Contract
Denominación | Folio: | |
Logo del Distribuidor | Domicilio R.F.C. | Fecha: (Día / mes / año) |
Teléfono(s) Correo Electrónico | Localidad: (Lugar de la Operación) |
CAT Costo Anual Total | Tasa de Interés Anual | Monto del Financiamiento | Monto Total a pagar | Comisiones |
Montos y Cláusulas | ||||
Para fines informativos y de comparación exclusivamente % (Fijo) | (Fijo) % (Por Xxxx) % | (Moneda) $ M.N. | Estimado según el contrato. $ M.N. | Por apertura de contrato: $ M.N. Por cobranza:$ M.N. Por copia de documentos:$ M.N. Gastos por certificación de saldo:$ _MN. |
Metodología de cálculo de interés: El cálculo de intereses se realizará multiplicando el saldo insoluto del financiamiento, por la tasa de interés dividido entre 360 días por año, multiplicando por el número de días efectivamente transcurridos.
Las tasas de interés así como su metodología de cálculo no podrán modificarse, salvo que se reestructure la operación de que se trate.
Plazo del financiamiento: Ver Anexo “A”
Sus pagos serán como sigue: Ver Anexo “A” | ||
Número Ver Anexo “A” | Monto Ver Anexo “A” | Cuando se realizan los pagos Ver Anexo “A” |
Cuide su capacidad de pago, generalmente no debe de exceder del 35% de sus ingresos periódicos, los costos por xxxx son muy elevados.
Autorización revocable: Autorizo que los datos proporcionados sean utilizados para fines de publicidad o mercadotecnia. ( ) Sí ( ) No Firma del Cliente
SEGURO: La presente operación cuenta con seguro de , contratado con la compañía:
, póliza número fecha de vencimiento / / . Fecha para presentar renovación / / . Monto asegurado: .Siniestro objeto de cobertura: . Beneficiarios:
Prima pagadera con periodicidad por pesos.
Para garantizar el pago de este financiamiento, el Comprador constituye prenda a favor del Distribuidor, el vehículo objeto del presente contrato, como lo refiere la cláusula Décima Quinta del mismo instrumento
Dudas, aclaraciones y reclamaciones Para cualquier duda, aclaración o reclamación, favor de dirigirse al distribuidor cuyos datos están asentados en la carátula de este contrato, o en su caso a PROFECO al teléfono 00 000 000 00 00, página de Internet: xxx.xxxxxxx.xxx.xx
Datos de inscripción en el Registro Público de Contratos de Adhesión:
Fecha: Registro:
Previo a la celebración del presente contrato, el Distribuidor dio a conocer al cliente el aviso de privacidad para el tratamiento de sus datos personales.
Firma Cliente Firma Distribuidor Firma del Obligado Solidario
CONTRATO DE COMPRAVENTA DE VEHÍCULO NUEVO CON FINANCIAMIENTO A TASA FIJA, QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL DISTRIBUIDOR Y POR LA OTRA EL CLIENTE (CONSUMIDOR) , AL TENOR DE LAS SIGUIENTES DECLARACIONES Y CLÁUSULAS:
G L O S A R I O:
a) Consumidor: Es la persona física o moral que adquiere en propiedad un vehículo nuevo automotor; a quien, de acuerdo a la naturaleza de este contrato y para los efectos correspondientes en este acto jurídico, se le denominará el comprador o cliente.
b) Proveedor o distribuidor: Es la persona física o moral que ofrece en venta un vehículo nuevo automotor; a quien, en atención a la naturaleza jurídica de este contrato y para los efectos correspondientes, se le denominará el distribuidor.
c) Vehículo nuevo: El automotor de procedencia nacional o extranjera, destinado al transporte terrestre de personas y/o de bienes que el proveedor comercializa al consumidor por primera vez, con no más de 1,000 kilómetros recorridos.
