CONTRATO ADMINISTRATIVO
CONTRATO ADMINISTRATIVO
NUMERO CERO UNO GUIÓN DOS MIL DIEZ (01-2010)
En el municipio de la Antigua Guatemala, Departamento de Sacatepéquez, el día miércoles veinte de enero del año dos mil diez; por una parte; XXXX XXXXXXX XXXXXXXXX XXXXXXXXX, de treinta y seis años de edad, guatemalteca, soltera, Licenciada en Informática y Administración, de este domicilio, se identifica con cédula de vecindad número de orden B guión Dos (B-2) y registro número treinta y cinco mil cuatrocientos cinco (35,405), extendida por el Xxxxxxx Xxxxxxxxx xx xx Xxxxxxx Xxxxxxxxx, xxxxxxxxxxxx xx Xxxxxxxxxxxx, actúa en su calidad de Presidente y Representante Legal de LA ASOCIACIÓN CENTRO DE APOYO AL DESARROLLO HUMANO Y SOCIO AMBIENTAL ONG “CADHSA”, que en adelante podrá
mencionarse como - CADHSA – y/o –LA ASOCIACIÓN-, calidad que acredita con el Primer Testimonio de la Escritura Publica Numero Once (11), de fecha veinte y seis xx xxxx del año dos mil nueve, faccionada por la Abogada y Notaria Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx, e inscrita en el Registro de Personas Jurídicas del Ministerio de Gobernación bajo de la partida número veinte mil novecientos uno (20901), folio veinte mil novecientos uno (20901), del libro uno (1), del Sistema Único de Registro Electrónico de Personas Jurídicas de fecha tres xx xxxxx del año dos mil nueve y con el Acta Notarial de Nombramiento de fecha cinco xx xxxxx del año dos mil nueve, faccionada por la Abogada y Notaria Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx, debidamente inscrita en el Sistema Único del registro Electrónico de Personas Jurídicas, bajo la Partida Número veinte y un mil ciento cincuenta y siete (21,157), Folio veinte y un mil ciento cincuenta y siete (21,157), del libro uno (1), del Sistema Único del Registro Electrónico de Personas Jurídicas, quien en el transcurso del presente instrumento podrá denominarse “LA ASOCIACIÓN”. Y por la otra parte XXXXXXXXX XXXXXXX XXXXX, de sesenta y tres años de edad, casada, comerciante, guatemalteca, con domicilio en el departamento de Sacatepéquez, se identifica con cédula de vecindad número de orden B guión dos (B-2) y registro número cuatro mil trescientos cuarenta y dos (4,342), extendida por el Xxxxxxx Xxxxxxxxx xx Xxxxxxxx Xxxxxxxxxxxx, xxxxxxxxxxxx xx Xxxxxxxxxxxx, actúo en mi calidad de Propietario de la empresa de carácter individual denominada DISTRIBUIDORA AVICOLA ALE, la cual se encuentra inscrita en el Registro Mercantil General de la República, bajo el número de registro trescientos once mil novecientos setenta y ocho, folio setecientos noventa y ocho, libro doscientos setenta y tres, Categoría Única de fecha de emisión del veinte de diciembre de dos mil dos, con numero de expediente cincuenta y un mil doscientos cincuenta y uno guión dos mil dos quien en el transcurso del presente instrumento podrá denominarse “EL CONTRATISTA”. Los comparecientes en lo sucesivo, y en su orden, se denominaran así: La Asociación Centro de Apoyo al Desarrollo Humano y Socio Ambiental ONG, abreviadamente -CADHSA- como “LA ASOCIACIÓN", y DISTRIBUIDORA AVICOLA ALE “EL CONTRATISTA”, respectivamente;
la entidad que garantiza el cumplimiento de este contrato, “LA AFIANZADORA”; la entidad que
proporciona los recursos para la ejecución del proyecto “LA ENTIDAD FINANCIERA” la Ley de Contrataciones del Estado, Decreto número cincuenta y siete guión noventa y dos (57-92) del Congreso de la República, “LA LEY”. Los comparecientes informados del delito de perjurio, falsedad material e ideológica manifiestan: a) Ser de los datos de identificación personal consignados. b) Aseguran hallarse pleno uso de sus facultades físicas y mentales, gozando del libre ejercicio de sus derechos civiles. c) Haber tenido a la vista la documentación relacionada.
d) Que las representaciones que ejercitan son suficientes conforme a la ley para celebrar el presente instrumento y obligarnos al mismo. e) Manifiestan en forma conjunta y voluntariamente que en las calidades con que actúan convienen a celebrar el: CONTRATO ADMINISTRATIVO NUMERO CERO UNO GUIÓN DOS MIL DIEZ, PARA LA EJECUCIÓN DEL PROYECTO: “ENTREGA DE BOLSA PECUARIA FAMILIAR”en los municipios de la Antigua Guatemala, Xxxxxxxx, Xxxxxxxxx Milpas altas, Jocotenango y Xxxxx Xxxxxxx Xenacoj, del departamento de Sacatepéquez, de conformidad con el contenido de las siguientes cláusulas: PRIMERA: BASE LEGAL: El presente contrato se suscribe con fundamento en el Acta No. 02- 2010 del libro de actas varias celebrada por la Junta Directiva de la Asociación, Ley del Impuesto del Valor Agregado –IVA- y en base a los artículos uno (1), nueve (9), cuarenta y siete (47), cuarenta y ocho (48) y cuarenta y nueve (49) y cincuenta y ocho de “LA LEY” Decreto Numero 57- 92, del Congreso de la republica, así como los artículos treinta y ocho (38), treinta y nueve (39), cuarenta y uno (41) y setenta y ocho (78) de su Reglamentación, el convenio numero cero uno guión dos mil nueve (01-2009) suscrito entre El Consejo Departamental de Desarrollo de Sacatepéquez, y La Asociación Centro de Apoyo al Desarrollo Humano y Socio Ambiental ONG “CADHSA”.
SEGUNDA: DOCUMENTOS QUE FORMA PARTE DEL PRESENTE CONTRATO: Los
comparecientes manifestamos que forman parte de este contrato administrativo y quedan incorporados al mismo los siguientes documentos: 1) Fichas Ejecutivas de los proyectos de mérito;
2) presupuestos Desglosados; 3) Cronogramas de Ejecución. 4) Cuadros de Cantidades de Trabajo; 5) Especificaciones Técnicas; documentos que regirán supletoriamente en todo lo que no esté previsto específicamente en este instrumento, pero en caso de discrepancia entre los documentos relacionados y el contrato, prevalecerá este último. ----------------------------------------------
TERCERA: DEL OBJETO DEL CONTRATO: Los comparecientes convenimos en que El Contratista se compromete a realizar para La Asociación, el proyecto denominado “ENTREGA DE BOLSA PECUARIA FAMILIAR”en los municipios de la Antigua Guatemala, Xxxxxxxx, Xxxxxxxxx Milpas altas, Jocotenango y Xxxxx Xxxxxxx Xenacoj, del departamento de Sacatepéquez, de conformidad con los renglones de trabajo que se incorporan al presente instrumento, que forman parte integra del mismo, y que procedemos a detallar.------------------------
RENGLONES DE TRABAJO
No. DESCRIPCION UNIDAD CANTIDAD | |||
1 | Gallina Ponedoras | Animal | 1050.00 |
2 | CONCENTRADO POSTURA I | 487.00 | |
3 | CONCENTRADO POSTURA II | 487.00 | |
4 | CEDAZO METALICO GALLINERO | VARA 2 | 1242.00 |
5 | CABRA HEMBRA | ANIMAL | 175.00 |
6 | CABRA MACHO, RAZA SAANEN O ALPINA | ANIMAL | 7.00 |
7 | DESPARASITANTE PARA CABRA (182mayo y 182noviembre) | Unidad | 364.00 |
8 | VACUNAS TRIPLE PARA CABRA | Unidad | 182.00 |
9 | ANTIBIOTICOS, VACUNAS GALLINAS | GLOBAL | 1.00 |
GASTOS INDIRECTOS | |||
1 | ASISTENCIA TECNICA | MES | 6.00 |
2 | PLAN DE CAPACITACION PRACTICA | EVENTO | 6.00 |
3 | TRANSPORTE DE GALLINAS | FLETES | 6.00 |
4 | TRANSPORTE DE CABRAS | FLETES | 6.00 |
CUARTA: MONTO DEL CONTRATO, FORMA DE PAGO “LA ASOCIACIÓN” conviene pagar
a “EL CONTRATISTA” por la ejecución del proyecto en referencia que incluye el suministro de materiales, mano de obra, transporte, gastos administrativos, el Impuesto al Valor Agregado (IVA), otros impuestos xx Xxx a considerar y otros imprevistos el monto total de SETECIENTOS NUEVE MIL TRESCIENTOS CINCUENTA Y DOS QUETZALES EXACTOS (Q.709,352.00), valor único e
inalterable, salvo lo acordado entre las partes, distribuidas las cantidades de la siguiente forma:-----
CUADRO DE DISTRIBUCIÓN DE COSTOS POR RENGLON
COSTO No. DESCRIPCION UNIDAD CANTIDAD UNITARIO VALOR TOTAL | |||||||
1 | Gallina Ponedoras | Animal | 1050.00 | Q | 55.00 | Q | 57,750.00 |
2 | CONCENTRADO POSTURA I | 487.00 | Q | 175.00 | Q | 85,225.00 | |
3 | CONCENTRADO POSTURA II | 487.00 | Q | 175.00 | Q | 85,225.00 | |
4 | CEDAZO METALICO GALLINERO | VARA 2 | 1242.00 | Q | 6.45 | Q | 8,010.90 |
5 | CABRA HEMBRA | ANIMAL | 175.00 | Q | 1,800.00 | Q | 315,000.00 |
0 | XXXXX XXXXX, XXXX XXXXXX X XXXXXX | ANIMAL | 7.00 | Q | 2,500.00 | Q | 17,500.00 |
7 | DESPARASITANTE PARA CABRA (182mayo y 182noviembre) | Unidad | 364.00 | Q | 33.00 | Q | 12,012.00 |
8 | VACUNAS TRIPLE PARA CABRA | Unidad | 182.00 | Q | 27.00 | Q | 4,914.00 |
9 | ANTIBIOTICOS, VACUNAS GALLINAS | GLOBAL | 1.00 | Q 15,715.10 | Q | 15,715.10 | |
SUB TOTAL | Q | 601,352.00 | |||||
GASTOS INDIRECTOS | |||||||
10 | ASISTENCIA TECNICA | MES | 6.00 | Q 10,000.00 | Q | 60,000.00 | |
11 | PLAN DE CAPACITACION PRACTICA | EVENTO | 6.00 | Q | 2,000.00 | Q | 12,000.00 |
12 | TRANSPORTE DE GALLINAS | FLETES | 6.00 | Q | 2,500.00 | Q | 15,000.00 |
13 | TRANSPORTE DE CABRAS | FLETES | 6.00 | Q | 3,500.00 | Q | 21,000.00 |
SUB TOTAL | Q | 108,000.00 | |||||
TOTAL | Q | 709,352.00 |
Cantidad que se cubrirá en pagos parciales así: I) Un primer anticipo del 20% del total del proyecto equivalente a CIENTO CUARENTA Y UN MIL OCHOCIENTOS SETENTA QUETZALES
CON CUARENTA CENTAVOS (Q. 141,870.40), el cual deberá amortizarse mediante un descuento calculado por la multiplicación del monto bruto de cada pago por el mismo porcentaje del anticipo concedido, sin incluir el valor de las órdenes de trabajos suplementarios y acuerdos de trabajo extra, en los cuales no se haya otorgado anticipo; II) El saldo mediante pagos parciales según allá sido calculado por el Consejo Departamental de Desarrollo de Sacatepéquez, quien descontará la amortización correspondiente del anticipo, y se dependerá para la aprobación de los montos en los pagos sucesivos, hasta llegar a un cien por ciento (100%), de conformidad con la disponibilidad financiera en la asociación, al consolidar las fianzas, de acuerdo a lo que indique la cláusula respectiva, entregando a entera satisfacción el objeto del presente instrumento a “LA ASOCIACIÓN”, y cumpliendo con las obligaciones contenidas en cada una de sus cláusulas, Dicho pago se harán a “EL CONTRATISTA” siempre que se presente la factura, solicitudes correspondientes e informes respectivos y con la autorización de pago respectivo, por parte de “LA ASOCIACIÓN”, las que deberán de llenar los requisitos que exigen las leyes vigentes.---------
QUINTA: Plazo del Contrato. El plazo del contrato será de SEIS MESES CONTADOS A PARTIR DE LA ENTREGA DEL ANTICIPO.-------------------------------------------------
SEXTO: Responsabilidades del Contratista: Son responsabilidades del Contratista, además del cumplimiento de las leyes y reglamentos vigentes respectivos; a) OTORGAR FIANZAS; constituidas A FAVOR de LA ASOCIACIÓN CENTRO DE APOYO AL DESARROLLO HUMANO Y SOCIO AMBIENTAL ONG “CADHSA” Y EL CONSEJO DEPARTAMENTAL DE
DESARROLLO DE SACATEPEQUEZ; Fianza de anticipo, la cual deberá entregar dentro de los primeros cinco (5) días previo a recibido el anticipo según factura presentada y la que deberá cubrir el 100% del valor total del anticipo, como lo indica el articulo 66 de la ley de contrataciones del estado decreto 57-92 y el articulo 40 del reglamento de la ley de contrataciones del Estado, Acuerdo Gubernativo 1056-92; Fianza de cumplimiento: “EL CONTRATISTA”, la cual deberá entregar dentro de los primeros cinco (5) días después de firmado el contrato y la que deberá de fijarse en un 10% del valor total del contrato, como lo indica el Artículo 65 de la Ley de Contrataciones del Estado decreto 57-92 y el Artículo 38 inciso b) del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado Acuerdo Gubernativo 1056-92, cuya póliza deberá entregarse a “LA ASOCIACIÓN”, esta garantía cubrirá el cumplimiento del contrato de acuerdo con los documentos contractuales, así como la ejecución de las obras en el tiempo y calidad estipulada, Así mismo esta fianza cubrirá las fallas o desperfectos que aparecieren durante la ejecución del proyecto. Es entendido que cualquier incumplimiento garantizado por esta fianza será cubierto en su totalidad y no mediante porcentaje alguno, mientras se encuentre dentro de los límites de la suma que garantiza la póliza de fianza correspondiente. Fianza de Calidad: la cual deberá entregar al momento de solicitar la recepción del proyecto y la que deberá ser extendida por un valor del 15% del valor original del contrato, misma que deberá tener una vigencia de 18 meses contados a partir
de la fecha de recepción de la obra, como lo establece el Artículo 67 de la Ley de Contrataciones del Estado y, Fianza de Saldos deudores: la cual deberá entregar al momento de solicitar la liquidación del proyecto y con un valor del 5% del valor original del contrato, como lo prescribe el articulo 68 de la ley de contrataciones del Estado; todas las Fianzas deberán ser emitidas por Instituciones legalmente autorizadas para operar en Guatemala, b) INFORMES: “EL CONTRATISTA” queda obligado a presentar, por escrito, los siguientes informes: a) Informes periódicos del avance del trabajo que incluya fotografías del avance correspondiente; b) Al final del contrato, un informe final que contenga el producto total de sus actividades, presupuesto y planos firmados por el profesional xxx xxxx. c) EVALUACIONES: Los informes serán evaluados, verificados, avalados y aprobados por las autoridades de “LA ASOCIACION” y “LA ENTIDAD FINANCIERA”. El “CONTRATISTA” queda obligado a presentar d) DOCUMENTACION ADICIONAL: Formaran parte y quedaran incorporados al proyecto, los informes, y cualquier otro documento que se produzca durante la ejecución del proyecto, “EL CONTRATISTA” consignara para el proyecto si se diera el caso, los procesos, cambios, anotaciones, que sean pertinentes, velando porque permanezcan en el lugar donde se desarrollan el proyecto, y al finalizar deberá ser entregado a “LA ASOCIACION”. e) LUGAR DE LA ENTREGA: “EL CONTRATISTA” Se obliga y
