PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS A REGIR EN LA ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DEL BIEN INMUEBLE SITO EN C/EDUARDO TXILLIDA Nº1.
Ondare eta Kontratazio Zerbitzua – Finantza Zuzendaritza
Servicio de Patrimonio y Contratación – Dirección Financiera
Ijentea, 1 - Tel. 000000000 - Faxa 943481667 - xxx.xxxxxxxx.xxx
00000 Xxxxxxxx / Xxx Xxxxxxxxx
Exp.2013/11 (2013/5/22)
24/5/2013
PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS
A REGIR EN LA ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DEL BIEN INMUEBLE SITO EN C/XXXXXXX XXXXXXXX Nº1.
Art.1º.OBJETO DEL CONTRATO.
El objeto del contrato es el arrendamiento del bien inmueble de titularidad municipal y de naturaleza patrimonial, ubicado en la c/Xxxxxxx Xxxxxxxx nº1 y conocido como Hydra, para desarrollar un Proyecto de Servicios y Usos Deportivos y complementarios de los autorizados por el Plan General, para esta zona con calificación pormenorizada b.20 uso terciario.
2. Las características del contrato se expresan en las cláusulas del Cuadro Resumen xxx xxxxxx.
Art.2º. NATURALEZA DEL CONTRATO.
Este contrato de arrendamiento tiene la consideración de contrato privado.
Art.3º. RÉGIMEN JURÍDICO.
1. La preparación y adjudicación del contrato, se regirán por la legislación patrimonial aplicable al Ayuntamiento en la legislación básica de la LPAP, la Ley 33/2003 de Patrimonio de las Administraciones Públicas, en el RD 1372/1986 Reglamento de Bienes de las Entidades Locales, y por remisión, en el RD Legislativo 3/2011, TRLCSP, aunque el art.4,p) lo excluya de su ámbito.
2. Las condiciones del arrendamiento se regirán por la voluntad de las partes expresada en este pliego de condiciones, en las ofertas y en el acuerdo de adjudicación del contrato.
3. Los efectos y extinción del contrato se regirán por la Ley 33/2003, LPAP, y por la Ley 29/1994 de 24 de noviembre de Arrendamientos Urbanos, XXX.
Art.4º. JURISDICCIÓN.
1. Las cuestiones que se susciten en relación con la preparación y adjudicación del contrato serán impugnables ante la Jurisdicción Contencioso Administrativa.
2. Las cuestiones litigiosas que surjan entre las partes en relación con los efectos, cumplimiento y extinción del contrato, serán impugnables ante la Jurisdicción Civil.
Art.5º. PROCEDIMIENTO.
El contrato se adjudicará mediante procedimiento abierto y tramitación ordinaria, en concurso público en aplicación del art.107 LPAP, a la proposición más ventajosa en aplicación de los criterios de adjudicación establecidos en el pliego.
Art.6º. DURACIÓN DEL CONTRATO.
El contrato tendrá una duración de quince años, contado desde la firma del contrato. Se prevé que el contrato se subscriba en el mes xx xxxxxx de 2013.
Art.7º. PRECIO DEL CONTRATO.
El precio del contrato comprende una renta fija y una renta variable, ambas de carácter anual, tal como se detallan en el cuadro anexo.
Art.8º. PRECIO DE LICITACIÓN.
1. El precio de la licitación versará sobre el % de la renta variable.
2. Las proposiciones con el % de la renta variable, no podrán superar los porcentajes que señalados por tramos constan en el fichero excell que se adjunta en el Anexo.
Art.9º. ABONO DEL PRECIO Y DE LOS GASTOS.
1. El precio del contrato que el arrendatario abonará al Ayuntamiento resultarán fijados en la adjudicación, y serán la renta fija y el % de la renta variable, con IVA.
2. Durante los quince años del contrato, los importes de la renta fija y de la renta variable, se abonarán mensualmente sin necesidad de requerimiento previo del Ayuntamiento mediante ingresos en la cuenta de Kutxabank, 2095.5381.17.1060566451.
3. El adjudicatario se obliga a abonar los tributos que correspondan al contrato, y los gastos de los anuncios en el BOG que no superarán 250 €.
Art.10º.CAPACIDAD PARA CONTRATAR.
Podrán presentar proposiciones en esta licitación las empresas, entidades, asociaciones privadas, uniones temporales de empresas (conforme a la Ley 18/1982 y las modificaciones de la Ley 12/1991), que tengan plena capacidad de obrar, acrediten su solvencia económica, y su capacidad técnica o profesional, y cuyo objeto o finalidad sea o tenga relación con el Proyecto de Servicios y Usos que se oferte.
Xxxxxx, asimismo, presentar proposiciones las uniones de empresarios que se constituyan temporalmente al efecto de conformidad con el art.59 del RDL 3/2011. Cada uno de los empresarios que componen la agrupación, deberá acreditar su capacidad de obrar y la solvencia económica, financiera y técnica o profesional, con la presentación de la documentación a que hacen referencia las cláusulas siguientes, debiendo indicar en documento privado los nombres y circunstancias de los empresarios que la suscriban, la participación de cada uno de ellos y la persona o entidad que, durante la vigencia del contrato ha de ostentar la plena representación de todos ellos frente a la Administración y que asumen el compromiso de constituirse en Unión Temporal de Empresas, art. 24 del RGLCAP.
Ese documento deberá estar firmado por los representantes de cada una de las empresas componentes de la Unión.
A efectos de determinación de la solvencia de la unión temporal, se acumularán las características acreditadas por cada uno de los integrantes de la misma
2. La presentación de proposiciones presume por parte del licitador la aceptación incondicionada de las cláusulas de este Xxxxxx y la declaración responsable de que reúne todas y cada una de las condiciones exigidas para contratar con la Administración.
Art.11º. DOCUMENTACIÓN DE LAS PROPOSICIONES.
1. Cada licitador no podrá presentar más que una sola proposición. La contravención de este principio dará lugar automáticamente a la desestimación de todas las por él presentadas. Tampoco podrá suscribir ninguna propuesta en agrupación temporal con otras, si lo ha hecho individualmente, o figurar en más de una unión temporal.
2. Los interesados en la licitación deberán presentar sus proposiciones en 3 sobres, con el título de arrendamiento del bien inmueble sito en la c/Xxxxxxx Xxxxxxxx nº1, y el nombre y apellidos o la razón social de la empresa.
Sobre 1: Documentación administrativa
Sobre 2: El Proyecto de Servicios y Usos Deportivos de carácter privado y complementarios a estos (hostelería,…) de los autorizados por el Plan General, que contendrá con una extensión de unas 20 páginas, la Memoria, y la descripción de las obras. Podrá acompañarse de un cd para aportar documentación que de soporte a la memoria (planos,…)
Sobre 3: Documentación con la propuesta económica del % xx xxxxx variable que ofrecen, según modelo del Anexo II, y acompañado de un fichero en formato excell.
Sobre 1: Documentación administrativa.
