Prestación de los servicios de instalaciones de montaje
Modelo o Borrador de
Contrato de
Prestación de los servicios de instalaciones de montaje
entre
Bilbao Exhibition Centre, S.A. y [B]……………….
En Barakaldo, a .....................de ....................... de 20….
Índice
Cláusulas 4
1. Objeto 4
1.1. Objeto del contrato 4
1.2. Ámbito del objeto del contrato 4
1.3. Régimen de contratación 4
2. Carencia de exclusividad, recepción y calidad 4
2.1. Carencia de exclusividad 4
2.2. Acreditación, capacitación y actualizaciones documentales 5
3. Vigencia del acuerdo 5
3.1. Duración 5
3.2. Prórrogas 5
3.3. Modificación de contratos y acuerdos marco 6
4. Precio y forma de pago 6
4.1. Precio 6
4.2. Facturación 6
4.3. Revisión de precios 6
4.4. Plazo y forma de pago 6
4.5. Compensación de deudas 7
5. Seguros 7
5.1. Seguros a contratar 7
5.2. Actualización de pólizas 7
6. Subrogación de personal 7
7. Eventos, actos y pedidos 8
7.1. Solicitud o pedido de servicios 8
7.2. Compromisos de cada evento o acto 8
7.3. Disponibilidad 8
8. Cesión de local o espacio 9
8.1. Cesión de espacios 9
8.2. Compensación de gastos 9
8.3. Identificadores y tarjetas de aparcamiento 9
9. Garantía definitiva 9
9.1. Presentación de la garantía 9
9.2. Retirada de la garantía 9
10. Imposibilidad de cumplimiento y penalizaciones 10
10.1. Imposibilidad de cumplimiento 10
10.2. Responsabilidad exclusiva del adjudicatario 10
10.3. Penalizaciones 10
11. Causas de resolución del contrato 11
11.1. Resolución a instancia de cualquiera de las partes 11
12. Confidencialidad y propiedad intelectual 11
12.1. Propiedad intelectual 11
12.2. Confidencialidad 11
13. Comunicaciones 12
14. Modificaciones del contrato 12
15. Jurisdicción 00
Xxxxxx 00
Obligaciones y compromisos expresos 16
Penalizaciones 18
Reunidos
I. En Barakaldo a............ de de 20….
II. De una parte, X. Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx mayor de edad, casado , vecino de Leioa, con domicilio profesional en Barakaldo, Xxxxx xx Xxxxx, número 1, y con D.N.I.16043037-P.
III. Y de otra parte: [C] (firmante del contrato) , mayor de edad, con domicilio a estos
efectos en la calle ...................... de ......................, y con DNI número ...................
Intervienen
I. D. Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx, en nombre y representación de Bilbao Exhibition Centre, S.A., con CIF X-00000000, y domicilio social en Barakaldo, Xxxxx xx Xxxxx, número 1, código postal E-48902, constituida en virtud de escritura pública otorgada el 8 xx xxxx de 2013 ante el xxxxxxx X. Xxxx Xxxxxxx Xxxxx Xxxxxxxx, con el número 1.538 de su protocolo. Sus facultades resultan de su condición de Director General de la sociedad.
La sociedad se halla inscrita en el Registro Mercantil de Bizkaia, al Tomo 4065, libro 0, folio 108, sección 8, Hoja BI-31523, inscripción 1ª.
En lo sucesivo se denominará como “BEC”.
II. [C]……….……, en nombre y representación de [B] (adjudicatario) con domicilio
en ..................., en la calle ..................., código postal , inscrita bajo esa denominación
en virtud de escritura pública otorgada el ................... ante el notario D. ................... con el
número ................... de su protocolo y con CIF o NIF número ..................., e inscrita en el Registro Mercantil de ................., tomo ................, sección…………., folio ......................, hoja
................... e inscripción………………
Sus facultades resultan de su condición de ..................................................... de [C] ,
tras haber sido nombrado por (la Junta general o lo que proceda) mediante acuerdo elevado
a escritura pública ante el notario de ....................................................., D.
...................................................., el ....... de ....................................................., con el número
.............................. de su protocolo, tomo ................, sección…………., folio , hoja
................... e inscripción……………….
En lo sucesivo se denominará como “[D] (si procede) ” o “adjudicatario”.
Ambas partes (en adelante, las “Partes”), según intervienen, se reconocen poder y capacidad legal bastantes para obligarse en los términos del presente contrato, por lo que puestas previamente de acuerdo, libremente,
Exponen
I. Que BEC gestiona y explota como propietaria el inmueble dedicado a la actividad ferial, congresual y cultural-deportiva, en la dirección citada (en adelante, el “Recinto”).
II. Que con objeto de adjudicar proveedores y suministradores del objeto al que el Pliego se refiere, ha convocado su licitación de la que ha resultado adjudicataria [B] , de
acuerdo con la propuesta u oferta que se acompaña como anexo al presente contrato (en adelante la, “Oferta”).
III Que [B]…………… se dedica profesionalmente, con carácter habitual y de forma organizada, a la prestación de suministros o servicios según se describe en el objeto xxx xxxxxx al que el concurso se refiere, por lo que se declara con capacidad para acometer la actividad descrita en el expositivo anterior.
En vista de lo anterior, ambas partes convienen el presente contrato (en adelante
“Contrato”), que se regirá por las siguientes:
Cláusulas
1. Objeto
1.1. Objeto del contrato
[B] o [D]…………… se obliga a prestar a BEC los servicios denominados en su conjunto “Prestación de los servicios de instalaciones de montaje”, recogidos en los anexos como Proposición u Oferta que sean requeridos por BEC, en los términos y condiciones pactados en el presente Contrato, de conformidad con lo recogido en el pliego de condiciones y las prescripciones técnicas de la licitación que se adjuntan como Pliego y Prescripciones respectivamente, los cuales se consideran parte integrante de este contrato a todos los efectos.
