Tipo de Contrato: Acuerdo Marco de Homologación. Categoría de Contrato: Contrato de servicio.
PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES PARA EL ACUERDO MARCO DE HOMOLOGACIÓN PARA LA CONTRATACIÓN DE DOCENTES PARA LAS ACTIVIDADES FORMATIVAS A DESARROLLAR EN EL MARCO DE LOS PROGRAMAS DEL PERÍODO 2014-2020 COFINANCIADOS POR EL FONDO SOCIAL EUROPEO DURANTE EL EJERCICIO 2023: “ESPAÑA EMPRENDE” Y “PROGRAMA +45”
Expdte: AMH/01/2023
Tipo de Contrato: Acuerdo Marco de Homologación. Categoría de Contrato: Contrato de servicio.
Tipo de Procedimiento de Contratación: Abierto (art. 321.3. LCSP 9/2017). Contrato sujeto a regulación armonizada.
CAPÍTULO I. CARACTERÍSTICAS BÁSICAS DEL CONTRATO CLÁUSULA 1. OBJETO.
La Cámara de Comercio, Industria y Servicios xx Xxxxxx (en adelante, “CÁMARA TOLEDO”)
participa en distintos programas del período 2014-2020 cofinanciados por el Fondo Social Europeo y gestionados por las Cámaras, orientados a fomentar el espíritu empresarial; la formación; el fomento del empleo de calidad, la mejora de la adaptabilidad de los trabajadores, el apoyo a la cualificación y la empleabilidad de los jóvenes, la igualdad entre hombres y mujeres, favorecer la movilidad laboral y el aumento y la mejora del capital humano.
Concretamente, durante el ejercicio 2023 participará en el desarrollo y ejecución de los siguientes programas:
El Programa “España Emprende” se encuadra en el marco del Programa Operativo Empleo, Formación y Educación 2014-2020 (POEFE), cuyo objetivo es promover la sostenibilidad y la calidad en el empleo y favorecer la movilidad laboral y promover el trabajo por cuenta propia, el espíritu emprendedor y la creación de empresas, incluidas las microempresas y las pequeñas y medianas empresas innovadoras.
En el ámbito de la formación, incluye actividades que pretenden capacitar o preparar a emprendedores y empresarios, de modo transversal o específico, para afrontar cualquiera de los estadios o etapas de ciclo empresarial.
El Programa +45 se encuadra en el marco del Programa Operativo de Empleo, Formación y Educación 2014-2020 (POEFE), cuyo objetivo básico es ofrecer una acción directa al colectivo de 45 años o más que se encuentren en situación de desempleo, adaptada a sus capacidades para que obtengan la formación y/o cualificación necesaria que mejor se adapte a los requisitos de las empresas, de manera que todo ello conduzca a la inserción laboral de los mismos.
Ambos programas están financiados por el FSE 80% y la Cámara garantiza la cofinanciación restante
El objeto del contrato es la preselección y homologación de docentes para la impartición de las actividades formativas a desarrollar en el marco de los programas del período 2014-2020 cofinanciados por el Fondo Social Europeo durante el ejercicio 2023: “España Emprende” y “Programa +45”, y recogidas en el apartado 2 del anexo VI del presente pliego.
A este procedimiento, podrán presentarse las personas físicas vinculadas a la formación, que cumplan los requisitos que se señalan en las presentes condiciones administrativas, así como en las prescripciones técnicas.
Dichas homologaciones y posteriores adjudicaciones se regirán, en todo caso, por el Pliego de Cláusulas Administrativas, Pliego de Prescripciones Técnicas y Acuerdo Marco, no haciéndose necesaria para las adjudicaciones posteriores licitación de las mismas, ya que los pliegos prevén las condiciones objetivas para determinar las adjudicaciones.
La condición de docente homologado mediante el presente procedimiento no conlleva la adjudicación de una acción formativa concreta por parte xx XXXXXX TOLEDO, pero será condición necesaria para acceder a la Bolsa de Formadores de los programas referidos y, por tanto, para las adjudicaciones de prestación de los servicios xx XXXXXX TOLEDO en el desarrollo de dichos programas.
CLÁUSULA 2: DURACIÓN DE LA HOMOLOGACIÓN Y ADJUDICACIÓN DE LOS CONTRATOS BASADOS EN EL ACUERDO XXXXX
La homologación será válida para los contratos derivados que se celebren durante el ejercicio 2023.
