RELACIÓN DE DOCUMENTOS:
CONSEJERÍA DE SALUD Y CONSUMO
ACUERDO DEL CONSEJO DE GOBIERNO, POR EL QUE SE AUTORIZA EL EXPEDIENTE DE GASTO RELATIVO A LA CONTRATACIÓN, POR EL SERVICIO ANDALUZ DE SALUD, DEL SERVICIO DE OPERACIÓN Y SUPERVISIÓN DE SALUD RESPONDE, POR UN IMPORTE TOTAL DE 23.191.905,08 €, IVA INCLUIDO.
RELACIÓN DE DOCUMENTOS:
TODOS LOS DOCUMENTOS DEL EXPEDIENTE SON ACCESIBLES
Nº de orden | Denominación del documento |
1 | Memoria justificativa. |
2 | Acuerdo de Inicio. |
3 | Informe de fiscalización de la Intervención General |
4 | Documento contable A. |
5 | Memoria justificativa complementaria |
En virtud de lo establecido en el Acuerdo de 17 de diciembre de 2013, del Consejo de Gobierno, por el que se adoptan medidas para la transparencia del Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía, y dando cumplimiento a las Instrucciones de coordinación para asegurar la homogeneidad en el tratamiento de la información en cumplimiento de lo establecido en el citado Acuerdo, se emite la presente propuesta sobre la aplicación de los límites de acceso de los documentos que integran el expediente relativo al asunto indicado.
LA VICECONSEJERA
Es copia auténtica de documento electrónico
1 Se hace constar que puede haber censuras parciales en los documentos relacionados en virtud de lo establecido en la normativa vigente en materia de protección de datos de carácter personal.
Puede verificar la integridad de una copia de este documento mediante la lectura del código QR adjunto o mediante el acceso a la dirección xxxxx://xx000.xxxxxxxxxxxxxxxx.xx/xxxxxxxxxXxxxx indicando el código de VERIFICACIÓN | ||||
FIRMADO POR | XXXXX XXXXX DEL MORAL XXXX | FECHA | 17/06/2024 | |
VERIFICACIÓN | Pk2jmZNDF7FJCHYFQRH9VBF5S395YV | PÁGINA | 1/1 |
Consejería de Salud y Consumo
Servicio Andaluz de Salud
MEMORIA JUSTIFICATIVA QUE EMITE LA DIRECCIÓN ECONÓMICO FINANCIERA Y DE SERVICIOS GENERALES DEL CENTRO DE EMERGENCIAS SANITARIAS 061 PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE OPERACIÓN Y SUPERVISIÓN DE SALUD RESPONDE.
La presente memoria justificativa se emite al objeto de dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 116.4 de la Ley 9/2017 de 8 de noviembre de Contratos del Sector Público, en adelante LCSP.
1. Objeto del contrato.
El objeto del contrato es el servicio de operación y supervisión de Salud Responde.
2. Justificación e idoneidad del contrato.
El Centro de Emergencias Sanitarias 061 del Servicio Andaluz de Salud (en adelantes CES061) gestiona el servicio Salud Responde desde el que se da respuesta a la demanda no presencial de información y servicios orientados a la salud de los ciudadanos de Andalucía, así como a determinadas demandas de los profesionales del Sistema Sanitario Público de Andalucía.
Su cartera de servicios ofrece:
• Cita Previa Atención Primaria
• Cita Previa Vacunación
• Gestión de citas en Atención Especializada
• Cita Análisis Clínicos
• Salud Andalucía 24 horas
• Servicio de Traducción Lingüística
• Registro Voluntad Vital Anticipada
• Libre Elección de Hospital
• Segunda Opinión Médica
• Enfermería Comunitaria de Enlace
• Servicio de Información sobre el Tabaco
• Programa Pacientes Alto Riesgo
• Seguimiento de Pacientes frágiles por temperaturas extremas.
• Seguimiento de Pacientes frágiles al alta hospitalaria.
• Seguimiento de Pacientes con Cuidados Paliativos.
• Seguimiento de Pacientes asistidos por 061.
Es copia auténtica de documento electrónico
• Servicios de Información SSPA, incluyendo Tarjeta Sanitaria, Bolsa de empleo del SAS, Salud Bucodental, etc.
• Ventana abierta a la familia.
• Detección precoz de Cáncer xx Xxxxx.
• Teléfono de drogodependencia y adicción.
• Teléfono de información sexual para jóvenes.
• Transferencia a encuestas (servicio automatizado).
• Telemonitorización de pacientes con diabetes.
• Proyecto AIRE/EPOC.
• Envejecimiento Saludable.
Centro de Emergencias Sanitarias 061
• Línea Alzheimer.
• Programa CMA.
• Apoyo para gestión de recursos internos dedicados a la recepción de demandas de cualquier modalidad de transporte sanitario que se gestione por los CCUE.
• Xxxxxxxx de nueva incorporación como seguimiento y atención a pacientes crónicos, cribados y pilotajes
La población cubierta por la cartera de servicios alcanza los más de 8 millones y medio de habitantes andaluces, así como a población foránea y extranjera, itinerante o estacional, con derecho de acceso a los mismos. El servicio se extiende a todas las poblaciones y territorio de Andalucía. Salud Responde presta servicios a la ciudadanía durante las 24 horas de todos los días del año, sin interrupción, siendo por ello imprescindible la adecuada prestación de los servicios que les dan soporte entre los que se encuentra el que constituye el objeto del contrato, cuya finalidad es la atención de las llamadas que se reciban por los diferentes canales disponibles (teléfono, fax, correo electrónico, Web colaborativo, APP, etc.).
3. Insuficiencia de medios.
Se hace constar la carencia en esta Administración de medios humanos y técnicos que permitan la ejecución de la prestación por sus propios medios, siendo, absolutamente necesario, acudir a la contratación externa para la realización del objeto contractual.
4. Procedimiento de adjudicación.
El procedimiento de adjudicación de este expediente será el Procedimiento Abierto, en orden a fomentar la máxima participación y concurrencia al mismo por parte de los licitadores, ya que todo empresario interesado podrá presentar su proposición, quedando excluida toda negociación de los términos del contrato con los licitadores, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 131 y 156 de la Ley 9/2017 de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE de 26 de febrero de 2014, tramitándose el expediente de forma ORDINARIA.
El contrato se encuentra sujeto a regulación armonizada, por superar el umbral previsto en el artículo 22 de la LCSP y no encontrarse entre los excluidos en el artículo 19 del mismo texto legal.
5.- División del objeto del contrato en Lotes.
Es copia auténtica de documento electrónico
El objeto del contrato no se ha dividido en lotes, lo cual está justificado por los motivos que se exponen a continuación.
La realización independiente de prestaciones comprendidas en el objeto del contrato dificultaría desde el punto de vista técnico la correcta ejecución del mismo, ya que todos los servicios que integran la cartera de Salud Responde se prestan con vocación de polivalencia por el personal de operación que trabaja desde los puestos de consola ubicados en una única sala de coordinación soportados por un único sistema de información, por lo que el adecuado desarrollo de la prestación requiere la homogeneización de procedimientos y protocolos, con líneas de actuación bajo un único ámbito de responsabilidad, unificando la interlocución con la empresa adjudicataria y la estandarización de modelos de gestión y organización e indicadores de calidad.
P á g i n a 2 | 17
Asimismo, se ha de tener en cuenta la optimización de recursos económicos y la reducción de costes de estructura que supone la prestación por un único adjudicatario, aplicando sinergias que permitan aumentar la productividad y eficiencia de los servicios contratados.
6. Plazo de ejecución del contrato.
El plazo de ejecución del contrato es de 36 meses
La fecha de inicio del plazo de ejecución será la fijada en el contrato, estimándose como fecha prevista el 1 xx xxxxxx de 2024.
Duración del contrato: 36 meses
El contrato podrá ser prorrogado hasta 12 meses.
7. CPV y Clasificación.
CPV: 79512000-6 - Centro de llamadas
La clasificación administrativa de la persona licitadora en la categoría del Grupo: U, Subgrupo: 8 y Categoría: 5, podrá sustituir los requisitos de solvencia técnica o profesional y económica y financiera.
8. Criterios de solvencia económica y financiera y técnica o profesional.
Para celebrar el presente contrato los empresarios deberán acreditar estar en posesión de las siguientes condiciones mínimas de solvencia económica y financiera y profesional o técnica:
SOLVENCIA ECONÓMICA Y FINANCIERA:
La solvencia económica y financiera se acreditará mediante un volumen anual de negocios de la persona licitadora, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades de la persona licitadora y de presentación de ofertas, por importe igual o superior al del presupuesto base de licitación, IVA excluido.
Es copia auténtica de documento electrónico
El volumen anual de negocios de la persona licitadora se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil.
Justificación:
Un volumen de negocios en la proporción requerida en relación al importe del contrato permite presumir suficiencia en la capacidad del adjudicatario para producir y hacer frente a las obligaciones económicas y
P á g i n a 3 | 17
financieras que derivarán de la adjudicación del presente contrato. El umbral establecido, es conforme con el previsto en el artículo 87.1.a) de la LCSP.
