ACUERDO INTERINSTITUCIONAL PARA LA PARTICIPACIÓN DE ENTIDAD EJECUTORA EN EL MARCO DEL PROGRAMA DE REDUCCIÓN DE EMISIONES POR DEFORESTACIÓN Y DEGRADACIÓN DE LOS BOSQUES DE LA REPÚBLICA DOMINICANA REDD+.
ACUERDO INTERINSTITUCIONAL PARA LA PARTICIPACIÓN DE ENTIDAD EJECUTORA EN EL MARCO DEL PROGRAMA DE REDUCCIÓN DE EMISIONES POR DEFORESTACIÓN Y DEGRADACIÓN DE LOS BOSQUES DE LA REPÚBLICA DOMINICANA REDD+.
ENTRE:
De una parte, el MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES, entidad del Estado dominicano dedicada a la conservación y protección del medio ambiente y los recursos naturales, creada e investida de personalidad jurídica mediante la Ley General sobre Medio Ambiente y Recursos Naturales No. 64-00 de fecha 18 xx xxxxxx de 2000, con domicilio social en la Av. Xxxxxxxx Xxxxxxxx esq. Av. Luperón, sector El Pedregal, de esta ciudad de Xxxxx Xxxxxxx xx Xxxxxx, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, debidamente representada por su Ministro el Señor XXXXXXXXXXXXXXXXXXXX, mayor de edad, dominicano, casado, de profesión XXXXXXXXXXXX, Titular de la Cédula de Identidad y Electoral No. XXX-XXXXXXX-X, con domicilio de elección para las consecuencias jurídicas del presente acto en el cuarto (4to.) piso del edificio ubicado en la av. Luperón, Esq. Xxxxxxxx Xxxxxxxx, sector El Pedregal, de esta ciudad de Xxxxx Xxxxxxx xx Xxxxxx, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, quien actúa en virtud de las facultades que le otorga la Ley General Sobre Medio Ambiente y Recursos Naturales, No. 64-00, del 18 xx xxxxxx de 2000, y el Decreto No. XXX-XX del XX de XXXXXXXXX de 2022; quien en lo sucesivo se denominará como MEDIO AMBIENTE o por su nombre completo.
De otra parte, el CONSEJO NACIONAL PARA LA REGLAMENTACIÓN Y FOMENTO DE LA INDUSTRIA
XXXXXXX, (CONALECHE), Institución del Estado Dominicano, creada mediante Ley 180-01 de fecha 10 de noviembre del año 2001, publicada en la Gaceta Oficial No. 10109 de fecha 18 del mismo mes y año; con su Registro Nacional de Contribuyente No. 4-24-00214-2, con su domicilio social en la Ciudad Ganadera, Edificio “A”, Autopista 30 xx Xxxx, Xxxxx Xxxxxxx xx Xxxxxx, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, debidamente representada por su Director Ejecutivo, señor XXXXXX XXXXXXX XXXXXXXX XXXX, dominicano, mayor de edad, casado, portador de la cédula de identidad y electoral No.027- 0023120-8, domiciliado y residente en esta ciudad de Xxxxx Xxxxxxx xx Xxxxxx, Xxxxxxxx Xxxxxxxx, Xxxxxxx xx xx Xxxxxxxxx Xxxxxxxxxx; quien para los fines del presente acuerdo, se denominará por CONALECHE o por su nombre completo.
En lo adelante de este Acuerdo, para referirse al MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES y al CONSEJO NACIONAL PARA LA REGLAMENTACIÓN Y FOMENTO DE LA INDUSTRIA
LECHERA, (CONALECHE) en conjunto, se les denominará “LAS PARTES”.