CLÁUSULA 3. VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO Y RETRIBUCIÓN
A. VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO
El presupuesto estimado del Acuerdo Xxxxx se tramitará y adjudicará por un valor máximo estimado en CUATROCIENTOS UN MIL OCHOCIENTOS OCHENTA EUROS (401.880€).
B. RETRIBUCIÓN
La retribución económica que percibirá el personal formador homologado será de 34€/hora en todos los cursos. En los cursos que requieran de instalaciones especializadas en las que impartir la parte práctica de los mismos, así como materiales y maquinaria a utilizar, tasas
y demás licencias, los gastos deberán contar con la autorización previa del responsable del contrato y serán facturados directamente a la Cámara para su abono.
Quedan incluidos en dicha retribución los costes de desplazamiento, dietas y demás gastos del adjudicatario.
La retribución quedará condicionada a que los resultados del trabajo cumplan con los mínimos de calidad exigidos y se adecuen a los objetivos y tareas de los programas, así como a la entrega de los registros exigidos por la Cámara conforme a las instrucciones de ambos programas y al pliego de prescripciones técnicas.
El coste de la contratación está financiado por el Fondo Social Europeo al 80% en el marco del Programa Operativo Empleo, Formación y Educación 2014-2020 (POEFE).
CLÁUSULA 4. RÉGIMEN JURÍDICO
La homologación y posterior adjudicación, se llevará a cabo conforme a las cláusulas contenidas en el presente Pliego de Cláusulas Administrativas, Pliego de Prescripciones Técnicas y el Acuerdo Marco.
El adjudicatario desarrollará su actividad bajo su exclusivo riesgo, incluidos los casos fortuitos, sin que se establezca relación laboral alguna con la Cámara de Comercio.
CLÁUSULA 5. PUBLICIDAD
El presente procedimiento de contratación tendrá publicidad en el Perfil del Contratante xx Xxxxxx Toledo (xxxx://xxx.xxxxxxxxxxxx.xxx), en la que estarán disponibles el Pliego de Cláusulas Administrativas y el Pliego de Prescripciones Técnicas que rigen el procedimiento.
CAPITULO II TRAMITACIÓN Y LICITACIÓN
CLÁUSULA 6. TIPO DE PROCEDIMIENTO
El presente expediente de Acuerdo Xxxxx se tramitará y licitará a tenor de lo dispuesto en el apartado IX de las Instrucciones Internas de Contratación de la Cámara.
CLÁUSULA 7. LICITADORES
Podrán tomar parte en el presente procedimiento las personas físicas, nacionales o extranjeras, que tengan capacidad de obrar y no estén incursas en prohibición de contratar y cuya actividad económica tenga relación directa con el objeto del contrato. Deberán disponer elementos materiales suficientes para la debida ejecución del mismo. Del mismo modo, se exigirá que
quienes concurran se encuentren al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
Las personas que concurran deberán reunir los siguientes requisitos:
• Titulación académica de grado medio/superior en materias relacionadas
• Experiencia superior a 1 año o, al menos, 100 horas en formación relacionada con la materia a impartir.
CLÁUSULA 8. PRESENTACIÓN DE LAS PROPOSICIONES
8.1. LUGAR Y PLAZO
Las proposiciones deberán presentarse en cualquiera de las siguientes direcciones, en días hábiles, de 8,30 a 14,30 horas, de lunes a viernes:
Cámara Oficial de Comercio, Industria y Servicios xx Xxxxxx Xxxxx Xxx Xxxxxxx, 0
45001-Toledo
Vivero de Empresas de la Cámara Oficial de Comercio, Industria y Servicios xx Xxxxxx X/ Xxxxxxxxx, 0
45005-Toledo
Cámara Oficial de Comercio, Industria y Servicios xx Xxxxxx Pza. del Pan, nº 11
45600- Xxxxxxxx de la Reina (Toledo)
El plazo para la presentación de proposiciones será de 35 días naturales contados a partir del siguiente al del envío del presente anuncio a la Oficina de Publicaciones de la Unión Europea y, en todo caso, 15 días naturales desde el siguiente al de su publicación en el perfil de contratante en el portal web de la Cámara Oficial de Comercio, Industria y Servicios xx Xxxxxx (xxx.xxxxxxxxxxxx.xxx). Si el último día fuese xxxxxx, xxxxxxx o festivo, se entenderá prorrogado al día hábil siguiente.
