BASES ESTÁNDAR DE LICITACIÓN PÚBLICA PARA LA EJECUCIÓN DE LAS OBRAS LICITACIÓN PÚBLICA N.º 01-2009-MPA Primera Convocatoria EJECUCIÓN DE LA OBRA
Municipalidad Provincial de Arequipa Licitación Pública Nro. 01–2009-MPA
“CONSTRUCCIÓN XX XXXXXX PEATONAL OVALO TERMINAL TERRESTRE, PROVINCIA DE AREQUIPA - AREQUIPA”.
BASES ESTÁNDAR DE LICITACIÓN PÚBLICA
PARA LA EJECUCIÓN DE LAS OBRAS
“CONSTRUCCIÓN XX XXXXXX PEATONAL OVALO TERMINAL TERRESTRE, PROVINCIA DE AREQUIPA - AREQUIPA”
LICITACIÓN PÚBLICA N.º 01-2009-MPA
Primera Convocatoria
EJECUCIÓN DE LA OBRA
“CONSTRUCCIÓN XX XXXXXX PEATONAL OVALO TERMINAL TERRESTRE, PROVINCIA DE AREQUIPA - AREQUIPA
BASES ESTÁNDAR PARA LA EJECUCIÓN DE OBRAS
“CONSTRUCCIÓN XX XXXXXX PEATONAL OVALO TERMINAL TERRESTRE, PROVINCIA DE AREQUIPA - AREQUIPA”
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 01-2009-MPA
Primera Convocatoria
CAPÍTULO I
GENERALIDADES
1.1 ENTIDAD CONVOCANTE
Nombre : Municipalidad Provincial de Arequipa
RUC N° : 2015448995
DOMICILIO LEGAL
Calle el Filtro Nro. 501 Cercado - Arequipa
OBJETO DE LA CONVOCATORIA
El presente proceso de selección tiene por objeto la ejecución de las obra “CONSTRUCCIÓN XX XXXXXX PEATONAL OVALO TERMINAL TERRESTRE, PROVINCIA DE AREQUIPA - AREQUIPA”.
VALOR REFERENCIAL
El valor referencial asciende a
DESCRIPCIÓN DE LA OBRA |
VALOR REFERENCIAL |
“CONSTRUCCIÓN XX XXXXXX PEATONAL OVALO TERMINAL TERRESTRE, PROVINCIA DE AREQUIPA - AREQUIPA” |
S/. 1’245,994.11 (Un Millón Doscientos Cuarenta y Cinco Mil Novecientos Noventa y Cuatro con 11/100 Nuevos Soles), |
S/. 1’245,994.11 (Un Millón Doscientos Cuarenta y Cinco Mil Novecientos Noventa y Cuatro con 11/100 Nuevos Soles) incluido los impuestos xx Xxx y cualquier otro concepto que incida en el costo total de la obra. El valor referencial ha sido calculado al mes de Diciembre y contempla gastos generales del 07% y una Utilidad del 05%.
Los límites máximos y mínimos del valor referencial total ascienden a:
90 % del Valor Referencial |
Valor Referencial (Incluido el IGV) |
110% del Valor Referencial |
S/. 1,121,394.70 (Un Millón Ciento Veintiún Mil Trescientos Noventa y Cuatro con 70/100 Nuevos Soles) |
S/. 1’245,994.11 (Un Millón Doscientos Cuarenta y Cinco Mil Novecientos Noventa y Cuatro con 11/100 Nuevos Soles)
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S/. 1,370,593.52 (Un Millón Trescientos Setenta Mil Quinientos Noventa y Tres con 52/100 Nuevos Soles) |
Las propuestas que excedan en más xxx xxxx por ciento (10%) el valor Referencial y aquellas que fueren inferiores al noventa por ciento (90%) serán devueltas por el Comité Especial teniéndolas por no presentadas.
Para otorgar la Buena Pro a propuestas que superen el valor referencial, hasta el límite antes establecido, se deberá contar con la asignación suficiente de recursos y la aprobación del Titular xxx Xxxxxx, quedando suspendido el otorgamiento de la Buena Pro, en tanto se cumpla con este requisito.
FUENTE DE FINANCIAMIENTO
Fuente de Financiamiento 08 Impuestos Municipales y Rubro 13 Donaciones y Transferencias.
SISTEMA DE CONTRATACION
El presente proceso se rige por el sistema SUMA ALZADA, de acuerdo con lo establecido en el expediente de contratación respectivo.
MODALIDAD DE EJECUCIÓN CONTRACTUAL
Con Financiamiento de la Entidad
REQUERIMIENTOS TÉCNICOS MÍNIMOS
Los requerimientos técnicos mínimos (referidos a equipamiento, personal, entre otros) están definidos en el Anexo N.º 05 que forma parte de las presentes Bases.
LOCALIZACIÓN DE LA OBRA
La obra se encuentra localizada en:
Lugar : Arequipa
Distrito : Limite Distrito de Xxxx Xxxx Xxxxxxxxxx y Xxxxxx – Xxxxxx - Cercado
Provincia : Arequipa
Departamento : Arequipa
Región : Arequipa
PLAZO DE EJECUCIÓN DE OBRA
El plazo de ejecución de la obra es de 120 días calendarios.
BASE LEGAL
Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional del Presupuesto.
Ley de Presupuesto del Sector Pùblico para el año 2009
Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 083-2004-PCM, y sus modificatorias.
Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 084-2004-PCM, y sus modificatorias.
Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.
Decreto Supremo Nº 011-79-VC, sus modificatorias, ampliatorias y complementarias.
Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y de Acceso a la Información Pública.
Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades.
Las referidas normas incluyen sus respectivas disposiciones ampliatorias, modificatorias y conexas, de ser el caso.
DOCUMENTOS QUE INTEGRAN LAS PRESENTES BASES
Además del presente documento, las Bases comprenden el expediente técnico de la obra, el que a su vez comprende:
CONTENIDO DEL EXPEDIENTE TECNICO
1.0 INFORMACION GENERAL |
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Memoria Descriptiva |
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Especificaciones Técnicas Estudio de Mecánica de Suelos |
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2.0 PRESUPUESTO |
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Presupuesto Base |
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Presupuesto Analítico Formula Polinómica Planilla de Metrados Relación de Insumos |
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Análisis de Costos Unitarios |
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3.0 CRONOGRAMAS DE OBRA |
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Cronograma de avance de obra Cronograma valorizado Cronograma de Adquisición de Materiales |
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4.0 PLANOS DE OBRA Planos de Arquitectura Plano de Instalaciones Eléctricas Planos de Estructuras 5.0 ANEXOS Memoria de Cálculo Estructural Pruebas a Realizar |
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1.1REQUISITOS PARA PARTICIPAR EN EL PROCESO DE SELECCIÓN
Que se haya registrado como participante.
No estar incluido en el Registro de Proveedores Inhabilitados para Contratar con el Estado.
No estar comprendido en ninguno de los impedimentos señalados en el artículo 9º de la Ley.
En cuanto a la participación de postores en consorcio, ésta se regirá de acuerdo a lo establecido en el artículo 37º de la Ley, artículo 74° de su Reglamento, así como por las disposiciones que sobre dicho aspecto haya emitido el Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado (CONSUCODE):
Podrán participar distintos postores en consorcio, sin que ello implique crear una persona jurídica diferente. Para ello será necesario acreditar la existencia de una promesa formal de consorcio, la que se perfeccionará luego del otorgamiento de la Buena Pro y antes de la suscripción del contrato.
Las partes del consorcio responderán solidariamente ante la Entidad por todas las consecuencias derivadas de su participación individual en el consorcio durante el proceso de selección, o de su participación en conjunto en la ejecución del contrato derivado de este.
Deberán designar un representante o apoderado común con poderes suficientes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que se deriven de su calidad de postores y del contrato hasta la liquidación del mismo.
Las partes del consorcio no deben estar incluidas en el Registro de Inhabilitados para Contratar con el Estado y deberán estar inscritas en el Registro Nacional de Proveedores.
Queda claramente entendido que la terminación de la ejecución de la obra, no extingue la responsabilidad civil individual y colectiva solidaria de todos los integrantes.
CAPITULO II
ETAPAS DEL PROCESO DE SELECCIÓN
CRONOGRAMA DEL PROCESO DE SELECCIÓN
Prepublicación de las Bases: Del 31 de Diciembre de 2008 al 09 de Enero de 2009
Convocatoria…………………………………………..…..: El 12 de Enero de 2009
Registro de Participantes………………………....….: Del 13 de Enero al 28 de Enero de 2009
Formulación de Consultas y/u
Observaciones a las Bases………………..………….: Del 13 de Enero al 19 de Enero de 2009
Absolución de Consultas y
Observaciones a las Bases…………………….………..: El 23 de Enero de 2009
Integración de las Bases…………………………........: El 26 de Enero de 2009
Presentación de Propuestas…………….……...........: El 02 de Febrero de 2009
El acto público se realizará en...……..………..: El Hemiciclo de la Municipalidad Provincial de Arequipa a horas 12:00.
Evaluación de Propuestas……………………………….: Del 03 al 04 de Febrero de 2009
Otorgamiento de la Buena Pro….…………………….: El 05 de Febrero de 2009
El acto público se realizará en………………….: El Hemiciclo de la Municipalidad Provincial de Arequipa a horas 12:00.
CONVOCATORIA
Se efectuará a través de la publicación en el SEACE, de conformidad con lo señalado en el Artículo 104° del Reglamento, la misma que se realizará en la fecha señalada en el cronograma.
REGISTRO DE PARTICIPANTES Y ENTREGA DE BASES
El registro de participantes se efectuará desde el día siguiente de la convocatoria y hasta un (01) día después de haber quedado integradas las Bases. En el caso de propuestas presentadas por un consorcio, bastará que se registre uno de sus integrantes, de conformidad con el Artículo 107º del Reglamento.
El registro de los participantes se realizará en la Sub Gerencia de Obras Publicas y Edificaciones Privadas, sito en Calle El Filtro Nº 501, Cercado de Arequipa, en las fechas señaladas en el cronograma, en el horario de 08:00 a 15:00 horas, previo pago de la suma S/. 50.00 (Cincuenta con 00/100 Nuevos Soles) por derecho de participación.´
Al registrarse, el participante deberá señalar la siguiente información: Nombres y apellidos (persona natural), DNI, razón social (persona jurídica), número de RUC, domicilio legal, teléfono.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 108º del Reglamento, la persona natural o jurídica que desee ser notificada electrónicamente, deberá consignar una dirección de correo electrónico y mantenerla activa, a efecto de las notificaciones que, conforme a lo previsto en el Reglamento, deban realizarse.
FORMULACIÓN DE CONSULTAS Y OBSERVACIONES A LAS BASES
Las consultas y observaciones a las Bases serán presentadas por un periodo de cinco (05) días hábiles, contados desde el día siguiente de la convocatoria, de conformidad con lo establecido en el artículo 110º del Reglamento.
Se presentarán por escrito, debidamente fundamentadas, ante la ventanilla xx Xxxx de Partes de la Entidad, sito en Calle El Filtro Nº 501, Cercado de Arequipa, en la fecha señalada en el cronograma, en el horario de 08:00 horas a 15:00 horas, debiendo estar dirigidos al Presidente del Comité Especial de la LICITACIÓN PÚBLICA N° 01-2009-MPA, pudiendo acompañar opcionalmente un disquete conteniendo las consultas y/u observaciones.
MUY IMPORTANTE, no se absolverán consultas y observaciones a las Bases que se presenten extemporáneamente o que sean formuladas por quienes no se han registrado como participantes.