SOLVENCIA TÉCNICA O PROFESIONAL:
La solvencia técnica o profesional se acreditará mediante una relación de los principales servicios realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato, indicando su importe, fechas y destinatario público o privado de los mismos, acompañada de los documentos acreditativos correspondientes.
Los servicios efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un comprador privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario acompañado de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación.
El periodo para tener en consideración los servicios realizados será el de los tres últimos años, para garantizar un nivel adecuado de competencia y previa justificación en el expediente.
Deberá acreditar en servicios de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato, simultáneamente:
• Un total de destinatarios públicos o privados no inferior a tres.
• Un importe anual acumulado sin incluir impuestos en el año de mayor ejecución igual o superior al 70% de la anualidad media del presupuesto de licitación, IVA excluido.
Para determinar que un servicio es de igual o similar naturaleza al que constituye el objeto del contrato se atenderá a los cuatro primeros dígitos de los respectivos códigos de la CPV.
Justificación:
Es copia auténtica de documento electrónico
De acuerdo con el art. 90.1 LCSP, se ha elegido el requisito de experiencia de la persona licitadora en contratos similares acordes con el objeto del contrato para tener una cierta garantía de que la persona licitadora tiene la experiencia y capacidades necesarias para llevar a cabo el contrato, y no se ha visto necesario añadir otros requisitos que la LCSP señala como posibles. Esta exigencia responde de manera adecuada al objeto del contrato, sin llegar a resultar restrictiva la exigencia para los licitadores.
REQUISITOS RELATIVOS A GARANTÍA DE LA CALIDAD, O DE GESTIÓN MEDIOAMBIENTAL, CONFORME A LO DISPUESTO EN LOS ARTÍCULOS 93 Y 94 DE LA LCSP:
Las personas licitadoras acreditarán el cumplimiento de las siguientes normas de garantía de la calidad mediante certificación emitida por entidad certificadora acreditada conforme a las normas europeas relativas a la certificación o certificados equivalentes establecidos en cualquier Estado miembro de la Unión Europea u otras pruebas de medidas equivalentes de garantía de la calidad o de gestión medioambiental que presenten los empresarios:
• Sistemas de Gestión de la Calidad: ISO 9001
Los certificados acreditativos que se presenten deberán estar vigentes y referidos al objeto del contrato. Las empresas licitadoras deberán presentar los certificados en castellano/español o, de presentarse en otro idioma, deberá venir acompañado de traducción jurada realizada por traductor jurado o consulado, todo ello según la normativa de aplicación.
9. Criterios de adjudicación.
Es copia auténtica de documento electrónico
Los criterios de adjudicación del expediente están directamente relacionados con la prestación contractual, siendo los que a continuación se relacionan:
CRITERIOS EVALUABLES DE FORMA AUTOMÁTICA O MEDIANTE LA APLICACIÓN DE FÓRMULAS. Puntuación global: | 55 | ||||
N.º Orden Criterio | Criterio | Puntos máximos | Nº Orden subcriterio | Descripción | Ponderación (puntos máximo) |
1. | OFERTA ECONÓMICA | 55 | 1.1 | Puntuación obtenida a partir del importe total ofertado de acuerdo a la siguiente fórmula: Pec = 55 (1-0,7b) Donde: Pec es la puntuación asignada a la propuesta b es el porcentaje de bajada respecto al presupuesto base de licitación. Por ejemplo, si el porcentaje de bajada propuesto es 10%, b=10. | 55 |
45
CRITERIOS EVALUABLES MEDIANTE UN JUICIO DE VALOR O NO AUTOMÁTICOS. Puntuación global:
N.º Orden Criterio | Criterio | Puntos máximos | Nº Orden subcriterio | Descripción | Ponderación (puntos) |
2 | PLAN DE GESTIÓN DEL SERVICIO (Plan de gestión del servicio es la propuesta de cada licitador de un diseño sobre la mejor forma de manejar la prestación del servicio de salud responde teniendo en cuenta la cartera de servicios, donde se establecerá la estructura organizativa, el dimensionamiento diario/semanal/men sual de los gestores, así como el sistema de evaluación propuesto, así como modelo de incentivación y conciliación de los profesionales del servicio) | 20 | 2.1 | Se valorará la idoneidad de la estructura organizativa propuesta por el licitador para la gestión del servicio, enrelacióncon el dimensionamiento de la plantillade gestores según lacartera de servicio y la distribución en sala tanto diaria como semanal, con el control de los tiempos efectivos de operación, los tiempos de descanso y PVD establecidos, que deberán seguir para maximizar la actividadteniendoen cuenta lorecogidoen el convenio colectivodel sector, con especial incidencia a los cambio de turno, así como la adecuación a los protocolos, según las Unidades de operación integradas (UOPI) . (máximo 8 puntos) Obtendrálamáximapuntuación lapropuestamejororientadaa las necesidades del servicio. El resto de ofertas se valorará proporcionalmente en comparación con la propuesta mejor valorada. | 8 |
2,2 | Se valorará el sistema de evaluación de la prestación del servicio, donde se establecerá el cumplimiento de los aspectos y criterios de calidad, el modelo de obtención de información adicional para ser tenidos en cuenta para valorar el correcto funcionamiento del servicio así como plande acción de mejoras necesarias, teniendoen cuenta en dicho sistema, entre otros, indicadores de servicio, trazabilidad del servicio, sistema de auditoría, adecuación a los protocolos y procedimientos de trabajo y satisfacción de los usuarios, incluyendo en el sistema a evaluar la propuesta de modelo de gobernanzadentro del servicio y de seguimientocon la Dirección de Salud Responde (máximo 4 puntos) Obtendrálamáximapuntuación lapropuestamejororientadaa las necesidades del servicio. El resto de ofertas se valorará proporcionalmente en comparación con la propuesta mejor valorada. | 4 | |||
2.3 | Se valorarán las actuaciones propuestas ante las desviaciones que se produzcan en los procesos de gestiónde los servicios, asícomolos mecanismos que se adoptarán en caso de dichas desviaciones o incumplimientos en la gestión del servicio. Mejoras propuestas del Manual de Estilo de Salud Responde. (máximo 4 puntos) Obtendrálamáximapuntuación lapropuestamejororientadaa las necesidades del servicio. El resto de ofertas se valorará proporcionalmente en comparación con la propuesta mejor valorada. | 4 | |||
2.4 | Se valorarán los planes y medidas de incentivación y conciliación de la vida familiar propuestos en beneficio de los trabajadores que se adscriben al servicio objeto del contrato. (máximo 4 puntos) Obtendrálamáximapuntuación lapropuestamejororientadaa las necesidades del servicio. El resto de ofertas se valorará proporcionalmente en comparación con la propuesta mejor valorada. | 4 | |||
3 | PLAN DE CONTINGENCIAS ESTABLECIDO (Un plan de contingencia es la estrategia de respaldo del servicio donde se establecerá la respuesta si la ocurrencia de eventos imprevistos afectan a la prestación del servicio) | 15 | 3.1 | Se valorará la adecuación a las necesidades del servicio del plan de acción para gestionar las ausencias de gestores no previstas, para dar la respuesta lo más inmediata posible y garantizar la cobertura sin afectación al funcionamiento de la sala para cada uno de los perfiles, valorándose la coberturainmediatao conmenor cronade las ausencias no previstas enterminos de hora/s. Hasta 7 puntos. Obtendrálamáximapuntuación lapropuestamejororientadaa las necesidades del servicio. El resto de ofertas se valorará proporcionalmente en comparación con la propuesta mejor valorada. | 7 |
3.2 | Se valorará el plan de acción para hacer frente a los incrementos repentinos de la demanda, y estrategias y herramientas que garantizarán su cumplimiento, valorándose la adecuación a las necesidades del servicio de las acciones que permitan incrementar el número de gestores o cualquierotroinstrumento oherramienta que permita dar respuesta aesos incrementos repentinos de la demanda. Hasta 5 puntos. Obtendrálamáximapuntuación lapropuestamejororientadaa las necesidades del servicio. El resto de ofertas se valorará proporcionalmente en comparación con la propuesta mejor valorada. | 5 | |||
3.3 | Se valorarán los compromisos concretos de modelos que aseguren disponibilidad para incrementar el volumen de gestores y los plazos de tiempo en el que estarán plenamente operativos, valorandose el número de gestores y el menor plazo de tiempo de operatividad de los mismos en terminos de hora/s. Hasta 3 puntos. Obtendrálamáximapuntuación lapropuestamejororientadaa las necesidades del servicio. El resto de ofertas se valorará proporcionalmente en comparación con la propuesta mejor valorada. | 3 |
Es copia auténtica de documento electrónico