La documentación se podrá entregar en mano o enviar por correo o mensajería. Si la documentación se envía por correo, el candidato deberá justificar, con el resguardo de correos, la fecha de imposición del envío en las oficinas de correos y anunciar ese mismo día a la Cámara, por correo electrónico a la dirección xxxxxxxxxxxx@xxxxxxxxxxxx.xxx, la remisión de la oferta. Sin la concurrencia de ambos requisitos, no será admitida la proposición si es recibida por la Cámara con posterioridad a la fecha y hora de la terminación del plazo señalado en el Anuncio. No obstante, no será admitida en ningún caso la documentación que no se haya
recibido transcurridos 10 días naturales desde la finalización del plazo fijado para la admisión de propuestas.
Los licitadores presentarán sus proposiciones utilizando el modelo que consta en el Anexo I del presente Xxxxxx.
8.2. EFECTOS DE LA ENTREGA DE PROPOSICIONES
La presentación de las proposiciones conlleva la aceptación incondicionada, por parte del interesado, de las cláusulas de este Pliego de Condiciones de Licitación y xxx Xxxxxx de Prescripciones Técnicas. Asimismo, las ofertas presentadas vincularán a los licitadores hasta la finalización del procedimiento de contratación.
Al presentar sus propuestas, todas las personas candidatas garantizan al órgano de contratación que:
a) Son titulares de los derechos, autorizaciones y poderes necesarios para el desarrollo y ejecución de la prestación objeto del presente procedimiento.
b) En todo lo relacionado con el objeto del presente procedimiento, no se encuentran incursas en prohibición alguna de contratar.
c) Garantizan el cumplimiento de todas las condiciones técnicas y los restantes requisitos establecidos en los Pliegos.
d) Xxxxxxxxxx a subsanar, por su cuenta y riesgo, los errores y/o defectos que sean imputables a su actuación, sin cargo alguno para la Xxxxxx xx Xxxxxx
e) Se encuentran al día del cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
De la homologación de cualquier formador NO DERIVA LA OBLIGACIÓN para la Xxxxxx xx Xxxxxx de la adjudicación de un contrato derivado del Acuerdo Marco.
CLÁUSULA 9. CONTENIDO DE LAS PROPOSICIONES
Las proposiciones constarán de dos sobres, cerrados y firmados por el licitador. En cada uno de ellos se señalará:
• La referencia al procedimiento: “EXPEDIENTE AMH/01/2023: ACUERDO MARCO DE HOMOLOGACIÓN PARA LA CONTRATACIÓN DE DOCENTES PARA LAS ACTIVIDADES FORMATIVAS A DESARROLLAR EN EL MARCO DE LOS PROGRAMAS DEL PERÍODO 2014- 2020 COFINANCIADOS POR EL FONDO SOCIAL EUROPEO DURANTE EL EJERCICIO 2023: ESPAÑA EMPRENDE Y PROGRAMA +45”
• El nombre del licitador.
• Su dirección, teléfono y correo electrónico, a efectos de notificaciones y comunicaciones.
Finalmente, en cada uno de los dos sobres deberá constar, respectivamente, la siguiente mención:
- En el SOBRE NÚMERO 1: “DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA”
- En el SOBRE NÚMERO 2: “PROPOSICIÓN TÉCNICA”
La Xxxxxx xx Xxxxxx se reserva el derecho a exigir a los licitadores que presenten documentación que acredite la veracidad de la información presentada en las proposiciones, o bien información adicional sobre el contenido de las mismas, siempre que sea meramente aclaratoria y no susceptible de ampliar, modificar o sustituir la propuesta realizada, estando el licitador obligado a ello.
En todo caso, la documentación presentada será original o copia de carácter auténtico conforme a la legislación vigente.
El SOBRE N° 1 deberá contener los siguientes documentos:
a) Documentos que acrediten la personalidad del formador:
• Copia del DNI o aquel que legalmente lo sustituya.
b) Documentos que acrediten la solvencia técnica
• Habilitación empresarial o profesional que, en su caso sea exigible para la realización de la actividad o prestación que constituya el objeto del contrato (Alta en el Impuesto de actividades Económicas). Si el solicitante optara por la facturación a través de una persona jurídica, y así se consignara en el Anexo VI del presente pliego, la habilitación se referirá a dicha persona jurídica. En caso de que el solicitante no aporte dicha habilitación (de la persona física o jurídica, en su caso), le será exigida en el momento de la adjudicación.
• Certificados de estar al corriente de sus obligaciones tributarias con la AEAT y la Seguridad Social. Si el solicitante optara por la facturación a través de una persona jurídica, y así se consignara en el Anexo VI del presente pliego, los certificados se referirán a dicha persona jurídica.