ABSOLUCIÓN DE CONSULTAS Y OBSERVACIONES A LAS BASES
La decisión que tome el Comité Especial, con relación a las consultas y observaciones presentadas constará en el pliego absolutorio que se notificará a través del SEACE, en la sede de la Entidad y a los correos electrónicos de los participantes que así lo hubieran solicitado, de conformidad con lo establecido en el Artículo 110º del Reglamento, en el plazo señalado en el cronograma del proceso de selección.
La absolución de consultas y observaciones que se formulen al contenido de las Bases, se considerarán como parte integrante de ésta y del Contrato.
ELEVACIÓN DE OBSERVACIONES AL CONSUCODE
Los observantes tienen la opción de solicitar que las bases y los actuados del proceso sean elevados al CONSUCODE, dentro de los tres (3) días siguientes al vencimiento del término para absolverlas. Dicha opción no sólo se originará cuando las observaciones formuladas no sean acogidas por el Comité Especial, sino, además, cuando el mismo observante considere que el acogimiento declarado continúa siendo contrario a lo dispuesto por el Artículo 25° de la Ley, cualquier otra disposición de la normativa sobre contrataciones y adquisiciones del Estado u otras normas complementarias o conexas que tengan relación con el proceso de selección.
Igualmente, cualquier otro participante que se hubiere registrado como tal con anterioridad a la etapa de formulación de consultas y/u observaciones, tendrá la opción de solicitar la elevación de las Bases al CONSUCODE cuando habiendo sido acogidas las observaciones formuladas por los observantes, considere que la decisión adoptada por el Comité Especial es contraria a lo dispuesto por el Artículo 25° de la Ley, cualquier otra disposición de la normativa sobre contrataciones y adquisiciones del Estado u otras normas complementarias o conexas que tengan relación con el proceso de selección.
El Comité Especial incluirá en el pliego de absolución de observaciones, el requerimiento de pago de la tasa por concepto de remisión de actuados.
El participante presentará al Comité Especial el comprobante de pago, voucher o papeleta de depósito correspondiente al pago de la tasa prevista en el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de CONSUCODE.
MEDIOS ELECTRÓNICOS DE COMUNICACIÓN
Los participantes que soliciten ser notificados electrónicamente, deberán consignar una dirección de correo electrónico y mantenerla activa, a efectos de las notificaciones a que hubiere lugar.
INTEGRACION DE LAS BASES
El Comité Especial integrará las Bases como reglas definitivas del presente proceso de selección, una vez absueltas todas las consultas y/u observaciones, o si las mismas no se han presentado, no pudiendo ser cuestionadas en ninguna otra vía, ni modificadas por autoridad administrativas alguna.
Las Bases Integradas, de ser el caso, deberán contener los cambios producidos como consecuencia de las consultas y observaciones formuladas y aceptadas o acogidas por el Comité Especial.
Corresponde al Comité Especial, bajo responsabilidad, integrar las Bases y publicarlas en el SEACE, conforme lo establecen los Artículos 117º y 118º del Reglamento.
PRÓRROGAS Y POSTERGACIONES
El Comité Especial podrá prorrogar las etapas del proceso de selección, siempre y cuando medien causas debidamente justificadas. En este caso, deberá registrar en el SEACE la modificación del cronograma del proceso de selección y dar aviso a los participantes mediante correo electrónico; también deberá comunicar la decisión adoptada al Titular de la Entidad, máxima autoridad administrativa o al funcionario encargado.
CANCELACION DEL PROCESO
En cualquier estado del proceso de selección, hasta antes del otorgamiento de la Buena Pro, la Entidad puede cancelarlo por razones de fuerza mayor o caso fortuito, cuando desaparezca la necesidad de ejecutar la obra, o cuando persistiendo la necesidad, el presupuesto asignado tenga que destinarse a otros propósitos de emergencia declarados expresamente. En este caso, la Entidad reintegrará el costo de las bases a quienes las hayan adquirido.
DE LAS ACCIONES Y/U OBLIGACIONES DE LOS POSTORES
Los Postores revisarán detenidamente las Bases, todos los documentos del Expediente Técnico, presentando por escrito sus objeciones, aclaraciones, dudas y observaciones dentro de los plazos contemplados en el aviso de la convocatoria.
La presentación de una propuesta implica el sometimiento del Postor a todas las disposiciones y normas establecidas en las presentes bases y demás documentos sin necesidad de declaración expresa. La información suministrada por los postores tiene el carácter de Declaración Jurada.
PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS
Forma de Presentación de Propuestas
Las propuestas se presentarán en acto público, en el Hemiciclo de la Municipalidad Provincial de Arequipa, en la fecha y hora señalada en el cronograma, debiendo estar dirigidas al Comité Especial de la Licitación Pública N° 01-2009-MPA.
Todos los documentos que contengan información esencial de las propuestas del proceso de selección se presentarán en idioma castellano o, en su defecto, acompañados de traducción oficial, salvo el caso de la información técnica complementaria contenida en folletos, instructivos, catálogos o similares, que podrá ser presentada en el idioma original. El postor será responsable de la exactitud y veracidad de dichos documentos.
Los integrantes de un consorcio no podrán presentar propuestas individuales ni conformar más de un consorcio.
Presentación de Propuestas y Apertura de Propuesta Técnica
Los actos de recepción de propuestas, apertura de sobres, y otorgamiento de la Buena Pro, se llevarán a cabo en Acto Público, el mismo que se realizará con la participación xx Xxxxxxx Público.
Las personas naturales podrán concurrir personalmente o a través de su representante debidamente acreditado ante el Comité Especial, mediante carta poder simple (Formato N° 01). Las personas jurídicas lo harán por medio de su representante legal o apoderado acreditado también con carta poder simple (Formato Nº 01).
Las propuestas se presentarán en original y (02) copias en dos sobres debidamente cerrados. El primero contendrá la propuesta técnica (Sobre Nº 01) y el segundo la propuesta económica (Sobre Nº 02), de la siguiente manera:
SOBRE N° 01: Propuesta Técnica. El sobre será rotulado:
Señores
NOMBRE DE LA ENTIDAD
Att.: Comité Especial
Licitación Pública N° XXXXX
Objeto del proceso:
SOBRE N° 1: PROPUESTA TÉCNICA
NOMBRE / RAZON SOCIAL DEL POSTOR
Nº DE FOLIOS DE C/ EJEMPLAR
SOBRE “2”: Propuesta Económica. El sobre será rotulado:
Señores
NOMBRE DE LA ENTIDAD
Att.: Comité Especial
Licitación Pública N° XXXXX
Objeto del proceso:
SOBRE N° 02: PROPUESTA ECONÓMICA
NOMBRE / RAZON SOCIAL DEL POSTOR
Nº DE FOLIOS DE C/ EJEMPLAR
Cuando las propuestas se presenten en hojas simples se redactarán por medios mecánicos o electrónicos, llevarán el sello y la rúbrica del postor y serán foliadas correlativamente empezando por el número uno (01).
Los formularios o formatos podrán ser llenados por cualquier medio, incluyendo el manual, debiendo llevar el sello y la rúbrica del postor o su representante legal o mandatario designado para dicho fin.
El acto público de presentación de propuestas, se iniciará cuando el Comité Especial empiece a llamar a los postores en el orden en que se registraron como participantes, para que entreguen los sobres conteniendo ambas propuestas. Si al momento de ser llamado, el postor no se encontrase presente, se le tendrá por desistido de participar en el proceso. Si algún postor es omitido, podrá acreditarse con la presentación del comprobante de pago de su registro como participante.
Los integrantes de un consorcio no podrán presentar propuestas individuales ni conformar más de un consorcio.
Después de recibidas las propuestas, el Comité Especial procederá a la apertura de los sobres que contienen la propuesta técnica de cada postor y verificará que los documentos presentados por cada postor sean los solicitados por las Bases. De no ser así, el Comité Especial, devolverá los documentos al postor, salvo que éste exprese su disconformidad, en cuyo caso, se anotará tal circunstancia en el acta y el Notario mantendrá la propuesta en su poder hasta el momento que el postor formule apelación. Si se formula apelación, se estará a lo que finalmente se resuelva al respecto.
De presentarse situaciones de subsanación de la propuesta técnica, se procederá de acuerdo al Artículo 125 º del Reglamento.
Después de abierto cada sobre que contiene la propuesta técnica, el Notario procederá a sellar y firmar cada hoja de todos los documentos originales de cada propuesta técnica. Luego procederá a colocar los sobres cerrados que contienen las propuestas económicas, dentro de uno o más sobres, los que serán debidamente sellados y firmados por el Notario, por los miembros del Comité Especial y por los postores que deseen hacerlo, conservándolos hasta la fecha en que el Comité Especial, en acto público, comunique verbalmente a los postores el resultado de la evaluación de las propuestas técnicas.
Al terminar el acto público se levantará un acta, la cual será suscrita por el Notario Público, por todos los miembros del Comité Especial y por los postores que deseen hacerlo.
CONTENIDO DE LAS PROPUESTAS
SOBRE Nº 1 - PROPUESTA TÉCNICA
El sobre Nº 1 contendrá, además de un índice de documentos, la siguiente documentación:
Declaración Jurada de presentación del postor, según el Anexo Nº 01. Obligatorio.
Copia simple del Certificado de Inscripción vigente en el Registro Nacional de Proveedores (en el capítulo de ejecutor de obra). Obligatorio.
Copia simple del Certificado de Inscripción vigente en el Registro Nacional de Proveedores (en el capítulo de Consultor de Obras y la especialidad). Obligatorio.
Declaración Jurada de acuerdo a lo establecido en el artículo 76º del Reglamento, conforme al Anexo Nº 02. Obligatorio.
Declaración Jurada del Plazo de Ejecución, según el Anexo Nº 03. Obligatorio.
Promesa de Consorcio, según el Anexo Nº 04. Obligatorio, en caso que el postor sea un consorcio.
Declaración jurada de cumplimiento de los requerimientos técnicos mínimos según el Anexo Nº 05. Obligatorio.
Documentación relacionada a los factores de evaluación:
Experiencia en Obras en General (Anexo 6a) - Obligatorio
Experiencia en Obras Similares (Anexo 6b) - Obligatorio
Experiencia en Obras en la Especialidad (Anexo 6c) - Obligatorio
Experiencia del Personal Profesional propuesto (Anexo 7)- Obligatorio
01 Copia de contrato que demuestre que el postor ha realizado una obra o servicio xx xxxxxxx y pintado. Obligatorio
El postor deberá presentar todos los documentos obligatorios para que su propuesta sea admitida.
De no presentarse un documento facultativo, la propuesta será admitida pero no se asignara el puntaje correspondiente al factor de evaluación que no se acredito.
SOBRE Nº 2 - PROPUESTA ECONÓMICA
El contenido del sobre de la Propuesta Económica será el siguiente:
Monto total de la Propuesta Económica1, en letras y números, el cual deberá incluir todos los impuestos, tributos, gastos generales, utilidad, seguros, transporte, inspecciones, pruebas, o cualquier otro concepto, de acuerdo al Anexo Nº 9, el que no podrá tener borradura alguna, enmendadura o corrección, caso contrario se considerará como no presentada. Obligatorio.
El monto total de la Propuesta será en Nuevos Soles y las cifras monetarias a consignar tendrán hasta un máximo de dos (2) decimales.
Presupuesto Detallado. (Según Formato N.º 2). Obligatorio.
Se presentará el presupuesto detallado por partidas, y aplicado sobre los metrados considerados en el Expediente Técnico; se indicará el monto por separado de Gastos Generales Variables y Gastos Generales Fijos, así como la utilidad, y el porcentaje que les corresponde con respecto al costo directo.
Luego de la suma del costo directo, gastos generales y utilidad, se indicará el Subtotal, al cual se le aplicará el Impuesto General a las Ventas (IGV) equivalente al 19% del Sub Total anterior y finalmente se indicará el total de la propuesta.
