Contract
IV.10. FIDEICOMISO CENTRO HISTÓRICO DE LA CIUDAD DE MÉXICO
IV.10.1. Antecedentes
El Fideicomiso Centro Histórico de la Ciudad de México (FICENTRO) se creó el
18 de diciembre de 1990, por medio de un contrato de fideicomiso irrevocable que celebraron el Patronato del Centro Histórico, A.C., como fideicomitente, y Nacional Financiera, S.N.C., como fiduciaria. Posteriormente, se realizaron diversos convenios modificatorios al contrato original, de fechas 10 xx xxxxx de 1992, 27 de septiembre de 1993, 18 xx xxxxx de 1994, 8 xx xxxxx de 1995, 0 xx xxxxx xx 0000, 00 xx xxxxxxx de 2000, 8 xx xxxxxx de 2001, 00 xx xxxxxxx xx 0000 x 0 xx xxxxxxxxxx de 2007. Mediante el convenio del 8 xx xxxxxx de 2001 el Patronato del Centro Histórico, A.C., cedió sus derechos y obligaciones como fideicomitente a SERVIMET; con el del 28 de febrero de 2002, SERVIMET cedió dichos derechos y obligaciones a la SF; y con el del 3 de septiembre de 2007, se incorporaron las actividades relativas a la celebración del Bicentenario de la Independencia y el Centenario de la Revolución en la Ciudad de México.
El FICENTRO adquirió el carácter de fideicomiso público del Gobierno del Distrito Federal mediante el acuerdo por el que se da a conocer la relación de fideicomisos públicos de la Administración Pública del Distrito Federal, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal del 6 xx xxxxx de 2002. Su inscripción en el Registro de Fideicomisos Públicos de la Administración Pública del Distrito Federal fue autorizada el 5 xx xxxxx de ese mismo año, con el folio núm. 01802.
El objetivo principal del FICENTRO, de acuerdo con su contrato de fideicomiso irrevocable del 18 de diciembre de 1990 y sus diversos convenios modificatorios, es la revitalización del Centro Histórico de la Ciudad de México, mediante las siguientes acciones:
1. Promover, gestionar y coordinar ante los particulares y las autoridades competentes la ejecución de acciones, obras y servicios que propicien la recuperación, protección y conservación del Centro Histórico.
2. Realizar obras y servicios públicos por conducto de las autoridades competentes.
3. Realizar actos de compraventa y demás actos civiles y mercantiles con todo tipo de muebles e inmuebles ubicados en el Centro Histórico.
4. Prestar directamente o por conducto de terceros todo tipo de servicios turísticos que tengan como finalidad promover el desarrollo y mejoramiento del Centro Histórico.
5. Vender artículos promocionales del Centro Histórico de la Ciudad de México, a fin de que el fideicomiso obtenga recursos adicionales para el adecuado cumplimiento de sus fines.
Situación Presupuestal
A continuación se presentan los ingresos y egresos de la entidad correspondientes a los ejercicios de 2009 y 2008:
INGRESOS DEL FIDEICOMISO CENTRO HISTÓRICO DE LA CIUDAD DE MÉXICO, 2009 Y 2008
(Miles de pesos y por cientos)
Concepto | 2009 | 2008 | Variación | ||||||
Importe | % | Importe | % | Importe | % | ||||
Estimación original | |||||||||
Ingresos totales | 75,634.4 | 100.0 | 58,703.4 | 100.0 | 16,931.0 | 28.8 | |||
Corrientes y de capital | 0.0 | 0.0 | 0.0 | 0.0 | 0.0 | n.a. | |||
Transferencias del Gobierno del Distrito Federal | 0.0 | 0.0 | 0.0 | 0.0 | 0.0 | n.a. | |||
Aportaciones del Gobierno del Distrito Federal | 75,634.4 | 100.0 | 58,703.4 | 100.0 | 16,931.0 | 28.8 | |||
Captación | |||||||||
Ingresos totales | 222,056.1 | 100.0 | 177,042.3 | 100.0 | 45,013.8 | 25.4 | |||
Corrientes y de capital | 5,823.3 | 2.6 | 10,087.5 | 5.7 | (4,264.2) | (42.3) | |||
Transferencias del Gobierno del Distrito Federal | 75,691.8 | 34.1 | 2,651.1 | 1.5 | 73,040.7 | * | |||
Aportaciones del Gobierno del Distrito Federal | 140,541.0 | 63.3 | 164,303.7 | 92.8 | (23,762.7) | (14.5) |
FUENTES: Gobierno del Distrito Federal, Cuenta Pública del Gobierno del Distrito Federal, 2009, México, 2010, Informe de Cuenta Pública del FICENTRO; y Cuenta Pública del Gobierno del Distrito Federal, 2008, México, 2009, Informe de Cuenta Pública del FICENTRO.
* Superior a 1,000.0%
n.a. No aplicable.
INGRESOS ESTIMADOS Y CAPTADOS DEL FIDEICOMISO CENTRO HISTÓRICO DE LA CIUDAD DE MÉXICO, 2009 Y 2008
(Miles de pesos y por cientos)
Ingresos totales | 75,634.4 | 222,056.1 | 146,421.7 | 193.6 |
Corrientes y de capital | 0.0 | 5,823.3 | 5,823.3 | n.a. |
Transferencias del Gobierno del Distrito Federal | 0.0 | 75,691.8 | 75,691.8 | n.a. |
Aportaciones del Gobierno del Distrito Federal | 75,634.4 | 140,541.0 | 64,906.6 | 85.8 |
2008 | ||||
Ingresos totales | 58,703.4 | 177,042.3 | 118,338.9 | 201.6 |
Corrientes y de capital | 0.0 | 10,087.5 | 10,087.5 | n.a. |
Transferencias del Gobierno del Distrito Federal | 0.0 | 2,651.1 | 2,651.1 | n.a. |
Aportaciones del Gobierno del Distrito Federal | 58,703.4 | 164,303.7 | 105,600.3 | 179.9 |
Concepto Estimación Captación 2009
Variación
Importe %
FUENTES: Gobierno del Distrito Federal, Cuenta Pública del Gobierno del Distrito Federal, 2009, México, 2010, Informe de Cuenta Pública del FICENTRO; y Cuenta Pública del Gobierno del Distrito Federal, 2008, México, 2009, Informe de Cuenta Pública del FICENTRO.
n.a. No aplicable.
EGRESOS DEL FIDEICOMISO CENTRO HISTÓRICO DE LA CIUDAD DE MÉXICO, 2009 Y 2008
(Miles de pesos y por cientos)
2009 2008 Variación
Concepto | Importe | % | Importe | % | Importe | % | |||
Presupuesto original Gasto total | 75,634.5 | 100.0 | 58,703.4 | 100.0 | 16,931.1 | 28.8 | |||
Corriente | 75,634.5 | 100.0 | 58,703.4 | 100.0 | 16,931.1 | 28.8 | |||
De capital Presupuesto ejercido | 0.0 | 0.0 | 0.0 | 0.0 | 0.0 | n.a. | |||
Gasto total | 198,883.0 | 100.0 | 168,428.1 | 100.0 | 30,454.9 | 18.1 | |||
Corriente | 125,755.2 | 63.2 | 142,474.6 | 84.6 | (16,719.4) | (11.7) | |||
De capital | 73,127.8 | 36.8 | 25,953.5 | 15.4 | 47,174.3 | 181.8 |
FUENTES: Gobierno del Distrito Federal, Cuenta Pública del Gobierno del Distrito Federal, 2009, México, 2010, Informe de Cuenta Pública del FICENTRO; y Cuenta Pública del Gobierno del Distrito Federal, 2008, México, 2009, “Informe de Cuenta Pública del FICENTRO.
n.a. No aplicable.
GASTOS PRESUPUESTADO Y EJERCIDO DEL FIDEICOMISO CENTRO HISTÓRICO DE LA CIUDAD DE MÉXICO, 2009 Y 2008
(Miles de pesos y por cientos)
Gasto total | 75,634.5 | 198,883.0 | 123,248.5 | 163.0 |
Corriente | 75,634.5 | 125,755.2 | 50,120.7 | 66.3 |
De capital 2008 | 0.0 | 73,127.8 | 73,127.8 | n.a. |
Gasto total | 58,703.4 | 168,428.1 | 109,724.7 | 186.9 |
Corriente | 58,703.4 | 142,474.6 | 83,771.2 | 142.7 |
De capital | 0.0 | 25,953.5 | 25,953.5 | n.a. |
Concepto Presupuestado Ejercido 2009
Variación
Importe %
FUENTES: Gobierno del Distrito Federal, Cuenta Pública del Gobierno del Distrito Federal, 2009, México, 2010, Informe de Cuenta Pública del FICENTRO; y Cuenta Pública del Gobierno del Distrito Federal, 2008, México, 2009, Informe de Cuenta Pública del FICENTRO.
n.a. No aplicable.
En 2009, dentro del gasto neto total del Sector Paraestatal del gobierno local (26,412,189.5 miles de pesos y 27,108,177.5 miles de pesos de gastos programado y ejercido, respectivamente), la entidad tuvo una participación de 0.3% (75,634.5 miles de pesos) en el gasto programado y de 0.7% (198,883.0 miles de pesos) en el gasto ejercido.
Los presupuestos original y ejercido por capítulos de gasto fueron los siguientes:
GASTO POR CAPÍTULOS DEL FIDEICOMISO CENTRO HISTÓRICO DE LA CIUDAD DE MÉXICO, 2009
(Miles de pesos y por cientos)
Original Ejercido Variación
Concepto | Importe | % | Importe | % | Importe | % | |||
Gasto total | 75,634.5 | 100.0 | 198,883.0 | 100.0 | 123,248.5 | 163.0 | |||
Corriente | 75,634.5 | 100.0 | 125,755.2 | 63.2 | 50,120.7 | 66.3 | |||
“Servicios Personales” | 17,073.5 | 22.5 | 15,977.6 | 8.0 | (1,095.9) | (6.4) | |||
“Materiales y Suministros” | 347.8 | 0.5 | 364.7 | 0.2 | 16.9 | 4.9 | |||
“Servicios Generales” | 36,659.7 | 48.5 | 76,956.4 | 38.7 | 40,296.7 | 109.9 | |||
“Ayudas, Subsidios, Aportaciones y Transferencias” | 21,553.5 | 28.5 | 32,456.5 | 16.3 | 10,903.0 | 50.6 | |||
De capital | 0.0 | 0.0 | 73,127.8 | 36.8 | 73,127.8 | n.a. | |||
“Xxxxxx Xxxxxxx e Inmuebles” | 0.0 | 0.0 | 31,241.5 | 15.7 | 31,241.5 | n.a. | |||
“Obras Públicas” | 0.0 | 0.0 | 41,886.3 | 21.1 | 41,886.3 | n.a. |
FUENTE: Gobierno del Distrito Federal, Cuenta Pública del Gobierno del Distrito Federal, 2009, México, 2010, Informe de Cuenta Pública del FICENTRO.
n.a. No aplicable.
Situación Financiera
A continuación se presenta la situación financiera de la entidad correspondiente a los ejercicios de 2009 y 2008:
ESTADO DE SITUACIÓN FINANCIERA AL 31 DE DICIEMBRE DE 2009 Y 2008 DEL FIDEICOMISO CENTRO HISTÓRICO DE LA CIUDAD DE MÉXICO
(Miles de pesos y por cientos)
Variación | ||||||||
Concepto | 2009 | 2008 | Importe | % | ||||
Activo | ||||||||
Circulante | 68,563.6 | 30,001.7 | 38,561.9 | 128.5 | ||||
Fijo | 121,008.5 | 55,140.3 | 65,868.2 | 119.5 | ||||
Suma el activo | 189,572.1 | 85,142.0 | 104,430.1 | 122.7 | ||||
Pasivo | ||||||||
A corto plazo | 28,179.7 | 18,037.4 | 10,142.3 | 56.2 | ||||
A largo plazo | 0.0 | 0.0 | 0.0 | 0.0 | ||||
Suma el pasivo | 28,179.7 | 18,037.4 | 10,142.3 | 56.2 | ||||
Patrimonio | 161,392.4 | 67,104.6 | 94,287.8 | 140.5 | ||||
Suman el pasivo y el patrimonio | 189,572.1 | 85,142.0 | 104,430.1 | 122.7 | ||||
FUENTE: Estados financieros dictaminados por auditor externo, 2009 (comparativo, 2008).
Principales Resultados
Los principales resultados en que la entidad participó durante 2009 fueron los siguientes:
1. Resultado 13 “Se reduce la Brecha de Desigualdad entre Hombres y Mujeres”. Este resultado tiene como finalidad contribuir en la construcción de relaciones igualitarias entre los géneros. Por lo anterior, en 2009, se implementaron diversas actividades operativas y financieras para apoyar a la Coordinación para los Festejos del Bicentenario de la Independencia y Centenario de la Revolución, en la Ciudad de México, en lo que corresponde a la equidad de género. También, se dieron ayudas para la Asociación Civil Semillas, Sociedad Mexicana Pro Derechos de la Mujer; El Gobierno del Distrito Federal participó en un evento en Cádiz, España, donde se resaltó la participación de la mujer mexicana en la historia; y se llevó a cabo el proyecto denominado Mujeres en la Revolución, dentro de los Festejos del Bicentenario de la Independencia y Centenario de la Revolución, en la Ciudad de México, Carpas del Bicentenario. Se efectuó la publicación mensual del periódico del Centro Histórico,
realizado en su mayoría por mujeres, donde se resalta el papel de la mujer, en sus roles de periodista, escritora y editora, y de habitante, trabajadora y visitante del Centro Histórico, las publicaciones núms. 6 al 17 correspondieron a los meses de enero a diciembre de 2009.
2. Resultado 23 “El Derecho a la Cultura se promueve como una parte fundamental del Desarrollo Individual y Colectivo”. El programa tuvo por objeto apoyar a la Coordinación para los Festejos del Bicentenario de la Independencia y Centenario de la Revolución, en la Ciudad de México, en cuanto a la contratación de cortometrajes, mediometrajes, videos documentales, desmontajes de displays, diseño de logos, publicación de gacetas electrónicas, entre otras acciones. En 2009 se realizaron 21 acciones que correspondieron ayudas para la Asociación Civil Para la Cultura y la Democracia; Asociación Civil Pase Usted; Fundación de la Familia Juárez; Agencia de Transformación Cultural, A.C.; Caminantes por la Historia, A.C.; Casa Refugio Citlaltepetl; TV UNAM, Red de Información y Debate Ciudadano; Cantos de Nuestra Historia; Movimiento de Independencia en Iberoamérica; La Nueva Generación del Bicentenario; y Promotora Cultural Bicentenario, A.C. Se realizaron acciones de divulgación de los resultados por desarrollar en el 2009; se instaló la Carpa del Bicentenario; se llevó a cabo el Proyecto denominado “Soldaduras Tour/Festival Generación del Bicentenario; se entregó la “Medalla 1808”; se realizaron trabajos de monitoreo, recopilación y análisis de la Información que se difunde en medios de comunicación; se otorgaron ayudas para la Banda Do Saci Capoeira, México; se llevó a cabo Proyecto de Reloj de Cuenta regresiva del Bicentenario y el proyecto de monografías del Bicentenario.
3. Resultado 25 “La Administración e Infraestructura Urbanas se mejoran”. El objetivo de este resultado fue la rehabilitación urbana del Centro Histórico de la Ciudad de México, la mejora de fachadas históricas del Centro Histórico y acondicionamiento de inmuebles comerciales en el Centro Histórico. Para ello, en 2009 se otorgaron ayudas para la Universidad de la Ciudad de México; la Xxxx xx xx Xxxxxxx xx Xxxxxxxxx xx xx Xxxxxx xx Xxxxxx; la Comunidad Participativa Tepito, A.C.; el Consejo de la Crónica, A.C.; Conductores del Programa de Ciclotaxis; Pasagüero, A.C.; el Frente Metropolitano de Organizaciones Populares, A.C.; grupo vecinal de fondas de la xxxxx
Xxxxxx; el Festival Internacional de Cine Documental de la Ciudad de México; Vínculos, Comunidad y Cultura, A.C., el INBA, para rehabilitar los murales del Mercado Xxxxxxxx Xxxxxxxxx; la Casa de Moneda; el Sistema de Arte Circulatorio, A.C.; Biosfera Tlalli, A.C. y el Festival Artístico de Tin Tan. Además, se adquirieron 56 bancas artístico-culturales; se compraron los inmuebles localizados en Xxxxxx 00 x Xxxxxxxx 00-00; se efectúo la rehabilitación de los inmuebles de Xxxxxx 00, Xxxxxxxx 42 y Donceles 99 y el mantenimiento del xxxxxxxx xx Xxxxxx y se realizaron acciones para rehabilitar y dar mantenimiento general al Centro. Se efectuaron eventos culturales con Xxxxxx Xxxxxx Xxxxx; Xxxxx y Retos del Centro Histórico; Circo 2.12, A.C.; Xxxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxx; Xxxx Xxxx Xxxxxx; Xxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxx; Xxxxxxxx, S.A. de C.V.; Logística y Distribuidora Xxxxxxx, S.R.L.; Xxxxx Xxxxxx Xxxxxx y la “Magia de la Navidad”. Se otorgaron ayudas al grupo vecinal de la calle Xxxxxxx Xxxxx, para el Programa de Rehabilitación de Xxxxxxxx y para el cambio de toldos de la xxxxx Xxxxxx; y se iniciaron trabajos de rehabilitación de fachadas en la zona oriente del Centro Histórico. Se realizó el pago de avalúos de los inmuebles ubicados en Brasil, Santa Catarina y Paraguay, donde se ubicarán las oficinas del fideicomiso.
Tipos de Revisión
En el ejercicio de sus atribuciones, la Contaduría Xxxxx xx Xxxxxxxx xx xx Xxxxxxxx Xxxxxxxxxxx xxx Xxxxxxxx Xxxxxxx efectuó una auditoría financiera al FICENTRO.
IV.10.2. Auditoría Financiera
IV.10.2.1. Capítulos 3000 “Servicios Generales”, 4000 “Ayudas, Subsidios, Aportaciones y Transferencias” y 5000 “Bienes Muebles e Inmuebles”
Auditoría AEPOAprof/102/09
ANTECEDENTES
De acuerdo con el apartado “Análisis de Egresos por Capítulo de Gasto” del Informe de Cuenta Xxxxxxx xx 0000, xx Xxxxxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxxx xx xx Xxxxxx xx Xxxxxx (FICENTRO) reportó un presupuesto ejercido de 198,883.0 miles de pesos, de los cuales el capítulo 3000 “Servicios Generales” absorbió el 38.7%; (76,956.4 miles de pesos). El presupuesto original para dicho capítulo fue de 36,659.8 miles de pesos, el modificado ascendió a 82,518.9 miles de pesos.
En la Cuenta Pública de 2009 se reportó para el capítulo 4000 “Ayudas, Subsidios, Aportaciones y Transferencias”, un presupuesto ejercido de 32,456.5 miles de pesos, equivalente al 16.3% del total ejercido por la entidad. El presupuesto original para dicho capítulo fue de 21,553.5 miles de pesos, el modificado ascendió a 34,641.7 miles de pesos.
Referente al capítulo 5000 “Bienes Muebles e Inmuebles”, el presupuesto ejercido representó el 15.7% del total ejercido en 2009; es decir, 31,241.5 miles de pesos. En ese período, el capítulo 5000 “Bienes Muebles e Inmuebles” se reportó sin asignación presupuestal original, mientras que el presupuesto modificado ascendió a 31,304.3 miles de pesos.
OBJETIVO
El objetivo de la revisión consistió en verificar que el presupuesto aplicado por el Fideicomiso Centro Histórico de la Ciudad de México en los capítulos 3000 “Servicios Generales”, 4000 “Ayudas, Subsidios, Aportaciones y Transferencias” y 5000 “Bienes
Muebles e Inmuebles”, se haya registrado, aprobado, modificado, comprometido, devengado,
ejercido y pagado de conformidad con la normatividad y ordenamientos aplicables.
CRITERIOS DE SELECCIÓN
La presente auditoría se realizó atendiendo a los criterios generales “Importancia Relativa” y “Exposición al Riesgo”, contenidos en el Manual de Selección de Auditorías, vigente a partir del 30 junio de 2010. El de “Importancia Relativa”, en virtud de las variaciones reflejadas entre los presupuestos original y ejercido, y entre el presupuesto ejercido en 2009 y 2008; y el de “Exposición al Riesgo”, debido a que por el tipo de operaciones, existen riesgos de ineficiencia, irregularidades e incumplimiento de objetivos y metas físicas y financieras.
La revisión que dio lugar al presente informe final de auditoría tiene su fundamento legal en los artículos 122, apartado C, base primera, fracción V, inciso c), primer párrafo, en relación con el 74, fracción VI, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 42, fracción XXX, x 00 xxx Xxxxxxxx xx Xxxxxxxx xxx Xxxxxxxx Xxxxxxx; 10, fracción VI, de la Ley Orgánica de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal; 2o., fracción X, incisos a) y c), 3o., 8o., fracciones I, II, V, VI, VIII, IX y XIII, de la Ley Orgánica de la Contaduría Mayor de Hacienda de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal; y 1o., 13, fracciones I, III, IV, V, VI y VII, y 15 del Reglamento Interior de la Contaduría Mayor de Hacienda de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal.
ALCANCE
Se integró por capítulo y por partida el presupuesto ejercido en 2009 por el FICENTRO con cargo a los capítulos 3000 “Servicios Generales”, por 76,956.4 miles de pesos; 4000 “Ayudas, Subsidios, Aportaciones y Transferencias”, por 32,456.5 miles de pesos; y 5000 “Bienes Muebles e Inmuebles”, por 31,241.5 miles de pesos.
Respecto al capítulo 3000 se revisó únicamente la partida 3802 “Espectáculos Culturales”, por ser la más representativa debido a que su presupuesto ejercido alcanzó un monto de 45,707.7 miles de pesos. De dicha partida y de los capítulos 4000 y 5000 se revisaron la totalidad de pólizas que amparan su presupuesto ejercido.
Se revisó que los importes integrados como presupuesto original, modificado y ejercido del rubro sujeto a revisión, coincidieran con las cifras reportadas en la Cuenta Pública de 2009.
Se verificó el presupuesto autorizado originalmente al FICENTRO, por medio del Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para el Ejercicio Fiscal 2009; así como las modificaciones presupuestales que afectaron a los capítulos 3000 “Servicios Generales”, 4000 “Ayudas, Subsidios, Aportaciones y Transferencias” y 5000 “Bienes Muebles e Inmuebles”, por medio de las afectaciones presupuestarias, y su correspondiente justificación y autorización de la Secretaría Finanzas (SF).
Se identificó la normatividad aplicable durante 2009 al ejercicio y registro del presupuesto asignado a los capítulos 3000 “Servicios Generales”, 4000 “Ayudas, Subsidios, Aportaciones y Transferencias” y 5000 “Bienes Muebles e Inmuebles”, la cual se integró por el Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal, el Manual de Normas y Procedimientos Presupuestarios para la Administración Pública del Distrito Federal, el Código Financiero del Distrito Federal, la Normatividad en materia de Administración de Recursos (Circular Uno) y el Clasificador por Objeto del Gasto para el Gobierno del Distrito Federal, a fin de verificar su cumplimiento y constatar los mecanismos de control establecidos para el ejercicio y registro del presupuesto asignado a los capítulos sujetos a revisión.
Se revisó que el FICENTRO presentara el Programa Anual de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios (PAAAPS), así como sus modificaciones respectivas, a fin de comprobar que el PAAAPS, como sus modificaciones se hubiesen presentado en tiempo y forma, y autorizados por las instancias correspondientes.
Se verificó que el presupuesto ejercido reportado en la Cuenta Pública de 2009 correspondiente a la partida 3802 “Espectáculos Culturales” y a los capítulos 4000 “Ayudas, Subsidios, Aportaciones y Transferencias” y 5000 “Bienes Muebles e Inmuebles”, estuviera respaldado con la documentación justificativa y comprobatoria del gasto, y que esta última reuniera los requisitos fiscales señalados en el Código Fiscal de la Federación.
Se revisó que el registro presupuestal y contable de las operaciones revisadas se hubiese realizado de conformidad con el Clasificador por Objeto del Gasto para el Gobierno del Distrito Federal y el Catálogo de Cuentas, respectivamente. Asimismo, se constató
que las pólizas contables se hubiesen elaborado y autorizado por los servidores públicos facultados para ello.
Se realizaron compulsas con proveedores y prestadores de servicios para constatar la suscripción de contratos y de convenios, y para confirmar que los pagos se hubieran realizado por los montos pactados.
Se efectuaron cuestionarios a beneficiarios de ayudas económicas para constatar la suscripción de acuerdos de colaboración y para confirmar que los recursos se hubiesen entregado a los beneficiarios correspondientes.
Se verificaron los procesos de adjudicación por medio de los cuales el FICENTRO suscribió los contratos respectivos, a fin de constatar que contaran con suficiencia presupuestal y autorización de su Comité Técnico; que se ajustaran a los montos de actuación; y que se realizaran de conformidad con lo establecido en la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal vigente en 2009.
Se revisó si los servicios contratados se prestaron de acuerdo con las estipulaciones pactadas en los contratos; si los bienes adquiridos se recibieron; si las ayudas económicas se otorgaron a los beneficiarios autorizados; y si el gasto fue efectivamente devengado, mediante el análisis de contratos, convenios y acuerdos de colaboración. También se revisó el soporte documental que acredita el cumplimiento de las obligaciones de los proveedores, prestadores de servicios y beneficiarios de ayudas económicas. Asimismo, se verificó que contaran con expedientes y que éstos se hubiesen integrado con los documentos respectivos.
La auditoría se llevó a cabo en la Dirección de Administración y Finanzas en el Fideicomiso Xxxxxx Xxxxxxxxx xx xx Xxxxxx xx Xxxxxx.
ESTUDIO Y EVALUACIÓN DEL SISTEMA DE CONTROL INTERNO
El sistema de control interno comprende todo el plan de organización, los métodos y procedimientos instituidos por la administración para asegurarse de que se cumplan sus metas y objetivos con criterios de economía, eficiencia, eficacia, transparencia
y honradez; que los recursos se empleen de conformidad con las leyes, reglamentos y políticas aplicables y que estén protegidos de desperdicios, pérdida o mal uso; y que se obtenga y conserve información contable de la aplicación de los recursos.
