órgano de contratación.
12.6 La Mesa de contratación estará constituida por las personas señaladas en la cláusula 11 del presente pliego.
12.7 La Mesa podrá incorporar, en sus reuniones, asesores especiales con voz pero sin voto.
12.8 Las proposiciones serán valoradas por la Mesa de contratación, la cual podrá solicitar todas las aclaraciones que considere oportunas sobre las ofertas que se hayan presentado.
CLÁUSULA 13. - ADJUDICACIÓN PROVISIONAL Y DEFINITIVA DEL CONTRATO
El órgano de contratación adjudicará provisionalmente el contrato mediante resolución motivada que notificará a todos los candidatos o licitadores y publicará el Perfil del Contratante de la entidad. La adjudicación provisional se tendrá que producir en el plazo máximo de 2 meses a contar desde el siguiente de la apertura de las proposiciones. Si existen ofertas anormales o desproporcionadas, estos plazos se podrán ampliar en 15 días hábiles para poder realizar los trámites pertinentes.
La adjudicación definitiva no podrá producirse antes de que haya transcurrido el plazo mínimo de 15 días hábiles contados desde la fecha de publicación de la adjudicación provisional en el Perfil de Contratante. En este plazo, el adjudicatario tendrá que presentar la documentación siguiente:
a) Alta en el Impuesto de Actividades Económicas, en el epígrafe correspondiente al objeto del contrato, y último recibo, siempre que ejercite actividades sujetas y no exentas del mencionado Impuesto.
b) Certificado específico de encontrarse al corriente de las obligaciones tributarias expedido por la Administración Tributaria, a los efectos del artículo 43 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.
c) Certificado positivo, emitido por el órgano competente, de encontrarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social.
d) Certificado positivo emitido por la Generalitat de Catalunya acreditativo de la inexistencia de deudas tributarias con la mencionada Administración.
e) Garantía definitiva del 5% del importe de adjudicación (IVA excluido) depositada en la Caja General de Depósitos de la Generalitat de Catalunya.
f) Otros documentos acreditativos de su aptitud para contratar o de la efectiva disposición de los medios que se hubiera comprometido a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato que le reclame el órgano de contratación.
En el supuesto de que no se aporte esta documentación, se dejará sin efecto la adjudicación provisional, se procederá a ejecutar la garantía provisional, pidiendo, igualmente, los daños y perjuicios causados a la entidad. El órgano de contratación podrá optar entre convocar una nueva licitación o proceder, si fuera posible, a adjudicar provisionalmente el contrato al siguiente licitador, de acuerdo con los criterios de adjudicación y contando con el visto bueno del nuevo adjudicatario.
La adjudicación provisional se elevará a definitiva dentro de los 10 días hábiles siguientes a que finalice el plazo establecido al punto anterior y siempre que el adjudicatario haya presentado la documentación requerida y haya constituido, si ocurre, la garantía definitiva fijada.
Las proposiciones presentadas, tanto las declaradas admitidas como las excluidas sin abrir, serán archivadas. Adjudicado el contrato y transcurridos los plazos para la
interposición de los recursos sin que hayan sido interpuestos, la documentación presentada quedará a disposición de los interesados.
La entidad se reserva el derecho de condicionar la adjudicación a la aceptación de las condiciones o requerimientos que pueda establecer a la vista de las ofertas, en el objeto de completarlas u homogeneizarlas.
La garantía provisional se devolverá a los licitadores que no resulten adjudicatarios una vez adjudicado el contrato y se devolverá al adjudicatario a la formalización del mismo.
CLÁUSULA 14. - GARANTÍA DEFINITIVA.
El adjudicatario tendrá que constituir la garantía definitiva, por importe del 5% del importe de adjudicación, excluido el IVA, antes de la formalización del Contrato.
La garantía, que deberá depositarse en la Caja General de Depósitos de la Generalitat de Catalunya, se podrá prestar en efectivo, mediante aval o mediante contrato de seguro de caución.
En este contrato de suministro también se podrá constituir la garantía mediante la retención en el precio.
El contratista tendrá que acreditar la constitución de la garantía definitiva en el plazo de los 15 días hábiles siguientes a la notificación de la adjudicación provisional del contrato.
De conformidad con lo establecido por el artículo 90 de la LCSP la devolución o cancelación de la garantía definitiva se realizará, una vez producido el vencimiento del plazo de garantía y cumplido satisfactoriamente el contrato, o resuelto éste por causas no imputables al contratista.
CLÁUSULA 15. - FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO
1. Con la adjudicación definitiva se entenderá perfeccionado el contrato.
2. Una vez adjudicado, se procederá a notificar a todos a los licitadores, y se publicará en el perfil de contratante, en el DOUE y en la Plataforma de Contratación que corresponda.
