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CARATULA XXX XXXXXX DE CLAUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES DEL CONTRATO DE SERVICIOS QUE TIENE POR OBJETO MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y CORRECTIVO ASÍ COMO LA CONEXIÓN A CENTRAL RECEPTORA DE ALARMAS DE LAS INSTALACIONES DE SEGURIDAD, POR PROCEDIMIENTO ABIERTO.
1. OBJETO DEL CONTRATO: Mantenimiento preventivo y correctivo así como la conexión a Central Receptora de Alarmas de las instalaciones de seguridad dependientes del Ayuntamiento de Santurtzi relacionadas en el Anexo X xxx Xxxxxx de Condiciones Técnicas.
XXXXXXXXXX XX XXXXX X XXXXXXXXXXXXXX: Xx.
XXXXXXXXXXXX XXXXX XX XXXXXXXXXXXX XX XX XXX: 50413200-5 CONTRATO SUJETO A REGULACION ARMONIZADA: No.
2. PLAZO DE DURACION DEL CONTRATO: Dos años.
POSIBILIDAD DE PRORROGAS: Sí, hasta un máximo de dos prórrogas cada una de ellas de un año.
3. PRESUPUESTO MAXIMO DEL CONTRATO: 25.080 euros + 5.266,80 euros (21% de I.V.A.), TOTAL: 30.346,80 euros para los dos años de duración del contrato (a razón de 12.540,00 € + 21 % I.V.A. 2.633,40 €; Total 15.173,40 €/ año).
ANUALIDADES:
2018: 15.173,40 €
2019: 15.173,40 €.
TIPO DE LICITACIÓN: 8.264,46 € + 1.735,54 euros (21% de I.V.A.), total: 10.000 euros, que se
corresponde con el canon anual del servicio.
VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO: 55.176,00 euros.
PRECIOS UNITARIOS: Sí se contemplan, de conformidad con lo previsto en el Anexo III xxx xxxxxx de condiciones técnicas.
EXPEDIENTE DE TRAMITACION ANTICIPADA: Sí. Se compromete crédito por los importes correspondientes para los ejercicios a los que afecte el contrato, sometiendo la adjudicación del contrato a la condición suspensiva de existencia de crédito adecuado y suficiente.
4. PARTIDA PRESUPUESTARIA: multiaplicación 212.04
5. FORMA DE PAGO:
La cuota fija anual se dividirá en cuatro partes iguales, que se facturarán TRIMESTRALMENTE. Las facturas que se presenten, deberán ser individualizadas respecto de cada una de las dependencias municipales objeto del servicio.
La facturación derivada de las actuaciones no recogidas en el canon se presentará mensualmente, y se deberán presentar junto con la relación de las actuaciones realizadas.
Los pagos se efectuarán contra facturas presentadas, mediante el procedimiento establecido al efecto por el Ayuntamiento de Santurtzi.
La presentación de las facturas, mediante formato electrónico, deberá seguir lo dispuesto al respecto en la Cláusula 21 xxx Xxxxxx. Para que haya lugar al inicio del cómputo del plazo para el devengo de intereses, el contratista deberá de haber cumplido la obligación de presentar la factura en el Punto General de Entrada de facturas (en la web xxx.xxxxxxxxx.xxx), en debida forma, en el plazo de 30 días desde la prestación del servicio.
6. REVISION DE PRECIOS: No procede.
7. GARANTIAS:
PROVISIONAL: No se exige. DEFINITIVA: 1.254 euros.
COMPLEMENTARIA: No se contempla.
8. PLAZO PARA FIRMA DEL ACTA DE RECEPCION: 1 mes.
PLAZO DE GARANTIA: Dado que los servicios que se contratan agotan sus prestaciones con el final de la ejecución del contrato, no se considera necesario establecer ningún plazo de garantía.