compromete a entregar en el predio y/o lugares establecidos para desarrolla el proyecto todos y cada uno de los renglones establecidos en el presente instrumento, conforme indicaciones de “LA ASOCIACION”. f) SANCIONES: “EL CONTRATISTA” en el caso de que no cumpla con el plazo estipulado en la cláusula Quinta, acepta ser sancionado con una multa por cada día de atraso equivalente al cero punto cero cinco por millar (0.05/000) del valor total del contrato, cantidad que será descontado al momento de efectuar la cancelación del proyecto. g) ROTULACIÒN: “EL CONTRATISTA” Se compromete a DONAR y colocar en un lugar visible del proyecto, un rótulo de identificación del mismo, el cual deberá ser de conformidad con el diseño que otorgará “LA ASOCIACION”.
SEPTIMA: Causas de Terminación del Contrato: Podrá “LA ASOCIACIÓN” sin responsabilidad de su parte dar por terminado el derecho de “EL CONTRATISTA” cuando concurrieren cualquiera de las circunstancias siguientes a) En caso de evidente negligencia de “EL CONTRATISTA” en la ejecución de los trabajos, debido a la falta de equipo, mala calidad de materiales o fondos para cumplir con los mismos. b) Si “EL CONTRATISTA” es declarado en quiebra o se le embargue bienes que evidentemente afecten el cumplimiento del presente contrato. c) Si cometiese actos doloso o culposo en perjuicio de la prestación de los trabajos contratados a juicio y calificación de “LA ASOCIACIÓN”. d) Si dejara “EL CONTRATISTA” de cumplir con cualquiera de las obligaciones emanadas del presente contrato. e) Si “EL CONTRATISTA” rehusare a proseguir los trabajos, en caso de cancelación parcial o total de los trabajos pactados, pagará “LA ASOCIACIÓN”, una cantidad equitativa a los trabajos a: I) El valor de los trabajos terminados o en proceso de terminación menos los pagos efectuados
previamente y menos el valor de cualquier reclamo que “LA ASOCIACIÓN” pudiera tener en contra de “EL CONTRATISTA” con base en éste contrato. II) Un pago equitativo para pos gastos debidamente computados incurridos por “EL CONTRATISTA” que no hayan sido pagados a causa de dicha terminación, pero sin dejar ningún margen de ganancias precalculadas sobre el trabajo no realizado; sin embargo no podrá dicho pago exceder el costo total expresado en la cláusula CUARTA de este contrato. f) “EL CONTRATISTA” podrá solicitar a “LA ASOCIACIÓN” la cancelación del presente contrato, si “LA ASOCIACIÓN” injustificadamente retrasare más de dos pagos (2) consecutivos y podrá comunicar a “LA ASOCIACIÓN” su intención de suspender los trabajos y si dentro del termino de quince 15 días después de entregado dicho aviso a “LA ASOCIACIÓN” no se ha subsanado la falta de pago, podrá suspender los trabajos de marras y el pago se efectuará de acuerdo al avance físico de los mismos, de conformidad, con la Ley, “LA ASOCIACIÓN” deberá reconocer a “EL CONTRATISTA” intereses calculados sobre el importe del adeudo, tomado como base la tasa de interés máxima anual que determina la Junta Monetaria para efectos tributarios. g) También se dará por terminado el presente contrato por vencimiento del plazo, siempre que no se haya acordado prórroga alguna y por rescisión acordada de mutuo acuerdo, siempre que no se perjudique los intereses de “LA ASOCIACIÓN”.
OCTAVA: Finalización del Proyecto: Al quedar concluidos los trabajos del objeto del presente contrato, “EL CONTRATISTA” deberá dar aviso a “LA ASOCIACION” a efecto que conjuntamente con el SUPERVISOR DE EL CONSEJO DEPARTAMENTAL DE DESARROLLO
URBANO Y RURAL, DEL DEPARTAMENTO DE SACATEPEQUEZ, realicen una inspección final de los trabajos, dentro de las setenta y dos horas siguientes a la recepción del aviso escrito de la terminación de la obra. De dicha inspección que realizará en forma conjunta LA ASOCIACION, EL SUPERVISOR DEL PROYECTO Y EL CONTRATISTA detallarán un reporte
previsto para el caso, el que contendrá todos los aspectos de la obra que no están dentro de las especificaciones, los arreglos necesarios a la obra, los que deberá ser concluidos en el plazo de dos días calendario, o el que las partes fijen de común acuerdo. Al quedar concluidos todos los arreglos derivados de la inspección final el Supervisor del proyecto deberá certificar que la misma se llevó a cabo de acuerdo con las estipulaciones, lineamientos, planos y especificaciones que determinó “LA ASOCIACION” y que la obra ha sido finalizada a su entera satisfacción.
NOVENA: Liquidación y Finiquito: “EL CONTRATISTA” solicitará al final del plazo del presente contrato la liquidación del mismo, posteriormente a dicha liquidación, si no hubiera ningún inconveniente, “LA ASOCIACION” procederá al otorgamiento del respectivo finiquito, lo cual deberá hacer también “EL CONTRATISTA”, finiquitado el contrato, se darán por terminadas las obligaciones, derechos y responsabilidades derivadas del presente contrato. “LA ASOCIACION”
notificará a “LA AFIANZADORA” para que se cancele la fianza respectiva mediante copia del acta de recepción a entera satisfacción de “LA ASOCIACION”. ------------------------------------------------------
DÉCIMA: Suspensión de la Obra: La fecha de Cumplimiento en la entrega de la obra pactada en este instrumento será suspendida por caso fortuito o fuerza mayor insuperable que impida a EL CONTRATISTA terminar con los trabajos; o LA ASOCIACION hacer los pagos necesarios para la terminación de los mismos y a cuya realización no haya contribuido EL CONTRATISTA o LA ASOCIACION respectivamente: en tal caso EL CONTRATISTA o LA ASOCIACION se obligan a dar aviso por escrito a la otra parte, indicando las causales del caso fortuito o fuerza mayo acudidos y su probable duración en el tiempo. En este caso, la fecha de entrega de la obra pactada quedará prorrogada por el número de días que dure la causal de caso fortuito, de común acuerdo con las partes. Si la duración de la casual excediera de treinta días (30), el contrato podrá ser resuelto de común acuerdo, sin cláusula de responsabilidad para ninguna de las partes y los trabajos serán cuantificados y liquidados según acuerdo o podrá a elección de las partes fijarse plazo adicional para la conclusión de los mismos. No se considerará como fuerza mayor o caso fortuito aquellos eventos que siendo predecibles o previsibles EL CONTRATISTA o LA ASOCIACION no haya tomado medidas pertinentes de control para minimizar sus consecuencias o evitar su ocurrencia. -------------------------------------------
DECIMA PRIMERA: Atraso en la Entrega: Si “EL CONTRATISTA” se retrasare en la entrega del proyecto. Por razones de dolo o culpa, conforme a este contrato, será responsable por los daños y perjuicios que cause. Para efectos de cálculo de la responsabilidades “EL CONTRATISTA” pagará una multa del cinco por millar del valor de la obra, por cada día de atraso en la entrega de ésta, dicha multa será liquidada cada cinco días calendario y para el efecto el presente contrato constituirá TITULO EJECUTIVO y la suma adeudada liquida, exigible y de plazo vencido.------------------------
DECIMA SEGUNDA: Del Conflicto: Los otorgantes convienen en que toda disputa o reclamación que se relaciones con la aplicación, interpretación y/o cumplimiento de este contrato, por cualquier causa deberá resolverse a la mayor brevedad posible directamente con carácter conciliatorio, pero si no fuera posible llegar a un acuerdo, la cuestión o cuestiones a dilucidarse se resolverán conforme el procedimiento señalado por el Código Procesal Civil y mercantil que Corresponda, por el procedimiento de lo Contencioso Administrativo de conformidad con lo dispuesto en el artículo número ciento dos (102) y ciento tres (103) de “LA LEY”, o por la acción penal o civil del caso. Para los efectos de cumplimiento de las obligaciones que contrae “EL CONTRATISTA” renuncia al fuero de su domicilio y se somete a los tribunales que elija, señalando como lugar para recibir notificaciones, citaciones, o emplazamiento 4ª Xxxxx Xxxxxxxx Xx. 00, Xxxxxxx Xxxxxxxxx, y allí las tendrá como buenas y bien hechas en tanto no diera aviso formal y por escrito de cualquier cambio de la misma. -------
DECIMA TERCERA: Responsabilidades Civiles: “EL CONTRATISTA” se obliga a responder por cualquier daño y perjuicio que cause a terceros o a “LA ASOCIACIÒN” por la ejecución del proyecto por negligencia impericia o dolo.-----------------------------------
DECIMA CUARTA: Restricciones para el Contratista: “EL CONTRATISTA” no podrá ceder, conceder, subcontratar, otorgar los derechos que tiene sobre este Contrato y que adquiere de conformidad con sus cláusulas.--------------------------------------------------
DECIMA QUINTA: Variaciones en el Precio: Establecen las partes que el precio del objeto este contrato será fijo e inalterable, salvo convenio escrito entre las partes. ----------------------------
DECIMA SEXTA: Ampliaciones o Modificaciones de la Obra: Las partes establecen que dichas modificaciones quedarán formalizadas mediante orden de cambio, orden de Trabajos Extras, orden de Trabajos Complementarios o Suplementarios a los trabajos a ejecutar, las que contendrán: a) una descripción de los trabajos adicionales a realizar, b) el precio a pagar y su forma de pago, si este fuere distinto al pactado en este contrato, c) Si existe ampliación del plazo para ejecutar los trabajos, o si por el contrario queda sin modificación alguna, d) la firma del Representante Legal de “LA ASOCIACIÒN”, así como también la firma del Representante Legal de “EL CONTRATISTA”, obligándose a realizar los trabajos de la orden de cambio, orden de Trabajos Extras, orden de Trabajos Complementarios o Suplementarios, en la forma especificada por la misma. Las partes convienen en que “LA ASOCIACIÒN” no reconoce, ni pagará los trabajos que no estén amparados por la orden de cambio, orden de Trabajos Extras, orden de Trabajos Complementarios o Suplementarios correspondiente, que será la única formula mediante la cual se podrá realizar trabajos en forma distinta a la pactada en este instrumento.
DECIMA SEPTIMA: Rescinción del Contrato: La Asociación podrá rescindir el contrato si se diera uno de los siguientes casos: a) Cuando exista mutuo consentimiento entre “LA ASOCIACION” y “EL CONTRATISTA” b) Cuando los trabajos de ejecución del proyecto sean suspendidos por causas no justificadas c) Cuando los trabajos de ejecución del proyecto sean suspendidos por “EL CONTRATISTA”, por causas no imputables a “LA ASOCIACION” d) Cuando “EL CONTRATISTA” conceda, ceda, subcontrate, parcial o totalmente los derechos y obligaciones contenidas en este CONTRATO sin autorización expresa de “LA ASOCIACION”
e) “LA ASOCIACION”, podrá RESCINDIR este CONTRATO sin absorber ninguna responsabilidad para con “EL CONTRATISTA”, o terceras personas, y sin perjuicio de si cuando así convenga a los intereses de “LA ASOCIACION” o por instrucciones de “LA ENTIDAD FINANCIERA”.--------------------------------------------------------------
DECIMA OCTAVA: Caso Fortuito o de Fuerza Mayor: Los hechos que ocurra considerados como caso fortuito o de fuerza mayor que impidan el cumplimiento del presente
contrato relevan a las partes de toda responsabilidad debiendo producirse comunicación escrita en la que se apruebe el hecho ocurrido. ----------------------------------
DECIMA NOVENA: El Contrato: En los términos relacionados “EL CONTRATISTA” manifiesta en forma expresa que desempeñará con la diligencia del caso sus servicios profesionales a favor de “LA ASOCIACIÒN” y entregará el proyecto solicitado, para el efecto, en los términos consignados, acepta el contenido del presente contrato, así como ambas partes declaran que sus relación contractual se deberá regir únicamente de conformidad con lo establecido, y el mismo sólo podrá ser modificado por acuerdo escrito, otorgado y aceptado debidamente por ambas partes.--------------------------
VIGESIMA: Aceptación: Ambos comparecientes en las calidades con que actuamos, de común acuerdo y a satisfacción plena, aceptamos el contenido de cada una de las cláusulas del presente contrato, el que leemos íntegramente y bien impuesto de su contenido, objeto, validez, y demás efectos legales, lo aceptamos, y por ello lo ratificamos y firmamos. ---------------------------
XXXXXXXXX XXXXXXX XXXXX DISTRIBUIDORA AVICOLA ALE “EL CONTRATISTA”
XXXX XXXXXXX XXXXXXXXX XXXXXXXXX
ASOCIACION CENTRO DE APOYO AL DESARROLLO HUMANO Y SOCIO AMBIENTAL ONG “CADHSA”
“LA ASOCIACIÒN”
En el municipio de la Antigua Guatemala, miércoles veinte de enero del año dos mil diez, como Notario, DOY FE, que las firmas que anteceden y que calzan que hace referencia al contrato administrativo de ejecución de proyecto, denominado: “ENTREGA DE BOLSA PECUARIA FAMILIAR”en los municipios de la Antigua Guatemala, Xxxxxxxx, Xxxxxxxxx Milpas altas, Jocotenango y Xxxxx Xxxxxxx Xenacoj, del departamento de Sacatepéquez, SON AUTENTICAS, por haber sido puestas en mi presencia el día xx xxx por una parte: XXXXXXXXX XXXXXXX XXXXX, de sesenta y tres años de edad, casada, comerciante, guatemalteca, con domicilio en el
departamento de Sacatepéquez, se identifica con cédula de vecindad número de orden B guión dos (B-2) y registro número cuatro mil trescientos cuarenta y dos (4,342), extendida por el Xxxxxxx Xxxxxxxxx xx Xxxxxxxx Xxxxxxxxxxxx, xxxxxxxxxxxx xx Xxxxxxxxxxxx, actúo en mi calidad de propietaria de la empresa de carácter individual denominada DISTRIBUIDORA AVICOLA ALE, “EL CONTRATISTA”; y por la otra parte XXXX XXXXXXX XXXXXXXXX
XXXXXXXXX, de treinta y seis años de edad, guatemalteca, soltera, Licenciada en Informática y Administración, de este domicilio, se identifica con cédula de vecindad número de orden B guión Dos (B-
2) y registro número treinta y cinco mil cuatrocientos cinco (35,405), extendida por el Xxxxxxx Xxxxxxxxx xx xx Xxxxxxx Xxxxxxxxx, xxxxxxxxxxxx xx Xxxxxxxxxxxx, actúa en su calidad de Presidente y Representante Legal de LA ASOCIACIÓN CENTRO DE APOYO AL DESARROLLO HUMANO Y SOCIO AMBIENTAL ONG “CADHSA”, hago constar expresamente que de conformidad con la ley a mi juicio las representaciones que se ejercitan son suficientes y se encuentra debidamente acreditados con los documentos de mérito, los signatarios vuelven a firmar conjuntamente conmigo la presente acta de legalización.