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REF.:IMPARTE INSTRUCCIONES SOBRE SISTEMA DE GESTIÓN DE RIESGOS DE LAS ASEGURADORAS Y EVALUACIÓN DE SOLVENCIA DE LAS COMPAÑÍAS POR PARTE DE LA SUPERINTENDENCIA. DEROGA NCG N°130, DE 2002.
A todas las entidades aseguradoras y reaseguradoras
Esta Superintendencia, en uso de sus facultades legales, en especial lo dispuesto en la letra b) del artículo 3° del DFL N°251, de 1931, y en letras a) y d) del artículo 4° del DL N°3.538, de 1980, ha resuelto impartir las siguientes instrucciones relativas al Sistema de Gestión de Riesgos de las Aseguradoras y la Evaluación de Solvencia de las compañías por parte de la Superintendencia.
I. INTRODUCCION.
Con el propósito de cumplir de mejor forma su misión como organismo supervisor xxx xxxxxxx de seguros en Chile, la Superintendencia (SVS) ha realizado un proceso de revisión de sus sistemas de supervisión. A partir del análisis de la experiencia y recomendaciones internacionales en materia de regulación de seguros, en especial de la IAIS, OECD, Banco Mundial y FMI, la Superintendencia adoptó la decisión de modernizar su enfoque de supervisión, considerando para ello un modelo de supervisión basada en riesgos.
En este contexto, la presente norma establece principios y buenas prácticas de gestión de riesgos en las aseguradoras. Si bien su implementación puede adoptar modalidades diferentes en las distintas compañías, estos principios y buenas prácticas servirán de base para la evaluación del nivel de solvencia en las compañías, que la Superintendencia llevará a cabo en el marco de la aplicación del nuevo modelo de supervisión basada en riesgos. La evaluación del nivel de solvencia será considerada por la Superintendencia en la definición de sus políticas, planes y prioridades de supervisión respecto de cada aseguradora. Asimismo, la presente norma informa la metodología de evaluación de solvencia que la Superintendencia aplicará en el proceso de evaluación.
Los principios y conceptos de gestión de riesgos señalados en la presente norma, serán ponderados en la evaluación de la Superintendencia, de acuerdo a la realidad de cada compañía, reconociendo la naturaleza, alcance, complejidad y perfil de sus negocios. De esta manera, y en consonancia con lo ya señalado, la aplicación de estos principios o conceptos pueden adoptar modalidades distintas en cada aseguradora, lo que será tomado en cuenta por la Superintendencia en su evaluación.
La efectividad de los sistemas de gestión de riesgos en las compañías dependerá en gran medida de una participación activa del directorio en la definición de las políticas, procedimientos y controles generales asociados al funcionamiento de este sistema. Por lo anterior, la presente norma se enmarca en el contexto de la aplicación de adecuados principios de gobierno corporativo en las compañías, considerando para ello las definiciones y principios establecidos en la NCG N°309, de 2011.
II. CONCEPTOS GENERALES.
Para efectos de esta norma se entenderá por Sistema de Gestión de Riesgos de las aseguradoras (SGR), un sistema formalmente establecido que considere al menos:
a) La Estrategia de Gestión de Xxxxxxx, fijada por el directorio de la compañía. Esta estrategia es un documento escrito que describe en términos generales la gestión de riesgos de la aseguradora. Debe cumplir con lo establecido en la NCG N°309, de 2011, en particula r lo señalado en el N°1 del Título IV.
La Estrategia de Gestión de Xxxxxxx deberá contemplar a lo menos:
i) Describir los elementos claves del SGR, incluyendo la definición de apetito o tolerancia al riesgo de la compañía, las políticas y procedimientos generales del sistema, los diferentes tipos de riesgos evaluados y las funciones, roles y responsabilidades gerenciales y del directorio en el funcionamiento de este sistema.
ii) Describir la forma en que la estrategia definida propende a la mantención de una gestión de riesgos sana y prudente, y es acorde al tamaño, complejidad y perfil de negocios de la compañía.
iii) Describir los mecanismos de control a los cuales se sujeta el SGR, a objeto de una efectiva y periódica revisión del sistema por parte de personal operativamente independiente y apropiadamente calificado, y la frecuencia y alcance de esta revisión, considerando además una descripción de los sistemas de control interno de la compañía, asociados a la función de gestión de riesgos.
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iv) Tratándose de aseguradoras que pertenezcan a un grupo o conglomerado financiero o empresarial, local o internacional, y por lo tanto, expuestas a riesgo de grupo, la estrategia de gestión de riesgos deberá contemplar además:
• Un resumen de los objetivos y estrategia de negocios y de gestión de riesgos del grupo.
• Indicar si la estrategia de gestión de riesgos de la aseguradora se vincula, total o parcialmente a la estrategia global del grupo, y describir la relación entre ambas especificando sus principales diferencias.
• Describir el proceso de monitoreo y reporte entre la aseguradora y su casa matriz.
• Cuando existan elementos de la estrategia que sean monitoreados por la casa matriz u otra entidad en el grupo, describir cómo se lleva a cabo.
• Cuando la aseguradora sea parte de un grupo asegurador internacional, incluir un resumen de la regulación y supervisión relativa a la gestión de riesgos a la cual la casa matriz se encuentra sometida, identificando además la autoridad supervisora respectiva.
La Estrategia de Gestión de Riesgos deberá ser revisada al menos anualmente y cada vez que existan cambios relevantes en las operaciones de la aseguradora. La Estrategia de Gestión de Riesgos establecida por la compañía deberá ser enviada a la Superintendencia cada vez que se modifique, a más tardar 10 días hábiles a contar de la aprobación de estos cambios por parte del directorio.
b) Las políticas y procedimientos específicos definidos para identificar, evaluar, mitigar y controlar los diferentes tipos de riesgos a los que se ve expuesta la compañía, incluyendo la definición de las responsabilidades administrativas asociadas a éstos, identificando personas y roles asociados. Las políticas y procedimientos específicos deben establecerse por escrito, y estar siempre sujetas a su aprobación previa por parte del directorio. Asimismo, deben ser revisadas al menos anualmente y adaptadas a la luz de cualquier cambio significativo en el ambiente interno o externo.
Las políticas y procedimientos específicos de gestión de riesgos deben estar disponibles para la revisión de la Superintendencia, cuando ésta la solicite.
Para la definición de su estrategia y las políticas y procedimientos específicos de gestión de riesgos, las aseguradoras deberán tener en consideración los principios señalados en el Título III siguiente.
Las políticas generales de administración a las que se refiere el artículo 17 del DFL 251, de 1931, forman parte del Sistema de Gestión de Riesgos de la compañía. Por otra parte, la Circular N°2.022, de 2011, incluye e n su Anexo 4: Revelaciones, una nota referida a administración de riesgos y control interno. Dicha circular y la presente norma, en conjunto, comprenden lo dispuesto en el artículo 17 del DFL 251, de 1931.
III. PRINCIPIOS DEL SISTEMA DE GESTION DE RIESGOS.
La base del negocio de las aseguradoras es la aceptación y gestión de los riesgos transferidos por individuos, empresas u otras entidades. Por lo anterior, un conocimiento profundo de los distintos tipos de riesgos, sus características e interdependencias, las fuentes de riesgo y su potencial impacto en el negocio de las aseguradoras, es esencial para éstas.
Las compañías deben ser capaces de demostrar una profunda comprensión de los riesgos a los que están expuestas y su capacidad para administrarlos. La Superintendencia por su parte evaluará cómo la compañía asume los riesgos e implementa sanas prácticas para su gestión. La forma en que la Superintendencia llevará a cabo esta labor se detalla en el Título IV siguiente.
El objetivo de un SGR no es eliminar el riesgo, sino administrarlo dentro de una estructura que incluye límites autoimpuestos por la compañía, en función de su tolerancia al riesgo y su situación patrimonial. Los límites deben ser cuidadosamente definidos en consideración a los objetivos corporativos de la aseguradora y teniendo en cuenta un amplio rango de posibles escenarios adversos futuros, sin perder de vista la necesidad de contar siempre con recursos financieros suficientes para cumplir sus compromisos con los asegurados.
A continuación se resumen los principios que las aseguradoras deberían tener en consideración al momento de establecer sus SGR, divididos en aspectos generales del proceso de gestión de riesgos y aspectos relativos a la gestión de algunos riesgos específicos a los que se ve expuesta la compañía. Los principios señalados representan una guía para el establecimiento del SGR en las aseguradoras. Es responsabilidad de las aseguradoras definir el SGR que sea más adecuado a la naturaleza de sus negocios y considerar en la aplicación de los principios que se indican las particulares circunstancias a las cuales se ve expuesta.