El presente contrato y sus anexos expresan, de modo completo y exclusivo, los derechos y obligaciones de las partes respecto al objeto del mismo, y anula y sustituye cualquier otro acuerdo oral o escrito concluido con anterioridad sobre idéntico objeto.
En caso de que existan contradicciones entre el contrato y cualquiera de sus anexos, el primero prevalecerá sobre los segundos.
1.2. Ámbito del objeto del contrato
El contrato sólo afectará a las contrataciones que realice BEC con ocasión de la celebración de los certámenes y eventos que tengan lugar en el Recinto, ya sean organizados por BEC o por terceras entidades.
En los casos en que BEC contratase para otros ámbitos con la adjudicataria, las condiciones generales serán aplicables, por defecto, a dichas contrataciones, sin que ello sea óbice para pactar condiciones específicas diferentes en cada caso.
1.3. Régimen de contratación
En lo no previsto expresamente en los pliegos de licitación y en el presente Contrato, serán de aplicación las normas de Derecho Privado en cuanto a sus efectos y extinción.
Las partes se someten, además de a las cláusulas expresadas en los Pliegos específicos de la licitación, al Pliego de cláusulas generales y documentos expresados en el Esquema de contratación, que BEC mantiene publicados a la fecha de la firma y que el adjudicatario y firmante manifiestan conocer y estar de acuerdo. Estos últimos documentos serán tenidos en cuenta de manera subsidiaria a los específicos de la licitación.
2. Carencia de exclusividad, recepción y calidad
2.1. Carencia de exclusividad
[D]…………… acepta y reconoce que la celebración del presente Contrato no supone el otorgamiento de un derecho de exclusividad por parte de BEC en relación a la prestación de los servicios recogidos en el objeto del contrato. Sin embargo, sí representa la exclusividad de ambas partes en su relación proveedor-cliente, siendo el adjudicatario único proveedor para cuanto se indique como su objeto en el ámbito del contrato y BEC cliente único para ese mismo caso. Las ofertas de contratación de BEC se plasman, entre otras, en la denominada Tienda on-line, que todo adjudicatario deberá respetar y evitar su competencia.
Excepciones a esta exclusividad pueden ser pactadas entre las partes como anexos al propio contrato, con o sin pago de un canon al efecto que compense el uso de las instalaciones y servicios puestos a disposición del adjudicatario.
2.2. Acreditación, capacitación y actualizaciones documentales
Ambas partes se someten a las Prescripciones técnicas, Pliego de cláusulas administrativas, Pliego de cláusulas generales y premisas que en cuanto a calidad, aptitud y homologación se apliquen a dichos fines, entre los que se destacan:
a) Actualizaciones o renovación en materia de Registro y Clasificación aportados en el proceso de licitación y contratación.
b) Copia del último recibo del Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE) en el sector del que se trate la contratación u homologación.
c) Seguros de Responsabilidad Civil y mutualidades.
d) Evaluación y actualización en materia de Riesgos Laborales.
e) Controles, revisiones y evaluaciones de calidad establecidos o que se establezcan y a las resoluciones que se adopten en dicho marco.
La aptitud o calidad del adjudicatario será apreciada por BEC, quien podrá rechazar sin coste alguno el trabajo que, a su juicio, no alcance la calidad exigida cuando no se sujete a las especificaciones requeridas.
3. Vigencia del acuerdo
3.1. Duración
El presente Contrato permanecerá en vigor hasta el 31 de diciembre de 2017.
3.2. Prórrogas
BEC dispondrá de la opción de prorrogar, mediante una o varias prórrogas, la vigencia del presente Contrato por un período que alcanza hasta un máximo de cuatro (4) años desde su fecha de vigencia inicial, siempre que lo notifique al adjudicatario con al menos un (1) mes de antelación a la fecha del vencimiento del contrato o, vencido dicho plazo, por mutuo acuerdo.
Cada prórroga deberá ser comunicada por escrito y será obligatoria para el adjudicatario, sin que pueda producirse por el consentimiento tácito de las partes. Esta opción del adjudicador será ejercida por BEC en base a las revisiones periódicas que se establezcan, determinando la conveniencia o renuncia a ella.
Periodo de relevo
BEC se reserva el derecho de hacer coexistir inicios y finalizaciones de adjudicaciones en la misma materia con el fin de que el relevo de las mismas se realice sin menoscabo de sus propias prestaciones o suponga riesgos para la sociedad o sus instalaciones. Este Periodo de relevo se extenderá solamente el tiempo precisado para su finalidad y, en caso de no pactar otro diferente, tendrá la duración máxima de un (1) mes desde la supuesta finalización de un contrato o prórroga.
El ejercicio de este derecho deberá ser comunicado en las mismas condiciones y plazos que el de cualquier prórroga prevista.
En todo caso, BEC respetará, a su cargo, las condiciones de contratación que estén vigentes a la finalización del contrato, a cuyos precios o tarifas se le aplicará la correspondiente revisión de precios.
Sucesión
Quedará a opción de BEC la “Sucesión”, definida como aquella situación producida por la alteración o extinción de la personalidad jurídica de la empresa licitadora, ya lo fuera por fusión, absorción, escisión o por la transmisión de su patrimonio empresarial.
Solo se producirá la misma cuando “la sucesora” reúna las condiciones de capacidad y ausencia de prohibiciones de contratar y acredite la solvencia y clasificación en las condiciones exigidas en el presente pliego para poder participar en el procedimiento de adjudicación.
La opción de BEC de ejercitar dicho derecho se producirá tanto estando vigente el contrato, una prórroga o durante la tramitación del procedimiento o antes de la adjudicación misma.
3.3. Modificación de contratos y acuerdos marco
Los contratos y acuerdos marco de BEC podrán ser modificados de acuerdo a los artículos 105 a 108 del RDL 3/2011.
4. Precio y forma de pago
4.1. Precio
El precio de los bienes y servicios recogidos en el contrato se determinará de conformidad con los parámetros que figuran en la Oferta, haciendo constar en factura la denominación o descripción de los mismos, el periodo e impuestos repercutidos.