3. El contrato se tendrá que formalizar por escrito, mediante documento privado, firmándose por las partes, en el plazo máximo de 10 días naturales a contar desde la fecha de adjudicación definitiva.
En el supuesto que el adjudicatario no atendiera al requerimiento de la entidad, no cumpliera los requisitos para la celebración del contrato o impidiera que se formalizase en el plazo señalado, la entidad podrá proceder a resolver la adjudicación, previo trámite de audiencia al interesado de 10 días naturales. En este supuesto se confiscará la garantía y la entidad podrá exigir la indemnización por los daños y perjuicios causados. En estos casos, la entidad podrá adjudicar el contrato a la siguiente oferta económicamente más ventajosa.
4. En caso de que el contrato sea adjudicado a una unión o agrupación de empresas, en cualquier régimen jurídico legalmente admitido, éstas tendrán que acreditar su constitución en escritura pública, dentro del plazo otorgado para la formalización del Contrato, y el CIF asignado y la representación, en su caso.
5. En la fecha que designe el órgano de contratación, el adjudicatario estará obligado a suscribir el correspondiente documento de formalización del Contrato.
CLÁUSULA 16. - PROTECCIÓN DE DATOS
En cumplimiento de lo que dispone el artículo 5 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, en lo que se regula el derecho de información en la recogida de los datos de carácter personal, se deja constancia de los siguientes extremos:
a. La documentación requerida para licitar en el presente procedimiento que contenga datos de carácter personal es necesaria para la participación en el mismo.
b. En relación con la documentación presentada por los licitadores que contenga datos de carácter personal de personas físicas (trabajadores, personal técnico, colaboradores, etc.), el licitador garantiza que ha obtenido previamente el consentimiento de las personas interesadas / afectadas para facilitar la referida información a la entidad contratante con la finalidad de licitar en el presente procedimiento.
c. La documentación presentada por los licitadores que contenga datos de carácter personal será depositada en las oficinas de la entidad, ubicadas en el Campus de la Universidad Autónoma de Barcelona, Xxxxxxxx XXX0, 00000 Xxxxxxxxxx (Xxxxxxxxx) y será tratada para la calificación, valoración y comparación de las proposiciones de los licitadores y para dar cumplimiento a las finalidades establecidas a la normativa de contratación pública que sea de aplicación a la entidad. Los destinatarios de esta información serán la propia entidad, la Generalitat de Catalunya, en su caso, así como aquellos terceros que realicen tareas de fiscalización o que, en la ejecución del contrato, necesariamente tengan que acceder a la misma.
d. La presentación de la oferta y la documentación solicitada implica que el licitador autoriza a la entidad a tratar la referida documentación e información en los términos informados y, en caso que resulte adjudicatario, en el marco de la ejecución del contrato.
e. Los interesados / afectados podrán ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición dirigiendo un escrito a la entidad, como entidad responsable del tratamiento, a la dirección indicada a la letra c) anterior, adjuntando una copia del Documento Nacional de Identidad u otro documento oficial que acredite la identidad de la persona que ejercite el derecho.
CLÁUSULA 17.- CONFIDENCIALIDAD
El adjudicatario estará obligado a respetar el carácter confidencial de toda aquella información a la que tenga acceso para la ejecución del contrato que así se indique en lo mismo o que así le indique la entidad, o que por su propia naturaleza tenga que ser tratada como tal. Este deber de confidencialidad se mantendrá durante un plazo mínimo de 5 años, a excepción de que en el contrato se establezca un plazo superior.
Asimismo, el empresario tendrá que señalar expresamente aquella documentación y/o información que considere confidencial de su oferta.
CLÁUSULA 18.- RÉGIMEN DE RECURSOS Y JURISDICCIÓN COMPETENTE
Contra el Pliego que regula el presente procedimiento de contratación se puede
interponer recurso especial en materia de contratación que prevé el artículo 37 de la LCSP, en el plazo de 10 días hábiles contados a partir del día siguiente en el de la publicación.
Si transcurridos 20 días hábiles contados desde el día siguiente a la interposición del recurso, no se hubiera notificado su resolución, se podrá entender desestimado a los efectos de interponer el recurso contencioso administrativo.
Contra la decisión de que se adopte del recurso especial se podrá interponer recurso contencioso administrativo en el plazo de 2 meses contados a partir del día siguiente a su notificación.