4 | PLAN DE TRANSICIÓN (Un plan de transición es la propuesta de cada licitador de como organizará la transferencia de procesos y conocimientos necesarios para el inicio y finalización del servicio) | 5 | 4.1 | PLAN DE INICIO DE CONTRATO Se valoraráel grado de adecuación alas necesidades del servicio del plan de transición propuesto en relación con las tareas, herramientas y calendario para garantizar la transición para el inicio de la prestación sin afectación al servicio y garantizando el mantenimiento de los indicadores de calidad durante la transición, en el mismo se valorará la especificación de las tareas en relación con la cartera de servicios, la distribución del dimensionamiento de los gestores, asi como la calendarizaciónde dichas tareas y las herramientas de sistemade información que se utilizarán en la misma. Hasta 3 puntos. Obtendrálamáximapuntuación lapropuestamejororientadaa las necesidades del servicio. El resto de ofertas se valorará proporcionalmente en comparación con la propuesta mejor valorada. | 3 |
4.2 | PLAN DE FINALIZACIÓN DEL CONTRATO Se valoraráel grado de adecuación alas necesidades del servicio del plan de transición propuesto en relación con las tareas, herramientas y calendario para la transferencia de documentación y conocimientos al nuevo adjudicatario al finalizar el contrato, enel mismo se valorará especificando de las tareas en relación con la cartera de servicios, la distribución del dimensionamiento de los gestores, asi como la calendarización de dichas tareas y las herramientas de sistema de información que se utilizarán en la misma. Hasta 2 puntos. Obtendrálamáximapuntuación lapropuestamejororientadaa las necesidades del servicio. El resto de ofertas se valorará proporcionalmente en comparación con la propuesta mejor valorada. | 2 | |||
5 | PLAN DE FORMACIÓN. Se valorará el Plan de formación, tanto en los procesos de incorporación de nuevos gestores y restantes perfiles profesionales, como en la formación continua del personal adscrito al servicio. | 5 | 5.1 | Se valorarán los diferentes Planes de formación continua en atención al análisis de necesidades y metodología, diferenciando los distintos perfiles profesionales implicados en la gestión, valorandose la herramienta según la metodología, el catálogo de formación prevista, asi como el retorno de la inversión (ROI) en formación previsto y la propuesta de medición del ROI. (máximo 3 puntos). Obtendrálamáximapuntuación lapropuestamejororientadaa las necesidades del servicio. El resto de ofertas se valorará proporcionalmente en comparación con la propuesta mejor valorada. | 3 |
5.2 | Se valorarán los sistemas e-learning de aprendizaje y herramientas específicas para apoyo a la formación, así como todo aquello que represente un valor en este apartado para la prestación del servicio, valorandose igualmente el ROI y la medición sobre el mismo propuesta. (máximo 2 puntos). Obtendrálamáximapuntuación lapropuestamejororientadaa las necesidades del servicio. El resto de ofertas se valorará proporcionalmente en comparación con la propuesta mejor valorada. | 2 |
El umbral mínimo de puntuación exigido al licitador para continuar en el proceso selectivo es del 50 por ciento de la puntuación global de los criterios de adjudicación NO
automáticos: 22,5 puntos
Umbral mínimo de puntuación para continuar en el proceso selectivo:
JUSTIFICACIÓN DE LOS CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN AUTOMÁTICOS O EVALUABLES MEDIANTE LA APLICACIÓN DE FÓRMULAS:
OFERTA ECONÓMICA
Es copia auténtica de documento electrónico
Resulta adecuado, en orden a la determinación de la mejor relación calidad-precio, la valoración del mejor precio ofertado. La elección de la fórmula económica se justifica en una distribución de la puntuación total, de manera que se otorgará la máxima puntuación a la oferta económica que tenga el precio más bajo y el resto de propuestas se valorarán mediante la fórmula indicada para la valoración de económica de la oferta.
JUSTIFICACIÓN DE LOS CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN EVALUABLES MEDIANTE UN JUICIO DE VALOR O NO AUTOMÁTICOS:
Los criterios evaluables mediante juicio de valor o no automáticos se estructuran en la elaboración de cuatro planes que cubren diferentes ámbitos, cada uno de ellos con diferentes subcriterios que valoran distintos aspectos de la prestación:
• Planes de transición del contrato: criterios orientados a garantizar transiciones suaves sin afectación en el nivel de servicio.
• Plan Gestión del Servicio: criterios orientados a disponer de herramientas de seguimiento y gestión del desarrollo de la actividad, desde el dimensionamiento necesario en cada momento hasta los procedimientos o la interlocución con la Dirección de Salud Responde.
• Plan de Contingencias: criterios orientados a garantizar las coberturas ante ausencias y la gestión de los incrementos de actividad imprevistos para conseguir los niveles de actividad óptimos en cada momento.
• Plan de formación: criterios orientados a disponer de las herramientas y los recursos para garantizar la adecuada formación de todo el personal adherido al contrato.
10. Presupuesto base de licitación y su desglose. Términos en los que se formula el precio del contrato.
El presupuesto base de licitación (PBL) asciende a 23.191.905,08 euros (IVA incluido), formulado en términos de precio a tanto alzado y en términos de precio unitario, conforme al desglose que se muestra a continuación:
CONCEPTO | TÉRMINOS DEL PRECIO | Precio unitario IVA incluido | Nº de unidades | PBL | IMPORTE PBL IVA NO INCLUIDO | IVA 21% |
Servicio de operación, supervisión y actividades complementarias. | PRECIO A TANTO ALZADO | 22.160.077,58 | 18.314.113,70 | 3.845.963,88 | ||
Horas adicionales de operación | PRECIO UNITARIO | 22,9295 | 45.000 | 1.031.827,50 | 852.750,00 | 179.077,50 |
TOTAL PRESUPUESTO | 23.191.905,08 | 19.166.863,70 | 4.025.041,38 |
Es copia auténtica de documento electrónico
El detalle del precio por cada anualidad de contrato se muestra a continuación:
ANUALIDAD CONTRATO | ||||
CONCEPTO | Primera | Segunda | Tercera | Total |
Servicio de operación, supervisión y actividades complementarias. | 5.969.464,68 | 6.105.404,70 | 6.239.244,00 | 00.000.000,70 |
Número de Horas adicionales de operación | 15.000 | 15.000 | 15.000 | 45.000 |
Precio unitario de Horas adicionales de operación | 18,95 | 18,95 | 18,95 | 18,95 |
Importe de Horas adicionales de operación | 284.250,00 | 284.250,00 | 284.250,00 | 852.750,00 |
Total IVA no incluido | 6.253.714,68 | 6.389.654,70 | 6.523.494,00 | 00.000.000,70 |
Importe de IVA | 1.313.280,08 | 1.341.827,49 | 1.369.933,81 | 4.025.041,38 |
Total IVA incluido | 7.566.994,76 | 7.731.482,19 | 7.893.428,00 | 00.000.000,08 |
P á g i n a 8 | 17
Precio del contrato a abonar al contratista
Los licitadores presentarán su oferta económica por el importe total, es decir, en relación al total de PBL.
El precio del contrato del “Servicio de operación, supervisión y actividades complementarias”, con precio a tanto alzado, será el resultante de minorar el importe de dicho precio considerado en presupuesto en el mismo porcentaje de reducción que represente el precio ofertado por el adjudicatario en relación al total de PBL, con abono mensual en cada anualidad de contrato de la doceava parte del importe que resulte de aplicar la baja ofertada al importe en PBL de la anualidad correspondiente.
El precio del contrato de las “Horas adicionales de operación”, con precio en términos de precio unitario, será el resultante de minorar el importe de dicho precio unitario considerado en presupuesto en el mismo porcentaje de reducción que represente el precio ofertado por el adjudicatario en relación al total de PBL, con abono mensual del número horas efectivamente realizadas y certificadas por el responsable del contrato multiplicado por el importe del precio unitario.
En la determinación del PBL se ha tenido en cuenta, además de los costes derivados de la aplicación de las normativas laborales vigentes, los derivados del convenio colectivo sectorial de aplicación, así como otros costes que se derivan de la ejecución material, los gastos generales de estructura y el beneficio industrial, cuyo desglose se muestra a continuación:
CONCEPTO | Costes directos | Costes indirectos (9,34 %) | TOTAL COSTES IVA NO INCLUIDO | IVA 21% | PBL |
Servicio de operación, supervisión y actividades complementarias. | 16.749.154,37 | 1.564.959,33 | 18.314.113,70 | 3.845.963,88 | 22.160.077,58 |
Horas adicionales de operación | 779.881,66 | 72.868,34 | 852.750,00 | 179.077,50 | 1.031.827,50 |
TOTAL PRESUPUESTO | 17.529.036,03 | 1.637.827,67 | 19.166.863,70 | 4.025.041,38 | 23.191.905,08 |
Es copia auténtica de documento electrónico
En virtud del artículo 100.2 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, los órganos de contratación deben cuidar de que el presupuesto base de licitación sea adecuado a los precios xxx xxxxxxx, para lo cual deberán desglosar los costes directos e indirectos, y otros eventuales gastos considerados para su determinación. Además, en el citado artículo se establece que cuando formen parte del precio total del contrato los costes laborales de
P á g i n a 9 | 17
las personas empleadas para su ejecución, éste se debe desglosar por categoría profesional y género a partir del convenio laboral de referencia.
Dicho desglose se muestra a continuación:
A) Concepto Servicio de operación, supervisión y actividades complementarias.