La personalidad, capacidad de obrar y solvencia, necesarios de los licitadores para optar a la adjudicación del presente contrato, se acreditará mediante la presentación en el sobre “1” de los siguientes documentos administrativos:
La capacidad de obrar de los empresarios que fueren personas jurídicas, cuyo ámbito de actividad deberá estar relacionado con los usos que se ofertan, se acreditará mediante escritura de constitución y de modificación si es exigible, inscrita en el Registro Mercantil. Si no lo fuere, la acreditación se realizará mediante la escritura o documento de constitución, estatutos o acto fundacional, en el que constaren las normas por las que se regula su actividad, inscritos en el correspondiente Registro oficial.
En el supuesto de concurrir un empresario individual acompañará el DNI y, en su caso, la escritura de apoderamiento legalizada, o sus fotocopias autenticadas.
Poder bastante a favor de las personas que comparezcan o firmen proposiciones en nombre de otro. Si el licitador fuera persona jurídica, el poder deberá figurar inscrito en el Registro Mercantil. Si se trata de un poder para acto concreto no es necesaria la inscripción en el Registro Mercantil.
Los que justifiquen la solvencia económica y la capacidad técnica o profesional, que se acreditarán por:
Declaraciones apropiadas de entidades financieras, o, justificante de la existencia de un seguro de indemnización por riesgos profesionales, o las cuentas anuales presentadas en el Registro Mercantil o en el Registro oficial que corresponda. Los empresarios no obligados a presentar las cuentas en Registros oficiales podrán aportar, como medio alternativo de acreditación, los libros de contabilidad debidamente legalizados.
La capacidad técnica o profesional se justificará mediante la acreditación de experiencia en los usos y actividades del Proyecto que se presenta en las ofertas, y atendiendo a los conocimientos técnicos, eficacia, experiencia y fiabilidad de su labor, referidos al licitador o a los integrantes que vayan a dirigir el proyecto..
No obstante, para acreditar la solvencia requerida, el licitador podrá basarse en la solvencia y medios de otras entidades, independientemente de la naturaleza de los vínculos que tenga con ellas, siempre que demuestre que, para la ejecución del contrato, dispone efectivamente de esos medios.
En ese caso deberá aportarse (según modelo del Anexo) escrito otorgado ante Notario en el que la/s empresa/s implicada/s manifieste/n que conoce/n en todo su alcance las condiciones de la licitación a la que concurre el licitador y manifieste/n su voluntad irrevocable de poner a disposición de dicho licitador, caso de que resulte adjudicatario, los medios referidos para la ejecución del contrato (con aceptación expresa de lo dispuesto en el art. 1257.2 CC, debiendo autorizarse expresamente por la Administración su sustitución o modificación).
Declaración expresa responsable de no estar incurso en prohibición de contratar, conforme al art.60 TRLCSP, según el modelo del Anexo III.
Declaración responsable de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias, incluidas las de la Seguridad Social, según el modelo del Anexo III. No obstante lo anterior, el que resulte propuesto para la adjudicación en el plazo de 10 días hábiles desde su notificación deberá presentar certificados acreditativos de estar al corriente en dichas circunstancias.
Póliza de seguro con las condiciones que figuran en el modelo del Anexo IV. Para cumplir este requisito es suficiente que los licitadores presenten una declaración, que de resultar adjudicatario se compromete a su formalización según el modelo del Anexo IV, y que en el plazo máximo de 10 días hábiles desde la notificación de que es el adjudicatario del contrato, entregará el certificado acreditativo de la póliza constituida.
Domicilio para notificaciones: Cada licitador indicará el lugar y medio que prefiere para la práctica de las notificaciones legales que se deriven del contrato, modelo del Anexo V.
Una relación de todos los documentos incluidos en este sobre. Los documentos podrán presentarse originales o mediante copias de los mismos que tengan carácter de auténticas, conforme a la legislación vigente.
Sobre 2: Documentación del Proyecto a implantar.
1. Contendrá el Proyecto de Servicios y Usos Deportivos de carácter privado y complementarios a estos (Hostelería,…) de los autorizados por el Plan General, con una extensión de unas 20 páginas, comprensivo de
La Memoria del Proyecto sobre las actividades y servicios a implantar en el edificio, y su interés para la ciudad y sus habitantes.
La descripción de las obras que plantee realizar.
Podrá acompañarse de un cd para aportar documentación que de soporte a la memoria (planos,…)
2. Los licitadores no deberán desvelar en este sobre nº2 el importe ofertado como renta del contrato.
Sobre 3: Documentación con la proposición económica.
1. La proposición contendrá el % de la renta variable que se ofrece durante los quince años de vigencia, conforme al modelo de proposición económica que figura en el Anexo II, y en el fichero en formato excell.
Art.12º.CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN.
0.Xx adjudicación se realizará a favor de quien realice la proposición más ventajosa en aplicación de los criterios de valoración que figuran en el Cuadro Resumen xxx Xxxxxx.
Los proyectos se valorarán con un máximo de 25 puntos, teniendo en cuenta los siguientes aspectos:
Su complementariedad a servicios u objetivos municipales. Su integración en el entorno de esa zona de la ciudad. El aprovechamiento de las instalaciones fijas existentes en el edificio para usos deportivos. El menor impacto visual del aprovechamiento urbanístico con el volumen de edificabilidad a ejercer. Los servicios y actividades, su calidad, y su diversidad a prestar en la parcela municipal.
3. Se someterán las ofertas del sobre nº3 con el % de la renta anual variable, a la valoración mediante la aplicación de criterios de valoración automática: Sobre 100 puntos.
Se valorarán automáticamente conforme al fichero excell adjunto en Anexo y que se facilitará a los licitadores.
Art.13º.INFORMACIÓN Y ENTREGA DE LAS PROPOSICIONES.
Los plazos y lugar para informarse y presentar proposiciones son los indicados en el Cuadro Resumen, dentro del plazo señalado en los anuncios publicados. Una vez presentada una proposición no podrá ser retirada bajo ningún pretexto.
Art.14º. EXAMEN DE LAS PROPOSICIONES.
1.Calificación previa de la capacidad y solvencia para contratar.
Documentación administrativa del sobre “1”.
a) Ordenado por el Presidente de la Mesa la apertura de los sobres “1” el primer miércoles siguiente a la finalización del plazo de presentación de proposiciones, la Mesa de Contratación calificará previamente los documentos presentados en tiempo y forma contenidos en el sobre "1".
El Secretario verificará la relación de documentos que figuren en cada sobre. Si la Mesa observa defectos materiales en la documentación presentada lo comunicará a los interesados, y concederá un plazo no superior a tres días hábiles para que se subsane el error.
b) La Mesa, una vez calificada la documentación acreditativa de las circunstancias de aptitud para contratar, y subsanados, en su caso, los defectos u omisiones de la documentación presentada, se pronunciará sobre los admitidos, los rechazados y sus causas.
El órgano y la Mesa podrán recabar de los licitadores, aclaraciones sobre los certificados y documentos presentados o requerir que presente otros complementarios sobre la capacidad y solvencia, a cumplimentar en el plazo de cinco días hábiles sin que puedan presentarse después de declaradas admitidas las ofertas.
2.Acto público de apertura de los Sobres “2”.