El estudio y evaluación del sistema de control interno tiene como finalidad determinar el grado de confianza que puede depositarse en los sistemas de control operados por el FICENTRO para regular las erogaciones efectuadas con cargo a los capítulos 3000 “Servicios Generales”, 4000 “Ayudas, Subsidios, Aportaciones y Transferencias” y 5000 “Bienes Muebles e Inmuebles”, a fin de establecer la extensión, oportunidad y alcance de las pruebas y procedimientos de auditoría; identificar flujos de operaciones con debilidades o desviaciones de control interno y sus probables áreas de riesgo; y definir los criterios de selección de la muestra sujeta a revisión.
Se revisó y evaluó el sistema de control interno establecido en el FICENTRO, particularmente en las áreas administrativas y operativas responsables de administrar, coordinar y controlar el ejercicio del gasto en los capítulos 3000 “Servicios Generales”, 4000 “Ayudas, Subsidios, Aportaciones y Transferencias” y 5000 “Bienes Muebles e Inmuebles”, a fin de verificar el cumplimiento de la normatividad aplicable.
Con objeto de realizar dicha evaluación, se revisó si la entidad contó con estructura orgánica autorizada, manual administrativo (de organización y de procedimientos); con registro contable y presupuestal, y si se emitieron los informes correspondientes y demás normatividad aplicable al rubro auditado; se realizaron pruebas de cumplimiento a los procedimientos que se llevaron a cabo; y se aplicó cuestionario de control interno a los titulares de la Dirección de Administración y Finanzas, y de las Jefaturas de Unidad Departamental de Contabilidad y Control Presupuestal y de Recursos Humanos y Materiales, responsables de las operaciones relacionadas con la partida y los capítulos revisados.
Derivado de la evaluación del sistema de control interno establecido y aplicado por el FICENTRO en relación con las operaciones revisadas, se determinó lo siguiente:
1. El FICENTRO contó con un marco normativo que establece y regula las actividades y objetivos generales; dispuso de una estructura orgánica autorizada y de un manual
administrativo que correspondió a dicha estructura, en el cual se establecieron las áreas responsables de realizar y controlar las operaciones sujetas a revisión.
2. La entidad dispuso de mecanismos de control y de supervisión para la autorización, ejercicio y registro contable y presupuestal de las operaciones efectuadas con recursos de los capítulos 3000 “Servicios Generales”, 4000 “Ayudas, Subsidios, Aportaciones y Transferencias” y 5000 “Bienes Muebles e Inmuebles”; y contó, en general, con expedientes debidamente integrados y resguardados, que incluyeron la documentación justificativa y comprobatoria de las erogaciones efectuadas con cargo al rubro revisado.
3. En cuanto al Manual de Contabilidad del FICENTRO, que incluye el Catálogo de Cuentas, el Instructivo para el Manejo de Cuentas, la Guía Contabilizadora y el Convertidor Contable-Presupuestal, vigente en 2009, se determinó que éste fue autorizado por la Dirección General de Contabilidad, Normatividad y Cuenta Pública de la SF.
Las debilidades de control interno detectadas, correspondieron a errores en la clasificación presupuestal en dos operaciones; se omitió elaborar una afectación programática compensada; no se incluyeron nueve contratos en los informes mensuales de las operaciones autorizadas conforme a los artículos 54 y 55 de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal; faltó la autorización respectiva para el envío a las instancias correspondientes de las modificaciones al PAAAPS; y no se realizó la asignación correspondiente para su utilización de 32 ciclotaxis, habiendo transcurrido 24 meses de su recepción.
Por lo anterior, el control interno establecido en el FICENTRO respecto del rubro auditado, en términos generales, contribuye a que los objetivos de control se cumplan y que los riesgos sean administrados, por lo que se considera razonablemente adecuado.
DETERMINACIÓN DE LA MUESTRA
Correspondiente al capítulo 3000 “Servicios Generales” se determinó revisar por su importancia, únicamente la partida 3802 “Espectáculos Culturales”. De acuerdo con la información reportada en la Cuenta Pública de 2009, el FICENTRO ejerció para esa partida un presupuesto de 45,707.7 miles de pesos. Con objeto de determinar la muestra sujeta a revisión de dicha partida, se realizaron las siguientes actividades:
1. Se determinó el número de pólizas de diario y de egresos, con las cuales se soportó el ejercicio del gasto en la partida sujeta a revisión.
2. Se investigó el proceso de registro contable y presupuestal de las operaciones reportadas con cargo al rubro revisado.
Como resultado se estableció que el registro del gasto de dicha partida quedó soportado en 97 pólizas de egresos y 21 de diario, derivado del tiempo programado para la revisión y del personal comisionado se revisó la totalidad de las pólizas de registro contable que amparan el presupuesto de 45,707.7 miles de pesos con cargo a la partida 3802, a fin de verificar si contaba con la documentación justificativa y comprobatoria del gasto.
Por su parte, el presupuesto ejercido con cargo al capítulo 4000 “Ayudas, Subsidios, Aportaciones y Transferencias” fue de 32,456.5 miles de pesos. Su integración por partida es como sigue:
(Miles de pesos y por cientos)
Partida | Importe | % | ||
4108 “Ayudas y Donativos a Instituciones sin Fines de Lucro” | 26,260.2 | 80.9 | ||
4112 “Otras Ayudas” | 6,196.3 | 19.1 | ||
Total | 32,456.5 | 100.0 |
Para determinar la muestra sujeta a revisión, se realizaron las siguientes actividades:
1. Se identificó el tipo de ayuda que otorgó la entidad con cargo al capítulo 4000 “Ayudas, Subsidios, Aportaciones y Transferencias”, y se estableció el número de ayudas proporcionadas durante 2009.
2. Se identificó el número de pólizas que amparan el registro contable de las operaciones realizadas por cada uno de los tipos de ayudas otorgadas.
3. Se investigó el proceso de registro contable y presupuestal de las operaciones reportadas con cargo al rubro revisado.
Como resultado se determinó que el registro del gasto quedó soportado en 451 pólizas de egresos y cinco de diario, derivado del tiempo programado para la revisión y del personal comisionado se revisó la totalidad de las pólizas de registro contable que amparan el presupuesto de 32,456.5 miles de pesos con cargo al capítulo 4000 “Ayudas, Subsidios, Aportaciones y Transferencias”, a fin de verificar que contara con la documentación justificativa y comprobatoria del gasto.
Respecto al presupuesto ejercido en el capítulo 5000 “Bienes Muebles e Inmuebles” fue
de 31,241.5 miles de pesos. Su integración por partida es como sigue:
(Miles de pesos y por cientos)
Partida | Importe | % | ||
5104 “Bienes Artísticos y Culturales” | 16,492.1 | 52.8 | ||
5303 “Vehículos y Equipo Destinados a Servicios Públicos y la Operación de Programas Públicos” | 1,999.4 | 6.4 | ||
5701 “Edificios y Locales” | 12,750.0 | 40.8 | ||
Total | 31,241.5 | 100.0 |
Para determinar la muestra sujeta a revisión, se realizaron las siguientes actividades:
1. Se integró el número de pólizas de diario y de egresos, con las cuales se soportó
el ejercicio del gasto en el capítulo 5000 “Bienes Muebles e Inmuebles”.
2. Se investigó el proceso de registro contable y presupuestal de las operaciones reportadas con cargo al rubro revisado.
Como resultado se estableció que el registro del gasto quedó soportado en cinco pólizas de egresos y una de diario, derivado del tiempo programado para la revisión y del personal comisionado se revisó la totalidad de las pólizas de registro contable que amparan el presupuesto de 31,241.5 miles de pesos con cargo al capítulo 5000 “Bienes Muebles e Inmuebles”, a fin de verificar que contara con la documentación justificativa y comprobatoria del gasto.
Adicionalmente, se revisó los procesos de adjudicación de contratos y convenios suscritos por el FICENTRO, relacionados con el presupuesto ejercido con cargo a la partida
3802 “Espectáculos Culturales” y los capítulos 4000 “Ayudas, Subsidios, Aportaciones y Transferencias” y 5000 “Bienes Muebles e Inmuebles”, para lo cual se consideró lo siguiente:
Partida 3802 “Espectáculos Culturales”
En relación con dicha partida, el FICENTRO adjudicó un total de 27 contratos y 3 convenios. De dichos procesos se realizó lo siguiente:
1. Se verificó el proceso de adjudicación de los 27 contratos y 3 convenios relacionados con la partida de gasto.
2. Se realizaron pruebas para verificar el cumplimiento de los contratos suscritos.
Capítulo 4000 “Ayudas, Subsidios, Aportaciones y Transferencias”
En relación con la partida 4108 “Ayudas y Donativos a Instituciones sin Fines de Xxxxx”, el FICENTRO celebró un total de 20 convenios de colaboración con instituciones públicas y privadas sin fines de lucro para el otorgamiento de ayudas económicas. De dichos convenios se realizó lo siguiente:
1. Se verificó el proceso de suscripción de la totalidad de los mismos.
2. Se llevaron a cabo pruebas para verificar el cumplimiento de los convenios suscritos.
Respecto a la partida 4112 “Otras Ayudas”, la entidad llevó a cabo 231 acuerdos de
colaboración para el otorgamiento de ayudas económicas. Su identificación es la siguiente:
Tipo de ayuda Número de acuerdos
de colaboración
Ayuda económica a vecinos del Centro Histórico de las calles Xxxxxxxx Xxxxxx,
Xxxxxx, Academia, Mesones y Xxxxxxx Xxxxx para restaurar sus fachadas 84
Ayuda económica a operadores de ciclotaxis en el Centro Histórico 121
Ayuda económica a comerciantes del Centro Histórico para contratar una fianza
de crédito grupal para la adquisición de sus mercancías 1
Ayuda económica a propietarios de fondas en la xxxxx Xxxxxx-Xxxxxxxxx
del Centro Histórico para reparar los desperfectos 24
Ayuda al Instituto Nacional xx Xxxxxx Artes y Literatura para la restauración
de los murales del mercado “Xxxxxxxx X. Xxxxxxxxx” 0
Total 231
De los acuerdos de colaboración correspondientes a las ayudas señaladas en el cuadro anterior, se realizó lo siguiente:
1. Se verificó el proceso de suscripción de la totalidad de los mismos.
2. Se llevaron a cabo pruebas para verificar el cumplimiento de los acuerdos suscritos.
Capítulo 5000 “Bienes Muebles e Inmuebles”
En relación con las partidas 5104 “Bienes Artísticos y Culturales” y 5303 “Vehículos y Equipo Destinados a Servicios Públicos y la Operación de Programas Públicos”, el FICENTRO suscribió dos contratos asignados mediante el proceso de adjudicación directa por excepción a la licitación pública. Al respecto, se realizó lo siguiente:
1. Se verificó el proceso de adjudicación de los dos contratos relacionados con las partidas 5104 “Bienes Artísticos y Culturales” y 5303 “Vehículos y Equipo Destinados a Servicios Públicos y la Operación de Programas Públicos”.
2. Se llevaron a cabo pruebas para verificar el cumplimiento de los contratos suscritos.
Respecto a la partida 5701 “Edificios y Locales”, la entidad adquirió dos inmuebles, por lo que se revisó su procedimiento de enajenación.
RESULTADOS
1. Resultado
De acuerdo con el Informe de Cuenta Pública de 2009, el FICENTRO contó para el capítulo 3000 “Servicios Generales” con una asignación original de 36,659.8 miles de pesos, el cual se incrementó mediante 40 afectaciones presupuestarias, de las cuales 28 fueron compensadas, y 12 líquidas, por un importe neto de 45,859.1 miles de pesos, equivalente al 125.1% en relación con el presupuesto original del capítulo, con lo cual el presupuesto modificado se ubicó en 82,518.9 miles de pesos. El presupuesto ejercido fue de 76,956.4 miles de pesos, en consecuencia la entidad dejó de ejercer 5,562.5 miles de pesos (6.7% del modificado).
En el análisis de las afectaciones presupuestarias relacionadas con el capítulo 3000 “Servicios Generales”, se determinó que la causa principal para que se incrementara el presupuesto original fue para hacer frente al pago de eventos culturales con cargo a la partida 3802 “Espectáculos Culturales”, en particular para el evento “Magia de la Navidad” llevado a cabo en diciembre de 2009 en el Zócalo de la Ciudad de México, así como para los eventos realizados de manera conjunta con la Coordinación para los Festejos del Bicentenario de la Independencia y Centenario de la Revolución en la Ciudad de México, en cumplimiento a las atribuciones conferidas al FICENTRO mediante el noveno convenio modificatorio del contrato del fideicomiso.
Según la Cuenta Pública de 2009, el capítulo 4000 “Ayudas, Subsidios, Aportaciones y Transferencias” contó con una asignación original de 21,553.5 miles de pesos, la cual se incrementó en un importe neto de 13,088.2 miles de pesos, mediante 27 afectaciones presupuestarias (14 compensadas y 13 líquidas). Por ello, el presupuesto modificado de dicho capítulo fue de 34,641.7 miles de pesos, mientras que el ejercido ascendió a 32,456.5 miles de pesos (93.7% del modificado). La entidad dejó de ejercer 2,185.2 miles de pesos (6.3% del presupuesto modificado).
En el análisis de las afectaciones presupuestarias relacionadas con el capítulo 4000 “Ayudas, Subsidios, Aportaciones y Transferencias”, se determinó que la causa principal de la ampliación del presupuesto original obedeció al incremento en las ayudas otorgadas para la ejecución de proyectos relacionados con los festejos del Xxxxxxxxxxxx xx xx Xxxxxxxxxxxxx x Xxxxxxxxxx xx xx Xxxxxxxxxx xx xx Xxxxxx xx Xxxxxx.
Referente al capítulo 5000 “Bienes Muebles e Inmuebles”, en la Cuenta Pública de 2009 no se reportó asignación presupuestal original. Mediante 12 afectaciones presupuestarias (11 líquidas y una compensada), se asignaron recursos por 31,304.3 miles de pesos, de los cuales el FICENTRO ejerció 31,241.5 miles de pesos (99.8% del presupuesto modificado).
En el análisis de las afectaciones presupuestarias relacionadas con el capítulo 5000 “Bienes Muebles e Inmuebles”, se determinó que la asignación de recursos autorizada fue para la compra de una colección de 56 bancas artístico-culturales, y para el pago del anticipo por la adquisición de los predios ubicados en las calles de Brasil núm. 74 y de Paraguay núms. 35 y 37.
En todos los casos se comprobó que las afectaciones presupuestarias correspondientes a los capítulos 3000 “Servicios Generales”, 4000 “Ayudas, Subsidios, Aportaciones y Transferencias” y 5000 “Bienes Muebles e Inmuebles” fueron debidamente elaboradas por el FICENTRO; autorizadas vía electrónica mediante el Sistema Institucional de Control de Egresos (SICE), por la SF por medio de las Direcciones Generales de Egresos (en el caso de las compensadas), y de Política Presupuestal (en el caso de las líquidas); y que contaron con su correspondiente justificación y afectación programática, conforme al numeral 3, apartado IV.3.3, “Adecuaciones Programático-Presupuestarias”, del Manual de Normas y Procedimientos Presupuestarios para la Administración Pública del Distrito Federal vigente en 2009, el cual indica que “las APP’s se instrumentarán mediante adecuación presupuestaria, adecuación programática y justificación”.
Asimismo, se constató que el importe reportado por el FICENTRO en la Cuenta Pública de 2009 como presupuesto original coincide con el que le fue comunicado por la Subsecretaría de Egresos de la SF mediante el oficio núm. SE/269/2009 del 19 de enero de 2009; y que las cifras que fueron integradas por el personal de auditoría como presupuestos modificado y ejercido, corresponden con las de la Cuenta Pública citada, sin que se detectaran diferencias.
2. Resultado
Con fecha 17 xx xxxxxx de 2009, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) y el Gobierno del Distrito Federal (GDF) firmaron un convenio para que la primera otorgara subsidios con recursos federales xxx Xxxx General 23 “Provisiones Salariales y Económicas”. Al analizar el convenio citado y sus anexos, se identificó lo siguiente:
1. En la cláusula segunda “Monto de los Recursos” del convenio se estableció que, la SHCP entregaría recursos al GDF por un importe de 200,000.0 miles de pesos por concepto de subsidios; y en la tercera, “Cuenta registrada ante la Tesorería de la Federación”, se precisó que el GDF deberá contar con una cuenta bancaria productiva, específica y exclusiva para la identificación, registro y control de los recursos obtenidos y sus rendimientos.
2. La cláusula quinta “Comprobación de la Entrega de los Subsidios” del mismo documento, señala que el GDF, por conducto de la SF, se compromete a entregar a la SHCP recibo oficial para acreditar la entrega de los recursos.
3. El anexo núm. 1 “Listado de Programas y Proyectos” del convenio, indica las instancias responsables de la ejecución de los recursos, los proyectos por realizar y los montos asignados a cada uno de ellos. En particular, se asignó al FICENTRO un importe de 146,079.7 miles de pesos, el cual se destinaría para el apoyo al cumplimiento de sus fines y para el programa “Rehabilitación de Fachadas”.
4. En el anexo núm. 2 “Calendario de Ministraciones”, se indica que la entrega de recursos al GDF se realizaría en dos exhibiciones de 100,000.0 miles de pesos cada una, la primera en octubre y la segunda en noviembre, ambas en el ejercicio de 2009. De dichos montos, correspondieron al FICENTRO 73,039.85 miles de pesos por cada exhibición; y en el anexo núm. 3 “Calendario de Ejecución”, se establece que los proyectos aprobados que deberían ser ejecutados en los ejercicios fiscales de 2009 y de 2010.
En la revisión del cumplimiento establecido en el convenio mencionado y sus anexos, se obtuvieron los siguientes resultados:
1. Mediante el oficio núm. DGCNCP/0154/2011 del 21 de enero de 2011, la Dirección General de Contabilidad, Normatividad y Cuenta Pública, dependiente de la SF, proporcionó copia de los estados de cuenta bancarios, en los cuales se acreditó que la Tesorería de la Federación (TESOFE) transfirió al GDF recursos líquidos por 200,000.0 miles de pesos, a la cuenta de Banca Afirme, S.A., abierta por la SF específicamente para el manejo exclusivo de los recursos xxx Xxxx General 23 “Provisiones Salariales y Económicas”, de conformidad con lo establecido en las cláusulas segunda y tercera del convenio.
2. Se comprobó que la SF entregó a la TESOFE los recibos de entero núms. 383 y 384 del 28 de octubre y del 11 de noviembre de 2009, respectivamente, por un importe de 100,000.0 miles de pesos cada uno, en sujeción a lo establecido en la cláusula xxxxxx xxx xxxxxxxx x xx xxxxx xxx. 0.
3. La Dirección General de Contabilidad, Normatividad y Cuenta Pública confirmó haber transferido al FICENTRO un monto de 146,079.7 miles de pesos de recursos federales xxx Xxxx General 23 “Provisiones Salariales y Económicas”, al amparo del convenio suscrito entre la SHCP y el GDF.
4. Con el oficio núm. FCH/DG/DAF/0737/2010 del 3 de diciembre de 2010, la Dirección de Administración y Finanzas en el FICENTRO informó que la entidad recibió dichos recursos federales (146,079.7 miles de pesos), de los cuales 58,398.6 miles de pesos se ejercieron en 2009 y 87,681.1 miles de pesos formaron parte del presupuesto autorizado para 2010. Al respecto, el FICENTRO proporcionó las Cuentas por Liquidar Certificadas (CLC) debidamente autorizadas que acreditan dicho procedimiento, lo anterior de conformidad con lo establecido en el anexo núm. 1 del convenio.
5. En la revisión de las afectaciones presupuestarias autorizadas por la SF, se determinó que de los recursos entregados al FICENTRO en 2009 provenientes xxx Xxxx General
23 “Provisiones Salariales y Económicas”, por 58,398.6 miles de pesos, el 50.1% (29,242.1 miles de pesos) se canalizaron al capítulo 5000 “Bienes Muebles e Inmuebles” y el 49.9% restante (29,156.5 miles de pesos) se destinó al capítulo 6000 “Obras Públicas”. Dicha distribución correspondió a lo estipulado en los anexos núms. 1 y 3 del convenio revisado.
6. El FICENTRO contó con el soporte documental que acredita la aprobación de dichos recursos y de su entrega, como fueron el convenio y sus anexos, CLC y afectaciones presupuestarias.
Como resultado de la revisión se concluye que la SHCP y el GDF cumplieron lo dispuesto en el convenio referido y sus anexos, sin que se determinaran observaciones.
3. Resultado
Durante 2009, el FICENTRO reportó en la Cuenta Pública un presupuesto ejercido en el capítulo 3000 “Servicios Generales” de 76,956.4 miles de pesos, el cual fue aplicado en 36 partidas de gasto, siendo la más representativa la 3802 “Espectáculos Culturales”
con 45,707.7 miles de pesos (59.4% del total ejercido en el capítulo), motivo por el cual se seleccionó para su revisión.
En el análisis del comportamiento presupuestal de dicha partida, se observó que el monto ejercido durante 2009 fue superior en 38,349.6 miles de pesos (521.2%) respecto al de 2008 cuando alcanzó un importe de 7,358.1 miles de pesos. En relación con el presupuesto original el incremento fue de 1,977.6% al pasar de 2,200.0 miles de pesos a 45,707.7 miles de pesos.
Derivado de la auditoría practicada, se determinó que el incremento reflejado en el presupuesto ejercido de un año a otro obedeció a que el FICENTRO efectuó mayores gastos en eventos culturales, principalmente en el evento “Magia de la Navidad”, el cual se llevó a cabo en diciembre en el Zócalo de la Ciudad de México, así como al desarrollo, montaje y logística del proyecto “Museo Huellas de la Vida”.
Con el propósito de comprobar que los pagos realizados por la entidad con cargo a la partida 3802 “Espectáculos Culturales” correspondieran con las condiciones pactadas en los contratos suscritos, que se contara con la documentación justificativa y comprobatoria, que los servicios fueran debidamente prestados y devengados y que su registro contable y presupuestal se realizara conforme a la normatividad aplicable, se verificó la documentación contenida en 118 pólizas (97 de egresos y 21 de diario). Los resultados obtenidos fueron los siguientes:
1. La entidad contó con la suficiencia presupuestal para llevar a cabo las erogaciones aplicadas a la partida sujeta a revisión. En todos los casos, el Comité Técnico del FICENTRO aprobó los acuerdos mediante los cuales autorizó la realización de los eventos contratados y, en su caso, la adquisición de bienes.
2. El FICENTRO contó con la documentación justificativa (contratos y convenios) y comprobatoria del gasto (facturas y recibos de honorarios); y con la evidencia que acredita la prestación del servicio (material audiovisual, notas periodísticas y reportes de actividades), y la entrega de los bienes adquiridos, en sujeción a lo establecido en el artículo 381 del Código Financiero del Distrito Federal vigente en 2009. Se comprobó
que la documentación comprobatoria cumplió los requisitos fiscales establecidos en el Código Fiscal de la Federación.
3. Se constató que el pago realizado por el FICENTRO a los proveedores y prestadores de servicios se efectuó por medio de cheque nominativo o por medio de transferencia electrónica por los montos establecidos en los contratos y convenios, sin que se determinaran diferencias.
4. Se realizó compulsa con cinco prestadores de servicios a quienes el FICENTRO realizó pagos por un monto de 39,474.8 miles de pesos (86.4% del total ejercido en la partida). Como resultado, se obtuvo la confirmación de haber suscrito los contratos, prestado los servicios y haber recibido el pago respectivo, sin que se determinaran diferencias respecto de la información proporcionada por la entidad.
5. En la revisión de los registros contable y presupuestal, no se determinaron diferencias, constatando que en todos los casos las pólizas revisadas contaron con las firmas de los servidores públicos responsables de su elaboración, revisión y autorización.
6. El registro contable de las operaciones revisadas se ajustó al Manual de Contabilidad del FICENTRO que incluye, el Catálogo de Cuentas, la Guía Contabilizadora, el Instructivo para el Manejo de Cuentas y el Convertidor Contable-Presupuestal; y, el presupuestal, al Clasificador por Objeto del Gasto para el Gobierno del Distrito Federal.
4. Resultado
Durante 2009, el FICENTRO ejerció un presupuesto de 32,456.5 miles de pesos con cargo al capítulo 4000 “Ayudas, Subsidios, Aportaciones y Transferencias”, cuya integración por partida es la siguiente:
(Miles de pesos y por cientos)
Partida | Importe | % | ||
4108 “Ayudas y Donativos a Instituciones sin Fines de Lucro” | 26,260.2 | 80.9 | ||
4112 “Otras Ayudas” | 6,196.3 | 19.1 | ||
Total | 32,456.5 | 100.0 |
Al analizar el comportamiento presupuestal de dicho capítulo, se observó que el monto ejercido durante 2009 fue inferior en 23,441.5 miles de pesos (41.9%) respecto al de 2008 que fue de 55,898.0 miles de pesos. En relación con el presupuesto original, el ejercido fue superior en 10,903.0 miles de pesos (50.6%).
Derivado de la auditoría practicada, se determinó que el incremento reflejado en el presupuesto ejercido de un año a otro se debió, principalmente, al otorgamiento de ayudas a diversas organizaciones para la realización de proyectos relacionados con los festejos del Bicentenario de la Independencia y Centenario de la Revolución Mexicana.
Con el propósito de comprobar que las ayudas otorgadas por la entidad con cargo al capítulo 4000 “Ayudas, Subsidios, Aportaciones y Transferencias” correspondieron con los acuerdos aprobados por el Comité Técnico del FICENTRO; que se contó con la documentación justificativa y comprobatoria; y que su registro contable y presupuestal se llevó a cabo conforme a la normatividad aplicable, se verificó la documentación correspondiente a cada partida de gasto. Los resultados obtenidos fueron los siguientes:
En la partida 4108 “Ayudas y Donativos a Instituciones sin Fines de Luxxx” con presupuesto
ejercido de 26,260.2 miles de pesos, se determinó:
1. La entidad contó con la suficiencia presupuestal para llevar a cabo las erogaciones aplicadas a la partida sujeta a revisión. En todos los casos, el Comité Técnico del FICENTRO aprobó los acuerdos mediante los cuales autorizó la entrega de ayudas económicas a las diferentes instituciones públicas y privadas sin fines de lucro.