9. CRITERIOS DE ADJUDICACION POR ORDEN DECRECIENTE DE IMPORTANCIA Y SU PONDERACION: UNICO CRITERIO: No.
MULTIPLICIDAD DE CRITERIOS, POR ORDEN DECRECIENTE DE IMPORTANCIA Y SU
PONDERACION: Sí, siendo los que figuran a continuación:
9.1. CRITERIOS PONDERABLES EN FUNCION DE UN JUICIO DE VALOR: hasta 40 puntos.
- Plan de mantenimiento: hasta 30 puntos
En el plan de mantenimiento se deberá indicar la programación de los trabajos de mantenimiento preventivo, los horarios de trabajo del mantenimiento correctivo, los plazos de respuesta de las actuaciones dentro del horario de trabajo, así como en el servicio de 24 horas regulado en el art. 8 xxx xxxxxx de prescripciones técnicas, los sistemas de actuación para cada tipo de aviso que se realice, así como cualquier otra especificación que afecte a la realización del servicio.
- Propuesta de ejecución de estudios técnicos para la sustitución de los elementos que no se adecuen a la normativa vigente. En la propuesta deberán indicar el método de ejecución de los estudios, un cronograma de trabajo, el formato en el que se presentará el estudio etc. Máximo 4 hojas: hasta 10 puntos
Nota: No se leerán ni valorarán las hojas que excedan de la extensión indicada. Cada hoja estará escrita únicamente por su anverso.
9.2. CRITERIOS CUANTIFICABLES DE FORMA AUTOMÁTICA: DETERMINACIÓN DE ESTOS CRITERIOS, PONDERACIÓN ATRIBUIDA Y FÓRMULA O CRITERIO AUTOMÁTICO PARA SU PONDERACIÓN: hasta 60 puntos.
1- Precio (canon anual): hasta 40 puntos
La puntuación a otorgar será la que se desprenda de la fórmula de multiplicar el resultado del cociente entre el porcentaje de baja que oferte el/ la licitadora que en cada caso se valora (en tanto por cien), y el porcentaje de baja del licitador que realice la oferta más económica (en tanto por cien), por el número total de puntos aplicables al criterio. Esto es,
- Donde
1. PT es la puntuación resultante para cada oferta.
2. BOv es la baja de cada oferta a valorar expresada en tanto por cien.
3. MBO es la mayor baja económica de entre todas las ofertadas, expresada en tanto por cien.
4. Donde T es el total de puntos atribuidos a este criterio.
2- Precios unitarios: hasta 20 puntos. La puntuación a otorgar será la que se desprenda de la fórmula de multiplicar el resultado del cociente entre la oferta económica más baja y la oferta del/de la licitadora que se valora, por el número total de puntos aplicables al criterio. Esto es,
Ob x T Ol
- Donde Ob es la oferta económicamente más baja.
- Donde Ol es la oferta del/la licitador/a que se valora.
- Donde T es el total de puntos atribuidos a este criterio
Los precios unitarios serán valorados mediante la suma de todos los precios y la aplicación de la formula arriba indicada, corregidos con el factor de homogenización.
En caso de que el licitador no indique algún precio, únicamente a efecto de la puntuación se utilizará el precio más caro de entre el resto de las ofertas. Y de resultar adjudicatario el contrato le atribuirá el precio más barato de entre las ofertas presentadas.
Si el licitador presenta más de un 10% de los precios sin valorar supondrá la exclusión de la oferta.
INTERVENCION DE ORGANISMO TECNICO ESPECIALIZADO / COMITÉ DE PERSONAS EXPERTAS EN LA EVALUACION DE LOS CRITERIOS DE ADJUDICACION NO EVALUABLES POR APLICACIÓN DE FORMULAS: No.
10. LUGAR Y PLAZO DE PRESENTACION DE LAS OFERTAS: Registro de Plicas del Ayuntamiento, en horario de 9,00 a 14 horas, durante el plazo de 15 días naturales, contados a partir del siguiente a aquél en que aparezca publicado el anuncio en el Boletín Oficial de Bizkaia, pudiendo asimismo presentarse en Correos en la forma y con los requisitos previstos en el la cláusula 17 xxx Xxxxxx.
FORMA DE PRESENTACION DE LA DOCUMENTACION: Se deberán presentar tres sobres respetando la forma que se indica a continuación:
Sobre A: DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA:
Se incluirá la documentación exigida en la cláusula 17 xxx Xxxxxx de Cláusulas Administrativas Particulares que rige este contrato.