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1. Proceso de Gestión de Riesgos.
Los sistemas de administración de riesgos están compuestos, en términos resumidos, de políticas y procedimientos para identificar, evaluar, mitigar, y controlar los riesgos. Los principales elementos de este proceso se resumen a continuación.
1.1 Identificación y Evaluación de los Riesgos.
El SGR debe ser capaz de identificar y evaluar en términos cuantitativos, los diferentes tipos de riesgos a los que la compañía está expuesta, bajo una base amplia de posibles resultados asociados a cada riesgo, utilizando técnicas y metodologías acordes a la naturaleza, tamaño y complejidad de sus negocios, que le permitan una adecuada gestión de sus riesgos y el capital de la aseguradora, para propósitos de solvencia.
La aseguradora debe ser capaz de identificar las causas que generan los diferentes riesgos, su impacto en la compañía y las relaciones entre las distintas exposiciones. Este proceso le permite a la compañía identificar debilidades en sus sistemas operacionales, de gestión y de control, y a través de ello perfeccionar sus procedimientos y técnicas para la administración de los riesgos.
Al evaluar la relación entre los distintos riesgos, la compañía debe considerar las correlaciones que se pueden producir entre éstos, teniendo en especial consideración la situación de escenarios de crisis o la ocurrencia de eventos catastróficos, donde dichas correlaciones pueden intensificarse. Por ejemplo, un evento catastrófico puede afectar la siniestralidad de la compañía y a su vez el riesgo asociado a los activos de la aseguradora. Las compañías deben estar preparadas para responder adecuadamente ante tales situaciones.
La evaluación o medición de los riesgos debe efectuarse sobre la base de apropiadas técnicas y metodologías para su modelación, con un enfoque cuantitativo y prospectivo. El nivel de riesgo en términos simples será una función de su impacto en la aseguradora y la probabilidad de que dicho riesgo se materialice. Existen variadas técnicas para la medición y cuantificación de los riesgos. Es responsabilidad de la compañía seleccionar las técnicas y modelos que sean más apropiados a cada tipo de riesgo y al tamaño y complejidad de sus operaciones, considerando además la disponibilidad de datos para su modelación. Por ejemplo, los riesgos de características catastróficas (alto impacto y baja probabilidad de ocurrencia) en general requieren de diferentes modelos de medición respecto de aquellos de bajo impacto y alta frecuencia.
Algunos aspectos que se deberían considerar al establecer los modelos de cuantificación de los riesgos son los siguientes:
a) Los modelos de medición de riesgos deben tener una base económica y prospectiva. En general los modelos toman en cuenta la distribución de flujos de caja futuros proyectados y están asociados a un nivel de confianza en las estimaciones de potenciales pérdidas asociadas a los diferentes riesgos. Debe evitarse la definición de modelos sobre bases puramente contables.
b) Los modelos deben basarse en datos fidedignos y suficientes para su adecuada construcción. Las compañías deberían generar bases de datos que les permitan soportar el desarrollo de sus modelos de medición de riesgos, ya sea con información interna como externa.
c) La medición de los riesgos debe efectuarse en forma sistemática y consistente en el tiempo. El proceso de medición de riesgos debe efectuarse regularmente y manteniendo la consistencia del modelo, de modo que variaciones en los resultados obtenidos puedan ser oportunamente explicadas.
d) Independientemente del nivel de sofisticación del modelo, debe tenerse en cuenta que éstos son aproximaciones de la realidad y por lo tanto siempre están sujetos a un margen de error en sus resultados. En este sentido, los modelos generan un riesgo en sí mismos, asociado a los supuestos, parámetros y metodologías para la medición del riesgo (conocido como “riesgo del modelo”). Si no es cuantificado, al menos la compañía debe reconocer en su SGR la existencia de este riesgo y entender adecuadamente su alcance.
e) Cuando no existan suficientes datos para cuantificar un riesgo, por ejemplo, en el caso del riesgo operacional, el modelo debe considerar aspectos cualitativos para evaluar el tamaño de la exposición al riesgo, los cuales deben ser suficientemente detallados y explicitados para que el análisis sea útil desde el punto de vista de la gestión de estos riesgos. La compañía debe en estos casos asegurarse que eventos que pueden resultar en altos costos para ella, se encuentran debidamente incorporados al modelo.
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f) Debe considerarse la utilización de pruebas de estrés y análisis de escenarios como complemento de los modelos desarrollados, para validar y entender mejor las limitaciones de estos modelos. Lo anterior es particularmente relevante en riesgos difíciles de modelar. Estas pruebas miden el impacto financiero de una situación de estrés respecto de uno o relativamente pocos factores de riesgo que afectan a la compañía. El análisis de escenarios considera el impacto en la aseguradora de una combinación de circunstancias, por ejemplo, reflejando en la situación actual escenarios históricos extremos observados en el pasado. Estos análisis pueden llevarse a cabo sobre la base de un número de escenarios específicos seleccionados (análisis determinístico) o usando modelos de simulación de muchos posibles escenarios y derivar una distribución estadística de los resultados (análisis estocástico).
Tratándose de aseguradoras que pertenecen a grupos aseguradores, financieros o empresariales, locales o internacionales, el SGR debe incorporar la medición del riesgo derivado de la pertenencia de la compañía a dicho grupo, por ejemplo riesgo de contagio, riesgo por inversiones o transacciones con empresas relacionadas o riesgos operacionales asociados a contratos de outsourcing con empresas del grupo.
1.2 Mitigación y Control de los Riesgos.
El SGR debe contemplar las políticas y procedimientos específicos para la mitigación y control de los riesgos a los cuales está expuesta la compañía, tanto a nivel de su estrategia de negocios como de sus operaciones diarias. Algunos aspectos a considerar en relación a esta materia son:
a) El SGR debe describir con detalle la forma en que la compañía administra y mitiga sus riesgos. Entre otros aspectos se deberían contemplar:
i. Límites y restricciones de retención o exposición para cada uno de los diferentes tipos de riesgos y para la compañía a nivel agregado (tolerancia al riesgo). El establecimiento de los límites de exposición, define el nivel de riesgo que la compañía está dispuesta y es capaz de asumir, y debe transmitirse en forma clara y precisa a los niveles operacionales de la compañía, de modo que sea integrada a su operación diaria.
ii. Estrategias de cobertura de riesgo, incluyendo el reaseguro, el uso de productos derivados u otros mecanismos o herramientas de transferencia de riesgos. La efectividad de la transferencia de riesgo debe ser cuidadosamente evaluada, de modo que el riesgo no se revierta hacia la compañía. De igual forma, debe tenerse en consideración la posibilidad que la transferencia de riesgos genere nuevos riesgos (por ejemplo, riesgos legales o de la contraparte).
iii. Políticas de gestión de activos y pasivos (ALM). El SGR debe contemplar explícitamente una política xx XXX, que claramente especifique la forma en que la compañía administra los riesgos de activos y pasivos en forma coordinada y consistente. Especial consideración debe darse a la interrelación entre las actividades de tarificación y suscripción de riesgos, las de inversión y las de desarrollo de productos. La política xx XXX debe reconocer la interdependencia entre activos y pasivos y la correlación entre los riesgos de los distintos activos y productos o líneas de negocio.
b) El SGR debe contemplar mecanismos de monitoreo y control que garanticen que las políticas y estrategias de mitigación se cumplen adecuadamente. Entre otros deberían considerarse los siguientes aspectos:
i. Se deben establecer procedimientos y métodos específicos para el monitoreo continuo del nivel de exposición de la compañía a los diferentes tipos de riesgos, revisando regularmente el nivel de exposición observado y comparando dicho nivel con las políticas, limites de exposición o restricciones previamente establecidos. La frecuencia de las mediciones aplicadas dependerá del tipo y tamaño del riesgo, y de los cambios esperados o variabilidad de la exposición.
ii. El SGR debe definir claramente las responsabilidades gerenciales y del personal, y los requerimientos de documentación, autorizaciones, rendición de cuentas, reportes, etc, asociados a
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las actividades claves en la compañía en términos de gestión de riesgos. Los requerimientos deben ser fijados para cada departamento o función.
iii. El SGR debe considerar mecanismos para garantizar que las personas que tienen roles relevantes en materia de gestión de riesgos, tengan los conocimientos y experiencia necesarios y se les hayan definido en forma precisa los objetivos perseguidos en materia de gestión de riesgos.
iv. Como parte del SGR, debe establecerse un efectivo sistema de información, que permita a la administración y al directorio, cuando corresponda, estar informado de la posición de riesgo de la compañía, de cualquier circunstancia que pueda afectar dicha posición, interna o externa, y de las eventuales desviaciones respecto de los límites y restricciones establecidas. El sistema de información debe reportar datos fidedignos, oportunos y relevantes para la toma de decisiones, y permitir a la administración evaluar el funcionamiento general del SGR.
v. El sistema debe considerar mecanismos para monitorear el cumplimiento de los controles establecidos y procedimientos para tratar los incumplimientos detectados. Esta función de control debe ser independiente de las funciones de línea para evitar potenciales conflictos de interés, y realizada por personal capacitado, con recursos y autoridad suficientes. Esta función puede ser realizada por la unidad de auditoría interna de la compañía, en cuyo caso se deben fijar claramente objetivos, metodología y alcance de las revisiones asociadas específicamente al SGR.