2. La entidad contó con la documentación justificativa (acuerdos del Comité Técnico del FICENTRO con los cuales se autorizó el otorgamiento de las ayudas económicas y de los acuerdos de colaboración suscritos con los beneficiarios de dichas ayudas) y comprobatoria del gasto (recibos de ayudas económicas), de acuerdo con lo establecido en el artículo 381 del Código Financiero del Distrito Federal vigente en 2009.
3. Se constató que las ayudas económicas otorgadas por el FICENTRO, se efectuaron por medio de cheque nominativo por los montos establecidos en los acuerdos aprobados
por el Comité Técnico y en los acuerdos de colaboración suscritos con los beneficiarios, sin que se determinaran diferencias.
4. Se realizó compulsa con cuatro instituciones a las que el FICENTRO otorgó ayudas, por un monto de 14,556.3 miles de pesos (55.4% del total ejercido en la partida). Se confirmó que suscribieron los acuerdos de colaboración correspondientes, y recibieron la ayuda económica respectiva, sin que se determinaran diferencias respecto de la información proporcionada por la entidad.
En la partida 4112 “Otras Ayudas” con presupuesto ejercido de 6,196.3 miles de pesos, se determinó:
1. La entidad contó con la suficiencia presupuestal para llevar a cabo las erogaciones aplicadas a la partida sujeta a revisión. En todos los casos, el Comité Técnico del FICENTRO aprobó los acuerdos mediante los cuales autorizó la entrega de ayudas económicas.
2. La entidad contó con la documentación justificativa (acuerdos del Comité Técnico del FICENTRO con los cuales se autorizó el otorgamiento de las ayudas económicas y de los acuerdos de colaboración suscritos con los beneficiarios de dichas ayudas) y comprobatoria del gasto (recibos de ayudas económicas), de acuerdo con lo establecido en el artículo 381 del Código Financiero del Distrito Federal, vigente en 2009.
3. Se constató que las ayudas económicas otorgadas por el FICENTRO se efectuaron por medio de cheque nominativo por los montos establecidos en los acuerdos aprobados por el Comité Técnico y en los acuerdos de colaboración suscritos con los beneficiarios, sin que se determinaran diferencias.
En el registro contable y presupuestal de las operaciones con cargo al capítulo 4000 “Ayudas, Subsidios, Aportaciones y Transferencias”, con un presupuesto ejercido de 32,456.5 miles de pesos, se determinó:
De acuerdo con el Clasificador por Objeto del Gasto para el Gobierno del Distrito Federal,
en la partida 4108 “Ayudas y Donativos a Instituciones sin Fines de Luxxx” se deben
registrar las “asignaciones en dinero o en especie destinadas a instituciones privadas sin fines de lucro, que presten servicios de carácter social y cultural, tales como escuelas, institutos, universidades, centros de investigación, hospitales, museos, etc.”; y en la 4112 “Otras Ayudas” se deben registrar las “asignaciones de la Administración Pública del Distrito Federal que se destinan a cubrir otro tipo de ayudas distintas a las consideradas en las demás partidas de este concepto”.
En la revisión de los registros contable y presupuestal de las operaciones efectuadas por el FICENTRO con cargo al capítulo 4000 “Ayudas, Subsidios, Aportaciones y Transferencias”, se constató que en general la entidad se ajustó a lo dispuesto en su Manual de Contabilidad y en el Clasificador por Objeto del Gasto para el Gobierno del Distrito Federal, respectivamente, ya que se comprobó que a nivel capítulo no presentaron diferencias entre un registro y otro. Sin embargo, a nivel partida se detectó lo siguiente:
1. Presupuestalmente la partida 4108 “Ayudas y Donativos a Instituciones sin Fines de Luxxx” reflejó un monto menor de 132.9 miles de pesos en relación con el registro contable; mientras que la partida 4112 “Otras Ayudas” reflejó dicho importe en demasía.
De acuerdo con registros contables y con auxiliares presupuestales la partida 4108 “Ayudas y Donativos a Instituciones sin Fines de Lucro” reflejó un presupuesto ejercido de 26,393.1 miles de pesos; sin embargo, según las afectaciones presupuestales autorizadas por la SF y lo reportado en la Cuenta Pública de 2009, el monto ejercido fue de 26,260.2 miles de pesos, arrojando una diferencia de menos 132.9 miles de pesos.
Por su parte, la partida 4112 “Otras Ayudas” reflejó un importe ejercido de 6,063.4 miles de pesos de acuerdo con los registros contables y auxiliares presupuestales, y de 6,196.3 miles de pesos según afectaciones presupuestales y Cuenta Pública, presentándose una diferencia de 132.9 miles de pesos. El FICENTRO omitió elaborar la afectación programática compensada relativa a la diferencia citada, a fin de que las partidas mencionadas reflejaran correctamente su presupuesto ejercido. Su integración fue como sigue:
(Miles de pesos)
Registro
Partida Contable Presupuestal Diferencia
4108 “Ayudas y Donativos a Instituciones sin Fines de Luxxx” | 26,393.1 | 26,260.2 | –132.9 | |
4112 “Otras Ayudas” | 6,063.4 | 6,196.3 | 132.9 | |
Total | 32,456.5 | 32,456.5 |
Al respecto, mediante el oficio núm. FCH/DG/DAF/771/2010 del 22 de diciembre de 2010, la Dirección de Administración y Finanzas en el FICENTRO informó que al elaborar la conciliación presupuestal en febrero de 2010 se había detectado la diferencia referida; sin embargo, ya se habían cerrado las posibilidades de elaborar la afectación presupuestaria compensada correspondiente, por lo que no se pudo subsanar la diferencia, y reiteró que los registros contables fueron los correctos.
Por ello, el FICENTRO incumplió el numeral 6, apartado IV.3.3, “Adecuaciones Programático Presupuestarias”, del Manual de Normas y Procedimientos Presupuestarios para la Administración Pública del Distrito Federal, el cual señala que “las UR’s y Órganos Autónomos deberán elaborar y enviar por el sistema electrónico las APP’s compensadas a la DGE correspondiente, para su revisión, autorización y registro en el sistema presupuestario de cómputo, a más tardar el día 25 de cada mes”.
2. El FICENTRO registró en la partida 4112 “Otras Ayudas” un monto de 289.5 miles de pesos, que correspondió al pago por concepto de seguro de responsabilidad civil, relativo a los ciclotaxis que operan en el Centro Histórico de la Ciudad de México. De acuerdo con el Clasificador por Objeto del Gasto para el Gobierno del Distrito Federal dicho importe debió cargarse a la partida 3404 “Seguros”, ya que en ésta se registran las “asignaciones destinadas a cubrir las primas por concepto de seguros contra robo, incendio y demás riesgos, contingencias a que pueden estar sujetos los materiales, bienes muebles e inmuebles, así como todo tipo de valores, propiedad o al servicio de las dependencias, órganos desconcentrados, delegaciones y entidades de la Administración Pública del Distrito Federal, que estén registrados en los activos”.
Sobre el particular, mediante el oficio núm. FCH/DG/DAF/785/2010 del 27 de diciembre de 2010, la Dirección de Administración y Finanzas en el FICENTRO informó que
“por un lamentable error se registró en la partida 4112 ‘Otras Ayudas’ el pago de los seguros de los ciclotaxis en lugar de la partida 3404 ‘Seguros’”.
3. Se detectó que la entidad registró con cargo a la partida 4112 “Otras Ayudas” un importe de 62.1 miles de pesos que correspondió al pago del arrendamiento de espacios para ciclotaxis (pensión), el cual debió cargarse a la partida 3210 “Otros Arrendamientos”, ya que de acuerdo con el Clasificador por Objeto del Gasto para el Gobierno del Distrito Federal en esta partida se incluyen los “arrendamientos distintos de los señalados en las partidas precedentes de este concepto, como son las pensiones de estacionamiento, entre otros”.
Respecto de las operaciones mencionadas en los numerales 2 y 3 del presente resultado, la Dirección de Administración y Finanzas en el FICENTRO incumplió el Clasificador por Objeto del Gasto para el Gobierno del Distrito Federal, y en el artículo 458 del Código Financiero del Distrito Federal vigente en 2009, que señala: “El gasto público del Distrito Federal que ejerzan los órganos locales de gobierno […] y entidades a que se refiere el artículo 457 de este Código, se ajustará al monto autorizado para los programas, capítulos, conceptos y, en su caso, partidas presupuestales, conforme al Clasificador por Objeto del Gasto, a las previsiones de este Código y del Presupuesto de Egresos”.
4. Con base en la documentación soporte que acredita las autorizaciones emitidas por el Comité Técnico del FICENTRO para el otorgamiento de las ayudas; y en las omisiones y errores de registro señaladas en los numerales anteriores, la Dirección General de Auditoría a Entidades Públicas y Órganos Autónomos de la CMHALDF determinó que el presupuesto ejercido en las dos partidas del capítulo 4000 “Ayudas, Subsidios, Aportaciones y Transferencias” y que la entidad no reportó en Cuenta Pública fue el siguiente:
(Miles de pesos)
Partida Presupuesto
ejercido
4108 “Ayudas y Donativos a Instituciones sin Fines de Lucro” 26,393.1
4112 “Otras Ayudas” 5,711.8
Total 32,104.9
5. En todos los casos las pólizas revisadas contaron con las firmas de los servidores públicos responsables de su elaboración, revisión y autorización.
6. Con excepción de los aspectos señalados, el registro contable de las operaciones revisadas se ajustó al Manual de Contabilidad del FICENTRO; y, el presupuestal, al Clasificador por Objeto del Gasto para el Gobierno del Distrito Federal.
La reunión de confronta se llevó a cabo el día 8 xx xxxxx de 2011, sin que en ésta el FICENTRO hubiese presentado información adicional. Por ello, el resultado no se modifica.
Recomendación AEPOAprof-102-09-01-FICENTRO
Es necesario que el Fideicomiso Centro Histórico de la Ciudad de México, por conducto de la Dirección de Administración y Finanzas, establezca medidas de control para garantizar que se elaboren en tiempo y forma las afectaciones programáticas compensadas y que éstas se envíen por el sistema electrónico a la Dirección General de Egresos dependiente de la Secretaría de Finanzas, de conformidad con lo establecido en el Manual de Normas y Procedimientos Presupuestarios para la Administración Pública del Distrito Federal.
Recomendación AEPOAprof-102-09-02-FICENTRO
Es necesario que el Fideicomiso Centro Histórico de la Ciudad de México, por conducto de la Dirección de Administración y Finanzas, implante medidas de control para garantizar que el registro de las erogaciones se efectúe atendiendo a su naturaleza, de conformidad con el Clasificador por Objeto del Gasto para el Gobierno del Distrito Federal.
5. Resultado
Durante 2009, el FICENTRO reportó un presupuesto ejercido en el capítulo 5000 “Bienes Muebles e Inmuebles” de 31,241.5 miles de pesos, el cual se aplicó por medio de tres partidas de gasto. Su identificación fue la siguiente:
(Miles de pesos y por cientos)
Partida | Importe | % | ||
5104 “Bienes Artísticos y Culturales” | 16,492.1 | 52.8 | ||
5303 “Vehículos y Equipo destinados a Servicios Públicos y la Operación de Programas Públicos” | 1,999.4 | 6.4 | ||
5701 “Edificios y Locales” | 12,750.0 | 40.8 | ||
Total | 31,241.5 | 100.0 |
En el análisis del comportamiento presupuestal de dicho capítulo, se observó que el monto ejercido durante 2009 fue superior en 18,825.1 miles de pesos (151.6%) respecto al de 2008 cuando alcanzó un importe de 12,416.4 miles de pesos.
Derivado de la auditoría practicada, se determinó que el incremento reflejado en el presupuesto ejercido del capítulo auditado de un año a otro, obedeció a que el FICENTRO adquirió los predios ubicados en las calles de Brasil núm. 74 y de Paraguay núms. 35 y 37, lo que motivó el pago del anticipo respectivo; y la colección de 56 bancas artísticas culturales y realizó el finiquito de la operación de compra de 132 triciclos eléctricos (ciclotaxis) y 42 juegos de baterías adquiridos en 2008.
Con el propósito de comprobar que los pagos realizados por la entidad con cargo al capítulo 5000 “Bienes Muebles e Inmuebles” se llevaron a cabo conforme a las condiciones pactadas en los contratos suscritos; que se contó con la documentación justificativa y comprobatoria; que los bienes fueron entregados en tiempo y forma; y que su registro contable y presupuestal se sujetó a la normatividad aplicable, se verificó la documentación correspondiente a cada partida de gasto. Los resultados obtenidos fueron los siguientes:
En la partida 5104 “Bienes Artísticos y Culturales” con presupuesto ejercido de 16,492.1 miles
de pesos, se determinó:
1. La entidad contó con la suficiencia presupuestal para llevar a cabo las erogaciones aplicadas a la partida sujeta a revisión. Asimismo, el Comité Técnico del FICENTRO aprobó el acuerdo con el cual se autorizó la adquisición de una colección de 56 bancas elaboradas por diversos artistas plásticos.
2. El FICENTRO contó con la documentación justificativa (contrato) y comprobatoria del gasto (facturas); y con la evidencia que acredita la entrega de los bienes adquiridos, en cumplimiento a lo establecido en el artículo 381 del Código Financiero del Distrito Federal vigente en 2009. Además, se constató que la documentación comprobatoria cumplió los requisitos fiscales establecidos en el Código Fiscal de la Federación.
3. El pago realizado por el FICENTRO al proveedor se efectuó por medio de cheque nominativo y por el monto establecido en el contrato, sin que se determinaran diferencias.
4. Se efectuó compulsa con el proveedor a quien el FICENTRO realizó el pago de 16,492.1 miles de pesos (100.0% del total ejercido en la partida). Como resultado, se confirmó la suscripción del contrato correspondiente y del pago respectivo, sin que se determinaran diferencias respecto de la información proporcionada por la entidad.
En la partida 5303 “Vehículos y Equipo destinados a Servicios Públicos y la Operación de
Programas Públicos”, con presupuesto ejercido de 1,999.4 miles de pesos, se determinó:
1. La entidad contó con la suficiencia presupuestal para la erogación aplicada a la partida sujeta a revisión. Asimismo, el Comité Técnico del FICENTRO aprobó la adquisición de 132 triciclos eléctricos (ciclotaxis) y 42 juegos de baterías. En 2009, la entidad cubrió el 20.0% de la operación (finiquito).
2. El FICENTRO contó con la documentación justificativa (contrato) y comprobatoria del gasto (facturas), y con la evidencia que acredita la entrega de los bienes adquiridos, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 381 del Código Financiero del Distrito Federal vigente en 2009. Además, se constató que la documentación comprobatoria cumplió los requisitos fiscales establecidos en el Código Fiscal de la Federación.
3. El pago realizado por el FICENTRO al proveedor se efectuó por medio de cheque nominativo y por el monto correspondiente al 20.0% por concepto del pago del finiquito por la adquisición de 132 triciclos eléctricos (ciclotaxis) y 42 juegos de baterías, de acuerdo con lo estipulado en el contrato, sin que se determinaran diferencias.
4. Se realizó compulsa con el proveedor a quien el FICENTRO realizó pagos por un monto de 1,999.4 miles de pesos (100.0% del total ejercido en la partida). Como resultado, se confirmó que se suscribió el contrato correspondiente y se realizó el pago respectivo, sin que se determinaran diferencias respecto de la información proporcionada por la entidad.
En la partida 5701 “Edificios y Locales”, con un presupuesto ejercido de 12,750.0 miles de pesos, se determinó:
1. La entidad contó con la suficiencia presupuestal para llevar a cabo las erogaciones aplicadas a la partida sujeta a revisión. Asimismo, el Comité Técnico del FICENTRO autorizó la adquisición de dos inmuebles: el primero, ubicado en la calle de Brasil núm. 74; y el segundo, en la calle de Paraguay núms. 35 y 37.
2. El FICENTRO contó con la documentación justificativa (contratos de compraventa) y comprobatoria del gasto (testimonios notariales de escrituras), de acuerdo con lo establecido en el artículo 381 del Código Financiero del Distrito Federal vigente en 2009.
3. Los pagos realizados por el FICENTRO por los inmuebles adquiridos, por un monto total de 12,750.0 miles de pesos, se efectuaron mediante cheque nominativo por el monto estipulado en cada uno de los contratos suscritos, sin que se determinaran diferencias.
En el registro contable y presupuestal de las operaciones con cargo al capítulo 5000 “Bienes Muebles e Inmuebles”, con un presupuesto ejercido de 31,241.5 miles de pesos, se determinó:
1. En la verificación de los registros contable y presupuestal de las operaciones revisadas por un importe de 31,241.5 miles de pesos con cargo al capítulo 5000 “Bienes Muebles e Inmuebles”, no se determinaron diferencias. Su registro se soportó con una póliza de diario y cinco de egresos. En todos los casos, las pólizas revisadas contaron con las firmas de los servidores públicos responsables de su elaboración, revisión y autorización.
2. Xxx xxxxx señalado, se comprobó que 1,999.4 miles de pesos (6.7%) se cubrió con recursos fiscales y 29,242.1 miles de pesos (93.6%) con recursos federales xxx Xxxx General 23 “Provisiones Salariales y Económicas”.
3. El registro contable de las operaciones revisadas se ajustó al Manual de Contabilidad del FICENTRO (que incluye el Catálogo de Cuentas, la Guía Contabilizadora, el Instructivo para el Manejo de Cuentas y el Convertidor Contable-Presupuestal): y el presupuestal que se sujetó al Clasificador por Objeto del Gasto para el Gobierno del Distrito Federal.
6. Resultado
En 2009, el FICENTRO ejerció un presupuesto de 45,707.7 miles de pesos con cargo a la partida 3802 “Espectáculos Culturales”. Dicho monto se ampara con la suscripción de 27 contratos y 3 convenios, cuya adjudicación se efectuó de la siguiente manera:
Tipo de adjudicación Número de contratos
o convenios
Adjudicación directa, por monto de actuación autorizado
de 220.0 miles de pesos 18
Adjudicación directa por excepción a la licitación pública 9
Convenios suscritos para reconocimiento de adeudo 3
Total 30
Con el propósito de comprobar que el FICENTRO hubiese adjudicado los contratos y convenios conforme lo establece la normatividad aplicable, se verificaron los expedientes con que contó la entidad para dicha partida, en los cuales se integró la documentación soporte de cada etapa relativa a los procesos de adjudicación llevados a cabo en 2009. Los resultados obtenidos fueron los siguientes:
En los 18 procesos de adjudicación directa por monto de actuación, se determinó:
1. El FICENTRO contó con la solicitud de los servicios, con la suficiencia presupuestal correspondiente y con la autorización respectiva de su Comité Técnico.
2. Se comprobó que los 18 contratos suscritos fueron adjudicados con fundamento en el artículo 55 de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal, y que en todos los casos se ajustaron al monto de actuación autorizado para este tipo de adjudicación, el cual fue de 220.0 miles de pesos.
3. Se constató que en los 18 casos de adjudicación directa por monto de actuación, el FICENTRO eximió a los prestadores de servicios de presentar la garantía de cumplimiento del contrato, lo anterior con base en el artículo 74 de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal.
En los nueve procesos de adjudicación directa por excepción a la licitación pública, se determinó:
1. El FICENTRO contó con la solicitud de los servicios y con la suficiencia presupuestal correspondiente. Además, en los nueve casos de las adjudicaciones directas por excepción a la licitación pública, la entidad presentó la justificación técnica elaborada por el área requirente y la autorización del titular de la entidad, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 54, penúltimo párrafo, de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal. También se contó con la autorización del Comité Técnico del FICENTRO.
2. Se comprobó que los nueve contratos suscritos fueron adjudicados con fundamento en el artículo 54, fracción XIII, de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal, que señala: “Las dependencias, órganos desconcentrados y entidades, bajo su responsabilidad, podrán contratar Adquisiciones, Arrendamiento y Prestación de Servicios a través de un proceso de invitación a cuando menos tres proveedores o por adjudicación directa cuando: […] XIII. La contratación de personas físicas y xxxxxxx de los que se adquieran bienes o proporcionen servicios de carácter cultural, artístico o científico, en los que no sea posible precisar la calidad, alcance o comparar resultados”.
3. Se constató que las adjudicaciones directas celebradas al amparo del artículo 54 de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal, contaron con la dictaminación del Subcomité de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios del FICENTRO, conforme al artículo 21, fracción VI, de la citada Ley.
4. Se constató que en los nueve casos, los prestadores de servicios presentaron en tiempo y forma al FICENTRO las pólizas de fianza para garantizar el cumplimiento de los contratos, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 75 de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal vigente en 2009.
En los tres convenios suscritos para reconocimiento de adeudo, se determinó:
De acuerdo con la información obtenida, el FICENTRO suscribió tres convenios administrativos de formalización, ratificación y reconocimiento de adeudo por la prestación de servicios, los cuales amparan pagos por la cantidad de 11,134.3 miles de pesos, de cuya revisión se observó lo siguiente:
1. El 16 de febrero de 2009, el FICENTRO y la empresa Espacio Comercial, S.A. de C.V., suscribieron el contrato de prestación de servicios núm. 005-2009, por un monto de 3,852.5 miles de pesos (IVA incluido), cuyo objeto fue la realización del diseño, producción y operación del evento de presentación correspondiente al programa de actividades de la Coordinación para los Festejos del Bicentenario de la Independencia y del Centenario de la Revolución en la Ciudad de México, así como el diseño, producción y operación de la carpa “Bi100 Bicentenario de la Ciudad de México”. Su vigencia se pactó del 16 de febrero al 30 xx xxxxx de 2009.
El 00 xx xxxxx xx 0000, xx Xxxxxxxxxxxx citada solicitó al FICENTRO realizar las gestiones necesarias para incrementar en 770.5 miles de pesos (IVA incluido), el monto original del contrato a fin de cubrir el incremento de los servicios inicialmente contratados.
El 30 xx xxxxx de 2009, el Comité Técnico del FICENTRO aprobó en su primera sesión ordinaria el acuerdo núm. SO/01/018/2009, mediante el cual se autorizó al FICENTRO llevar a cabo las gestiones necesarias para erogar recursos hasta por la cantidad de
770.5 miles de pesos (IVA incluido), destinados a incrementar los servicios relacionados con el contrato núm. 005-2009. Dicho importe equivale al 20.0% del monto contratado (sin IVA).
Debido a que la autorización de la suficiencia presupuestal relativa a dicha operación se obtuvo el 00 xx xxxxxxx xx 0000, xx Xxxxxxxxxxxx mencionada suscribió el 3 de noviembre de 2009 un acta circunstanciada para dejar constancia de la prestación y recepción de los servicios, y del reconocimiento del adeudo respectivo. La suscripción de dicha acta se fundamentó en el artículo 84 de la Ley
de Adquisiciones para el Distrito Federal, el cual dispone que “no será motivo de responsabilidad administrativa para los servidores haber incurrido en la infracción por causa de fuerza mayor o de caso fortuito o cuando se observe de forma espontánea el precepto que se hubiese dejado de cumplir. No se considerará que el cumplimiento es espontáneo cuando medie requerimiento, auditoría, revisión, visita, excitativa o cualquier otra gestión efectuada por la Contraloría General, órgano de control interno o cualquier otro órgano fiscalizador”.
Con base en el acta mencionada, el 18 de noviembre de 2009 el FICENTRO y la empresa Espacio Comercial, S.A. de C.V., suscribieron el convenio administrativo de formalización, ratificación y reconocimiento de adeudo por el aumento en tiempo de la prestación de servicios para el desarrollo del proyecto de la carpa “Bi100 Bicentenario de la Ciudad de México” por un monto de 770.5 miles de pesos (IVA incluido). El pago se efectuó mediante cheque nominativo por el monto citado. La entidad contó con la evidencia que acredita la prestación de los servicios.
2. El 20 de noviembre de 2009, el Director General, la Directora de Administración y Finanzas, el Subdirector Técnico Jurídico y el Jefe de Unidad Departamental de Recursos Humanos y Materiales del FICENTRO, suscribieron un acta circunstanciada con objeto de dejar constancia de diversos antecedentes, hechos y consideraciones relativas a la contratación de los servicios de la empresa Primer Nivel Eventos y Publicidad,
S.A. de C.V., correspondientes al desarrollo, montaje y logística del proyecto “Museo Huellas de la Vida”, así como el montaje del panel del Plan Verde y la implementación de las medidas preventivas para la influenza dentro del mismo evento, que se desarrolló durante el período del 22 xx xxxx al 4 xx xxxxxx de 2009. En dicha acta se dejó asentado los motivos de su contratación entre otros puntos se abordaron los siguientes:
a) Dada la premura existente debido al apoyo del Jefe de Gobierno del Distrito Federal y la publicidad en los medios el proyecto, así como ante un eventual riesgo de que por falta de contratación y de los pagos correspondientes, no hubiera sido posible llevar a cabo el montaje y producción del proyecto “Museo Huellas de la Vida”, el FICENTRO solicitó a la empresa Primer Nivel Eventos y Publicidad,
S.A. de C.V., la prestación de los servicios.
b) Por los tiempos que se requieren para realizar diversos trámites antes de la formalización de un contrato y las circunstancias que rodearon el proyecto, hubiere sido imposible tenerlo suscrito antes de las fechas programadas para el desarrollo del mismo.
c) Debido al brote y la alerta sanitaria ocasionada por el virus AH1NI durante el desarrollo del evento, se tuvieron que implementar medidas urgentes para evitar un posible contagio de dicho virus dentro del museo, como la entrega de guantes, mascarillas y la instalación de depósitos con alcohol en gel para desinfección de las manos, lo cual significó un gasto extra para la empresa citada.
d) Dentro del evento se instaló el panel del Plan Verde, el cual presentaba estrategias y acciones para la Ciudad de México para una probable sustentabilidad en su desarrollo, y continúe como un espacio adecuado para sus habitantes.
e) Los servicios fueron prestados a satisfacción de la Dirección General del FICENTRO.
f) El acta mencionada se levantó con fundamentó en el artículo 84 de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal.