Sobre B: DOCUMENTACIÓN RELATIVA A CRITERIOS PONDERABLES CON ARREGLO A UN JUICIO DE VALOR:
Se presentará la documentación relativa a los criterios descritos en el punto 9.1 de esta Carátula
NOTA: Con el fin de garantizar el secreto de las proposiciones, en ningún caso se deberá adjuntar, ni en el sobre A ni en el sobre B, la oferta económica, ni documentos relevantes de su oferta económica, ni los criterios cuantificables por fórmula o de manera automática a incluir en el sobre C. El incumplimiento de lo aquí dispuesto dará lugar al rechazo de la oferta. No obstante, en el supuesto de que hubiese un único licitador, la Mesa de Contratación podrá excepcionar lo dispuesto anteriormente.
Sobre C: DOCUMENTACIÓN RELATIVA A CRITERIOS CUANTIFICABLES DE FORMA AUTOMATICA:
Se presentará la Proposición Económica según modelo del Anexo II xxx Xxxxxx de Cláusulas Administrativas, así como los precios unitarios con arreglo al Anexo III xxx Xxxxxx de Prescripciones Técnicas.
En relación con las proposiciones económicas a incluir en el sobre C, se tendrán en cuenta las siguientes consideraciones:
□ Todas las ofertas deberán de indicar por separado la cuantía correspondiente al precio neto del contrato y la cuantía correspondiente al IVA. En el caso de licitadores exentos, el importe correspondiente al IVA que indicarán en su proposición será de 0 euros.
□ El presupuesto máximo de puja del contrato es el presupuesto base sin IVA. Se rechazarán aquellas ofertas que superen dicho importe.
□ Para la comparación del elemento precio en las ofertas, se tendrá en cuenta exclusivamente el precio neto de cada una, esto es, excluido el IVA.
Todos los sobres deberán estar identificados con los siguientes datos:
PROPOSICIÓN PARA TOMAR PARTE EN EL CONTRATO DE SERVICIOS QUE TIENE POR OBJETO EL MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y CORRECTIVO ASÍ COMO LA CONEXIÓN A LA CENTRAL RECEPTORA DE ALARMAS DE LAS INSTALACIONES DE SEGURIDAD
(Nº de expte.: 28/2017)
SOBRE:(indicar, según xxxxxxx, A, B o C)
DOCUMENTACIÓN:(indicar la denominación que proceda con arreglo a lo expuesto en el apartado precedente)
Denominación social: Domicilio social:
Nombre de la persona apoderada: e-mail de comunicación:
Fax:
Teléfono de contacto:
-LUGAR DE EXAMEN DE LA DOCUMENTACION ADMINISTRATIVA: El expediente se podrá
examinar en el Servicio de Contratación, pudiendo aclararse las cuestiones de tipo técnico en el Area de Obras y Servicios, promotora del expediente.
11. UMBRAL MINIMO DE PUNTUACION: No se establece.
- CRITERIOS PARA DETERMINAR SI LAS PROPOSICIONES CONTIENEN BAJAS CON VALORES
ANORMALES O DESPROPORCIONADOS: no se establece.
12. ADSCRIPCION DE MEDIOS PERSONALES O MATERIALES: De conformidad con el Pliego de Condiciones Técnicas.
SOLVENCIA FINANCIERA Y ECONOMICA, TECNICA O PROFESIONAL:
- Solvencia financiera y económica:
Se acreditará mediante volumen anual de negocios que, referido al año de mayor volumen de los tres últimos concluidos, deberá ser al menos de 22.760,10 euros. Se acreditará mediante las cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho Registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito.
Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil. (Nota: Por volumen anual de negocios debe entenderse el importe neto de la cifra de negocios que figura en la cuenta de pérdidas y ganancias de los modelos reglamentarios de las cuentas anuales
establecidas en la legislación mercantil. En los casos de licitadoras no sujetas a esta legislación, se estará a la documentación que resulte pertinente).
- Solvencia técnica y profesional:
Técnica o profesional: se acreditará mediante una relación de servicios de naturaleza similar a la del objeto del contrato en los últimos 5 años, siendo el requisito que el importe anual acumulado en el año de mayor ejecución sea igual o superior a 15.173,40.
Los servicios o trabajos efectuados se acreditarán, cuando el destinatario sea una entidad del sector público mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente o aquellos otros documentos que acrediten de manera fehaciente su realización. Cuando el destinatario sea un sujeto privado, se acreditará mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario licitador; en el caso de que se presentara esta declaración, dado su carácter declarativo y residual, esta Administración podrá comprobar su validez si se dudara de la veracidad de la misma. A efectos de determinar la correspondencia entre los trabajos acreditados y los que constituyen el objeto del contrato, se atenderá a la coincidencia entre los dos primeros dígitos de sus respectivos códigos CPV.
Asimismo, se podrá acreditar la solvencia técnica, económica y financiera mediante la clasificación, en vigor, del empresario que se indica a continuación.
CLASIFICACIÓN MEDIANTE LA CUAL SE PODRÁ ACREDITAR LA SOLVENCIA: P-5-1. HABILITACIÓN EMPRESARIAL O PROFESIONAL: No.
13. MEMORIA O PROGRAMA DE TRABAJO: No se exige, sin perjuicio de que los licitadores incluyan en el sobre “B” aquellos documentos que permitan valorar los criterios de adjudicación previstos en el punto 9.1 de la Carátula.
VARIANTES: No se prevén, sin perjuicio de las mejoras que se propongan por los licitadores.
14. PLAZO MÁXIMO PARA LA ADJUDICACION: Dos meses.
15. GASTOS DE PUBLICIDAD.: A cargo del adjudicatario. Importe aproximado 250 euros.
16. TRAMITACION URGENTE: No.
17. PORCENTAJE MAXIMO DE SUBCONTRATACION: 60%.
18. RESPONSABLE DEL CONTRATO: Técnico profesional de mantenimiento energético de edificios públicos municipales.
19.- CONDICIONES ESPECIALES DE EJECUCIÓN DE CARÁCTER SOCIAL: El adjudicatario o adjudicataria deberá, a lo largo de toda la ejecución del contrato, abonar el salario recogido en el convenio colectivo de aplicación según la categoría social que le corresponda a la persona trabajadora, sin que en ningún caso el salario a abonar pueda ser inferior a aquel. El incumplimiento de esta obligación llevará aparejada la imposición de una penalidad de hasta el 10% del presupuesto del contrato o su resolución en aquellos supuestos en que su incumplimiento se califique como infracción grave.
En caso de que se subcontraten prestaciones propias de este contrato, el contratista principal asumirá la total responsabilidad de la ejecución del contrato frente a la administración, con arreglo estricto a los Pliegos de Cláusulas las Administrativas Particulares y los términos del contrato, incluido el cumplimiento de las obligaciones en materia social o laboral.
El incumplimiento de esta obligación llevará aparejada la imposición de una penalidad de hasta el 10% del presupuesto del contrato o su resolución en aquellos supuestos en que su incumplimiento se califique como infracción grave.
CONDICION ESPECIAL DE EJECUCION EN MATERIA DE IGUALDAD:
- La empresa deberá realizar un uso no sexista de todo tipo de lenguaje e imágenes en los documentos y soportes que se produzcan y tendrá en cuenta la perspectiva de género en todos los informes, escritos, recogida de datos, estadísticas, etc. que se deriven de la ejecución del contrato. El incumplimiento de dicha condición supondrá la imposición de una penalidad en materia de igualdad de hasta un 1% del presupuesto del contrato.
- Es condición especial de ejecución que la empresa adjudicataria realice una campaña informativa o acción de formación, de duración mínima de 2 horas, con el fin de prevenir, evitar y erradicar el acoso sexual y el acoso por razón de sexo en relación con el personal adscrito a la ejecución del contrato. El incumplimiento de dicha condición supondrá la imposición de una penalidad en materia de igualdad de hasta un 1% del presupuesto del contrato.
Con el fin de dar cumplimiento a esta condición especial de ejecución del contrato, la empresa adjudicataria deberá acreditar al inicio de la ejecución del contrato la planificación de las acciones a realizar en relación con el personal vinculado a la ejecución del contrato, así como su contenido. Antes de la finalización del contrato, la empresa adjudicataria deberá aportar a la persona responsable del contrato un informe detallado sobre las actuaciones realizadas, su alcance y destinatarios.
20. REGIMEN DE PENALIDADES POR INCUMPLIMIENTO DEL CONTRATISTA: El previsto en la cláusula 14 xxx Xxxxxx, sin perjuicio de lo dispuesto en el Pliego de Prescripciones Técnicas.
POR INCUMPLIMIENTO PLAZOS PARCIALES:
OBLIGACIONES CONTRACTUALES ESENCIALES CUYO INCUMPLIMIENTO SERÁ CAUSA DE RESOLUCIÓN DEL CONTRATO:
1. El incumplimiento de los tiempos de respuesta sin estar debidamente justificados.
2. La no conexión de los sistemas a la CRA.
3. La prestación manifiestamente defectuosa o irregular de los servicios, así como un rendimiento claramente insuficiente en la realización de los trabajos.
4. La comisión de 1 falta grave durante la vigencia del contrato.
5. Falta de presentación de la póliza de seguro obligatorio al inicio de la prestación de servicios, en el plazo de 5 días hábiles desde su requerimiento por el área promotora.
21. OBSERVACIONES. OTROS REQUISITOS:
OTRAS ESPECIFICACIONES: Se hace constar que este contrato se haya sujeto la cumplimento de las disposiciones legales, reglamentarias y convencionales vigentes y que resulten de aplicación en materia laboral, de seguridad social y de seguridad y salud en el trabajo.
PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES: Al objeto de dar cumplimiento a lo dispuesto en relación con esta materia en el RD 171/2004 de 30 de enero por el que se desarrolla el art. 24 de la Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales, se requerirá a la empresa que resulte adjudicataria –como empresa principal- los siguientes documentos:
- Modalidad organizativa de la empresa en materia de prevención de riesgos laborales.
- Certificado de aptitud de los trabajadores emitido tras reconocimiento médico.
- Evaluación de riesgos derivados de los puestos de trabajo a cubrir, y medidas de prevención a adoptar
- Acreditación de formación e información en materia preventiva requerida para el puesto.
- Listado de Equipos de Protección Individual (EPIS) a utilizar durante la consecución de los trabajos. Documento acreditativo de su entrega.
- Listado de maquinaria y equipos de trabajo a utilizar y certificados de homologación de los mismos.
- Certificación de manejo de maquinaria.
- Fichas de seguridad de los productos químicos utilizados.
La contratista deberá cumplimentar lo dispuesto a estos efectos en el Anexo VI xxx Xxxxxx de Prescripciones Técnicas.
Con carácter previo al inicio de las prestaciones, se verificará por el Area de Régimen Interior la correcta presentación de esa documentación por el adjudicatario.
POSIBILIDAD DE MODIFICAR EL CONTRATO: Si. CONDICIONES: El contrato se podrá modificar tanto al alza como a la baja como máximo un 10% del presupuesto máximo anual cuando se den de alta nuevas instalaciones o se den de baja instalaciones que cuenten con elementos de alarmas de seguridad y/o anti-incendio.
SUBROGACIÓN DE PERSONAL: No.
ORGANO DE CONTRATACION: La Alcaldesa-Presidenta del Ayuntamiento de Santurtzi, sin perjuicio de las delegaciones conferidas a favor de la Junta de Gobierno Local y del Concejal Delegado de Obras y Servicios mediante los Decretos de Alcaldía nº 1735, de 5 de octubre de 2015, y 2086/2015 de 26 de noviembre, respectivamente.
PERFIL DE CONTRATANTE: en la página web: xxx.xxxxxxxxx.xxx RECURSO ESPECIAL EN MATERIA DE CONTRATACIÓN: No.
22. Nº DE EXPEDIENTE: 28/2017.