PREAMBULO:
POR CUANTO: La República Dominicana es signataria de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre Cambio Climático (CMNUCC), la cual representa uno de los principales instrumentos multilaterales que rigen la materia de cambio climático a nivel global. El objetivo de esta convención es lograr, la estabilización de las concentraciones de Gases de Efecto Invernadero (GEI) en la atmósfera a un nivel que impida interferencias antropógenas peligrosas en el sistema climático;
POR CUANTO: REDD+ es un mecanismo de mitigación del cambio climático desarrollado en el seno de la CMNUCC, que tiene como propósito reducir las emisiones de GEI causadas por la deforestación y la degradación de los bosques en los países en desarrollo, y que procura la conservación, la gestión sostenible de los bosques y el aumento de las reservas de carbono forestal;
POR CUANTO: El Programa de Reducción de Emisiones por Xxxxxxxxxxxxx x Xxxxxxxxxxx xx xxx Xxxxxxx xx xx Xxxxxxxxx Xxxxxxxxxx REDD+ (Programa REDD+) se deriva de los compromisos asumidos por el país ante la CMNUCC. Para su formulación, cuenta con apoyo financiero del Fondo Cooperativo para el Carbono de los Bosques (FCPF, por sus siglas en inglés) y el acompañamiento y asesoría técnica del Banco Mundial como fiduciario de dicho fondo. El Programa REDD+ es actualmente el componente más importante de la Estrategia Nacional REDD+ de la República Dominicana, la cual está en proceso de formulación y se implementará a escala nacional;
POR CUANTO: El propósito del Programa es reducir significativamente las emisiones de GEI derivadas de la deforestación y degradación de bosques y aumentar sustancialmente los reservorios de carbono a nivel nacional, a través de la implementación de acciones estratégicas dirigidas a detener y revertir la pérdida de cobertura forestal, promoviendo la conservación de los bosques y la regeneración de la cobertura forestal en áreas degradadas, el manejo sostenible de los bosques y el establecimiento de sistemas agroforestales de café, cacao bajo sombra y silvopastoriles;
POR CUANTO: En el mes xx xxxxx del año 2021, la República Dominicana firmó con el FCPF un Acuerdo de Pago por Reducción de Emisiones (ERPA, por sus siglas en inglés), donde tiene como meta reducir emisiones netas de aproximadamente cinco (5) millones de toneladas de CO2, durante un período de 4 años (2021-2024);
POR CUANTO: Como producto de este acuerdo, la República Dominicana recibirá pagos por concepto de compensación a las reducciones verificables de GEI provenientes del carbono de los bosques, llevando a cabo, de manera específica, las siguientes actividades de campo, denominadas actividades tipo REDD+: a) Conservación xx xxxxxx en áreas protegidas con participación de actores locales; b) Reforestación en el marco de REDD+ (Reforestación con Derecho a Corte); c) Regeneración Natural Asistida de Zonas Degradadas; c) Manejo Forestal Sostenible (Aprovechamiento Forestal Sostenible); d) Sistemas Agroforestales (Producción de café y cacao bajo Sombra); y f) Sistemas Silvopastoriles (Arborización de fincas ganaderas);
POR CUANTO: En el proceso de formulación del Programa REDD+ fueron definidos los arreglos institucionales y mecanismos para logar una gobernanza y estructura de toma de decisiones acorde con una gestión participativa y transparente de REDD+, involucrando diversas instancias nacionales. Los arreglos institucionales y de operación previstos se fundamentan en las competencias legales y la capacidad jurídica y técnica de las instituciones públicas, privadas y organizaciones de la sociedad civil involucradas en la consecución de los objetivos del Programa REDD+, así como su incidencia territorial y su papel a desempeñar en la ejecución de acciones y políticas que permitan la reducción de emisiones;
POR CUANTO: En términos de ejecución y operación de la Estructura de Gobernanza REDD+ a nivel nacional, se identificaron Entidades Ejecutoras que corresponden a aquellas instituciones gubernamentales, no gubernamentales y las que agrupan o integran asociaciones de productores privados que en la actualidad están implementando iniciativas a corto y mediano plazo en diferentes zonas del país, y que están directamente vinculadas a las actividades tipo REDD+;
POR CUANTO: El CONSEJO NACIONAL PARA LA REGLAMENTACION Y FOMENTO DE LA INDUSTRIA
LECHERA, (CONALECHE), conforme a la Xxx Xx. 000-00 del 10 de noviembre del 2001, es el organismo rector encargado de velar por el crecimiento y desarrollo del sector lechero de nuestro país, se dedica a la formulación y ejecución de una política de producción lechera que promueva la autosuficiencia y mejore
los niveles de productividad y competitividad del sector. Tiene como objetivos elevar la productividad, competitividad y sostenibilidad ambiental y financiera de la cadena láctea, a fin de contribuir a la seguridad alimentaria, aprovechar el potencial exportador y generar empleo e ingresos para la población rural. Asimismo, desarrollar un sector manufacturero articulado al aparato productivo nacional, bajo un sistema de producción ambientalmente sostenible.