El 10 de noviembre de 2009, el Comité Técnico del FICENTRO aprobó en su novena sesión extraordinaria el acuerdo núm. SE/09/009/2009, mediante el cual se autorizó a la entidad para que, conforme a la normatividad vigente, llevara a cabo las gestiones necesarias ante la SF para obtener la autorización de una ampliación líquida de recursos hasta por la cantidad de 10,300.0 miles de pesos para la partida 3802 “Espectáculos Culturales”. Dicha ampliación presupuestaria se otorgó el 17 de noviembre de 2009.
Con base en el acta mencionada, y debido a que la entidad contó con la suficiencia presupuestal y con el acuerdo del Comité Técnico del 15 de diciembre de 2009, el FICENTRO y la empresa Primer Nivel Eventos y Publicidad, S.A. de C.V., suscribieron el convenio administrativo de formalización, ratificación y reconocimiento de adeudo por la prestación de servicios correspondientes al desarrollo, montaje y logística del proyecto “Museo Huellas de la Vida”, así como el montaje del panel del Plan Verde y la implementación de las medidas preventivas contra la influenza dentro del mismo
evento, todo ello por un monto de 10,216.6 miles de pesos (IVA incluido). El pago se efectuó mediante cheque nominativo por el monto citado.
En la reunión de confronta celebrada el 8 xx xxxxx de 2011, mediante el oficio núm. FCH/DG/088/2011 de la misma fecha, el FICENTRO informó las causas y justificaciones relacionadas con dicha operación, a saber:
a) Cuando dio inicio la prestación de los servicios correspondientes al desarrollo, montaje y logística del proyecto “Museo Huellas de la Vida”, así como el montaje del panel del Plan Verde y la implementación de las medidas preventivas contra la influenza dentro del mismo, señala el FICENTRO, no se contaba con suficiencia presupuestal, por lo que legalmente estaban impedidos para formalizar un contrato en los términos de los artículos 54, 55 y 57 de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal, quedando claro, indica la cantidad, que el artículo 28 de la citada Ley establece que solamente se podrá contratar una adquisición de un bien o de un servicio cuando se cuente con los recursos disponibles.
b) De la misma forma, el FICENTRO establece que se encontraba impedido para convocar al Subcomité de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios, ya que dicho órgano colegiado no puede autorizar una contratación bajo caso de excepción a la licitación pública, si no se cuenta con la suficiencia presupuestal tal y como está prevista en el artículo 28 de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal.
c) La decisión de elegir a la empresa Primer Nivel, S.A. de C.V. para que llevara a cabo la prestación de los servicios, comenta la entidad se fundó en la circunstancia de que la misma fue la creadora del concepto “Huellas de las Vida”, por lo que no fue posible realizar un sondeo xx xxxxxxx u obtener cotizaciones con otros prestadores de servicios, para efectuar un comparativo de costos, ya que la citada empresa era la única que podía realizar tal evento.
d) Para sustentar el numeral anterior, la entidad presentó tres escritos de la empresa Primer Nivel, S.A. de C.V., dirigidos al Director General del FICENTRO. En el primero, se informa que el proyecto “Museo Huellas de la Vida” es un concepto desarrollado
y creado por dicha empresa, además comunica detalladamente acerca de los temas que se incluirán en el desarrollo de dicho proyecto. En el segundo y tercero escritos, se proporcionaron las cotizaciones de bienes y servicios necesarios para llevar a cabo el citado proyecto y se establecieron las medidas preventivas contra la influenza AH1N1 dentro del museo, además se solicitó al Director General del FICENTRO una carta en la cual se comprometiera a cubrir el monto total de los bienes y servicios prestados.
e) En consecuencia, el FICENTRO presentó una carta compromiso del 20 xx xxxx de 2009 firmada por su Director General, dirigida a la empresa Primer Nivel,
S.A. de C.V., en la cual se mencionó que el fideicomiso se comprometía a cubrir todos los gastos en los que incurriera la empresa a fin de que proporcionara medidas preventivas contra la influenza a los visitantes dentro del “Museo Huellas de la Vida”, y los relacionados al montaje y desarrollo del panel del Plan Verde y la logística del museo.
f) Con motivo de los servicios proporcionados la empresa Primer Nivel, S.A. de C.V., emitió los informes mensuales del 18 xx xxxxx, 18 de julio y 18 xx xxxxxx de 2009, acerca del registro de asistencia aproximada al evento por día. También se comunicó del número de personas atendidas por el servicio médico, el número de cubrebocas distribuidos, entre otra información.
g) El FICENTRO presentó un reporte final elaborado por la empresa citada con diversa evidencia documental de todos los servicios que esta última prestó, la cotización final por los mismos y la solicitud para que el adeudo se cubriera a la brevedad, el cual ascendió a 10,216.6 miles de pesos.
h) El FICENTRO reiteró que este gasto fue regularizado en forma espontánea como un caso de excepción, conforme al artículo 84, de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal, por lo que la entidad contó con el acta circunstanciada suscrita por el titular de la entidad mediante la cual se realizó el reconocimiento expreso de que los servicios fueron prestados a satisfacción de la entidad; con el convenio de formalización, ratificación y reconocimiento de adeudo formalizado con el proveedor; y con la factura que ampara los gastos.
En el análisis de la información proporcionada por la entidad en el transcurso de la auditoría y en la reunión de confronta, la Dirección General de Auditoría a Entidades Públicas y Órganos Autónomos de la CMHALDF determinó lo siguiente:
a) La entidad acreditó documentalmente los motivos del porqué no adjudicó el contrato por la vía de un proceso de licitación pública, siendo que, a la fecha en que se solicitaron los servicios, la entidad no contaba con suficiencia presupuestal, por tanto, no estaba en posibilidades de formalizar un contrato, como se indica en el artículo 28 de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal. Así como la titularidad del proyecto “Museo Huellas de la Vida” correspondía exclusivamente a la empresa Primer Nivel, S.A. de C.V., por lo que no fue posible solicitar a otra empresa la prestación de servicios ni realizar un sondeo xx xxxxxxx para cotizar servicios.
b) El FICENTRO contó con la documentación la cual comprueba que los servicios fueron efectivamente prestados y, en consecuencia, que el gasto fue devengado.
c) El FICENTRO obtuvo la autorización de su Comité Técnico para realizar los trámites y obtener la suficiencia presupuestal y para que los recursos obtenidos se utilizaran para cubrir los eventos relacionados con la partida 3802 “Espectáculos Culturales”.
d) La entidad realizó los trámites para contar con suficiencia presupuestal, la cual se obtuvo de la SF.
e) Una vez que el FICENTRO contó con suficiencia presupuestal, suscribió tanto un acta circunstanciada, como un convenio administrativo de formalización, ratificación y reconocimiento de adeudo por la prestación de servicios correspondientes al desarrollo, montaje y logística del proyecto “Museo Huellas de la Vida”, así como el montaje del panel del Plan Verde y la implementación de las medidas preventivas para los visitantes contra un posible contagio de la influenza dentro del mismo evento.
3. La Coordinación para los Festejos del Bicentenario de la Independencia y del Centenario de la Revolución en la Ciudad de México suscribió el 3 de noviembre de 2009 un acta circunstanciada, para dejar constancia de la prestación del servicio de banquete que
se llevó a cabo el 24 xx xxxxx de 2009, en el marco del evento cultural conmemorativo del 70 aniversario de la llegada xxx xxxxx “Sinaia” del exilio español, así como de la recepción del servicio y del reconocimiento del adeudo respectivo por un monto de
147.2 miles de pesos (IVA incluido).
Con base en el acta mencionada, el FICENTRO y la empresa Croquis Arquitectura y Diseño, S.A. de C.V., suscribieron el 18 de noviembre de 2009 el convenio administrativo de formalización, ratificación y reconocimiento de adeudo por los servicios mencionados, por un monto de 147.2 miles de pesos (IVA incluido). El pago se efectuó mediante cheque nominativo por el importe citado. La entidad contó con la evidencia que acreditó la prestación de los servicios.
La suscripción del acta mencionada se fundamentó en el artículo 84 de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal.
En el contenido de los contratos, de los expedientes y de la prestación de los servicios, se determinó:
1. Se comprobó que los contratos se elaboraron conforme a lo establecido en el artículo 56 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal vigente en 2009.
2. El FICENTRO proporcionó los expedientes relativos a cada proceso de adjudicación, en los cuales se integró la siguiente documentación: acta constitutiva (personas xxxxxxx), poder notarial del representante legal, identificación oficial del representante legal o apoderado, comprobante de domicilio del proveedor o prestador de servicios, Registro Federal de Contribuyentes y cartas de cumplimiento de las obligaciones fiscales y tributarias.
3. Para acreditar que los servicios contratados fueron debidamente proporcionados y, en consecuencia, que el gasto fue devengado, el FICENTRO proporcionó la documentación comprobatoria correspondiente, como material audiovisual, memorias fotográficas, reportes de actividades y notas periodísticas de los eventos realizados. En todos los casos, los servicios contratados o bienes adquiridos fueron debidamente validados por el titular del área responsable de cada proyecto.
7. Resultado
Durante el 2009, el FICENTRO reportó en la Cuenta Pública de ese período un presupuesto ejercido de 26,260.2 miles de pesos con cargo a la partida 4108 “Ayudas y Donativos a Instituciones sin Fines de Lucro”, el cual se destinó para cubrir ayudas económicas otorgadas a instituciones públicas y privadas sin fines de lucro (asociaciones y sociedades civiles e instituciones de asistencia privada), en cumplimiento de los acuerdos de colaboración suscritos para tal fin.
Tal como quedó asentado en el resultado núm. 4 del presente informe de auditoría, la entidad no elaboró una afectación presupuestaria compensada, con la cual se hubiese incrementado en 132.9 miles de pesos el presupuesto ejercido, con lo cual y de acuerdo con el soporte documental que acredita las autorizaciones para el otorgamiento de las ayudas a diversas instituciones, el presupuesto efectivamente ejercido fue de 26,393.1 miles de pesos, cuya identificación es como sigue:
(Miles de pesos)
Beneficiario Autorizado Xxxxx entregado
en 0000 | ||||
Xxxxxxxxxxx Xxxxxxxx xx xx Xxxxxx xx Xxxxxx | 300.0 | 300.0 | ||
Asamblea para la Cultura y la Democracia, A.C. | 100.0 | 100.0 | ||
Gobierno del Estado de Zacatecas | 1,000.0 | 1,000.0 | ||
Comunidad Participativa Tepito A.C. | 150.0 | 150.0 | ||
Paragüero, A.C. | 180.0 | 180.0 | ||
Festival Internacional de Cine Documental de la Ciudad de México* | 889.9 | 400.0 | ||
Vínculos Comunidad y Cultura, A.C. | 150.0 | 150.0 | ||
Consejo de la Crónica, A.C. | 2,500.0 | 2,500.0 | ||
Banda Do Saci Capoera México, A.C. | 4,106.3 | 4,106.3 | ||
Casa de Moneda de México* | 8,000.0 | 6,000.0 | ||
Biosfera Tlalli | 124.3 | 124.3 | ||
Pase Usted, A.C. | 1,452.5 | 1,452.5 | ||
Sistema de Arte Circulatorio, A.C. | 53.0 | 53.0 | ||
Fundación de la Familia Juárez, A.C. | 850.0 | 850.0 | ||
Agencia de Transformación Cultural, A.C. | 1,200.0 | 1,200.0 | ||
Caminantes por la Historia, A.C. | 1,200.0 | 1,200.0 | ||
Casa Refugio Citlaltépetl, A.C. | 2,486.9 | 2,486.9 | ||
TV UNAM | 690.0 | 690.0 | ||
Promotora Cultural Bicentenario, A.C. | 3,150.1 | 3,150.1 | ||
Semillas, Sociedad Mexicana Pro-Derechos de la Mujer* | 400.0 | 300.0 | ||
Total | 28,983.0 | 26,393.1 |
* Xxxxxxxxx xx xxxxxxxxxxxx xxxxxxxxxx xx 0000, xx xxx xxxxxx se señala que las ayudas económicas se entregarán en los ejercicios fiscales 2008 y 2009.
A fin de verificar que el proceso de solicitud, autorización y entrega de las ayudas económicas con cargo a la partida 4108 “Ayudas y Donativos a Instituciones sin Fines de Xxxxx” se haya ajustado a la normatividad aplicable y que la entidad contara con los expedientes respectivos, se revisó la documentación correspondiente a dicha partida. Los resultados obtenidos se muestran a continuación:
1. En todos los casos, el otorgamiento de las ayudas económicas fue autorizado por el Comité Técnico del FICENTRO, de conformidad con el artículo 504 del Código Financiero del Distrito Federal vigente en 2009 y el artículo 44, fracción IX, del Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para el Ejercicio Fiscal 2009.
2. La entidad suscribió con cada uno de los beneficiarios de las ayudas autorizadas, el convenio de colaboración respectivo, en el cual quedó asentado el monto, la forma y fecha de entrega de las ayudas, y los compromisos asumidos por las instituciones beneficiarias. Se comprobó que en todos los casos, los importes estipulados correspondieron a los autorizados por el Comité Técnico del FICENTRO, sin que se detectaran diferencias.
3. La entidad contó con un expediente individual de cada uno de los beneficiarios de las ayudas otorgadas, en el cual se integró la siguiente documentación: escrito de solicitud de la ayuda, acta constitutiva (excepto instituciones públicas), identificación oficial del representante legal, comprobante de domicilio de la institución, RFC y acuerdo de autorización del Comité Técnico del FICENTRO.
4. Se constató que en todos los casos, las instituciones beneficiarias de las ayudas económicas entregaron al FICENTRO los informes de las actividades realizadas, así como la evidencia documental correspondiente a su utilización, como material audiovisual, fotografías, documentales, informes de actividades, folletos relacionados con actividades realizadas, entre otros, en cumplimiento de lo establecido en los convenios de colaboración correspondientes.
5. El FICENTRO contó con el soporte documental que demuestra haber entregado ayudas económicas por un monto de 26,393.1 miles de pesos, a los beneficiarios
mencionados en el cuadro anterior, por los montos autorizados por su Comité Técnico, el cual consistió en un recibo emitido por cada uno de los beneficiarios.
6. El FICENTRO informó a la Contraloría General del Distrito Federal (CGDF) el monto global de las ayudas y los beneficios de las mismas, de acuerdo con el artículo 504, último párrafo, del Código Financiero del Distrito Federal vigente en 2009.
7. Se realizó compulsa con cuatro instituciones a quienes el FICENTRO otorgó ayudas por un monto de 14,556.3 miles de pesos (55.4% del total ejercido en la partida). Dichas instituciones confirmaron la suscripción de los convenios de colaboración y la recepción de las ayudas, sin que se determinaran diferencias respecto de la información proporcionada por la entidad.
8. Resultado
Durante el 2009, el FICENTRO reportó en la Cuenta Pública de ese período un presupuesto ejercido de 6,196.3 miles de pesos con cargo a la partida 4112 “Otras Ayudas”; sin embargo, tal como se señaló en el resultado núm. 4 del presente informe de auditoría, la entidad no elaboró una afectación presupuestaria compensada, con la cual se hubiese disminuido dicho presupuesto ejercido en 132.9 miles de pesos, ya que este debió corresponder a la partida 4108 “Ayudas y Donativos a Instituciones sin Fines de Lucro”; además de que incurrió en errores de registro por 351.6 miles de pesos, determinando que el presupuesto efectivamente ejercido fue de 5,711.8 miles de pesos, cuya identificación es como sigue:
(Miles de pesos)
Tipo de ayuda | Número Monto de beneficiarios de la ayuda | ||
Ayuda económica a vecinos del Centro Histórico de las calles | |||
Xxxxxxxx Xxxxxx, Moneda, Academia, Mesones y Xxxxxxx Xxxxx | |||
para restaurar sus fachadas | 84 | 2,396.9 | |
Ayuda económica a operadores de ciclotaxis en el Centro Histórico | 121 | 1,272.0 | |
Ayuda económica a comerciantes del Centro Histórico para contratar | |||
una fianza de crédito grupal para la adquisición de sus mercancías | Variable | 400.0 | |
Ayuda económica a propietarios de fondas en la xxxxx Xxxxxx-Xxxxxxxxx | |||
del Centro Histórico para reparar los desperfectos | 24 | 458.5 | |
Ayuda al Instituto Nacional xx Xxxxxx Artes y Literatura para la restauración | |||
de los murales del mercado “Xxxxxxxx X. Xxxxxxxxx” | 0 | 1,184.4 | |
Total | 5,711.8 |
A fin de verificar que el proceso de solicitud, autorización y entrega de las ayudas otorgadas con cargo a la partida 4112 “Otras Ayudas”, se haya ajustado a la normatividad aplicable y que el FICENTRO contara con la documentación correspondiente, se revisó la totalidad de expedientes que integran dicha partida. Los resultados obtenidos se muestran a continuación:
Correspondiente a las ayudas económicas a vecinos del Centro Histórico de las calles Xxxxxxxx Xxxxxx, Moneda, Academia, Mesones y Xxxxxxx Xxxxx para restaurar sus fachadas, se determinó que:
1. Mediante el acuerdo núm. SE/01/004/2009 aprobado por el Comité Técnico del FICENTRO el 27 de enero de 2009, se autorizó al Director General de la entidad para que una vez publicado el “Acuerdo por el que se da a conocer la línea de acción denominada ‘Arreglo de Xxxxxxxx’ inscrita en el Programa Imagen y Desarrollo Urbano del Centro Histórico”, aplicara dichos recursos con cargo a la partida 4112 “Otras Ayudas”.
2. El 23 xx xxxxx de 2009, se publicó en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el “Acuerdo por el que se da a conocer la línea de acción denominada ‘Arreglo de Fachadas’ inscrita en el Programa Imagen y Desarrollo Urbano del Centro Histórico”, emitido por el Jefe de Gobierno del Distrito Federal. En dicho acuerdo se señalan, entre otros puntos, los siguientes:
“PRIMERO.- Se da a conocer la línea de acción denominada ‘Arreglo de Fachadas’, inscrita en el Programa Imagen y Desarrollo Urbano del Centro Histórico, que consiste en el mejoramiento de las fachadas de inmuebles, mediante acciones de limpieza, pintura, consolidación, restitución o sustitución de aplanados y elementos que formen parte de la misma fachada y homogenización de toldos mediante su sustitución, entre otros […]
”TERCERO.- Los trabajos de arreglo de fachadas y los complementarios de mejora urbana descritos en el artículo Primero del presente Acuerdo, se ejecutarán a partir del primer semestre del año 2009, en las siguientes calles: […] VIII.- Mesones […]; XXXIII.- Academia; […] XXXIV.- Xxxxxxxx Xxxxxx; […] XL.- Xxxxxxx Xxxxx; y XLI.- Moneda.
”CUARTO.- Para la ejecución de la línea de acción ‘Arreglo de Xxxxxxxx’ del citado programa, el titular del Fideicomiso Centro Histórico de la Ciudad de México entregará los recursos económicos bajo el concepto de ‘AYUDAS’, a los grupos ciudadanos de apoyo para el mejoramiento del Centro Histórico, de conformidad con lo dispuesto en el Código Financiero del Distrito Federal y demás disposiciones aplicables, sujeto a la suficiencia presupuestal de los ejercicios fiscales 2009 y 2010 […]
”OCTAVO.- En las reuniones vecinales los ciudadanos elegirán como mínimo a dos vecinos como sus representantes, los que integrarán el Grupo Ciudadano de Apoyo para el Mejoramiento del Centro Histórico, los miembros de este grupo actuarán de forma honorífica.”
3. En respuesta al cuestionario de control interno, el FICENTRO informó que los documentos solicitados para el otorgamiento de las ayudas económicas correspondientes a la línea de acción “Arreglo de fachadas”, fueron una identificación oficial del propietario y un documento que acreditara la posesión del inmueble.
A fin de verificar que el otorgamiento de las ayudas económicas correspondientes a la línea de acción “Arreglo de fachadas” se haya ajustado a la normatividad aplicable, y que la entidad contara con la documentación respectiva, se revisaron los expedientes de los 84 beneficiarios de dichas ayudas. Los resultados obtenidos se muestran a continuación:
1. En todos los casos, el FICENTRO suscribió con cada beneficiario de la ayuda económica el convenio de colaboración respectivo e integró un expediente individual, en el que incorporó acta de asamblea de vecinos, identificación oficial del beneficiario y documentos con el que se acreditó la posesión del inmueble (escrituras o constancia de administración del inmueble).
2. En los 84 casos, los beneficiarios de las ayudas económicas demostraron con la presentación de sus escrituras o constancia de administración del inmueble, vivir en las calles de Xxxxxxxx Xxxxxx, Moneda, Academia, Mesones y Xxxxxxx Xxxxx, de conformidad con lo establecido en la cláusula tercera del “Acuerdo por el que se da a conocer la línea de acción denominada ‘Arreglo de Xxxxxxxx’ inscrita en el Programa
Imagen y Desarrollo Urbano del Centro Histórico”, y en el acuerdo emitido por el Comité
Técnico del FICENTRO.
3. El FICENTRO entregó recursos económicos por un importe global de 2,396.9 miles de pesos por concepto de ayudas, a los representantes que se eligieron en cada una de las asambleas de vecinos, de conformidad con la cláusula octava del acuerdo emitido por el Jefe de Gobierno del Distrito Federal. Los trabajos realizados fueron debidamente validados por los propietarios de los establecimientos y por el área responsable del proyecto del FICENTRO.
4. La entidad contó con la documentación justificativa y comprobatoria que ampara el monto de las ayudas otorgadas por un importe total de 2,396.9 miles de pesos, constatando que la documentación comprobatoria cumplió los requisitos fiscales previstos en el Código Fiscal de la Federación.
5. Mediante el oficio número FCH/DG/065/2011 del 17 de febrero de 2011, la entidad informó a la CGDF el monto global de las ayudas otorgadas para arreglo de fachadas y los beneficios de las mismas, lo anterior conforme al artículo 504 del Código Financiero del Distrito Federal vigente en 2009.
6. Se aplicó un cuestionario a 19 beneficiarios del programa, quienes confirmaron los trabajos de restauración en sus fachadas; 14 de ellos manifestaron su satisfacción por los trabajos, ya que se realizaron en tiempo y forma. En todos los casos, indicaron que en ningún momento se solicitó algún pago para dichos arreglos. Cabe señalar que cinco entrevistados mostraron descontento por considerar incompleta la restauración de su inmueble.
Respecto a las ayudas económicas a operadores de ciclotaxis en el Centro Histórico, se determinó que:
Mediante los acuerdos núms. SO/01/008/2009, SE/06/004/2009 y SE/09/002/2009, aprobados por el Comité Técnico del FICENTRO en las sesiones primera ordinaria, y segunda y novena extraordinarias, respectivamente, se autorizó el otorgamiento de ayudas económicas por un importe de 1.5 miles de pesos mensuales a cada uno de los operadores de ciclotaxis
en el Centro Histórico inscritos en el programa. En dichos acuerdos se identificaron número de beneficiarios y período de otorgamiento de las ayudas económicas, las cuales se entregaron a partir xx xxxxx de 2009.
En respuesta al cuestionario de control interno, el FICENTRO informó que los requisitos para el otorgamiento de las ayudas económicas, fueron los siguientes: haber suscrito un contrato de comodato respecto a su ciclotaxi, identificación oficial y comprobante de domicilio que acreditara su residencia en el Distrito Federal.
A fin de verificar que las ayudas a operadores de ciclotaxis en el Centro Histórico se ajustaron a los mecanismos establecidos para su entrega y que la entidad contó con la documentación respectiva, se revisaron los expedientes de los 121 beneficiarios de dichas ayudas. Los resultados obtenidos se muestran a continuación:
1. En todos los casos, la entidad suscribió con cada beneficiario de la ayuda económica el contrato de comodato respectivo; e integró un expediente individual con el contrato de comodato respecto al ciclotaxi, comprobante de domicilio actualizado con el cual demostró su residencia en el Distrito Federal e identificación oficial.
2. El FICENTRO entregó recursos económicos, por un monto global de 1,272.0 miles de pesos, por concepto de ayudas a los operadores de los ciclotaxis en el Centro Histórico; y contó con la documentación justificativa y comprobatoria que ampara dicho gasto.
3. Mediante el oficio núm. FCH/DG/023/2011 del 19 de enero de 2011, el FICENTRO informó a la CGDF acerca del monto global de las ayudas otorgadas a los operadores de ciclotaxis en el Centro Histórico y de los beneficios de las mismas, lo anterior en cumplimiento del artículo 504 del Código Financiero del Distrito Federal vigente en 2009.
4. Se aplicó un cuestionario a 11 operadores de ciclotaxis, quienes confirmaron que recibieron las ayudas económicas por 1.5 miles de pesos de forma mensual con objeto de prestar el servicio de manera gratuita; y manifestaron haber firmado un contrato de comodato con el FICENTRO respecto a sus ciclotaxis y contar con un tarjetón licencia para poder operarlos.
Respecto a las ayudas económicas a propietarios de fondas ubicadas en la xxxxx Xxxxxx- Xxxxxxxxx en el Centro Histórico para reparar los desperfectos de las mismas, se determinó que:
Con el acuerdo núm. SO/03/006/2008 aprobado en la tercera sesión ordinaria del Comité Técnico del FICENTRO celebrada el 17 de octubre de 2008, se autorizó que el Director General de la entidad suscribiera acuerdos de colaboración con los propietarios de las fondas ubicadas en la xxxxx Xxxxxx-Xxxxxxxxx con objeto de que se repararan los desperfectos de dichos establecimientos.
Se verificó el cumplimiento del acuerdo, que el otorgamiento de dichas ayudas económicas se ajustara a la normatividad aplicable y que la entidad contara con la documentación respectiva. Para ello, se revisaron los expedientes de los 24 beneficiarios de las ayudas. Los resultados obtenidos se muestran a continuación:
1. Se constató que el FICENTRO suscribió con los dueños de las fondas ubicadas en la calle mencionada los convenios de colaboración respectivos, y que integró expedientes individuales en los que incorporó copia de la identificación oficial y del propio convenio que fue firmado por ambas partes.