EVALUACIÓN DE PROPUESTAS
La evaluación de la propuesta se realizará en dos (02) etapas: la evaluación técnica y la evaluación económica.
Los máximos puntajes asignados a las propuestas son las siguientes:
Propuesta Técnica : 100 puntos
Propuesta Económica : 100 puntos
2.12.1 Evaluación Técnica
Se verificará que la propuesta técnica cumpla con la presentación de los documentos obligatorios detallados en el ítem Sobre Nº 01 – Propuesta Técnica de las presentes Bases. Las propuestas que no cumplan dichos requerimientos no serán admitidas.
Sólo a aquellas propuestas admitidas, el Comité Especial les aplicará los factores de evaluación previstos en las Bases y asignará los puntajes correspondientes, conforme a los criterios establecidos para cada factor.
FACTORES Y CRITERIOS DE EVALUACIÓN
Evaluación de la Propuesta Técnica (Puntuación Máxima: 100 puntos, Puntuación Mínima: 60 puntos)
Serán declaradas aptas las Propuestas Técnicas cuya puntuación sea igual o mayor a Sesenta (60) puntos.
Los postores que no alcancen la puntuación mínima, serán consideradas como no aptos para la apertura de la Propuesta Económica, devolviéndosele su propuesta.
Los Factores y Criterios de evaluación son los siguientes:
F A C T O R E S |
Puntaje Máximo |
Puntaje Máximo Total |
10.00 |
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Obras en General ejecutadas en los últimos diez (10) años hasta por un monto máximo acumulado equivalente a cinco (5) veces el Valor Referencial (parte Ejecución de Obra) de la presente convocatoria, es decir S/. 6’229,970.55, con un máximo de 10 obras. Puntuación: Por un monto acumulado mayor o igual a cinco (5) veces el Valor Referencial ..............10 puntos Por un monto acumulado menor a una (1) vez el Valor Referencial .................................0 puntos Para montos intermedios se calificará por interpolación lineal.
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B. Evaluación de la Experiencia como Contratista de Obras Similares (Formato 6 b)
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20.00 |
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Obras Similares ejecutadas en los últimos quince (15) años hasta por un monto máximo acumulado equivalente a tres (3) veces el Valor Referencial (parte Ejecución de Obra) de la presente convocatoria, es decir S/. 3’737,982.33 con un máximo de 6 obras, siendo el valor mínimo de cada obra similar el 50% del Valor Referencial, es decir S/. 622,997.055 Puntuación: Por un monto acumulado mayor o igual a tres (3) veces el Valor Referencial...................20 puntos Por un monto acumulado menor a una (1) vez el Valor Referencial ...................................0 puntos Para montos intermedios se calificará por interpolación lineal.
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C. Evaluación de la Experiencia como Contratista en la Especialidad (Formato 6 c)
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30.00 |
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Obras en la Especialidad ejecutadas en los últimos quince (15) años hasta por un monto máximo acumulado equivalente a tres (3) veces el Valor Referencial (parte Ejecución de Obra) de la presente convocatoria, es decir S/. 2’491,988.22 con un máximo de 5 obras, siendo el valor mínimo de cada obra similar el 50% del Valor Referencial, es decir S/. 622,997.055 Puntuación: Por un monto acumulado mayor o igual a tres (3) veces el Valor Referencial...................30 puntos Por un monto acumulado menor a una (1) vez el Valor Referencial ...................................0 puntos Para montos intermedios se calificará por interpolación lineal.
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60.00 |
-
Factores de Evaluación de Personal Propuesto
Puntaje Xxxxxx
Xxxxxxx Xxxxxx Total
INGENIERO RESIDENTE DE OBRA
Obras en General
Mayor o igual a 03 años como residente de Obra ............................................ diez (10) puntos
Menor o igual a 01 años como residente de Obra..............................................cero (00) puntos
Para valores intermedios se considerará interpolación lineal
Obras Referidas a la Especialidad
Mayor o igual a 02 obras ejecutadas .....…………......................................... veinte (20) puntos
Menor o igual a 01 obra ejecutada ………………..............................................cero (00) puntos
Para valores intermedios se considerará interpolación lineal
INGENIERO ASISTENTE (ING. MECÁNICO O MECÁNICO ELÉCTRICO)
Mayor o igual a 02 años en la especialidad ......................................................diez (10) puntos
Menor o igual a 01 años en la especialidad....................................................... cero (00) puntos
Para valores intermedios se considerará interpolación lineal
10
20
05
TOTAL FACTORES DEL PERSONAL PROFESIONAL PROPUESTO (D)
35
Factores referidos al objeto de la convocatoria
- Conocimiento del Proyecto e Identificación de Facilidades, Dificultades y Propuestas de
Solución.
- Enriquecimiento de Términos de Referencia.
- Descripción de la Metodología y Plan para Ejecutar el Servicio.
- Programación de la Prestación del Servicio.
- Equipamiento, Infraestructura, Recursos y Software.
Puntuación : Se considerará 01 punto por cada factor
05
TOTAL FACTORES DEL OBJETO DE LA CONVOCATORIA EXPEDIENTE TECNICO (E)
05
PUNTUACIÓN TOTAL
100
Los Requerimientos Técnicos Mínimos para el Ing. Residente de Obra son los siguientes :
Título de Ingeniero Civil, colegiado y habilitado.
Residente de obras general.
Residente en obras de la Especialidad (construcción xx xxxxxxx de Estructura Metálica).
Conocimiento de la Normativa de Contrataciones del Estado.
Dominio de Programación de Obra.
Los Requerimiento Técnico Mínimo para el Ing. Asistente de Residente (Ing. Mecánico o Mecánico Eléctrico) son los siguientes:
Título de Ingeniero Ing. Mecánico o Mecánico Eléctrico, colegiado y habilitado.
Experiencia en obras similares.
La evaluación de la experiencia y calificación del Ing. Residente se realizará en base a la sumatoria del tiempo efectivo, como Ing. Residente en Obras similares, de acuerdo a lo indicado en el Anexo Nº 8. Las experiencias deberán estar sustentadas con contratos con conformidad de servicio, constancias o certificados correspondientes y las Actas de Recepción de Obra.
La evaluación de la experiencia y calificación de los especialistas se realizará en base a la sumatoria del tiempo efectivo, en la especialidad requerida, en Obras similares, de acuerdo a lo indicado en el Anexo Nº 8. Las experiencias deberán estar sustentadas con las constancias o certificados correspondientes.
Se entiende como Obra Similar a las obras de Obras de construcción xx xxxxxxx. La condición de obra similar de cada experiencia presentada por el Ing. Residente y los Especialistas, debe ser sustentada.
Se entiende como obra referida a la Especialidad a las obras estrictamente referidas a la Construcción xx xxxxxxx de Estructura Metálica
Una vez otorgada y consentida la Buena Pro, los profesionales propuestos por el postor ganador que se encuentren comprometidos en otros trabajos, estarán en la obligación de resolver o renunciar a dichos compromisos.
Los profesionales pueden participar con más de un postor, sin ser esto, motivo de descalificación para el postor y el profesional.
Para efectos de evaluación, no se considerarán experiencias ejecutadas en forma paralela o que se traslapen (El tiempo de traslape no se considerara en uno de los servicios presentados). Las experiencias se contabilizaran a partir de la fecha de colegiación en el Colegio Profesional correspondiente.
Las propuestas técnicas que no alcancen el puntaje mínimo de 60 puntos, serán descalificadas en esta etapa y no accederán a la evaluación económica.
Evaluación Económica
No cabe subsanación alguna por omisiones o errores en la propuesta económica.
El Comité Especial verificará que las propuestas económicas de los postores que hayan obtenido el puntaje técnico mínimo se encuentren dentro de los límites mínimo y máximo a que se refiere el artículo 33º de la Ley.
En esa medida, las propuestas económicas que sean superiores al ciento diez por ciento (110%) del Valor Referencial, que asciende a S/. 1,370,593.52 (Un Millón Trescientos Setenta Mil Quinientos Noventa y Tres con 52/100 Nuevos Soles), serán devueltas por el Comité Especial, teniéndolas por no presentadas.
Asimismo, las propuestas económicas que sean inferiores al noventa por ciento (90%) del Valor Referencial, que asciende a S/. 1,121,394.70 (Un Millón Ciento Veintiún Mil Trescientos Noventa y Cuatro con 70/100 Nuevos Soles), serán devueltas por el Comité Especial, teniéndolas por no presentadas.
La evaluación económica consistirá en asignar el puntaje máximo establecido a la propuesta económica de menor monto. Al resto de propuestas se les asignará puntaje inversamente proporcional, según la siguiente fórmula:
Pi = Om x PMPE
Oi
Donde:
i = Propuesta
Pi = Puntaje de la propuesta económica i
Oi = Propuesta Económica i
Om = Propuesta Económica de monto o precio más bajo
PMPE = Puntaje Máximo de la Propuesta Económica
2.12.3 Determinación del Puntaje Total
Una vez calificadas las propuestas mediante la evaluación técnica y económica se determinará el puntaje total de las mismas.
El puntaje total de la propuesta será el promedio ponderado de ambas evaluaciones, obtenido de la siguiente fórmula:
PTPi = c1 PTi + c2 PEi
Donde:
PTPi = Puntaje total del postor i
PTi = Puntaje por evaluación técnica del postor i
PEi = Puntaje por evaluación económica del postor i
c1 = Coeficiente de ponderación para la evaluación técnica = 0.70
c2 = Coeficiente de ponderación para la evaluación económica = 0.30
2.13 ACTO PÚBLICO DE OTORGAMIENTO DE LA BUENA PRO
El Comité Especial hará de conocimiento el otorgamiento de la Buena Pro en la fecha y hora prevista en el calendario, a través del Cuadro Comparativo, en el que se consignará el orden de la prelación y el puntaje económico y total obtenido por cada uno de los postores.
En el supuesto que dos o más propuestas empaten, el Otorgamiento de la Buena Pro se efectuará observando estrictamente el orden establecido en el artículo 133º del Reglamento.
Se levantará un Acta, la cual será suscrita por todos los miembros del Comité Especial.
NOTIFICACIÒN DEL OTORGAMIENTO DE LA BUENA PRO Y CONSENTIMIENTO
Los resultados se entenderán notificados el día del otorgamiento de la buena pro, sin admitir prueba en contrario. En esa misma fecha, el Comité Especial publicará los resultados del proceso en el SEACE, adjuntando un archivo que contenga las actas notariales y otro archivo con el cuadro de evaluación técnica y económica, bajo responsabilidad del Comité Especial. De ser el caso, se remitirá los indicados archivos a los correos electrónicos de los postores el mismo día de su realización.
El Comité Especial está en la obligación de permitir el acceso de los participantes o postores al expediente de contratación, previa solicitud.
La Buena Pro quedará consentida a los ocho (08) días hábiles luego de otorgada. En caso de haberse presentado una sola oferta, el consentimiento de la buena pro se producirá el mismo día de su notificación.
La publicación del consentimiento de la Buena Pro se realizará en el SEACE el día siguiente de haber quedado consentido el otorgamiento de la Buena Pro.
CONTROVERSIAS
De acuerdo con lo establecido en el artículo 150º del Reglamento son impugnables:
Los actos dictados por el Comité Especial durante el desarrollo del proceso de selección.
Los actos emitidos por el Titular o la máxima autoridad administrativa de la Entidad, según corresponda, que afecten la continuación del proceso de selección.
Los actos expedidos luego de otorgarse la buena pro y hasta antes de la celebración del contrato.
La única vía para impugnar es el recurso de apelación, que se presentará ante el Tribunal de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, previo cumplimiento de las condiciones señaladas para el caso por dicho órgano colegiado.
La garantía para la interposición del recurso de revisión se sujetarán a lo establecido en los artículos 158º del Reglamento y se considerará el valor referencial del ítem impugnado.
El postor deberá presentar su recurso de apelación en un plazo máximo de ocho (08) días hábiles luego de otorgada la Buena Pro. Admitido el recurso, el Tribunal de Contrataciones y Adquisiciones del Estado correrá traslado a la Entidad, solicitándole la remisión del expediente correspondiente, el cual será entregado dentro del plazo máximo de dos (02) días hábiles.
En los casos donde se cuestione actos vinculados a la evaluación de propuestas y/o al otorgamiento de la Buena Pro, al momento de resolver el recurso de apelación, si el Tribunal de Contrataciones y Adquisiciones del Estado cuenta con la información suficiente para realizar un análisis sobre el fondo del asunto, podrá otorgar la Buena Pro a quien corresponda, siendo improcedente cualquier ulterior impugnación administrativa contra dicho pronunciamiento.
La resolución que resuelve el recurso de revisión presentado será notificada a través del SEACE.
Contra la resolución que resuelve el recurso de revisión solamente cabe la interposición de demanda contencioso – administrativa. Dicha interposición no suspende la ejecución de lo resuelto por el Tribunal.
Los plazos y los supuestos por los cuales es procedente la interposición están sujetos a lo dispuesto en el artículo 169º del Reglamento.
PROCESO DE SELECCIÓN DECLARADO DESIERTO
El Comité Especial declarará desierto el presente proceso cuando no quede válida ninguna oferta. De igual modo la Entidad declarará desierto el proceso de selección, de presentarse la situación descrita en el numeral 2) del artículo 203º del Reglamento.
CAPÍTULO III
INFORMACIÓN ADICIONAL
3.1. VALIDEZ DE LA OFERTA
La validez de la oferta deberá mantenerse durante el proceso de selección hasta suscribir el contrato, de ser el caso.
Para ser considerada válida una propuesta deberá cumplir con lo establecido en las presentes bases. La documentación presentada por el postor no deberá tener borradura, enmendadura o corrección alguna.
DE LOS CONTRATOS
Dentro de los dos días hábiles siguientes del consentimiento de la buena pro o, en su caso, de notificada la resolución que resuelve el recurso de apelación, la Entidad deberá citar al adjudicatario de la Buena Pro otorgándole un plazo mínimo de 5 días hábiles y un máximo de 10 días hábiles para suscribir el contrato correspondiente. No obstante, si el postor ganador tuviera antes del plazo mínimo establecido la documentación completa requerida, podrá presentarse a suscribir el contrato.
Cuando el postor ganador no se presente dentro del plazo otorgado, perderá automáticamente la Buena Pro, sin perjuicio de la sanción administrativa aplicable. En tal caso, la Entidad llamará al postor que ocupó el segundo lugar en el orden de prelación para que suscriba el contrato, procediéndose conforme al plazo dispuesto en el inciso precedente. Si este postor no suscribe el contrato, la Entidad declarará desierto el proceso de selección, sin perjuicio de la sanción administrativa aplicable;
Cuando la Entidad no cumpla con citar al ganador de la Buena Pro o suscribir el contrato en el plazo establecido, el postor podrá requerirla para su suscripción, dándole un plazo no mayor de cinco (5) días hábiles a la Entidad. En estos casos, la Entidad deberá reconocer a favor del postor una cantidad equivalente al uno por mil (1/1000) del monto total de su propuesta económica por cada día de atraso, computado desde el requerimiento y hasta la fecha efectiva de suscripción del contrato, con un tope máximo de cinco (5) días hábiles;
Vencido el plazo sin que la Entidad haya suscrito el contrato, el postor podrá solicitar se deje sin efecto el otorgamiento de la Buena Pro. En tal caso, la Entidad deberá reconocerle una indemnización por el único concepto de lucro cesante, cuyo monto deberá ser sustentado por el postor y no podrá ser mayor al diez por cien (10%) del monto adjudicado; sin perjuicio de la responsabilidad que le pudiera corresponder al Titular o máxima autoridad administrativa de la Entidad o al funcionario competente para la suscripción del contrato. De surgir alguna controversia, ésta será resuelta por el Tribunal.
El contrato será suscrito por la Entidad, a través del funcionario competente o debidamente autorizado, y por el postor ganador, ya sea directamente o por medio de su apoderado, tratándose de persona natural, y tratándose de persona jurídica, a través de su representante legal, de conformidad con lo establecido en el Artículo 198° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 084-2004-PCM.
Para suscribir el contrato, el postor ganador de la Buena Pro deberá presentar los siguientes documentos2:
Constancia de no estar inhabilitado para contratar con el Estado
Garantía de fiel cumplimiento.
Constancia de Capacidad Libre de Contratación, expedida por el Registro Nacional de Proveedores.
Copia de la vigencia del poder del representante legal de la empresa.
Copia del Documento Nacional de Identidad con acreditación de haber votado en las últimas elecciones o del carné de Extranjería, del representante legal.
De ser el caso, contrato de formalización de consorcio con firmas legalizadas de los miembros y designación de representante común.
En caso de persona jurídica, se presentará copia del RUC de la empresa y del testimonio de constitución.
Análisis de Costos Unitarios correspondiente a su propuesta económica.
Certificado de habilidad de los profesionales propuestos.
Calendarios de Avance de Obra valorizado en concordancia con el cronograma de desembolsos establecidos y sustentado en la programación de obra PERT-CPM concordante con el plazo.
Calendario de adquisición de materiales e insumos necesarios para la ejecución de obra en concordancia con el calendario de obra valorizado.
El Contrato está conformado por el documento que lo contiene, las Bases Integradas y la Oferta Ganadora, así como por los documentos derivados del proceso de selección que establezcan obligaciones para las partes y hayan sido expresamente señalados en el contrato.
El Contratista podrá subcontratar parte de sus prestaciones, siempre y cuando se cumplan los requisitos indicados en el Artículo 208° del Reglamento3.
DE LAS GARANTIAS
El único medio de garantía que debe presentar el contratista es la carta fianza, la misma que deberá ser incondicional, solidaria, irrevocable y de realización automática a sólo requerimiento de la Entidad, siempre y cuando haya sido emitida por una empresa autorizada y sujeta al ámbito de la Superintendencia de Banca y Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones.
GARANTIA DE FIEL CUMPLIMIENTO
Previamente a la firma del contrato, el postor ganador de la buena pro deberá entregar a la Entidad una Carta Fianza, la misma que deberá ser incondicional, solidaria, irrevocable y de realización automática al solo requerimiento de la Entidad, emitida por una empresa autorizada y sujeta al ámbito de la Superintendencia de Banca y Seguros, por una suma equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato. Esta garantía deberá tener vigencia el consentimiento de la liquidación final.
EJECUCION DE GARANTIAS
Las garantías se harán efectivas conforme a las estipulaciones contempladas en el artículo 221° del Reglamento.
VIGENCIA DEL CONTRATO
La vigencia del contrato se extenderá desde la suscripción del documento que lo contiene.
3.6 DE LAS PENALIDADES E INCUMPLIMIENTO DEL CONTRATO
La aplicación de penalidades por retraso injustificado en la atención del servicio requerido y las causales para la resolución del contrato, serán aplicadas de conformidad con los Artículos 222° y 225° del Reglamento.
NOTA 3:
De acuerdo con el artículo 41º de la Ley, en las Bases o el contrato se podrán establecer penalidades distintas a la mencionada en el artículo 222º, siempre y cuando sean razonables y congruentes con la prestación a cargo del contratista.
3.7 DEL PRECIO
La Oferta será formulada en estricta concordancia con los metrados correspondientes a cada partida.
Al formular su propuesta, el Postor tendrá en cuenta todos los insumos a utilizar en la obra.
Los costos para cada una de las partidas serán ofertados en Nuevos Soles y las valorizaciones que se deriven estarán sujetas a reajustes, de acuerdo a la fórmula polinómica considerada en el expediente técnico y en aplicación de los Índices Unificados de Precios de la Construcción que mensualmente publica el Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI).
CAPÍTULO IV
DEFINICIONES COMPLEMENTARIAS
Ingeniero Residente
Persona natural designada por el Contratista y en concordancia con su propuesta técnica, el cual será un ingeniero civil colegiado que acredite que se encuentra hábil en el ejercicio de la profesión.
El Ingeniero Residente, por su sola designación representa al Contratista, para los efectos ordinarios de la obra, no estando facultado a pactar modificaciones al contrato.
La sustitución del Residente solo procederá previa autorización escrita de la Entidad y el reemplazante deberá reunir calificaciones profesionales similares o superiores a las del profesional reemplazado.
Inspector de Xxxx / Supervisor (según sea el caso)
Persona natural encargada de velar por la correcta ejecución de la obra y el cumplimiento del contrato, debiendo cumplir por lo menos con las mismas calificaciones profesionales establecidas para el Ingeniero Residente de la Obra.
Recibirá todas las facilidades necesarias del Contratista para el cumplimiento de su función, las cuales estarán estrictamente relacionadas con ésta.
Cuaderno de Obra
En la fecha de entrega del terreno, se abrirá el Cuaderno de Obra, el mismo que será foliado y visado en todas sus páginas por el Inspector/Supervisor y por el Ingeniero Residente. Dichos profesionales son los únicos autorizados para hacer anotaciones en el Cuaderno de Obra.
El Cuaderno de Obra deberá tener un original con (3) copias desglosables, correspondiendo una de ellas a la Entidad. El original de dicho Cuaderno debe permanecer en obra, bajo custodia del residente. Concluida la ejecución de la obra, el original quedará en poder de la Entidad.
Ocurrencias
Son hechos relevantes relacionados con la ejecución de la obra que deben ser anotados en el Cuaderno de Obra, firmando al pie de cada anotación el Inspector/Supervisor o el Residente, según quien sea el que efectúe la anotación. Las solicitudes a la Entidad que se realicen como consecuencia de las ocurrencias anotadas en el Cuaderno de Obra, se harán directamente a la Entidad, por medio de comunicación que deje constancia de dicha solicitud.
ADELANTOS
4.5.1 ADELANTO DIRECTO
La Entidad entregará al Contratista, dentro de los 07 días naturales de presentada la solicitud por escrito el adelanto hasta el veinte por ciento (20%) del Monto contrato, siempre que haya sido solicitado por el Contratista dentro de los 15 días siguientes de la suscripción del contrato, adjuntando la correspondiente garantía.
4.5.2 ADELANTO PARA MATERIALES O INSUMOS
Se otorgará para la Adquisición de Materiales, hasta el cuarenta por ciento (40%) del Monto del Contrato correspondiente a la ejecución de las obras, en armonía con el Calendario de Adquisición de Materiales y Equipos aprobado por la Entidad, adjuntando la correspondiente garantía.
4.6 CÓMPUTO DEL PLAZO DE VIGENCIA DEL CONTRATO Y PLAZO DE EJECUCIÓN
El plazo de vigencia del contrato se computa por días naturales, desde el día siguiente de cumplirse las condiciones establecidas en el artículo 240º del Reglamento:
Que se designe al Inspector/supervisor.
Que la Entidad haya hecho entrega del expediente técnico y del terreno donde se ejecutará la obra.
Que se haya entregado el adelanto directo al contratista, de haber sido solicitado por éste.
Que la Entidad entregue el Calendario de Entrega de Materiales e Insumos necesarios, cuando en las Bases se hubiera establecido tal responsabilidad por parte de la Entidad.
En caso no se haya solicitado la entrega del adelanto directo, el plazo contractual entrará automáticamente en vigencia al día siguiente de cumplirse todas las condiciones estipuladas en el contrato o en las Bases.
VALORIZACIONES Y METRADOS
Las Valorizaciones tienen el carácter de pagos a cuenta y serán elaboradas el último día de cada mes por el Inspector/supervisor y el Contratista, de conformidad con el artículo 255º del Reglamento.
A las valorizaciones se les aplicará el correspondiente reajuste de precios, calculados con la fórmula polinómica que se indica en el Expediente Técnico.
4.8 DISCREPANCIAS RESPECTO DE VALORIZACIONES O METRADOS
Si surgieran discrepancias respecto de la formulación, aprobación o valorización de los metrados, entre el Contratista y el Inspector/supervisor y/o la Entidad, según sea el caso, se resolverán en la liquidación del contrato, sin perjuicio del cobro de la parte no controvertida.
Sólo será posible iniciar un procedimiento de conciliación o arbitraje dentro de los quince (15) días hábiles después de ocurrida la controversia si la valorización de la parte en discusión representa un monto superior al cinco por ciento (5 %) del contrato actualizado.
La iniciación de este procedimiento no implica la suspensión del contrato ni el incumplimiento de las obligaciones de las partes.
4.9 ADICIONALES Y REDUCCIONES
Sólo procederá la ejecución de obras adicionales cuando previamente se cuente con disponibilidad presupuestal y resolución del titular de la Entidad, y en los casos en que sus montos, por si solos o restándoles los presupuestos deductivos vinculados, sean iguales o no superen el diez por ciento (10 %) del monto del contrato original, siempre que sean indispensables para alcanzar la finalidad del contrato. Asimismo podrá reducir obras hasta por el quince por ciento (15%) del monto del contrato original. Resultará de aplicación lo establecido en el Reglamento.
Las obras adicionales que superen el diez por ciento (10 %) del monto del contrato original, luego de ser aprobadas por la Entidad, requieren previamente, para su ejecución y pago, la autorización expresa de la Contraloría General de la República.
AMPLIACIONES DE PLAZO
El Contratista podrá solicitar la ampliación de plazo pactado por las siguientes causales, siempre que modifiquen el calendario de avance de obra vigente:
Xxxxxxx y/o paralizaciones por causas no atribuibles al contratista.
Atrasos en el cumplimiento de sus prestaciones por causas atribuibles a la Entidad.
Caso fortuito o fuerza mayor debidamente comprobados.
Para que proceda una ampliación de plazo, deberá observarse el procedimiento y plazos regulados en el Reglamento.
La ejecución de obras adicionales será causal de ampliación de plazo sólo si éstas conllevan la modificación del Calendario de Avance de Obra.
EFECTOS DE LA MODIFICACIÓN DEL PLAZO CONTRACTUAL
Las ampliaciones de plazo en los contratos de obra darán lugar al pago de mayores gastos generales iguales al número de días correspondientes a la ampliación multiplicados por el gasto general diario, salvo en los casos de obras adicionales que cuenten con presupuestos específicos. Serán de aplicación las disposiciones del Reglamento.
En el caso que la ampliación de plazo sea generada por paralización de la obra, por causas no atribuibles al contratista, sólo dará lugar al pago de mayores gastos generales debidamente acreditados.
DEMORAS INJUSTIFICADAS EN LA EJECUCIÓN DE LA OBRA
Durante la ejecución de la Obra, el contratista está obligado a cumplir los avances parciales establecidos en el calendario valorizado de avance. En caso de retraso injustificado, cuando el monto de la valorización acumulada a una fecha determinada sea menor al ochenta por ciento (80 %) del monto de la valorización acumulada programada a dicha fecha, el Inspector/Supervisor ordenará al Contratista que presente, dentro de los siete (07) días siguientes, un nuevo calendario que contemple la aceleración de los trabajos, de modo que se garantice el cumplimiento de la obra dentro del plazo previsto, en la medida de lo posible, anotando tal hecho en el Cuaderno de Obra.
La falta de presentación de este calendario dentro del plazo señalado en el párrafo anterior podrá ser causal para que opere la intervención económica de la obra o la resolución del contrato. El nuevo Calendario no exime al Contratista de la Responsabilidad por demoras injustificadas, ni es aplicable para el cálculo y control de reintegros.
Cuando el monto de la valorización acumulada ejecutada sea menor al ochenta por ciento (80 %) del monto acumulado programado del nuevo calendario, el Inspector/Supervisor anotará el hecho en el Cuaderno de Obra e informará a la Entidad. Dicho retraso será imputado como causal de Resolución de Contrato, salvo que la Entidad decida la intervención económica de la obra.
INTERVENCIÓN ECONÓMICA DE LA OBRA
La Entidad podrá, de oficio o a solicitud de parte, intervenir económicamente la obra en caso fortuito, fuerza mayor o por incumplimiento de las estipulaciones contractuales que a su juicio no permitan la terminación de los trabajos. La intervención económica no deja al contratista al margen de su participación contractual, manteniendo los derechos y obligaciones correspondientes.
Si el contratista rechaza la intervención económica, el contrato será resuelto, de conformidad con lo indicado en el artículo 264º del Reglamento.
RECEPCIÓN DE OBRA Y PLAZOS
En la fecha de la culminación de la obra el residente anotará tal hecho en el Cuaderno de Obra y solicitará la recepción de la misma. El Inspector/Supervisor, en un plazo no mayor de cinco (05) días posteriores a la anotación señalada, lo informará a la Entidad, ratificando o no lo indicado por el residente.
En caso que el Inspector/Supervisor verifique la culminación de la obra, la Entidad procederá a designar un Comité de Recepción dentro de los siete (07) días siguientes a la recepción de la comunicación del Inspector/Supervisor.
En un plazo no mayor de veinte (20) días siguientes de realizada su designación, el Comité de Recepción, junto con el Contratista, procederá a verificar el fiel cumplimiento de lo establecido en los planos y especificaciones técnicas y efectuará las pruebas que sean necesarias para comprobar el funcionamiento de las instalaciones y equipos.
Culminada la verificación, y de no existir observaciones, se procederá a la recepción de la obra, teniéndose por concluida la misma, en la fecha indicada por el Contratista. El Acta de Recepción deberá ser suscrita por los miembros del Comité, el Contratista y su Residente.
De existir observaciones, éstas se consignarán en el Acta respectiva y no se recibirá la obra. A partir del día siguiente, el Contratista dispondrá de un décimo (1/10) del plazo de ejecución de la obra para subsanar las observaciones, plazo que se computará a partir xxx xxxxxx día de suscrita el Acta. Las obras que se ejecuten como consecuencia de observaciones no darán derecho al pago de ningún concepto a favor del contratista ni a la aplicación de penalidad alguna.
Subsanadas las observaciones, el Contratista solicitará nuevamente la recepción de la obra en el Cuaderno de Obra, lo cual será verificado por el Inspector/Supervisor e informado a la Entidad, según corresponda, en el plazo de tres (03) días siguientes de la anotación. El Comité de Recepción se constituirá en la obra dentro de los siete (07) días siguientes de recibido el informe del Inspector/Supervisor. La comprobación que realizará se sujetará a verificar la subsanación de las observaciones formuladas en el Acta, no pudiendo formular nuevas observaciones.
De haberse subsanado las observaciones a conformidad del Comité de Recepción, se suscribirá el Acta de Recepción de Obra.
Si en la segunda inspección el Comité de Recepción constata la existencia de vicios o defectos distintos a las observaciones antes formuladas, sin perjuicio de suscribir el Acta de Recepción de Obra, informará a la Entidad para que este, solicite por escrito al Contratista las subsanaciones del caso, siempre que constituyan vicios ocultos.
En caso que el contratista o su residente no estuvieran conformes con las observaciones, anotará su discrepancia en el Acta. El Comité de Recepción elevará a la máxima autoridad administrativa de la Entidad, todo lo actuado con un informe sustentado de sus observaciones en el plazo máximo de cinco (5) días. La Entidad deberá pronunciarse sobre dichas observaciones en igual plazo. De persistir la discrepancia, ésta se someterá a conciliación y/o arbitraje, dentro de los quince (15) días siguientes al pronunciamiento de la Entidad.
Si vencido el cincuenta por ciento (50%) del plazo establecido para la subsanación, la Entidad comprueba que no se ha dado inicio a los trabajos correspondientes, salvo circunstancias justificadas debidamente acreditadas por el contratista, dará por vencido dicho plazo, tomará el control de la obra, la intervendrá económicamente y subsanará las observaciones con cargo a las valorizaciones pendientes de pago o de acuerdo al procedimiento establecido en el Reglamento.
Todo retraso en la subsanación de las observaciones que exceda del plazo otorgado, se considerará como demora para efecto de las penalidades que correspondan y podrá dar lugar a que la Entidad resuelva el contrato por incumplimiento. Las penalidades a que se refiere el presente artículo podrán ser aplicadas hasta el tope señalado en la Ley, el Reglamento o el Contrato, según corresponda.
4.15 LIQUIDACION DEL CONTRATO
El Contratista presentará la liquidación debidamente sustentada con la documentación y cálculos detallados, dentro de un plazo de sesenta (60) días o el equivalente a un décimo (1/10) del plazo de ejecución de la obra, el que resulte mayor, contado desde el día siguiente de la recepción de obra. Dentro del plazo de treinta (30) días de recibida, la Entidad deberá pronunciarse, ya sea observando la liquidación presentada por el Contratista o, de considerarlo pertinente, elaborando otra, y notificará al contratista para que éste se pronuncie dentro de los quince (15) días siguientes.
Si el Contratista no presenta la liquidación en el plazo previsto, su elaboración será responsabilidad exclusiva de la Entidad en idéntico plazo, siendo los gastos de cargo del contratista. La Entidad notificará la liquidación al contratista para que éste se pronuncie dentro de los quince (15) días siguientes.
La liquidación quedará consentida cuando, practicada por una de las partes, no sea observada por la otra dentro del plazo establecido.
Toda discrepancia respecto a la liquidación se resuelve según las disposiciones previstas para la solución de controversias establecidas en la Ley y en el presente Reglamento, sin perjuicio del cobro de la parte no controvertida.
No se procederá a la liquidación mientras existan controversias pendientes de resolver.
Luego de haber quedado aprobada o consentida la liquidación, culmina definitivamente el contrato y se cierra el expediente respectivo.
Con la liquidación, el contratista entregará a la Entidad la minuta de Declaratoria de Fábrica o la Memoria Descriptiva Valorizada, según sea el caso.
4.16 PENALIDADES
Por Xxxx.- En el caso de retraso injustificado en la ejecución de la obra, objeto del contrato, la Entidad le aplicará al contratista una penalidad por cada día de atraso, hasta por un monto máximo equivalente al diez por ciento (10%) del monto contractual. Esta penalidad será deducida de los pagos a cuenta, del pago final o en la liquidación final; o si fuese necesario se cobrará del monto resultante de la ejecución de la garantía de fiel cumplimiento.
La penalidad se aplicará automáticamente y se calculará de acuerdo al procedimiento establecido en el artículo 222º del Reglamento.
Cuando se llegue a cubrir el monto máximo de la penalidad, la Entidad podrá resolver el contrato por incumplimiento.
Por Incumplimiento del Contrato.- La garantía de fiel cumplimiento, se ejecutará en su totalidad, solo cuando la resolución por la cual la Entidad resuelve el contrato por causa imputable al contratista, haya quedado consentida o cuando por laudo arbitral consentido y ejecutoriado se declare procedente la decisión de resolver el contrato. El monto de las garantías corresponderá íntegramente a la Entidad, independientemente de la cuantificación del daño efectivamente irrogado.
4.17 RESOLUCIÓN DEL CONTRATO
Si alguna de las partes falta al cumplimiento de sus obligaciones, la parte perjudicada deberá requerirla mediante carta notarial para que las satisfaga en un plazo no mayor de quince (15) días, bajo apercibimiento de resolver el contrato. Si vencido dicho plazo el incumplimiento continúa, la parte perjudicada resolverá el contrato en forma total o parcial, mediante carta notarial.
La resolución parcial solo involucrará a aquella parte del contrato afectada por el incumplimiento y siempre que dicha parte sea separable e independiente del resto de las obligaciones contractuales, y que la resolución total del contrato pudiera afectar los intereses de la entidad. En tal sentido el requerimiento que se efectúe deberá precisar con claridad qué parte del contrato quedaría resuelta si persistiese el incumplimiento. De no hacerse tal precisión se entenderá que la resolución será total en caso de persistir el incumplimiento.
Si la parte perjudicada es la Entidad, ésta ejecutará las garantías que el contratista hubiera otorgado, sin perjuicio de la indemnización por los mayores daños y perjuicios irrogados.
Si la parte perjudicada es el contratista, la Entidad deberá reconocerle la respectiva indemnización por los daños y perjuicios irrogados.
Cualquier controversia relacionada con la resolución del contrato podrá ser sometida por la parte interesada a conciliación y/o arbitraje dentro de los quince (15) días hábiles siguientes de comunicada la resolución. Vencido ese plazo sin que se haya iniciado ninguno de estos procedimientos, se entenderá que la resolución del contrato ha quedado consentida.
EFECTOS DE LA RESOLUCIÓN DEL CONTRATO DE OBRA
La resolución del contrato de obra determina la inmediata paralización de la misma, salvo los casos en que, estrictamente por razones de seguridad o disposiciones reglamentarias de construcción, no sea posible.
La parte que resuelve, deberá indicar en su carta de resolución, la fecha y hora para efectuar la constatación física e inventario en el lugar de la obra, con una anticipación no menor de dos (2) días. En esta fecha, las partes se reunirán en presencia xx Xxxxxxx Público o Xxxx xx Xxx, según corresponda, y se levantará un acta. Si alguna de ellas no se presentara, la otra levantará el acta con el Notario Público o Xxxx xx Xxx. Culminado este acto, la obra queda bajo responsabilidad de la Entidad y se procede a la liquidación, conforme a lo establecido en el artículo 269º del Reglamento.
En caso que la resolución sea por incumplimiento del Contratista, en la liquidación se consignarán las penalidades que correspondan, las que se harán efectivas conforme a lo dispuesto en los artículos 222º y 226º del Reglamento.
Cuando la resolución sea por causa atribuible a la Entidad, éste reconocerá al Contratista, en la liquidación que se practique, el cincuenta por ciento (50%) de la utilidad prevista, calculada sobre el saldo que se deja de ejecutar.
Los gastos de la resolución del contrato son de cargo de la parte que lo incumplió, salvo disposición distinta xx Xxxxx Xxxxxxxx.
DISPOSICIONES VARIAS
Son de cargo del Contratista todos los tributos y gravámenes que le correspondan de acuerdo a la Ley. Toda responsabilidad de carácter laboral y por el pago de aportaciones sociales es exclusivamente del Contratista. Así mismo corresponde al Contratista la contratación de todos los seguros necesarios para resguardar la integridad de la prestación, los recursos que se utilizan y a los terceros posiblemente afectados.
El Contratista asume la responsabilidad de cumplir estrictamente el marco legal del ordenamiento laboral que cautele los derechos de los trabajadores de construcción civil. Los postores deberán tener en cuenta estos factores al momento de presentar sus propuestas.
4.20 SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS DURANTE LA EJECUCIÓN CONTRACTUAL
De acuerdo con el artículo 274° del Reglamento, las controversias derivadas de la ejecución o interpretación del contrato que derive del presente proceso de selección, se resolverán mediante procedimiento arbitral de derecho, de conformidad con lo establecido en el Reglamento.
RESPONSABILIDAD DE LA ENTIDAD
La Entidad es responsable por las modificaciones que ordene o apruebe respecto del Expediente Técnico, estudios, informes o similares, o por aquellas que se generen debido a la necesidad de la ejecución de los mismos, sin perjuicio de las responsabilidades que corresponden a quienes elaboraron el proyecto.
CUMPLIMIENTO DE LO PACTADO
Los contratistas están obligados a cumplir cabalmente, con lo ofrecido en su propuesta y en cualquier manifestación formal documentada, que hayan aportado adicionalmente, en el curso del proceso de selección o en la formalización del contrato, así como a lo dispuesto en los incisos 2) y 3) de los artículos 1774 del Código Civil.
RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTA
Queda claramente establecido que el hecho de haber recepcionado las Obras no exonera al CONTRATISTA de sus responsabilidades, de acuerdo con lo dispuesto en el Código Civil y en el artículo 51º de la Ley, que establece, entre otros, un periodo de garantía y responsabilidad del ejecutor de las obras no menor de siete (07) años.
Todos los demás aspectos relativos al presente proceso de selección, contratación, construcción, ejecución, recepción de obra, liquidación de obra, etc., no contemplados en estas Bases se regirán por la Ley y su Reglamento.
DISPOSICIONES FINALES
El presente proceso se rige por las bases y lo que establece el Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento, así como por las disposiciones legales vigentes.
ANEXO N.° 01
CARTA DE PRESENTACIÓN Y DECLARACION JURADA DE DATOS DEL POSTOR |
Señores:
COMITÉ ESPECIAL
LICITACIÓN PÚBLICA Nº
Presente.-
Estimados Señores:
El que se suscribe, Representante Legal de .................., identificado con DNI Nº ................., RUC Nº ............., con poder inscrito en la localidad de ................ en la Ficha Nº ............ Asiento Nº ..........., DECLARO BAJO JURAMENTO que la siguiente información de mi representada se sujeta a la verdad:
Nombre o Razón Social |
|
||||
Domicilio Legal |
|
||||
RUC |
|
Teléfono |
|
Fax |
|
Autorización Municipal
Municipalidad |
Nº de Licencia de Funcionamiento |
Fecha |
|
|
|
Participa en Consorcio
SI |
NO |
Nombre de las Empresas que participan en Consorcio |
||
|
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Empresa Nº 1 |
Empresa Nº 2 |
Empresa Nº 3 |
|
|
|
|
|
Arequipa,………………………………………..
----------------------------------------------------------------
Firma, Nombres y Apellidos del postor/ Razón Social de la empresa
|
(*) Cuando se trate de Consorcio, esta declaración jurada será presentada por cada uno de los consorciados.
ANEXO N° 02
DECLARACIÓN JURADA
(ART. 76º DEL REGLAMENTO DE LA LEY DE CONTRATACIONES Y ADQUISICIONES DEL ESTADO)
Señores:
COMITÉ ESPECIAL
LICITACIÓN PÚBLICA Nº
Presente.-
De nuestra consideración:
(Nombres y Apellidos del Representante Legal), identificado con DNI Nº ................, domiciliado en .........................................., Representante Legal de la empresa ……………………………; que se presenta como postor de la LICITACIÓN PÚBLICA Nº ………………….., para la EJECUCIÓN DE LA OBRA………………. ……………, declaro bajo juramento:
1.- No tener impedimento para participar en el proceso de selección ni para contratar con el Estado, conforme al Art. 9º TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado.
2.- Conozco, acepto y me someto a las Bases, condiciones y procedimientos del proceso de selección.
3.- Soy responsable de la veracidad de los documentos e información que presento a efectos del presente proceso de selección.
4.- Me comprometo a mantener la oferta durante el proceso de selección y a suscribir el contrato, en caso que resulte favorecido con la Buena Pro.
5.- Conozco las sanciones contenidas en el TUO de la Ley Nº 26850 y su Reglamento, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, así como en la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.
Arequipa,…………………………………..
-------------------------------------------------------------
Firma, Nombres y Apellidos del postor/ Razón Social de la empresa
ANEXO Nº 03
CARTA DE COMPROMISO DE PLAZO DE EJECUCIÓN
Señores:
COMITÉ ESPECIAL
LICITACIÓN PÚBLICA Nº
Presente.-
El que suscribe, ........................................, identificado con DNI Nº ............................., Representante Legal de ..............................., con RUC. Nº ............................, declara que mi representada se compromete a ejecutar la Obra (incluir denominación), materia de (incluir denominación del proceso), de acuerdo al respectivo Expediente Técnico, en el plazo siguiente:
PLAZO OFERTADO: (Indicar plazo fijado en el expediente técnico) DIAS CALENDARIO.
Arequipa, …………………………………..
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Firma, Nombres y Apellidos del postor/ Razón Social de la empresa
ANEXO N° 04
PROMESA FORMAL DE CONSORCIO.
(Sólo para el caso en que un consorcio se presente como postor)
Señores:
COMITÉ ESPECIAL
LICITACIÓN PÚBLICA Nº
Presente.-
Estimados señores:
Los suscritos declaramos expresamente que hemos convenido en forma irrevocable durante el lapso que dure el proceso de selección, para proveer y presentar una propuesta conjunta a la LICITACIÓN PÚBLICA N° ……………………….., responsabilizándonos solidariamente por todas las acciones y omisiones que provengan del citado proceso.
Asimismo, en caso de obtener la buena pro, nos comprometemos a formalizar el contrato de Consorcio para la provisión correcta y oportuna de los servicios correspondientes al objeto de la referencia.
Designamos al Sr. ......................................., identificado con D.N.I. Nº…………………….. como representante legal común del Consorcio y fijamos nuestro domicilio legal común en................................., para efectos de participar en todas las etapas del proceso de selección y a suscribir con la Entidad ……………………. el contrato correspondiente.
OBLIGACIONES DE LA EMPRESA: ( ) % Participación
………………………
………………………
OBLIGACIONES DE LA EMPRESA: ( ) % Participación
……………………..
……………………..
………………………………………….. …………………………………………..
Nombre, firma, sello y DNI del Nombre, firma, sello y DNI del
Representante Legal Empresa 1 Representante Legal Empresa 2
Arequipa, ………………………………………………..
ANEXO N° 05
REQUERIMIENTOS TÉCNICOS MÍNIMOS
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Ítem |
Nombre |
Características Técnicas |
Unidad |
Cantidad |
Año de Fabricación del Equipo |
|
CAMION VOLQUETE |
4 X 2 120-140 HP 6 m3 |
UND |
1 |
|
1 |
1,995 a la fecha |
||||
|
SOLDADORA ELECTRICA |
MONOFASICA ALTERNA 225 A |
UND |
3 |
|
2 |
1,995 a la fecha |
||||
|
EQUIPO XX XXXXXXX |
|
UND |
1 |
|
3 |
1,995 a la fecha |
||||
4 |
EQUIPO DE PINTAR ELÉCTRICO, |
CON PRESIÓN MÍNIMO DE TRABAJO 2000 PSI. CON ACCESORIOS ANEXOS. |
UND |
1 |
1,995 a la fecha |
|
COMPRESORA NEUMATICA |
76 HP 125-175 PCM |
|
|
1,995 a la fecha |
5 |
1,995 a la fecha |
||||
|
MARTILLO NEUMATICO |
DE 24 kg |
UND |
2 |
|
6 |
1,995 a la fecha |
||||
|
RETROEXCAVADORA |
|
UND |
1 |
|
7 |
1,995 a la fecha |
||||
|
GRUPO ELECTROGENO |
116 HP 75 KW |
UND |
3 |
|
8 |
1,995 a la fecha |
||||
|
GRUA HIDRAULICA |
AUTOPROPULSADA 127 HP 18 ton 9 m |
UND |
1 |
|
9 |
1,995 a la fecha |
Detalle del Equipo Asignado de acuerdo al Formato Nº 5. Se establece como Requerimiento Mínimo que el Equipo Asignado sea igual al Equipo Requerido Mínimo detallado en el Anexo Nº 01 de las Bases.
El Equipo Asignado puede ser propio, arrendado o con promesa de adquisición o arrendamiento.
El Equipo Asignado Propio se sustenta con copia simple de los Comprobantes de Pago (Facturas o similares) y/o Contratos de Compra - Venta y/o Contratos tipo LEASING, a nombre del Postor. El Equipo Asignado No Propio se sustenta con el original de Promesa de Adquisición o Arrendamiento y adicionalmente con copia simple de los Comprobantes de Pago (Facturas o similares) y/o Contratos de Compra - Venta y/o Contratos tipo LEASING, a nombre del que suscribe la Promesa de Adquisición o Arrendamiento.
ANEXO Nº 06a
EXPERIENCIA EN OBRAS EN GENERAL
Postor: ____________________________________________________
Contratista |
Descripción de la Obra |
Cliente |
Fecha |
Monto de la liquidación |
Consorcio |
% Particip. |
IPC (*) |
Monto actualizado al mes del valor referencial |
Nº de Folio |
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Inicio |
Término |
A la fecha de terminación de la obra |
Al mes del valor referencial |
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(*).- IPC : Índice de Precios al Consumidor promedios del mes (Adjuntar copias publicadas en el Diario El Peruano), se aceptaran las copias simples de los IPC de la Pagina Web del INEI. Asimismo, se debe adjuntar el cálculo de los valores actualizados
- Los montos deberán ser actualizados desde la fecha de término real de la obra hasta la fecha del valor referencial, para lo cual usarán el Índice de Precios al Consumidor (IPC hasta 3 decimales). En el caso de moneda extranjera se hará la conversión a moneda nacional, considerando el tipo de cambio venta promedio del mes de término de la obra y luego se actualizará a la fecha solicitada. De no acreditarse la fecha de término real de la Obra no se actualizará el monto final de dicha obra.
- Se considerara el monto final de las obras concluidas dentro del periodo de los últimos 10 años, previos a la fecha de la presentación de propuestas, independientemente de la fecha de suscripción del Contrato o inicio de Obra
- Las obras generales consignadas en el formato se acreditaran con copia del contrato y su acta de recepción o certificado de conformidad, para el caso de Obras Públicas, y para el caso de Obras Privadas con copia del contrato, o el que haga sus veces, y un certificado de conformidad.
- Se evaluaran los montos finales de las obras. Por lo tanto se deberá adjuntar la Resolución de Liquidación de la Obra de donde se extraerá dicho monto. De no contar con la Resolución de Liquidación de la Obra, solo se aceptarán documentos oficiales emitidos por la Entidad Contratante, en el caso de obras públicas o por la empresa contratante en el caso de obras privadas, en donde se indique el monto final de la obra.
- En caso de experiencia como consorcio, se considerará el porcentaje de Consorciado, debiendo acreditarse documentadamente, el porcentaje de participación.
- Se pueden presentar obras en subcontrato. Para sustentar dichas obras, deberán presentar el subcontrato, una constancia o certificado que indique el monto final de la obra subcontratada, las fechas de inicio y terminación de la misma. Para el caso de Subcontratos de Obras privadas se deberá presentar copia del Subcontrato y un certificado y/o constancia que deberá incluir la fecha de inicio y término, y el monto final de la obra.
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Firma, Nombres y Apellidos del postor/ Razón Social de la empresa
ANEXO Nº 06b
EXPERIENCIA EN OBRAS SIMILARES (1)
Postor:__________________________________________________________________________________________________________________
Contratista |
Descripción de la Obra |
Cliente |
Fecha |
Monto de la liquidación |
Consorcio |
% Particip. |
IPC (2) |
Monto actualizado al mes del valor referencial |
Nº de Folio |
||
Inicio |
Término |
A la fecha de terminación de la obra |
Al mes del valor referencial |
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(1) Se entiende como Obra Similar a las obras de Obras de construcción xx xxxxxxx.
(2) IPC : Índice de Precios al Consumidor promedios del mes (Adjuntar copias publicadas en el Diario El Peruano), se aceptaran las copias simples de los IPC de la Pagina Web del INEI. Asimismo, se debe adjuntar el cálculo de los valores actualizados
- Los montos deberán ser actualizados desde la fecha de término real de la obra hasta la fecha del valor referencial, para lo cual usarán el Índice de Precios al Consumidor (IPC hasta 3 decimales). En el caso de moneda extranjera se hará la conversión a moneda nacional, considerando el tipo de cambio venta promedio del mes de término de la obra y luego se actualizará a la fecha solicitada. De no acreditarse la fecha de término real de la Obra no se actualizará el monto final de dicha obra.
- Se considerara el monto final de las obras concluidas dentro del periodo de los últimos 15 años, previos a la fecha de la presentación de propuestas, independientemente de la fecha de suscripción del Contrato o inicio de Obra. El valor mínimo de cada obra es el 20% del valor referencial.
- Las obras similares consignadas en el formato se acreditaran con copia del contrato y su acta de recepción o certificado de conformidad, para el caso de Obras Públicas, y para el caso de Obras Privadas con copia del contrato, o el que haga sus veces, y un certificado de conformidad. La condición de obra similar debe ser sustentada.
- Se evaluaran los montos finales de las obras. Por lo tanto se deberá adjuntar la Resolución de Liquidación de la Obra de donde se extraerá dicho monto. De no contar con la Resolución de Liquidación de la Obra, solo se aceptarán documentos oficiales emitidos por la Entidad Contratante, en el caso de obras públicas o por la empresa contratante en el caso de obras privadas, en donde se indique el monto final de la obra.
- En caso de experiencia como consorcio, se considerará el porcentaje de Consorciado, debiendo acreditarse documentadamente, el porcentaje de participación. Asimismo se aceptará obras que han sido ejecutadas en consorcio cuyo monto total de la Obra es mayor del 20% del Valor Referencial de esta licitación, pero que al aplicarle el porcentaje de participación resulta un monto menor del 20% de este valor referencial.
- Se pueden presentar obras en subcontrato. Para sustentar dichas obras, deberán presentar el subcontrato, una constancia o certificado que indique el monto final de la obra subcontratada, las fechas de inicio y terminación de la misma. Para el caso de Subcontratos de Obras privadas se deberá presentar copia del Subcontrato y un certificado y/o constancia que deberá incluir la fecha de inicio y término, y el monto final de la obra.
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Firma, Nombres y Apellidos del postor/ Razón Social de la empresa
ANEXO Nº 06C
EXPERIENCIA EN OBRAS DE LA ESPECIALIDAD
Postor:__________________________________________________________________________________________________________________
Contratista |
Descripción de la Obra |
Cliente |
Fecha |
Monto de la liquidación |
Consorcio |
% Particip. |
IPC (2) |
Monto actualizado al mes del valor referencial |
Nº de Folio |
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Inicio |
Término |
A la fecha de terminación de la obra |
Al mes del valor referencial |
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(1) Se entiende como obra referida a la Especialidad a las obras estrictamente referidas a la Construcción xx xxxxxxx de Estructura Metálica
(2) IPC : Índice de Precios al Consumidor promedios del mes (Adjuntar copias publicadas en el Diario El Peruano), se aceptaran las copias simples de los IPC de la Pagina Web del INEI. Asimismo, se debe adjuntar el cálculo de los valores actualizados
- Los montos deberán ser actualizados desde la fecha de término real de la obra hasta la fecha del valor referencial, para lo cual usarán el Índice de Precios al Consumidor (IPC hasta 3 decimales). En el caso de moneda extranjera se hará la conversión a moneda nacional, considerando el tipo de cambio venta promedio del mes de término de la obra y luego se actualizará a la fecha solicitada. De no acreditarse la fecha de término real de la Obra no se actualizará el monto final de dicha obra.
- Se considerara el monto final de las obras concluidas dentro del periodo de los últimos 15 años, previos a la fecha de la presentación de propuestas, independientemente de la fecha de suscripción del Contrato o inicio de Obra. El valor mínimo de cada obra es el 20% del valor referencial.
- Las obras similares consignadas en el formato se acreditaran con copia del contrato y su acta de recepción o certificado de conformidad, para el caso de Obras Públicas, y para el caso de Obras Privadas con copia del contrato, o el que haga sus veces, y un certificado de conformidad. La condición de obra similar debe ser sustentada.
- Se evaluaran los montos finales de las obras. Por lo tanto se deberá adjuntar la Resolución de Liquidación de la Obra de donde se extraerá dicho monto. De no contar con la Resolución de Liquidación de la Obra, solo se aceptarán documentos oficiales emitidos por la Entidad Contratante, en el caso de obras públicas o por la empresa contratante en el caso de obras privadas, en donde se indique el monto final de la obra.
- En caso de experiencia como consorcio, se considerará el porcentaje de Consorciado, debiendo acreditarse documentadamente, el porcentaje de participación. Asimismo se aceptará obras que han sido ejecutadas en consorcio cuyo monto total de la Obra es mayor del 20% del Valor Referencial de esta licitación, pero que al aplicarle el porcentaje de participación resulta un monto menor del 20% de este valor referencial.
- Se pueden presentar obras en subcontrato. Para sustentar dichas obras, deberán presentar el subcontrato, una constancia o certificado que indique el monto final de la obra subcontratada, las fechas de inicio y terminación de la misma. Para el caso de Subcontratos de Obras privadas se deberá presentar copia del Subcontrato y un certificado y/o constancia que deberá incluir la fecha de inicio y término, y el monto final de la obra.
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Firma, Nombres y Apellidos del postor/ Razón Social de la empresa
ANEXO Nº 07
EXPERIENCIA DE LOS PROFESIONALES PROPUESTOS PARA LA EJECUCION DE OBRA
NOMBRE:______________________PROFESIÓN:_________________________________
CARGO POR OCUPAR: ________________________________________________________
1. DATOS DEL PROFESIONAL |
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UNIVERSITARIOS |
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Nº DE ORDEN |
UNIVERSIDAD |
TITULO OBTENIDO |
FECHA DE GRADO (mes - año) |
COLEGIATURA |
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Nº |
Fecha |
Nº Folio |
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2. EXPERIENCIA EN LA ESPECIALIDAD |
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Nº DE ORDEN |
OBRA SIMILAR |
RAZON SOCIAL DEL CONTRATANTE |
CARGO DESEMPEÑADO |
PERIODO |
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Inicio Término |
Duración |
Nº Folio |
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Notas:
1. El contenido del presente formulario no podrá ser modificado o alterado y deberá ser diligenciado en su totalidad.
2. La información incluida en el presente formulario es de la responsabilidad del proponente. El cumplimiento de los requisitos y experiencia requeridos, serán sustentados con copias simples de los correspondientes certificados y/o Constancias.
3. La firma del profesional en este formulario será considerada igualmente como carta de intención.
4. Usar una pagina para cada cargo.
FIRMA Y SELLO DEL PROFESIONAL: ____________________
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Firma, Nombres y Apellidos del postor/ Razón Social de la empresa
ANEXO N° 09
CARTA DE PROPUESTA ECONÓMICA
(MODELO)
Señores:
COMITÉ ESPECIAL
LICITACIÓN PÚBLICA Nº
Presente.-
Es grato dirigirme a usted, para hacer de su conocimiento que de acuerdo con el monto referencial del presente proceso de selección y el expediente técnico de la obra, mi propuesta económica es la siguiente:
-
CONCEPTO
COSTO
(Consignar moneda)
TOTAL
El valor referencial incluye todos los impuestos, tributos, gastos generales, utilidad, seguros, transporte, inspecciones, pruebas, o cualquier otro concepto que pueda tener incidencia sobre el costo de la obra.
Arequipa, ………………………………………
-----------------------------------------------------------
Firma, Nombres y Apellidos del postor
/ Razón Social de la empresa
FORMATO N° 01
MODELO DE CARTA DE ACREDITACION DEL REPRESENTANTE
Arequipa,………………………………….