1.3 Revisión y Actualización del SGR.
El funcionamiento del SGR debe ser periódicamente revisado y evaluado. Asimismo, eventos internos o externos pueden generar cambios que hagan necesario reevaluar el sistema. El SGR debe entonces contemplar mecanismos que permitan incorporar nueva información, como por ejemplo nuevos riesgos derivados de cambios en las condiciones xx xxxxxxx, cambios legales, nuevas líneas de negocios o nuevas inversiones. Estos mecanismos deben ser parte del sistema y operar sobre una base regular, a objeto de mantener una retroalimentación permanente y oportuna sobre el funcionamiento del sistema.
La retroalimentación permite a la compañía actualizar su SGR, perfeccionando sus modelos de medición, cambiando límites o niveles de tolerancia al riesgo y mejorando sus políticas y procedimientos de mitigación y control de estos riesgos.
La revisión del sistema debe contemplar también una evaluación de la suficiencia de los recursos asignados a su operación, tanto recursos gerenciales como financieros y de las necesidades futuras de éstos.
2. Gestión de Riesgos Específicos.
Las aseguradoras se encuentran expuestas a una amplia variedad de riesgos. A continuación se exponen algunos principios que deberían ser considerados por las compañías en la definición de su SGR, respecto de los principales tipos de riesgos a los que se ven expuestas.
La definición de estos riesgos y los principios señalados es acotada y sólo constituyen una guía para la compañía; en ningún caso la libera de su responsabilidad en cuanto a incorporar al SGR todos aquellos riesgos y elementos que para su situación particular sean relevantes.
2.1 Riesgo de Crédito.
2.1.1 Definición.
El riesgo de crédito corresponde al riesgo de incumplimiento de deudores y contrapartes de la compañía, y el riesgo de pérdida de valor de los activos, debido a un deterioro en la calidad de crédito de éstos. La exposición al riesgo de crédito deriva de las transacciones de la aseguradora con, entre otros, emisores de instrumentos financieros, deudores de créditos, asegurados, reaseguradores e intermediarios.
2.1.2 Gestión del Riesgo de Crédito.
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Algunos aspectos que se deberían contemplar en el SGR, respecto del riesgo de crédito, son los siguientes:
a) Una política que establezca el rango aceptable de calidad de crédito de las contrapartes y de diversificación de la exposición al riesgo de crédito. Las compañías pueden usar la clasificación de riesgo del emisor o instrumento como un insumo en su SGR, pero no deben descansar exclusivamente en esta información para la gestión del riesgo de crédito. En este sentido, como complemento a la clasificación de riesgo, las aseguradoras deberían llevar a cabo sus propios análisis de riesgo de crédito.
b) Límites de exposición al riesgo de crédito o diversificación por:
i) Contrapartes individuales y grupos de contrapartes relacionados.
ii) Grupo económico al que pertenece la aseguradora, si corresponde (exposición en transacciones relacionadas).
iii) Sectores industriales y económicos.
iv) Distribución geográfica.
c) Procedimientos para:
i) Actualizar e introducir cambios en la política y límites de exposición definidos.
ii) Aprobar excesos temporales o excepcionales y plazos máximos para éstos.
iii) Reducir límites o excluir una contraparte, cuando ésta presente problemas.
iv) Controlar y monitorear el cumplimiento de los límites establecidos.
d) Un sistema de información que permita agregar la exposición por contraparte o grupo de contrapartes, tipos de activos, industrias o sectores económicos, región geográfica, etc, de una forma oportuna y clara.
e) Un procedimiento para reportar a la administración y directorio sobre los niveles de exposición al riesgo de crédito, concentraciones de riesgo y excesos sobre los límites definidos.
2.1.3 Riesgo de Crédito en Contratos de Reaseguro.
Considerando la relevancia que tiene el reaseguro en la gestión de los riesgos técnicos de la compañía, las aseguradoras deberían mantener sistemas de evaluación del riesgo de crédito asociado a sus reaseguradores y corredores de reaseguro, según sea el caso. La naturaleza y extensión de esta evaluación puede variar dependiendo del tipo e importancia de la relación con el reasegurador.
La evaluación del reasegurador puede apoyarse en terceros, tales como corredores de reaseguro, clasificadores de riesgos y prensa especializada, pero la información que estas entidades proporcionan no reemplaza el análisis que debe efectuar la aseguradora por sí misma. Debe evitarse una sobredependencia respecto de la información que estas entidades entregan.
Si la cobertura de reaseguro es obtenida a través de un intermediario, la compañía debe evaluar el riesgo de crédito y operacional involucrado en este tipo de transacciones.
Algunos aspectos que se deberían considerar en la evaluación del reasegurador son los siguientes:
a) Estructura legal y regulatoria:
i) Existencia legal de la reaseguradora.
ii) Principales aspectos de la regulación y supervisión en su país de origen.
iii) Régimen de solución de controversias en los contratos de reaseguro.
b) Estructura de propiedad del reasegurador, apertura a bolsas de valores (sociedades abiertas o cerradas), pertenencia a grupos o conglomerados financieros.
c) Información financiera, proveniente de distintas fuentes, en materias tales como:
i) Primaje bruto y neto.
ii) Siniestralidad bruta y neta
iii) Resultados
iv) Reservas técnicas y solvencia
v) Inversiones
2.2 Riesgo xx Xxxxxxx.
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2.2.1 Definición.
El riesgo xx xxxxxxx comprenderá:
a) Riesgo de Precios, que corresponde al riesgo de pérdidas por fluctuaciones de los precios xx xxxxxxx de la cartera de activos de la compañía. La exposición a este riesgo deriva de fluctuaciones de precios de inversiones xx xxxxx variable (por ejemplo acciones, fondos mutuos o de inversión), monedas, tasas de interés y bienes raíces, entre otros.
b) Riesgo de Descalce, que deriva de los movimientos adversos en el valor relativo de activos y pasivos, debido a cambios en las tasas de interés, monedas y otros factores. Se produce cuando existe un descalce entre activos y pasivos.
c) Riesgo de Reinversión. Se presenta fundamentalmente en aseguradoras del segundo grupo que tienen obligaciones por rentas vitalicias del D.L. N°3.500 , de 1980 y deriva del descalce en plazos. El riesgo de reinversión se genera cuando los pasivos se emiten a una tasa fija garantizada (tasa de venta de la renta vitalicia) y el plazo al vencimiento de los activos es menor al plazo al vencimiento de los pasivos, lo que produce la necesidad de reinvertir los flujos de activos futuros a una tasa de interés incierta. El riesgo se genera por la posibilidad de escenarios futuros de tasas de interés menores a las comprometidas en sus obligaciones.