2. El FICENTRO entregó recursos, por un importe global de 458.5 miles de pesos, por concepto de las ayudas económicas al representante que los dueños de las fondas eligieron, y contó con la documentación justificativa y comprobatoria que ampara el monto de las ayudas otorgadas, se constató que esta última haya cumplido con los requisitos fiscales previstos en el Código Fiscal de la Federación. Los trabajos realizados fueron debidamente validados por los propietarios de los establecimientos y por el área responsable del proyecto por el FICENTRO.
3. Mediante el oficio núm. FCH/DG/168/2010 del 23 xx xxxxx de 2010, el FICENTRO informó a la CGDF acerca del monto global de las ayudas otorgadas a los propietarios de fondas de la xxxxx Xxxxxx-Xxxxxxxxx en el Centro Histórico y de los beneficios de las mismas. Lo anterior de acuerdo con el artículo 504 del Código Financiero del Distrito Federal vigente en 2009.
4. Se aplicó un cuestionario a 10 propietarios de las fondas de la xxxxx Xxxxxx-Xxxxxxxxx beneficiarios de las ayudas otorgadas, quienes confirmaron la realización de trabajos de reparación de sus negocios; en seis casos manifestaron su satisfacción por los trabajos realizados en tiempo y forma a sus comercios; y en cuatro, indicaron que la calidad de los arreglos realizados no fue la óptima. En todos los casos, los entrevistados confirmaron que, en ningún momento, se solicitó algún pago para dichos arreglos.
Respecto de ayuda económica a comerciantes del Centro Histórico para que éstos contrataran una fianza de crédito grupal para la adquisición de sus mercancías, se determinó que:
De conformidad con el acuerdo núm. SO/04/023/2008 aprobado en la cuarta sesión ordinaria del Comité Técnico del FICENTRO, celebrada el 17 de diciembre de 2008, se autorizó al Director General del FICENTRO suscribir un convenio de colaboración con el Frente Metropolitano de Organizaciones Populares, A.C., para que dicha organización contratara una fianza de crédito grupal para la adquisición de sus mercancías.
A fin de verificar que el cumplimiento del acuerdo como el otorgamiento de la ayuda económica para la contratación de una fianza de crédito grupal para la adquisición de mercancías se ajustara a la normatividad aplicable y que la entidad contara con la documentación respectiva, se revisó el proceso de otorgamiento de dicha ayuda. Los resultados obtenidos se muestran a continuación:
1. El FICENTRO suscribió el convenio de colaboración con el Frente Metropolitano de Organizaciones Populares A.C.; e integró un expediente del proceso, en el cual incorporó el acta constitutiva de dicha asociación civil, el RFC, copia de la identificación del representante legal y un informe elaborado por dicha asociación civil en el que se detallan los beneficios obtenidos de la ayuda económica.
2. La entidad entregó recursos, por un importe de 400.0 miles de pesos, por concepto de ayuda económica al representante de la asociación y contó con la documentación justificativa y comprobatoria, el cual ampara el monto de dicha ayuda, se constató que esta última haya cumplido los requisitos fiscales previstos en el Código Fiscal de la Federación.
3. Mediante el oficio núm. FCH/DG/372/2010 del 25 de octubre de 2010, el FICENTRO informó a la CGDF acerca del monto global de la ayuda otorgada al Frente Metropolitano de Organizaciones Populares, A.C., y los beneficios de la misma. Lo anterior de acuerdo con el artículo 504 del Código Financiero del Distrito Federal vigente en 2009.
4. Se realizó compulsa con la asociación civil a quien el FICENTRO otorgó una ayuda económica por 400.0 miles de pesos. Como resultado, se obtuvo la confirmación de haber suscrito el convenio de colaboración correspondiente, y recibido la ayuda económica, sin que se determinaran diferencias respecto de la información proporcionada por la entidad.
Respecto de la ayuda económica al Instituto Nacional xx Xxxxxx Artes y Literatura (INBA) para la restauración de los murales del mercado “Xxxxxxxx X. Xxxxxxxxx”, se determinó que:
De conformidad con el acuerdo núm. SE/02/002/2008 aprobado en la segunda sesión extraordinaria del Comité Técnico del FICENTRO celebrada el 16 xx xxxxx de 2008, se autorizó al Director General del FICENTRO suscribir un convenio de colaboración con el INBA para la restauración de la obra artística que integra el conjunto muralista “Xxxxxxxx X. Xxxxxxxxx”, de diversos autores ubicado en el interior del mercado “Xxxxxxxx
X. Xxxxxxxxx”.
A fin de verificar que se cumpliera el acuerdo mencionado y que el otorgamiento de la ayuda económica referida se ajustara a la normatividad aplicable y que la entidad contara con la documentación respectiva, se revisó el proceso de otorgamiento de dicha ayuda. Los resultados obtenidos se muestran a continuación:
1. El 30 de octubre de 2008, el FICENTRO y el INBA suscribieron el convenio de colaboración respectivo, mediante el cual se estableció, entre otros aspectos, el otorgamiento de la ayuda económica, los plazos de ejecución de los trabajos y las obligaciones del beneficiario; y se integró un expediente con la documentación siguiente: testimonio de la escritura constitutiva del INBA, el RFC y una copia de la identificación del representante legal.
2. Durante 2009, el FICENTRO entregó al INBA ayuda económica por 1,184.4 miles de pesos, en cumplimiento del convenio de colaboración; y obtuvo el recibo correspondiente con el que se acreditó la entrega de dicha ayuda, el cual cumplió los requisitos fiscales previstos en el Código Fiscal de la Federación. Los trabajos realizados fueron debidamente validados por el INBA y por el área responsable del proyecto por el FICENTRO.
9. Resultado
Durante 2009, el presupuesto ejercido por el FICENTRO en el capítulo 5000 “Bienes Muebles e Inmuebles” fue de 31,241.5 miles de pesos. De dicho monto, la partida 5104 “Bienes Artísticos y Culturales” absorbió el 52.8%, (16,492.1 miles de pesos), el cual se destinó a la adquisición en forma directa de una colección de 56 bancas artístico culturales.
Con objeto de comprobar que el proceso de solicitud, autorización, dictaminación, adjudicación y uso de los bienes mencionados, se hubiese ajustado a la normatividad aplicable, se revisó el procedimiento de adjudicación. Al respecto, se obtuvieron los siguientes resultados:
1. El FICENTRO contó con la requisición respectiva, elaborada por la Dirección de Administración y Finanzas y autorizada por la Dirección General.
2. Mediante el acuerdo núm. SE/04/001/2009 aprobado en la cuarta sesión extraordinaria del Comité Técnico del FICENTRO celebrada el 7 xx xxxxx del 2009, se autorizó al Director General de la entidad para que, tomando como referencia el avalúo que emitiera la Dirección General de Patrimonio Inmobiliario, adquiriera una colección de 56 bancas de distintos artistas plásticos; e instruyó que realizaran las gestiones necesarias ante la SF para obtener la ampliación líquida de recursos y que se llevara a cabo la compra de dicha colección.
3. En cumplimiento del acuerdo de su Comité Técnico, el FICENTRO obtuvo el avalúo núm. CAH(CO)-09505 del 22 xx xxxxx de 2009, emitido por la Dirección General de Patrimonio Inmobiliario dependiente de la Oficialía Mayor (OM) del GDF, en el cual
se estableció como precio máximo de 16,492.1 miles de pesos para la adquisición, y obtuvo de la SF la autorización de la ampliación líquida de recursos para llevar a cabo dicha adquisición.
4. Conforme al artículo 54, penúltimo párrafo, de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal vigente en 2009, el FICENTRO contó con la justificación técnica elaborada por la Dirección de Administración y Finanzas y con la autorización del Director Xxxxxxx xx xx xxxxxxx xxx 0 xx xxxxx xx 0000, xxxxxxxx xxx xxxxxx se soportó el ejercicio de la opción de adjudicación directa por excepción a la licitación pública.
5. En la quinta sesión extraordinaria celebrada el 0 xx xxxxx xx 0000, xx Xxxxxxxxx xx Xxxxxxxxxxxxx, Arrendamientos y Prestación de Servicios del FICENTRO dictaminó de forma favorable la adquisición de la colección de las 56 bancas. Lo anterior en cumplimiento del artículo 21, fracción VI, de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal vigente en 2009.
6. La entidad contó con el dictamen de autorización de bienes restringidos expedido por la OM, mediante el oficio núm. OM/DGRMSG/1641/2009 del 9 de julio de 2009, en cumplimiento del artículo 31, fracción III, del Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para el Ejercicio Fiscal 2009, así como en el Procedimiento para la Autorización de Bienes Restringidos y su Clasificador 2009, de la citada dependencia.
7. En consecuencia, por medio de un proceso de adjudicación directa por excepción a la licitación pública, el FICENTRO otorgó en favor de la empresa Croquis, Arquitectura y Diseño, S.A. de C.V., el contrato núm. 0032-2009 del 9 de julio de 2009 con el cual se formalizó la adquisición. El fundamento utilizado para la adjudicación de dicho contrato se sustentó en el artículo 54, fracción I, de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal vigente en 2009, por tratarse de obras de arte.
8. El FICENTRO pagó a Croquis, Arquitectura y Diseño, S.A. de C.V., un monto de 16,492.1 miles de pesos, el cual se confirmó mediante la compulsa practicada a la empresa referida, la cual reconoció haber suscrito dicho contrato y entregado los bienes, sin que se determinaran diferencias respecto de la información proporcionada entre ésta y la entidad.
9. De la revisión efectuada al contrato núm. 0032-2009 se comprobó que se cumplió los requisitos previstos en el artículo 56 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal, y en el numeral 5.7.4 de la Normatividad en materia de Administración de Recursos (Circular Uno) vigente en 2009.
10. En cuanto al cumplimiento de las cláusulas principales del contrato, se comprobó lo siguiente:
a) La empresa proveedora de las bancas presentó la póliza de fianza núm. 42215639 del 9 de julio de 2009, expedida por BBVA, Bancomer, S.A., de conformidad con lo previsto en la cláusula novena “Garantía de Cumplimiento” del citado contrato y en cumplimiento de los artículos 73, fracción III, y 75 de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal vigente en 2009.
b) El fideicomiso contó con el certificado de autenticidad y propiedad de la obra, en cumplimiento de la cláusula segunda del contrato.
11. Con objeto de identificar la ubicación y estado en el que se encuentra la colección de bancas adquiridas por el FICENTRO en 2009, se realizó una inspección física y se constató la existencia de 55 bancas, las cuales se encuentran instaladas en las diversas calles del Centro Histórico y en la Av. Paseo de la Reforma. De la banca “Bandera”, la entidad entregó copia del acta respectiva levantada ante el ministerio público, con motivo de su robo ocurrido el 21 xx xxxx de 2010. Se comprobó que, en general, las bancas se encuentran en buen estado.
10. Resultado
En la partida 5303 “Vehículos y Equipos Destinados a Servicios Públicos y la Operación de Programas Públicos”, el FICENTRO reportó un presupuesto ejercido de 1,999.4 miles de pesos, el cual se canalizó para el pago por concepto de finiquito para la adquisición de 132 triciclos eléctricos (ciclotaxis) y 42 juegos de baterías adquiridos en 2008, al amparo del contrato núm. 055-2008.
Con objeto de comprobar que el proceso de solicitud, autorización, dictaminación, adjudicación y uso de los bienes referidos se hubiese ajustado a la normatividad aplicable, se revisó el procedimiento de adjudicación. Al respecto, se observaron los siguientes resultados:
1. El FICENTRO contó con la requisición respectiva, elaborada por la Dirección de Administración y Finanzas y autorizada por la Dirección General del FICENTRO.
2. Mediante el acuerdo núm. SO/03/001/2008 aprobado en la tercera sesión ordinaria del Comité Técnico del FICENTRO celebrada el 7 xx xxxxx del 2008, éste autorizó al Director General del fideicomiso adquirir 132 ciclotaxis y 42 juegos de baterías.
3. La entidad contó con el dictamen de autorización de bienes restringidos expedido por la OM, mediante el oficio núm. OM/DGRMSG/2201/2008 del 31 de octubre de 2008. Lo anterior con fundamento en el artículo 37, fracciones II y V, del Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para el Ejercicio Fiscal 2008, y en cumplimiento del Procedimiento para la Autorización de Bienes Restringidos y su Clasificador 2008, de la dependencia citada.
4. La entidad contó con el oficio núm. SE/1557/2008 del 4 de noviembre de 2008, mediante el cual la SF autorizó al FICENTRO establecer compromisos de carácter multianual para la adquisición de 132 ciclotaxis y 42 juegos de baterías. Lo anterior de conformidad con el artículo 485, primer párrafo, del Código Financiero del Distrito Federal vigente en 2008.
5. Conforme al artículo 54, penúltimo párrafo, de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal vigente en 2009, el FICENTRO contó con la justificación técnica elaborada por la Dirección de Administración y Finanzas y con la autorización del Director Xxxxxxx xx xx xxxxxxx xxx 0 xx xxxxxxxxx xx 0000, xxxxxxxx xxx xxxxxx se soportó el ejercicio de la opción de adjudicación directa por excepción a la licitación pública para la adquisición de los bienes referidos.
6. En la novena sesión extraordinaria celebrada el 4 de noviembre de 2008, el Subcomité de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios del FICENTRO dictaminó
procedente la adquisición de los 132 ciclotaxis y 42 juegos de baterías, en cumplimiento del artículo 21, fracción VI, de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal vigente en 2008.
7. Con fundamento en el artículo 54, fracción I, de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal vigente en 2008, el FICENTRO adjudicó en favor de la empresa Bicicletas de México, S.A. de C.V., el contrato núm. 055-2008 del 4 de noviembre de 2008, por un importe de 9,997.0 miles de pesos (IVA incluido), para la adquisición de 132 ciclotaxis y 42 juegos de baterías.
8. De la revisión a dicho contrato se comprobó que cumplió el artículo 56 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal, vigente en 2008 y el numeral 5.7.4 de la Normatividad en materia de Administración de Recursos (Circular Uno) vigente a partir del 13 xx xxxxx de 2007.
9. En cuanto al cumplimiento de las cláusulas principales del contrato, se comprobó lo siguiente:
a) La empresa presentó la póliza de fianza núm. 1450576 del 4 de noviembre de 2008, expedida por Fianzas Guardiana Inbursa, S.A., de conformidad con la cláusula novena, “Garantía de Cumplimiento”, del citado contrato; y en cumplimiento de los artículos 73, fracción III, y 75 de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal vigente en 2008.
b) El proveedor entregó al fideicomiso una garantía técnica para cubrir durante un año cualquier falla que se presentara en las baterías y en las partes eléctricas de los ciclotaxis; y por dos años, en el sistema mecánico y en las carrocerías. Lo anterior en cumplimiento del anexo núm. 1 de dicho contrato.
c) La cláusula tercera, “Lugar, Xxxxx y Entrega de los Bienes”, del contrato señala que el FICENTRO pagaría un anticipo del 80.0% de los bienes adquiridos a la firma del contrato, y el 20.0% restante una vez que hubiesen sido entregados los bienes. El anexo núm. 1 del contrato establece el calendario de entrega de los bienes, la primera entrega sería del 20 al 31 de diciembre de 2008, la cual se refiere a la
cantidad de 24 ciclotaxis y 42 baterías; y la segunda, se realizaría a más tardar el 10 xx xxxxx de 2009, por la cantidad de 108 ciclotaxis. Al verificar su cumplimiento, se constató que el proveedor entregó los bienes conforme al calendario previsto en el contrato.
d) En cuanto al pago se refiere, se constató que la entidad cubrió el 80.0% del monto total del contrato en 2008; mientras que el 20.0% restante, por un importe de 1,999.4 miles de pesos (IVA incluido), fue pagado durante 2009, conforme lo estipulado en la cláusula quinta, “Forma y Lugar de Pago”.
e) La entidad contó con la documentación justificativa y comprobatoria del gasto y, esta última, cumplió los requisitos fiscales previstos en el Código Fiscal de la Federación.
10. De la verificación al control establecido por el FICENTRO respecto de la asignación y uso de los 132 ciclotaxis adquiridos, se constató que 100 de ellos fueron asignados a los operadores mediante la suscripción de un contrato de comodato. Los 32 restantes, habiendo transcurrido más de 24 meses a partir de su recepción, no han sido asignados, comprobando mediante una inspección física que se encuentran estacionados en el inmueble ubicado en avenida Xxxx Xxxxx Xxxxxxx xxx. 000, xxxxxxx Xxxxxx. El costo de los 32 ciclotaxis no asignados ascendió a 2,387.4 miles de pesos (IVA incluido).
Mediante el oficio núm. FCH/DG/DAF/040/2011, la entidad informó lo siguiente: “Las unidades han sido utilizadas con el único fin de probar su funcionamiento para el efecto de la garantía que en su momento se tuvo con el proveedor”.
En la reunión de confronta celebrada el 8 xx xxxxx de 2011, mediante el oficio núm. FCH/DG/088/2011 de la misma fecha, la entidad informó que:
“Con el fin de no alargar más los tiempos y tal y como se señaló en el oficio FCH/DG/DAF/040/2011 en un principio se proyectó comenzar con 100 unidades con el fin de contar con un primer tamiz y arrancar el programa piloto que se encuentra en curso. Sin embargo, se tiene contemplado que el proyecto crezca y las unidades se multipliquen -aquí entran las 32 unidades que nos ocupan- se abran nuevas rutas y se establezcan tarifas e incluso llegado el momento se adquieran nuevas unidades,
con lo cual se dará fin al programa piloto, lo cual tendría que suceder una vez que la autoridad competente, en este caso la Secretaría de Transportes y Vialidad emita el reglamento, lineamientos o acuerdo correspondiente.
”A la fecha, la autoridad competente no ha establecido los requisitos y características técnicas expresadas ni publicado el reglamento en el que el Fideicomiso aportó ideas. Asimismo, hasta donde se sabe no ha presentado la propuesta de las tarifas correspondientes para su aprobación al Jefe de Gobierno, de conformidad con las atribuciones que le confiere la fracción XXXVII del artículo 7 de la Ley de Transportes y Vialidad del Distrito Federal, situación que escapa al ámbito de competencia del FICENTRO y por lo que el Programa de Ciclotaxis se encuentra en su fase piloto y de consolidación.”
En análisis de la respuesta proporcionada por la entidad, la Dirección General de Auditoría a Entidades Públicas y Órganos Autónomos de la CMHALDF, determinó que el presente resultado no se desvirtúa, ya que los argumentos expuestos por la entidad, entre ellos, el que la Secretaría de Transportes y Vialidad no ha emitido el reglamento correspondiente, no justifica el hecho de que los 32 ciclotaxis continúen sin ser asignados, no obstante que fueron adquiridos hace más de 24 meses.
Por lo anterior, el FICENTRO no observó el artículo 72 de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal, que señala: “Las dependencias, órganos desconcentrados, delegaciones y entidades estarán obligados a mantener los bienes adquiridos […] en condiciones apropiadas de operación, así como vigilar que se destinen al cumplimiento de los programas y acciones previamente determinados”.
Recomendación AEPOAprof-102-09-03-FICENTRO
Es necesario que el Fideicomiso Centro Histórico de la Ciudad de México, por conducto de la Dirección de Administración y Finanzas, establezca mecanismos de control y supervisión para vigilar que los bienes adquiridos se destinen al cumplimiento de los programas y acciones previsto, de conformidad con lo establecido en la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal.
11. Resultado
En 2009, el FICENTRO ejerció recursos por 12,750.0 miles de pesos con cargo a la partida 5701 “Edificios y Locales”. Dicho monto correspondió a los pagos que la entidad efectuó por concepto del anticipo para la compra de dos inmuebles ubicados en el Centro Histórico. Su identificación es la siguiente:
(Miles de pesos)
Ubicación del inmueble | Valor del inmueble | Pagado en 2009 (anticipo) |
Brasil núm. 74 | 17,813.3 | 10,758.8 |
Paraguay núms. 35 y 37 | 3,982.6 | 1,991.2 |
Total | 21,795.9 | 12,750.0 |
Con objeto de comprobar que el proceso de solicitud, autorización, dictaminación y adquisición de los inmuebles del cuadro, se hubiese ajustado a lo previsto en la normatividad aplicable, se revisó el procedimiento de enajenación de los inmuebles y se obtuvieron los siguientes resultados:
1. Mediante el acuerdo núm. SE/05/001/2009 aprobado en la cuarta sesión extraordinaria del 11 xx xxxx de 2009, el Comité Técnico del FICENTRO autorizó al Director General del fideicomiso llevar a cabo la adquisición de los inmuebles ubicados en las calles de Brasil núm. 74 y de Paraguay núms. 35 y 37. Dicho acuerdo fue aprobado con fundamento en la cláusula tercera, “Fines”, inciso J), del contrato constitutivo del FICENTRO, que indica: “Son fines de este Fideicomiso: […] J) Realizar actos de enajenación por cualquier medio de inmuebles ubicados en el Centro Histórico de la Ciudad de México, para el mejor cumplimiento de los fines señalados en esta Cláusula, previa autorización del Comité Técnico del Fideicomiso, así como realizar actos de compraventa y demás actos civiles y mercantiles con todo tipo de muebles e inmuebles”.
2. La entidad contó con el oficio núm. SFDF/0313/2009 del 27 de noviembre de 2009, mediante el cual la SF autorizó al FICENTRO establecer compromisos de carácter multianual para la adquisición de los dos inmuebles mencionados, de conformidad con el artículo 485, primer párrafo, del Código Financiero del Distrito Federal vigente en 2009.
3. Con objeto de determinar el precio máximo de compra de los inmuebles ubicados en las calles de Brasil núm. 74 y Paraguay núms. 35 y 37, el FICENTRO contó con los avalúos núms. AI(CO)-09022-A y AI(CO)-09021-A, ambos del 5 de noviembre de 2009, emitidos por la Dirección General de Patrimonio Inmobiliario dependiente de la OM, de conformidad con el artículo 40, fracción I, de la Ley del Régimen Patrimonial y del Servicio Público.
4. La entidad contó con los contratos de compraventa correspondientes a los inmuebles ubicados en las calles de Brasil núm. 74 y de Paraguay núms. 35 y 37, los cuales fueron suscritos entre la entidad y cada uno de los propietarios de dichos inmuebles. En la revisión de los contratos mencionados, se identificó lo siguiente:
a) El precio total de los bienes correspondió al determinado mediante los avalúos realizados por la Dirección General de Patrimonio Inmobiliario.
b) En ambos casos, la entidad se comprometió a pagar un anticipo en 2009 y el resto en 2010. En conjunto, el FICENTRO pagó durante 2009 un importe de 12,750.0 miles de pesos, que correspondió al anticipo fijado.
c) A la firma de dichos contratos, la parte vendedora se comprometía a entregar la posesión física y jurídica de los inmuebles. El 14 de enero de 2011, se realizó una visita a los inmuebles ubicados en las calles de Brasil núm. 74 y Paraguay núms. 35 y 37, en la cual se constató que el FICENTRO realiza labores de remodelación en dichos inmuebles.
5. El FICENTRO contó con copias certificadas ante notario público de los testimonios de las escrituras públicas núms. 59047 y 59048, correspondientes a los inmuebles adquiridos en 2009.
12. Resultado
En la revisión de PAAAPS para el ejercicio de 2009 del FICENTRO, se comprobó que éste fue autorizado por la Dirección General de Política Presupuestal de la SF, mediante el oficio núm. DGPP/128/2009 del 10 de febrero de 2009, con un presupuesto
de 36,189.9 miles de pesos. Lo anterior en cumplimiento del artículo 19 de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal vigente en 2009.
Respecto a las modificaciones al PAAAPS de 2009, se constató que la entidad no proporcionó la autorización de la SF, ni la notificación de dichas modificaciones a la Dirección General de Recursos Materiales y Servicios Generales (DGRMSG) de la OM.
Mediante el oficio núm. AEPOAprof/B/102-09/12/11 del 10 de febrero de 2011, se solicitó al FICENTRO la autorización de las modificaciones al PAAPS de 2009 y los oficios de notificación a la DGRMSG de la OM, correspondientes a dichas modificaciones.
En la reunión de confronta celebrada el 8 xx xxxxx de 2011, mediante el oficio núm. FCH/DG/088/2011 de la misma fecha, la entidad informó que, con el acuerdo núm. SO/04/012/2009 aprobado en la cuarta sesión ordinaria, el Comité Técnico del FICENTRO autorizó la modificación al PAAAPS de 2009.
De igual manera indicó: “Con lo anterior se desvirtúa el hecho de que no se proporcionó la autorización por parte de la Secretaría de Finanzas, ya que cabe señalar que quien preside el Comité es justamente el C. Secretario de Finanzas, o en su caso un representante del mismo, y la Secretaria Técnica de dicho Comité es también funcionaria adscrita a la Secretaría de Finanzas (Directora General de Egresos A). En este contexto, la Secretaría de Finanzas tuvo conocimiento de la modificación al PAAAPS y votó, a través de su representante, en sentido positivo autorizando su modificación. Igualmente, es necesario destacar que el propio Director General de Recursos Materiales y Servicios Generales de la Oficialía Mayor es vocal dentro del multicitado Comité, por lo que fue notificado de dicha modificación previo al Comité, e incluso, al igual que la Secretaría de Finanzas, votó a favor del acuerdo SO/04/012/2009 mediante el cual se informa de la modificación referida”.
En el análisis de la información proporcionada por el FICENTRO, la Dirección General de Auditoría a Entidades Públicas y Órganos Autónomos de la CMHALDF, se determinó que el presente resultado no se desvirtúa, debido a que si bien es cierto las modificaciones al PAAAPS de 2009 fueron autorizadas por el Comité Técnico del FICENTRO, también lo es que éstas no fueron autorizadas por la SF ni notificadas a la DGRMSG de la OM,
como lo establece el artículo 14 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal. Asimismo, se considera que el hecho de que servidores públicos de las dependencias mencionadas participaran en la reunión del Comité Técnico en la que se autorizaron las modificaciones al PAAAPS, no exime a la entidad de cumplir en los términos previstos el precepto normativo citado.
Por lo anterior, el FICENTRO no observó el artículo 14, segundo párrafo, del Reglamento de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal, que a la letra indica: “Las modificaciones al Programa Anual de Adquisiciones que sean autorizadas por la Secretaría, serán notificadas a la Dirección General de Recursos Materiales y Servicios Generales de la Oficialía, previo al inicio de los procedimientos de adquisición, arrendamiento o prestación de servicios que correspondan”.