POR CUANTO: El CONSEJO NACIONAL PARA LA REGLAMENTACION Y FOMENTO DE LA INDUSTRIA
LECHERA, (CONALECHE), participa como una Entidad Ejecutora del Programa REDD+, con miras a desarrollar a nivel nacional, conjuntamente con los productores ganaderos y actores locales, acciones y políticas para la promoción de sistemas silvopastoriles, mediante la incorporación de un componente arbóreo, llevando acciones de restauración, regeneración natural y la conservación de rodales, interviniendo aproximadamente 36,000 hectáreas (ha) en las fincas ganaderas por un período de 4 años;
POR CUANTO: El CONSEJO NACIONAL PARA LA REGLAMENTACION Y FOMENTO DE LA INDUSTRIA
XXXXXXX, (CONALECHE) suscribió una Carta de Intención, en fecha 11 de diciembre del 2019, donde expresa su interés de cumplir con los compromisos y criterios, en su calidad de Entidad Ejecutora del Programa REDD+, que permiten ejecutar las opciones estratégicas y sus respectivas acciones facilitadoras establecidas para la implementación del referido programa;
POR CUANTO: El MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES, en virtud de sus objetivos
y funciones determinados por la Ley No. 64-00, General Sobre Medio Ambiente y Recursos Naturales y como entidad responsable de la implementación del Programa REDD+ a nivel nacional, punto focal de la CMNUCC y punto focal para el Fondo Cooperativo para el Carbono de los Bosques (FCPF, por sus siglas en inglés), administrado por el Banco Mundial, es la entidad encargada para elaborar y gestionar los acuerdos interinstitucionales necesarios para la ejecución y el logro de los objetivos estratégicos del Programa REDD+, brindar asesoría técnica sobre REDD+ a las Entidades Ejecutoras, y es el responsable de elaborar los procesos de captura de información de los proyectos y programas para cumplimiento de las metas del Programa REDD+;
POR CUANTO: El MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES es la entidad del Programa
REDD+ encargada de consolidar, así como de realizar la transferencia y cesión al FCPF de las reducciones de emisiones verificadas que se generan a nivel nacional en el marco del Acuerdo de Pago Por Reducción de Emisiones (ERPA, por sus siglas en inglés) suscrito entre el Gobierno dominicano y el Banco Internacional para la Reconstrucción y el Desarrollo, actuando como administrador del Tramo A y el Tramo B del FCPF, en fecha 1 xx xxxxx del 2021. En tal sentido, el MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES, tiene como atribución formalizar los acuerdos de cesión y transferencia de los títulos de reducción de emisiones con las Entidades Ejecutoras del Programa REDD+;
POR CUANTO: Que estas facultades están contenidas en la Declaración Conjunta, de fecha 5 de noviembre del 2019, donde el Ministerio de Hacienda, el Ministerio de Economía, Planificación y Desarrollo (MEPyD), el Ministerio de Agricultura y el Ministerio de Medio ambiente y Recursos Naturales reafirman y destacan sus competencias institucionales a los fines de realizar Transacciones y Transferir Títulos de Reducción de Emisiones (ERs) y Suscribir un Acuerdo de Pago por Reducción de Emisiones (ERPA). Este documento permite a las partes firmantes confirmar sus obligaciones y responsabilidades para dar cumplimiento al Criterio 36 del Marco Metodológico del Fondo Cooperativo para el Carbono de los Bosques (FCPF) relativo a la capacidad y competencia de la Entidad del Programa de Reducción de Emisiones facultada para suscribir un ERPA y su capacidad para transferir la titularidad de las ERs.
POR TANTO, en el entendido de que el anterior preámbulo forma parte integral del presente acuerdo,
LAS PARTES libre y voluntariamente,
HAN ACORDADO LO SIGUIENTE:
ARTÍCULO 1: Objeto del Acuerdo. LAS PARTES convienen que el objeto del presente acuerdo interinstitucional es reafirmar sus obligaciones y responsabilidades institucionales necesarias para la implementación y logro de las metas del Programa de Reducción de Emisiones por Deforestación y Degradación de los Bosques de la República Dominicana RDD+ (Programa XXXX), de conformidad con el Documento del Programa de Reducción de Emisiones de la República Dominicana (ERPD).