En el precio o importe pactado se entienden incluidos todos los gastos y costes que pudieran surgir, así como todos los elementos, equipos, accesorios y servicios descritos en cada convocatoria, lote o bloque y su transporte, desplazamientos, seguros, licencias, aranceles, cánones, derechos de índole intelectual o cualquier otro, autorizaciones, uniformes o vestuario, tasas, impuestos o arbitrios de índole fiscal, y cualquier otro gasto o coste del servicio o tarea accesoria para su disposición y puesta en marcha en la ubicación especificada, con excepción del IVA, que figurará desglosado.
4.2. Facturación
En los contratos o conceptos referidos a periodos superiores a un mes, la facturación se realizará por mensualidades iguales, a mes vencido o finalización del periodo al que hace referencia.
4.3. Revisión de precios
Las tarifas, precios e importes se ajustarán a las variaciones del IPC del Estado a partir de la fecha de inicio de la primera posible prórroga.
Con independencia de que la última revisión se hubiese producido con un plazo superior, la actualización de precios que corresponda será calculada según IPC de los últimos doce (12) meses como máximo.
Para el cálculo y aplicación de la revisión, se atenderá a los principios recogidos en el apartado del mismo nombre que los pliegos de la licitación y Pliego de cláusulas generales expresan.
4.4. Plazo y forma de pago
BEC abonará las facturas mediante transferencia bancaria, cheque o confirming, a elección propia. El plazo de obligación de pago será el primer día quince (15) del mes o, si fuera festivo, el anterior o posterior laborable después de sesenta (60) días a partir de la fecha de factura.
Las partes podrán establecer de mutuo acuerdo atrasos y adelantos en el pago u cualesquiera otras fórmulas de financiación al uso.
Las comisiones o cánones que procediera liquidar al adjudicatario serán calculados al finalizar el certamen o evento y, en su defecto, al finalizar el mes natural del que se trate. La liquidación de las mismas se producirá, mediante transferencia a la cuenta que BEC determine, en el plazo de un mes (hasta el día 15 del mes) desde su emisión.
4.5. Compensación de deudas
[D] autoriza a BEC el descuento o retención de las cantidades que le adeude en virtud
del presente Contrato o por cualquier otro motivo que justifique una posible compensación.
5. Seguros
5.1. Seguros a contratar
La falta de justificación en el cumplimiento de la cláusula referente a los seguros a contratar obligatoriamente, será causa para negativa a la firma del contrato de adjudicación.
[B] o [D]…………… suscribirá y mantendrá en vigor durante el curso del presente contrato las siguientes pólizas de seguro, que se citan sin carácter limitativo:
1. Responsabilidad Civil:
a. Seguro de Responsabilidad Civil que garantice frente a las reclamaciones por daños que se puedan causar a terceros, a consecuencia directa o indirecta, acción u omisión, incluso los debidos a defectos e insuficiencias profesionales en la prestación de los trabajos objeto de este contrato, hasta un límite de, al menos, al menos, un millón doscientos mil (1.200.000) euros por siniestro.
b. Este seguro deberá contar, como mínimo, con las garantías establecidas en la legislación que regulan su actividad, ampliadas en lo necesario para garantizar los daños ocasionados al local cedido por BEC para la prestación del servicio contratado.
c. Como único sub-límite será admisible una cantidad de, al menos, cuatrocientos mil (400.000) euros por víctima, sólo en el de Responsabilidad Civil Patronal.
2. Seguro de enfermedad y accidente de todos sus trabajadores asignados a la prestación de los servicios, de acuerdo con la Ley o convenios sectoriales o particulares.
3. Seguro de Responsabilidad Civil de suscripción obligatoria para todos los vehículos y maquinaria móvil autopropulsada que sean utilizados en la prestación de los servicios en el recinto de BEC, y que estén sujetos a la Ley de Responsabilidad Civil y Seguro en la Circulación de Vehículos de Motor.
4. Cualquier seguro que resulte exigible según la legislación aplicable a lo largo de la vigencia del contrato.
5.2. Actualización de pólizas
El vencimiento de cada póliza de seguros de carácter obligatorio, el adjudicatario aportará la actualización o renovación de la misma. En todo caso, el adjudicatario presentará originales o documentos compulsados que demuestren su vigencia al ser requerido para ello.
6. Subrogación de personal
El adjudicatario está obligado al cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia de subrogación y, en concreto, proporcionará a BEC toda la documentación pertinente en cuanto a altas, condiciones, vinculaciones con BEC y cualquier otra característica de cada operario que pudiera estar implicado en una subrogación, con respeto a las leyes de protección de datos que fueran aplicables.
Este compromiso nacerá con el propio contrato, con independencia de que una ley, convenio o reglamento posterior a la firma recogiese la obligación y condiciones de subrogación para el equipo o actividad vinculado a BEC. Deberá, por tanto, instituir un sistema interno que permita determinar fehacientemente y pruebe la antigüedad, vinculación a BEC (en horas y fechas) y otras circunstancias relativas a la materia.
El adjudicatario, deberá, en especial, poner a disposición de BEC los datos pertinentes en esta materia al convocarse una contratación, al finalizar su contrato y a los efectos de las prórrogas que pudieran proceder.
Asimismo, se atenderá a la Instrucción del consejo de gobierno de la Diputación Xxxxx de Bizkaia/Bizkaiko Foru Aldundia de 23 de octubre de 2013 (XXX 218, de 14 de noviembre) y sus correcciones, actualizaciones y desarrollos en cuanto a los compromisos de subrogación se refieran.
7. Eventos, actos y pedidos
7.1. Solicitud o pedido de servicios
Cuando los suministros o servicios se vinculen a los certámenes y actos de manera directa, BEC solicitará al adjudicatario, en cada caso, la prestación del objeto del presente Contrato mediante una comunicación escrita enviada con antelación suficiente al mismo. Deberá ésta contener como mínimo las siguientes indicaciones:
a) Descripción del certamen, acto o evento, con indicación de su duración, horario y características esenciales estimadas (lugar o pabellones utilizados, número de expositores, visitantes u otros datos básicos para la ejecución solicitada).
b) Determinación de las unidades, características y calidad de lo que fuera requerido.
c) Indicación de cualesquiera otras circunstancias relacionadas con el certamen, acto o evento del servicio requerido que deban ser conocidas por el adjudicatario.
No obstante lo anterior, cuando las IIC y normativa al efecto no lo exijan de otra manera, BEC podrá concretar sus peticiones con posterioridad en función de las especiales necesidades y las vicisitudes que se produzcan con ocasión de certamen o evento.
7.2. Compromisos de cada evento o acto
Con ocasión de cada evento o contratación de obra o servicio, deberá cumplir con las obligaciones siguientes:
a) Relación de medios humanos: Cuando deban ejecutar tareas en instalaciones de BEC, el adjudicatario acompañará una relación del personal que, estimativamente, intervendrá de manera activa en los trabajos objeto del contrato durante el periodo así como una declaración de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, adjuntando copia del TC2 correspondiente, así como en materia de Riesgos Laborales.
b) El adjudicatario especificará las partidas que serán objeto de subcontratación, así como la subcontratada que se vincula a cada una de ellas. Las subcontratadas deberán incluir, mediante carta de compromiso dirigida a BEC, las mismas relaciones y descripciones de los medios técnicos y humanos requeridas al candidato.
Véase el anexo “Obligaciones y compromisos expresos”.
7.3. Disponibilidad
El adjudicatario deberá tener a disposición de BEC con ocasión de cada certamen o evento, y duración del contrato en general, los elementos y recursos suficientes para completar las peticiones de las que pueda ser objeto.
8. Cesión de local o espacio
8.1. Cesión de espacios
En el Pliego o Clausulado administrativo se definen los derechos de cesión de espacios: Sin embargo, los elementos de elevación correrán a cargo del adjudicatario.
Una vez finalizado el plazo estipulado por BEC, ya sea por el periodo del contrato, ya en cada certamen o evento y el periodo de desmontaje, el adjudicatario deberá devolver el local o espacio cedido por BEC en el mismo estado en que se le entregó, obligándose a abonar los desperfectos que hubiera ocasionado en el mismo.
Los medios materiales depositados por el adjudicatario en el local o espacio cedido no estarán bajo custodia o depósito de BEC, siendo los riesgos que pudieran afectar a los mismos a cargo del adjudicatario.
8.2. Compensación de gastos
El adjudicatario compensará a BEC proporcionalmente al espacio o local ocupado y por dicho periodo los gastos derivados de los suministros de electricidad, agua, energía, telecomunicaciones, servicios de vigilancia y seguridad u otros puestos a disposición de los adjudicatarios o para el disfrute de la cesión acordada.
8.3. Identificadores y tarjetas de aparcamiento
Cuando el adjudicatario cuente con identificadores o tarjetas de acceso de su personal o vehículos, se compromete al uso de los mismos para los exclusivos fines del cumplimiento del contrato, procediendo a su devolución a BEC cuando cese la necesidad de los mismos o se prevea un lapso de tiempo de más de un mes hasta que esa necesidad se manifieste nuevamente.
9. Garantía definitiva
9.1. Presentación de la garantía
En garantía del adecuado cumplimiento de las obligaciones asumidas en virtud del contrato, [B] o [D]…………… entrega a BEC un aval bancario solidario y con expresa renuncia al beneficio de orden, división y excusión, y de pago al primer requerimiento, por importe de cuatro mil quinientos (4.500) euros otorgado por (entidad financiera) ............................... y en vigor y exigible durante la duración del presente contrato, sin que precise renovación implícita ni explícita alguna.
9.2. Retirada de la garantía
La garantía definitiva podrá ser retirada, a petición del adjudicatario, al finalizar el plazo de garantía del objeto contratado, siempre y cuando el plazo de adjudicación y, en su caso, de prórroga, hubieran finalizado. Cuando el cálculo de la fecha de devolución no estuviese plenamente delimitado por la aplicación de los criterios anteriores, el aval o garantía aportada quedará en poder de BEC por un periodo de hasta tres (3) meses desde la última ejecución o entrega final del periodo o servicios contratados.
10. Imposibilidad de cumplimiento y penalizaciones
10.1. Imposibilidad de cumplimiento
Si por cualquier razón, el adjudicatario no pudiera llevar a efecto la prestación del servicio requerido, deberá comunicarlo a BEC en cuanto tenga conocimiento de la causa que lo impide y asumirá los posibles gastos adicionales y los daños y perjuicios que pudiera sufrir BEC por la contratación de dichos servicios a terceras entidades.
10.2. Responsabilidad exclusiva del adjudicatario
[B] o [D] deberá observar durante la prestación de los servicios objeto de este contrato
toda la normativa vigente que le sea de aplicación atendiendo a las características y especificidades de los mismos en cada caso. De manera que el adjudicatario responderá de forma exclusiva de las sanciones administrativas y de los daños y perjuicios de cualquier naturaleza que su incumplimiento le pudieran ocasionar a BEC.
El adjudicatario responderá, además, de forma exclusiva de los daños y perjuicios de cualquier naturaleza ocasionados al Recinto, a su personal, a los expositores y a todas las personas o bienes que se encuentren dentro xxx Xxxxxxx, que tengan su origen en su actividad o en actos u omisiones del personal por él contratado o subcontratado.
10.3. Penalizaciones
[B] o [D]…………… es el único responsable frente a BEC por cualquier incumplimiento del contrato o de las directrices por éste emanadas.
Podrán imponerse penalizaciones según los términos que la Instrucción del consejo de gobierno de la Diputación Xxxxx de Bizkaia/Bizkaiko Foru Aldundia de 23 de octubre de 2013 (XXX 218, de 14 de noviembre) y sus correcciones, actualizaciones y desarrollos que, entre otros aspectos, aborda las condiciones de subcontratación, respeto de convenios colectivos y defensa del vascoparlante.