d) Obligado Solidario: La persona física o moral, que cuenta con la capacidad jurídica suficiente para celebrar este CONTRATO, y reconoce siendo su voluntad, responder por las obligaciones adquiridas por el comprador una vez que éste dejare de hacerlo y cuyos datos de identificación aparecen en la Tercera declaración de presente instrumento.
e) CAT: Costo Anual Total de financiamiento determinado conforme a las disposiciones de carácter general que expida el Banco de México, expresado en términos porcentuales anuales que, para fines informativos y de comparación, incorpora la totalidad de los costos y gastos inherentes a los créditos, préstamos o financiamientos que otorgan las entidades financieras.
f) Tabla de Amortización: El documento que siendo parte integrante del CONTRATO, y que se entrega al CLIENTE como “Anexo A”, en la fecha de contratación del CRÉDITO, lo suscriben las PARTES para determinar el número, montos y fecha de los pagos que deberá realizar el CLIENTE durante el plazo convenido.
g) Compañía Aseguradora: Persona moral legalmente autorizada para ofrecer al público servicios de seguros y operar uno o más de los SEGUROS que deben contratarse conforme a este CONTRATO.
h) Intereses moratorios: Es aquel que se tendrá que pagar en caso de incumplimiento en el pago de cualquier cantidad de principal y/o de intereses, consignado en el presente contrato.
D E C L A R A C I O N E S:
PRIMERA. DECLARA EL DISTRIBUIDOR:
a) Ser una persona moral mexicana según consta en la escritura pública número , de fecha , exhibida ante la fé del(a) Lic. , Notario Público número , en el Estado de , e inscrita en el Registro Público del Comercio de bajo el número de fecha de de , y que su representante legal acredita su personalidad mediante el testimonio notarial número , exhibida ante la fe del(a) Lic. , Notario Público número , en el Estado de .
b) Tener como domicilio convencional el ubicado en con número telefónico
, con correo electrónico , identificándose con la credencial para votar con fotografía número expedida por el Instituto Nacional Electoral, misma que previo cotejo se devuelve a su poseedor, exhibiéndose en los anexos del contrato una copia simple de la misma.
c) Que está inscrito en el Registro Federal de Contribuyentes bajo el número: y , en su caso, contar con registro en el Sistema de Información Empresarial Mexicano número: .
d) Que cuenta con las licencias, permisos, avisos y autorizaciones previstos en la legislación nacional para ofrecer el servicio de venta de vehículos nuevos.
e) Que cuenta con personal capacitado, responsable y dispuesto para atender a los compradores, en un plazo no mayor a 48 horas, en sus quejas, reclamaciones o comentarios referentes del bien adquirido; para lo cual se proporcionan los siguientes datos: Número telefónico gratuito: , fax: y correo electrónico: . En los siguientes horarios de atención al público: de las
horas a las horas, los días: .
f) Que el vehículo nuevo objeto de este contrato cumple íntegramente con las disposiciones legales y Normas Oficiales Mexicanas vigentes en materia de seguridad y protección al medio ambiente para ser comercializado.
g) Que cuenta con la infraestructura y la capacidad técnica en equipo y mano de obra para proporcionar los servicios de reparación, mantenimiento y garantía en los vehículos nuevos, así como en sus refacciones y accesorios.
SEGUNDA: DECLARA EL COMPRADOR:
a) En caso de Persona Moral: Ser una persona moral mexicana según consta en la escritura pública número , de fecha , exhibida ante la fe del(a) Lic. , Notario Público número , en el Estado de , e inscrita en el Registro
Público del Comercio de _ bajo el número de fecha de
de , y que su representante legal acredita su personalidad mediante el testimonio notarial número , exhibida ante la fe del(a) Xxx. , Notario Público número , en el Estado de .
b) En caso de Persona Física: Llamarse como ha quedado anotado en el proemio de este contrato.
c) Que está inscrito en el Registro Federal de Contribuyentes, bajo el número: .
d) Que recibió del vendedor toda la información relativa del vehículo materia de este contrato, incluyendo sus especificaciones técnicas y rendimiento de combustible.
e) Que recibió del vendedor toda la información relativa a las restricciones que pudieran aplicar, mismas que serán detalladas en la póliza de garantía respectiva.