PÁRRAFO: De manera específica, el presente acuerdo enuncia y formaliza las funciones, requerimientos y procedimientos que LAS PARTES deben cumplir para llevar a cabo las acciones concretas de reducción de emisiones, acorde con las directrices del Marco de Gestión Ambiental y Social del Programa REDD+ (MGAS), las directrices del Plan de Distribución de Beneficios (PDB) del referido programa, y los lineamientos establecidos para presentar los reportes de seguimiento de las actividades tipo REDD+. Estos instrumentos y documentos podrán ser consultados en el portal web del Ministerio de Medio Ambiente y Recursos naturales en el siguiente enlace URL: xxxxx://xxxxxxxx.xxx.xx/xxxxxxxxx-xx-xxx-xxxxxxxxx- producto-de-la-deforestacion-y-la-degradacion-ambiental/publicaciones/
ARTÍCULO 2: Obligaciones y Responsabilidades de las Partes. Sin carácter excluyente o limitativo de las establecidas en otros artículos del presente acuerdo, LAS PARTES declaran y aceptan las obligaciones y responsabilidades indicadas a continuación:
Obligaciones y Responsabilidades de CONALECHE:
1. Identificar las federaciones, asociaciones y otros grupos organizados de productores, que como potenciales beneficiarios del Programa REDD+, puedan llevar a cabo las actividades específicas en áreas donde las actividades apoyadas resulten en la reducción de emisiones, para lo cual deberán tomar en consideración, cuando sea pertinente, las causas y tasas de deforestación y degradación forestal en dichas áreas. La Entidad Ejecutora deberá asegurarse de que las actividades propuestas sean adecuadas para responder a dichas causas y que los beneficiarios potenciales cuenten con las capacidades para llevar a cabo las actividades propuestas, de conformidad con los establecido en el Marco de Gestión Ambiental y Social del Programa REDD+ (MGAS), con las Políticas Operativas del Banco Mundial y las Salvaguardas de la CMNUCC.
2. Aplicar los instrumentos del Sistema de Registro de Iniciativas REDD+, Monitoreo, Reporte y Verificación (MRV) y el Sistema de Información de Salvaguardas (SIS), de acuerdo con los procedimientos establecidos en el Manual Operativo del Programa REDD+ y/o en los manuales de usuarios de estos.
3. Contar con la capacidad técnica en cuanto a personal, equipos e infraestructura para recopilar la información para el monitoreo, recolección y medición de datos relacionados con la reducción de emisiones.
4. Preparar y mantener medidas y acciones que permitan la verificación a través del Banco Mundial, actuando como fiduciario del Fondo Cooperativo para el Carbono de los Bosques (FCPF).
5. Cumplir con los lineamientos de gobernanza y provisión de información a beneficiarios potenciales, establecidos para la participación de las Entidades Ejecutoras en el Plan de Distribución de Beneficios (PDB), así como cumplir con los procedimientos, criterios y condiciones para la distribución y uso de los beneficios recibidos por concepto de pago por resultados establecidos en dicho PDB.
6. Suscribir arreglos institucionales entre las asociaciones o federaciones de productores para la Distribución de Beneficios, que especifiquen los tipos y proporciones en que estos serán repartidos, así como el mecanismo por medio del cual dichos beneficios serán distribuidos de conformidad con el Plan de Distribución de Beneficios.
7. Presentar los informes y reportes que requiera el Plan de Distribución de Beneficios (PDB), con la frecuencia y los formatos establecidos ante los entes de gobernanza creados y puestos en marcha para la implementación del PDB.
8. Aplicar los procedimientos y requerimientos establecidos en los Planes de Manejo Ambiental y Social (PMAS) y de las actividades y presupuestos contenidos en el Marco de Gestión Ambiental y Social (MGAS) del Programa REDD+, así como los principios sociales, medioambientales y de gobernanza, a los fines de cumplir con las Salvaguardas Ambientales y Sociales de la CMNUCC y las Políticas Operativas del Banco Mundial.