Recomendación AEPOAprof-102-09-04-FICENTRO
Es necesario que el Fideicomiso Centro Histórico de la Ciudad de México, por conducto de la Dirección de Administración y Finanzas, establezca medidas de control para garantizar que en el caso de modificaciones al Programa Anual de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios se obtenga la autorización de la Secretaría de Finanzas, y que dichas modificaciones se notifiquen en tiempo y forma a la Dirección General de Recursos Materiales y Servicios Generales de la Oficialía Mayor del Gobierno del Distrito Federal, de conformidad con lo establecido en el Reglamento de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal.
13. Resultado
De acuerdo con el artículo 53 de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal, establece: “Los titulares de las dependencias, órganos desconcentrados, delegaciones y entidades, a más tardar dentro de los primeros diez días naturales de cada mes, enviarán un informe a la Secretaría, una copia a la Contraloría y otra a la Oficialía, en el que se referirán las operaciones autorizadas de conformidad con los artículos 54 y 55 de la Ley, realizadas en el mes calendario inmediato anterior, acompañando copia de las actas de los casos que hayan sido dictaminados al amparo del artículo 54 por el Comité
o Subcomité correspondiente. Asimismo, las entidades enviarán además a su Órgano de
Gobierno, el informe señalado”.
De la revisión efectuada a la entrega de los informes mensuales citados se constató que el FICENTRO los presentó ante las instancias correspondientes; sin embargo, al verificar su contenido se detectó que en los informes de febrero, abril, mayo y junio de 2009, la entidad omitió reportar los siguientes contratos:
(Miles de pesos)
Número de contrato | Importe | Omitido en el informe |
023 | 134.6 | Febrero de 2009 |
013 | 24.8 | Abril de 2009 |
013 BIS | 50.0 | Abril de 2009 |
017 | 34.5 | Abril de 2009 |
023 BIS | 134.6 | Abril de 2009 |
024 BIS | 23.0 | Mayo de 2009 |
024 | 46.0 | Junio de 2009 |
025 | 135.1 | Junio de 2009 |
025 BIS | 50.0 | Junio de 2009 |
Por lo anterior, el FICENTRO no observó lo dispuesto en el artículo 53 de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal, ya que omitió reportar los contratos referidos.
La reunión de confronta se llevó a cabo el día 8 xx xxxxx de 2011, sin que en ésta el FICENTRO hubiese presentado información adicional. Por ello, el resultado no se modifica.
Recomendación AEPOAprof-102-09-05-FICENTRO
Es necesario que el Fideicomiso Centro Histórico de la Ciudad de México, por conducto de la Dirección de Administración y Finanzas, establezca mecanismos de control para asegurarse de que en la entrega de los informes mensuales relativos a las operaciones autorizadas de conformidad con los artículos 54 y 55 de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal, se incluyan todos los contratos adjudicados con fundamento en la normatividad aplicable.
IV.11. PROCURADURÍA AMBIENTAL Y DEL ORDENAMIENTO TERRITORIAL DEL DISTRITO FEDERAL
IV.11.1. Antecedentes
La Procuraduría Ambiental y del Ordenamiento Territorial del Distrito Federal (PAOT) es un organismo público descentralizado de la Administración Pública, con personalidad jurídica y patrimonio propios, y con autonomía operativa y financiera. La PAOT fue constituida mediante decreto publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 24 xx xxxxx de 2001.
Atribuciones
La Ley Orgánica de la Procuraduría Ambiental y del Ordenamiento Territorial del Distrito Federal, en su artículo 2o., establece como objetivo de la procuraduría la defensa de los derechos de los habitantes del Distrito Federal para disfrutar de un ambiente adecuado para su desarrollo, salud y bienestar, mediante la promoción y vigilancia del cumplimiento de las disposiciones jurídicas en materia ambiental y del ordenamiento territorial.
Situación Presupuestal
A continuación, se presentan los ingresos y egresos de la entidad correspondientes a los ejercicios de 2009 y 2008:
INGRESOS DE LA PROCURADURÍA AMBIENTAL Y DEL ORDENAMIENTO TERRITORIAL DEL DISTRITO FEDERAL, 2009 Y 2008
(Miles de pesos y por cientos)
Concepto 2009 2008 Variación Importe % Importe % Importe %
Estimación original
Ingresos totales 77,287.5 | 100.0 | 75,083.3 | 100.0 | 2,204.2 | 2.9 |
Transferencias del Gobierno Federal 7,000.0 | 9.1 | 0.0 | 0.0 | 7,000.0 | n.a. |
Aportaciones del Gobierno del Distrito Federal 70,287.5 | 90.9 | 75,083.3 | 100.0 | (4,795.8) | (6.4) |
Captación | |||||
Ingresos totales 75,493.2 | 100.0 | 74,444.4 | 100.0 | 1,048.8 | 1.4 |
Transferencias del Gobierno Federal 6,903.9 | 9.1 | 0.0 | 0.0 | 6,903.9 | n.a. |
Aportaciones del Gobierno del Distrito Federal 68,589.3 | 90.9 | 74,444.4 | 100.0 | (5,855.1) | (7.9) |
FUENTES: Gobierno del Distrito Federal, Informe de Cuenta Pública del Gobierno del Distrito Federal, 2009, México, 2010, PAOT, Análisis de Ingresos de Entidades y Órganos de Gobierno y Autónomos; e Informe de Cuenta Pública del Gobierno del Distrito Federal, 2008, México, 2009, PAOT, Análisis de Ingresos de Entidades y Órganos de Gobierno y Autónomos.
n.a. No aplicable.
INGRESOS ESTIMADOS Y CAPTADOS DE LA PROCURADURÍA AMBIENTAL Y DEL ORDENAMIENTO TERRITORIAL DEL DISTRITO FEDERAL, 2009 Y 2008
(Miles de pesos y por cientos)
Concepto | Estimación | Captación | Variación | |||
Importe | % | |||||
2009 | ||||||
Ingresos totales | 77,287.5 | 75,493.2 | (1,794.3) | (2.3) | ||
Transferencias del Gobierno Federal | 7,000.0 | 6,903.9 | (96.1) | (1.4) | ||
Aportaciones del Gobierno del Distrito Federal | 70,287.5 | 68,589.3 | (1,698.2) | (2.4) | ||
2008 | ||||||
Ingresos totales | 75,083.3 | 74,444.4 | (638.9) | (0.9) | ||
Aportaciones del Gobierno del Distrito Federal | 75,083.3 | 74,444.4 | (638.9) | (0.9) |
FUENTES: Gobierno del Distrito Federal, Informe de Cuenta Pública del Gobierno del Distrito Federal, 2009, México, 2010, PAOT, Análisis de Ingresos de Entidades y Órganos de Gobierno y Autónomos; e Informe de Cuenta Pública del Gobierno del Distrito Federal, 2008, México, 2009, PAOT, Análisis de Ingresos de Entidades y Órganos de Gobierno y Autónomos.
EGRESOS DE LA PROCURADURÍA AMBIENTAL Y DEL ORDENAMIENTO TERRITORIAL DEL DISTRITO FEDERAL, 2009 Y 2008
(Miles de pesos y por cientos)
Concepto | 2009 | 2008 | Variación | ||||||
Importe | % | Importe | % | Importe | % | ||||
Presupuesto original Gasto total | 77,287.5 | 100.0 | 75,083.3 | 100.0 | 2,204.2 | 2.9 | |||
Corriente | 77,287.5 | 100.0 | 70,522.3 | 93.9 | 6,765.2 | 9.6 | |||
De capital Presupuesto ejercido | 0.0 | 0.0 | 4,561.0 | 6.1 | (4,561.0) | (100.0) | |||
Gasto total | 75,493.2 | 100.0 | 74,444.4 | 100.0 | 1,048.8 | 1.4 | |||
Corriente | 72,241.6 | 95.7 | 67,164.3 | 90.2 | 5,077.3 | 7.6 | |||
De capital | 3,251.6 | 4.3 | 7,280.1 | 9.8 | (4,028.5) | (55.3) |
FUENTES: Gobierno del Distrito Federal, Informe de Cuenta Pública del Gobierno del Distrito Federal, 2009, México, 2010, PAOT, Análisis de Egresos por Capítulo de Gasto; e Informe de Cuenta Pública del Gobierno del Distrito Federal, 2008, México, 2009, PAOT, Análisis de Egresos por Capítulo de Gasto.
GASTOS PRESUPUESTADO Y EJERCIDO DE LA PROCURADURÍA AMBIENTAL Y DEL ORDENAMIENTO TERRITORIAL DEL DISTRITO FEDERAL, 2009 Y 2008
(Miles de pesos y por cientos)
Concepto Presupuestado Ejercido Variación Importe %
2009
Gasto total | 77,287.5 | 75,493.2 | (1,794.3) | (2.3) |
Corriente | 77,287.5 | 72,241.6 | (5,045.9) | (6.5) |
De capital | 0.0 | 3,251.6 | 3,251.6 | n.a. |
2008 Gasto total | 75,083.3 | 74,444.4 | (638.9) | (0.9) |
Corriente | 70,522.3 | 67,164.3 | (3,358.0) | (4.8) |
De capital | 4,561.0 | 7,280.1 | 2,719.1 | 59.6 |
FUENTES: Gobierno del Distrito Federal, Informe de Cuenta Pública del Gobierno del Distrito Federal, 2009, México, 2010, PAOT, Análisis de Egresos por Capítulo de Gasto; e Informe de Cuenta Pública del Gobierno del Distrito Federal, 2008, México, 2009, PAOT, Análisis de Egresos por Capítulo de Gasto.
n.a. No aplicable.
En 2009, dentro del gasto neto total del Sector Paraestatal del Gobierno del Distrito Federal (26,412,189.5 miles de pesos y 27,108,177.5 miles de pesos de gastos programado y ejercido, respectivamente), la entidad tuvo una participación de 0.3% tanto en el gasto programado como en el ejercido (77,287.5 miles de pesos y 75,493.2 miles de pesos, en ese orden).
Los presupuestos original y ejercido por capítulos de gasto fueron los siguientes:
GASTO POR CAPÍTULOS DE LA PROCURADURÍA AMBIENTAL
Y DEL ORDENAMIENTO TERRITORIAL DEL DISTRITO FEDERAL, 2009
(Miles de pesos y por cientos)
Concepto Presupuestado Ejercido Variación
Importe | % | Importe | % | Importe | % | ||||
Gasto total | 77,287.5 | 100.0 | 75,493.2 | 100.0 | (1,794.3) | (2.3) | |||
Corriente | 77,287.5 | 100.0 | 72,241.6 | 95.7 | (5,045.9) | (6.5) | |||
“Servicios Personales” | 49,624.4 | 64.2 | 46,938.1 | 62.1 | (2,686.3) | (5.4) | |||
“Materiales y Suministros” | 1,060.0 | 1.4 | 1,932.1 | 2.6 | 872.1 | 82.3 | |||
“Servicios Generales” | 26,603.1 | 34.4 | 23,371.4 | 31.0 | (3,231.7) | (12.1) | |||
De capital | 0.0 | 0.0 | 3,251.6 | 4.3 | 3,251.6 | n.a. | |||
“Bienes Muebles e Inmuebles” | 0.0 | 0.0 | 3,251.6 | 4.3 | 3,251.6 | n.a. |
FUENTE: Gobierno del Distrito Federal, Informe de Cuenta Pública del Gobierno del Distrito Federal, 2009, México, 2010, PAOT, Análisis de Egresos por Capítulo de Gasto.
n.a. No aplicable.
Situación Financiera
A continuación se presenta la situación financiera de la entidad, correspondiente a los ejercicios de 2009 y 2008:
ESTADO DE SITUACIÓN FINANCIERA AL 31 DE DICIEMBRE DE 2009 Y 2008 DE LA PROCURADURÍA AMBIENTAL Y DEL ORDENAMIENTO TERRITORIAL DEL DISTRITO FEDERAL
(Miles de pesos y por cientos)
Variación | |||||||
Concepto | 2009 | 2008 | |||||
Importe | % | ||||||
Activo | |||||||
Circulante | 10,529.2 | 15,712.7 | (5,183.5) | (33.0) | |||
Fijo | 12,307.2 | 9,691.5 | 2,615.7 | 27.0 | |||
Suma el activo | 22,836.4 | 25,404.2 | (2,567.8) | (10.1) | |||
Pasivo | |||||||
A corto plazo | 5,934.0 | 10,738.9 | (4,804.9) | (44.7) | |||
A largo plazo | 4,219.8 | 3,543.3 | 676.5 | 19.1 | |||
Suma el pasivo | 10,153.8 | 14,282.2 | (4,128.4) | (28.9) | |||
Patrimonio | 12,682.6 | 11,122.0 | 1,560.6 | 14.0 | |||
Suman el pasivo | |||||||
y el patrimonio | 22,836.4 | 25,404.2 | (2,567.8) | (10.1) |
FUENTE: Gobierno del Distrito Federal, Informe de Cuenta Pública del Gobierno del Distrito Federal, 2009, México 2010, PAOT, Estados Financieros Dictaminados (comparativo, 2008).
Principales Resultados
Los principales resultados en que la entidad participó durante 2009 fueron los siguientes:
1. Resultado 04 “La Gestión Gubernamental es Eficiente”. En este resultado se incluyeron mecanismos dirigidos a promover y facilitar la participación ciudadana en la definición e instrumentación de políticas públicas, y en la vigilancia y evaluación de la administración de los recursos.
2. Resultado 12 “La Impunidad en la Comisión de Delitos se Reduce”. En este resultado se estableció, como parte de las tareas encaminadas a garantizar el orden y la impartición de justicia en el Distrito Federal, promover la difusión y la plena aplicación de las leyes y reglamentos establecidos.
3. Resultado 31 “La Estrategia Ambiental de la Ciudad de México es Clara y persigue Objetivos Concretos y está orientada al Cumplimiento del Derecho a un Medio Ambiente Saludable”. Se estableció como objetivo fortalecer los instrumentos jurídicos para realizar una adecuada valuación económica de los servicios para el mejoramiento ambiental y, a la vez, impulsar la retribución de los servicios ambientales prestados en el territorio del Distrito Federal.
Tipos de Revisión
En el ejercicio de sus atribuciones, la Contaduría Xxxxx xx Xxxxxxxx xx xx Xxxxxxxx Xxxxxxxxxxx xxx Xxxxxxxx Xxxxxxx efectuó una auditoría financiera a la PAOT.
IV.11.2. Auditoría Financiera
IV.11.2.1. Capítulo 3000 “Servicios Generales”
Auditoría AEPOA/113/09
ANTECEDENTES
El 24 xx xxxxx de 2001 se publicó en la Gaceta Oficial de Distrito Federal la Ley Orgánica de la Procuraduría Ambiental y del Ordenamiento Territorial, y el 9 de enero de 2006 se publicó en la Gaceta Oficial del Distrito Federal la reforma a dicha ley. El artículo 2o. de la ley reformada señala que el objeto general de la Procuraduría es la defensa de los derechos de los habitantes del Distrito Federal a disfrutar de un ambiente adecuado para su desarrollo, salud y bienestar, mediante la promoción y vigilancia del cumplimiento de las disposiciones jurídicas en materia ambiental y del ordenamiento territorial.
Durante 2009, la Procuraduría Ambiental y del Ordenamiento Territorial del Distrito Federal (PAOT) ejerció en el capítulo 3000 “Servicios Generales” un monto de 23,371.4 miles de pesos, cantidad que representó el 31.0% del presupuesto total erogado por la entidad, el cual ascendió a 75,493.2 miles de pesos. El presupuesto ejercido en dicho capítulo fue inferior en 3,231.7 miles de pesos (12.1%) con relación al programado originalmente (26,603.1 miles de pesos); y fue superior en 3,644.7 miles de pesos (18.5%) respecto al erogado en 2008, que totalizó 19,726.7 miles de pesos.
OBJETIVO
El objetivo de la revisión consistió en verificar que el presupuesto aplicado por la Procuraduría Ambiental y del Ordenamiento Territorial del Distrito Federal en el capítulo 3000 “Servicios Generales” se haya registrado, aprobado, modificado, comprometido, devengado, ejercido y pagado de conformidad con la normatividad y ordenamientos aplicables.
CRITERIOS DE SELECCIÓN
De acuerdo con el Informe de Cuenta Pública del Gobierno del Distrito Federal de 2009, durante el ejercicio de 2009, la PAOT ejerció recursos del orden de 75,493.2 miles de pesos, de dicho monto 23,371.4 miles de pesos (31.0%) correspondieron al capítulo 3000 “Servicios Generales”. La asignación original para este capítulo fue de 26,603.1 miles de pesos, la cual disminuyó en 3,213.7 miles de pesos (12.1%) para ubicarse en un presupuesto modificado de 23,389.4 miles de pesos, del cual se erogaron 23,371.4 miles de pesos, menor en 18.0 miles de pesos (0.1%) respecto al modificado. Es decir, el presupuesto ejercido en el capítulo 3000 presentó un decremento de 3,231.7 miles de pesos (12.1%) en relación con la asignación original.
Para 2008, la PAOT erogó en el capítulo 3000 “Servicios Generales” un importe de 19,726.7 miles de pesos; en tanto para 2009 ejerció 23,371.4 miles de pesos, lo que representó un incremento de 3,644.7 miles de pesos (18.5%).
La presente auditoría se seleccionó con base en los criterios generales “Importancia Relativa”, debido a la variación significativa de 18.5%, entre el gasto registrado en 2009 en relación con el ejercicio de 2008; y “Exposición al Riesgo”, ya que por la naturaleza y características de las operaciones que afectan este capítulo, el ejercicio de su presupuesto está expuesto a riesgos de ineficiencia, desperdicio o irregularidades.
Además, la auditoría se llevó a cabo con fundamento en lo dispuesto en los artículos 16 y 122, apartado C, base primera, fracción V, inciso c), en relación con el 74, fracción VI, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 42, fracción XXX, x 00 xxx Xxxxxxxx xx Xxxxxxxx xxx Xxxxxxxx Xxxxxxx; 10, fracción VI, de la Ley Orgánica de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal; 2o., fracciones X, inciso a) y XI, 3o., 8o., fracciones I, II, III, V, VI, VIII, IX y XIII, y 28 de la Ley Orgánica de la Contaduría Mayor de Hacienda de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal; y 1o., 13 fracciones I, III, IV y V, y 15 del Reglamento Interior de la Contaduría Mayor de Hacienda de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal.
ALCANCE
Se integraron y compararon por partida los presupuestos original y ejercido del capítulo 3000 “Servicios Generales” cuyos importes en 2009 ascendieron a 26,603.1 miles
de pesos y 23,371.4 miles de pesos, respectivamente, y se determinaron las variaciones correspondientes.
Se analizó la información financiera derivada de la elaboración del Informe Previo de la Revisión de la Cuenta Pública del Gobierno del Distrito Federal de 2009 y el cumplimiento de los Principios Básicos de Contabilidad Gubernamental.
Se analizaron las actas de las sesiones del Consejo de Gobierno y del Subcomité de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios.
Se verificó que, durante 2009, la PAOT hubiese contado con la estructura orgánica autorizada, y con manuales de organización y de procedimientos para regular las operaciones sujetas a revisión.
Se identificó la normatividad aplicable al ejercicio y al registro del presupuesto asignado
al capítulo 3000 “Servicio Generales”.
Se verificó el presupuesto aprobado para la PAOT en el Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para el Ejercicio Fiscal 2009, el techo presupuestal y el Programa Operativo Anual (POA). También se revisó el Programa Anual de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios (PAAAPS) de 2009.
Se integró el presupuesto modificado por la PAOT con cargo al capítulo 3000 “Servicios Generales” correspondiente al ejercicio de 2009, para lo cual se revisaron 23 afectaciones presupuestarias a fin de constatar que éstas hubiesen contado con la autorización de la Secretaría de Finanzas (SF) y con la documentación soporte respectiva, lo anterior de acuerdo con la normatividad aplicable.
Se identificó que el presupuesto comprometido por la PAOT en el capítulo sujeto a revisión se integró por medio de 1 contrato derivado de una licitación pública nacional; 1 correspondiente a una licitación pública internacional; 1 relativo a una invitación a cuando menos tres personas; y 198 resultado de adjudicaciones directas.
Sobre el particular, a fin de efectuar pruebas de cumplimiento y sustantivas, se seleccionaron como muestra de auditoría los contratos núms. PAOT-04-CT-2009 del 2 de enero de 2009, PAOT-12-CT-2009 del 00 xx xxxxxxx xx 0000 x XXXX-XXXX-000-XX-0000 xxx 00 xx xxxxx xx 0000; asimismo, se eligieron 5 folios de prestadores de servicios, por medio de los cuales se celebraron 26 contratos de prestación de servicios profesionales. En suma, derivado de los contratos seleccionados como muestra, la Procuraduría ejerció recursos del orden de 10,410.0 miles de pesos, lo que representó el 44.5% del total ejercido en el rubro sujeto a revisión (23,371.4 miles de pesos).
Al respecto, en la revisión de los expedientes integrados por la PAOT, se observó que los procedimientos de adjudicación se hayan realizado conforme a lo establecido en la normatividad aplicable y que los expedientes contaran con la documentación soporte respectiva.
También se revisó que la entidad contara con las autorizaciones correspondientes; se revisaron las pólizas de registro contable y su documentación justificativa y comprobatoria (contratos, convenios, facturas y pólizas cheque), y que contara con la documentación que acredite la recepción de conformidad de los servicios contratados, ello con la finalidad de verificar si el presupuesto aplicado por las operaciones seleccionadas se registró, comprometió, devengó, ejerció y pagó de conformidad con la normatividad y ordenamientos aplicables.
Se constató que la documentación comprobatoria del gasto cumpliera los requisitos fiscales previstos en el Código Fiscal de la Federación vigente en 2009.
Asimismo, se comprobó que el registro presupuestal de las operaciones se hubiera ajustado a lo dispuesto en el Clasificador por Objeto del Gasto para el Gobierno del Distrito Federal, y que el registro contable de dichas operaciones se hubiese efectuado conforme al Catálogo de Cuentas autorizado.
Respecto a la contratación de los prestadores de servicios profesionales de la muestra seleccionada, se verificó que los contratos hayan sido incluidos en el Programa Anual de Contratación de Prestadores de Servicios del ejercicio revisado, y que contaran con la autorización de la Dirección General de Administración y Desarrollo de Personal (DGADP)
y, en su caso, con la de la Coordinación General de Modernización Administrativa (CGMA), conforme a lo establecido en los Lineamientos para la Autorización de Programas de Contratación de Prestadores de Servicios con cargo a las Partidas Presupuestales: 3301 “Honorarios”, 3302 “Capacitación”, 3303 “Servicios de Informática”, 3304 “Servicios Estadísticos y Geográficos” y 3305 “Estudios e Investigaciones”, y demás normatividad aplicable.
Se verificó que la PAOT integrara y resguardara los expedientes de los prestadores de servicios profesionales, y que contaran con la documentación señalada en la relación proporcionada por la entidad. Asimismo, se verificó que los pagos a los prestadores de servicios se realizaran de acuerdo con lo estipulado en los contratos, y que se emitieran los informes correspondientes para el debido seguimiento de las obligaciones derivadas de los mismos.
Se efectuaron confirmaciones con los prestadores de servicios con folios 1, 2, 3 (correspondiente al contrato con vigencia del 1o. de octubre al 31 de diciembre de 2009) y 4; con quienes la PAOT suscribió contratos de prestación de servicios en 2009, y que a la fecha de ejecución de la auditoría (octubre de 2010) continuaban prestando sus servicios.
Adicionalmente, se emitió el oficio de confirmación del 11 de octubre de 2010, para la DGADP de la Oficialía Mayor del Gobierno del Distrito Federal (OM), con objeto de obtener información correspondiente al rubro revisado.
Se verificó que los prestadores de servicios seleccionados como muestra no estuvieran incluidos en la nómina del Gobierno del Distrito Federal (GDF) correspondiente a 2009.
Se revisaron las declaraciones mensuales con las cuales la PAOT realizó el entero de los impuestos retenidos a los prestadores de servicios profesionales contratados en 2009 y se verificó el cálculo del impuesto retenido a los prestadores de servicios seleccionados como muestra.
Se aplicó un cuestionario de control interno a la Coordinación Administrativa por ser el área que se encarga de la operación y control del rubro sujeto a revisión.
La revisión se efectuó en la Coordinación Administrativa de la PAOT.
ESTUDIO Y EVALUACIÓN DEL SISTEMA DE CONTROL INTERNO
Como parte de los procedimientos de la auditoría que se practicó a la PAOT, mediante la investigación y análisis de la información y documentación recabadas, y con base en la aplicación de cuestionarios y entrevistas, se llevó a cabo el estudio y evaluación del control interno implantado por la entidad en la contratación de servicios y en la supervisión de éstos y en el registro contable y presupuestal, específicamente, de las operaciones del capítulo 3000 “Servicios Generales”. Lo anterior con objeto de determinar el grado de confianza por depositar en los controles establecidos por la entidad, así como para establecer la naturaleza, extensión, oportunidad y alcance de los procedimientos de auditoría por aplicar; identificar los flujos de operación con debilidades o desviaciones de control interno y sus probables áreas de riesgo; y definir los criterios para seleccionar la muestra sujeta a revisión.
Esta revisión y evaluación comprendió la aplicación de cuestionarios y entrevistas a los titulares de las áreas responsables de autorizar, controlar y registrar el ejercicio del gasto; de resguardar y conservar la documentación soporte de las operaciones realizadas; y de emitir los informes respectivos. También se analizó la información proporcionada por la Procuraduría en respuesta al Cuestionario de Principios Básicos de Contabilidad Gubernamental.
Para el estudio general del sujeto de fiscalización se identificaron y analizaron las atribuciones del ente establecidas en la Ley Orgánica de la Procuraduría Ambiental y del Ordenamiento Territorial del Distrito Federal por la que se creó dicho organismo público descentralizado, la cual fue publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 24 xx xxxxx de 2001.
Se revisó la estructura orgánica de la PAOT vigente a partir del 16 de julio de 2008, que aplicó en el ejercicio en revisión, la cual fue aprobada por la OM con el oficio núm. OM/1408/2008 del 6 xx xxxxxx de 2008 y cuenta con el dictamen núm. 14/2008, mediante el cual se amplia la estructura a 81 plazas de mandos medios y superiores. Cabe mencionar que con el oficio núm. OM/1461/2003 del 29 de diciembre de 2003, la OM autorizó el dictamen núm. T.O./009/2003, con vigencia a partir del 16 de diciembre de 2003 y que comprende la creación de 44 plazas del personal técnico-operativo.