Dimensionamiento anual del servicio, número de profesionales e importe xx xxxxxxx base anual considerado, sin incluir pluses salariales y extrasalariales:
Importe xxx xxxxxxx anual | |||||||||
Actividad | Dimensionami ento anual del servicio (Horas/año) | Categoría profesional | Nivel | Jornada anual (horas) | Número de profesionales | 2024 | 2025 | 2026 | 2027 |
Operación | 266.376 | Gestor Telefónico | 9 | 1.764 | 151,01 | 18.756,10 | 19.131,22 | 19.609,50 | 20.001,69 |
Supervisión de operación | 33.516 | Supervisor B | 7 | 1.764 | 19,00 | 20.411,05 | 20.819,27 | 21.339,75 | 21.766,55 |
Actividades complementarias | 6.174 | Oficial Administrativo | 8 | 1.764 | 3,50 | 17.599,36 | 17.951,35 | 18.400,13 | 18.768,14 |
Calidad y formación | 7.056 | Agente Calidad | 8 | 1.764 | 4,00 | 20.235,16 | 20.639,86 | 21.155,86 | 21.578,97 |
Planificador | 1.764 | Supervisor B | 7 | 1.764 | 1,00 | 20.411,05 | 20.819,27 | 21.339,75 | 21.766,55 |
Estadístico | 1.764 | 5 | 1.764 | 1,00 | 22.747,19 | 23.202,13 | 23.782,19 | 24.257,83 | |
Responsable de Servicio | 1.764 | Responsable Servicios | 5 | 1.764 | 1,00 | 22.747,19 | 23.202,13 | 23.782,19 | 24.257,83 |
Los costes por año natural de 2024 a 2027 se muestran a continuación:
Servicio de operación, supervisión y actividades complementarias. | Nivel | Nº prof. | 2024 | 2025 | 2026 | 2027 |
Salario anual Gestor Telefónico | 9 | 151,01 | 2.832.299 | 2.888.945 | 2.961.168 | 3.020.392 |
Salario anual Supervisor B | 7 | 19,00 | 387.810 | 395.566 | 405.455 | 413.564 |
Salario anual Oficial Administrativo | 8 | 3,50 | 61.598 | 62.830 | 64.400 | 65.688 |
Salario anual Agente Calidad | 8 | 4,00 | 80.941 | 82.559 | 84.623 | 86.316 |
Salario anual Planificador | 7 | 1,00 | 20.411 | 20.819 | 21.340 | 21.767 |
Salario anual Estadístico | 5 | 1,00 | 22.747 | 23.202 | 23.782 | 24.258 |
Salario anual Responsable Servicios | 5 | 1,00 | 22.747 | 23.202 | 23.782 | 24.258 |
Coste total Salario anual | 3.428.553 | 3.497.123 | 3.584.550 | 3.656.243 | ||
Coste de compensación por trabajo en festivos 2,50% (Operación y Supervisión) | 80.502 | 82.113 | 84.165 | 85.849 | ||
Coste de sustituciones por IT y permisos retribuidos (7,00%) | 239.999 | 244.798 | 250.920 | 255.937 | ||
Pluses salariales: festivos, domingos y nocturnidad (incluida retribución en vacaciones) | 274.007 | 279.448 | 286.478 | 292.376 | ||
Pluses no salariales (transporte) | 4.442 | 4.529 | 4.644 | 4.738 | ||
Total coste retribución | 4.027.504 | 4.108.011 | 4.210.757 | 4.295.142 | ||
Seguridad Social a cargo de la empresa (33,00%) | 1.328.886 | 1.355.450 | 1.389.351 | 1.417.194 | ||
Otros costes directos | 40.520 | 40.520 | 40.520 | 40.520 | ||
Total costes directos | 5.396.910 | 5.503.981 | 5.640.628 | 5.752.856 | ||
Costes indirectos 9,34% (Gastos generales y Bº industrial) | 504.261 | 514.265 | 527.033 | 537.519 | ||
Importe Servicio de operación y supervisión (IVA no incluido) | 5.901.171 | 6.018.246 | 6.167.661 | 6.290.375 |
Es copia auténtica de documento electrónico
Los costes de personal se han calculado a partir de las horas de trabajo por categoría profesional necesarias para cubrir las horas de servicio conforme al dimensionamiento establecido en el apartado 4. Dimensionamiento. xxx xxxxxx de prescripciones técnicas, tomando como referencia a efectos de jornada y retribución el III Convenio colectivo de ámbito estatal del sector de contact center, con vigencia hasta el 31 de diciembre de 2026, publicado en el BOE nº 137 de 9 xx xxxxx de 2023 por Resolución de 30 xx xxxx de 2023, de la Dirección General de Trabajo, teniendo en cuenta lo siguiente en el salario anual considerado para el cálculo:
• El importe xx xxxxxxx base anual en 2024 del personal de las actividades Operación y Supervisión de operación es el reflejado en la información sobre las condiciones de subrogación en contratos de trabajo aportada por la empresa adjudicataria del contrato SERVICIO DE OPERACIÓN Y SUPERVISIÓN DE SALUD RESPONDE (EXPTE. E/21002060/000) actualmente vigente.
• En el importe xx xxxxxxx base anual en 2024 del personal de la actividad Calidad y Formación se ha tenido en consideración el reflejado en la información sobre las condiciones de subrogación en contratos de trabajo aportada por la empresa adjudicataria del contrato SERVICIO DE OPERACIÓN Y SUPERVISIÓN DE SALUD RESPONDE (EXPTE. E/21002060/000) actualmente vigente.
• Con carácter general, teniendo en cuenta los incrementos salariales pactados en convenio colectivo para los años 2025 y 2026, se ha estimado un 2% para 2025 y un 2,5% para 2026, porcentaje este que también se ha considerado como previsión de incremento salarial en 2027.
Convenio colectivo: Artículo 45. Incrementos salariales
Año 2025: IPC cerrado año anterior (mínimo 1% tope 3,5%).
Año 2026: IPC cerrado año anterior + diferencial 0,5% (mínimo 1% - tope 3,5%).
Se ha incluido el coste de sustituciones por incapacidad temporal y permisos retribuidos y la compensación por festivos sobre la base sobre la base del histórico del servicio, con un total estimado del 7% sobre importes xx xxxxxxx base anual.
Es copia auténtica de documento electrónico
Asimismo, se han incluido los pluses salariales por trabajo en festivos, domingos y noches, incluida la retribución en vacaciones, y el plus extrasalarial de transporte conforme al siguiente desglose:
Importe unitario | |||||||
Pluses salariales: | Nº Uds. por año | Retrib. en vacac. | 2024 | 2025 | 2026 | 2027 | |
Gestor Telefónico | Nocturnidad (horas de 22:00 a 06:00) | 22.985 | 2.229 | 1,85 | 1,89 | 1,94 | 1,98 |
Gestor Telefónico | Horas Festivos especiales | 1.872 | 182 | 11,74 | 11,97 | 12,27 | 12,52 |
Gestor Telefónico | Horas Festivos normales | 27.817 | 2.697 | 5,53 | 5,64 | 5,78 | 5,90 |
Gestor Telefónico | Horas Domingos | 5.884 | 571 | 1,91 | 1,95 | 2,00 | 2,04 |
Supervisor B | Nocturnidad (horas de 22:00 a 06:00) | 2.892 | 280 | 1,85 | 1,89 | 1,94 | 1,98 |
Supervisor B | Horas Festivos especiales | 236 | 23 | 12,80 | 13,06 | 13,39 | 13,66 |
Supervisor B | Horas Festivos normales | 740 | 72 | 6,04 | 6,16 | 6,31 | 6,44 |
Supervisor B | Horas Domingos | 3.500 | 339 | 2,08 | 2,12 | 2,17 | 2,21 |
Importe anual | |||||||
Pluses salariales: | Nº Uds. por año | Retrib. en vacac. | 2024 | 2025 | 2026 | 2027 | |
Gestor Telefónico | Nocturnidad (horas de 22:00 a 06:00) | 22.985 | 2.229 | 46.646 | 47.654 | 48.915 | 49.924 |
Gestor Telefónico | Horas Festivos especiales | 1.872 | 182 | 24.113 | 24.590 | 25.206 | 25.720 |
Gestor Telefónico | Horas Festivos normales | 27.817 | 2.697 | 168.858 | 172.100 | 176.372 | 180.034 |
Gestor Telefónico | Horas Domingos | 5.884 | 571 | 12.314 | 12.588 | 12.911 | 13.169 |
Supervisor B | Nocturnidad (horas de 22:00 a 06:00) | 2.892 | 280 | 5.868 | 5.995 | 6.154 | 6.281 |
Supervisor B | Horas Festivos especiales | 236 | 23 | 3.311 | 3.377 | 3.462 | 3.532 |
Supervisor B | Horas Festivos normales | 740 | 72 | 4.908 | 5.004 | 5.126 | 5.232 |
Supervisor B | Horas Domingos | 3.500 | 339 | 7.990 | 8.139 | 8.331 | 8.484 |
Total | 274.007 | 279.448 | 286.478 | 292.376 |
Importe unitario | |||||||
Pluses no salariales: | Nº Uds. por año | 2024 | 2025 | 2026 | 2027 | ||
Gestor Telefónico | Transporte | 640 | 6,17 | 6,29 | 6,45 | 6,58 | |
Supervisor B | Transporte | 80 | 6,17 | 6,29 | 6,45 | 6,58 |
Importe anual | |||||||
Pluses no salariales: | Nº Uds. por año | 2024 | 2025 | 2026 | 2027 | ||
Gestor Telefónico | Transporte | 640 | 3.949 | 4.026 | 4.128 | 4.211 | |
Supervisor B | Transporte | 80 | 494 | 503 | 516 | 526 | |
Total | 4.442 | 4.529 | 4.644 | 4.738 |
Sobre el coste total de retribuciones descrito anteriormente, se ha calculado el coste de la Seguridad Social a cargo de la empresa estimado en un 33%, incluyendo un 0,72% de media ponderada en concepto de Mecanismo de Equidad Intergeneracional (MEI: 0,58%, 0,67%, 0,75% y 0,83% en 2024 a
2027).