En caso de que el adjudicatario incumpliera los términos y condiciones establecidos en el presente contrato o los concertados para cada certamen o evento, deberá abonar a BEC una indemnización que cubra todos los daños y perjuicios sufridos por BEC. Además, BEC podrá imponer penalizaciones por incumplimiento, o por el cumplimiento defectuoso o tardío de los servicios contratados que podrán ascender hasta los máximos indicados en el anexo de “Penalizaciones”. En este caso, BEC remitirá al adjudicatario, a la mayor brevedad, un documento justificativo de la imposición de la penalización, en el que se describa el concreto incumplimiento o cumplimiento tardío o defectuoso por el adjudicatario de las obligaciones del presente contrato.
El máximo de sanciones a aplicar, con independencia de la calificación o gravedad del incidente, será, en su conjunto y plazo de doce (12) meses, de un xxx xxxx por ciento (10%) del importe total anual del contrato, importe a partir del cual BEC podrá dar por rescindido el mismo.
Interpretación de la gravedad de las faltas
La calificación de cualquier incumplimiento o falta dentro de los apartados anteriores corresponde única y exclusivamente a la Administración titular del edificio, previa audiencia del contratista, que será comunicada por escrito según se indica en la cláusula correspondiente a “Comunicaciones”. La respuesta, considerada de carácter obligatorio, será realizada en el plazo que en la propia comunicación se indique y, por defecto, en quince (15) días. En este mismo sentido, véase el anexo referido a las penalizaciones y calificación xx xxxxxx.
11. Causas de resolución del contrato
11.1. Resolución a instancia de cualquiera de las partes
Son causas de resolución de este contrato, a instancia de cualquiera de las partes, las siguientes:
a) El incumplimiento de cualquier obligación asumida en virtud del propio contrato.
b) La disolución y/o liquidación de cualquiera de las partes, siempre y cuando la disolución sea acordada o el período de liquidación abierto en el plazo fijado en el párrafo anterior.
Si el contrato se resolviese por cualquier causa imputable al adjudicatario, BEC podrá ejecutar la garantía señalada en cláusula anterior para resarcirse de los daños y perjuicios mediante documento emitido a dichos efectos.
12. Confidencialidad y propiedad intelectual
12.1. Propiedad intelectual
a) Por el presente contrato, [D]…………… cede a favor de BEC todos sus derechos de propiedad intelectual e industrial y, en particular, los derechos de autor y de patentes, correspondientes a los documentos y desarrollos preparados o elaborados en virtud del presente contrato o acuerdo marco por parte del adjudicatario. La cesión de los derechos de propiedad intelectual e industrial no tendrá límite temporal alguno ni se verá afectada en modo alguno por la resolución, terminación o expiración del presente contrato o acuerdo marco y se entenderá incluida en el precio a cobrar por el adjudicatario. BEC estará legitimada para explotar, patentar, modificar, transformar, reproducir, distribuir, publicar, exponer y utilizar en el ámbito del proyecto y para explotar, en general, los documentos y desarrollos del adjudicatario.
b) El adjudicatario se obliga a incluir esta cláusula en los contratos que celebre con sus subcontratistas, técnicos, empleados, etcétera.
c) Asimismo se compromete a no violar o infringir ningún derecho de propiedad intelectual o industrial y, en particular, ningún derecho de autor o patente de terceros en la ejecución del proyecto objeto del presente contrato o acuerdo xxxxx.
d) El adjudicatario será responsable de toda reclamación que se efectúe por un tercero relativa a la propiedad intelectual, industrial y comercial de los bienes, elementos o materiales homologados y deberá indemnizar a BEC todos los daños y perjuicios que para la misma puedan derivarse de la interposición de reclamaciones, incluidos todos los gastos derivados de las mismas.
12.2. Confidencialidad
[B] o [D] se compromete a mantener toda la información que le sea suministrada por
BEC en virtud del presente contrato, en secreto y a no revelarla a ninguna persona física o jurídica, con la única excepción del personal de su plantilla a cargo de los trabajos, de tal forma que no llegue a ser conocida por terceros ni siquiera debido a negligencia y a no reproducir, transformar y, en general, hacer uso de la información que le suministre BEC sino con objeto de dar el debido cumplimento a los servicios contratados.
Los datos personales de los firmantes de este documento forman parte de los ficheros automatizados existentes en BEC con la finalidad de realizar la formación y seguimiento posterior y la realización de las remisiones de obligado cumplimiento. Los datos serán grabados y protegidos según la Ley Orgánica 15/1999 de 13 de diciembre de Protección de Datos de carácter personal. El titular de los datos podrá ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición dirigiéndose por correo postal a BEC como responsable de los ficheros.
BEC, por su parte, se sujeta a la confidencialidad exigida en el artículo 140 del RDL 3/2011.
13. Comunicaciones
Cualquier comunicación o documento que se presente, deberá estar redactado en, al menos, uno de los idiomas oficiales de la Comunidad Autónoma. En caso de presentarse traducciones a los documentos originales en otros idiomas, éstas deberán estar certificadas.
Toda comunicación entre las Partes relativa a este contrato deberá hacerse por escrito y ser entregada en persona o enviada por correo electrónico, fax, mensajero, correo certificado o burofax, a las direcciones especificadas más adelante. La recepción de dichas comunicaciones deberá ser confirmada por escrito, si el remitente así lo exige.
En cualquier caso, las comunicaciones se entenderán recibidas por la parte destinataria:
a) si se entregan en persona o se envían por mensajero: en la fecha de entrega, siempre que la recepción de dicha comunicación haya sido debidamente certificada y firmada por la Parte destinataria;
b) si se envían por fax, télex o burofax: en la misma fecha de su envío, siempre que, en los dos primeros casos, el número del fax o télex aparente ser el de la parte destinataria y el original de la comunicación parezca haber sido firmado por un representante de la parte remitente; y
c) si se envían por correo certificado: en la misma fecha de su recepción, de acuerdo con el acuse de recibo.