TERCERA: DECLARA EL OBLIGADO SOLIDARIO:
a) Que expresa su consentimiento con los términos y condiciones del presente contrato, para constituirse en obligado solidario en el cumplimiento de las obligaciones contraídas por el comprador frente al Distribuidor.
b) Tener su domicilio en: , con RFC número teléfono y cuenta con la capacidad suficiente para comparecer a la firma del presente contrato.
X X X X X X X X X:
PRIMERA.- OBJETO.- El Distribuidor vende y el Comprador compra el vehículo nuevo cuyas características de identificación se presentan a continuación:
Número Identificación Vehicular: | Color: |
Marca: | Capacidad: |
Submarca | Año-modelo: |
Tipo o versión: | Número de pedimento: |
El vehículo cuenta con el equipo opcional y accesorios adicionales solicitados y autorizados por el Cliente y que se encuentran detallados a continuación:
SEGUNDA.- PRECIO DEL VEHÍCULO.- El precio total del vehículo nuevo, incluyendo el equipo opcional, accesorios adicionales, así como los impuestos correspondientes y otros cargos por acondicionamiento y control vehicular, se fija en la cantidad de $ /100 M.N.).
TERCERA.- FORMA DE PAGO.- La forma de pago del precio del vehículo nuevo descrito en este contrato será de la siguiente manera:
Monto del enganche: | $ M.N. |
Monto de la Unidad usada a cuenta (Ver descripción en Cláusula Sexta), en su caso. | $ M.N. |
Saldo mediante financiamiento otorgado por el Distribuidor (incluye intereses y comisiones) (Ver Anexo “A”) | $ M.N. |
CUARTA.- PAGO DE CAPITAL E INTERESES. El Comprador se obliga a pagar al Distribuidor en forma mensual a partir de la fecha de disposición, las amortizaciones mensuales correspondientes al importe del CRÉDITO más los intereses ordinarios que se causen y/o cualquier otro concepto que se encuentre obligado a pagar así como al final del plazo del CRÉDITO, el PAGO FINAL cuando así se haya convenido, sin necesidad de requerimiento alguno. Dichos pagos deberán de realizarse mensualmente y de conformidad con el número de pagos y el monto de cada uno de estos que se señalan en la TABLA DE AMORTIZACION.
QUINTA.- LUGAR Y FECHA DE ENTREGA.- El vehículo nuevo será entregado por el Distribuidor al Comprador en el siguiente domicilio: , el día , del mes de
de .
SEXTA.- DESCRIPCIÓN UNIDAD USADA A CUENTA.- En caso de que el Comprador entregue un vehículo usado a cuenta del precio, entregará también la documentación correspondiente, declarando de manera expresa que dicha documentación es legítima. Los impuestos anteriores no pagados así como sus accesorios y gastos de trámite de “baja”, serán por cuenta del Comprador. Asimismo, el Comprador manifiesta que el vehículo está libre de gravamen y no tiene problema judicial y/o administrativo alguno, por lo que en este acto libera al Distribuidor de adeudos o conflictos que por cualquier motivo pudiera presentar dicho vehículo hasta la fecha de su entrega.
Número Identificación Vehicular: | Color: |
Marca: | Capacidad: |
Submarca | Tipo o versión: |
Año-modelo: | Matricula: |
SÉPTIMA.- DOCUMENTACIÓN DEL VEHÍCULO NUEVO.- El Distribuidor entrega junto con el vehículo: (i) la Carta-Factura; (ii) el Manual del Usuario; y (iii) la Póliza de Garantía en idioma español, otorgada por el fabricante y/o importador, la cual contiene: a) Nombre y denominación social y domicilio del proveedor que la ofrece; b) Los datos de identificación del vehículo; c) La fecha de entrega del vehículo al comprador; d) Vigencia, cobertura y mecanismos para hacerla efectiva; e) Los datos de los establecimientos ubicados en la República Mexicana en los que se deberá hacer efectiva la garantía y f) Los datos de la póliza para hacer efectiva la garantía, debidamente sellada y firmada. El Distribuidor entregará al Cliente la Factura Original dentro de un plazo de 8 días hábiles, contados a partir de la fecha en la que el Comprador hubiese efectuado el último pago señalado en el Anexo “A”.
OCTAVA.- DE LA GARANTÍA .- Ante desperfectos en el vehículo y dentro del plazo de vigencia de la garantía, que de acuerdo al art. 77 de la Ley Federal de Protección al Consumidor, no podrá ser inferior a 90 días naturales, el consumidor debe acudir ante cualquier distribuidor autorizado, para que el proveedor obligado a cumplir con la garantía, le informe, a través del medio que el comprador elija (correo electrónico, teléfono, o correo certificado, etc.) en un plazo no mayor a 10 días naturales sobre la procedencia o improcedencia de la reparación de acuerdo a lo establecido en la póliza de garantía respectiva. Asimismo, en caso de proceder la reparación, el proveedor obligado asumirá la obligación de remplazar cualquier pieza o componente sin costo adicional para el comprador; en caso de no proceder, el distribuidor hará saber por el medio elegido al comprador la respuesta emitida por el fabricante en la que se detallarán las causas de la improcedencia.
El tiempo que transcurra desde el momento en que el consumidor solicite la garantía hasta que le sea devuelto el vehículo reparado, no será computado dentro de la vigencia de la misma.
En caso de que dentro del periodo de garantía, el Cliente acuda ante cualquier distribuidor autorizado para solicitar la reparación del vehículo conforme a la garantía otorgada por el fabricante y/o importador, y el distribuidor autorizado no cuente con las refacciones necesarias para la reparación del vehículo en un plazo máximo de 60 días naturales contados a partir de la fecha en la que el Comprador haya presentado el vehículo para su reparación, quien haya otorgado la garantía asumirá ante el Comprador los costos por el incumplimiento en los términos establecidos en la garantía, en la NOM-160-SCFI-2014, y de acuerdo a lo establecido en la Póliza de Garantía, otorgada por el fabricante.
NOVENA.- CARGOS ADICIONALES.- Las partes manifiestan que no se hará cargo alguno por servicios adicionales a los pactados en el presente instrumento, sin previo consentimiento del cliente.
DÉCIMA.- GASTOS Y COMISIONES.- El Comprador se obliga a pagar al Distribuidor las comisiones que se generen con motivo de la celebración del presente contrato, cuyos montos se indican en su carátula y serán por concepto de apertura, así como los gastos generados por cobranza, copias de documentos y certificación de saldo.
DÉCIMA PRIMERA.- VIGENCIA.- El presente contrato tendrá una vigencia a partir de su firma y hasta que se efectúe el último pago señalado en el Anexo “A” señalado como Tabla de Amortización, mismo que forma parte integrante del presente contrato, o de la fecha de liquidación por pago anticipado.
DÉCIMA SEGUNDA.- REVOCACIÓN DEL CONSENTIMIENTO.-El cliente podrá revocar su consentimiento, en un plazo de 5 días hábiles mediante aviso personal, correo electrónico, o correo certificado, siempre y cuando no le haya sido entregado el vehículo materia del presente contrato.
DÉCIMA TERCERA.- CAUSAS DE RESCISIÓN.- Son causas de rescisión del presente contrato: (i) Incumplimiento de los términos del contrato, (ii) Que el proveedor no esté en posibilidad de cumplir los compromisos establecidos en la garantía que otorgó, por no contar con las refacciones necesarias, en un plazo máximo de 60 días hábiles y (III) Que el vehículo presente vicios ocultos derivados de la fabricación, importación o ensamble, por lo que el Comprador podrá hacer valer su derecho ante la vía jurisdiccional correspondiente.
En caso de incumplimiento por parte del Comprador a cualquier obligación derivada de este CONTRATO, o falta de pago por dos ocasiones consecutivas, sin que medie autorización, ni acto adicional alguno, el Distribuidor notificará por escrito en el domicilio del Comprador y se requerirá el pago de lo adeudado por escrito en el domicilio del Obligado Solidario, y en el caso de éste último no asuma su responsabilidad de pago, El Distribuidor estará facultado para revocar al Comprador del cargo de depositario del VEHÍCULO y le requerirá formalmente la entrega del mismo mediante notificación que le haga en su domicilio, mismo que surtirá todos sus efectos legales y el acto jurídico se tendrá por válido y legalmente hecho. En un plazo no mayor a 3 (tres) días naturales contados a partir de la notificación, el Comprador deberá entregar al Distribuidor, en el lugar que ésta le indique, el VEHÍCULO, las llaves del mismo, así como todos los documentos originales del VEHÍCULO (incluyendo, la tarjeta de circulación y los comprobantes relacionados con la verificación de contaminantes) y aquellos que evidencien el pago de contribuciones y demás gastos relacionados a la tenencia, uso y circulación del VEHÍCULO. De no entregar dicha documentación, el costo de reposición de la misma será con cargo al Comprador.
El Comprador reconoce y acepta que: (i) una vez entregado el VEHÍCULO al Distribuidor, éste procederá a su venta a un tercero, y (ii) que la cantidad que el Distribuidor abonará al adeudo del Comprador, será el precio que tenga el VEHÍCULO en el momento de dicha venta, con base en la guía EBC (libro azul), menos la cantidad que resulte del reacondicionamiento por los daños y/o faltantes que presente el VEHÍCULO, según avalúo practicado por empresa valuadora con la que trabaje el Distribuidor, o en defecto, el valuador que las PARTES designen de común acuerdo. Si el Comprador es persona física, desde ahora autoriza sin restricción alguna al Distribuidor para emita a su nombre el Comprobante Fiscal Digital correspondiente. Si el Comprador es persona moral, se obliga a sustituir la factura por una a nombre de la persona y por el valor xx xxxxxxx del VEHÍCULO que el Distribuidor le indique, en cuyo caso la nueva factura expedida deberá entregarse a el Distribuidor, dentro de los 8 (ocho) días hábiles siguientes a la fecha en que ésta lo requiera.
Si el producto de la venta del VEHÍCULO no fuese suficiente para el pago total de las cantidades adeudadas por el Comprador, éste pagará al Distribuidor la diferencia dentro de los 15 (quince) días naturales siguientes al requerimiento, causándose intereses moratorios. Asimismo, el Distribuidor podrá ejercitar cualesquiera de las acciones y recursos legales de que disponga, incluso los de carácter penal.
Cuando el Comprador haya pagado más de la tercera parte del precio o más de la tercera parte del número total de los pagos convenidos y el Distribuidor exija la rescisión o cumplimiento del contrato por xxxx, el Comprador tendrá derecho a optar por la rescisión, o por el pago del adeudo vencido más las prestaciones que legalmente procedan.
Los pagos que realice el Comprador, aún en forma extemporánea y que sean aceptados por el Distribuidor, liberan a aquél de las obligaciones inherentes a dichos pagos.
En caso de incumplimiento por parte del Distribuidor, el Comprador le notificará a través de (correo electrónico, teléfono, o correo certificado) el incumplimiento de dicha obligación y el Distribuidor devolverá la cantidad que por cualquier concepto hubiese recibido, exceptuando los pagos de derechos y contribuciones que el comprador hubiese realizado, en un plazo no mayor de 5 días hábiles a partir de la fecha en que fue notificado dicho incumplimiento. El Comprador que haya pagado parte del precio tiene derecho a recibir los intereses computados conforme a la tasa que, en su caso, se haya aplicado a su pago.
Asimismo, las partes acuerdan que en caso de incumplimiento a cualquiera de las obligaciones derivadas del presente contrato, la parte afectada podrá solicitar la rescisión inmediata y exigir el pago de la pena convencional equivalente al 20% del precio pactado como monto de la operación mediante simple comunicado por escrito dirigido a la otra parte.
DÉCIMA CUARTA.- DE LOS SERVICIOS AL CLIENTE.- Dudas y Aclaraciones Para efectos de atención al Cliente, el Distribuidor pone a su disposición, los datos señalados en la carátula del presente contrato, a efecto de que el Comprador presente por escrito a través de (correo electrónico, o correo certificado) cualquier duda, aclaración u observación al respecto del presente contrato, con acuse de recibido. El Distribuidor contará con 15 días hábiles para contestar el escrito, contados a partir de la fecha de recepción del mismo.
DÉCIMA QUINTA.- MONTO DEL FINANCIAMIENTO.- El Distribuidor otorga al Comprador, un financiamiento hasta por la cantidad señalada en la carátula del presente contrato, en el apartado que se identifica como Monto del Financiamiento. Dentro de esta cantidad no quedan comprendidos los intereses, y comisiones, que se causen por este financiamiento.
DÉCIMA SEXTA.- SEGUROS.- Como ha quedado establecido en la carátula del presente contrato, el Comprador autoriza al Distribuidor, para que con cargo al financiamiento, asegure con cobertura amplia a partir de la firma del contrato y hasta la fecha de su terminación, el vehículo adquirido y que se otorga en garantía del presente Contrato, con la compañía de seguros que elija el Distribuidor, el seguro deberá mantenerse vigente hasta la fecha de terminación del presente contrato o en la fecha en que se termine o liquide en forma anticipada.
En caso de que el Comprador contrate por su cuenta el SEGURO DEL VEHÍCULO como parte de sus obligaciones de conservación del VEHÍCULO, deberá garantizar, mediante endoso preferente de la aseguradora y por el mismo tiempo que dure el financiamiento, el pago al distribuidor de la suma asegurada mencionada en la misma.
Una vez que la COMPAÑÍA ASEGURADORA que corresponda haya pagado al Distribuidor cualquier saldo insoluto del financiamiento y sus accesorios y, en su defecto, habiéndose cubierto, en su caso, cualquier diferencia que exista a favor del Distribuidor, ésta hará entrega de la factura del VEHÍCULO.
DÉCIMA SÉPTIMA.- CONSTITUCIÓN DE PRENDA Y DEPOSITARIO.- Para garantizar el cumplimiento de las obligaciones a su cargo derivadas de este contrato, el Comprador constituye prenda a favor del Distribuidor sobre el vehículo para cuya adquisición se otorga el presente financiamiento, conservando el Distribuidor la factura que acredite la propiedad del mismo.
El VEHÍCULO quedará en poder del Comprador, quien será considerado para fines de responsabilidad civil y penal como depositario judicial del mismo, aceptando el desempeño de dicho cargo a título gratuito, obligándose a la guarda, custodia y conservación del VEHÍCULO, así como a mantenerlo a entera disposición del Distribuidor a efecto de requerirlo en caso de incumplimiento a lo establecido en el presente contrato y a no volverlo a gravar en favor de cualquier tercero durante la vigencia de este CONTRATO.
El Comprador, en su carácter de depositario, se obliga a conservar el VEHÍCULO en condiciones óptimas de uso, a darle el servicio requerido conforme al manual del fabricante del VEHÍCULO, a efectuar las reparaciones necesarias con refacciones originales de la marca de que se trate y en talleres autorizados por el fabricante de dicha marca, así como a usar el VEHÍCULO conforme a los manuales de dicho fabricante que deberán ser entregados por el DISTRIBUIDOR al Comprador al momento de la entrega del VEHÍCULO y de acuerdo con las leyes y reglamentos aplicables, siendo responsable ante el Distribuidor de la disposición ilegal o daños que se causen al VEHÍCULO o por su pérdida parcial o total. Asimismo, el Comprador se obliga a pagar puntualmente los impuestos, derechos, multas y demás contribuciones que se causen como consecuencia de la propiedad, uso, tenencia o circulación del VEHÍCULO, así como a cubrir todos los gastos de conservación, reparación y administración del mismo, sin derecho a exigir en ningún caso reembolso o compensación alguno. Hasta en tanto el Comprador no hubiere liquidado la totalidad del financiamiento y sus accesorios incluyendo, intereses, comisiones y gastos, el distribuidor no liberará la prenda.