En otros costes directos se contempla el gasto en equipamientos y otros recursos materiales necesarios para la prestación del servicio (auriculares, material de oficina, equipo multifunción), así como gastos en formación externa del personal, con el siguiente desglose:
Otros costes directos | Importe anual |
Equipo multifunción | 3.520 |
Material de oficina y papelería | 5.000 |
Cascos y auriculares | 14.000 |
Formación externa | 18.000 |
Total | 40.520 |
Para el cálculo de los importes por anualidad de contrato se ha considerado como fecha de inicio del plazo de ejecución el 1 xx xxxxxx de 2024, con la siguiente distribución mensual:
ANUALIDAD DEL CONTRATO | |||
Primera | Segunda | Tercera | |
Año | nº meses del año incluidos en la anualidad | ||
2024 | 5,00 | ||
2025 | 7,00 | 5,00 | |
2026 | 7,00 | 5,00 | |
2027 | 7,00 |
Es copia auténtica de documento electrónico
El desglose de costes por anualidad de contrato se muestra a continuación:
ANUALIDAD DEL CONTRATO | ||||||
Servicio de operación, supervisión y actividades complementarias. | Nivel | Nº prof. | Primera | Segunda | Tercera | Total |
Salario anual Gestor Telefónico | 9 | 151,01 | 2.865.343 | 2.931.075 | 2.995.715 | 8.792.133 |
Salario anual Supervisor B | 7 | 19,00 | 392.334 | 401.335 | 410.185 | 1.203.854 |
Salario anual Oficial Administrativo | 8 | 3,50 | 62.317 | 63.746 | 65.151 | 191.214 |
Salario anual Agente Calidad | 8 | 4,00 | 81.885 | 83.763 | 85.611 | 251.258 |
Salario anual Planificador | 7 | 1,00 | 20.649 | 21.123 | 21.589 | 63.361 |
Salario anual Estadístico | 5 | 1,00 | 23.012 | 23.540 | 24.060 | 70.612 |
Salario anual Responsable Servicios | 5 | 1,00 | 23.012 | 23.540 | 24.060 | 70.612 |
Total Salario anual | 3.468.552 | 3.548.122 | 3.626.371 | 10.643.045 | ||
Coste de compensación por trabajo en festivos 2,50% (Operación y Supervisión) | 81.442 | 83.310 | 85.147 | 249.899 | ||
Coste de sustituciones por IT y permisos retribuidos (7,00%) | 242.798 | 248.369 | 253.847 | 745.014 | ||
Pluses salariales: festivos, domingos y nocturnidad (incluida retribución en vacaciones) | 277.181 | 283.549 | 289.918 | 850.648 | ||
Pluses no salariales (transporte) | 4.493 | 4.596 | 4.699 | 13.787 | ||
Total coste retribución | 4.074.466 | 4.167.946 | 4.259.982 | 12.502.394 | ||
Seguridad Social a cargo de la empresa (33,00%) | 1.344.382 | 1.375.226 | 1.405.593 | 4.125.200 | ||
Otros costes directos | 40.520 | 40.520 | 40.520 | 121.560 | ||
Total costes directos | 5.459.368 | 5.583.692 | 5.706.094 | 16.749.154 | ||
Costes indirectos 9,34% (Gastos generales y Bº industrial) | 510.097 | 521.713 | 533.150 | 1.564.960 | ||
Importe Servicio de operación y supervisión (IVA no incluido) | 5.969.465 | 6.105.405 | 6.239.244 | 18.314.114 |
IVA | 1.253.588 | 1.282.135 | 1.310.241 | 3.845.964 |
PBL | 7.223.052 | 7.387.540 | 7.549.486 | 22.160.078 |
ANUALIDAD DEL CONTRATO | |||||
Pluses salariales: | Primera | Segunda | Tercera | Total | |
Gestor Telefónico | Nocturnidad (horas de 22:00 a 06:00) | 47.234 | 48.390 | 49.503 | 145.128 |
Gestor Telefónico | Festivos especiales | 24.391 | 24.950 | 25.506 | 74.847 |
Gestor Telefónico | Festivos normales | 170.750 | 174.592 | 178.508 | 523.850 |
Gestor Telefónico | Domingos | 12.474 | 12.776 | 13.061 | 38.312 |
Supervisor B | Nocturnidad (horas de 22:00 a 06:00) | 5.942 | 6.088 | 6.228 | 18.258 |
Supervisor B | Festivos especiales | 3.349 | 3.427 | 3.503 | 10.279 |
Supervisor B | Festivos normales | 4.964 | 5.075 | 5.188 | 15.227 |
Supervisor B | Domingos | 8.077 | 8.251 | 8.420 | 24.748 |
Total | 277.181 | 283.549 | 289.918 | 850.648 |
ANUALIDAD DEL CONTRATO | ||||
Pluses no salariales: | Primera | Segunda | Tercera | Total |
Gestor Telefónico Transporte | 3.994 | 4.085 | 4.177 | 12.255 |
Supervisor B Transporte | 499 | 511 | 522 | 1.532 |
Total | 4.493 | 4.596 | 4.699 | 13.787 |
B) Concepto Horas adicionales de operación
Es copia auténtica de documento electrónico
El importe unitario resulta de dividir los costes de retribución y pluses salariales entre el número de horas de la actividad, incrementado en el coste de la Seguridad Social a cargo de la empresa, habiéndose previsto la necesidad de un máximo de 45.000 horas en el plazo de ejecución del contrato, con una distribución anual estimada en 15.000 horas por anualidad de contrato.
El desglose del cálculo del coste unitario se muestra a continuación:
P á g i n a 13 | 17
Coste unitario de hora adicional de operación | 2024 | 2025 | 2026 | 2027 |
Salario anual Gestor Telefónico | 2.832.299,00 | 2.888.945,00 | 2.961.168,00 | 3.020.392,00 |
Coste de compensación por trabajo en festivos 2,50% | 70.807,00 | 72.224,00 | 74.029,00 | 75.510,00 |
Coste de sustituciones por IT y permisos retribuidos (7,00%) | 198.261,00 | 202.226,00 | 207.282,00 | 211.427,00 |
Coste retribución Operación excepto pluses salariales | 3.101.367 | 3.163.395 | 3.242.479 | 3.307.329 |
Total horas año de Operación | 266.376 | 266.376 | 266.376 | 266.376 |
Coste unitario retribución Operación excepto pluses salariales | 11,64 | 11,88 | 12,17 | 12,42 |
Pluses salariales de Operación | 251.930 | 256.933 | 263.405 | 268.847 |
Total horas operación | 266.376 | 266.376 | 266.376 | 266.376 |
Coste unitario pluses salariales operación | 0,95 | 0,96 | 0,99 | 1,01 |
Coste unitario Retribuciones operación | 12,59 | 12,84 | 13,16 | 13,43 |
Seguridad Social a cargo de la empresa (33,00%) | 4,15 | 4,24 | 4,34 | 4,43 |
Total coste unitario directo | 16,74 | 17,08 | 17,50 | 17,86 |
Costes indirectos 9,34% (Gastos generales y Bº industrial) | 1,56 | 1,60 | 1,64 | 1,67 |
Total coste unitario | 18,30 | 18,68 | 19,14 | 19,53 |
Para el cálculo de los costes por anualidad de contrato se ha considerado como fecha de inicio del plazo de ejecución el 1 xx xxxxxx de 2024, con la siguiente distribución mensual:
El desglose de costes por anualidad de contrato y el precio total se muestra a continuación:
ANUALIDAD DEL CONTRATO | ||||
Precio unitario de hora adicional de operación | Primera | Segunda | Tercera | Total |
Salario anual Gestor Telefónico | 2.865.343 | 2.931.075 | 2.995.715 | 8.792.133 |
Coste de compensación por trabajo en festivos 2,50% | 71.634 | 73.277 | 74.893 | 219.803 |
Coste de sustituciones por IT y permisos retribuidos (7,00%) | 200.574 | 205.175 | 209.700 | 615.449 |
Coste retribución Operación excepto pluses salariales | 3.137.550 | 3.209.527 | 3.280.308 | 9.627.386 |
Total horas año de Operación | 266.376 | 266.376 | 266.376 | 799.128 |
Coste unitario retribución Operación excepto pluses salariales | 11,78 | 12,05 | 12,31 | 12,05 |
Pluses salariales de Operación | 254.849 | 260.708 | 266.579 | 782.136 |
Total horas operación | 266.376 | 266.376 | 266.376 | 799.128 |
Coste unitario pluses salariales | 0,96 | 0,98 | 1,00 | 0,98 |
Coste unitario Retribuciones operación | 12,74 | 13,03 | 13,31 | 13,03 |
Seguridad Social a cargo de la empresa (33,00%) | 4,20 | 4,30 | 4,39 | 4,30 |
Total coste unitario directo | 16,94 | 17,33 | 17,70 | 17,33 |
Costes indirectos 9,34% (Gastos generales y Bº industrial) | 1,58 | 1,62 | 1,65 | 1,62 |
Total coste unitario | 18,52 | 18,95 | 19,35 | 18,95 |
Nº de horas | 15.000 | 15.000 | 15.000 | 45.000 |
Importe horas adicionales de operación (IVA no incluido) 852.750 |
1.031.828
PBL
179.078
IVA
Es copia auténtica de documento electrónico
El precio unitario de las Horas adicionales de operación establecido resulta de la media ponderada del conjunto de anualidades del contrato.
P á g i n a 14 | 17
El III Convenio colectivo de ámbito estatal del sector de contact center establece, en su artículo 20. Sucesión en caso de finalización de la campaña o servicio a terceras empresas., que en caso de que al finalizar el servicio contratado la Administración contratante volviera a adjudicar y/o sacar a concurso la misma campaña o servicio de características similares a la finalizada, serán de aplicación los efectos del artículo 44 del Estatuto de los Trabajadores sobre subrogación de empresas con los derechos y responsabilidades que ello implica.
Por tanto, en la licitación del presente contrato, cuyo objeto se corresponde con el del contrato actualmente vigente denominado el SERVICIO DE OPERACIÓN Y SUPERVISIÓN DE SALUD RESPONDE (EXPTE. 21002060), lo dispuesto en el artículo 130. Información sobre las condiciones de subrogación en contratos de trabajo., de la LCSP.
La desagregación de género del personal actualmente adscrito al servicio se muestra a continuación:
• Hombres 22,3 %
• Mujeres 77,7 %
En el presupuesto base de licitación establecido, IVA excluido, se consideran unos costes directos de 17.529.036,03 euros y unos costes indirectos del 9,34 % sobre costes directos desglosado en un 4,47 % en concepto de gastos generales de estructura y un 4,88 % de beneficio industrial, porcentajes que se derivan de la aplicación al precio del contrato de los Ratios Sectoriales de las Sociedades no Financieras publicados por el Banco de España a través de la Central de Balances para el sector de actividad (CNAE) N822 “Actividades de los centros de llamadas” y todos los tamaños en términos de cifra neta de negocio, referidos al año 2022, último publicado, y tomando como referencia los valores del cuartil Q2 (50%) donde se encuentra la media de toda la serie de datos.
Considerando el parámetro R01 “Valor añadido / Cifra neta de negocios” como el margen bruto sobre ventas, el R02 “Gastos de personal / Cifra neta de negocios” entendiendo que se trata de una actividad de prestación de servicios intensiva en Mano de Obra Directa (MOD) que consume el 97% del gasto salarial y considerando el ratio R03 “Resultado económico bruto / Cifra neta de negocios” como beneficio industrial, los cálculos para estimar los costes directos e indirectos de la contratación son los siguientes:
Ratios Sectoriales de las Sociedades no Financieras
País: España Año: 2022
Sector de actividad (CNAE): N822 Actividades de los centros de llamadas Tamaño (cifra neta de negocio): Total tamaños
Es copia auténtica de documento electrónico
Tasa de cobertura (% número de empresas): 30,9 Tasa de cobertura (% número de empleados): 41,54
Concepto | Ratio Q2 | % s/ Cifra negocios | % s/ Costes directos |
Cifra de negocios | 100,00% | ||
Consumos / Cifra neta de negocios | 27,27% | ||
Valor añadido / Cifra neta de negocios | R01 | 72,73% | |
Gastos de personal / Cifra neta de negocios | R02 | 66,17% | |
M.O.D. / Gastos de personal | 97,00% | ||
Total costes directos | 91,45% | ||
Gastos generales y de estructura / Cifra de negocios | 4,09% | 4,47% | |
Resultado económico bruto / Cifra neta de negocios | R03 | 4,46% | 4,88% |
Total costes indirectos | 8,55% | 9,34% |
P á g i n a 15 | 17
11. Valor estimado del contrato y cálculo del mismo.
Valor estimado del contrato: 29.523.730,75 euros (IVA no incluido).
El valor estimado del contrato resulta de la suma del presupuesto base de licitación por importe de 19.166.863,70 euros, IVA excluido, para 36 meses de contrato inicial más el importe de 6.523.494,31 euros, IVA excluido, de los 12 meses de posible prórroga de la contratación, más un importe de 3.833.372,74 euros, IVA excluido, correspondiente a posibles modificaciones del contrato en los siguientes casos:
Necesidad de aumentar el presupuesto para horas adicionales de operación en caso de ampliación de la cartera de servicios de Salud Responde que dé lugar a que las necesidades reales sean superiores a las estimadas inicialmente.
El cálculo del valor estimado se detalla a continuación:
ANUAL | IDAD CONTRATO I | NICIAL | |||||
PRESTACIÓN | Primera | Segunda | Tercera | Total (IVA no incluido) | Prórrogas (IVAno incluido) | Modificaciones (IVA no incluido) | Valor estimado |
Servicio de operación, supervisión y actividades complementarias. | 5.969.464,68 | 6.105.404,70 | 6.239.244,00 | 00.000.000,00 | 0.000.000,00 | 0.000.000,00 | 00.000.000,75 |
Número de Horas adicionales de operación | 15.000 | 15.000 | 15.000 | 45.000 | 15.000 |
Precio unitario de Horas adicionales de operación | 18,9500 | 18,9500 | 18,9500 | 18,9500 | 18,9500 | ||
Importe de Horas adicionales de operación | 284.250,00 | 284.250,00 | 284.250,00 | 852.750,00 | 284.250,00 | 170.550,00 | 1.307.550,00 |
TOTAL (IVAno incluido) | 6.253.714,68 | 6.389.654,70 | 6.523.494,00 | 00.000.000,00 | 0.000.000,00 | 0.000.000,00 | 00.000.000,75 |
12. Condiciones especiales de ejecución.
De conformidad con lo establecido en el artículo 202.1 de la LCSP se establece la siguiente condición especial de ejecución de entre las que se enumeran en el apartado 2 del artículo 202 de la LCSP y que, estando vinculada al objeto del contrato, no resulta directa o indirectamente discriminatoria, siendo compatible con el derecho comunitario:
Es copia auténtica de documento electrónico
El contratista vendrá obligado a informar puntualmente al responsable del contrato sobre cualquier sanción que le sea impuesta en materia de prevención riesgos laborales por hechos cometidos con ocasión de la ejecución del contrato, así como sobre los eventuales recursos que se hayan planteado contra ella y las resoluciones que recaigan sobre los mismos.
El incumplimiento de esta obligación de información se considerará un incumplimiento contractual que dará lugar a la imposición de penalidades de hasta el 5% del precio del contrato.
13. Improcedencia de revisión de precios.
No procede Revisión de Xxxxxxx, ni durante el tiempo de ejecución contractual previsto, como en el de prórroga que pudiese formalizarse, de conformidad con el principio de buena administración a que se refiere el artículo 34 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, así como en virtud de lo previsto en el artículo 103 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público.
EL DIRECTOR ECONÓMICO Y DE SERVICIOS GENERALES CENTRO DE EMERGENCIAS SANITARIAS 061
SERVICIO ANDALUZ DE SALUD
Es copia auténtica de documento electrónico
Xxxx Xxxx Xxxxxx Xxxx
Consejería de Salud y Consumo
Servicio Andaluz de Salud
RESOLUCIÓN DE INICIO PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE OPERACIÓN Y SUPERVISIÓN DE SALUD RESPONDE (EXPEDIENTE 0000229/2024).
El artículo 116.1 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público (LCSP), establece que el expediente de contratación “se iniciará por el órgano de contratación motivando la necesidad del contrato en los términos previstos en el artículo 28 de esta Ley”.
El Órgano competente para dictar los acuerdos de inicio de expediente de contratación es la Dirección Gerencia del Centro de Emergencias Sanitarias 061 del Servicio Andaluz de Salud, por delegación de competencias de la Dirección Gerencia del Servicio Andaluz de Salud mediante Resolución de 20 de enero de 2022, por la que se delegan competencias en diferentes órganos (BOJA núm. 22, de 2 de febrero de 2022).
Justificación de la necesidad:
El Centro de Emergencias Sanitarias 061 del Servicio Andaluz de Salud (en adelantes CES061) gestiona el servicio Salud Responde desde el que se da respuesta a la demanda no presencial de información y servicios orientados a la salud de los ciudadanos de Andalucía, así como a determinadas demandas de los profesionales del Sistema Sanitario Público de Andalucía.
Su cartera de servicios ofrece:
• Cita Previa Atención Primaria
• Cita Previa Vacunación
• Gestión de citas en Atención Especializada
• Cita Análisis Clínicos
• Salud Andalucía 24 horas
• Servicio de Traducción Lingüística
• Registro Voluntad Vital Anticipada
• Libre Elección de Hospital
• Segunda Opinión Médica
• Enfermería Comunitaria de Enlace
• Servicio de Información sobre el Tabaco
• Programa Pacientes Alto Riesgo
• Seguimiento de Pacientes frágiles por temperaturas extremas.