• Xxxxx X, sobre la formación y experiencia profesional de los candidatos a la homologación.
• Acreditación de los principales servicios, suministros o trabajos realizados en los últimos cinco años, mediante certificados expedidos por el órgano competente si el destinatario es un organismo público, o, cuando el destinatario sea un sujeto privado, por medio de un certificado expedido por éste.
• Copia de los títulos, diplomas, certificados, etc. que acrediten la formación requerida para ser homologados y aquella que aporten como mérito.
• Cuantos documentos, escritos e informes de anteriores clientes se consideren de interés para avalar la solvencia técnica.
c) Declaración responsable de no estar incurso en prohibición de contratar, sometimiento a arbitraje y tratamiento de datos
• Declaración responsable realizada conforme al Anexo II del presente pliego, de no estar incurso en ninguna de las prohibiciones para contratar.
• Declaración de sometimiento a la Corte de Arbitraje y Mediación de la Cámara de Comercio xx Xxxxxx conforme al Anexo III del presente pliego.
• Autorización sobre el tratamiento de los datos de carácter personal conforme al
Anexo IV del presente pliego.
El SOBRE N° 2 deberá contener:
1. El Anexo VI (Alcance de la homologación solicitada)
2. Una propuesta técnica conforme a los distintos apartados establecidos en el criterio nº 3 de la cláusula 11. “Apertura y calificación de sobres” del presente pliego.
3. También deberá incluir una propuesta pedagógica de las acciones formativas para las que se ha solicitado la homologación. Esta propuesta deberá contener al menos un índice, un desarrollo metodológico, un cronograma y los contenidos a impartir durante la acción formativa.
En el caso de que una acción permita la participación de varios docentes se detallará en el listado de la oferta formativa1 y para estos casos se presentará la propuesta pedagógica conjunta y coordinada por todos ellos, detallando el nombre de los docentes que se presentan de forma conjunta en cada una de las proposiciones individualmente presentadas.
La propuesta pedagógica contemplará la identificación de los docentes cuya participación se propone en la mencionada acción. Además, habrá de señalar qué contenidos del curso se asignarán a cada uno de los docentes y, adicionalmente, podrá incluir una programación conjunta y coordinada.
1 Se indicará como acción “GRUPAL”
La propuesta pedagógica deberá ser presentada individualmente en su solicitud de homologación por todos y cada uno de los docentes incluidos en dicha propuesta.
Para la adjudicación de estos cursos, el sistema de puntuación será la media de la suma de cada una de las puntuaciones de los profesores para los criterios 1 y 2 y se valorará conjuntamente la acción para el criterio número 3.
La no inclusión en el sobre nº 2 de cualquiera de los tres documentos que se especifican en los párrafos anteriores: anexo VI, propuesta técnica y propuesta pedagógica, será causa de desestimación definitiva de la propuesta.
CAPITULO III. ADJUDICACIÓN
CLÁUSULA 10. ÓRGANO DE CONTRATACIÓN
Atendiendo al presupuesto del proyecto y de conformidad con las Instrucciones internas para los procedimientos de contratación de la Cámara, y sin perjuicio de las facultades que ostenten los diferentes órganos de administración y representación de la Xxxxxx xx Xxxxxx, el órgano de contratación es la Comisión de Contratación de la Cámara.
CLÁUSULA 11. APERTURA Y CALIFICACIÓN DE SOBRES
Vencido el plazo de recepción de ofertas, una Comisión Técnica de Contratación específica integrada por el Director Gerente, el Secretario General, la Directora de Competitividad e Internacionalización, el responsable del contrato y un técnico responsable del desarrollo del programa, calificará, previamente a la valoración de ofertas, los documentos generales presentados en tiempo y forma por las personas interesadas.
En primer lugar, se procederá a la apertura del SOBRE 1 DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA. La documentación aportada será examinada por la Comisión Técnica, acordando la admisión o el rechazo, en su caso, de aquella que no sea considerada bastante. La no aportación de toda la documentación administrativa solicitada podrá ser causa de exclusión de la valoración técnica de la proposición presentada por el licitador.
La Xxxxxx xx Xxxxxx podrá solicitar la subsanación.
A continuación, se procederá a la valoración técnica de la proposición contenida en el SOBRE 2 PROPOSICIÓN TÉCNICA.
Al no presentarse proposición económica, la apertura de los sobres 1 y 2 tendrá carácter privado, no realizándose acto público.