2.2.2 Gestión del Riesgo xx Xxxxxxx.
Algunos aspectos que se deberían contemplar en el SGR respecto del riesgo xx xxxxxxx son los siguientes:
a) Una política que establezca el objetivo de la inversión que efectúa la compañía y la estrategia de inversión definida. La estrategia de inversión debe considerar clases de activos, distribución de las inversiones (“asset allocation”), referencias de retorno o “benchmarks”, límites de concentración o restricciones de inversión y niveles máximos de exposición al riesgo de la cartera de inversiones, entre otros aspectos. La estrategia de inversión debe considerar la situación patrimonial de la compañía, los requerimientos de liquidez, y los retornos esperados, volatilidades y correlación entre las distintas clases de activos, entre otros aspectos.
b) La estrategia de inversión debe ser formulada teniendo en cuenta la política xx XXX definida por la compañía, en particular el nivel de calce en términos de plazos y monedas entre activos y pasivos, fijado como objetivo.
c) Debe considerarse una política explícita para la gestión de productos derivados, considerando lo establecido en la NCG N°200 de 2006 o la que la mod ifique o reemplace.
d) Xxxx considerarse una política explícita para la gestión del riesgo de reinversión en el caso de seguros xx xxxxx vitalicia del DL N°3.500, de 1980.
e) Una definición clara de las responsabilidades de individuos y comités (ejemplo comité de inversiones) en la implementación de la estrategia de inversión, y en el monitoreo y control de los riesgos de las inversiones, incluyendo líneas de reporte y delegación de poderes para la autorización de las inversiones.
f) Procedimientos que establezcan cómo los diferentes activos serán gestionados, incluyendo entre otros aspectos:
i) El uso de modelos para monitorear el nivel de exposición de la actual estrategia de inversión y de estrategias alternativas, incluyendo el uso de escenarios de estrés para proyectar potenciales pérdidas y descalces de activos y pasivos.
ii) El uso de administradores de inversiones externos a la compañía (incluyendo administradores de fondos), si corresponde, y los criterios para la selección de éstos, los límites para dicha gestión y los mecanismos por los cuales se monitoreará el cumplimiento de estos límites. Lo anterior, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 40 de la ley 18.046 y 17 del DFL 251, de 1931.
iii) Mecanismos para controlar y monitorear permanentemente el cumplimiento de los límites y restricciones establecidos y para reportar a la administración y al directorio cualquier exceso sobre los límites definidos.
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iv) Mecanismos para la revisión y actualización permanente de la estrategia de inversión y de la implementación y funcionamiento de ésta, incluyendo plazos y alcance de la revisión.
2.3 Riesgo de Liquidez.
2.3.1 Definición.
El riesgo de liquidez deriva de la incapacidad de la aseguradora para obtener los fondos necesarios para asumir el flujo de pago de sus obligaciones, sin incurrir en significativas pérdidas. Las aseguradoras deben procurar contar siempre con los recursos líquidos necesarios para afrontar los compromisos asumidos con los asegurados y otros acreedores.
La naturaleza de las obligaciones de seguros es incierta y por lo tanto los flujos de pago de la compañía pueden variar en forma importante en tiempo y monto. Esta incertidumbre puede afectar la capacidad de la compañía para cumplir oportunamente estas obligaciones o significar costos relevantes por los mayores fondos líquidos disponibles que la compañía debe mantener.
2.3.2 Gestión del Riesgo de Liquidez.
Algunos aspectos que se deberían contemplar en el SGR respecto del riesgo de liquidez son los siguientes:
a) Una evaluación de las necesidades de liquidez de la compañía, considerando el nivel de calce de flujos de activos y pasivos, bajo condiciones normales de operación y bajo situaciones de estrés (por ejemplo ante escenarios de siniestros catastróficos). En esta evaluación se debe considerar el nivel de incertidumbre asociado a los flujos esperados de pasivos.
b) Una evaluación o clasificación de los activos de la compañía, por grado de liquidez y capacidad de realización de éstos.
c) Un análisis de las diferentes fuentes de liquidez adicionales a los activos y el grado de acceso a éstas que tiene la compañía, incluyendo flujos xx xxxxxx, reaseguro, líneas de crédito u otras vías de financiamiento externo.
d) Una definición explícita de los montos mínimos de activos líquidos que la compañía mantendrá para tener un nivel adecuado de liquidez.
e) Mecanismos para controlar y monitorear permanentemente el cumplimiento de los límites y restricciones establecidos y para reportar a la administración y al directorio cualquier exceso sobre los límites definidos.
2.4 Riesgos Técnicos del Seguro.
2.4.1 Definición
Los riesgos técnicos del seguro comprenderán:
a) Riesgo de Tarificación. La tarificación de un producto de seguros implica, entre otros, la estimación de los costos de siniestros, de otros costos asociados al producto, y de los ingresos por la inversión de la prima. El riesgo de tarificación se genera por el error en la estimación de estas variables, esto es desviaciones significativas respecto de las estimaciones de costos e ingresos asociados al producto.
b) Riesgo de Suscripción. La suscripción es el proceso en el cual un asegurador determina si acepta o no un riesgo y si lo acepta, los términos y condiciones que se aplican y el nivel de prima que se cobrará. Debilidades en el proceso de suscripción pueden generar pérdidas importantes en una aseguradora.
c) Riesgo de Diseño de Productos. El diseño de productos implica la introducción de un producto nuevo o el mejoramiento o variación significativa de un producto existente. Un SGR debe considerar los riesgos a los cuales la compañía se enfrenta al incursionar en nuevas líneas de negocios.
d) Riesgo de Gestión de Siniestros. La administración de los siniestros, incluidos los seguros xx xxxxxx, comprende, entre otros aspectos, verificar que el siniestro se encuentre bajo cobertura de la póliza, estimar el monto del siniestro, incluyendo los gastos de liquidación, y realizar un proceso de liquidación del siniestro oportuno y eficiente, dentro de los términos de la póliza, ya sea que se trate de un pago único o
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pagos periódicos, dependiendo del tipo de cobertura. Debilidades en los controles y sistemas que abarcan el proceso de gestión de siniestros, pueden exponer a la compañía a un incremento significativo en las pérdidas asociadas a los siniestros.
e) Riesgo de Insuficiencia de las Reservas Técnicas. Las reservas técnicas representan la estimación de las aseguradoras de su obligación por pago de siniestros y otros beneficios asociados al seguro y de los costos involucrados en la mantención de las pólizas.
En el evento que las reservas técnicas constituidas no sean suficientes para afrontar sus compromisos con los asegurados, la aseguradora podría estar expuesta a pérdidas importantes y un potencial debilitamiento de su posición de solvencia. Las instrucciones que la SVS imparte respecto a la constitución de las reservas técnicas en las aseguradoras no liberan a la compañía de este riesgo ni de su responsabilidad por mantener una adecuada gestión de éste.
f) Riesgo de Longevidad en Rentas Vitalicias. La exposición al riesgo de longevidad surge por la garantía de pago de por vida que lleva implícita la renta vitalicia, existiendo incertidumbre respecto a las expectativas de vida de las personas, en especial en relación a los mejoramientos futuros que se observen. La incertidumbre se refiere a velocidad y magnitud, más que a dirección, dado que se asume que este cambio en las expectativas de vida será positivo. Las aseguradoras que tienen obligaciones por rentas vitalicias, están expuestas a pérdidas importantes por un mayor flujo de pago de pensiones ante escenarios de aumento de las expectativas de vida de las personas.
g) Riesgo de Caducidad. Es el riesgo que surge del ejercicio de opciones de los asegurados que pueden afectar negativamente los flujos de caja futuros del producto o los pasivos asociados. Entre otras opciones se puede mencionar el término total o parcial de la cobertura del seguro, restricciones o reducciones de la misma, o cualquier cambio que afecte las tasas esperadas de ejercicio de éstas.
2.4.2 Gestión de Riesgos Técnicos del Seguro.
Algunos aspectos que se deberían contemplar en el SGR, respecto de los riesgos técnicos del seguro son los siguientes:
a) Riesgo de Tarificación:
i) Una metodología y procedimiento explícito de tarificación, por productos o líneas de negocio. La metodología debe efectuarse sobre una base actuarial y ser revisada al menos una vez al año y actualizada cuando se observen cambios que lo ameriten, incluyendo revisiones independientes del sistema de tarificación (internas o externas a la compañía). Cuando sea apropiado se deben llevar a cabo revisiones específicas de riesgos mayores o más complejos.
ii) Una definición clara de los roles y responsabilidades individuales en la aprobación de todos los aspectos relevantes del proceso de tarificación, incluyendo la autoridad para aplicar descuentos sobre las tarifas fijadas.
iii) Un análisis de pérdidas y ganancias asociado al producto, incluyendo un monitoreo permanente del efecto de los ajustes de precios en el resultado de la aseguradora.
iv) Un proceso que permita ajustar las tarifas considerando la experiencia generada en el proceso de comercialización de los seguros y que permita que la tarificación pueda responder efectivamente a la competencia y a otras presiones externas.
v) Un proceso y metodología para monitorear el cumplimiento de las políticas.
b) Riesgo de Suscripción:
i) Una definición de la voluntad y capacidad de la compañía para aceptar los diferentes tipos de riesgos, incluyendo una mención explícita de aquellos riesgos que la aseguradora no va a aceptar. Los riesgos que se aceptarán deberían clasificarse al menos por clases o tipos de seguros y áreas geográficas. Además, se deben especificar los criterios para el uso del reaseguro en las diferentes clases de seguros a suscribir.
ii) Un procedimiento formal de evaluación de cada riesgo a aceptar, incluyendo los criterios usados para dicha evaluación y los métodos o mecanismos para monitorear e incorporar al procedimiento la experiencia que emerge de la práctica de suscripción.