El acto público se llevará a cabo en la fecha y lugar señalados en el Cuadro Resumen xxx xxxxxx.
a) Abierta la sesión, y previamente a la propia apertura, se dará cuenta de las proposiciones presentadas y del resultado de la calificación previa sobre la capacidad y solvencia para contratar, y del pronunciamiento sobre los admitidos a la licitación, sobre los rechazados y sobre sus causas.
b) Seguidamente se procederá a la apertura de la documentación sobre el Proyecto de Servicios y Usos Deportivos y complementarios a estos de los autorizados por el Plan General, para esta zona con calificación pormenorizada b.20 uso terciario, a implantar, que depende de un juicio de valor, acto que únicamente tendrá como fin que los presentes puedan tener conocimiento de las proposiciones presentadas.
c)Y tras el anterior acto, y con antelación suficiente a la celebración del acto público de apertura del sobre "3", criterio de aplicación automática, la Mesa procederá a esa valoración en aplicación de los criterios de adjudicación técnicos, que podrá solicitar los informes técnicos que considere necesario para la valoración.
3.Acto público de apertura de proposiciones de los Sobres “3”.
Ese acto público se llevará a cabo en la fecha y lugar señalados en el Cuadro Resumen xxx Xxxxxx.
a)Previamente a la propia apertura, se dará cuenta a los presentes del resultado de la valoración de los Proyectos del sobre "2".
b) Seguidamente, la Mesa procederá a la apertura de la documentación del sobre "3", la propuesta económica, el % de la renta variable.
c)Finalizado el acto público, en la misma sesión o posteriormente, la Mesa evaluará las proposiciones mediante los criterios de valoración que se recogen en el Pliego o Cuadro Resumen, y formulará la propuesta que estime pertinente a la Junta de Gobierno Local sobre la adjudicación del contrato, sumando la valoración de todos los criterios.
La Mesa de Contratación, elevará las proposiciones presentadas junto con el acta y valoración al órgano de contratación.
d)Una vez evaluadas, se clasificarán por orden decreciente las proposiciones presentadas y que no hayan sido declaradas desproporcionadas o anormales.
e) La Junta de Gobierno Local requerirá al licitador que haya presentado la oferta más ventajosa para que dentro del plazo de 10 días hábiles, a contar desde el siguiente a aquel en que hubiera recibido el requerimiento, presente la documentación justificativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social o le autorice para obtener de forma directa su acreditación, y de haber constituido la garantía.
Para acreditar el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social deberá presentar originales o copias auténticas de certificaciones expedidas por los órganos competentes.
f) La Junta de Gobierno Local deberá adjudicar el contrato dentro de los 5 días hábiles siguientes a la recepción de la documentación.
De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta procediéndose en ese caso a recabar la misma documentación al licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado clasificadas las ofertas.
Art.15º. ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO.
1. La adjudicación deberá recaer en plazo máximo de 2 meses. De no hacerlo en ese plazo el empresario tiene derecho a retirar su proposición. La Junta de Gobierno Local tendrá alternativamente la facultad de adjudicar el contrato a la proposición más ventajosa de conformidad con los criterios de adjudicación, o declarar desierto el procedimiento.
0.Xx adjudicación se acordará por la Junta de Gobierno Local en resolución motivada que deberá notificarse a los candidatos o licitadores y publicarse en el perfil de contratante.
3.Las proposiciones presentadas, tanto las declaradas admitidas como las rechazadas sin abrir o las desestimadas una vez abiertas, serán archivadas en su expediente. Adjudicado el contrato y transcurridos los plazos para la interposición de recursos sin que se hayan interpuesto, la documentación que acompaña a las proposiciones quedará a disposición de los interesados.
Art.16º. GARANTIA DEFINITIVA.
0.Xx Junta de Gobierno Local antes de la adjudicación, requerirá al licitador que haya presentado la oferta más ventajosa para que dentro del plazo de 10 días hábiles, a contar desde el siguiente de la notificación, constituya en la Depositaria Municipal la garantía definitiva por importe de 18.000€.
La garantía podrá constituirse en cualquiera de las formas establecidas en el art.96 del RD Legislativo 3/2011, con los requisitos establecidos en el art. 55 y siguientes del RGLCAP. En el caso de uniones temporales de empresarios, la garantía podrá constituirse por una o por varias de las empresas participantes en la unión, siempre que en conjunto se alcance la cuantía requerida indicada en el cuadro anexo y garanticen solidariamente a todos los integrantes de la unión temporal, art.61,1ºRGLCAP.
2. La garantía definitiva del contrato responderá de todas las obligaciones derivadas del contrato, de la indemnización por los daños y perjuicios ocasionados, y de las penalidades impuestas por éste contrato, conforme al art.100 del TRLCSP.
3. La garantía definitiva del contrato se devolverá y cancelará, si no resultasen responsabilidades a ejercitar sobre la misma, una vez transcurrido el plazo de quince años del contrato, o antes de dicho plazo, en caso de desistimiento del arrendatario, si se cumple el siguiente condicionado:
a) Dar un preaviso de la intención de desistir del contrato, con 6 meses de antelación.
b) Mantener la prestación de servicios y actividades ofrecidos en el Proyecto durante 4 meses contados a partir del preaviso, en las mismas condiciones.
c) Abonar en sus plazos la renta fija y la variable que le corresponda.
Art.17º. FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO.
0.Xx formalización del contrato se efectuará en documento administrativo dentro de los quince días hábiles a contar desde el siguiente al de la notificación de la adjudicación.
2. En el caso de que el contrato fuera adjudicado a una Agrupación de Empresas deberán éstas acreditar la constitución de la misma, en escritura pública, dentro del plazo otorgado para la formalización del Contrato, y NIF asignado a la Agrupación.
3. Cuando por causas imputables al contratista no pudiere formalizarse el contrato dentro del plazo indicado se podrá acordar la resolución del contrato.
Art.18º. DERECHOS DEL ARRENDATARIO.
Los derechos del arrendatario sobre la cesión del contrato y de subarriendo, se reconocen de la siguiente forma:
El arrendatario podrá subarrendar la finca o ceder el contrato de arrendamiento solicitando el previo consentimiento del Ayuntamiento.
Los ingresos derivados del subarriendo/cesión parcial de las instalaciones se computarán también para el cálculo de la “base de la renta variable”.
No se reputará cesión el cambio producido en la persona del arrendatario por consecuencia de la fusión, transformación o escisión de la sociedad arrendataria.
Art.19º. OBLIGACIONES DEL ARRENDATARIO.
1. Implantar en el bien inmueble las actividades, servicios y usos del Proyecto autorizado, obteniendo las licencias que en su caso sean exigibles.
2. Cumplir las determinaciones del Convenio Colectivo de aplicación.
Obtener previamente a la realización de cualquier obra, la autorización previa del Ayuntamiento como propietario del bien arrendado.
4. Remitir al Ayuntamiento anualmente en el primer trimestre, la declaración del año anterior junto con la documentación oficial acreditativa de los conceptos señalados para la cuantificación de la renta variable.
5. Comunicar u obtener las autorizaciones legales necesarias para el funcionamiento de las actividades y usos a implantar, por parte de las administraciones que sean competentes en ellas.
