CONTRATO DE MUTUO Y FIANZA SOLIDARIA
CONTRATO DE MUTUO Y FIANZA SOLIDARIA
Reunidos en la ciudad de Managua, la Asociación del Fomento al Desarrollo de Nicaragua. AFODENIC Sucursal Managua, el día «entrelet». NOSOTROS, «ma_nombre», Mayor de edad, «estadociv», «profesion» con domicilio «ma_direcci» quien se identifica con Cédula de Identidad Número «ma_cedula», QUIEN SE DENOMINARA EL DEUDOR, el señor
«fa_nombre», Mayor de edad, «fa_ocupac1», con domicilio «fa_direcci», quien se identifica con cedula de identidad numero «ma_cedula2» quien en lo Sucesivo se denominara EL FIADOR y XXXXXXXXX XXXXXX XXXXXXX XXXXXXX, Licenciado en Economía, mayor de edad, casado, de este domicilio, con Cédula de Identidad Número 121-200461-0002U, en representación de AFODENIC QUIEN SE DENOMINARA EL ACREEDOR. Los que demuestran tener capacidad legal para contratar y obligarse y especialmente para ejecutar este acto, en el que lo hacen de la siguiente forma: a) el primer compareciente confiesan actuar en su propio nombre y representación b) el segundo compareciente lo hace en su carácter de Apoderado General de Administración de la Asociación para el Fomento al Desarrollo de Nicaragua (AFODENIC), con domicilio en la República de Nicaragua; Asociación debidamente constituida conforme las leyes de la República de Nicaragua en Escritura Pública Número Seis, Constitución de Asociación Civil sin fines de Lucro, autorizada en esta ciudad, a las doce meridiano del día once de Septiembre de mil novecientos noventa y ocho por la Notario Xxxxx Xxxxx Xxxxxx Xxxxxx xx Xxxxxxx; con Personalidad Jurídica le fue otorgada según Decreto de la Honorable Asamblea Nacional Número Dos mil ciento ochenta y tres (2183), y publicado en La Gaceta Diario Oficial Número Ciento cinco del tres xx Xxxxx de mil novecientos noventa y nueve y Estatutos publicados en La Gaceta Diario Oficial Número Doscientos doce
(212) del cinco de Noviembre de mil novecientos noventa y nueve; “ Constancia de Cumplimiento. El suscrito Director del Departamento de Registro y Control de Asociaciones del Ministerio de Gobernación de la República de Nicaragua Hace constar que la entidad Nacional denominada “ASOCIACIÓN PARA EL FOMENTO AL DESARROLLO DE NICARAGUA” (AFODENIC), se encuentra debidamente inscrita bajo el numero perpetuo un mil cuatrocientos diecinueve (1,419), del Folio número un mil setecientos sesenta y cuatro al folio un mil setecientos ochenta (1,764-1,780) Tomo IV, Libro Quinto (5), del Registro que este departamento tiene a su cargo.- La entidad antes mencionada ha cumplido con los requisitos establecidos en el artículo 13 de la Ley No. 147 incisos e), f) y g) “LEY GENERAL SOBRE PERSONAS JURÍDICAS SIN FINES DE LUCRO”, publicada en la Gaceta, Diario Oficial No. 102 del 29 xx xxxx de 1992. – Por tanto la entidad antes señalada goza de plena capacidad para ejercer sus derechos y contraer obligaciones de acuerdo a sus fines y objetivos.- Dado en la ciudad de Managua, República de Nicaragua a los veintinueve días del mes de enero del año dos mil quince, válida hasta el día treinta y uno de diciembre del año dos mil quince.- Firma ilegible del Doctor Xxxxxxx X Xxxxxx Xxxxxx.- Director, hay un sello del Ministerio de Gobernación” es conforme. A si mismo dicha entidad se encuentra inscrita ante la Comisión Nacional de Micro finanzas, Resolución número CD-CONAMI-010-10DIC03-2012, del tres de Noviembre del año Dos mil doce y publicado en la Gaceta Diario Oficial, Numero Dieciséis (16) del veintiocho de enero del año dos mil trece. Acredita su Representación con Escritura Pública Número diecisiete, Poder General de Administración autorizada en la ciudad de Managua, Departamento de Managua, a las diez de la mañana del cuatro xx Xxxxxx del año dos