CONTRATO DE SUMINISTROS
Dirección General de Planificación Económica
Objeto: | Suministro de fluidoterapia para los hospitales del Servicio Extremeño de Salud. LOTE 1: BOLSA PARA IRRIGACIÓN 3000 ML. | |
Expediente de contratación número: CS/99/C000001372/21/PA | Importe Contrato (IVA incluido): LOTE 1: 233.575,68 € | |
Adjudicatario: Nombre o razón social: XXXXXX, S.L. Aplicación Presupuestaria: 39.01.212B.221.07 | Inicio Contrato: LOTE 1: 04/01/2022 | Final Contrato: LOTE 1: 03/01/2025 |
REUNIDOS
De una parte, D. Xxxxxxx Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx, Director General de Planificación Económica, actuando en nombre y representación del Servicio Extremeño de Salud adscrito a la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales de la Junta de Extremadura, en virtud de las facultades delegadas por resolución de 21 de febrero de 2017 (D.O.E. Nº 41 de 28/02/2017), del Director Gerente del Servicio Extremeño de Salud sobre delegación de competencias en materia de contratación y gestión presupuestaria.
De otra parte, Xxx Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx Paias, con Pasaporte nº XX000000, actuando en nombre y representación de la empresa BAXTER, S.L. con CIF nº X00000000, con domicilio social en Xxxx. xx Xxxxxxxx, 0, Xxxxxx Xxxxxxxxxxx – Xxxx. X, 00000 Xxx Xxxxxxxx xx Xxxxxxx (Xxxxxx), en virtud de las facultades que le confiere la escritura de apoderamiento, según poder notarial otorgado ante el notario de Madrid, D. Xxxxxxxx Xxxxxxxxxx Xxxxxxxxx, de fecha 28 de enero de 2019, con el número 116 de su protocolo.
ANTECEDENTES ADMINISTRATIVOS
PRIMERO. - Por resolución de 16 xx xxxxx de 2021, se ordena el inicio del expediente CS/99/C000001372/21/PA “Suministro de fluidoterapia para los hospitales del Servicio Extremeño de Salud”.
SEGUNDO. - Los pliegos de prescripciones técnicas y de cláusulas administrativas particulares fueron aprobados por el Director General de planificación económica del Servicio Extremeño de Salud mediante resolución de fecha 12 de julio de 2021.
TERCERO. - La adjudicación del suministro de referencia fue acordada por resolución del Director General de Planificación Económica del Servicio Extremeño de Salud, con fecha 3 de diciembre de 2021.
CLÁUSULAS DEL CONTRATO
PRIMERA. - El presente contrato de suministro tendrá carácter administrativo, según lo dispuesto en el artículo 25.1 de la LCSP 9/17.
Dirección General de Planificación Económica
SEGUNDA. - La sociedad adjudicataria, XXXXXX, S.L, se compromete al suministro del material objeto del expediente de contratación con n.º CS/99/C000001372/21/PA, LOTE 1, con estricta sujeción a los Pliegos de Cláusulas Administrativas Particulares y de Prescripciones Técnicas, que rigieron el procedimiento de adjudicación, documentos todos que igualmente suscritos por las partes se anexan a este contrato.
TERCERA. - Los derechos y obligaciones correspondientes a este contrato son los establecidos en la legislación de contratos de las Administraciones Públicas y en especial los que se derivan de los documentos mencionados en la cláusula segunda.
CUARTA. - Las características de la oferta del contratista determinantes de la adjudicación a favor xx XXXXXX, S.L., en el lote de referencia, han sido, la concurrencia de un solo licitador y la proposición económica ajustada a los pliegos. No oferta mejoras sobre la cantidad superiores a las exigidas en los pliegos. Documentación que se incorpora al presente documento de formalización del contrato.
QUINTA. - Los precios unitarios y el presupuesto estimativo del presente contrato se establecen a continuación, sin que el número total de entregas incluidas en el objeto del contrato se defina con exactitud al tiempo de su celebración, por estar subordinadas las mismas a las necesidades de la Administración, y sin que exista obligación de adquirir una cantidad determinada.