Al respecto, la entidad actualizó su manual administrativo, en su parte de organización y procedimientos, el cual fue remitido a la CGMA con el oficio núm. PAOT/000-0000-0000 del 8 de octubre de 2008, y dictaminado y registrado con el núm. MA-06DPA-14/08, según consta en el oficio núm. CGMA/DDO/0375/09 del 24 de septiembre de 2009, emitido por la citada Coordinación. Cabe señalar que el manual referido incluye apartados de presentación, antecedentes, marco jurídico-administrativo, objetivo general, estructura orgánica, atribuciones, funciones, un organograma y relación de procedimientos; se considera que dicho manual se sujeta a la estructura orgánica autorizada.
Para evaluar el control interno se solicitaron e identificaron los procedimientos que regularon las operaciones de la entidad durante 2009. En este sentido, se identificaron 2 procedimientos aplicables al capítulo 3000 “Servicios Generales”, de un total de 12 procedimientos autorizados por la CGMA con el oficio núm. CGMA/DDO/0375/09 del 24 de septiembre de 2009, y registrados con el núm. XX-00XXX-00/00. Xxxxxx procedimientos contienen las políticas y los lineamientos para el control de las operaciones registradas en el capítulo fiscalizado.
Asimismo, se observó que el Consejo de Gobierno de la PAOT tomó el acuerdo en la trigésima primera sesión ordinaria celebrada el 29 de octubre de 2009, que señala: “Se aprueba el Manual Administrativo de la Procuraduría Ambiental y del Ordenamiento Territorial del Distrito Federal, dictaminado y registrado ante la CGMA de la Contraloría General del Distrito Federal (CGDF) con el número de registro MA-06DPA-14/08”.
Cabe precisar que, mediante nota informativa entregada con el oficio núm. PAOT-05-300/000-000-0000 del 31 xx xxxxxx de 2010, el Coordinador Administrativo de la entidad informó que “la vigencia del Manual Administrativo es a partir del 30 de octubre de 2009 [y] el manual de procedimientos que se aplicó durante el período […] fue el dictaminado por la Coordinación General de Modernización Administrativa [con número de registro] MA-06-DPA-17/02”. Es decir, durante el período del 1o. de enero al 29 de octubre de 2009, la PAOT operó con el manual administrativo registrado con el número MA-06-DPA-17/02 y fue a partir del 30 de octubre de 2009 cuando entró en vigor el manual administrativo actualizado, acorde con la estructura orgánica autorizada con el dictamen 14/2008 vigente a partir del 16 de julio de 2008.
Adicionalmente, con nota informativa remitida mediante el oficio núm. PAOT-05-300/000- 000-0000 del 31 xx xxxxxx de 2010, el Coordinador Administrativo de la entidad informó que “el manual administrativo MA-06DPA-14/08 no fue publicado en la Gaceta Oficial del Gobierno del Distrito Federal”.
Se identificó la normatividad aplicable al registro del presupuesto asignado y ejercido del capítulo 3000 “Servicios Generales”, con objeto de verificar su cumplimiento e identificar mecanismos de control, entre la cual se encuentra el Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal; la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal y su reglamento; la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y su reglamento; el Manual de Normas y Procedimientos Presupuestarios para la Administración Pública del Distrito Federal; el Código Financiero del Distrito Federal; la Normatividad en materia de Administración de Recursos para las Dependencias, Unidades Administrativas, Unidades Administrativas de Apoyo Técnico-Operativo, Órganos Desconcentrados y Entidades de la Administración Pública del Distrito Federal (Circular Uno); el Clasificador por Objeto del Gasto para el Gobierno del Distrito Federal; los Lineamientos para la Autorización de Programas de Contratación de Prestadores de Servicios con cargo a las Partidas Presupuestales: 3301 “Honorarios”, 3302 “Capacitación”, 3303 “Servicios de Informática”, 3304 “Servicios Estadísticos y Geográficos” y 3305 “Estudios e Investigaciones”; y las Reglas de Operación para el Otorgamiento de Subsidios del Programa de Desarrollo Institucional Ambiental.
Se evaluó el control interno implantado por la PAOT para el registro contable y presupuestal, y la supervisión, específicamente para aquellas operaciones que afectaron al capítulo 3000 “Servicios Generales”; y se constató que el Manual de Contabilidad de la PAOT de 2006, aplicable en 2009, contiene, entre otros, el Catálogo de Cuentas, Instructivo de Manejo de Cuentas, Guía Contabilizadora y Convertidor Presupuestal Contable, con base en los cuales se llevó a cabo el registro contable de las operaciones. Dicho manual fue enviado para su autorización a la Dirección General de Contabilidad, Normatividad e Integración de Documentos de Rendición de Cuentas de la SF el 20 de diciembre de 2006, y con el oficio núm. DGCNIDRC/1715/2006 del 29 de diciembre de 2006, dicha Dirección General comunicó su autorización. Asimismo, se revisaron la balanza de comprobación, los auxiliares contables y de registro presupuestal, y las pólizas de registro
contable relativas a las erogaciones efectuadas por las operaciones seleccionadas como muestra del capítulo 3000.
En la evaluación del control interno aplicado a la PAOT para la contratación de servicios con cargo al capítulo 3000 “Servicios Generales”, se determinó que la entidad estableció mecanismos de control. Al respecto, las áreas están estructuradas conforme a las funciones asignadas en el Manual Administrativo de la PAOT, lo que contribuye al cumplimiento de la normatividad; además, tiene establecido un sistema de registro que facilita la supervisión y control de las operaciones encaminadas a validar las erogaciones del rubro sujeto a revisión, lo que a su vez permite delimitar responsabilidades.
Sin embargo, la PAOT presentó deficiencias relativas a aspectos de control interno como la carencia de un procedimiento específico relacionado con la contratación de prestadores de servicios profesionales, así como para el registro, ejercicio y pago de los recursos derivados de dicha contratación o la falta de evidencia documental de la difusión de su Manual Administrativo al personal de la entidad. Por lo anterior, el sistema de control interno hace parcialmente factible el logro de los objetivos de control y la administración de riesgos.
Las deficiencias de control determinadas, al igual que los incumplimientos a la normatividad aplicable, se detallan en el apartado de resultados del presente informe.
DETERMINACIÓN DE LA MUESTRA
Se integró y comparó por partida los presupuestos original y ejercido del capítulo 3000 “Servicios Generales”, por montos de 26,603.1 miles de pesos y de 23,371.4 miles de pesos, respectivamente, como se muestra a continuación:
(Miles de pesos y por cientos)
Partida presupuestal Presupuesto Variación
Número Concepto Original Ejercido % del total ejercido
Importe %
3101 | “Servicio Postal” | 80.0 | 100.0 | 0.4 | 20.0 | 25.0 | ||
3103 | “Servicio Telefónico Convencional” | 425.0 | 425.0 | 1.8 | 0.0 | 0.0 | ||
3104 | “Servicio de Energía Eléctrica” | 950.0 | 499.3 | 2.1 | (450.7) | (47.4) | ||
3105 | “Servicio de Agua” | 48.0 | 48.0 | 0.2 | 0.0 | 0.0 | ||
3106 | “Servicio de Conducción de Señales | |||||||
Analógicas y Digitales” | 190.0 | 540.0 | 2.3 | 350.0 | 184.2 | |||
3107 | “Servicio de Telefonía Celular” | 20.0 | 20.0 | 0.1 | 0.0 | 0.0 | ||
3201 | “Arrendamiento de Edificios y Locales” | 9,660.0 | 7,767.0 | 33.2 | (1,893.0) | (19.6) | ||
3210 | “Otros Arrendamientos” | 200.0 | 200.0 | 0.9 | 0.0 | 0.0 | ||
3212 | “Servicio de Fotocopiado” | 350.0 | 122.1 | 0.5 | (227.9) | (65.1) | ||
3301 | “Honorarios” | 4,310.0 | 5,076.2 | 21.7 | 766.2 | 17.8 | ||
3302 | “Capacitación” | 0.0 | 1,045.0 | 4.5 | 1,045.0 | n.a. | ||
3303 | “Servicios de Informática” | 0.0 | 390.3 | 1.7 | 000.0 | x.x. | ||
0000 | “Estudios e Investigaciones” | 4,000.0 | 3,083.2 | 13.2 | (916.8) | (22.9) | ||
3402 | “Fletes y Maniobras” | 30.0 | 35.0 | 0.2 | 5.0 | 16.7 | ||
3403 | “Servicios Bancarios y Financieros” | 25.0 | 25.0 | 0.1 | 0.0 | 0.0 | ||
3404 | “Seguros” | 50.0 | 92.4 | 0.4 | 42.4 | 84.8 | ||
3407 | “Otros Impuestos y Derechos | |||||||
y Gastos de Fedatarios Públicos” | 50.0 | 150.0 | 0.6 | 100.0 | 200.0 | |||
3409 | “Patentes, Regalías y Otros” | 50.0 | 456.8 | 2.0 | 406.8 | 813.6 | ||
3415 | “Otros Servicios Comerciales” | 10.0 | 46.3 | 0.2 | 36.3 | 363.0 | ||
3501 | “Mantenimiento y Conservación | |||||||
de Mobiliario y Equipo” | 0.0 | 34.5 | 0.2 | 34.5 | n.a. | |||
3502 | “Mantenimiento y Conservación | |||||||
de Bienes Informáticos | 0.0 | 51.6 | 0.2 | 51.6 | n.a. | |||
3504 | “Mantenimiento, Conservación | |||||||
y Reparación de Bienes Inmuebles | ||||||||
y Muebles Adheridos a los Mismos” | 900.0 | 1,350.0 | 5.8 | 450.0 | 50.0 | |||
3505 | “Instalaciones” | 0.0 | 208.4 | 0.9 | 000.0 | x.x. | ||
0000 | “Servicios de Lavandería, Limpieza, | |||||||
Higiene y Fumigación” | 300.0 | 360.5 | 1.5 | 60.5 | 20.2 | |||
3510 | “Mantenimiento y Conservación | |||||||
de Vehículos y Equipo Destinados | ||||||||
a Servicios Públicos y Operación | ||||||||
de Programas Públicos” | 0.0 | 104.6 | 0.4 | 000.0 | x.x. | |||
0000 | “Mantenimiento y Conservación de Equipos | |||||||
y Aparatos de Comunicaciones | ||||||||
y Telecomunicaciones” | 0.0 | 284.1 | 1.2 | 284.1 | n.a. | |||
3604 | “Publicaciones Oficiales para Licitaciones | |||||||
Públicas y Trámites Administrativos | ||||||||
en Cumplimiento de Disposiciones | ||||||||
Jurídicas” | 50.0 | 51.0 | 0.2 | 1.0 | 2.0 | |||
3606 | “Otros Gastos de Publicación, Difusión | |||||||
e Información” | 4,100.0 | 0.0 | 0.0 | (4,100.0) | (100.0) | |||
3703 | “Xxxxxxx xx Xxxxxxxx xxx Xxxxxxxx Xxxxxxx” | 105.1 | 105.1 | 0.5 | 0.0 | 0.0 | ||
3803 | “Congresos, Convenciones y Exposiciones” | 600.0 | 600.0 | 2.6 | 0.0 | 0.0 | ||
3807 | “Gastos para Alimentación de Servidores | |||||||
Públicos de Mando” | 100.0 | 100.0 | 0.4 | 0.0 | 0.0 | |||
Total capítulo 3000 “Servicios Generales” | 26,603.1 | 23,371.4 | 100.0 | (3,231.7) | (12.1) | |||
n.a. No aplicable. |
Para determinar la muestra sujeta a revisión se utilizó el método de muestreo dirigido, considerando como criterio de selección las partidas que, en cuanto a monto, presentaran la mayor participación del presupuesto ejercido, seleccionando aquellas con una participación superior al 6.0% del total erogado en el capítulo sujeto a revisión, en virtud de lo anterior se seleccionaron las partidas 3201 “Xxxxxxxxxxxxx xx Xxxxxxxxx x Xxxxxxx”, 0000 “Honorarios” y 3305 “Estudios e Investigaciones”.
También se consideró la relación de las contrataciones efectuadas durante el 2009 con cargo al capítulo 3000 “Servicios Generales”, proporcionada por la entidad mediante el oficio núm. PAOT-05-300/100-158-2010 del 19 xx xxxxxx de 2010, de la cual se identificó que el presupuesto ejercido en dicho capítulo se erogó para el pago de las adquisiciones de servicios que se llevaron a cabo por medio de los siguientes procedimientos de adjudicación y contratos respectivos:
(Miles de pesos y por cientos)
Procedimiento | Cantidad de contratos | Importe según relación de adquisiciones | % del total | |
Licitación pública nacional | 1 | 259.9 | 1.2 | |
Licitación pública internacional | 1 | 270.5 | 1.2 | |
Invitación a cuando menos tres personas | 1 | 890.4 | 4.1 | |
Adjudicación directa | 198 | 20,529.9 | 93.5 | |
Total | 21,950.7 | 100.0 |
Respecto de los 1,420.7 miles de pesos restantes que integran el monto erogado en el capítulo 3000 “Servicios Generales”, la entidad explicó y se confirmó que correspondieron a gastos por servicios de agua, energía eléctrica, servicios bancarios y financieros, pasajes, pago único extraordinario a prestadores de servicios profesionales, entre otros, por lo que éstos no fueron incluidos en su relación de contrataciones.
En este sentido, en virtud de su peso específico en el gasto ejercido, se seleccionaron para su revisión los procedimientos relativos a la invitación a cuando menos tres personas y una muestra de las adjudicaciones directas celebradas por la entidad, considerando para ello los contratos más representativos en cuanto al monto erogado. De las partidas presupestales elegidas se tomaron como muestra de manera dirigida los contratos núms. PAOT-04-CT-2009 del 2 de enero de 2009 y PAOT-12-CT-2009 del 00 xx xxxxxxx
xx 0000, xxx xxxxxx fueron adjudicados directamente a Inmuebles Acalotenco, S.A de C.V., por montos ejercidos de 442.5 miles de pesos y de 7,163.5 miles de pesos, respectivamente, correspondientes al arrendamiento del inmueble que ocupa las oficinas de la Procuraduría, ambos registrados con cargo a la partida 3201 “Arrendamiento de Edificios y Locales”; y el núm. PAOT-PDIA-004-CT-2009 del 25 xx xxxxx de 2009, adjudicado mediante el procedimiento de invitación restringida a cuando menos tres proveedores núm. PAOT/PDIA-IN/01/2009 a la empresa Marasol, S.A. de C.V., por un monto ejercido de 890.4 miles de pesos, por concepto del “Estudio de elaboración de documentación técnica para determinar el deslinde del cauce federal de tres barrancas”, registrado con cargo a la partida 3305 “Estudios e Investigaciones”.
Por otro lado, de la relación de prestadores de servicios contratados en 2009 con cargo a la partida 3301 “Honorarios” se seleccionaron de manera dirigida, por presentar el mayor importe en dicha relación, cinco folios de prestadores de servicios con los cuales se celebraron 26 contratos de prestación de servicios profesionales, por un monto ejercido de 1,790.8 miles de pesos. Adicionalmente, se revisó el pagó único extraordinario otorgado a los prestadores con los folios seleccionados, el cual ascendió a 122.8 miles de pesos.
Como resultado de lo anterior, los contratos seleccionados como muestra de auditoría, en suma, ascendieron a 10,410.0 miles de pesos, cifra que representó el 44.5% del total erogado en el capítulo 3000 “Servicios Generales”, por 23,371.4 miles de pesos, como se indica a continuación:
(Miles de pesos y por cientos)
Partida presupuestal Presupuesto ejercido Muestra
Número | Concepto | Importe | % del total ejercido | Importe | % de la partida | |
3201 | “Arrendamiento de Edificios y Locales” | 7,767.0 | 33.2 | 7,606.0 | 97.9 | |
3301 | “Honorarios” | 5,076.2 | 21.7 | 1,913.6 | 37.7 | |
3305 | “Estudios e Investigaciones” | 3,083.2 | 13.2 | 890.4 | 28.9 | |
Otras partidas | 7,445.0 | 31.9 | 0.0 | 0.0 | ||
Total del capítulo 3000 “Servicios Generales” | 23,371.4 | 100.0 | 10,410.0 | 44.5 |
RESULTADOS
1. Resultado
Con el propósito de verificar el presupuesto aprobado y que la PAOT haya elaborado, tramitado y registrado las afectaciones presupuestarias en el ejercicio fiscal de 2009, de conformidad con el Manual de Normas y Procedimientos Presupuestarios para la Administración Pública del Distrito Federal, se analizaron las afectaciones presupuestarias registradas en el capítulo 3000 “Servicios Generales”.
Según lo reportado en el Informe de Cuenta Pública para el ejercicio de 2009, se asignó a la entidad un presupuesto original de 26,603.1 miles de pesos para el capítulo 3000 “Servicios Generales”, monto que disminuyó por un importe neto de 3,213.7 miles de pesos (12.1% con relación al presupuesto asignado originalmente al capítulo), mediante 23 afectaciones presupuestarias, de las cuales 21 fueron compensadas y 2 líquidas, con ampliaciones por un total de 19,652.6 miles de pesos y reducciones por 22,866.3 miles de pesos; resultado de lo cual, el presupuesto modificado se ubicó en 23,389.4 miles de pesos. De dicho presupuesto, la entidad ejerció un monto de 23,371.4 miles de pesos (31.0% del total del presupuesto erogado por la entidad por 75,493.2 miles de pesos) y dejó de ejercer recursos por 18.0 miles de pesos.
El Informe de Cuenta Pública 2009, en la sección “Análisis de Egresos por Capítulo de Gasto”, señala que la variación por 3,231.7 miles de pesos entre los presupuestos original y ejercido en este capítulo se originó “debido a que el requerimiento de recursos se realizó en fechas posteriores una vez que se recibió la facturación de las partidas centralizadas mismas que fueron recibidas posteriormente a lo programado; asimismo la contratación y pago de diversos bienes y servicios tuvo un retraso conforme a lo programado debido a la falta de los documentos comprobatorios del cumplimiento de las obligaciones fiscales de los proveedores ante la Tesorería. Los recursos originalmente programados para la partida 3606 fueron transferidos a partidas presupuestales del capítulo 3000 y 5000 para la aportación de recursos federales correspondientes al 80% del monto total del proyecto ‘Procuración y Acceso a la Justicia Ambiental como Estrategia para la Mitigación del Cambio Climático’. Con respecto a la variación correspondiente a la partida 3305 fue motivada por una economía en la contratación de un estudio,
mediante el procedimiento de invitación restringida. La transferencia de recursos federales realizada al capítulo 5000 para la adquisición de equipo de medición, radiocomunicación y de transporte, fue derivada para continuar con las adquisiciones programadas en el Proyecto ‘Procuración y Acceso a la Justicia Ambiental como Estrategia para la Mitigación del Cambio Climático’, conforme a lo autorizado por la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales del Gobierno Federal”.
También se indica en dicho informe que la variación de 18.0 miles de pesos (0.1%), entre los presupuestos modificado y ejercido, “corresponde a una reducción presupuestal líquida de los recursos federales destinados al proyecto Procuración y Acceso a la Justicia Ambiental como estrategia para la mitigación del cambio climático propuesta por la Cámara de Diputados”.
A continuación se detallan las afectaciones presupuestarias que modificaron el presupuesto original asignado al capítulo sujeto a revisión:
(Miles de pesos)
de afectación | de alta | Reducción | Ampliación | |
A 30 PD PA 008 E | 27/II/09 | Compensada | (40.0) | 40.0 |
A 30 PD PA 014 E | 20/III/09 | Compensada | (100.0) | 100.0 |
A 30 PD PA 015 E | 20/III/09 | Compensada | (100.0) | 100.0 |
A 30 PD PA 018 E | 24/IV/09 | Compensada | (284.0) | 284.0 |
A 30 PD PA 019 E | 24/IV/09 | Compensada | (30.0) | 30.0 |
A 30 PD PA 020 E | 29/IV/09 | Compensada | (684.9) | 684.9 |
A 30 PD PA 021 E | 29/IV/09 | Compensada | (20.0) | 20.0 |
C 30 PD PA 027 E | 13/V/09 | Líquida | (757.7) | 0.0 |
A 30 PD PA 028 E | 22/V/09 | Compensada | (402.5) | 402.5 |
A 30 PD PA 030 E | 29/V/09 | Compensada | (80.0) | 250.0 |
A 30 PD PA 031 E | 29/V/09 | Compensada | (100.0) | 100.0 |
A 30 PD PA 032 E | 29/V/09 | Compensada | (13.5) | 13.5 |
A 30 PD PA 035 E | 30/VI/09 | Compensada | (2,548.2) | 2,548.2 |
A 30 PD PA 047 E | 28/VIII/09 | Compensada | (49.6) | 49.6 |
A 30 PD PA 052 E | 30/IX/09 | Compensada | (6.5) | 6.5 |
A 30 PD PA 056 E | 30/IX/09 | Compensada | (4,800.0) | 4,800.0 |
A 30 PD PA 057 E | 30/IX/09 | Compensada | (255.1) | 87.5 |
C 30 PD PA 059 E | 30/IX/09 | Líquida | 0.0 | 908.3 |
A 30 PD PA 066 E | 28/X/09 | Compensada | (400.0) | 400.0 |
A 30 PD PA 068 E | 14/XI/09 | Compensada | (766.2) | 766.2 |
A 30 PD PA 070 E | 14/XI/09 | Compensada | (1,926.8) | 1,161.4 |
A 30 PD PA 071 E | 29/XI/09 | Compensada | (5,501.3) | 5,501.3 |
A 30 PD PA 077 E | 31/XII/09 | Compensada | (4,000.0) | 1,398.7 |
Número
Fecha
Tipo Importe
Total del capítulo 3000 “Servicios Generales” (22,866.3) 19,652.6
Se constató que los importes integrados como presupuesto original y modificado coincidieron con los montos reportados en la Cuenta Pública de 2009.
Cabe precisar que con dos afectaciones presupuestarias líquidas se realizaron ampliaciones por 908.3 miles de pesos y reducciones por 757.7 miles de pesos. Asimismo, con 21 afectaciones presupuestarias compensadas, se realizaron ampliaciones por 18,744.3 miles de pesos y reducciones por 22,108.6 miles de pesos.
De las afectaciones presupuestarias sobresalen, por su importe o relación con las partidas revisadas, las siguientes:
Con la afectación presupuestaria líquida núm. C 30 PD PA 027 E, la PAOT realizó una reducción líquida de recursos en el capítulo 3000 “Servicios Generales”, por 757.7 miles de pesos, para dar cumplimiento al oficio circular núm. SFDF/154/2009 del 8 xx xxxxx de 2009, firmado por el Secretario de Xxxxxxxx, mediante el cual se solicitó a la PAOT una reducción del 4.9% del presupuesto de recursos fiscales aprobados, derivado de la disminución en la recaudación esperada, con el propósito de mantener el equilibrio presupuestal y disciplina fiscal. Sobre el particular, se determinó que el presupuesto aprobado a la PAOT en 2009, con recursos fiscales fue de 70,287.5 miles de pesos y el importe total de esta afectación fue de 3,444.1 miles de pesos, equivalente al 4.9%, por lo que con esta afectación se atendió lo señalado en dicho oficio circular.
Mediante la afectación presupuestaria compensada núm. A 30 PD PA 035 E, la entidad realizó una recalendarización de recursos en las partidas 3305 “Estudios e Investigaciones”, por 948.2 miles de pesos; y 3606 “Otros Gastos de Difusión e Información”, por 1,600.0 miles de pesos, debido a que no hubo compromisos en el primer semestre de 2009, transfiriéndolos al segundo semestre derivado del Convenio de Coordinación para el Fortalecimiento de las Capacidades Institucionales “Programa de Desarrollo Ambiental Institucional”, celebrado entre la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT) y la PAOT.
Con la afectación presupuestaria compensada núm. A 30 PD PA 056 E, la entidad realizó
una recalendarización de recursos en las partidas 3305 “Estudios e Investigaciones”, por
2,000.0 miles de pesos; y 3606 “Otros Gastos de Difusión e Información”, por 2,800.0 miles de pesos, para atender los requerimientos en el último trimestre de 2009, que fueron establecidos en el Convenio de Coordinación para el Fortalecimiento de las Capacidades Institucionales: “Programa de Desarrollo Institucional Ambiental”.
Por medio de la afectación presupuestaria líquida núm. C 30 PD PA 059 E, por 908.3 miles de pesos, se solicitó la ampliación líquida de recursos principalmente en la partida 3305 “Estudios e Investigaciones” debido a que “es necesario llevar a cabo estudios específicos en […] áreas naturales protegidas, para recabar datos que permitan la toma de decisiones para elaboración de informes, recomendaciones y políticas para su protección y mejoramiento”.
Mediante la afectación presupuestaria compensada núm. A 30 PD PA 068 E, la PAOT realizó una reducción de recursos, entre otras, en la partida 3201 “Arrendamiento de Edificios y Locales” ya que, según lo señalado en la justificación, se debió principalmente “a que se tenía programado un aumento en el monto de arrendamiento del edificio sede de la PAOT, lo anterior en razón de que se pretendía arrendar el edificio completo para concentrar las oficinas anexas con las principales en un solo inmueble, sin embargo dicha concentración no se dio sino hasta el mes xx xxxxx debido al retraso en el dictamen de justipreciación, la anterior situación generó que durante el período enero-abril, los gastos de arrendamiento fueran casi los mismos que los del año anterior […] lo cual nos genera un ahorro […] el cual es necesario para cubrir otras necesidades de gasto distintas a las programadas”; así como una ampliación en la partida 3301 “Honorarios” en virtud de que según la justificación, “de acuerdo con el documento ‛Conciliación de Contratos de Prestadores de Servicios 2009’ se determinó un déficit presupuestal en la partida 3301. El cual sería cubierto a través de transferencia compensada”. Respecto a la ampliación de la partida 3301 “Honorarios”, la entidad informó, con el oficio núm. PAOT-05-300/000-000-0000 del 29 de octubre de 2010, que “la asignación original resultó insuficiente para cumplir con las tareas encomendadas, lo anterior fue autorizado por la Secretaría de Finanzas, la Oficialía Mayor y la Coordinación de Modernización Administrativa”.