6. Aceptar que toda la inversión en obras, instalaciones y mejoras realizadas en el edificio, durante la vigencia del contrato, serán de propiedad municipal al resolverse el contrato, sea cual sea la fecha, su causa, y la forma acordada, sin que el Ayuntamiento deba abonar indemnización alguna al arrendatario. Y que el desistimiento o la resolución anticipada del contrato por parte del arrendatario, no le dará derecho a cobrar indemnización alguna por las inversiones efectuadas. Tampoco le dará derecho a llevarse ningún elemento, mobiliario, ni maquinaria sin antes haber verificado que se ha cumplido la obligación de preaviso y de continuidad en la actividad durante 4 meses y que no cabe imputarle responsabilidades por importe mayor a la garantía.
7. Mantener y conservar el bien arrendado en buen estado, realizando por su cuenta las reparaciones necesarias, y respondiendo de los deterioros que puedan producirse.
8.Responder administra, civil, laboral y penalmente ante las jurisdicciones competentes, de las infracciones que cometa o responsabilidades en que incurra como consecuencia del desarrollo de las actividades y como arrendatario del bien municipal. Está obligado al cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia laboral, de Seguridad Social y de Prevención de Riesgos Laborales.
9.Ingresar la renta fija y la renta variable en la cuenta municipal, plazo y forma señalados.
8. Abonar los tributos que graven el arrendamiento, y los gastos generados, véase los anuncios en el BOG, el suministro de agua, luz, gas, telefonía y otros.
10. Hacerse cargo del inmueble desde la firma del contrato, y responder de su custodia, buen uso y conservación.
11.Poner en conocimiento del Ayuntamiento de forma inmediata, los desperfectos, deficiencias, roturas, averías, etc. que puedan producirse, justificando su origen; obtener la conformidad de la reparación, y hacerse cargo de su pago.
12. Mantener la limpieza del entorno del edificio en la parcela arrendada.
13.Contratar un seguro de responsabilidad civil por daños a terceros y al propio edificio, en la que se considerará tercero además al Ayuntamiento, y que responderá por los riesgos e importes que figuran en el Cuadro Resumen xxx Xxxxxx.
14. No ceder, subarrendar o traspasar los derechos y obligaciones derivados de este contrato, sin autorización municipal previa. En el caso de subarriendo del edificio se respetará siempre su destino para los usos que autorice el planeamiento vigente.
15. Redactar en los dos idiomas oficiales, dándose un tratamiento privilegiado y preferente al euskera, las tarifas, impresos, avisos, propaganda, elementos de rotulación o señalización, y elementos lingüísticos de las actividades que se realicen al público.
El/la adjudicatario/a deberá garantizar la prestación de los Servicios que se contraten en los dos idiomas oficiales, prestando a cada usuario/a el servicio en el idioma oficial de la CAPV que requiera en cada momento.
Los elementos escritos que se utilicen para la prestación del servicio adjudicado dirigidos a la ciudadanía o a la administración, estarán redactados en las dos lenguas oficiales, dando prioridad al euskara.
Todos los demás elementos que puedan utilizarse para la prestación del servicio: publicidad, avisos a través de megafonía, etc., se realizarán en euskara y castellano, por ese orden.
En caso de ser necesaria asesoría lingüística para el cumplimiento de esta cláusula, se podrá recurrir a los servicios municipales de Euskara por medio de los siguientes contactos:
Tel: 943.483750
Fax: 943.483765
Correo electrónico: xxxxx_xxxxxxx@xxxxxxxx.xxx
16. Aceptar que no serán de aplicación en este contrato por entender que son contrarios al interés publico, el derecho de adquisición preferente del bien inmueble; la subrogación del contrato por el heredero al tener que obtener autorización municipal; la indemnización al finalizar la vigencia del arrendamiento, si quiere continuar con el arrendamiento y un nuevo arrendatario se puede beneficiar de su clientela.
17. Entregar al Ayuntamiento el inmueble en buen estado de conservación tanto del edificio como de las instalaciones, al finalizar el plazo del arrendamiento, o al declararse la resolución.
18. Dar un preaviso con seis meses de antelación a su intención de desistir del contrato, manteniendo las actividades y servicios programados durante cuatro meses desde ese aviso, y en las mismas condiciones.
Art.20º. FACULTADES DEL ARRENDADOR.
1. El Ayuntamiento se reserva el derecho de designar técnicos que supervisen la ejecución de las obras en el bien inmueble.
2. En caso de que el arrendatario incumpla las obligaciones de efectuar las reparaciones necesarias, el Ayuntamiento podrá realizar por si mismo las reparaciones y el mantenimiento que considere necesario, repercutiendo su coste al arrendatario y en caso de impago, ejecutar la garantía con la obligación de su nueva constitución.
3. Vigilar el estado de conservación del inmueble arrendado.
4. Solicitar al arrendatario acredite su situación económica ante el primer retraso del pago de la renta. Si se acredita que es una situación extraordinaria de la tesorería se podrá conceder un fraccionamiento de la mensualidad. Si de la situación de su tesorería se deducen dificultades graves para mantener los pagos, se resolverá el contrato.
5.Requerir la remisión en el primer trimestre de cada año, de la información anual sobre los conceptos señalados para cuantificar la renta variable.
0.Xx durante la vigencia del contrato muere o se extingue la personalidad del arrendatario, el Ayuntamiento se reserva la posibilidad de subrogar o no el contrato a favor del heredero que continúe el ejercicio de la actividad,
7. No responder de la falta de pago de salarios y cuotas de seguridad social a satisfacer por el arrendatario a su personal.
8. Exigir responsabilidades y la reposición del inmueble y sus instalaciones, en caso de deterioro o desgaste por uso inadecuado o mala fe, y cuando existan omisiones o ausencias en el total de bienes entregados.
9. Vigilar que las instalaciones permanecen en buen estado de conservación. Tres meses antes de finalizar el plazo de duración del contrato, el Ayuntamiento designará el Técnico responsable que inspeccionará el estado en que se encuentre el inmueble, ordenando, la ejecución de las obras, reparaciones, y reposiciones que se estimen necesarias, a cuenta del arrendatario.
Art.21º. INCUMPLIMIENTOS DEL CONTRATO.
1. De conformidad con lo establecido en el art.27 de la XXX, el incumplimiento por cualquiera de las partes de las obligaciones resultantes del contrato, dará derecho a la parte que hubiere cumplido las suyas a exigir el cumplimiento de la obligación o a promover la resolución del contrato, de acuerdo con dispuesto en el art.1124 del CC.
2.El desistimiento del contrato por parte del arrendatario, por sí o por el subarrendador que hubiera autorizado el Ayuntamiento, no acarreará ninguna penalización, independientemente de la incautación de los 18.000€ de la garantía caso de que se dieren los supuestos de incumplimiento a que se halla afecta tal garantía y de la patrimonialización municipal de las inversiones ejecutadas en el edificio o incluso la de los bienes muebles y maquinaria si fuera preciso.
3. El incumplimiento de la obligación de devolver el edifico en buen estado de mantenimiento al finalizar el contrato, facultará al Ayuntamiento a incautar el importe de las reparaciones que se deban acometer, del aval constituido para garantía definitiva del contrato y de los bienes muebles y maquinaria si fuere preciso para compensar las responsabilidades en que hubiese incurrido.
Art.22º. RESOLUCIÓN DEL CONTRATO.