• Seguimiento de Pacientes frágiles al alta hospitalaria.
• Seguimiento de Pacientes con Cuidados Paliativos.
• Seguimiento de Pacientes asistidos por 061.
Es copia auténtica de documento electrónico
• Servicios de Información SSPA, incluyendo Tarjeta Sanitaria, Bolsa de empleo del SAS, Salud Bucodental, etc.
• Ventana abierta a la familia.
• Detección precoz de Cáncer xx Xxxxx.
• Teléfono de drogodependencia y adicción.
• Teléfono de información sexual para jóvenes.
• Transferencia a encuestas (servicio automatizado).
• Telemonitorización de pacientes con diabetes.
• Proyecto AIRE/EPOC.
• Envejecimiento Saludable.
Centro de Emergencias Sanitarias 061
• Línea Alzheimer.
• Programa CMA.
• Apoyo para gestión de recursos internos dedicados a la recepción de demandas de cualquier modalidad de transporte sanitario que se gestione por los CCUE.
• Xxxxxxxx de nueva incorporación como seguimiento y atención a pacientes crónicos, cribados y pilotajes
La población cubierta por la cartera de servicios alcanza los más de 8 millones y medio de habitantes andaluces, así como a población foránea y extranjera, itinerante o estacional, con derecho de acceso a los mismos. El servicio se extiende a todas las poblaciones y territorio de Andalucía. Salud Responde presta servicios a la ciudadanía durante las 24 horas de todos los días del año, sin interrupción, siendo por ello imprescindible la adecuada prestación de los servicios que les dan soporte entre los que se encuentra el que constituye el objeto del contrato, cuya finalidad es la atención de las llamadas que se reciban por los diferentes canales disponibles (teléfono, fax, correo electrónico, Web colaborativo, APP, etc.).
La contratación del SERVICIO DE OPERACIÓN Y SUPERVISIÓN DE SALUD RESPONDE se llevará a cabo mediante la tramitación de un expediente de contratación abierto, en base al artículo 156 de la LCSP.
Por todo lo anterior, y de acuerdo con la normativa jurídica de aplicación, se adopta el acuerdo de inicio del expediente de contratación cuyo objeto es el SERVICIO DE OPERACIÓN Y SUPERVISIÓN DE SALUD RESPONDE.
EL DIRECTOR GERENTE
CENTRO DE EMERGENCIAS SANITARIAS 061 SERVICIO ANDALUZ DE SALUD
Es copia auténtica de documento electrónico
Xxxxxxxx Xxxxx Xxxxxxxx
Centro de Emergencias Sanitarias 061
Fecha: la del pie de firma S Ref:
N Ref: FIS:EGE/SF:FPA/nzd
Asunto: Servicio de operación y supervisión Salud Responde
INTERVENCIÓN GENERAL
SERVICIO ANDALUZ DE SALUD
Centro de Emergencias Sanitarias 061 Parque Tecnológico de Andalucía X/Xxxxxx Xxxxx, 00
29590 Campanillas - Málaga
INFORME DE FISCALIZACIÓN DE CONFORMIDAD
La persona titular de la Intervención General, en ejercicio de las funciones que le atribuye el texto refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía (en adelante TRLGHP), aprobado por el Decreto Legislativo 1/2010, de 2 xx xxxxx y el artículo 25.1.a) del Regla- mento de Organización y Funcionamiento de la Intervención General de la Junta de Andalucía (en adelante ROFIGJA), aprobado por el Decreto 92/2022, de 31 xx xxxx, emite el presente informe.
DATOS IDENTIFICATIVOS DEL EXPEDIENTE
Órgano gestor del gasto: 0388 – Emergencias Sanitarias.
Acto administrativo sometido a fiscalización: Contrato de Servicio de operación y supervisión Salud Responde.
Documento contable: Propuesta de “A” con número de documento 0100032716 y número de expe- diente GIRO 0121198538, por importe de 23.191.905,08 euros.
INFORME
Es copia auténtica de documento electrónico
El presente informe tiene carácter de conformidad con arreglo a los artículos 90.1 del TRLGHP y 33 del ROFIGJA.
LA INTERVENTORA GENERAL
X/Xxxx Xxxxxxx xx Xxxxxxxx, x/x. 00000 Xxxxxxx Teléfono: 000 000 000
Correo-e: xxxxxxxx.xxxxxx@xxxxxxxxxxxxxxxx.xx
FIRMADO POR | XXXXX XXXXXXX XXXXXXXX XXXXX | 03/06/2024 | PÁGINA 1/1 |
VERIFICACIÓN | Pk2jmG2CDP2REAE8EZ4AGYXQAXRF9N |
Ejercicio: | 2024 | Clase de Documento: | A2 |
Entidad: | JDEA | Nº Expediente: | 0121198538 |
Sociedad financiera: | 1010 | Nº Documento: | 0100032716 |
Fecha de Grabación: Fecha de Contabilización: | 26.04.2024 | Nº Alternativo: Nº Expediente Ref.: | +6.6842X9- / |
Den. Expediente: FASE A_0000229_2024_AUTORIZACIÓN Procedimiento: SERVIC Servicios Fase intervención: 0001 POR PROCEDIMIENTO ABIERTO | |||
Sección: | 1331 | - SERVICIO ANDALUZ DE SALUD | |
Órgano Gestor: | 0388 | - Emergencias Sanitarias | |
POSICIONES DEL EXPEDIENTE | |||
E.F.C. | Partida Presupuestaria | Importe (eur.) | |
Denominación Corta | |||
Muestreo | Denominación Larga | ||
Operación Comunitaria | |||
2024 | 1331069080 G/41C/22713/00 01 | 2.522.331,60 | |
SERVICIOS ASISTENCIALES | |||
SERVICIO DE OPERACIÓN Y SUPERVISIÓN DE SALUD RESPO | |||
2025 | 1331069080 G/41C/22713/00 01 | 7.621.823,90 | |
SERVICIOS ASISTENCIALES | |||
SERVICIO DE OPERACIÓN Y SUPERVISIÓN DE SALUD RESPO | |||
2026 | 1331069080 G/41C/22713/00 01 | 7.785.464,17 | |
SERVICIOS ASISTENCIALES | |||
SERVICIO DE OPERACIÓN Y SUPERVISIÓN DE SALUD RESPO | |||
2027 | 1331069080 G/41C/22713/00 01 | 5.262.285,41 | |
SERVICIOS ASISTENCIALES | |||
SERVICIO DE OPERACIÓN Y SUPERVISIÓN DE SALUD RESPO | |||
Total (eur.): | 23.191.905,08 |
Ejercicio: | 2024 | Clase de Documento: | A2 |
Entidad: | JDEA | Nº Expediente: | 0121198538 |
Sociedad financiera: | 1010 | Nº Documento: | 0100032716 |
Fecha de Grabación: | 26.04.2024 | Nº Alternativo: | +6.6842X9- |
Fecha de Contabilización: | Nº Expediente Ref.: | / | |
Den. Expediente: FASE A_0000229_2024_AUTORIZACIÓN Procedimiento: SERVIC Servicios Fase intervención: 0001 POR PROCEDIMIENTO ABIERTO |
DIRECTOR GERENTE DEL CENTRO DE EMERGENCIAS SANITARIAS 061 XXXXXXXX XXXXX XXXXXXXX
Firmado electrónicamente el 14 xx Xxxx de 2024
INTERVENTORA PROV. ADJUNTA (ACUERDO IG 5/9/2019) XXXXX XXXXXXXXXXX XXXXXX XXX
Firmado electrónicamente el 05 xx Xxxxx de 2024
DIRECTOR GERENTE DEL CENTRO DE EMERGENCIAS SANITARIAS 061 XXXXXXXX XXXXX XXXXXXXX
Consejería de Salud y Consumo
Servicio Andaluz de Salud
INFORME RELATIVO AL EXPEDIENTE 0000229/2024- CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE OPERACIÓN Y SUPERVISIÓN DE SALUD RESPONDE.
1.- Sobre la necesidad de volver a tramitar la autorización de un nuevo expediente de gasto teniendo en cuenta que el 14 de diciembre de 2023 se autorizó por Consejo de Gobierno un expediente de gasto con el mismo objeto.
En relación con el expediente 847/2023 del servicio de operación y supervisión de Salud Res- ponde se ha de informar lo siguiente:
a) Su expediente de gasto fue aprobado por el Consejo de Gobierno con fecha 19 de diciembre de 2023.
b) Con fecha de 19 de enero de 2024, dentro del plazo de presentación de ofertas, se interpuso recurso especial en materia de contratación por parte SERVICIOS SOCIO SANITARIOS GENE- RALES SPAIN S.L. contra el anuncio de licitación y los pliegos.
c) Con fecha de 13 de febrero de 2024, el Tribunal Administrativo de Recursos Contractuales de la Junta de Andalucía, mediante Resolución nº 63/2024, resuelve que tras el examen de los distintos motivos, procede la estimación parcial del recurso y consiguiente anulación del anuncio y pliegos recurridos, incluidos los demás actos del expediente de contratación relacionados con su aprobación, debiendo convocarse, en su caso, una nueva licitación.
d) El 22 de febrero de 2024, el órgano de contratación del CES-061, por la que en cumplimiento de la resolución nº 63/2024, de 13 de febrero de 2024, del TARCJA, acuerda el desistimiento del procedimiento de contratación del “SERVICIO DE OPERACIÓN Y SUPERVISIÓN DE SALUD RESPONDE - Expediente 0000847/2023 (CONTR 2023 0001208723)”.