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iii) Un proceso para establecer poderes de aprobación y límites de suscripción, incluyendo controles sobre la delegación de poderes a intermediarios, cuando corresponda.
iv) Límites de concentración de riesgos para la compañía.
v) Métodos para monitorear el cumplimiento de las políticas, procedimientos y límites de suscripción, e informar desviaciones respecto a éstos.
c) Riesgo de Diseño de Productos:
i) Un plan de negocio para el producto nuevo, que considere, entre otros aspectos, una descripción detallada de la cobertura y otros beneficios u opciones ofrecidas en el producto, los mecanismos de comercialización y otros aspectos claves en su implementación y oferta al mercado, incluyendo riesgos operacionales asociados.
ii) Análisis costo/beneficio del nuevo producto, considerando el riesgo de caducidad.
iii) Identificación y evaluación de los riesgos asociados al nuevo producto, incluyendo mecanismos contemplados para limitar el riesgo a través de, por ejemplo, diversificación, exclusiones y reaseguros.
iv) Procesos para asegurar que el texto de la póliza está adecuadamente redactado y es legalmente consistente con la delimitación del riesgo asegurado propuesto para el producto.
v) Métodos para monitorear el cumplimiento de las políticas y procedimientos de diseño del producto establecidos y reportar los incumplimientos detectados.
vi) Revisión post-implementación.
d) Riesgo de Gestión de Siniestros:
i) Procedimientos de liquidación formalmente establecidos, considerando, entre otros aspectos, criterios y metodologías para la estimación de las pérdidas, procedimientos de investigación, criterios para aceptar o rechazar siniestros y procedimientos de resolución de disputas. Lo anterior, sin perjuicio del cumplimiento de lo dispuesto en el D.S. 863, de 1989.
ii) Una definición clara de las responsabilidades y delegación de poderes en el proceso de gestión de los siniestros.
iii) Métodos para monitorear el cumplimiento de los procesos y procedimientos de administración de siniestros establecidos, incluyendo sistemas de control interno y evaluaciones de los sistemas y procedimientos de los intermediarios y liquidadores de siniestros, para garantizar la calidad de la información e informes provistos al asegurador.
e) Riesgo de Insuficiencia de las Reservas Técnicas y Riesgo de Longevidad:
i) Procedimientos explícitos para evaluar permanentemente la suficiencia de sus reservas técnicas y el riesgo de longevidad, cuando corresponda, y medir el grado de exposición del capital de la compañía a desviaciones significativas respecto de las estimaciones efectuadas. Dichos procedimientos deben tener una base actuarial y realizarse por personal capacitado y que disponga de los recursos necesarios para ello. La evaluación de la suficiencia de las reservas técnicas y el riesgo de longevidad, deberían efectuarse sobre la base de la estimación de probabilidades asociadas a escenarios de insuficiencia, y al análisis de escenarios de estrés.
ii) Mecanismos de mitigación de los riesgos, tales como márgenes de seguridad en el cálculo de las reservas técnicas, reaseguro e instrumentos de cobertura de riesgo (por ejemplo bonos de longevidad y swaps de mortalidad).
iii) Métodos para monitorear el cumplimiento de los procedimientos, metodologías y estrategias de mitigación establecidas.
2.4.3 Gestión del Reaseguro.
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El reaseguro es parte fundamental de la gestión de los riesgos técnicos del seguro y por lo tanto toda aseguradora debe tener una política explícita de reaseguro, aprobada por su directorio y que sea consistente a su perfil de negocios y nivel de tolerancia al riesgo. Particular atención debe darse en la política definida por el directorio a la suscripción y reaseguro de riesgos catastróficos, o contratos de seguro que por su naturaleza representen una gran exposición de riesgo a la aseguradora.
La gestión de reaseguros es el proceso de seleccionar, monitorear, revisar, controlar y documentar los contratos de reaseguros que toma el asegurador, ya sea en forma directa o a través de corredores de reaseguros. Tales contratos son un mecanismo clave de transferencia de riesgos del asegurador y pueden ser usados para mejorar la posición de solvencia y liquidez de la compañía, gestionar su capital y aumentar la capacidad del asegurador para suscribir nuevos negocios.
Algunos aspectos que se deberían contemplar en la gestión del reaseguro son los siguientes:
a) Selección del Reaseguro. La compañía debe establecer políticas y procedimientos para la selección del reaseguro que le permitan:
i) Identificar el nivel apropiado de transferencia de riesgo, de acuerdo a su propia definición de tolerancia al riesgo.
ii) Determinar los tipos más apropiados de convenios de reaseguros para los diferentes productos o líneas de negocios.
iii) Precisar los principios para la selección de contrapartes de reaseguros, incluyendo criterios de diversificación y procedimientos específicos de medición del riesgo de crédito del reasegurador. Deben considerarse límites para la exposición al riesgo de crédito del reasegurador y sistemas apropiados para monitorear estas exposiciones (considerar lo señalado en el N°2.1.3 anterior).
iv) Analizar el riesgo cambiario asociado al descalce de plazo y moneda, tanto para las remesas de las primas como al pago de los siniestros reasegurados.
v) Detallar el proceso de administración de liquidez asociado al reaseguro, para cubrir eventuales descalces entre el pago de los siniestros al asegurado y los montos a percibir de parte del reasegurador.
vi) Efectuar análisis de tendencias y escenarios de estrés, respecto de la cobertura otorgada por los convenios de reaseguro.
vii) Evaluar la disponibilidad futura de la cobertura de reaseguro seleccionada.
b) Mantención y Aplicación de los Contratos de Reaseguro. El sistema de gestión de reaseguro debe incluir políticas y procedimientos claramente establecidos para mantener actualizada la información de los contratos de reaseguro y revisar y controlar su aplicación. Algunos aspectos que se deberían considerar en este proceso son:
i) La identificación, documentación y archivo (respaldo) de los contratos de reaseguro suscritos. Deben identificarse todas las obligaciones derivadas de la aplicación de dichos contratos, incluyendo las fechas y montos de pagos xx xxxxxx correspondientes.
ii) La identificación de todos los casos de siniestros asociados o bajo cobertura de un determinado contrato de reaseguro.
iii) La exposición crediticia con cada reasegurador, considerando eventuales concentraciones de riesgos (por ejemplo ante la ocurrencia de grandes siniestros), que podrían crear importantes exposiciones con un reasegurador determinado.
iv) Evaluar el nivel de la cobertura que entrega el reaseguro y lo adecuada de ésta, considerando las tendencias en la siniestralidad observada y ante escenarios de estrés, para un período de al menos doce meses.
2.5 Riesgo Operacional.
2.5.1 Definición.
El riesgo operacional es el riesgo de pérdidas financieras que resulta de fallos en los procesos, personas o
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sistemas, ya sea ante eventos internos o externos. La compañía debe establecer una definición del riesgo operacional relevante, acorde a su tamaño, perfil de negocios y complejidad de sus actividades y ambiente operacional. El riesgo operacional incluye el riesgo de tecnologías de información.
2.5.2 Gestión del Riesgo Operacional.
Algunos aspectos que se deberían contemplar en el SGR, respecto del riesgo operacional, son los siguientes:
a) Procedimientos y metodologías explícitas para la administración del riesgo operacional y tecnológico, incluyendo los riesgos asociados con sus sistemas informáticos, outsourcing, continuidad del negocio, recursos humanos inadecuados, fraude interno y externo, administración de proyectos, y en general los riesgos relacionados con los procesos operacionales de la compañía.
b) Los procedimientos señalados deberían considerar:
i) Identificación y evaluación del riesgo.
ii) Controles internos y estrategias de mitigación.
iii) Capacitación del personal y difusión de las medidas de control y mitigación de los riesgos.
iv) Planes para el desarrollo de proyectos y nuevos productos, con impacto operacional, incluyendo aspectos como sus objetivos, identificación y evaluación de riesgos, análisis costo beneficio, monitoreo de cumplimiento de objetivos y tiempos del proyecto, y revisión post implementación.
v) Definición de responsabilidades y segregación clara de funciones.
vi) Métodos para monitorear el cumplimiento de los procedimientos, metodologías y estrategias de mitigación establecidas y reportar los incumplimientos detectados.