mil doce, por el Notario Xxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxx, la cual se encuentra inscrita bajo Número quinientos cincuenta y uno (551), páginas cero nueve, diez, once y doce, Tomo seis (VI), Libro Tercero, Libro de Poderes Administrativos, del Registro Público de Chontales. Doy fe que dichos documentos confieren al compareciente facultades suficientes para el otorgamiento de este acto. Habla EL DEUDOR y dice: PRIMERA (MUTUO Y OBJETO DEL CREDITO ) Que por medio de este instrumento Público acepta de AFODENIC un crédito en calidad de MUTUO por la suma de «montoletra», «ma_monto» el cual será destinado para «s28_qnegoc», cantidad que se obliga a pagar, en esta misma moneda a El AFODENIC, en la forma de pago abajo mencionada, con sus respectivos intereses devengados y mantenimiento de valor desde la fecha de desembolso hasta la total cancelación del presente crédito, según consta en el Plan de pago y Resumen Informativo que forma parte del presente contrato.- SEGUNDA (MONEDA, MANTENIMIENTO DE VALOR) la moneda de la obligación xxx xxxxxxxx será en Córdobas, el cual mantendrá su valor con respecto al Dólar de los Estados de Unidos de América, en caso de producirse una modificación en el tipo oficial de cambio xxx Xxxxxxx con respecto al Dólar de los Estados Unidos, el monto de la obligación se ajustará en la misma proporción de la modificación operada, según la ley 732.- TERCERO (PLAZO, FORMA DE PAGO, LUGAR DE PAGO),: Que para el pago y cancelación total del principal e intereses del crédito relacionado en la clausula primera se estable un plazo de «ma_plazo» meses contados a partir del desembolso del presente crédito, se considerará fecha de desembolso el día que se dio de alta en nuestro sistema de información lo que acepta expresamente el deudor. La
forma de pago xxx xxxxxxxx será en cuotas mensuales, que contendrá pagos de principal, Intereses Corrientes, más deslizamiento de la moneda nacional con respecto al dólar de los Estados Unidos de América contadas a partir del desembolso xxx xxxxxxxx comenzando a pagar la primera cuota el día «ma_fecprip» y pagando la ultima cuota el día «fecha_venc» conforme al plan de pagos que ha sido entregado al cliente. Los pagos derivados de este contrato deberá efectuarlos el deudor en las cajas ubicadas en las sucursales y ventanillas de AFODENIC mediante efectivo o bien mediante depósito en efectivo en las cuentas bancarias de AFODENIC cuyos números de cuenta se proporcionaran para tales efectos. Los pagos o abonos que el deudor realice al presente préstamo, AFODENIC los aplicará en el siguiente orden: a) Costos y gastos de recuperación extrajudicial o judicial; b) a los intereses moratorios que pudieran existir; c) gastos que pudieren proceder conforme a lo estipulado en este contrato;
d) comisiones que pudieren proceder conforme a lo estipulado en este contrato; e) a los intereses corrientes adeudados; f) a la amortización al principal. Que la cuota establecida podría variar en dependencia de la fecha en que pague el deudor, esto debido a cargos o intereses moratorios si aplicasen. Al vencimiento de este contrato el deudor se obliga a cancelar por completo cualquier saldo pendiente de principal e intereses devengados y demás gastos conexos que no hayan sido pagados con anterioridad. EL ACREEDOR podrá reclamar los daños y perjuicios ocasionados por el incumplimiento de este crédito, así como los gastos y honorarios judiciales y extrajudiciales diferidos a la promesa estimatoria de EL ACREEDOR. CUARTA (INTERESES CORRIENTES, COMISIONES): El deudor pagara por el crédito otorgado una tasa de interés corriente fija de <<<…Monto en cifras y porcentaje…%>>> anual sobre saldos insolutos.