DÉCIMA OCTAVA.- OBLIGACIÓN SOLIDARIA. El OBLIGADO SOLIDARIO, en forma solidaria e ilimitadamente, en términos de los artículos 1987 y 1989 del Código Civil Federal, se constituye en deudor solidario del Comprador para garantizar frente al Distribuidor el cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones a cargo del Comprador derivadas de este CONTRATO y de cualquiera de sus Anexos.
Hasta en tanto no se hubiere liquidado la totalidad del CRÉDITO y sus accesorios incluyendo, intereses, comisiones y gastos, el OBLIGADO SOLIDARIO no quedará liberado de sus obligaciones conforme a este CONTRATO
DÉCIMA NOVENA.- INTEGRACIÓN DE PAGOS.-
A.- MONTO TOTAL A PAGAR: El Monto Total a Pagar estimado a la firma del presente Contrato incluye la suma de todos y cada uno de los pagos que se deban realizar por concepto del financiamiento, intereses y comisiones a cargo del Comprador que se indican en la carátula y en el presente contrato.
B.- GASTOS Y COMISIONES.- Las establecidas en la cláusula novena del presente instrumento, cuyos montos se indican en su carátula.
El Distribuidor manifiesta expresamente que el Comprador no estará obligado a pagar gastos y comisiones por conceptos distintos a los mencionados en el presente contrato.
C.- INTERESES. Las PARTES convienen en aplicar las siguientes tasas de interés:
I. TASA ORDINARIA. Intereses ordinarios sobre saldos insolutos a la tasa fija expresada y calculada en la CARÁTULA y en la TABLA DE AMORTIZACION. El Comprador se obliga a pagar al Distribuidor los intereses ordinarios simultáneamente y en las mismas fechas para el pago de principal y/o accesorios pactados.
El cálculo de los intereses ordinarios se realizará multiplicando el saldo insoluto del CRÉDITO por la tasa de interés, lo que se dividirá entre 360 (trescientos sesenta) y se multiplicará por el número de días del mes de que se trate, o por el periodo efectivamente transcurrido.
II. TASA MORATORIA. Los intereses moratorios se generarán con base en la tasa fija convenida y señalada en la CARÁTULA, calculada diariamente y tomando como base: A) cualquier saldo vencido no pagado oportunamente o,
B) el saldo total adeudado, cuando el adeudo exceda de la tercera parte del total.
En caso de falta de pago oportuno en las fechas de los vencimientos del financiamiento, las partes acuerdan que se causará un interés moratorio _ % anual más el (IVA) correspondiente, el calculo de intereses moratorios se hará multiplicando el monto vencido por la tasa moratoria entre el numero real de días que hayan transcurrido desde la fecha en que se debió efectuar el pago y hasta la fecha de pago, sobre una base de 360 días.
Los intereses serán pagados en las fechas y por las cantidades que se establezcan en la Tabla de Amortización que como Anexo “A” forma parte de este contrato.
VIGÉSIMA.- FORMA DE PAGO DEL FINANCIAMIENTO.- El Comprador se obliga a pagar al Distribuidor, el importe del financiamiento, en las fechas y por las cantidades que se estipulen en la tabla de amortización (Anexo “A”). En el supuesto de que el día de pago sea inhábil, se trasladará al día hábil siguiente.