2.6 Riesgo Legal y Regulatorio.
El riesgo legal corresponde al riesgo de pérdidas ante cambios legales o regulatorios que afecten las operaciones de la compañía, y de pérdidas derivadas de incumplimiento o falta de apego de la compañía a las normas legales y regulatorias vigentes de cualquier naturaleza.
Las compañías deberían establecer una política explícita de gestión del riesgo legal y regulatorio, los procedimientos para poner en aplicación la política definida y los sistemas de monitoreo y control para velar por su adecuado cumplimiento. Especial atención debe prestarse cuando la compañía comercialice líneas de negocios asociados a seguros obligatorios o de gran volumen de asegurados que por su naturaleza tienen alto impacto en la población.
2.7 Riesgo de Grupo.
El riesgo de grupo deriva de la pertenencia de la aseguradora a un grupo económico o financiero, local o internacional, y está asociado a las pérdidas a que se expone la compañía por inversiones, transacciones u operaciones con empresas relacionadas, y por el riesgo de contagio y reputacional ante problemas del grupo controlador de la compañía, entre otros aspectos.
Las compañías en sus políticas de gestión de riesgos deberían incluir los riesgos derivados de su pertenencia al grupo, considerando entre otros aspectos, transacciones con empresas relacionadas, outsourcing o centralización de funciones a nivel del grupo, potenciales vías de contagio ante situaciones que afecten a una empresa relacionada a la compañía, etc. La compañía debe definir además límites, restricciones y medidas que le permitan mitigar este riesgo, incluyendo políticas para gestionar potenciales conflictos de interés que se pueden generar por su relación con empresas de su mismo grupo.
IV. EVALUACION DE SOLVENCIA POR PARTE DE LA SUPERINTENDENCIA.
1. Objetivo y alcance de la Evaluación.
La Superintendencia, como parte de su labor de supervisión xxx xxxxxxx asegurador, llevará a cabo una evaluación de
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la solvencia de la compañía, la cual se realizará sobre la base de la metodología que se indica en el número 2 siguiente.
Dicha evaluación tiene por objetivo fundamental analizar la posición de solvencia de la aseguradora y el nivel de riesgo de incumplimiento de sus compromisos con los asegurados y otros legítimos interesados.
Esta Superintendencia espera que la puesta en marcha de este sistema de evaluación de solvencia en las aseguradoras, fomente en el mercado asegurador la adopción de sanas prácticas de gestión de riesgos. En este sentido, la Superintendencia evaluará los SGR de las aseguradoras e informará a la compañía el resultado de dicha evaluación, a objeto que ésta adopte las medidas necesarias para fortalecer sus sistemas de gestión y reducir su exposición a los riesgos, cuando corresponda.
El resultado de esta evaluación permitirá además focalizar mejor los recursos de la Superintendencia en materia de supervisión de solvencia de la industria aseguradora.
2. Metodología de Evaluación de Solvencia de la Superintendencia.
La metodología de evaluación de solvencia que aplicará la Superintendencia, contempla en términos resumidos los siguientes aspectos:
a) Evaluación de riesgos inicial. La evaluación de riesgos inicial se realizará principalmente sobre la base de ratios o indicadores financieros y técnicos, que permitan, con una metodología simplificada, tener un primer análisis de riesgo de la compañía. Este sistema de análisis sobre la base de ratios e indicadores, que a nivel internacional usualmente se conoce como “sistema de indicadores de alerta temprana”, se aplicará trimestralmente sobre todas las aseguradoras xxx xxxxxxx.
El análisis anteriormente mencionado se complementa con la aplicación periódica de diversas herramientas de supervisión que permiten monitorear la solvencia de las aseguradoras.
b) Matriz de Riesgos. La evaluación de riesgos en las aseguradoras se realizará sobre la base de una metodología de matriz de riesgos, la que se detalla a continuación, cuyo objetivo es establecer un procedimiento común y estructurado para el análisis de los riesgos y su gestión en las compañías. La matriz de riesgos considera un análisis separado de los principales aspectos que definen la situación de riesgo de una aseguradora: actividades significativas, el riesgo inherente de dichas actividades, la gestión que realiza de estos riesgos, y la calidad de su patrimonio (enfoque cualitativo). Sobre la base de la combinación de estos factores se llega finalmente a una evaluación de riesgo única para la compañía.
c) Evaluación de Solvencia. La combinación del nivel de riesgo de la compañía, determinado utilizando la metodología de matriz de riesgos señalada en la letra b) anterior, y su situación de fortaleza patrimonial, medida en términos del exceso de patrimonio neto que mantiene la compañía por sobre el patrimonio de riesgo requerido, dará origen a la evaluación final de la posición de solvencia de la aseguradora. Las definiciones de “patrimonio neto” y “patrimonio de riesgo” son las contenidas en el DFL 251, de 1931.
d) Mitigación de los Riesgos. Sobre la base del resultado de la evaluación de riesgos, la Superintendencia informará las debilidades o deficiencias detectadas en la gestión que realiza la aseguradora, a objeto que ésta adopte las medidas necesarias para perfeccionar sus sistemas, cuando corresponda.
2.1 Proceso de Evaluación de Riesgos
La Superintendencia realiza la evaluación de riesgos de las aseguradoras utilizando como herramienta una matriz de riesgos, cuyos detalles se describen en este capítulo. El proceso de evaluación se inicia con la identificación de las actividades significativas o principales y los riesgos a los cuales está expuesta una compañía de seguros (análisis extra situ).
Luego, el supervisor emite un oficio que solicita antecedentes de la compañía, y a la vez informa a la administración que se realizará una auditoría con el objetivo de evaluar la administración de riesgos que hace la aseguradora.
La siguiente etapa, en este modelo de supervisión, es la visita a la compañía de seguros para realizar la auditoría destinada a evaluar el riesgo en la aseguradora (análisis in situ).
Una vez finalizada la evaluación en terreno, la Unidad de Supervisión respectiva elabora el Informe de Gestión, donde se detallan los hallazgos detectados y la evaluación de riesgo otorgada. En la Intendencia de Seguros existirá un Grupo de Control, integrado por personal de las Divisiones de Regulación, Riesgos de Seguros y de Supervisión de Seguros, que se abocará a la revisión de la evaluación.
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La evaluación de riesgos concluye con el envío de un oficio a la compañía con los principales resultados de la auditoría efectuada. El objetivo es informar a la administración y al Directorio de los resultados de la evaluación. En los casos que corresponda, la aseguradora presentará un Plan de Acción para corregir las observaciones detectadas. El resultado de la evaluación será de carácter reservado, no pudiendo la aseguradora ni la Superintendencia dar a conocer dicho resultado al público.
Finalmente, el supervisor contempla un seguimiento del Plan de Acción presentado por la aseguradora.
2.2 Matriz de Riesgos.
Como ya se señaló, la evaluación de riesgos en las aseguradoras se realiza por la SVS sobre la base de una matriz de riesgos que sirve para tener una metodología común de análisis de los riesgos de las compañías. La matriz de riesgos combina tres elementos que definen la situación de solvencia de una aseguradora: exposición a los diferentes tipos de riesgos (riesgos inherentes), la gestión que la compañía realiza de estos riesgos y la evaluación cualitativa de su patrimonio.
Los aspectos señalados serán evaluados por la Superintendencia sobre la base de principios y conceptos técnicos usualmente considerados en la práctica de gestión de riesgos en entidades aseguradoras y los principios establecidos por la Superintendencia en la presente norma, en la NCG N°309, de 2011, y en otras normas que para est e efecto dicte.
A continuación se exponen las etapas o fases que sigue el supervisor para aplicar la matriz de riesgos en una aseguradora.
Fases de la elaboración de una matriz de riesgos
1. Selección de actividades significativas
2. Evaluación de los riesgos
3. Evaluación de la calidad de las funciones de gestión de riesgos
4. Riesgo neto agregado
5. Evaluación cualitativa del patrimonio
6. Riesgo neto final
Así, para la aplicación de la matriz de riesgos en las aseguradoras, la Superintendencia considerará lo siguiente:
a) Actividades significativas o principales. A partir del conocimiento de los objetivos estratégicos, plan de negocios de la aseguradora y productos que ofrece, la Superintendencia inicia el proceso de evaluación del riesgo, definiendo la o las actividades significativas o principales de la compañía de seguros.
b) Riesgos Inherentes. El nivel de riesgo inherente, corresponde al impacto probable de eventos futuros e inciertos que puedan afectar la capacidad de la compañía para hacer frente a las obligaciones con sus asegurados. La Superintendencia evaluará el nivel de riesgo inherente para los siguientes riesgos:
i) Riesgo de Crédito
ii) Riesgo xx Xxxxxxx
iii) Riesgo de Liquidez
iv) Riesgo Técnico del Seguro
v) Riesgo Operacional
vi) Riesgo Legal y Regulatorio
vii) Riesgo de Grupo
Los riesgos señalados corresponden a los definidos en el Título III de esta norma y se evaluarán teniendo en cuenta la estructura de activos y pasivos, cuando corresponda, la materialidad del riesgo, el perfil de los principales negocios de la aseguradora, y otros factores que influyan en el nivel de exposición al riesgo de la compañía. La evaluación del riesgo inherente se efectuará teniendo en cuenta información xx xxxxxxx y sin considerar la mitigación específica de éstos a través de las funciones de gestión de riesgos de cada compañía.
La evaluación del riesgo inherente de activos (crédito, mercado y liquidez) se realizará para la compañía completa, bajo un enfoque integral del balance, esto es, considerando la exposición neta de la compañía en activos o pasivos con mayor potencial para impactar negativamente su patrimonio neto, en caso de
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materializarse los respectivos riesgos.
El riesgo inherente técnico del seguro se evaluará considerando las actividades significativas o principales de la aseguradora, en relación con la complejidad de su tarificación, suscripción, liquidación de siniestros y reservas técnicas.
El riesgo inherente operacional se evaluará considerando el volumen y tipo de operaciones de la compañía y el impacto probable de su materialización sobre los resultados de la aseguradora.
El riesgo inherente legal y regulatorio se evaluará considerando las características de cada tipo de negocio respecto de la regulación que le es aplicable y, por lo tanto, tendrá un nivel uniforme para cada producto o tipo de seguro.
En cuanto al riesgo de grupo, se evaluará tomando en cuenta las características del grupo económico al que pertenece la aseguradora y las relaciones de ésta con el mismo.
De este modo, la evaluación de los riesgos inherentes de los activos (crédito, mercado y liquidez) y del riesgo de grupo se evaluará considerando a la compañía como un todo. Para los restantes riesgos (técnicos, operacional y legal y regulatorio), la evaluación del riesgo inherente se efectuará considerando las características de cada actividad significativa evaluada.
Para la evaluación de los riesgos inherentes se considerará la siguiente clasificación:
• Riesgo Inherente Bajo. Existe cuando su materialización no afecta significativamente la solvencia de la aseguradora.
• Riesgo Inherente Moderado. Existe cuando su materialización afecta levemente la solvencia de la aseguradora.
• Riesgo Inherente Medio alto. Existe cuando su materialización puede afectar significativamente la solvencia de la compañía.
• Riesgo Inherente Alto. Existe cuando su materialización debilitaría fuertemente la solvencia de la compañía.
c) Calidad de la Gestión de Riesgo. La calidad de la gestión de riesgo de la compañía se evaluará considerando la fortaleza de su sistema de gestión de riesgo y la calidad de su gobierno corporativo. Como ya se señaló, esta evaluación se efectuará considerando los principios establecidos en la presente norma, en la NCG N°309 , de 2011, y en otras normas específicas que dicte la Superintendencia. La calificación que la Superintendencia asignará a las distintas funciones será la siguiente:
• Fuerte. La administración demuestra consistentemente un desempeño eficaz en la mitigación de los riesgos.
• Aceptable. La administración, generalmente demuestra un desempeño eficaz en la mitigación de los riesgos.
• Necesita Mejorar. La administración muestra debilidades en la mitigación de los riesgos.
• Débil. La administración ha mostrado graves debilidades en la mitigación de los riesgos.
d) Xxxxxx Xxxx. El riesgo neto es el resultado de la combinación del nivel del riesgo inherente mitigado por la calidad de la gestión de riesgo de la aseguradora (letras b) y c) anteriores). El riesgo neto se determina para cada riesgo inherente.
El riesgo neto para cada riesgo inherente se determinará de acuerdo a la siguiente tabla:
XXXXXXXXXXXXXXXX XX XXXXXXX X XXXXXXX XX XXXXX
00
Evaluación Xxxxxx Xxxx SVS | Riesgo Inherente | ||||
Bajo | Moderado | Medio Alto | Alto | ||
Calidad de la Gestión de Riesgo | Fuerte | Bajo | Bajo | Moderado | Medio Alto |
Aceptable | Bajo | Moderado | Medio Alto | Alto | |
Necesita mejorar | Moderado | Medio Alto | Alto | Alto | |
Débil | Medio Alto | Alto | Alto | Alto |
e) Riesgo Neto Agregado. Una vez obtenido el riesgo neto para cada riesgo inherente, de acuerdo a lo señalado en la letra d) anterior, se determina el riesgo neto agregado por cada actividad significativa evaluada.
Para determinar el riesgo neto agregado, se ha establecido un procedimiento uniforme que consiste en ponderar el riesgo neto de cada riesgo inherente por la importancia otorgada a éste último, y sobre la base de rangos predefinidos, se calcula el riesgo neto ponderado para cada actividad significativa.
El proceso de determinación del riesgo neto agregado de una actividad significativa se ilustra a continuación:
MATRIZ DE RIESGOS SVS | |||
Tipos de Riesgos | Riesgos Inherentes | Calidad de la Gestión de Riesgos (Sistema de Gestión de Riesgos, Gobiernos Corporativos) | Riesgo Neto |
Riesgo de los Activos | Crédito: riesgo de incumplimiento de contrapartes, o pérdida de valor de los activos por deterioro de su calidad de crédito. | ||
Mercado: riesgo de volatilidad en precios de las inversiones, movimientos adversos en el valor relativo de activos y pasivos (ALM) y riesgo de reinversión (Rentas Vitalicias). | |||
Liquidez: riesgo derivado de la incapacidad de la aseguradora para obtener los fondos necesarios para asumir el flujo de pago de sus obligaciones, sin incurrir en significativas pérdidas. | |||
Riesgo de los Pasivos | Riesgos Técnicos del Seguro: riesgo de tarificación, suscripción, diseño de productos, administración de siniestros, de insuficiencia de las reservas técnicas, longevidad (Rentas Vitalicias) y caducidad. | ||
Otros Riesgos | Riesgo Operacional: riesgo de pérdidas por problemas en los sistemas y procedimientos operacionales y de administración de la compañía. Incluye riesgos asociados a los sistemas tecnológicos. | ||
Riesgo Legal y Regulatorio: riesgo asociado a cambios legales o regulatorios o de incumplimientos por parte de la compañía de normas legales de cualquier naturaleza que puedan afectar sus operaciones. | |||
Riesgo de Grupo: riesgo de pérdidas por contagio (problemas del grupo) o por transacciones con empresas relacionadas. | |||
Evaluación Calidad de la Gestión de Riesgos | Riesgo Neto Agregado Actividad Significativa |
El riesgo neto agregado de la compañía se obtiene, a su vez, considerando los riesgos netos agregados de cada actividad significativa, teniendo presente la correlación existente entre los riesgos, si corresponde.
XXXXXXXXXXXXXXXX XX XXXXXXX X XXXXXXX XX XXXXX
00
f) Evaluación Cualitativa del Patrimonio. La matriz de riesgos incluye una evaluación cualitativa del patrimonio, la cual considera una revisión de la calidad de éste en términos de disponibilidad y permanencia de las distintas partidas que lo componen, de la capacidad de la aseguradora para aumentar su capital a futuro, en caso de ser necesario, y de su capacidad de generar utilidades y proyección de éstas en el tiempo.
Las categorías para la evaluación del Patrimonio son:
• Fuerte
• Aceptable
• Necesita mejorar
• Débil.
g) Riesgo Neto Final. La evaluación cualitativa del patrimonio combinada con la evaluación del riesgo neto agregado, resulta en el riesgo neto final de la compañía1.