Con la afectación presupuestaria núm. A 30 PD PA 070 E, la entidad realizó una reducción compensada de recursos en la partida 3305 “Estudios e Investigaciones”, por 1,926.8 miles de pesos, para ser adicionados en las partidas 3302 “Capacitación”,
por 836.0 miles de pesos; 3409 “Patentes, Regalías y Otros”, por 325.4 miles de pesos; y diversas partidas del capítulo 2000 “Materiales y Suministros”, por un monto de
765.4 miles de pesos. Lo anterior debido principalmente a que, en el capítulo 2000 “Materiales y Suministros”, se requería la adquisición de materiales y suministros, como fotografías. Respecto al capítulo 3000 “Servicios Generales”, era necesaria la capacitación de servidores públicos de la PAOT y autoridades ambientales delegacionales, en temas específicos, con las cuales se llevaron a cabo acciones concretas de monitoreo, vigilancia y protección de las áreas naturales protegidas del Distrito Federal; y para la adquisición de software especializado para utilizar y sistematizar los datos recabados, a fin de elaborar informes que faciliten la toma de decisiones de las autoridades.
Con la afectación presupuestaria compensada núm. A 30 PD PA 071 E, la entidad realizó una recalendarización de recursos por 5,501.2 miles de pesos, en las partidas 3302 “Capacitación”, por 836.0 miles de pesos; 3305 “Estudios e Investigaciones”, por 739.7 miles de pesos; 3409 “Patentes, Regalías y Otros”, por 325.4 miles de pesos; y 3606 “Otros Gastos de Publicación, Difusión e Información”, por 3,600.0 miles de pesos. Lo anterior debido a que no se habían recibido los subsidios, dado que las asignaciones de origen federal provenientes del Programa de Desarrollo Institucional, se encontraban en acuerdo y definición de mecanismos satisfactorios para su adecuado registro.
Con la afectación presupuestaria núm. A 30 PD PA 077 E, la entidad realizó una reducción compensada de recursos en la partida 3606 “Otros Gastos de Publicación, Difusión e Información”, por 4,000.0 miles de pesos, para que se transfirieran mediante una ampliación a la partida 3305 “Estudios e Investigaciones”, por 1,398.7 miles de pesos; y una adición de recursos a diversas partidas del capítulo 5000 “Bienes Muebles e Inmuebles”, por 2,601.3 miles de pesos. Lo anterior para atender los requerimientos definidos en el anexo técnico del Convenio de Coordinación para el Fortalecimiento de las Capacidades Institucionales “Programa de Desarrollo Institucional Ambiental”.
A partir de las 23 afectaciones señaladas, el presupuesto aprobado para la PAOT en el capítulo 3000 “Servicios Generales”, se modificó como sigue:
(Miles de pesos)
Importes
Concepto | Parcial | Total | ||||
Presupuesto original Afectaciones presupuestarias Ampliaciones compensadas | 18,744.3 | 26,603.1 | ||||
Ampliaciones líquidas | 908.3 | |||||
Subtotal de ampliaciones | 19,652.6 | |||||
Reducciones compensadas | 22,108.6 | |||||
Reducciones líquidas | 757.7 | |||||
Subtotal de reducciones Modificaciones al presupuesto | 22,866.3 | (3,213.7) | ||||
Presupuesto modificado | 23,389.4 | |||||
Presupuesto ejercido | 23,371.4 | |||||
Recursos no ejercidos | 18.0 |
De las 23 afectaciones presupuestarias que modificaron al capítulo 3000 “Servicios Generales” en 2009, se constató que cuentan con la afectación programática y la justificación correspondiente, y que se realizaron y registraron en el Sistema Institucional de Control de Egresos (SICE) en la SF, de acuerdo con lo establecido en el Manual de Normas y Procedimientos Presupuestarios para la Administración Pública del Distrito Federal para el ejercicio de 2009.
Respecto de los recursos no ejercidos por 18.0 miles de pesos, se observó que en el apartado de explicaciones a las variaciones del Informe de Cuenta Pública se indicó que se presenta una variación de 18.0 miles de pesos entre el presupuesto modificado y el ejercido, la cual “corresponde a una reducción presupuestal líquida de los recursos federales destinados al proyecto Procuración y Acceso a la Justicia Ambiental como estrategia para la mitigación del cambio climático propuesta por la Cámara de Diputados”. Al respecto, con el oficio núm. PAOT-05-300/400-702/2010 del 27 de octubre de 2010, la entidad informó que “estos recursos no fueron enterados a la Tesorería del D.F. por que no fueron recaudados”.
Referente a las variaciones entre el presupuesto original y ejercido de las partidas que mostraron variaciones superiores al 100.0%, con el oficio núm. PAOT-05-300/400-682/2010 del 22 de octubre de 2010, la entidad informó lo siguiente:
Respecto a la partida 3106 “Servicios de Conducción de Señales Analógicas y Digitales” cuyo presupuesto original fue de 190.0 miles de pesos y el ejercido de 540.0 miles de pesos, mostrando una variación de 350.0 miles de pesos (184.2%), señaló que “se ejerció un monto mayor al originalmente programado, debido a que se incrementó el presupuesto mediante afectación presupuestaria compensada, se solicitó su ampliación debido al incremento en el consumo de Internet”.
Referente a la partida 3302 “Capacitación” la cual no contó con presupuesto original y ejerció 1,045.0 miles de pesos, indicó que “se ejerció un monto mayor al originalmente programado, debido a que se incrementó el presupuesto mediante afectación presupuestal compensada; se solicitó su ampliación para pagar el 20.0% de aportación proporcional de la capacitación financiada en un 80% con aportaciones federales, mediante el Programa de Desarrollo Institucional Ambiental”.
En relación con la partida 3407 “Otros Impuestos y Derechos y Gastos de Fedatarios Públicos” cuyo presupuesto original fue de 50.0 miles de pesos y el ejercido de 150.0 miles de pesos, mostrando una variación de 100.0 miles de pesos (200.0%), mencionó: “Se ejerció un monto mayor al originalmente programado, debido a que se incrementó el presupuesto mediante afectación presupuestal compensada; se solicitó el aumento debido al incremento de dictámenes de justipreciación así como de pagos por tenencia y verificaciones de los vehículos adquiridos durante el 2009”.
Relativo a la partida 3409 “Patentes, Regalías y Otros” cuyo presupuesto original fue de 50.0 miles de pesos y el ejercido fue de 456.8 miles de pesos, lo que significó una variación de 406.8 miles de pesos (813.6%), comentó: “Se ejerció un monto mayor al originalmente programado, debido a que se incrementó el presupuesto mediante afectación presupuestal compensada; se solicitó para pagar el 20% de aportación proporcional de las licencias financiadas en un 80% con aportaciones federales mediante el Programa de Desarrollo Institucional Ambiental”.
Correspondiente a la partida 3415 “Otros Servicios Comerciales” cuyo presupuesto original fue de 10.0 miles de pesos y el ejercido de 46.3 miles de pesos; es decir, mostró una variación de 36.3 miles de pesos (363.0%), argumentó que “se ejerció un monto
mayor al originalmente programado debido a que se incrementó el presupuesto mediante afectación presupuestal compensada; para el pago de servicio de encuadernación y corte de las diversas publicaciones emitidas por esta Procuraduría”.
Por otro lado, en la revisión de los flujos de efectivo, se determinó que el correspondiente x xxxx de 2009 fue entregado por la PAOT extemporáneamente el 12 xx xxxxx de 2009, con el oficio núm. PAOT-05-300/000-000-0000. Sobre el particular, mediante el oficio núm. PAOT-05-300/400-702/2010 del 00 xx xxxxxxx xx 0000, xx Xxxxxxxxxxx Administrativo de la entidad proporcionó nota, en la cual informó que “fueron entregados fuera del tiempo establecido por la carga de trabajo de los primeros meses del año”. Por lo anterior, la entidad no observó el artículo 555, fracción I, del Código Financiero del Distrito Federal vigente en 2009, que señala: “Las entidades deberán enviar a la Secretaría la siguiente información: I. Mensualmente, dentro de los primeros diez días del mes siguiente […] g). Flujo de efectivo”.
En la reunión de confronta celebrada el 6 de diciembre de 2010, mediante el oficio núm. PAOT-05-300/100-224-2010 del 6 de diciembre de 2010, la entidad informó: “Se entrega copia simple del oficio número PAOT-05-300/100-222-2010, mediante el que se establecen medidas preventivas tendientes a evitar la recurrencia de omisiones”. En dicho oficio, la titular de la PAOT instruyó al Coordinador Administrativo “verificar que las justificaciones que se presenten en las afectaciones presupuestarias se encuentren correctamente motivadas, que los datos que en ellas se asienten […] sean correctos”. Sin embargo, la entidad no proporcionó evidencia documental de las medidas referidas en su respuesta, las cuales, además de ser posteriores al ejercicio auditado, no desvirtúan lo observado en el presente resultado.
Recomendación AEPOA-113-09-01-PAOT
Es necesario que la Procuraduría Ambiental y del Ordenamiento Territorial del Distrito Federal, por conducto de la Coordinación Administrativa, implante mecanismos de control para garantizar que el flujo de efectivo se entregue en los plazos establecidos a la Secretaría de Finanzas, lo anterior en cumplimiento del Código Financiero del Distrito Federal y demás normatividad aplicable.
2. Resultado
En el análisis de la estructura orgánica de la PAOT, se determinó que con el oficio núm. OM/1408/2008 del 6 xx xxxxxx de 2008, la OM aprobó el dictamen núm. 14/2008 vigente a partir del 16 de julio de 2008, que aplicó la PAOT en el ejercicio en revisión, con el cual se justificó la ampliación de la estructura a 81 plazas de mandos medios y superiores. Cabe mencionar que, por medio del oficio núm. OM/1461/2003 del 29 de diciembre de 2003, la OM autorizó el dictamen núm. T.O./009/2003 con vigencia a partir del 16 de diciembre de 2003, con el cual se autorizó la creación de 44 plazas del personal técnico-operativo.
Derivado de lo anterior, la entidad actualizó su manual administrativo, en su parte de organización y procedimientos, el cual se remitió a la CGMA mediante el oficio núm. PAOT/000-0000-0000 del 8 de octubre de 2008, y el cual fue dictaminado y registrado con el núm. MA-06DPA-14/08, según consta en el oficio núm. CGMA/DDO/0375/09 del 24 de septiembre de 2009, emitido por la citada Coordinación General. Cabe señalar que el manual referido incluyó apartados de presentación, antecedentes, marco jurídico- administrativo, objetivo general, estructura orgánica, atribuciones, funciones, un organograma y relación de procedimientos. Al respecto, el manual administrativo de la entidad se ajustó a la estructura orgánica autorizada.
Para evaluar el control interno del sujeto fiscalizado se solicitaron e identificaron los procedimientos que regularon sus operaciones durante 2009. En ese sentido, se identificaron 2 procedimientos aplicables al capítulo 3000 “Servicios Generales” (“Proceso de Compras” y “Participación en el Procedimiento de Licitación Pública”) de un total de 12, autorizados con el oficio núm. CGMA/DDO/0375/09 del 00 xx xxxxxxxxxx xx 0000 xxx xx XXXX, y registrados con el núm. XX-00XXX-00/00. Xxxxxx procedimientos contienen políticas y lineamientos para el control de las operaciones correspondientes.
Sin embargo, se constató que la entidad careció de procedimientos específicos relativos a la contratación de prestadores de servicios profesionales asimilables a salarios. Con el oficio núm. PAOT-005-300/000-000-0000 del 31 xx xxxxxx de 2010, el Coordinador Administrativo proporcionó nota informativa, en la cual indicó: “La PAOT cuenta con un procedimiento para la contratación de servicios profesionales externos, definido como ‛Proceso de Compras’.
Lo anterior en virtud de que la contratación de servicios profesionales externos bajo el régimen fiscal de honorarios asimilables a salarios (partida 3301 Honorarios), se regula por lo ordenado en la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal, motivo por lo cual no requiere de un procedimiento específico para su selección, contratación y pago”.
No obstante lo señalado, el procedimiento “Proceso de Compras” y la normatividad referida no establecen las áreas responsables y tramos de control para cada una de las actividades que se deben llevar a cabo para la contratación de los prestadores de servicios, así como para el registro, ejercicio y pago de los recursos derivados de dicha contratación, ni lo referente a los documentos que deben contener los expedientes de los prestadores de servicios, ni los formatos y requisitos de contratos o lo relativo a los informes requeridos a los prestadores. De los anterior resultan deficiencias de control, ya que no se cuenta con procedimientos específicos para este tipo de contrataciones en los que se definan claramente las áreas responsables y tramos de control para cada una de las actividades. Por lo anterior, la entidad dejó de observar el numeral 4.4.14 de la Normatividad en materia de Administración de Recursos para las Dependencias, Unidades Administrativas, Unidades Administrativas de Apoyo Técnico-Operativo, Órganos Desconcentrados y Entidades de la Administración Pública del Distrito Federal (Circular Uno), vigente en 2009, que establece: “Los titulares de las […] Entidades, son los responsables de la actualización de los Manuales Administrativos, que se deriven de la aplicación de un proceso rediseñado, de un procedimiento simplificado, de la modificación de la estructura orgánica, o de la supresión o creación xx xxxxx y normas…”
Por otra parte, el Consejo de Gobierno de la PAOT, en la trigésima primera sesión ordinaria celebrada el 29 de octubre de 2009, tomó el acuerdo núm. 2009-O.31-03 que señala: “Se aprueba el Manual Administrativo de la Procuraduría Ambiental y del Ordenamiento Territorial del Distrito Federal, dictaminado y registrado ante la Coordinación General de Modernización Administrativa de la Contraloría General del Distrito Federal bajo número de registro MA-06DPA-14/08”.
Cabe precisar que, mediante nota informativa entregada con el oficio núm. PAOT-05-300/000-000-0000 del 31 xx xxxxxx de 2010, el Coordinador Administrativo de la entidad informó que “la vigencia del Manual Administrativo es a partir del 30 de octubre de 2009
[y] el manual de procedimientos que se aplicó durante el período […] fue el dictaminado por la Coordinación General de Modernización Administrativa [con número de registro] MA-06-DPA-17/02”. Es decir, durante el período del 1o. de enero al 29 de octubre de 2009, la PAOT operó con el manual administrativo registrado con el número MA-06-DPA-17/02 y fue a partir del 30 de octubre de 2009 cuando entró en vigor el manual administrativo actualizado, acorde a la estructura orgánica autorizada con el dictamen 14/2008 vigente a partir del 16 de julio de 2008.
Adicionalmente, con nota informativa remitida mediante el oficio núm. PAOT-05-300/000-000-0000 del 31 xx xxxxxx de 2010, el Coordinador Administrativo de la entidad informó que “el manual administrativo MA-06DPA-14/08 no fue publicado en la Gaceta Oficial del Gobierno del Distrito Federal”, por lo que la entidad infringió el numeral 4.4.10 de la Normatividad en materia de Administración de Recursos para las Dependencias, Unidades Administrativas, Unidades Administrativas de Apoyo Técnico- Operativo, Órganos Desconcentrados y Entidades de la Administración Pública del Distrito Federal (Circular Uno), el cual establece: “Una vez obtenido el registro de los Manuales Administrativos ante la CGMA, los titulares de las Dependencias, Unidades Administrativas, Órganos Desconcentrados y Entidades, serán los responsables de su publicación en la Gaceta Oficial del Gobierno del Distrito Federal, gestionando para tal efecto, los trámites que correspondan ante la Consejería Jurídica y de Servicios Legales”.
Respecto a la difusión del manual administrativo con el oficio núm. PAOT-05-300/000-000-0000 del 26 xx xxxxxx de 2010, el Coordinador Administrativo de la entidad señaló que “la difusión del Manual Administrativo se hizo a través del sitio Web xxxx://xxxx.xxx.xx/xxxxxxxxxxxxx/xxx/Xxxxxx 2008.pdf”. Asimismo, mediante el oficio núm. PAOT-05-300/000-000-0000 del 00 xx xxxxxxx xx 0000, xx Xxxxxxxxxxx Administrativo remitió copia del “aviso informativo del Manual Administrativo que se hizo del conocimiento al personal a través del mural institucional. Se encuentra ubicado en cada uno de los niveles de las instalaciones de la PAOT”. Sin embargo, del análisis de dicho documento se desprende que carece de firma y no cuenta con acuse de recibido del personal de la PAOT. Por lo anterior, la entidad no acreditó el cumplimiento del numeral 4.4.12 de la Normatividad en materia de Administración de Recursos para las Dependencias, Unidades Administrativas, Unidades Administrativas de Apoyo Técnico-Operativo, Órganos Desconcentrados y Entidades de la Administración Pública del Distrito Federal (Circular Uno), vigente en 2009, que señala
“Los titulares de las […] Entidades, deberán hacer del conocimiento del personal, el contenido de los Manuales Administrativos, con el propósito de que estén adecuada y permanentemente informados de la organización y de los procedimientos internos aplicables en su área de adscripción”.
En la reunión de confronta celebrada el 6 de diciembre de 2010, con el oficio núm. PAOT-05-300/100-224-2010 del 6 de diciembre de 2010, la entidad indicó: “Se entrega copia simple del oficio número PAOT-05-300/100-222-2010, mediante el que se establecen medidas preventivas tendientes a evitar la recurrencia de omisiones”. En dicho oficio, la titular de la PAOT instruyó al Coordinador Administrativo: “En coordinación con la Subprocuraduría de Asuntos Jurídicos, elaborar el Procedimiento de Contratación de Servicios Profesionales Asimilables a Salarios, obtener su registro en la Coordinación [General] de Modernización Administrativa de la Contraloría General del Distrito Federal, publicarlo en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, hacerlo de conocimiento de los servidores públicos de esta procuraduría y dejar evidencia de esto último”. Sin embargo, la entidad no proporcionó evidencia documental de las medidas referidas en su respuesta, las cuales, en todo caso son posteriores al ejercicio auditado, por lo que no desvirtúan lo observado en el presente resultado.
Recomendación AEPOA-113-09-02-PAOT
Es necesario que la Procuraduría Ambiental y del Ordenamiento Territorial del Distrito Federal, por medio de la Coordinación Administrativa, elabore e integre en su manual administrativo el procedimiento específico relacionado con la contratación de prestadores de servicios profesionales, así como con lo relativo al registro, ejercicio y pago de los recursos derivados de dicha contratación, de conformidad con lo dispuesto en la Normatividad en materia de Administración de Recursos para las Dependencias, Unidades Administrativas, Unidades Administrativas de Apoyo Técnico-Operativo, Órganos Desconcentrados y Entidades de la Administración Pública del Distrito Federal (Circular Uno).
Recomendación AEPOA-113-09-03-PAOT
Es necesario que la Procuraduría Ambiental y del Ordenamiento Territorial del Distrito Federal, por medio de la Coordinación Administrativa, establezca medidas de control interno
para garantizar que cuando se obtenga el registro de su manual administrativo ante la Coordinación General de Modernización Administrativa, dicho documento se publique en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, de conformidad con lo dispuesto en la Normatividad en materia de Administración de Recursos para las Dependencias, Unidades Administrativas, Unidades Administrativas de Apoyo Técnico-Operativo, Órganos Desconcentrados y Entidades de la Administración Pública del Distrito Federal (Circular Uno).
Recomendación AEPOA-113-09-04-PAOT
Es necesario que la Procuraduría Ambiental y del Ordenamiento Territorial del Distrito Federal, por medio de la Coordinación Administrativa, implante mecanismos de control para garantizar que se cuente con evidencia documental de la difusión del Manual Administrativo de la Procuraduría entre su personal, de conformidad con lo dispuesto en la Normatividad en materia de Administración de Recursos para las Dependencias, Unidades Administrativas, Unidades Administrativas de Apoyo Técnico-Operativo, Órganos Desconcentrados y Entidades de la Administración Pública del Distrito Federal (Circular Uno).
3. Resultado
En el análisis del contrato núm. PAOT-04-CT-2009 del 2 de enero de 2009, por el importe comprometido de 737.5 miles de pesos (IVA incluido) cuyo objeto fue arrendar los pisos 3, 4, 5 y 6, así como 18 cajones de estacionamiento del inmueble ubicado en la calle de Medellín núm. 202, por el período del 1o. de enero al 15 xx xxxxx de 2009, con cargo a la partida 3201 “Arrendamiento de Edificios y Locales”, se determinó lo siguiente:
1. La Dirección de Avalúos, dependiente de la Dirección General de Patrimonio Inmobiliario de la OM, el 24 xx xxxxx de 2008 emitió la actualización de la justipreciación identificada con el núm. secuencial AR(ST)-06165-C y núm. progresivo 26/02/08-00005, con la finalidad de continuar con el arrendamiento de los pisos 3, 4, 5 y 6, así como de 18 cajones de estacionamiento del edificio que ocupa las oficinas de la PAOT. Como resultado de la justipreciación, se emitió el dictamen correspondiente en el que se determinó que la renta mensual máxima a pagar por dicho inmueble ascendería a
256.5 miles de pesos (sin IVA), importe que coincidió con el del contrato de arrendamiento celebrado, lo anterior de conformidad con lo establecido en la Normatividad en materia
de Administración de Recursos para las Dependencias, Unidades Administrativas, Unidades Administrativas de Apoyo Técnico-Operativo, Órganos Desconcentrados y Entidades de la Administración Pública del Distrito Federal (Circular Uno).
2. El numeral II.8 del contrato establece: “‛El Arrendador’ manifiesta bajo protesta de decir verdad que ha cumplido en tiempo y forma con las obligaciones fiscales a su cargo; comprometiéndose a exhibir a la firma del presente contrato la constancia de adeudos expedida por la Administración Tributaria correspondiente, así como por el Sistema de Aguas de la Ciudad de México en caso de aplicarle, apercibido que de no cumplir con esta obligación, se estará a lo previsto en la cláusula décima cuarta del presente contrato”.
Sobre el particular, mediante el oficio núm. PAOT-05-300/400-623/2010 del 6 de octubre de 2010, la entidad proporcionó copia de la solicitud de constancia de no adeudo del arrendador del 19 de febrero de 2009, dirigida a la Administradora Tributaria “Centro Médico”; y tres constancias de adeudos del Impuesto sobre Tenencia o Uso de Vehículos, así como del Impuesto Predial del 17 de julio de 2009. Sin embargo, dichas constancias presentan fecha posterior a la firma del contrato.
Con el oficio núm. PAOT-05-300/400-682/2010 del 00 xx xxxxxxx xx 0000, xx Xxxxxxxxxxx Administrativo proporcionó nota, en la cual indicó que “a la firma del contrato No. PAOT-04-CT-2009, la empresa […] exhibió la constancia de 2008”; sin embargo, la entidad no proporcionó evidencia de lo manifestado. Con relación a la constancia de Sistema de Aguas de la Ciudad de México (SACM) señaló que “el proveedor nos expidió la constancia SACM/ZONA/A/C/2008-16871 [de fecha 8 xx xxxx de 2008] y los pagos correspondientes al bimestre tres y cuatro [de 2007 así como bimestres uno y dos de 2008], con lo [que] acreditó el no adeudo, que aún cuando corresponden a 2008, al tratarse del mismo prestador, ya existe un expediente integrado”.
Por haber recibido la PAOT constancias de no adeudo expedidas por la Administración Tributaria del 00 xx xxxxx xx 0000 (xxx fecha posterior a la firma del contrato núm. PAOT-04-CT-2009 del 2 de enero de 2009), y por haber recibido constancia de adeudos del SACM del 8 xx xxxx de 2008 (ejercicio anterior), la entidad incumplió el numeral II.8 del contrato.
3. Con el oficio núm. PAOT.05.300.400-Ext/073/20099 del 0 xx xxxxxxx xx 0000, xx Xxxxxxxxxxx Administrativo de la PAOT informó al arrendador la terminación anticipada del contrato núm. PAOT-04-CT-2009 a partir del 15 de febrero de 2009, a fin de celebrar un nuevo contrato con vigencia del 16 de febrero al 31 de diciembre de 2009. Mediante el oficio sin número del 5 de febrero de 2009, la empresa arrendadora comunicó a la entidad el interés de aceptar el convenio por la terminación anticipada del contrato de arrendamiento núm. PAOT-04-CT-2009, a fin de celebrar un nuevo contrato por conveniencia de ambas partes, con objeto de concentrar en un solo inmueble las oficinas anexas con las principales.
Por lo anterior, el 13 de febrero de 2009 se firmó el convenio de terminación anticipada al contrato núm. PAOT-04-CT-2009. En la cláusula primera de dicho convenio se señala: “El objeto del presente convenio es dar por terminado anticipadamente el contrato número PAOT-04-CT-2009 celebrado con fecha dos de enero de dos mil nueve, el cual conforme a su cláusula quinta, era vigente por cinco quincenas”.
Derivado de dicha terminación anticipada, el monto comprometido por la PAOT por concepto de arrendamiento del inmueble por el período del 1o. de enero al 15 de febrero de 2009, fue de 442.5 miles de pesos.
Al respecto, se observó que la PAOT efectuó dos pagos al arrendador, mediante las pólizas cheque núms. 318 y 319 ambas del 1o. xx xxxxx de 2009, soportadas con las facturas núms. 1209 y 1210 del 5 xx xxxxx de 2009 que, en suma, ascendieron a
442.5 miles de pesos, con ello se liquidó el monto comprometido por la renta devengada; y, a la vez, se comprobó que las facturas referidas reunieron los requisitos fiscales establecidos por el Código Fiscal de la Federación, y que los pagos se ejercieron y registraron contable y presupuestalmente conforme a la normatividad aplicable.
En la reunión de confronta celebrada el 6 de diciembre de 2010, mediante el oficio núm. PAOT-05-300/100-224-2010 del 6 de diciembre de 2010, la entidad informó: “Se entrega copia simple del oficio número PAOT-05-300/100-222-2010, mediante el que se establecen medidas preventivas tendientes a evitar la recurrencia de omisiones”. En dicho oficio, la titular de la PAOT instruyó al Coordinador Administrativo: “En coordinación con