9. Proporcionar y garantizar las fuentes de información a través de mecanismos y herramientas, recursos humanos, recursos financieros, tecnológicos, incluyendo protocolos de administración, recolección, almacenamiento, procesamiento e intercambio de información relevante relacionada con el abordaje, respeto y cumplimiento de las salvaguardas ambientales y sociales y las Políticas Operativas del Banco Mundial durante la implementación de sus acciones REDD+. Esto para cumplir con el proceso de intercambio de información establecido en el Sistema de Información de Salvaguardas (SIS) y dar seguimiento a las acciones directas y actividades tipo REDD+ en las áreas priorizadas, así como contar con indicadores que servirán para el seguimiento a los beneficios y co-beneficios asociados a REDD+.
10. Contar con la capacidad técnica en cuanto a personal, equipos e infraestructura que permita cumplir con el conjunto de reglas y procedimientos que deben respetarse para la recepción, registro y manejo de las quejas, reclamos y eventualmente conflictos, a través del Sistema de Quejas, Reclamos y Manejo de Conflictos (SQRC), establecido para estos fines. En este sentido, procurar que sus dependencias territoriales tengan la capacidad para recibir y reportar las quejas a través del sistema propuesto.
11. Contribuir al establecimiento de las medidas pertinentes para identificar acciones que permitan mejorar el Sistema de Quejas, Reclamos y Manejo de Conflictos (SQRC) y evitar reclamaciones y daños futuros.
12. En el ámbito del Sistema de Quejas, Reclamos y Manejo de Conflictos (SQRC), contribuir al análisis periódico de los patrones de frecuencia y las causas de las reclamaciones, de las estrategias y los procesos utilizados para la resolución de reclamaciones y así mejorar las políticas, procedimientos y prácticas en beneficio de su rendimiento,
13. Participar en las evaluaciones periódicas que coordinará y realizará el MINISTERIO DE MEDIO
AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES, a través de su Oficina de Coordinación REDD+ (OCR), a los fines de verificar el cumplimiento de las Salvaguardas Ambientales y Sociales de la CMNUCC y las Políticas Operativas del Banco Mundial.
14. Suscribir los contratos o acuerdos con los beneficiarios o grupo de beneficiarios (federaciones/asociaciones) que determinarán las obligaciones y responsabilidades para regular entre las partes el derecho a la transferencia de titularidad de las emisiones reducidas, a través de cláusulas que estipulen las condiciones de compra venta/cesión de las mismas.
15. Asegurar entre los beneficiarios la venta, cesión y transferencia de los derechos a las reducciones de emisiones, mediante los instrumentos jurídicos establecidos y a través de la implementación y cumplimiento de los requisitos para verificación de la propiedad (para los propietarios formales) y legitimación de la tenencia informal (Poseedores), así como informar sobre las condiciones de compra venta/cesión de las mismas conforme al Plan de Distribución de Beneficios. Asimismo, asignar la retribución o beneficio en proporción a las reducciones de emisiones transferidas, conforme a las determinaciones previas tomadas por el Comité de Beneficiarios.
16. Tomar las medidas necesarias para que entre sus beneficiarios o grupos de beneficiarios (federaciones/asociaciones) incluyan la mayor proporción posible de mujeres y jóvenes, o miembros de cualquier otra población que pudiera ser considerada como vulnerable.
Obligaciones y Responsabilidades del MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES, a través su Oficina de Coordinación REDD+ (OCR):
1. Realizar el análisis de factibilidad técnica, económica, ambiental y social de los proyectos y programas seleccionados para implementar las actividades tipos REDD+.
2. Elaborar los acuerdos interinstitucionales con las Entidades Ejecutoras del Programa REDD+, necesarios para la ejecución y el logro de los objetivos estratégicos del Programa REDD+.
3. Elaborar los esquemas de los contratos o acuerdos con los beneficiarios o grupo de beneficiarios (federaciones/asociaciones) y con las Entidades Ejecutoras para la transferencia de titularidad de las emisiones reducidas, que estipulen las condiciones de compra venta/cesión de las mismas.