Riesgo Neto Agregado | + - | Evaluación Cualitativa del Patrimonio | = | Riesgo Neto Final |
El riesgo neto final se determinará de acuerdo a la siguiente tabla:
Evaluación Xxxxxx Xxxx Final SVS | Riesgo Neto Agregado | ||||
Bajo | Moderado | Medio Alto | Alto | ||
Evaluación Cualitativa del Patrimonio | Fuerte | Nivel A Bajo | Nivel A Bajo | Nivel B Moderado | Nivel D Alto |
Aceptable | Nivel A Bajo | Nivel B Moderado | Nivel C Medio Alto | Nivel D Alto | |
Necesita mejorar | Nivel C Medio Alto | Nivel C Medio Alto | Nivel D Alto | Nivel D Alto | |
Débil | Nivel D Alto | Nivel D Alto | Nivel D Alto | Nivel D Alto |
A continuación se definen las categorías para la evaluación del Riesgo Neto Final:
• Nivel A (Riesgo Bajo)
La compañía presenta un nivel de riesgo neto agregado bajo y una evaluación patrimonial cualitativa fuerte o aceptable, o un nivel de riesgo neto agregado moderado y una evaluación patrimonial cualitativa fuerte. La compañía clasificada en esta situación es resistente a la mayoría de las condiciones económicas y de negocios adversas sin afectar materialmente su solvencia.
• Nivel B (Riesgo Moderado)
La compañía presenta un nivel de riesgo neto agregado moderado junto con una evaluación patrimonial cualitativa aceptable, o un nivel de riesgo neto agregado medio alto junto con una evaluación patrimonial cualitativa fuerte. Una aseguradora en esta situación podría ver deteriorada su solvencia ante condiciones adversas en su negocio o en la economía.
• Nivel C (Riesgo Medio Alto)
La compañía presenta un nivel de riesgo neto agregado bajo o moderado junto con una condición patrimonial cualitativa que necesita mejorar, o un nivel de riesgo neto agregado medio alto junto con una evaluación patrimonial cualitativa aceptable. Una aseguradora en esta situación podría ver comprometida seriamente su situación de solvencia ante condiciones adversas en su negocio o en la economía
1 Ver en Anexo formato de matriz de riesgo utilizado para la determinación del riesgo neto final de la compañía.
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• Nivel D (Riesgo Alto)
La compañía presenta un nivel de riesgo neto agregado alto cualquiera sea su evaluación patrimonial cualitativa, o una evaluación patrimonial cualitativa débil cualquiera sea su nivel de riesgo neto agregado. Asimismo, el riesgo neto final es alto si una compañía presenta un nivel de riesgo neto agregado medio alto junto con una condición patrimonial cualitativa que necesita mejorar. La solvencia de una aseguradora en esta situación ya se encuentra comprometida.
En síntesis, la clasificación en los niveles señalados se realizará sobre la base de una metodología de matriz de riesgos, la cual considera un análisis separado de los principales aspectos que definen la situación de riesgo de una aseguradora: el Riesgo Inherente que enfrenta en sus principales actividades y negocios, la Gestión que realiza de estos riesgos, y su capacidad para generar ingresos u obtener capital (evaluación cualitativa del patrimonio). Sobre la base de la combinación de estos tres factores, se determinará el nivel de riesgo de cada compañía de seguros.
2.3 Evaluación de Solvencia.
El nivel de solvencia asignado por la Superintendencia a las aseguradoras, será el resultado de la combinación del Riesgo Neto Final (evaluación cualitativa) y de su nivel de fortaleza patrimonial (evaluación cuantitativa).
El riesgo neto final se obtiene utilizando la matriz de riesgos de acuerdo a lo señalado en el número 2.2 anterior, y el nivel de fortaleza patrimonial se obtiene considerando la relación entre patrimonio neto y patrimonio de riesgo de las compañías.
Las compañías de seguros se clasificarán según su fortaleza patrimonial en los siguientes niveles:
• Nivel A: Incluye a las compañías cuyo cuociente entre patrimonio neto y patrimonio de riesgo sea mayor o igual que 1,5.
• Nivel B: Incluye a las compañías cuyo cuociente entre patrimonio neto y patrimonio de riesgo sea mayor o igual que 1,0 y menor que 1,5.
• Nivel C: Incluye a las compañías cuyo cuociente entre patrimonio neto y patrimonio de riesgo sea menor que 1,0.
Las categorías de evaluación de Solvencia serán las siguientes:
• Categoría I: Incluye a las compañías de nivel de solvencia fuerte, que se encuentren clasificadas en nivel A de fortaleza patrimonial y nivel A de riesgo neto final.
• Categoría II: Incluye a las compañías de nivel de solvencia adecuado, que se encuentren clasificadas en Nivel A de fortaleza patrimonial y en nivel B de riesgo neto final, o nivel B de fortaleza patrimonial y nivel A de riesgo neto final.
• Categoría III: Incluye a las compañías de nivel de solvencia vulnerable, que se encuentren clasificadas en nivel B de fortaleza patrimonial y en nivel B de riesgo neto final, o en nivel C de riesgo neto final y nivel A de fortaleza patrimonial.
• Categoría IV: Incluye a las compañías de nivel de solvencia débil, que se encuentren clasificadas en nivel B de fortaleza patrimonial y nivel C de riesgo neto final, o en nivel D de riesgo neto final y nivel A de fortaleza patrimonial.
• Categoría V: Incluye a las compañías que presentan alto riesgo de insolvencia, que se encuentren clasificadas en nivel C de fortaleza patrimonial cualquiera sea su nivel de riesgo neto final, o en nivel D de riesgo neto final y nivel B de fortaleza patrimonial.
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La tabla siguiente resume las categorías de solvencia señaladas:
Evaluación Solvencia SVS | Nivel de Xxxxxx Xxxx Final | ||||
Nivel A | Nivel B | Nivel C | Nivel D | ||
Nivel de Fortaleza Patrimonial | Nivel A | Categoría I Fuerte | Categoría II Adecuado | Categoría III Vulnerable | Categoría IV Débil |
Nivel B | Categoría II Adecuado | Categoría III Vulnerable | Categoría IV Débil | Categoría V Alto Riesgo | |
Nivel C | Categoría V Alto Riesgo | Categoría V Alto Riesgo | Categoría V Alto Riesgo | Categoría V Alto Riesgo |
V. Derogación.
Derógase la NCG N°130, de 2002, a contar del 30 xx xxxxx de 2012.
VI. Vigencia y Aplicación.
La presente norma entra en vigencia el 30 xx xxxxx de 2012. En todo caso, el primer envío a esta Superintendencia de la Estrategia de Gestión de Riesgos, señalada en la letra a) del Título II de la presente norma, deberá efectuarse a más tardar el 1°de octubre de 2012.
SUPERINTENDENTE
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Anexo
Matriz de Riesgos SVS
La matriz de riesgos, los riesgos inherentes y los aspectos o funciones de la gestión de riesgos que serán evaluados, se detallan en la siguiente figura:
MATRIZ DE RIESGOS SVS | |||
Tipos de Riesgos | Riesgos Inherentes | Calidad de la Gestión de Riesgos (Sistema de Gestión de Riesgos, Gobiernos Corporativos) | Riesgo Neto |
Riesgo de los Activos | Crédito: riesgo de incumplimiento de contrapartes, o pérdida de valor de los activos por deterioro de su calidad de crédito. | ||
Mercado: riesgo de volatilidad en precios de las inversiones, movimientos adversos en el valor relativo de activos y pasivos (ALM) y riesgo de reinversión (Rentas Vitalicias). | |||
Liquidez: riesgo derivado de la incapacidad de la aseguradora para obtener los fondos necesarios para asumir el flujo de pago de sus obligaciones, sin incurrir en significativas pérdidas. | |||
Riesgo de los Pasivos | Riesgos Técnicos del Seguro: riesgo de tarificación, suscripción, diseño de productos, administración de siniestros, de insuficiencia de las reservas técnicas, longevidad (Rentas Vitalicias) y caducidad. | ||
Otros Riesgos | Riesgo Operacional: riesgo de pérdidas por problemas en los sistemas y procedimientos operacionales y de administración de la compañía. Incluye riesgos asociados a los sistemas tecnológicos. | ||
Riesgo Legal y Regulatorio: riesgo asociado a cambios legales o regulatorios o de incumplimientos por parte de la compañía de normas legales de cualquier naturaleza que puedan afectar sus operaciones. | |||
Riesgo de Grupo: riesgo de pérdidas por contagio (problemas del grupo) o por transacciones con empresas relacionadas. | |||
Evaluación Calidad de la Gestión de Riesgos | Xxxxxx Xxxx Agregado Compañía |
Riesgo Neto Agregado Compañía | + - | Evaluación Cualitativa del Patrimonio | = | Riesgo Neto Final |
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