CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE PLAZA DE GARAJE
CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE PLAZA DE GARAJE
Garaje sito en calle Ref. Catastral:
En , a de de 201_
REUNIDOS:
De una parte, y como arrendador, D/Dña. , mayor de edad, de estado civil , domiciliado/a en , y con NIF nº
. (en adelante, ARRENDADOR o PARTE ARRENDADORA).
A efectos de comunicaciones, como complemento al domicilio indicado, señala como correo electrónico , y el siguiente número de teléfono:
.
Y,
De otra parte, y como arrendatario, D/Dña. , mayor de edad, de estado civil , domiciliado en , y con NIF nº
. (en adelante, ARRENDATARIO o PARTE ARRENDATARIA).
A efectos de comunicaciones, como complemento al domicilio indicado, señala como correo electrónico , y el siguiente número de teléfono:
.
Ambas partes se reconocen la capacidad legalmente necesaria para el otorgamiento del presente contrato de arrendamiento y, en su propio nombre y derecho,
EXPONEN
1. Que el ARRENDADOR es dueño de la siguiente plaza de garaje: plaza nº
del inmueble sito en , , provincia de facultades suficientes para el arrendamiento de la misma.
; tiene
2. Que, interesando al ARRENDATARIO, tomar dicha plaza de garaje en arrendamiento, llevan a cabo el presente CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE PLAZA DE GARAJE, en base a las siguientes:
C L Á U S U L A S
PRIMERA.- Legislación aplicable.
El presente contrato se regirá por lo dispuesto en el mismo y, supletoriamente, por las reglas del Código Civil.
SEGUNDA.- Objeto.
Es objeto de este arrendamiento la plaza de garaje que antes se describe.
El garaje se encuentra libre de cargas y gravámenes, y al corriente en el pago de impuestos, según declara el ARRENDADOR bajo su personal responsabilidad.
El ARRENDATARIO declara conocer y aceptar el estado y ubicación del garaje, recibiéndolo en perfecto estado de conservación para servir al destino de garaje pactado en el presente contrato.
TERCERA.- Duración del contrato.
El presente contrato tiene una duración de meses/años, con efectos desde el día de de 201_, por lo que dejará de tener vigencia el día de de 201 .
CUARTA.- Renta.
La renta total será de Euros, a pagar en plazos mensuales de
Euros, por adelantado y dentro de los cinco primeros días de cada mes.
El abono de la renta debe efectuarse mediante transferencia bancaria, a la cuenta, titularidad del ARRENDADOR, cuyo IBAN se indica a continuación:
ES
El resguardo de ingreso emitido por la entidad bancaria acreditará el pago de la renta salvo prueba en contrario.
El retraso en el pago de la renta será causa suficiente para la resolución del presente contrato, siendo de cuenta del ARRENDATARIO los gastos que ello origine, incluidos los derechos y honorarios de Procurador y Abogado, aunque no fuese preceptiva la contratación de esos profesionales.
QUINTA.- Revisión de la renta.
En su caso, la renta será revisada anualmente de acuerdo con la variación porcentual experimentada por el Índice General Nacional del Sistema de Índices de Precios de Consumo en un período de doce meses inmediatamente anteriores a la fecha de cada actualización, tomando como mes de referencia para la primera actualización el que corresponda al último índice que estuviera publicado en la fecha de celebración del contrato, y en las sucesivas el que corresponda al último aplicado.
La base sobre la que se efectuará la citada revisión será la renta que se pague el mes inmediatamente anterior a la fecha de revisión.
SEXTA.- Gastos.
Serán de cuenta del ARRENDADOR los gastos correspondientes a la Comunidad de Propietarios que se giren sobre el garaje arrendado, así como la cuota del Impuesto sobre Bienes Inmuebles.
A tal efecto, se expresa el importe anual de gastos que actualmente se gira a la vivienda, que es de Euros, según se detalla a continuación:
Euros/mes en concepto de gastos de Comunidad.
Euros en concepto de Impuesto sobre Bienes Inmuebles.
Dichos gastos se añadirán a al importe mensual de la renta a abonar por el ARRENDATARIO. En el caso del IBI, el importe se añadirá en proporción del número de meses de duración del presente contrato (en caso de que el contrato tenga duración inferior a un año, se añadirá a la renta mensual el importe correspondiente al 1/número de meses del contrato).
SÉPTIMA.- Impuestos.
Al importe de las rentas devengas conforme a lo dispuesto en el presente contrato se añadirán los impuestos o se retendrán las cantidades a que haya lugar, según lo prevenido en las normas tributarias aplicables.
OCTAVA.- Intereses de demora.
En caso de impago xx xxxxxx o de las cantidades pactadas en este contrato y cuyo abono son a cargo del ARRENDATARIO, se establece que dichos impagos, si se produjeran, devengarán un interés equivalente al interés legal del dinero incrementado en tres puntos porcentuales.
NOVENA.- Destino.
La plaza de garaje se destinará exclusivamente al estacionamiento de vehículos, sin que quepa ocupar dicha plaza con otra clase de bienes o enseres.
DÉCIMA.- Cesión o subarriendo.
Se prohíbe la cesión o subarriendo de la plaza de garaje descrita, salvo autorización expresa y por escrito del ARRENDADOR.
UNDÉCIMA.- Adquisición preferente.
El ARRENDATARIO no tendrá derecho de adquisición preferente en el caso de que el ARRENDADOR vendiese el inmueble, si bien el adquiriente se subrogará en la posición del ARRENDADOR, hasta la fecha de la terminación del presente contrato.
DUODÉCIMA.- Conservación.
El ARRENDADOR está obligado a realizar todas las reparaciones necesarias a fin de conservar la plaza de garaje en perfecto estado para que pueda servir al uso a que se destina; así como, también, a requerir a la Comunidad de Propietarios, a instancias del ARRENDATARIO, la realización de las obras que puedan necesitar los elementos comunes.
DECIMOTERCERA.-Fianza.
A la firma del presente contrato la arrendataria hace entrega a la PARTE
ARRENDADORA de la cantidad de Euros, importe de
mensualidad(es) xx xxxxx, en concepto de fianza legal arrendaticia.
Esta cantidad queda sujeta a cubrir las posibles responsabilidades en que pueda incurrir el ARRENDATARIO con el ARRENDADOR por deterioros que se produzcan en la plaza alquilada o en las partes comunes del inmueble al que pertenezca, salvo los que hayan podido acaecer como consecuencia del uso normal, impago xx xxxxxx o cualquier otra causa derivada de la relación arrendaticia que establece en el presente contrato.
Le será devuelta al ARRENDATARIO a la finalización del presente contrato, previa la constatación, por parte del ARRENDADOR, de que el garaje se halla en perfecto estado de conservación y siempre que no concurra la responsabilidad expresada en el párrafo anterior.
DECIMOCUARTA.- Fuero aplicable
Las partes se someten por imperativo de la Ley a los Juzgados y Tribunales de
, lugar donde radica el inmueble arrendado.
En prueba de total conformidad, las partes firman el presente contrato, que se extiende por duplicado, en el lugar y fecha arriba indicados.
El ARRENDADOR, El ARRENDATARIO,