CRITERIOS PARA LA VALORACIÓN DE PROPOSICIONES
La Comisión Técnica valorará las proposiciones y elevará propuesta de homologación al órgano de contratación de aquellas que cumplan las condiciones de la convocatoria.
Se valorarán las candidaturas de acuerdo a la siguiente ponderación
Ponderación (puntos) | |
Formación acreditada | 10 |
Experiencia | 45 |
Propuesta técnica de las acciones a realizar | 45 |
La condición de formador homologado no podrá ser objeto de cesión a terceros.
Los licitadores homologados suscribirán el Acuerdo Marco, lo que les habilita para recibir adjudicaciones de las acciones para las que hubieran sido homologados durante la vigencia del Acuerdo Marco. La firma deberá realizarse en un plazo máximo de treinta días, computado desde el siguiente al de la publicación en el perfil del contratante de la relación de docentes homologados. De no suscribir el acuerdo, quedarán excluidos automáticamente. Si no dieran su conformidad expresa, sin causa justificada, a la ejecución de las acciones concretas que se le hubieran adjudicado, podrán ser excluidos total o parcialmente del mismo.
En el supuesto de que los licitadores homologados, por razones sobrevenidas durante la vigencia de su período de homologación, devinieran en incumplimiento de condiciones por las que fueron homologados o algunos de los requisitos establecidos en las presentes bases y demás normas que les son de aplicación, podrán perder el derecho a permanecer en el acuerdo.
Los licitadores homologados deberán colaborar en las eventuales actuaciones de comprobación, verificación y control realizadas por la Xxxxxx xx Xxxxxx y/o los organismos fiscalizadores competentes.
Criterio 1. Formación acreditada (apartado 2 Anexo V).
Se valorará un máximo de 10 puntos la formación que posea cada uno de los formadores candidatos a la homologación. Se valorarán únicamente aquellas titulaciones que estén relacionadas con las acciones a homologar y así haya sido indicado por el candidato.
• Cursos, Máster o Postgrados de más de 300 horas u otras titulaciones universitarias adicionales: 5 puntos
• Cursos, Máster o Postgrados de 201 a 300 horas: 3 puntos
• Cursos de 101 a 200 horas: 2 puntos
• Cursos de 30 a 100 horas: 1 punto
Criterio 2. Experiencia docente (apartado 3 Anexo V).
Se valorará hasta un máximo de 45 puntos.
Se valorará la experiencia profesional que posea cada uno de los formadores candidatos a la homologación.
• Se contabilizarán 3 puntos por cada 150 horas formativas impartidas.
Criterio 3. Propuesta Técnica
Se valorará hasta un máximo de 45 puntos.
Se considera necesario evaluar la calidad de las ofertas presentadas por los formadores a través de propuesta técnica. Dicha propuesta incluirá los siguientes apartados:
Herramientas (software) de comunicación con los alumnos (20 puntos):
Las plataformas podrán incluir los siguientes elementos:
• Protocolos de atención de quejas y sugerencias (canales, plazo contestación…): 6 puntos
• Foro (soporte tecnológico) de comunicación grupal alumnos / alumnos-docente: 7 puntos
• Canal de comunicación bidireccional alumno-profesor:7 puntos
Para que sean evaluadas, se incluirán en la propuesta técnica pantallas demostrativas de las herramientas (software) de comunicación.
Metodología y contenidos formativos (25 puntos):
• Material de apoyo innovador que facilite el aprendizaje por parte del alumno: 10 puntos.
• Material docente en formato digital: 5 puntos.
• Elementos de formación práctica que acerquen los contenidos teóricos a la realidad xxx xxxxxxx productivo: 5 puntos.
• Material interdisciplinar que permita al alumno relacionar el contenido teórico con otras disciplinas: 5 puntos.
Con objeto de preservar la calidad de las acciones formativas, los materiales docentes y el perfil de los ofertantes, la Comisión Técnica únicamente propondrá para su homologación a los docentes que cumplan los requisitos mínimos y que obtengan una puntuación mínima que supere un total de 50 puntos de la suma resultante de los tres criterios establecidos para la valoración de las proposiciones.
Elevada la propuesta por la Comisión Técnica, el órgano de contratación resolverá sobre las solicitudes presentadas y se publicará la relación de proveedores homologados en el perfil del contratante de la página web de la Cámara.
CLÁUSULA 12. DOCUMENTOS CONTRACTUALES
En relación con las posteriores adjudicaciones derivadas de este procedimiento, tendrán carácter contractual los siguientes documentos:
• El presente Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares
• El Pliego de Prescripciones Técnicas
• El Acuerdo Marco de Homologación
• La adjudicación de acciones que la Xxxxxx xx Xxxxxx realice a cada licitador.