Señores.-
COMITÉ ESPECIAL
LICITACIÓN PÚBLICA Nº
Presente.-
……………………………… (nombre del postor/ Empresa y/o Consorcio), identificada con RUC Nº ……………………………… tenemos el agrado de dirigirnos a ustedes, en relación con la Licitación Pública N° ………………………………, a fin de acreditar a nuestro representante: ……………………………. (nombre del representante) identificado con DNI. Nº ………………………………quien se encuentra en virtud a este documento, debidamente autorizado a realizar todos los actos vinculados al proceso de selección.
………………………….…………………..
Firma, Nombres y Apellidos del postor/ Razón Social de la empresa
FORMATO Nº 2
PRESUPUESTO DETALLADO
Sistema de Contratación:
DESCRIPCIÓN |
COSTO PARCIAL |
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TOTAL COSTO DIRECTO (1) |
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GASTOS GENERALES (2) |
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UTILIDAD (3) |
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TOTAL COSTO (1)+(2)+(3) |
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IGV ( 19%) |
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TOTAL GENERAL (*) |
|
(*)Este monto incluye gastos generales, utilidad y tributos
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Firma, Nombres y Apellidos del postor/ Razón Social de la empresa
FORMATO Nº 3
(De acuerdo al Anexo N.º 5)
EQUIPO TÉCNICO MINIMO
Item |
Nombre |
Características Técnicas / Marca |
Cantidad |
Condición |
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Propio |
Promesa de Alquiler |
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Firma, Nombres y Apellidos del postor/ Razón Social de la empresa
PROFORMA DE CONTRATO
Conste por el presente documento, que se extiende por duplicado, el contrato de ejecución de la obra (indicar) que celebra de una parte ……………………., en adelante LA ENTIDAD, con RUC Nº …………, con domicilio en …………., representada por ……………, con DNI Nº …………….., y de otra parte ………………......................................, con RUC Nº ……………….., con domicilio legal en ………………..........................., inscrita en la Ficha N° ………. Asiento N° …………. del Registro de Personas Jurídicas de Lima, debidamente representada por su Representante Legal, ……………….........................................., con DNI N° ……………….., según poder inscrito en la Ficha N° ………., Asiento N° ……….. del Registro de Personas Jurídicas de …….., a quien en adelante se le denominará “EL CONTRATISTA” en los términos y condiciones siguientes:
CLAUSULA PRIMERA: OBJETO Y MONTO
Con fecha (indicar), el Comité Especial adjudicó la Buena Pro de (indicar denominación del proceso), convocada para la ejecución de la obra (indicar), a EL CONTRATISTA, por el siguiente monto: …………., incluido el Impuesto General a las Ventas, (de corresponder).
Este monto comprende la mano de obra y cumplimiento de la normativa laboral, pagos a Entidades de Seguridad Social, SENCICO, costo de equipos, maquinaria, herramientas, materiales, fletes, seguros e impuestos; protección y mantenimiento de la obra durante el período de construcción y hasta la entrega de la misma, dirección técnica, gastos generales, utilidad, y todo aquello que sea necesario para la correcta ejecución de la obra hasta su total terminación y entrega.
CLAUSULA SEGUNDA: VALORIZACIONES
Las valorizaciones tienen el carácter de pagos a cuenta y serán elaboradas de conformidad con lo establecido en el artículo 255º del Reglamento.
CLAUSULA TERCERA: VIGENCIA DEL CONTRATO
La vigencia del presente contrato será a partir del día siguiente de la suscripción del mismo hasta el consentimiento de la liquidación final de la obra.
CLAUSULA CUARTA: PARTES INTEGRANTES DEL CONTRATO
El presente contrato está conformado por las bases integradas (que incluyen planos, memoria descriptiva, especificaciones técnicas, cláusulas de medición, fórmula polin6mica, presupuesto y toda otra documentación del Expediente Técnico), la oferta ganadora y los documentos derivados del proceso de selección que establezcan obligaciones para las partes.
CLAUSULA QUINTA: MARCO LEGAL DEL CONTRATO
En los aspectos y cuestiones que no estén expresamente contemplados en el presente contrato, regirán las disposiciones del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N 084-2004 PCM y sus modificatorias y el Código Civil vigente.
CLAUSULA SEXTA: DECLARACION DEL CONTRATISTA
El contratista declara que se compromete a cumplir las obligaciones derivadas del presente contrato, bajo sanción de quedar inhabilitado para contratar con el Estado en caso de incumplimiento.
CLAUSULA SÉTIMA: GARANTÍAS
EL CONTRATISTA entregará carta fianza bancaria solidaria, irrevocable, incondicional y de realización automática a sólo requerimiento de LA ENTIDAD, por concepto de garantía de fiel cumplimiento del contrato, por un monto ascendente a S/…………………., equivalente al diez por ciento (10%) del monto total del contrato.
Esta garantía deberá ser otorgada por una entidad autorizada y sujeta al ámbito de la Superintendencia de Banca y Seguros o considerada en la última lista de Bancos Extranjeros de primera categoría que periódicamente publica el Banco Central de Reserva.
La garantía de fiel cumplimiento deberá encontrarse vigente hasta el consentimiento de la liquidación final de la obra.
CLAUSULA OCTAVA: EJECUCIÓN DE GARANTÍAS POR FALTA DE RENOVACIÓN
LA ENTIDAD está facultada para ejecutar la garantía de fiel cumplimiento de contrato cuando EL CONTRATISTA no cumpliera con renovarla.
CLAUSULA NOVENA: PLAZOS
9.1. PLAZO DE ENTREGA DEL TERRENO
El terreno será entregado al contratista dentro ……………(consignar plazo)4 días siguientes a la firma del presente contrato.
9.2. INICIO Y TÉRMINO DEL PLAZO DE EJECUCIÓN
El CONTRATISTA se obliga a ejecutar las obras materia de este contrato, en un plazo de ……. (consignar) días calendarios, contados a partir del día siguiente en que se cumplan las condiciones establecidas en el artículo 240º del Reglamento.
El plazo sólo podrá ser ampliado en los casos contemplados en el artículo 258º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado.
CLAUSULA DÉCIMA: RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTA
EL CONTRATISTA planeará y será responsable por los métodos de trabajo y la eficiencia de los equipos empleados en la ejecución de la obra, los que deberán asegurar un ritmo apropiado y calidad satisfactoria.
Durante la ejecución de la obra, el CONTRATISTA está obligado a cumplir los plazos parciales establecidos en el calendario valorizado de avance de obra. En caso de producirse retraso injustificado se procederá de acuerdo al artículo 263º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado.
El CONTRATISTA abrirá en el acto de entrega del terreno, el cuaderno de obras debidamente foliado, el mismo que será firmado y sellado en todas sus páginas por el inspector/supervisor y el residente. En este cuaderno de obras se anotarán las indicaciones, órdenes, autorizaciones, reparos, variantes, consultas y anotaciones que consideren convenientes para la ejecución de la obra.
CLAUSULA DÉCIMO PRIMERA: APLICACIÓN DE PENALIDADES
En caso de retraso injustificado del CONTRATISTA en la ejecución de la obra, aquél se hará acreedor a una penalidad por xxxx, por cada día de atraso, hasta por un monto máximo equivalente al diez por ciento (10%) del monto contractual vigente. Esta penalidad será deducida de los pagos a cuenta, del pago final o en la liquidación final; o, si fuera necesario, se cobrará del monto resultante de la ejecución de las garantías de fiel cumplimiento.
La penalidad se aplicará automáticamente y se calculará de acuerdo con la siguiente fórmula:
Penalidad diaria = 0.10 x Monto del Contrato
0.15 x plazo en días
Cuando se llegue a cubrir el monto máximo de la penalidad, la Entidad podrá resolver el contrato por incumplimiento.
CLAUSULA DECIMO SEGUNDA: RECEPCION DE LA OBRA
La recepción de la obra se sujetará a lo establecido en el artículo 268º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado.
CLAUSULA DECIMO TERCERA: LIQUIDACIÓN DE LA OBRA
La liquidación de la obra se sujetará a lo establecido en el artículo 269º, 270º y 271º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado.
CLAUSULA DECIMO CUARTA: RESOLUCION DEL CONTRATO POR CAUSAS ATRIBUIBLES AL CONTRATISTA
En caso de incumplimiento por parte de EL CONTRATISTA de alguna de sus obligaciones, que haya sido previamente observada por LA ENTIDAD, y que no haya sido materia de subsanación, esta última podrá resolver el presente Contrato, en forma total o parcial, mediante remisión por la vía notarial del documento en el que se manifieste esta decisión y el motivo que la justifica, de conformidad con el procedimiento y formalidades previstos en los artículos 41º y 45º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, y en el artículo 267º de su Reglamento.
En este supuesto, se ejecutarán las garantías que EL CONTRATISTA hubiera otorgado de conformidad con el artículo 221º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, sin perjuicio de la indemnización por daños y perjuicios ulteriores que pueda exigir.
CLAUSULA DECIMO QUINTA: CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES
Sin perjuicio de la indemnización por daño ulterior, las sanciones administrativas y pecuniarias que pudieran aplicarse a EL CONTRATISTA, no lo eximen de cumplir con las demás obligaciones pactadas, ni lo eximen de las responsabilidades civiles y penales a que hubiera lugar.
CLAUSULA DÉCIMO SEXTA: ARBITRAJE
Todos los conflictos que se deriven de la ejecución e interpretación del presente contrato, incluidos los que se refieran a su nulidad e invalidez, serán resueltos de manera definitiva e inapelable mediante arbitraje de derecho, de conformidad con lo establecido en la normativa de contrataciones y adquisiciones del Estado.
Facultativamente, cualquiera de las partes podrá someter a conciliación la referida controversia, sin perjuicio de recurrir al arbitraje en caso no se llegue a un acuerdo entre ambas, según lo señalado en el artículo 272º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado.
El laudo arbitral emitido es vinculante para las partes y pondrá fin al procedimiento de manera definitiva, siendo inapelable ante el Poder Judicial o ante cualquier instancia administrativa.
CLAUSULA DÉCIMO SÉTIMA: FACULTAD DE ELEVAR A ESCRITURA PÚBLICA
Cualquiera de las partes podrá elevar el presente contrato a Escritura Pública corriendo con todos los gastos que demande esta formalidad.
CLAUSULA DÉCIMO OCTAVA: VERACIDAD DE DOMICILIOS
Las partes contratantes han declarado sus respectivos domicilios en la parte introductoria del presente contrato.
De acuerdo con las Bases, la propuesta técnico económica y las disposiciones derivadas del presente contrato, las partes lo firman por duplicado, en señal de conformidad, en la ciudad de ……….. al ………..
“LA ENTIDAD” |
|
“EL CONTRATISTA” |
1 Dependiendo del sistema de contratación que se emplee, se deberá considerar, conforme a lo dispuesto por el artículo 56º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, lo siguiente:
Sistema de suma alzada: El postor formulará su propuesta considerando los trabajos que resulten necesarios para el cumplimiento del objeto de la prestación requerida según los planos, especificaciones técnicas, memoria descriptiva y presupuesto de obra que forman parte del Expediente Técnico, en ese orden de prelación; considerándose que el desagregado por partidas que da origen a su propuesta y que deben presentar como parte de la misma, es referencial.
Sistema de precios unitarios: El postor formulará su propuesta considerando los precios unitarios de las partidas contenidas en las Bases, las condiciones previstas en los planos y especificaciones técnicas, así como las cantidades referenciales.
2 También debe contemplarse los requisitos previstos por el artículo 239º del Reglamento.
3 Previamente la Entidad deberá evaluar la conveniencia de permitir la subcontratación de algunas prestaciones de la obra.
4 Según artículo 240º del Reglamento la condición establecida en el numeral 3 del citado artículo, referida a la entrega del terreno o lugar donde se ejecutará la obra, deberá ser cumplida dentro de los quince (15) días contados a partir del día siguiente de la suscripción del contrato.
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