- Los intereses se devengarán sobre una base diaria, calculados en base a un año de 365 días y en igual medida el deudor deberá reconocer el mantenimiento al valor del presente mutuo, el que se cobrará y pagará conforme la tasa de cambio que emita el Banco Central de Nicaragua con respecto al deslizamiento xxx xxxxxxx frente a la moneda Dólar de los Estados Unidos de Norteamérica. El deudor pagará el <<<… Monto en letras y porcentaje...%...>>> de comisión por desembolso correspondiente a gastos legales y administrativos del desembolso xxx xxxxxxxx las cuales serán pagadas de una vez.- QUINTA: (INTERESES MORATORIOS): El deudor en caso de incumplimiento al pago de la cuotas de principal, más sus intereses corrientes y mantenimiento al valor se compromete a pagar un interés moratorio <<<En letras y porcentaje…%>>> anual adicional a la tasa de interés corriente pactada, la cual se devengará sobre una base diaria, calculados en base a un año de 365 días. La xxxx se calculará a partir de la falta de pago en la fecha que correspondería según cronograma de pago sin necesidad de requerimiento judicial o extrajudicial y será calculada sobre la porción de capital en xxxx. Expresamente el deudor acepta que incurrirá en xxxx por falta de pago en las fechas estipuladas en el plan de pago. SEXTA: GASTOS Y HONORARIOS: EL Deudor se compromete a pagar todos aquellos gatos que incurre AFODENIC con terceros a cuenta del cliente para brindar servicios adicionales y/o complementarios y gestiones esenciales a las operaciones del microcrédito contratado y que de acuerdo a lo pactado serán trasladados al cliente como honorarios por gestión de cobranza administrativa, cobro extrajudicial, honorarios por gestión de cobro judicial y seguros, bajo la promesa estimatoria de AFODENIC.- SEPTIMA: GASTOS POR COBRO JUDICIAL, en caso de cobro judicial, el deudor, reconocerá y pagará todos los gastos y honorarios incurridos, bajo la promesa estimatoria de AFODENIC.- OCTAVA: (FIANZA) Por su parte manifiesta
«fa_nombre» que para garantizar el préstamo, intereses, costas, gastos, y honorarios judiciales y extra judiciales de la presente obligación se constituye FIADOR SOLIDARIO, codeudor solidario y principal pagador de EL DEUDOR, en los términos de esta escritura y en los mismos términos y condiciones que EL DEUDOR, respecto a las disposiciones del presente contrato, renunciando al beneficio de excusión u orden hasta el efectivo y total pago de la obligación, y aunque medien prorrogas o esperas, aceptando como propias, todas y cada una de las cláusulas consignadas en este acto, especialmente las relativas a las renuncias legales hechas por EL DEUDOR. NOVENA: (PAGO ANTICIPADO) El Deudor podrá en cualquier momento dentro del plazo estipulado del vencimiento del crédito, efectuar pagos anticipados de las cuotas o saldos en forma parcial o total, con la consiguiente liquidación de intereses al día de pago sin ninguna penalidad, solamente los gastos de cancelación correspondiente si lo hubiere. En caso de pagos anticipados se calcularan nuevamente los intereses pudiendo disminuir el monto de las cuotas o el plazo de pago.- DECIMA: (SEGURO SOBRE SALDO DEUDOR) Con el objetivo de mitigar el riesgo de impago por parte del deudor a causa de fallecimiento, se ha informado de forma previa, clara y detallada al DEUDOR sobre el convenio que AFODENIC ha suscrito con la Compañía de Seguros ASSA para proteger el saldo deudor de todos los clientes de AFODENIC, así como de las coberturas, exclusiones, primas y formas de pago para este seguro. Habiendo informado y detallado los beneficios del seguro, El Deudor expresa su voluntad de adherirse a la Póliza colectiva de vida deudores que AFODENIC ha contratado con ASSA Compañía de Seguros, bajo las siguientes condiciones: