CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE SERVICIOS DE SEGURIDAD Y PROYECTO DE INSTALACIÓN / PROPUESTA DE DISEÑO
Imprimir formulario
CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE SERVICIOS DE SEGURIDAD Y PROYECTO DE INSTALACIÓN / PROPUESTA DE DISEÑO
De una parte la Sociedad ADT ESPAÑA SERVICIOS DE SEGURIDAD, S.L. (en adelante ADT ESPAÑA) con domicilio social en Xxxx.xx xx Xxxxxx xx 00,000, 00000, Xxx Xxxxx - Xxxxxx, con NIF B82115577, actuando por medio de su representante legal XXX XXXXXXX XXXXXX XXXXXX, con DNI 00.000.000-H, en virtud de escritura que tiene otorgada ante Notario de Madrid, Don M Xxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxx, el día 5 xx Xxxxx de 2009, con el número 1513.
De otra (Razón Social / Persona Física) NIF/CIF
Representante legal NIF/CIF
Provincia
Domicilio nº y piso
Localidad Contacto
T.Móvil
Código postal
RESIDENCIAL GRADO 2.
Piso Chalet
Sistema de Alarma con Conexión a CRA
SafeBox+ VideoAlarma ADT
Detalle equipo
Detector infrarrojo Detector de imagen Magnético
Mando a distancia Teclado
Otros
Ubicación en la instalación Servicios
Instalación y mantenimiento (equipo arrendado) Supervisión de línea
Conexión a Central Receptora de Alarmas (CRA) Aviso xxxxx xx xxx
Apertura / Cierre con reporte (solo e-mail) Semanal Quincenal Mensual
Cuota conexión mensual*:
(pago domiciliado)
€ Instalación:
€ Otros servicios: €
AMBAS PARTES MANIFIESTAN
1. ADT ESPAÑA se halla inscrita en el Registro de Empresas de Seguridad de la DGP núm. 2817, de fecha 01-02-1999, para las actividades descritas en el artículo 5 apartado e) y f) de la Ley 23/1992 de 30 de Julio de Seguridad Privada, con ámbito de actuación estatal.
2. Que el objeto del presente contrato es la prestación de los servicios marcados en el apartado anterior.
3. La duración del presente contrato será de VEINTICUATRO (24) MESES. A su vencimiento quedará tácitamente prorrogado por periodos sucesivos de doce meses (12) salvo expresa renuncia a esta por cualquiera de ambas partes, con un preaviso con treinta días (30) días de antelación.
4. El servicio se iniciará 72 horas después de la presentación de este contrato en la sección de Seguridad Privada.
5. Precios y forma de pago. Estos precios NO incluyen IVA. Se verán incrementados en su facturación con los impuestos repercutibles.
Entidad Sucursal DC Nº de cuenta
Instalación pago por tarjeta Cuota domiciliada Nº de cuenta:
6. Lugar de instalación, prestación del servicio y teléfonos de contacto en caso de ausencia:
Dirección
Población Provincia C.P.
Persona de contacto Correo electrónico
Teléfono instalación (fijo) Tel. 1 Tel. 2 Tel. 3
7. Proyecto de instalación / Propuesta de diseño y medios materiales. Instalación de Grado 2 conforme al art. 42 del Reglamento de Seguridad Privada y conforme a la Norma UNE-CLC/TS 50131-7 y siguientes y clase medioambiental II.
8. El presente contrato y las actividades derivadas del mismo, sin perjuicio del cumplimiento de las normas generales que le sean de aplicación, se regirá igualmente por la normativa reguladora de seguridad privada.
EL CLIENTE reconoce haber recibido de ADT información sobre las formas de detección y recepción globales necesarias para la protección de los locales o recintos que desea vigilar. Así como, información sobre la configuración del material adecuado para los locales objeto de la prestación del servicio de seguridad, habiendo decidido la prioridad sobre las zonas a proteger en detrimento de otras.
COMPROMISO DE PERMANENCIA
EL CLIENTE declara haber sido debidamente informado por ADT ESPAÑA sobre el hecho de que el arrendamiento de servicios de seguridad contratado, supone una importante inversión en material por ADT ESPAÑA. De esta forma las partes aceptan que el plazo de permanencia del CLIENTE en el servicio contratado es condición esencial para que la oferta de los servicios sea la contratada. Es por ello que en caso de que antes de concluido el plazo de permanencia, el servicio contratado sea suspendido, dado de baja o cancelado por solicitud de baja por parte del CLIENTE o por incumplimiento del contrato imputable al mismo, ADT ESPAÑA tendrá derecho a reclamar al CLIENTE el abono de las cantidades pendientes de amortización hasta la fecha de terminación efectiva del contrato.
P.P. D. Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxx
ADT ESPAÑA SERVICIOS DE SEGURIDAD, S.L. EL ARRENDATARIO
P.P.
A Tyco International Company
En , a de de
CONDICIONES GENERALES
1. OBJETO DEL CONTRATO. En contraprestación al pago de los servicios acordados, ADT ESPAÑA SERVICIOS DE SEGURIDAD, S.L. (en adelante ADT ESPAÑA) se compromete a prestar los servicios de acuerdo con la normativa reguladora de seguridd privada. ADT ESPAÑA no garantizará el tiempo mínimo de respuesta.
2. VIGENCIA DEL CONTRATO. ADT ESPAÑA se reserva el derecho a rescindir el contrato, antes de la entrada en vigor del mismo, no procediendo a la instalación de los materiales y previa notificación verbal al cliente. En el supuesto de que el Organismo Público Competente, denegara la autorización a ADT ESPAÑA para proseguir la prestación de los servicios del presente contrato, éste quedará automáticamente resuelto y sin que por ello el CLIENTE pueda reclamar cantidad alguna por ningún concepto a ADT ESPAÑA
En cualquier caso, el contrato queda condicionado a su aceptación por ADT ESPAÑA, que se producirá con la firma del Acta de verificación de la instalación.
3. MANTENIMIENTO Y CONSERVACIÓN DEL MATERIAL. Para el caso que el material contratado lo tenga el cliente en arrendamiento, este contrato contempla un mantenimiento total sobre mano de obra, desplazamiento técnico y materiales, excepto consumibles (pilas, cabezales, tubos de imagen, etc.) y actualizaciones de equipo.
Los medios de elevación (plataformas, grúas, etc.,) serán por cuenta del cliente, al no estar incluidos dentro del mantenimiento.
El mantenimiento, en todos los casos, está subordinado al cumplimiento por parte del abonado de sus obligaciones relativas al pago y condiciones de utilización del material, tal y como se relaciona en el artículo cuarto que sigue. Todos los materiales suministrados por ADT ESPAÑA son reparables dentro de sus servicios técnicos y durante sus horas y días laborables, en el centro más próximo al lugar de la instalación.
De igual forma se establecen las siguientes exclusiones sobre el mantenimiento pactado, por lo que dándose cualquiera de las exclusiones establecidas a continuación, todos los gastos ocasionados serán por cuenta del CLIENTE:
- Deterioro de los aparatos como consecuencia, directa o indirecta, de cualquier tipo de accidentes, tales como golpes, sobretención y descargas eléctricas, inundaciones, incendio, etc. y otras causas que no sean las resultantes de una utilización normal del aparato.
- Mal funcionamiento derivado de la incorporación de piezas o dispositivos que no provengan de ADT ESPAÑA.
- Cualquier tipo de intervención que no haya sido realizada por personal de ADT ESPAÑA.
- Cualquier perturbación en el suministro eléctrico y en el servicio telefónico.
- Modificación de las especificaciones del aparato o un uso no conforme a sus características técnicas.
- Modificación de las condiciones ambientales del entorno del aparato (temperatura, polvo, humedad, etc.) causadas con posterioridad a la instalación.
- El incumplimiento por parte del abonado de sus obligaciones, tal como se definen en el artículo 4º.
- Obsolescencia del equipo, la cual tendrá lugar por la inexistencia en el mercado de piezas y repuestos para el mantenimiento.
- De forma general, todo deterioro procedente de una causa derivada de fuerza mayor.
ADT ESPAÑA se compromete a realizar los traslados a distinto local dentro del ámbito de influencia de ADT ESPAÑA, así como los cambios de ubicación del equipo instalado solicitados por el abonado, previa aceptación de presupuesto por ambas partes.
4. OBLIGACIONES DEL ABONADO. Para permitir a ADT ESPAÑA realizar el mantenimiento de la instalación, el abonado se compromete a permitir al personal de ADT ESPAÑA el acceso en todo momento durante sus dias laborales, a los locales en donde se encuentra el material instalado. Además el abonado se compromete a:
- Cumplir rigurosamente las instrucciones contenidas en el manual de utilización cada vez que realice las operaciones de conexión o desconexión con el puesto central.
- Mantener los aparatos en buen estado de limpieza exterior, sin utilizar para ello productos de limpieza perjudiciales (agua, disolventes,e tc.).
- Notificar por escrito a ADT ESPAÑA en el plazo máximo de 10 días cualquier cambio de domicilio y/o modificaciones en sus locales y/o en el entorno de la instalación de seguridad, así como toda anomalía en el funcionamiento y todo deterioro de la instalación o de alguno de sus elementos.
- Satisfacer las cantidades, en la cantidad, tiempo y forma establecidos en este contrato.
- El abonado reconoce que el cumplimiento de las obligaciones citadas anteriormente contribuye directamente a la fiabilidad de la instalación y a la seguridad de los locales vigilados, y acepta que la falta de cumplimiento por su parte de una de ellas, libera a ADT ESPAÑA de toda responsabilidad.
- Serán de cuenta exclusiva del abonado las sanciones administrativas que pudieran imponerse al abonado por incumplimiento imputable a este último de las exigencias legales y/o administrativas que rijan con respecto a los servicios contratados, incluyendo las derivadas de la no obtención por parte del abonado de las licencias administrativas obligatorias exigidas por cualquier administración. Reconociendo expresamente el abonado haber sido informado de acuerdo a lo legislado por parte de ADT ESPAÑA. Todos los gastos y facturas de cualquier naturaleza derivadas de intervenciones de terceros, cualquiera que sean éstos, tales como bomberos, sanitarios, etc. ajenas a ADT ESPAÑA como consecuencias de alarmas, tanto falsas como reales. El importe de tales gastos será en todo caso de cargo y cuenta del cliente.
- El abonado se obliga a abonar el importe de las sanciones administrativas, que ADT ESPAÑA haya tenido que hacer frente, cuando el motivo de la sanción sea imputable a una mala actuación del abonado por dolo, culpa o negligencia.
5. CUOTAS DE SERVICIO. El abonado se compromete, de forma irrevocable e indivisible, a mantener la orden de pago de los diferentes servicios durante la duración del presente contrato, y a indicar al menos con un mes de antelación una nueva domiciliación bancaria de la que sea titular.
ADT ESPAÑA u otra sociedad mandataria, se encargará del cobro de los servicios previstos en este contrato.
El precio total a abonar por el CLIENTE, por los servicios contratados será revisado cada 1 de enero, con independencia de la fecha de la firma del presente contrato y del inicio de los servicios, al alza o a la baja, en la misma proporción en que varie el Indice de Precios de Consumo (I.P.C.) para el conjunto nacional correspondiente a los doce meses inmediatamente precedentes a la fecha de revisión, publicado por el Instituto Nacional de Estadística (I.N.E.) u organismo oficial que pudiera sustituirlo en sus funciones. En caso de incumplimiento de pago a su vencimiento de cualquiera de las cuotas previstas en el contrato, ADT ESPAÑA queda facultada para suspender el servicio que venía prestando y/o resolver el contrato de forma unilateral.
Si el CLIENTE termina el servicio contratado en el presente acuerdo con anterioridad a la fecha de terminación prevista en el mismo salvo acuerdo previo por escrito firmado entre las partes, dará derecho en su caso a la EMPRESA a reclamar al CLIENTE el abono de una cantidad igual al importe invertido en la prestación de los servicios objeto del presente contrato que esté todavía pendiente de amortizar.
6. PROPIEDAD DEL MATERIAL. El abonado reconoce expresamente que la totalidad de los equipos y materiales elegidos e instalados en sus locales son propiedad única y exclusiva de ADT ESPAÑA que quedan bajo la custodia del abonado que actúa como depositario de los mismos. Por tanto ADT ESPAÑA se reserva el derecho de transferir la propiedad de los mismos cuando lo considere conveniente, sin afectar a la prestación del servicio de seguridad.
En los supuestos de quiebra, concurso de acreedores, suspensión de pagos, secuestro, embargo o cualquier otro acto, la arrendataria manifestará su condición de simple usuaria, quedando obligada a notificarlo fehacientemente al arredandor, a continuación reconociéndole a éste el derecho a resolver, en tal supuesto, unilateralmente y sin previo aviso el presente contrato.
7. CESIÓN. ADT podrá ceder los derechos y obligaciones derivadas de este contrato sin autorización del arredantario y bastando la simple comunicación escrita.
8. SUBCONTRATACIÓN. El CLIENTE autoriza expresamente a ADT ESPAÑA la subcontratación con empresas homologadas, cualquiera de los servicios recogidos en este contrato, y a su vez a facturar el servicio subcontratado.
REV.1 01.11.2011
9. REGIMEN DE PROTECCION DE DATOS. De conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica (15/1999) de Protección de datos de carácter personal (LOPD) los titulares de los datos quedan informados, aceptan, autorizan expresa y plenamente, el registro y tratamiento por ADT España Servicios de Seguridad, S.L. de todos los datos personales que se faciliten por el cliente de forma directa y de los que de ellos se deriven para la realización del objeto del presente contrato, así como para publicar la celebración del mismo u ofrecerle información de nuestros productos y servicios. Asímismo, el cliente autoriza expresa a (ADT España Sevicios de Seguridad, S.L. / Sensormatic E.C. Servicios, S.A.) a ceder esos datos a terceras empresas cuyo objetivo social sea la gestión de cobros, cesión de créditos o similares con el fin de agilizar la labor de cobro de impagos. La entidad responsable del fichero y del tratamiento es ADT España Servicios de Seguridad, S.L. con domicilio a estos efectos en la Xxxx. X Xxxxxx, xx. 00,000 – 28290 Las Xxxxx (Madrid) , domicilio en el cual las personas legitimadas, a su vez declaran estar informadas en el sentido que podrán ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición reconocidos en la LOPD (15/1999). Asímismo, el CLIENTE queda informado, acepta y autoriza en forma expresa, para que sus datos puedan ser comunicados a las demás empresas del Grupo Tyco con fines publicitarios.
8. TRATAMIENTO DE DATOS. Primero.- Para la correcta prestación de los servicios prestados por ADT España Servicios de Seguridad, S.L. al CLIENTE, es posible que sea necesario el acceso por parte de ADT España Servicios de Seguridad, S.L. a datos personales de los cuales el CLIENTE es responsable. ADT España Servicios de Seguridad, S.L. llevará a cabo el acceso en calidad de encargado del tratamiento en cumplimiento del artículo 12 de la LOPD.
Segundo.- La finalidad del tratamiento indicado en el punto anterior es la de dar servicio integral en materia de seguridad y/o videovigilancia. ADT España Servicios de Seguridad, S.L. como encargado del tratamiento (en adelante encargado del tratamiento) según lo establecido en la LOPD, se compromete a no utlizar los datos para finalidades distintas.
Tercero.- Los datos personales a los que tenga acceso ADT España Servicios de Seguridad, S.L. no serán cedidos ni comunicados a terceros ni siquiera para su conservación.
Cuarto.- Una vez cumplimentada la prestación contractual, los datos de carácter personal deberán ser destruidos o devueltos al responsable del tratamiento que en todo caso será el CLIENTE, así como cualquier soporte o documento en que conste algun dato de carácter personal objeto del tratamiento. Quinto.- Ambas partes se comprometen a cumplir las medidas de seguridad de nivel básico, medio o alto, en función de los datos a los que el encargado del tratamiento tiene acceso, y que se encuentan establecidas en el Real Decreto 1720/2007, de 21 de Diciembre.
Sexto.- El encargado del tratamiento se obliga a guardar secreto durante el tratamiento y con posterioridad a la finalización del mismo.
10. JURISDICCIÓN. ADT y el abonado acuerdan someter a cualquier divergencia relacionada con la interpretación o ejecución del presente contrato a los tribunales competentes de la Jurisdicción de la Villa de Madrid.
ADT ESPAÑA se compromete a realizar las prestaciones que se han descrito en el presente contrato. En cumplimiento de este contrato ADT ESPAÑA estará obligada a una actuación como medio, por lo que quedará excluida la obligación y responsabilidad en el resultado de la misma, lo que el cliente acepta explícitamente. No se podrán exigir responsabilidades a la EMPRESA por el abonado, ni por cualquier persona física o jurídica que se subrogue a éste, por los daños que pudieran producirse directa o indirectamente de los siguientes hechos, considerados por ambas partes como constitutivos de fuerza mayor:
- El incumplimiento por parte del abonado de las obligaciones mencionadas en el artículo 3º y 4º
- Falta de conexión al puesto central de la empresa
- Insuficiencia del material de detección elegido por el abonado (volumétrico, etc) cuya elección haya sido asumida por el mismo.
De acuerdo con las limitaciones establecidas por la legislación aplicable, ADT será solo responsable por los daños a él imputables de acuerdo con sus obligaciones en virtud del contrato hasta un límite del valor total del mismo. No obstante lo anterior, ADT no será responsable por cualesquiera daños indirectos y consecuenciales (p.e. pérdida de beneficio, pérdida de negocio, pérdida de buen nombre comercial).
EL CLIENTE acepta expresamente que en caso de daños directos sufridos por el abonado o persona física o jurídica subrogada, (p.e. hurto o robo de dinero en efectivo), como consecuencia de un defecto o mal funcionamiento del sistema instalado por la EMPRESA o por cualquier daño por culpa, dolo o negligencia de ésta, la posible responsabilidad de ADT ESPAÑA quedará limitada al importe del valor del contrato de arrendamiento, es decir, a la cuota mensual sin IVA multiplicada por el periodo de vigencia del contrato, señalado en la manifestación tercera . ADT ESPAÑA no garantiza la no comisión de actos vandálicos o delictivos, siendo únicamente responsable de la prestación de servicios objeto de este contrato. De acuerdo con las limitaciones establecidas por la legislación ADT ESPAÑA no será responsable por cualesquiera daños indirectos y consecuenciales (p.e. pérdida de beneficio, de negocio, de buen nombre comercial). El cliente reconoce que ha optado libremente por el paquete básico descrito en este contrato.
Contacte con nosotros en el 902 444 440 , en el e-mail: xxxxxxxx.xxx.xx@xxxxxxx.xxx
o visite nuestra web: xxx.xxx-xxxxxxxxx.xxx
A Tyco International Company