Los Juzgados y Tribunales de Barcelona de la Jurisdicción Contenciosa Administrativa serán los competentes para la revisión de los acuerdos de adjudicación provisional, los pliegos reguladores de la presente licitación y los que establezcan las características de la prestación, y los actos de trámite adoptados, previa la interposición del recurso especial en materia de contratación.
El orden jurisdiccional civil será competente para resolver las controversias entre las partes en relación a los efectos, cumplimiento y extinción del contrato objeto de esta licitación, así como para conocer cuantas cuestiones litigiosas afecten a la preparación y adjudicación del mismo, de acuerdo con lo previsto en el artículo 21 de la LCSP. Las partes se someterán expresamente a la jurisdicción y competencia de los Juzgados y Tribunales de la ciudad de Barcelona, con renuncia a cualquier otro fuero que les pueda corresponder.
Barcelona, 23 de diciembre de 2009
Xxxxx Xxxxxxx
ANEXO Nº. 1
Don/Dña. ....................................................................................................., mayor de
xxxx, con domicilio en la ciudad de ........................................
calle................................... nº. ....................., con DNI nº. ......................... en (nombre
propio o en representación de la empresa con NIF
..............................) en mi calidad de ........... (señalar vuestras facultades de representación: por ejemplo, administrador/a único/a, apoderado/da,...), declaro bajo mi responsabilidad:
1. - Que ni ..................... (en adelante el licitador) ni sus administradores y/o representantes se encuentran incluidos en ninguna de las circunstancias previstas en el artículo 49 del LCSP.
2. - Que el licitador se encuentra al corriente de obligaciones tributarias con el Estado.
3. - Que el licitador se encuentra al corriente de obligaciones tributarias con la Generalitat de Catalunya.
4. - Que el licitador se encuentra al corriente de obligaciones con la Seguridad Social.
5. - Que el licitador está dado de alta en el Impuesto sobre Actividades Económicas y al corriente de su pago, cuando se ejerzan actividades sujetas a este impuesto.
Y para que así conste, a los efectos oportunos, firmo la presente declaración en
............ de .................... de ............
Firma
ANEXO Nº. 2
Don/Dña. ....................................................................................................., mayor de
xxxx, con domicilio en la ciudad de ........................................
calle................................... nº. ....................., con DNI nº. ......................... en (nombre
propio o en representación de la empresa con NIF
..............................) en mi calidad de ........... (señalar vuestras facultades de representación: por ejemplo, administrador/a único/a, apoderado/da,...), declaro bajo mi responsabilidad:
Que la empresa a la que represento no ha sido adjudicataria ni ha participado en la elaboración de la especificaciones técnicas o en los documentos preparatorios del contrato, ni es una empresa vinculada a ellas en el sentido que establece la LSCP.
Y para que así conste, a los efectos oportunos, firmo la presente declaración en
............ de .................... de ............
Firma
ANEXO Nº. 3
Don/Dña. ....................................................................................................., mayor de
xxxx, con domicilio en la ciudad de ........................................
calle................................... nº. ....................., con DNI nº. ......................... en (nombre
propio o en representación de la empresa con NIF
..............................) en mi calidad de ........... (señalar vuestras facultades de representación: por ejemplo, administrador/a único/a, apoderado/da,...), declaro bajo mi responsabilidad:
La empresa a la que represento se somete a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que directa o indirectamente se deriven del Contrato, con renuncia, en su caso, al foro jurisdiccional extranjero que le pueda corresponder, todo ello sin perjuicio de la sumisión a arbitraje que se pueda prever en el Contrato.
Y para que así conste, a los efectos oportunos, firmo la presente en de
.................... de ............
Firma
ANEXO Nº. 4
Don/Dña. ....................................................................................................., mayor de
xxxx, con domicilio en la ciudad de ........................................
calle................................... nº. ....................., con DNI nº. ......................... en (nombre
propio o en representación de la empresa con NIF
..............................) en mi calidad de ........... (señalar vuestras facultades de representación: por ejemplo, administrador/a único/a, apoderado/da,...), declaro bajo mi responsabilidad:
Que las escrituras solicitadas en el Pliego de Cláusulas Particulares reguladoras de esta licitación con el fin de acreditar la personalidad y capacidad del licitador no han estado modificadas con respecto a las que tienen en su poder, presentadas en fecha
............ para participar en el procedimiento ………………………
Que la tarjeta del número de identificación fiscal es la que ustedes ya tienen a su poder, presentada en fecha …....... para participar en el procedimiento………………..
Que los documentos acreditativos de mi representación como firmante de la proposición no han sido modificados ni revocados respecto de los que tienen en poder, presentados en fecha….... para participar en el procedimiento…………….