A efectos de comunicaciones, las Partes designan las siguientes direcciones y personas de contacto:
a) Por parte de [B] o [D]……………:
⮚ Correo ordinario: [ ]
⮚ Teléfono: [........................]. Fax: [ ]
⮚ Correo electrónico: [ ]
⮚ A la atención de: [ ]
b) A efectos de facturación y domicilio fiscal: Xxxxx xx Xxxxx, 0. Xxxxxxxxx. 00000 Xxxxxxx.
c) A efectos de correo y telecomunicación:
⮚ Correo ordinario: Xxxxxxxx 000. 00000 Xxxxxx.
⮚ Teléfono: 000000000. Fax: 000000000.
d) Contacto a los efectos de pedidos y recepción:
⮚ Correo electrónico: xxxxxxxxxxx@xxx.xx
⮚ A la atención de: Xxx Xxxxx Xxxxxxxxx.
e) A los efectos de seguimiento del contrato e incidencias:
⮚ Correo electrónico: xxxxxxxx@xxx.xx
⮚ A la atención de: Xxxxxxxxx Xxxx Xxxxxx.
Los datos a efectos de notificaciones señalados en la cláusula precedente podrán ser modificados por medio de comunicación escrita a la otra parte con siete (7) días de antelación, como mínimo, a la fecha en que sea efectivo el cambio.
14. Modificaciones del contrato
Cualquier modificación del presente Contrato que pudiera pactarse, tendrá necesariamente que documentarse por escrito que se unirá a él debidamente firmado por ambas partes.
15. Jurisdicción
Las partes, con renuncia expresa a cualquier otro fuero, se someten al de los Juzgados y Tribunales xx Xxxxxx, para cualesquiera desavenencias que pudieran derivarse del Contrato.
Como expresión de su consentimiento, las partes rubrican cada hoja y firman al pie de los dos (2) ejemplares en que se formaliza, en un solo efecto en el lugar y la fecha indicados en el encabezamiento.
Bilbao Exhibition Centre, S.A. [B]………………………
X. Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx [C]………………………
Anexos
Este contrato contará como anexos el documento que suponga la Proposición económica u Oferta del adjudicatario, las Prescripciones técnicas, Pliegos o Bases relativos al objeto de contratación, la declaración relativa a los Riesgos laborales y denominada “Coordinación de actividades empresariales” y cuantos documentos se prevean en el Borrador de contrato (o de acuerdos marco) y los propios pliegos de la licitación.
Además, en el caso de existencia de aval o garantía definitiva, se adjuntará copia original, o se reproducirá y rubricará, probatoria de dicho trámite.
Coordinación de actividades empresariales
La empresa titular Bilbao Exhibition Centre, S.A., con el fin de dar cumplimiento a lo que se establece en el artículo 24 de la Ley 31/95 de Prevención de Riesgos Laborales y RD 171/2004, sobre Coordinación de Actividades Empresariales, establece que cuando en un mismo centro de trabajo desarrollen actividades trabajadores de dos o más empresas y autónomos concurrentes, éstas deberán cooperar en la aplicación de la normativa sobre Prevención de Riesgos Laborales.
Por parte de la empresa contratista (indíquese la denominación de la sociedad) ...................................., D.
………………………………………….., con DNI.…………………………………como Responsable de Seguridad y Salud de la empresa contratista, declara que los trabajadores de esta empresa1 que desarrollen su trabajo en las instalaciones de BEC poseen:
1. Formación en prevención de Riesgos Laborales general y específica de sus puestos de trabajo.
2. Información de la evaluación de riesgos y medidas preventivas derivadas de su actividad y de los riesgos generales y específicos inherentes a los trabajos contratados por BEC. Así como información para actuar en caso de emergencia. Deberá remitir la Evaluación de riesgos concreta del trabajo a realizar.
3. Cualificación profesional acorde con los trabajos a realizar en BEC.
4. Autorización para el empleo y manipulación de equipos, máquinas, productos, útiles de Trabajo de ambas empresas.
5. Conocimiento de las instrucciones de uso y mantenimiento de los equipos de protección Individual necesarios para la ejecución de los trabajos.
6. Certificado de aptitud de realización de reconocimientos médicos específicos para su puesto de trabajo.
Igualmente manifiesta que la empresa contratista:
1. Posee una organización preventiva de acorde a la Ley 31/95, y haber establecido la organización de recursos preventivos para el desarrollo de la actividad, si fuera necesario.
2. Todos los equipos de trabajo que van a ser utilizados en BEC poseen el marcado CE o en su defecto cumplen con la normativa vigente sobre adecuación de maquinaria R.D. 1215/97.
Esta información será recabada igualmente de las subcontratas dependientes de esta empresa que vayan a trabajar en BEC.
En ................, a ......... de de 20….
(Firma y sello)
D................................................
Responsable de Seguridad y Salud
1 En el caso de uniones temporales de empresas (UTE) deberán firmar este documento cada uno de los componentes de la misma.
Obligaciones y compromisos expresos
El adjudicatario se compromete, de manera expresa, al cumplimiento de cuantas obligaciones laborales, tributarias y de cualquier índole al que esté sometido por las leyes que le fueran aplicables y, de manera expresa, en las siguientes.
Igualdad, idiomas e interés social
En cuanto a la igualdad, la defensa de idiomas del entorno y las medidas de interés social, se atenderá a la Instrucción del consejo de gobierno de la Diputación Xxxxx de Bizkaia/Bizkaiko Foru Aldundia de 23 de octubre de 2013 (XXX 218, de 14 de noviembre) y sus correcciones, actualizaciones y desarrollos posteriores.
Subcontratación y cesión de contratos
El adjudicatario no podrá ceder, total o parcialmente, los derechos y obligaciones derivadas del Contrato ni subcontratar, total o parcialmente, los servicios objeto del mismo sin el previo consentimiento escrito de BEC. El incumplimiento del adjudicatario de esta obligación facultará a BEC para resolver el presente Contrato.