4. Apoyar el fortalecimiento de la capacidad institucional y técnica de las Entidades Ejecutoras para la implementación exitosas de las actividades de reducción de emisiones y afrontar el abordaje y respeto por las salvaguardas ambientales y sociales de la Estrategia Nacional REDD+.
5. Impulsar estructuras de gobernanza efectivas para la conservación del patrimonio natural en el ámbito de REDD+.
6. Fortalecer mecanismos de coordinación interinstitucional para armonizar las políticas públicas de conservación, uso sostenible y restauración de los bosques.
7. Evaluar las solicitudes de transferencias de la titularidad de las reducciones de emisiones, así como la canalización de los beneficios hacia los beneficiarios, acorde a lo establecido en el Plan de Distribución de Beneficios (PDB).
8. Brindar apoyo técnico en materia ambiental, social y de cumplimiento de salvaguardas a las Entidades Ejecutoras que implementarán los proyectos/acciones a nivel local.
9. Dar seguimiento, brindar soporte técnico y elaborar la sistematización de los reportes de monitoreo y cumplimiento de salvaguardas y monitoreo de los niveles de referencia, para la posterior alimentación del Sistema de Información de Salvaguardas (SIS) y Reporte de Salvaguardas Ambientales y Sociales, respectivamente. Incluir las evaluaciones periódicas de cumplimiento de las Políticas Operativas del Banco Mundial y otras salvaguardas a las actividades específicas, entregando retroalimentación y recomendaciones a las Entidades Ejecutoras, para todos los casos necesarios. Esto incluirá la identificación a partir de la información generada en el terreno durante la ejecución, de los eventuales vacíos o brechas normativas que surgiesen y la propuesta para su enmienda o corrección.
10. Velar por la operación e implementación del Sistema de Quejas, Reclamos y Gestión de Conflictos (SQRC), a los fines de manejar de forma clara y efectiva las quejas, reclamos o conflictos derivados de la implementación del Programa REDD+, buscando resolver y dar soluciones prácticas a las solicitudes de los actores involucrados.
11. Apoyar en la elaboración de los procedimientos que regularán las instancias de gobernanza y las normas relacionadas con el Plan de Distribución de Beneficios (PDB) propuesto; Además velar por la correcta aplicación de los principios, criterios y mecanismos de distribución de beneficios, así como del destino de los mismos.
12. Elaborar material de apoyo para la aplicación de las salvaguardas ambientales y sociales, tales como guías de buenas prácticas y contenidos mínimos para cada instrumento de gestión ambiental y social, así como el desarrollo de actividades de comunicación para sensibilizar sobre la problemática de la deforestación y la degradación de los bosques, así como proponer soluciones, logrando la participación e integración de los diferentes actores, comunidades y asociaciones de productores.
13. Servir de punto focal del Gobierno de la República Dominica en todas las interacciones con el Banco Mundial, quién actúa como fideicomisario del Fondo Cooperativo para el Carbono de los Bosques (FCPF)
ARTÍCULO 3: Seguimiento y Ejecución. CONALECHE designará un representante o punto focal que fungirá de enlace con el MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES, el cual será responsable de supervisar y vigilar el debido cumplimiento de lo establecido en el presente acuerdo, así como para conocer y resolver los asuntos derivados de su aplicación. Por parte del MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES MEDIO AMBIENTE, la Oficina de Coordinación REDD+ (OCR) es la dependencia responsable del seguimiento, coordinación y fiscalización del presente acuerdo.
PÁRRAFO: LAS PARTES quedan facultadas para sustituir a sus representantes cuando lo consideren conveniente, notificándolo, de manera oportuna, por escrito a la Parte que corresponda.
ARTÍCULO 4: Duración y Término. LAS PARTES reconocen y aceptan que el presente acuerdo tendrá una duración efectiva a partir de la fecha de suscripción del mismo y terminará el 31 de diciembre del 2025.
ARTÍCULO 5: Transferencia de Fondos. LAS PARTES reconocen y aceptan que este acuerdo no obliga a ninguna de LAS PARTES a proporcionar financiamiento de cualquier tipo a la otra, incluyendo apoyo de personal o para la recaudación de fondos.