La resolución por incumplimientos del arrendatario, implicará la pérdida de la garantía definitiva, e incluso la patrimonialización municipal de las inversiones, la retención de los bienes muebles y maquinaria en garantía de los daños y perjuicios que excedan de la garantía definitiva y, ante cualquier desistimiento en que no se cumplan los plazos mínimos de preaviso y continuación en la prestación durante al menos 4 meses, tal como se dispone en el art. 19.18.
2. El Ayuntamiento podrá resolver el contrato por las siguientes causas:
a)El incumplimiento de la obligación de incluir como asegurado al Ayuntamiento en el seguro de responsabilidad civil.
b)El incumplimiento de los plazos de pago, del ingreso íntegro del precio, o de la inversión ofertada. Tambien el incumplimiento de aportar al Ayuntamiento la información que se requiera a efectos del cáculo de la renta variable en el plazo establecido.
c) El incumplimiento de no ceder, subarrendar o traspasar los derechos y obligaciones derivados de este contrato, sin autorización municipal.
d) El incumplimiento de la obligación de efectuar las reparaciones necesarias.
e) La realización de daños causados con dolo en la finca, o de realización de obras no autorizadas previamente y de forma expresa por el Ayuntamiento.
f) Realizar o permitir que en el edificio tengan lugar actividades peligrosas o ilícitas.
g) La pérdida de la finca arrendada por causa no imputable al arrendador.
h) La declaración firme de ruina acordada por el Ayuntamiento.
i) Por declaración de quiebra, suspensión de pagos, concurso de acreedores o de insolvente fallido en cualquier procedimiento o del acuerdo de quita y espera.
j. Por resolución judicial firme
k) La reiteración en un mismo año, en el incumplimiento de las demás obligaciones xxx xxxxxx.
La resolución anticipada supone la reversión del bien sin derecho a indemnización por ninguna de las inversiones realizadas en el edificio.
La resolución se tramitará conforme a las normas de Derecho privado.
En Donostia-San Xxxxxxxxx a 27 xx xxxx de 2013
EL JEFE DE LA SECCIÓN DE CONTRATACIÓN Y COMPRAS
Fdo. X.Xxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxxxx
CUADRO RESUMEN
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1.- OBJETO DEL CONTRATO
El objeto del contrato es el arrendamiento del bien inmueble de titularidad municipal y de naturaleza patrimonial, ubicado en la c/Xxxxxxx Xxxxxxxx nº1 y conocido como Hydra, para desarrollar un Proyecto de Servicios y Usos Deportivos y complementarios a estos de los autorizados por el Plan General, para esta zona con calificación pormenorizada b.20 uso terciario, con las siguientes características más relevantes:
La parcela está ubicada fuera del límite de las servidumbres de protección xx Xxxxxx.
Se trata de una parcela con el edificio consolidado que tiene una superficie útil de 541m2(t).
El régimen urbanístico de esta parcela en el PGOU es de una edificabilidad urbanística sobre rasante de 4.400m2(t), y bajo rasante de 7.000m2(t). Perfil de edificación: IV. Altura de edificación: 14,50m.
El bien inmueble esta inscrito en el Inventario Municipal calificado de bien patrimonial.
El bien inmueble tiene un valor catastral de 1.269.490,72 de suelo, y 83.723,99 de valor de la construcción..
En caso de desistimiento o resolución anticipada del arrendatario, no dará derecho al mismo a cobrar indemnización alguna por las inversiones efectuadas.
La edificabilidad y los usos que posibilita el planeamiento urbanístico de equipamiento comunitario constan detallados en el Anexo 1.
El cambio de actividad acarreará que el arrendatario tenga que tramitar su autorización, comunicación o declaración previa en su caso, además de los gastos en tasas y tributos de adecuación a la actividad que correspondan en esa fecha.
Nota previa: Los interesados podrán realizar visitas al bien a arrendar y comprobar el estado de las instalaciones deportivas.
El Ayuntamiento no se responsabiliza del estado del edificio y del funcionamiento de las instalaciones deportivas existentes.
Se han realizado hace dos años obras en las siguientes instalaciones: climatización, aire acondicionado, fontanería, instalación eléctrica, carpintería metálica y xx xxxxxx, fontanería en la piscina, revestimientos, pavimentos y pintura. De manera que serán a cargo del arrendatario todas las obras y reparaciones que sean necesarias para destinarlo a la finalidad propuesta y para su mantenimiento en condiciones adecuadas de seguridad y funcionamiento.
Al finalizar el arrendamiento tanto el bien inmueble como los constituidos por el arrendatario como consecuencia de la inversión realizada, serán entregados al Ayuntamiento en buen estado de conservación y funcionamiento.
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PRECIO DEL CONTRATO
El precio del contrato comprende una renta fija y una renta variable, ambas de carácter anual.
La renta fija es de 18.000€/año, a incrementar cada año natural durante los quince años del contrato, con un 3% acumulativo, y el IVA. Esta renta no cabe ser mejorada al alza por los licitadores en sus ofertas.
La renta fija durante el año 2013 a abonar, es de 1.500€ al mes más IVA.
La renta variable: para su cálculo, se procederá como sigue:
1. En primer lugar se calculará la que denominaremos “base de la renta variable para el ejercicio económico anual” de 1 de enero a 31 DE DICIEMBRE. El primer cálculo se efectuará para el ejercicio 2015 sobre los resultados del 2014.
2. Calculada la “base de la renta variable” se le aplicará el porcentaje ofertado por el licitador en el concurso dando lugar al importe de la renta variable. La renta se pagará mensualmente. La renta de un año se aplicará en el siguiente hasta tanto se calcule la nueva renta del ejercicio, momento en el cual se regularizaran las mensualidades ya pagadas en función de la nueva renta. El ejercicio 2015, excepcionalmente, se pagará la renta en las mensualidades que resten hasta final del año una vez calculado su importe.
3. La base de la renta estará compuesta de:
PRECIO DE LICITACIÓN.
1. El precio de la licitación versará sobre el % de la renta variable.
2. Las proposiciones con el % de la renta variable, no podrán superar los porcentajes que señalados por tramos constan en el fichero excell que se adjunta en el Anexo.
ABONO DEL PRECIO Y DE LOS GASTOS.
1. El precio del contrato que el arrendatario abonará al Ayuntamiento resultarán fijados en la adjudicación, y serán la renta fija y el % de la renta variable, con IVA.
2. Durante los quince años del contrato, los importes de la renta fija y de la renta variable, se abonarán mensualmente sin necesidad de requerimiento previo del Ayuntamiento mediante ingresos en la cuenta de Kutxabank, 2095.5381.17.1060566451.
3. El adjudicatario se obliga a abonar los tributos que correspondan al contrato, y los gastos de los anuncios en el BOG que no superarán 250 €.
Valor estimado del contrato. A efectos de publicidad de la licitación, constituye valor estimado del contrato el importe de 270.000€ más IVA, durante el plazo de vigencia de 15 años.
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GARANTIA DEFINITIVA DEL CONTRATO.
En el plazo de 10 días hábiles a contar desde el requerimiento que se efectuará antes de la adjudicación, el propuesto adjudicatario deberá constituir la garantía definitiva de 18.000€, para responder del cumplimiento de las condiciones del contrato.