Los subcontratistas actuarán en todo momento bajo la supervisión y control del adjudicatario, obligándose éste a imponerles y hacerles cumplir todas las obligaciones asumidas por él en el presente Contrato.
El adjudicatario responderá solidariamente de las obligaciones que asuman los subcontratistas, aun en el caso de mediar autorización expresa de BEC. Asimismo, el adjudicatario mantendrá indemne a BEC de los daños y perjuicios que pudiese sufrir la misma, directa o indirectamente, por la actuación de dichos subcontratistas.
Los actos, errores o negligencias en el cumplimiento de las obligaciones laborales y sindicales de cualquier subcontratista, de sus representantes, empleados o trabajadores, no serán imputables en ningún caso a BEC, quien podrá repetir contra el adjudicatario si alguna de las consecuencias de estos supuestos fueran imputados.
En los supuestos no contemplados expresamente, el contrato se regirá por los artículos 115, 116 y otros del RDL 22/2000, de 16 xx xxxxx.
Homologación de subcontratas
Independientemente del mencionado previo consentimiento de la subcontratación, la adjudicataria adquiere el compromiso de exigir la homologación o documentación apropiada de las empresas objeto de las mismas por parte de BEC cuando:
a) Suponga una prestación de servicios vinculada a una experiencia o características personales determinadas o concretadas, o exija una aprobación específica de candidatos.
b) La empresa subcontratada haya de serlo de manera reiterada para atender los pedidos o servicios que viniera el adjudicatario prestando a BEC.
c) El personal de cualquier subcontratada haya de acudir a las instalaciones propiedad de BEC por dos (2) jornadas sucesivas o cinco (5) alternas.
d) Suponga una parte fundamental del pedido o servicio para el que se le subcontrata.
En los casos previstos, presentará al menos la documentación siguiente:
a) DNI de quien firma la propuesta y poder con facultades suficientes para contratar.
b) Certificación expedida por el Registro de Contratistas y declaración de su validez y vigencia. En caso de que no se aportase, presentará la escritura de constitución o modificación debidamente inscrita en el Registro Mercantil.
c) Declaración de prevención de Riesgos Laborales, según modelo “Coordinación de actividades empresariales” que figura en el Pliego de cláusulas generales.
d) Declaración responsable de no hallarse incurso en ninguna causa de prohibición, incapacidad o incompatibilidad.
e) Justificante del seguro de indemnización por riesgos profesionales y responsabilidad civil, así como la fotocopia de la prima satisfecha.
f) Relación de los principales servicios o trabajos realizados en los últimos tres (3) años relacionados con el objeto del contrato.
Compromisos expresos
El adjudicatario conoce y se compromete expresamente a cumplir todas las premisas que afecten a la actividad a desarrollar en BEC y destaca, sin carácter limitativo, los siguientes:
a) Cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia laboral, de Seguridad Social, Riesgos Laborales y medioambientales, así como de las que entrasen en vigor durante la vigencia del contrato, sin que el incumplimiento por su parte de dichas obligaciones implique responsabilidad alguna para BEC. En todo caso, sólo se requerirán estos documentos cuando los anteriores hubieran perdido su validez o vigencia:
a. Cumplir (y asegurar que sus empleados, los subcontratistas autorizados y los empleados de éstos cumplan) con todas y cada una de las disposiciones legales, fiscales, laborales y de Seguridad Social, así como tener al personal que se asigne a la actividad contratada integrado en su plantilla, debidamente contratado y de alta en la Seguridad Social, estar al corriente del pago de los salarios correspondientes, satisfacer indemnizaciones, subsidios y estar al día en el cumplimiento de sus obligaciones en materia de Seguridad Social, así como en cualquier tipo de compensación económica derivada de la relación laboral existente entre la adjudicataria y su personal.
b. Acreditar a BEC con ocasión de cada evento comprometido o, en su defecto, al ser requerido por BEC, la documentación prevista para cada evento o acto que se especifica en el contrato o se estipule al efecto.
b) Los materiales cumplirán cuantas normas de carácter general sobre los mismos hayan sido dictadas por las diferentes administraciones y autoridades, sin prejuicio de las específicas que hayan podido establecerse en el presente pliego.
c) El adjudicatario responderá de la calidad de los bienes, elementos o materiales suministrados y de las faltas que hubiere. Especialmente, respetará las normas relativas a la conservación del medio ambiente, tratamiento de residuos y sostenibilidad.
d) BEC tiene la facultad de inspeccionar y de ser informado cuando lo solicite, del proceso de fabricación, elaboración o montaje del producto que haya de ser entregado como consecuencia de la homologación, pudiendo ordenar o realizar por sí mismo análisis, ensayos y pruebas de los materiales que se vayan a emplear, establecer sistemas de control de calidad y dictar cuantas disposiciones estime oportunas para el estricto cumplimiento de lo convenido.
e) Compromiso de exigir a sus subcontratas el IAE y TC2 y hacer llegar a BEC una copia al perfeccionarse dichos contratos.
f) Cuando el desarrollo de lo que el objeto exija la presencia física de personal del adjudicatario o sus subcontratados en BEC, acepta las premisas siguientes referentes a identificación:
a. Aportar los datos precisos para la realización de identificadores, según se establezcan normas o medidas al efecto.
b. Exigir a las personas a su cargo, incluso subcontratadas, que porten la correspondiente identificación y de hacer un uso correcto de ella, impidiendo la utilización de la misma para otros fines o personas diferentes de las previstas por BEC.
c. Como “buen uso” se destaca la limitación de zonas para las que se prevea por sus tareas, así como calendario y horarios comprometidos al efecto del objeto contratado.
El adjudicatario responderá solidariamente de las obligaciones que asuman los subcontratistas, aun en el caso de mediar autorización expresa de BEC. Asimismo, el adjudicatario mantendrá indemne a BEC de los daños y perjuicios que pudiese sufrir la misma, directa o indirectamente, por la actuación de dichos subcontratistas.
Penalizaciones
Penalizaciones y calificación de las faltas.