ARTÍCULO 6: Confidencialidad. Durante la vigencia del presente acuerdo, LAS PARTES podrán tener acceso a materiales, información, estrategias, sistemas u otra información relacionada con la otra Parte y sus programas, así como elementos todos de uso interno de conformidad con las disposiciones relativas a la divulgación e intercambio de información confidencial establecidas en los “Términos y Condiciones” del Sistema de Registro de Iniciativas REDD+. Tal información no será utilizada, publicada o divulgada a cualquier persona física o jurídica, de cualquier manera, o para cualquier finalidad, salvo mediante el permiso previo y por escrito de la otra Parte; permiso que podrá ser negado por la Parte respectiva a su entera discreción.
ARTÍCULO 7: Responsabilidad. LAS PARTES se responsabilizan por las acciones u omisiones practicadas por todos aquellos involucrados en la ejecución del presente Acuerdo, aceptando la responsabilidad por la reparación de cualquier daño causado en su ejecución a la otra Parte o a terceros.
ARTÍCULO 8: LAS PARTES declaran que:
1. Todas las disposiciones legales y estatutarias requeridas para la formalización del presente acuerdo han sido debida y completamente cumplidas.
2. Son entidades debidamente organizadas y válidamente existentes, de conformidad con las leyes de la República Dominicana;
3. Las personas físicas que firman, en su nombre y representación, están provistas de plenos poderes otorgados por los órganos competentes para asumir todos y cada una de las obligaciones y responsabilidades que consagra el presente acuerdo con respecto de sus representantes.
4. La suscripción del presente acuerdo no violenta las leyes que le sean aplicables, sus normas o cualquier otro convenio realizado con terceros.
ARTÍCULO 9: Cumplimiento de las Leyes. Los términos del presente acuerdo se rigen por y serán interpretados de conformidad con las leyes de la República Dominicana. Queda convenido por LAS PARTES que para todo lo que no ha sido previsto expresamente por ellas en el presente acuerdo, se remitirán a las disposiciones del derecho común de la República Dominicana.
ARTÍCULO 10: Solución de Controversias. De presentarse controversias o posible incumplimiento de alguna de LAS PARTES durante la ejecución del presente acuerdo, éstas tratarán de resolverlo, en principio de común acuerdo, de lo contrario, se resolverá de acuerdo leyes, normas e instancias que establece el derecho común.
ARTÍCULO 11: Elección de Domicilio. Para todas las consecuencias del presente acuerdo, LAS PARTES
hacen elección de domicilio en los lugares que figuran en el encabezado del presente acuerdo.
ARTÍCULO 12: Con la firma del presente cuerdo LAS PARTES no renuncian ni traspasan ninguna de sus prerrogativas y responsabilidades establecidas por las leyes, decretos y otros instrumentos normativos del Estado dominicano.
HECHO, LEÍDO Y FIRMADO DE BUENA FE, en tres (03) originales de un mismo tenor y efecto, uno para cada una de LAS PARTES y otro para el Protocolo xxx Xxxxxxx Público actuante. En la ciudad de Xxxxx Xxxxxxx xx Xxxxxx, Distrito Nacional, República Dominicana, a los XX (XX) días del mes de XXXXXXX del año Dos Mil Veintiuno (2021).
Por el MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES Y RECURSOS NATURALES
Por el CONSEJO NACIONAL PARA LA REGLAMENTACIÓN Y FOMENTO DE LA INDUSTRIA LECHERA, (CONALECHE)
XXXXXXX XXXXX XXXX
Ministro
XXXXXX XXXXXXX XXXXXXXX XXXX
Director Ejecutivo
Yo, XXXXXX XXXXXXXX Abogado Notario Público de los del Número, Matrícula No. XXXX de la Provincia
, CERTIFICO Y DOY FE que las firmas puestas en el presente documento fueron puestas libre y voluntariamente en mi presencia por el Señor(a) XXXXXXX XXXXXX, de generales y calidades que constan en el presente acto, quien me ha declarado bajo la fe del juramento que la firma que antecede es la misma que acostumbra a usar en todos los documentos de su vida pública y privada, por lo que merecen entera fe y crédito. Xx , Xxxxxxx , Xxxxxxxxx , Xxxxxxxxx , Xxxxxxxxx Xxxxxxxxxx, a los XX (XX) días del mes de XXXXXXX del año dos mil veintiuno (2021).