• El contrato, en su caso
En caso de discrepancia entre lo recogido en algunos de los anteriores documentos, tendrá prioridad lo que se disponga en este Pliego de Cláusulas Administrativas.
CLÁUSULA 13. ADJUDICACIÓN DE ACTIVIDADES FORMATIVAS DERIVADAS DEL ACUERDO MARCO
El responsable del contrato adjudicará las acciones formativas al candidato que mayor puntuación haya obtenido.
En el caso de que una edición de la acción no pueda impartirse puntualmente por el candidato adjudicatario, este renunciará por escrito y se ofrecerá esa edición al segundo en puntuación. En caso de empate en la puntuación entre dos o más formadores homologados en la misma materia, la adjudicación se hará atendiendo al que tenga mayor puntuación en el apartado de experiencia docente (criterio 2).
El acuerdo de adjudicación se notificará, con antelación suficiente, al licitador seleccionado.
CAPITULO IV. FORMALIZACIÓN
CLÁUSULA 14. FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO
Para la perfección de los contratos basados en el presente acuerdo marco, una vez suscritos los acuerdos con los seleccionados, no será necesaria su formalización. Se perfeccionará con la adjudicación.
CLÁUSULA 15. EJECUCIÓN DEL CONTRATO
El desarrollo, contenido, finalidad, documentación y demás características técnicas del servicio, se ajustará a lo establecido en el Pliego de Prescripciones Técnicas.
CÁMARA TOLEDO, a través del responsable del contrato, efectuará la inspección, comprobación y vigilancia para la correcta realización del servicio, quedando el contratista sometido a las instrucciones de aquél, de acuerdo con lo dispuesto en el Pliego de Prescripciones Técnicas.
CLÁUSULA 16. RESOLUCIÓN DE LA HOMOLOGACIÓN Y/O CONTRATO
CÁMARA TOLEDO (sin ánimo exhaustivo o excluyente) podrá resolver la homologación y/o contrato cuando concurra alguna de las circunstancias siguientes:
• La muerte o incapacidad sobrevenida del docente homologado
• Si la persona física homologada incumple las características técnicas o de calidad del servicio establecidas en el Pliego.
• El incumplimiento por la persona física homologada de cualquier otra obligación que se derive de los Pliegos o del resto de documentos con carácter contractual.
CLÁUSULA 17. CONFIDENCIALIDAD
El formador homologado ejecutará sus servicios en los términos previstos en el presente Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y en el Pliego de Prescripciones Técnicas y en el Acuerdo Marco, realizando de manera competente y profesional el objeto de éste, cumpliendo los niveles de calidad exigidos.
El formador homologado se obliga al cumplimiento del Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 xx xxxxx de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos así como de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.
Toda la información o documentación que el formador homologado obtenga xx XXXXXX TOLEDO para la ejecución de la prestación, y en ejecución del servicio, tendrá carácter confidencial y no podrá ser comunicada a terceros sin el consentimiento previo y por escrito.
El formador homologado será responsable del cumplimiento de las obligaciones de confidencialidad del personal a su servicio y cualesquiera personas o entidades que sean colaboradoras suyas.
El formador homologado se compromete a mantener durante la vigencia del contrato y tras la finalización del mismo, durante tres años tras la finalización del mismo, el secreto y la confidencialidad de cuantos datos e informaciones tenga acceso en virtud de los servicios que le son adjudicados, asumiendo dicha responsabilidad ante CÁMARA TOLEDO y respecto de todo el personal que intervenga en los mismos.
A tal efecto, el formador homologado informará a su personal y colaboradores de las obligaciones de confidencialidad y protección de datos, que serán de obligado cumplimiento para aquellos, quienes suscribirán con CÁMARA TOLEDO los compromisos necesarios con el fin de asegurar el cumplimiento de tales obligaciones.
CLÁUSULA 18. SUMISIÓN AL ARBITRAJE
Todo litigio, discrepancia, cuestión o reclamación resultantes de la ejecución o interpretación del presente Acuerdo Xxxxx o relacionados con él, directa o indirectamente, se resolverán definitivamente mediante arbitraje administrado por la Corte de Arbitraje y Mediación de la Cámara de Comercio xx Xxxxxx, a la que se encomienda la administración del arbitraje y la designación de los árbitros, de acuerdo con su Reglamento y Estatutos.