Incumplimientos o faltas muy graves
Podrán acarrear la rescisión del contrato, la ejecución del aval o garantía definitiva exigida y la aplicación de las compensaciones y sanciones indicadas entre las faltas graves y las leves:
a) La comercialización de datos, registros, imágenes o grabaciones de carácter íntimo o confidencial, ya lo fueran de BEC o sus usuarios y los que así se definan por la legislación aplicable.
b) La demora en el comienzo de la prestación de los servicios de mantenimiento en más de un día sobre la fecha prevista, salvo causas de fuerza mayor.
c) La falta o menoscabo en la inmediata intervención tras la denuncia o conocimiento de una situación que exija una actuación extraordinaria o urgente, entendiéndose un plazo máximo de media hora como prudente o estándar.
d) El retraso sistemático en los horarios, falta o incorrección en la utilización de los medios cedidos por BEC o el mal estado de conservación de los mismos.
e) Desobediencia a las órdenes de la Administración titular del edificio relativas a las normas de seguridad y prevención y la falta de elementos y/o medidas de seguridad para la prestación del servicio.
f) El incumplimiento sistemático de cualquiera de las condiciones y plazos establecidos en el presente Contrato y pliegos, sin perjuicio de las acciones posteriores que de ello se deriven.
g) La reiteración en la mala fe de las liquidaciones, provisionales o definitivas, de las facturas o comisiones.
h) Cualquier uso indebido de los locales y recinto, y la permisión de acceso a ellos de personas no autorizadas. Se considerará muy grave la cesión de identificadores o pases a cualquier usuario no relacionado con las prestaciones de los servicios contratados por BEC que hubieran ocasionado tal intrusión en el recinto, teniendo como efecto, además, la inmediata retirada de cualquier identificador o pase.
i) La acumulación de dos (2) o más faltas consideradas graves. Incumplimientos o faltas graves
Ante la comisión de una falta grave, el adjudicatario compensará al adjudicador con la indemnización por los gastos derivados de su solución, fuera esta llevada a cabo por medios propios o por terceros, la retirada de cualquier derecho de uso de instalaciones (locales, aparcamientos y otros) y podrá acarrear la suspensión temporal del contrato en vigor:
a) La toma y publicación o difusión de datos, registros, imágenes o grabaciones de carácter íntimo o confidencial, aún sin fines comerciales, ya lo fueran de BEC o sus usuarios.
b) Será el adjudicatario el responsable único del uso de identificadores y tarjetas de aparcamiento se realice, considerándose grave la utilización fraudulenta o para actos u ocasiones que no tuviesen relación con los servicios contratados por BEC, pudiendo acarrear la retirada de todas las concedidas y la facturación de hasta un (1) mes de uso de una plaza de aparcamiento.
c) La competencia desleal.
d) La mala fe en las liquidaciones de de las facturas o comisiones.
e) El retraso en la prestación de los servicios, aunque no fuera éste sistemático.
f) Los incidentes del personal perteneciente a la empresa adjudicataria con terceras personas, tanto por trato incorrecto, como por deficiencia de la prestación del servicio.
g) Modificación del servicio sin causa justificada ni notificación previa.
h) La entrega de materiales y documentación a terceros, agentes no autorizados o fuera de los horarios previstos.
i) La reiteración en la comisión xx xxxxxx leves.
Incumplimientos o faltas leves
Las infracciones leves, además de la obligación de respuesta y, en su caso, prueba de la misma, podrán acarrear la facturación de los locales y aparcamientos de los que disponga a precios y tarifas sin beneficio alguno como adjudicatario:
a) Se consideran incumplimientos leves todos los demás no previstos anteriormente y que de algún modo signifiquen detrimento de las condiciones establecidas en este documento y los pliegos o bases de contratación, con perjuicio no grave de los servicios o que den lugar a deficiencias en el aspecto del personal o de los medios utilizados.
b) La falta de preaviso de entrega de materiales, por parte del adjudicatario o sus subcontratados.
c) Se considerará falta leve la prolongación de estancias por parte de los usuarios autorizados a la utilización de las tarjetas o el retraso de en la información debida a una pérdida o extravío de las mismas; siempre y cuando no sea aplicable el anterior párrafo.
Si existiese retraso imputable al adjudicatario, su personal o subcontratados en el cumplimiento de la totalidad de servicio en tiempo y forma respecto al programa de trabajos acordado con BEC, éste podrá aplicar:
⮚ Todas las penalizaciones se entienden referidas a cada servicio y puesto, y suplementarias a los daños y perjuicios citados.
⮚ Ausencia en la hora fijada de comienzo: Se facturarán únicamente las horas efectivamente realizadas y la penalización de cien (100) euros por cada caso.
⮚ Ausencia o retraso superior a sesenta (60) minutos desde la hora de comienzo: Se facturarán únicamente las horas efectivamente realizadas y la penalización total de ciento cincuenta (150) euros por cada caso.
⮚ Ausencia o retraso superior a doscientos cuarenta (240) minutos desde la hora de comienzo: El servicio de dicho puesto no será facturado y la penalización total de trescientos (300) euros por cada caso.
⮚ Abandono del puesto en servicio antes de la finalización o la llegada del correspondiente relevo: El servicio de dicho puesto no será facturado y BEC podrá, además, aplicar las penalizaciones correspondientes a las ausencias:
o Hasta cien (100) euros hasta sesenta (60) minutos de ausencia.
o Hasta ciento cincuenta (150) euros si fuera por entre sesenta (60) y doscientos cuarenta
(240) minutos.
o Hasta trescientos (300) euros si fuera por más de doscientos cuarenta (240) minutos.
⮚ Incomparecencia: En el caso que el puesto no llegase a ser cubierto en momento alguno de las horas contratadas, BEC podrá, además, resolver el contrato en cualquier momento.
El retraso de la presentación a aprobación del Sistema de rondas y Plan de seguridad, así como en el caso de su puesta en marcha o la entrega de informes previstos en dichos métodos, se sancionará al adjudicatario con seiscientos (600) euros por mes natural o fracción del mismo.