Que las cuentas anuales, informe de gestión y el correspondiente informe de auditoría, correspondientes al último ejercicio son los que ustedes ya tienen en su poder, presentados en fecha ………. para participar en el procedimiento ………………
Y para que así conste, a los efectos oportunos, firmo la presente en de
.................... de ............
Firma
ANEXO Nº. 5
Don/Dña. ....................................................................................................., mayor de
xxxx, con domicilio en la ciudad de ........................................
calle................................... nº. ....................., con DNI nº. ......................... en (nombre
propio o en representación de la empresa con NIF
..............................) en mi calidad de ........... (señalar vuestras facultades de representación: por ejemplo, administrador/a único/a, apoderado/da,...), declaro bajo mi responsabilidad:
Que la empresa a la represento acepta que la documentación entregada en el procedimiento de adjudicación del Contrato de suministro e instalación de cuatro microscopios electrónicos para el equipamiento de un laboratorio de microscopia electrónica tiene carácter contractual.
Y para que así conste, a los efectos oportunos, firmo la presente en de
.................... de ............
Firma
ANEXO Nº. 6
PROPUESTA ECONÓMICA
Don/Dña. ....................................................................................................., mayor de
xxxx, con domicilio en la ciudad de ........................................
calle................................... nº. ....................., con DNI nº. ......................... en (nombre
propio o en representación de la empresa con NIF
..............................) en mi calidad de ........... (señalar vuestras facultades de representación: por ejemplo, administrador/a único/a, apoderado/da,...), enterado de las condiciones y requisitos para participar en el procedimiento para la adjudicación del Contrato de suministro e instalación de un crióstato de dilución (“cryogen free”), declaro bajo mi responsabilidad:
Que conozco el pliego de prescripciones técnicas y el pliego de cláusulas administrativas particulares que sirven de base en el procedimiento para la adjudicación del Contrato de suministro e instalación de un crióstato de dilución (“cryogen free”), que acepto incondicionalmente sus cláusulas y especificaciones, y me comprometo, en nombre (propio o de la empresa a la que represento), a realizar la ejecución del contrato con estricta sujeción a los mencionados requisitos y condiciones, por la cantidad de …………………… euros (expresar claramente escrita en letras y números la cantidad en euros por la cual se compromete el proponente a la ejecución del contrato), más la cantidad de ……………… euros correspondiente al Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA).
1Reducción del plazo de fabricación (expresado en días laborables que
se reducen).
2Reducción del plazo de instalación (expresado en días laborables que
se reducen).
Y para que así conste, a los efectos oportunos, firmo la presente en de
.................... de ............
Firma
1 Cuando proceda.
2 Cuando proceda.
ANEXO Nº. 7
PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS DEL SUMINISTRO E INSTALACIÓN DE UN CRIÓSTATO DE DILUCIÓN (“CRYOGEN FREE”)
Sistema Refrigerador de Dilución
- Crióstato Refrigerador de Dilución libre de líquidos criogénicos (Cryogen- Free) basado en un refrigerador Pulse-Tube con motor remoto y mezcla 3He- 4He optimizada
- Temperatura base igual o menor a 15mK y potencia de enfriado igual o mayor a 400uW a 120mK
- Electroimán superconductor de 9T con un núcleo cilíndrico central libre de 60mm de diámetro y una homogeneidad de 0.1% en un volumen esférico de diámetro igual a 10mm
- Capacidad de incluir una caña portamuestras insertable desde temperatura ambiente que no requiera el recondensado de la mezcla 3He-4He, para intercambio rápido de muestras. Altura de techo: 4m.
El provedor debe suministrar:
A) Crióstato de dilución y cámara de vacío
1. Criostato de dilución con un disco de al menos 240 mm de diámetro termalizado con la cámara de mezcla para el montaje de muestras y portamuestras. Construcción de baja vibración.
2. Unidad intercambiadora de calor xx xxxxx con intercambiador de calor Xxxxx- Xxxxxxxx para condensar la mezcla 3He-4He. Temperatura base fuera de la cámara de mezcla de 15 mK o menor, potencia de enfriado de 400uW a 120mK o mayor (cables DC incluidos).
3. El criostato de dilución debe ser enfriado hasta 4K por un refrigerador Pulse- Tube con motor remoto.
4. Sistema de control de gases 3He-4He libre de aceites.
5. Mezcla 3He-4He optimizada para la unidad de dilución.
B) Electroimán superconductor:
1. Electroimán superconductor de 9T con un núcleo cilíndrico central libre de 60mm de diámetro y una homogeneidad de 0.1% en un volumen esférico de diámetro igual a 10mm.