Es copia auténtica de documento electrónico
En virtud de ello se tramita un nuevo expediente administrativo, 0000229/2024, cuyo expe- diente de gasto precisa de autorización al amparo de lo previsto en el artículo 28.1 de la Ley 12/2023, de 26 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2024, por el Consejo de Gobierno por un importe total de VEINTITRÉS MILLONES CIENTO NOVENTA Y UN MIL NOVECIENTOS CINCO EUROS CON OCHO CÉNTIMOS (23.191.905,08 €).
2.- Justificación del incremento del presupuesto base de licitación del expediente 0000229/2024 en relación con anterior expediente 0000847/2023 aprobado en Consejo de gobierno del pasado 14 de diciembre de 2023.
Centro de Emergencias Sanitarias 061
La principal razón que explica el incremento en el presupuesto base de licitación del expediente 0000229/2024 en relación con anterior expediente 0000847/2023 estriba en la necesidad de recoger el incremento de los costes derivados de los incrementos en los salarios de los trabaja- dores del servicio como consecuencia del acuerdo alcanzado con fecha 9 de enero de 2024, en el SERCLA (Sistema Extrajudicial de Resolución de Conflictos Laborales de Andalucía) entre el representante de los trabajadores y Servicios Socio Sanitarios Generales Spain S.L, resolviéndose el conflicto colectivo seguido ante el Juzgado de lo Social n.º 2 xx Xxxx en el procedimiento n.º 788/2023.
El Acuerdo fechado el 9 de enero de 2024 ante el SERCLA en el Expediente n.º C/23/2024/1 establece entre sus términos lo siguiente en materia de retribuciones:
(i) “A partir de la nómina de enero de 2024 (incluida) se abonarán a todos los trabajadores la subida salarial pactada en el C. Colectivo estatal de Contact Center, que es de aplicación al ser- vicio, y ello sobre los conceptos salariales que actualmente vienen percibiendo (subida del 10,33%).”
(ii) “Como consecuencia de los extraordinarios servicios prestados por los trabajadores durante la Pandemia y sobre todo Post-pandemia, con reducción progresiva de incidencias, debiendo de calificarse el servicio prestado como de Excelente, así como por haberse conciliado la vida per- sonal y laboral por los mismos sin perjuicio del servicio, la empresa abonará de forma extraor- dinaria, y con carácter no consolidable una gratificación extraordinaria a cada persona trabaja- xxxx en función del importe que figura en el Anexo informativo que se adjunta a este Acta. El pago se efectuará en dos veces coincidiendo con el pago de la nómina de febrero y marzo de 2024, consistiendo su importe en el 50% de la cifra contenida en el Anexo en cada pago.”
(iii) “Las partes procederán al desistimiento de la demanda, al considerarse que se da cumpli- miento al convenio nacional de Contact Center en materia salarial.
Es copia auténtica de documento electrónico
El acuerdo, posterior a la aprobación y publicación xxx xxxxxx 0000847/2023, no pudo tenerse en cuenta para establecer su presupuesto base de licitación, mientras que en el caso de expe- diente actual 0000229/2024, el presupuesto base de licitación se han teniendo en cuenta las retribuciones del 2024 en virtud del artículo 100.2 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Con- tratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directi- vas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, los órganos de contratación deben cuidar de que el presupuesto base de licitación sea adecuado a los precios xxx xxxxxxx, para lo cual deberán desglosar los costes directos e indirectos, y otros eventuales gastos considerados para su determinación. Además, en el citado artículo se esta- blece que cuando formen parte del precio total del contrato los costes laborales de las personas empleadas para su ejecución, éste se debe desglosar por categoría profesional y género a partir del convenio laboral de referencia.
En las siguientes tablas se muestra las retribuciones del 2024 de ambos expedientes del personal a subrogar:
Importe xxx xxxxxxx anual 847/2023 | ||||
Categorías | 2024 | 2025 | 2026 | 2027 |
Operación | 18.122,85 | 18.485,31 | 18.947,44 | 19.326,39 |
Supervisión de operación | 19.721,93 | 20.116,36 | 20.619,27 | 21.031,66 |
Actividades complementa | 17.599,36 | 17.951,35 | 18.400,13 | 18.768,14 |
Calidad y formación | 19.182,30 | 19.565,94 | 20.055,09 | 20.456,19 |
Planificador | ||||
Estadístico | ||||
Responsable de Servicio | 22.747,19 | 23.202,13 | 23.782,19 | 24.257,83 |
Importe xxx xxxxxxx anual expte. 229/2024 | |||
2024 | 2025 | 2026 | 2027 |
18.756,10 | 19.131,22 | 19.609,50 | 20.001,69 |
20.411,05 | 20.819,27 | 21.339,75 | 21.766,55 |
17.599,36 | 17.951,35 | 18.400,13 | 18.768,14 |
20.235,16 | 20.639,86 | 21.155,86 | 21.578,97 |
20.411,05 | 20.819,27 | 21.339,75 | 21.766,55 |
22.747,19 | 23.202,13 | 23.782,19 | 24.257,83 |
22.747,19 | 23.202,13 | 23.782,19 | 24.257,83 |
En la siguiente tabla se muestra el dimensionamiento comparativo de ambos expedientes
Dimensionamiento anual del servicio(Horas/año) | 847/2023 | 229/2024 | VARIACIÓN |
Operación | 266.376 | 266.376 | 0 |
Supervisión de operación | 35.280 | 33.516 | -1.764 |
Actividades complementarias | 6.174 | 6.174 | 0 |
Calidad y formación | 7.056 | 7.056 | 0 |
Planificador | 0 | 1.764 | 1.764 |
Estadístico | 0 | 1.764 | 1.764 |
Responsable de Servicio | 1.764 | 1.764 | 0 |
Es copia auténtica de documento electrónico
En la siguiente tabla se muestra el comparativo entre ambos presupuestos bases de licitación sin IVA:
PBL Servicio de operación, supervisión y actividades complementarias. | 847/2023 | 229/2024 | VARIACIÓN | |
Salario anual | Gestor Telefónico | 8.404.418 | 8.792.133 | 387.715 |
Salario anual | Supervisor B | 1.211.334 | 1.203.854 | -7.480 |
Salario anual | Oficial Administrativo | 189.169 | 191.214 | 2.045 |
Salario anual | Agente Calidad | 235.638 | 251.258 | 15.621 |
Salario anual | Planificador | 0 | 63.361 | 63.361 |
Salario anual | Estadístico | 0 | 70.612 | 70.612 |
Salario anual | Responsable Servicios | 69.857 | 70.612 | 756 |
Total Salario anual | 10.110.415 | 10.643.045 | 532.630 | |
Coste de compensación por trabajo en festivos 2,50% (Operación y Supervisión) | 240.394 | 249.899 | 9.505 | |
Coste de sustituciones por IT y permisos retribuidos (7,00%) | 707.727 | 745.014 | 37.287 | |
Pluses salariales: festivos, domingos y nocturnidad (incluida retribución en vacaciones) | 840.059 | 850.648 | 10.590 | |
Pluses no salariales (transporte) | 13.640 | 13.787 | 148 | |
Total coste retribución | 11.912.235 | 12.502.394 | 590.159 | |
Seguridad Social a cargo de la empresa (33,00%) | 3.931.038 | 4.125.200 | 194.162 | |
Otros costes directos | 121.560 | 121.560 | 0 | |
Total costes directos | 15.964.833 | 16.749.154 | 784.321 | |
% Costes indirectos (Gastos generales y Bº industrial) sobre costes directos | 11,71% | 9,34% | ||
Importe Costes indirectos | 1.869.980 | 1.564.960 | -305.021 | |
Importe Servicio de operación y supervisión (IVA no incluido) | 17.834.813 | 18.314.114 | 479.301 |
PBL Horas adicionales de operación | 847/2023 | 229/2024 | VARIACIÓN |
Precio unitario | 18,54 | 18,95 | 0,41 |
Nº de horas | 45.000 | 45.000 | 0 |
Importe horas adicionales de operación (IVA no incluido) | 834.150 | 852.750 | 18.600 |
Comparativo del Presupuesto Base de Licitación de los expedientes:
CONCEPTO | 847/2023 | 229/2024 | VARIACIÓN |
Servicio de operación, supervisión y actividades complementarias. | 17.834.813 | 18.314.114 | 479.301 |
Horas adicionales de operación | 834.150 | 852.750 | 18.600 |
PBL (IVA NO INCLUIDO) | 18.668.963 | 19.166.864 | 497.901 |
IMPORTE IVA | 3.920.482 | 4.025.041 | 104.559 |
PBL (IVA INCLUIDO) | 22.589.445 | 23.191.905 | 602.460 |
Es copia auténtica de documento electrónico
EL DIRECTOR GERENTE
CENTRO DE EMERGENCIAS SANITARIAS 061 SERVICIO ANDALUZ DE SALUD
Xxxxxxxx Xxxxx Xxxxxxxx