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VIGENCIA DEL CONTRATO
El contrato tendrá una duración de quince años contado desde la firma del contrato. Se prevé que se subscriba el contrato en el mes xx xxxxxx de 2013.
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SOLVENCIA económica capacidad y técnica o profesional
Podrá acreditarse por uno o varios de los medios siguientes: Los que justifiquen la solvencia económica y la capacidad técnica o profesional, que se acreditarán por:
No obstante, para acreditar la solvencia requerida, el licitador podrá basarse en la solvencia y medios de otras entidades, independientemente de la naturaleza de los vínculos que tenga con ellas, siempre que demuestre que, para la ejecución del contrato, dispone efectivamente de esos medios.
En ese caso deberá aportarse (según modelo del Anexo) escrito otorgado ante Notario en el que la/s empresa/s implicada/s manifieste/n que conoce/n en todo su alcance las condiciones de la licitación a la que concurre el licitador y manifieste/n su voluntad irrevocable de poner a disposición de dicho licitador, caso de que resulte adjudicatario, los medios referidos para la ejecución del contrato (con aceptación expresa de lo dispuesto en el art. 1257.2 CC, debiendo autorizarse expresamente por la Administración su sustitución o modificación).
|
CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN.
Juicio de valor: La documentación referida a estos criterios se deberán incluir necesariamente en el SOBRE 2.
Proyecto de Servicios y Usos a implantar ……………. Hasta 25 puntos
con una extensión de 20 unas páginas. Podrá acompañarse de un cd para aportar documentación que de soporte a la memoria (planos,…)
La valoración se efectuará teniendo en cuenta los siguientes aspectos:
Su complementariedad a servicios u objetivos municipales. Su integración en el entorno de esa zona de la ciudad. El aprovechamiento de las instalaciones fijas existentes en el edificio para usos deportivos. El menor impacto visual del aprovechamiento urbanístico con el volumen de edificabilidad a ejercer. Los servicios y actividades, su calidad, y su diversidad a prestar en la parcela municipal.
Esa evaluación se efectuará en informe de la Dirección Financiera junto con los Servicios Municipales afectados en función de los proyectos que se presenten.
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Valoración automática: Se deberá incluir necesariamente en el SOBRE 3.
% de la renta anual variable: hasta 100 puntos.
Se valorará automáticamente conforme al fichero excell adjunto en Anexo y que se facilitará a cada licitador.
La renta variable se calcularía aplicando a la base de la renta calculada como se ha explicado en el apartado “PRECIO DEL CONTRATO” xxx xxxxxx de condiciones el porcentaje ofertado por el licitador.
En la oferta, por tanto, el licitador fijará el porcentaje a aplicar a la renta variable según los diferentes tramos en los que esta se encuentre.
FUNCIONAMIENTO DE LA OFERTA
Se han establecido 7 tramos xx xxxxx básica para aplicación del porcentaje que van de la siguiente manera:
A estos tramos se les ha aplicado un coeficiente de probabilidad. Como es lógico un coeficiente próximo a uno indica que la posibilidad de alcanzar ese tramo xx xxxxx es mayor, por el contrario, cuando el coeficiente se acerque a cero la probabilidad será menor. Esto explica por qué la probabilidad de una renta entre 0 y 50.000 es del 0,95 y la probabilidad xx xxxxxx superiores a 250.000 es casi cero.
En cada tramo xx xxxxx se establece un coeficiente máximo de participación para ayuntamiento. Este porcentaje pretende incentivar al arrendatario para que mejore sus resultados de manera que nunca alcanzará el valor de 100 salvo para tramos muy improbables superiores a 250.000 €
Para valorar las ofertas se procederá como sigue:
1. Se calculará el máximo de puntos obtenible: para ello se multiplicará la renta media ( columna “VALOR MEDIO”) por la probabilidad (columna “PROBABILIDAD”) y por el porcentaje máximo municipal (Columna “TIPO MÁXIMO”; Sumando las cuantías de los diferentes tramos de la Columna “ TIPO MÁXIMO” se llega a 34.300 puntos. Estos 34.300 se convierten en 100 puntos sobre un total de 100 puntos.
2. Para valorar las ofertas se efectuará la misma operación sustituyendo la oferta máxima por la oferta del licitador y mediante una regla de tres calculando los puntos correspondientes.
EJEMPLO DE VALORACIÓN DE LAS OFERTAS:
EJEMPLO DE APLICACIÓN DE LA OFERTA EN EL CALCULO DE LA RENTA VARIABLE:
Para este ejemplo suponemos una renta básica calculada según los criterios antes mencionados de 125.000€.
La renta variable que se debería de pagar en función de la oferta hipotética del ejemplo anterior seria la siguiente:
PLAZO Y LUGAR PARA INFORMARSE Y PRESENTAR LAS PROPOSICIONES
Información. La documentación sobre las condiciones y demás elementos de la licitación, el Pliego de Cláusulas Administrativas y los Anexos se podrán recoger en el plazo de 20 días naturales, y en horario de 9:00 a 14:00, contados a partir del día siguiente a aquél en que aparezca publicado el anuncio de licitación en el Boletín Oficial de Gipuzkoa, y hasta el vencimiento del plazo de presentación de proposiciones. Si el último día coincidiera en sábado o día festivo, este se trasladaría al día hábil siguiente, en el siguiente lugar:
Casa Consistorial, c/Ijentea nº1. 20003 Donostia/San Xxxxxxxxx Tfno. 943 481031/ 000000000/000000000. Fax 000 000000
Esta licitación se anunciará, asimismo, en el apartado de "Contratación administrativa" de la página del perfil de contratante del órgano de contratación, cuyo acceso se podrá realizar en el siguiente portal informático o página web: xxx.xxxxxxxx.xxx
Presentación de proposiciones. Se podrán presentar las proposiciones en el mismo lugar, plazo y horario.
Una vez presentada una proposición no podrá ser retirada bajo ningún pretexto.
|
FECHAS Y LUGAR DE LOS ACTOS PÚBLICOS DE APERTURA DE LAS PROPOSICIONES.
Ayuntamiento de Donostia/ San Xxxxxxxxx Xxxx de sesiones de la Mesa de Contratación Administrativa, planta 1ª en c/ Ijentea nº 1.
Serán días de apertura pública de los sobres de las proposiciones:
Apertura de los sobres “2”, conteniendo la documentación sobre los criterios de valoración con JUICIOS DE VALOR: SEGUNDO MIÉRCOLES siguiente al de la finalización del plazo de presentación de proposiciones.
Apertura de los sobres “3”, conteniendo la documentación sobre los criterios de valoración de APLICACIÓN AUTOMÁTICA: CUARTO MIÉRCOLES siguiente al de la finalización del plazo de presentación de proposiciones.
|
SEGUROS |
El Inmueble, únicamente el continente, está asegurado en la póliza contratada por el Ayuntamiento. La franquicia actual de la póliza es de 2.000 €/por siniestro, por lo que los siniestros hasta dicho importe o del importe de la franquicia vigente en cada momento, correrán a cargo del adjudicatario. El aseguramiento del contenido será a cargo del adjudicatario. Ante cualquier siniestro se deberá poner de inmediato en conocimiento del Ayuntamiento a través del servicio de Contratación para en su caso dar parte al seguro y coordinar la intervención para su reparación.