2. El electroimán debe estar termalizado en el disco de 4K o en la cámara de evaporación (still).
3. El electroimán se debe proveer instalado con fuente de corriente bipolar que funcione en los cuatro cuadrantes, región de compensación, interruptor superconductor (para modo persistente) y conexiones de corriente.
C) Caña portamuestras insertable:
1. Tubo central libre (50 mm de dámetro mínimo) instalado hasta el disco de 4K a ser utilizado para insertar una caña portamuestras de entrada superior de intercambio rápido de muestras
2. Caña portamuestras insertable desde temperatura ambiente hasta una temperatura base inferior a 30 mK que no requiera el recondensado de la mezcla y que tenga las siguientes características:
a- Conector de 24 terminales Xxxxxxx (hembra) y 24 pares de cables trenzados de de bronce fosforoso o similares anclados en el disco de 50mK.
b- Un conector de 24 terminales Xxxxxxx (hembra) sin utilizar.
c- 4 conectores LEMO con 4 cables Thermo Coax anclados en el disco de la cámara de mezcla.
d- 4 conectores LEMO con 4 cables coaxiales flexibles anclados en el disco de 50 mK.
e- 2 Conectores SMA herméticos y 2 cables coaxiales UT85 SS-SS preparados para incluir atenuadores (proveídos por ICN) a 4K, still y MC.
f- Termómetro calibrado.
g- Cables para alimentar calentadores.
h- Tubo para vacío con válvula para insertar la caña portamuestras en vacio.
i- Tiempo de intercambio de muestras inferior a 6 horas. j- Potencia de enfriado de 100uW a 100mK
D) Otros componentes y equipos complementarios
1. Tubo adicional de paso libre instalado hasta el disco de 4K (50 mm).
2. Sistema de preenfriado con nitrógeno liquido para acelerar enfriado del criostato hasta 24h.
3. Termómetros de platino en los discos de 50K y 3K.
4. Termómetros calibrados de RuO2 en la cámara evaporadora (still) y en la bomba de absorción (sorb pump).
5. Termómetro resistivo en el disco de la cámara de mezcla.
6. 48 cables trenzados en pares de fósforo-bronce (en dos conectores de 24 terminales Xxxxxxx hembra) y anclados en el disco de la cámara de mezcla (hasta 8 de estos cables pueden ser utilizados para termómetros).
7. 48 cables trenzados en pares de fósforo-bronce (en dos conectores de 24 terminales Xxxxxxx hembra) y anclados en el disco de 3K.
8. Cables adicionales blindados, terminados en un conector Xxxxxxx para las cámaras de evaporación y mezcla y para la bomba de absorción.
9. Conectores adicionales instalados en la brida superior para medir los termómetros de platino en los discos de 50K y 3K, y para calentar dichos discos.
10. 24 cables coaxiales flexibles, 12 de los cuales anclados a 3K y los otros 12 en el disco de la cámara de mezcla. Conectores LEMO a temperatura ambiente y conectores MCX en los discos de 3K y cámara de mezcla.
11. 12 cables Thermocoax, 6 de los cuales terminados a 3K, los otros 6 en el disco de la cámara de mezcla. Conectores LEMO a temperatura ambiente y conectores MCX en los discos de 3K y cámara de mezcla.
12. Puente de resistencia AVS-47B o equivalente para termometría con interface GPIB.
13. Computadora con interface IEEE, y programas de automatización para controlar la temperatura de la unidad de dilución y el panel de válvulas.
14. Circuito doble para condensado de 3He.
E) Sistema de control de gases 3He-4He libre de aceites consistente en:
1. Bomba(s) de vacío turbo con cojinetes de cerámica con bomba de ayuda de desplazamiento en seco.
2. Compresor de helio para el refrigerador pulse-tube con líneas flexibles y compresor de membrana para la condensación inicial de la mezcla 3He-4He.
3. Dos trampas externas enfriadas con nitrógeno líquido con xxxxx de nitrógeno incluido.
4. Dos trampas de helio en contacto térmico con el refrigerador pulse-tube.
5. Medidores de vacío y bomba de vacío para bombear el sistema.
6. Medidor de flujo.
7. Fuente de potencia triple para los calentadores de la cámara de evaporación, de la cámara de mezcla y la bomba de absorción con controladores.
8. Válvulas eléctricas controladas via microprocesador con operación manual y automática.
9. Válvula electroneumática para inserción.
10. Soporte para el criostato de dilución de altura regulable para acceso fácil a la cámara de mezcla.
11. Mezcla 3He-4He optimizada incluida.
F) Soporte Adicional / Mantenimiento
1. Comprobación completa del funcionamiento del criostato de dilución en fábrica, instalación y entrenamiento para su uso en destino final.