Queda convenido que todos los pagos que realice el Comprador al Distribuidor, deberán realizarlos sin necesidad de requerimiento alguno, en el domicilio del propio Distribuidor mediante cheque nominativo expedido a favor del Distribuidor, con al menos un día de anticipación a la fecha a que se refiere esta cláusula, o el mismo día mediante el pago a través del Sistema de Pagos Electrónico de Uso Ampliado, en efectivo directamente en la caja del distribuidor, con apego a las restricciones establecidas en la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Recursos de Procedencia Ilícita, o deposito bancario en las cuentas que se señalan:
.
VIGÉSIMA PRIMERA.- DOMICILIOS.- Para los efectos del presente contrato, el Comprador, Distribuidor y el obligado solidario, señalan como sus domicilios los indicados en las Declaraciones del presente contrato.
VIGÉSIMA SEGUNDA.- RESOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS.- Las partes están de acuerdo en someterse a la competencia de la Procuraduría Federal del Consumidor en la vía administrativa para resolver cualquier controversia que se suscite sobre la interpretación o cumplimiento de los términos y condiciones del presente contrato y de las disposiciones de la Ley Federal de Protección al Consumidor, la NOM-160-SCFI-2014 Prácticas comerciales-Elementos Normativos para la Comercialización de Vehículos Nuevos, de la Ley para la Transparencia y Ordenamiento de los Servicios Financieros y sus Disposiciones y cualquier otra disposición aplicable, sin perjuicio del derecho que tienen las partes de someterse a la jurisdicción de los Tribunales competentes del domicilio del Distribuidor, renunciando las partes expresamente a cualquier otra jurisdicción que pudiera corresponderles por razón de sus domicilios futuros.
El Comprador y el Obligado Solidario manifiestan que previamente a la celebración del presente instrumento, el Distribuidor les ha informado el contenido y alcance del mismo, así como el COSTO ANUAL TOTAL (CAT) CORRESPONDIENTE, EL CUAL SE PROPORCIONA PARA FINES INFORMATIVOS Y DE COMPARACIÓN
EXCLUSIVAMENTE, por lo que aceptan la realización del mismo en los términos establecidos y lo firman por duplicado en el día de .
Declara el Comprador, que el Distribuidor le entregó un ejemplar del contrato, le explico el valor, contenido, alcance y las consecuencias legales.
VIGÉSIMA TERCERA.- Consentimiento por medios electrónicos. Las partes acuerdan que en lugar de una firma original autógrafa, este contrato, así como cualquier consentimiento, aprobación u otros documentos relacionados con el mismo, podrán ser firmados por medio del uso de firmas electrónicas, digitales, numéricas, alfanuméricas, huellas de voz, biométricas o de cualquier otra forma y que dichos medios alternativos de firma y los registros en donde sean aplicadas dichas firmas, serán consideradas para todos los efectos, incluyendo pero no limitado a la legislación civil, mercantil, protección al consumidor y a la NOM-151-SCFI-2016, con la misma fuerza y consecuencias que la firma autógrafa original física de la parte firmante. Si el contrato o cualquier otro documento relacionado con el mismo es firmado por medios electrónicos o digitales, las Partes acuerdan que los formatos del contrato y los demás documentos firmados de tal modo serán conservados y estarán a disposición del consumidor, por lo que convienen que cada una y toda la información enviada por el Proveedor a la dirección de correo electrónico proporcionada por el Consumidor al momento de celebrar el presente Contrato será considerada como entregada en el momento en que la misma es enviada, siempre y cuando exista confirmación de recepción.
NOMBRE Y FIRMA DEL COMPRADOR O DE SU
REPRESENTANTE.
NOMBRE Y FIRMA DEL OBLIGADO SOLIDARIO O DE SU
REPRESENTANTE
* Queda obligado a responder por todas y cada una de las obligaciones adquiridas por el comprador una vez que éste dejare de hacerlo.
NOMBRE Y FIRMA DEL DISTRIBUIDOR O DE SU
REPRESENTANTE
Anexo A