LOTE 1.- BOLSA PARA IRRIGACIÓN 3000 ML | ||||||
ORDEN | DESCRIPCIÓN | CANTIDAD TOTAL ESTIMADA 36 MESES | OFERTA UNITARIA S/IVA | OFERTA UNITARIA C/IVA | OFERTA TOTAL S/IVA | Tipo de IVA |
1.1 | SUERO SALINO FISIOLÓGICO DE 0,9 %, BOLSA DE 3000 ML | 99.504 | 1,9400 € | 2,347400 € | 193.037,76 € | 21% |
El pago del precio se efectuará por unidades suministradas, a la presentación de las facturas correspondientes, previa comprobación y conformidad.
El importe del contrato comprende toda clase de impuestos, tasas y gastos, de cualquier clase que sean exigibles para su realización, que correrán a cargo de la empresa adjudicataria.
De conformidad con la cláusula 20 del Cuadro Resumen xxx Xxxxxx de Cláusulas Administrativas Particulares, no procederá la revisión de precios.
SEXTA. - El plazo de ejecución será de 36 meses a contar desde el 4 de enero de 2022, con posibilidad prórroga, siendo la duración máxima del contrato incluidas las prórrogas de 60 meses.
SÉPTIMA. - La fecha de inicio del presente contrato será el 4 de enero de 2022, siendo la fecha prevista de finalización el 3 de enero de 2025.
OCTAVA. - El presente contrato se abonará con cargo a la aplicación presupuestaria reseñada al principio y con arreglo a la forma de pago establecida en el apartado 27 del CRC.
NOVENA. - Las modificaciones previstas en el contrato son las detalladas en el apartado 21 del CRC.
DÉCIMA. - La unidad responsable del contrato designado por el Servicio Extremeño de Salud, es la Subdirección de Gestión Farmacéutica.
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UNDÉCIMA. - Son causas de resolución del contrato las previstas en los artículos 195, 211 y 306 de la LCSP 9/2017, con los efectos previstos en ellos artículos 213 y 307 del mismo texto legal.
Así mismo serán causas de resolución las determinadas especialmente en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares, además de las establecidas en el apartado 25.2 del CRC.
DUODÉCIMA. - El presente contrato de suministro tendrá carácter administrativo según lo dispuesto en el artículo 25 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2017/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014. Las cuestiones litigiosas surgidas sobre la interpretación, modificación, resolución y efectos de ésta, serán resueltas por el órgano de contratación, cuyos acuerdos pondrán fin a la vía administrativa y serán inmediatamente ejecutivos, pudiendo ser recurridos potestativamente en Reposición ente el mismo órgano que los dictó, o ser impugnados mediante Recurso Contencioso – Administrativo conforme a lo dispuesto en la Ley 29/1998 de 13 de julio reguladora de la Jurisdicción Contencioso – Administrativa.
Para la debida constancia de todo lo convenido en este contrato, se firma el mismo en dos ejemplares.
Por El Servicio Extremeño de Salud Por XXXXXX, S.L.
EL DIRECTOR GENERAL DE PLANIFICACIÓN ECONÓMICA EL ADJUDICATARIO, DEL SERVICIO EXTREMEÑO DE SALUD
(P.D. Resolución de 21/2/2017
D.O.E. nº 41, de 28/2/2017)
Y8781834B XXXXXX XXXXXXXX XXXXXX (R: B46012696)
Digitally signed by: Y8781834B XXXXXX XXXXXXXX XXXXXX (R: B46012696)
DN: CN = Y8781834B XXXXXX XXXXXXXX XXXXXX (R: B46012696) C = ES O = XXXXXX SL
Date: 2022.01.10 09:43:46 +
01'00'
D. Xxxxxxx X. Xxxxxxx Xxxxxxxx X. Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx Paias.