Responsabilidad Civil: Para responder de los daños causados a terceros en el desarrollo de sus actividades, incluso daños causados al propio edificio, deberá contratar un seguro que incluirá las siguientes contingencias, en la que figurará además el Ayuntamiento como tercero, por los importes mínimos que se indican a continuación:
|
Cumplimiento de los Convenios Colectivos: Los arrendatarios se obligan a cumplir las determinaciones de los Convenios Colectivos. Si el Proyecto que resulte adjudicatario, lo es como principal actividad, la de prestar servicios y actividades deportivas, deberá dar cumplimiento a la subrogación del Convenio Colectivo laboral que rija en el momento de la licitación, bien el II Estatal nº 9915106, BOE 6 de septiembre de 2006 si esta prorrogado, ó el de Gipuzkoa, BOG el 30 de septiembre de 2011. En el Anexo VI se acompaña la relación del personal adscrito al servicio en la actualidad.
El Ayuntamiento de Donostia / San Xxxxxxxxx no tendrá ninguna relación jurídica, laboral o de cualquier otra índole con el personal de la empresa, durante la vigencia del contrato ni al término del mismo, siendo por cuenta del adjudicatario todas las obligaciones, indemnizaciones y responsabilidades de las actividades.
RESPONSABLE Municipal del contrato: Dirección Financiera. |
ANEXO 1
DEL CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DEL BIEN INMUEBLE SITO EN
C/XXXXXXX XXXXXXXX Nº1.
DETERMINACIONES DE LAS NORMAS URBANÍSTICAS DEL PGOU
SOBRE USOS EN LA PARCELA
Régimen urbanístico estructural: Zona B:20 uso terciario.
Calificación pormenorizada: b.20 uso terciario.
Régimen general de uso: Usos característicos: usos terciarios.
El art. referido al "Contenido de los usos urbanísticos" define los usos de actividades económicas entre los que se encuentran los uso terciarios, y a su vez dentro de los usos terciarios, se incluyen, entre otros los usos comerciales, los usos recreativos....
Los usos comerciales, comprenderán la venta al público de artículos y productos de todo tipo, al por mayor o menor, negocios de hostelería: bares, cafeterías, pubs, restaurantes,
Las Normas Urbanísticas Particulares concretamente del Ambito Urbanístico Miramar - Ondarreta, en lo referente al Régimen Urbanístico pormenorizado, establecen:
Calificación pormenorizada:
A.- Condiciones de delimitación de la zonificación pormenorizada, y de determinación de las tipologías de subzonas pormenorizadas ordenadas. Dichas condiciones son las reflejadas en el plano "3. Zonificación Pormenorizada" de estas Normas Particulares. En todo caso, esas condiciones tienen su origen en el citado planeamiento de desarrollo convalidado para la parte que les corresponde, por lo que, en caso de discordancia, se estará a lo dispuesto en estos últimos.
D.- Condiciones particulares de uso de las subzonas pormenorizadas ordenadas. Dichas condiciones son las establecidas en las Normas Urbanísticas generales del PGOU vigente, en lo referente al Régimen general de edificación, uso y dominio de las parcelas "b.20 Uso terciario", que establecen:
Parcelas destinadas a la implantación de edificaciones destinadas a usos preferentemente terciarios, de tipología intensiva o aislada, vinculadas funcional y jurídicamente a una o a varias empresas.
Régimen general de uso: Usos característicos: usos terciarios.
En todo caso, la autorización de los usos comerciales se entenderá asociada al cumplimiento de las siguientes condiciones:
Se autoriza, con carácter general, la implantación de usos comerciales de la 2a y 3a categorías.
Por su parte, la implantación de usos comerciales de 4a categoría en parcelas de esta tipología, cualquiera que sea la zona global en la que estén emplazadas, ha de entenderse autorizada, exclusivamente, en los supuestos expresamente previstos bien en las correspondientes Normas Particulares de este Plan General, bien en el planeamiento consolidado por él, bien en el planeamiento pormenorizado a promover en su desarrollo.
Cualquiera que sea la zona global en la que estén o se pretendan emplazar, la autorización de los usos comerciales de 3a y 4a categorías, y, en su caso, también las de 2a, ha de entenderse condicionada a la previa y/o simultánea determinación y ejecución de las medidas que se estimen necesarias para eliminar y/o minimizar las afecciones e impactos negativos que en materia de tráfico, ruido, carga y descarga o cualesquiera otras se deriven o puedan derivar de su implantación.
Anexo II
DEL CONTRATO DE ARRENDAMIENTO
DEL BIEN INMUEBLE SITO EN C/XXXXXXX XXXXXXXX Nº1.
MODELO DE PROPOSICIÓN ECONÓMICA, a incluir en el SOBRE Nº2, cumplimentado según el fichero en formato excell entregado por el Ayuntamiento.
Don ............................…………………………………….......……., mayor de edad, con D.N.I. nº ............................... y domicilio en ........................................………………….. en representación de .........………………………….................. con domicilio social en ........... ……… …. ….. ..............………………………...... y C.I.F. nº .......………………DECLARA
Primero.- Que deseando participar en el proceso para la adjudicación del presente contrato, se compromete a abonar mensualmente la renta fija anual de 18.000 € , incrementada anual y acumulativamente con el 3%, más IVA, durante los 15 años.
Segundo.- Que ofrece los siguientes % xx xxxxx variable conforme al modelo excell adjunto al Anexo del Ayuntamiento.
Cuadro de Proposición Económica (Canon Variable)
PROBABILIDAD |
TRAMO BAJO |
TRAMO ALTO |
VALOR MEDIO |
TIPO MAXIMO |
TIPO OFERTADO % |
0,95 |
- |
50.000,00 |
25.000,00 |
36% |
………. |
0,85 |
50.001,00 |
100.000,00 |
25.000,00 |
50% |
………. |
0,65 |
100.001,00 |
150.000,00 |
25.000,00 |
60% |
………. |
0,35 |
150.001,00 |
175.000,00 |
12.500,00 |
70% |
………. |
0,15 |
175.001,00 |
200.000,00 |
12.500,00 |
80% |
………. |
0,03 |
200.001,00 |
250.000,00 |
25.000,00 |
85% |
………. |
0,01 |
>250.000 |
|
17.500,00 |
100% |
………. |
Tercero.- Que se compromete a ejecutar en el plazo que señale la licencia, las obras proyectadas y autorizadas.
Cuarto.- Que conoce y acepta plenamente el Pliego de Cláusulas Administrativas que expresamente asume y acata en su totalidad.
Quinto.- Que la empresa a la que representa tiene competencia, capacidad y medios suficientes para cumplir el contrato en las condiciones establecidas en el Pliego, y en caso de resultar adjudicataria desarrollará el mencionado contrato conforme a la documentación contenida en su oferta, y con estricta sujeción en todo caso a los requisitos y condiciones aprobadas.
Lugar, fecha y firma
Anexo III
DEL CONTRATO DE ARRENDAMIENTO
DEL BIEN INMUEBLE SITO EN C/XXXXXXX XXXXXXXX Nº1.
DECLARACION RESPONSABLE DE CAPACIDAD DE OBRAR, y DE ESTAR AL CORRIENTE EN EL PAGO DE LAS OBLIGACIONES TRIBUTARIAS Y DE LA SEGURIDAD SOCIAL
A incluir en el SOBRE Nº1.
Don.................. .................. ................ ............... .............. mayor de edad, con DNI nº.............................., y domicilio en ........... ............... ................... ................... ................. .................., actuando en representación de ................... ......... con C.I.F........... ........... ............y domicilio social en ..................... ........
DECLARA RESPONSABLEMENTE
Que tanto él como la empresa a que representa están facultados para contratar con la Administración Pública, ya que teniendo plena capacidad de obrar, no se hallan incursos en ninguna de las circunstancias previstas en el artículo 60 del RDLegislativo 3/2011.
Que se halla al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, sin perjuicio de que la justificación acreditativa de tal requisito en caso de resultar propuesto adjudicatario la presentará en el plazo de 10 días, desde la notificación del requerimiento dirigido al efecto.
Lugar, fecha y firma
Anexo IV
DEL CONTRATO DE ARRENDAMIENTO
DEL BIEN INMUEBLE SITO EN C/XXXXXXX XXXXXXXX Nº1.
DECLARACION RESPONSABLE DE FORMALIZAR UNA PÓLIZA DE SEGURO
A incluir en el SOBRE Nº1.
Don...........................................................................................................................mayor de edad, con DNI......................................y domicilio en..................................................................en representación de ......................................................................................CIF..................................y domicilio social en ..........................................................................
DECLARA RESPONSABLE Y EXPRESAMENTE
Que en el caso de resultar adjudicatario se compromete a formalizar o tener formalizada una póliza de seguro de responsabilidad civil que cubra cualquier daño que se pueda ocasionar a las personas o instalaciones, o al propio inmueble, incluida la defunción, por un importe mínimo de 1.500.000€, en el que conste como asegurado el Ayuntamiento. Compromiso, igualmente, de presentar esta póliza, en caso de resultar adjudicatario, en el plazo de 10 días hábiles desde la notificación del requerimiento.
Lugar, fecha y firma
Anexo V
DEL CONTRATO DE ARRENDAMIENTO
DEL BIEN INMUEBLE SITO EN C/XXXXXXX XXXXXXXX Nº1.
DESIGNACIÓN DE MEDIO PREFERENTE PARA LA RECEPCION DE NOTIFICACIONES
A incluir en el SOBRE Nº1.
D……… …………… ………… …………… …………. mayor de edad, con DNI nº…………….., en nombre propio /o en representación de la empresa/s………… ………… ………… …………………… ………., mediante la presente, designo a efectos de lo dispuesto en el art.59 de la LRJPAC como medio preferente para la recepción de cualquier notificación que el Ayuntamiento de Donostia/ San Xxxxxxxxx xxxx realizar con motivo de la presente licitación el siguiente:
Nº de Fax: |
…………………………………… |
Asimismo se indican los siguiente datos de interés:
Teléfono/s de contacto: ………………………………………………………..
Dirección del correo electrónico: ………………………………………………
Dirección postal: ……………………………………………………………….
(Empresas) – CIF de la empresa/s: …………………………………………..
(Personas físicas) – DNI del licitador: ……………………………………….
Nota: Al efecto de dar mayor agilidad a las notificaciones se recomienda designar el nº de Fax de la empresa o persona licitadora, el cual sería plenamente válido a efectos de notificaciones por ser este el medio señalado por el propio licitador.
De no efectuar esta designación, se procederá a través del servicio de notificación o correo postal en el Domicilio indicado.
No obstante los interesados podrán solicitar en su caso, se efectúe una notificación adicional a la del Fax, por correo postal, sin que quede desvirtuada la validez de la efectuada por fax como medio elegido por los mismos.
En……………….a…de …….de 2013
Fdo.
Anexo VI
DEL CONTRATO DE ARRENDAMIENTO
DEL BIEN INMUEBLE SITO EN C/XXXXXXX XXXXXXXX Nº1.
Para cumplir con lo prevenido en el Convenio Colectivo de aplicación, respecto del personal a subrogar.
Relación del personal de los actuales servicios deportivos en la parcela
(Se adjunta además una tabla con datos salariales correspondientes a la anualidad 2012 suministrada por la empresa actual)
Nombre |
1 apellido |
2 apellido |
DNI |
Categoría Prof. |
Tipo de contrato |
Jornada |
Antigüedad |
C |
I |
M |
|
Téc. Turismo |
I 100 |
100% |
21.10.1996 |
K |
L |
E |
|
Moni. Natación |
I100 |
100% |
08.11.2000 |
X |
X |
X |
|
Xxxxxxxxxxxxx |
X000 |
100% |
01.06.2009 |
R |
G |
V |
|
Ofic. Manten |
I100 |
100% |
01.06.2001 |
A |
A |
C |
|
Monit. Aeróbic |
I289 |
28% |
03.12.2002 |
Xx |
E |
E |
|
Recepcionista |
P502 |
32,19% |
03.10.2009 |
E |
M |
A |
|
Socorrista |
I200 |
43,39% |
01.10.2004 |
R |
M |
P |
|
Socorrista-Monitora |
I100 |
100% |
01.10.2007 |
M |
U |
L |
|
L.E.F. |
I 200 |
8% |
26.09.2011 |
Go |
A |
M |
|
Socorrista |
P 501 |
67.18% |
13.12.2011 |
X |
X |
X |
|
X.X.X. |
X 000 |
100% |
01.03.2012 |
XX |
X |
X |
|
X.X.X. |
X 000 |
85.35% |
01.03.2012 |
L |
Ch |
N |
|
Monit.Aeróbic |
P501 |
23% |
20.09.2012 |
ANEXO VII
MODELO DE COMPROMISO DE PUESTA A DISPOSICIÓN DEL LICITADOR, CASO DE QUE RESULTE ADJUDICATARIO, LOS MEDIOS DE OTRA EMPRESA PARA LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO
D./Dña…………………..en nombre y representación de la/s empresa/s XXXXXXXXX manifiesta/n que conoce/n en todo su alcance las condiciones de la licitación para el “ARRENDAMIENTO DE LA PARCELA E INSTALACIONES UBICADAS EN LA C/XXXXXXX XXXXXXXX Nº1 DE DONOSTIA” a la que concurre el licitador (empresa XXXXXX) y manifiesta/n su voluntad irrevocable de poner a disposición de dicho licitador, caso de que resulte adjudicatario, los medios financieros y/o técnicos (señalar lo que proceda) referidos para la ejecución del contrato con aceptación expresa de lo dispuesto en el art. 1257.2 CC, debiendo autorizarse expresamente por la Administración su sustitución o modificación.
En concreto, se compromete a aportar todos los medios financieros y/o técnicos (señalar lo que proceda) necesarios para la explotación de conformidad con el pliego de cláusulas administrativas particulares y técnicas que rigen el contrato.
En el caso de que este compromiso sea aceptado por la Administración, ésta podrá exigir el cumplimiento de la empresa prestataria de la solvencia (empresa XXXXX) de aquello a lo que se comprometió con el licitador.
Lugar, fecha y firma
(Deberá formalizarse ante Notario)
14