Contract
PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES PARA LA CONTRATACIÓN POR PROCEDIMIENTO NEGOCIADO SIN PUBLICIDAD DEL
ARRENDAMIENTO DE UNA PARCELA EN LA PLAZA XXXXXX O ZONA PRÓXIMA A ESTA PARA DESTINARLA A APARCAMIENTO.
CLÁUSULA PRIMERA. Objeto y Calificación del Contrato
El objeto del contrato a que se refiere el presente Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares es el arrendamiento de una parcela que se sitúe en la Plaza Xxxxxx o próxima a ella, mediante procedimiento negociado sin publicidad, oferta económica más ventajosa, varios criterios de adjudicación y tramitación ordinaria.
Las características requeridas del inmueble cuyo arrendamiento será objeto del contrato, se recogen en el Pliego de Prescripciones Técnicas.
El presente contrato tiende a satisfacer la necesidad de dotar de un aparcamiento en la zona de la Plaza Xxxxxx, lugar donde está ubicado el Ayuntamiento, la mayoría de las Entidades Bancarias y distintos comercios (frutería, bares,…).
El contrato tendrá naturaleza privada, con arreglo a lo dispuesto en el art. 4.1.p) del Real Decreto legislativo 3/2011, de 14 de noviembre por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (en adelante, TRLCSP).
CLÁUSULA SEGUNDA. Procedimiento de Selección y Adjudicación
La forma de adjudicación del contrato será el procedimiento negociado sin publicidad, en el que la adjudicación recaerá en el licitador justificadamente elegido por el órgano de contratación, tras efectuar consultas con diversos candidatos y negociar las condiciones del contrato con uno o varios de ellos, de acuerdo con el artículo 169 del TRLCSP.
No será necesario dar publicidad al procedimiento, asegurándose la concurrencia, es decir, será necesario solicitar ofertas, al menos, a tres empresarios capacitados para la realización del objeto del contrato, siempre que ello sea posible.
CLÁUSULA TERCERA. El Perfil de Contratante
Con el fin de asegurar la transparencia y el acceso público a la información relativa a su actividad contractual, y sin perjuicio de la utilización de otros medios de publicidad, este Ayuntamiento cuenta con el Perfil de Contratante al que se tendrá acceso según las especificaciones que se regulan en la página web siguiente xxx.xxxx-xxxxxx.xxx.
CLÁUSULA CUARTA. Precio del Contrato
El importe máximo mensual que podrá ser mejorado a la baja por los licitadores será de TRESCIENTOS EUROS (300,00 €), incluyendo cualquier impuesto que sea de aplicación.
La renta podrá ser actualizada anualmente, a instancias del arrendador, mediante la aplicación del Índice Nacional de Precios al Consumo publicado por el organismo competente, correspondiente a los doce meses anteriores a la fecha de la revisión, tomándose como base la renta en vigor en el momento de la revisión. Dicha revisión tendrá efectos desde la fecha en que sea solicitada por el arrendador.
Al importe de la renta se le aplicaran las retenciones fiscales que correspondan en cada
caso.
El precio se abonará con cargo a la partida 133.2000 del vigente Presupuesto Municipal; existiendo crédito suficiente en la misma.
CLÁUSULA QUINTA. Duración del Contrato
El plazo de ejecución del contrato será de DOS AÑOS, prorrogable por un año más. La fecha de comienzo de dicho plazo de ejecución será la del día siguiente al de la firma del documento de formalización del contrato.
CLÁUSULA SEXTA. Solicitudes de participación, presentación de Ofertas y Documentación Administrativa
Solicitudes de participación. Se deberá solicitar ofertas, al menos, a tres propietarios capacitados para la realización del objeto del contrato, siempre que ello sea posible.
En el expediente deberá dejarse constancia de las invitaciones cursadas, de las ofertas recibidas y de las razones de su aceptación o rechazo.
Presentación de ofertas. Las ofertas se presentarán en Registro General del Ayuntamiento xx Xxxxxx en cualquiera de sus oficinas, en horario de atención al público, en el plazo que se indique en la invitación a participar.
Las ofertas podrán presentarse, por correo, en cualquiera de los lugares establecidos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Cuando las ofertas se envíen por correo, el empresario deberá justificar la fecha de imposición del envío en la oficina de Correos y anunciar al órgano de contratación la remisión de la oferta mediante télex, fax o telegrama en el mismo día, consignándose el título completo del objeto del contrato y nombre del candidato. Sin la concurrencia de ambos requisitos, no será admitida la oferta si es recibida por el órgano de contratación con posterioridad a la fecha de
terminación del plazo señalado en el anuncio de licitación. En todo caso, transcurridos diez días siguientes a esa fecha sin que se haya recibido la documentación, esta no será admitida.
Cada candidato no podrá presentar más de una oferta Tampoco podrá suscribir ninguna oferta en unión temporal con otros si lo ha hecho individualmente o figurara en más de una unión temporal. La infracción de estas normas dará lugar a la inadmisión de todas las ofertas por él suscritas.
La presentación de una oferta supone la aceptación incondicionada por el empresario de las cláusulas del presente Xxxxxx.
Las ofertas para tomar parte en la negociación se presentarán en dos sobres cerrados, firmados por el candidato y con indicación del domicilio a efectos de notificaciones, en los que se hará constar la denominación del sobre y la leyenda «Oferta para negociar la contratación de las obras de La denominación de los sobres es la siguiente:
Documentación.
Las proposiciones constarán de DOS SOBRES CERRADOS y firmados por el licitador o persona que le represente, en cada uno de los cuales se hará constar la razón social del licitador, el título del procedimiento y el contenido del mismo.
SOBRE (A) "CAPACIDAD PARA CONTRATAR".
TITULO: Documentación General (PROCEDIMIENTO NEGOCIADO SIN PUBLICIDAD DEL ARRENDAMIENTO DE UNA PARCELA EN LA PLAZA XXXXXX O ZONA PRÓXIMA A ESTA PARA DESTINARLA A APARCAMIENTO).
CONTENIDO:
En dicho sobre deberán incluirse obligatoriamente los siguientes documentos
a) DNI del titular de la parcela, o escritura de constitución, en el caso de ser el titular una persona jurídica.
b) Declaración responsable de no estar incurso el licitador en las prohibiciones para contratar con el Ilmo. Ayuntamiento xx Xxxxxx señaladas en el artículo 60 del TRLCSP.
• Esta declaración incluirá expresamente la circunstancia de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias, con la Hacienda Local impuestas por las disposiciones vigentes, sin perjuicio de que la justificación acreditativa de tal requisito deba presentarse antes de la adjudicación definitiva por el empresario a cuyo favor vaya a presentarse ésta.
c) Las personas que comparezcan o firmen proposiciones en nombre de otro, presentarán poder bastante.
Si el licitador fuera persona jurídica, este poder deberá figurar inscrito en el Registro Mercantil.
SOBRE (B) CERRADO.- “PROPOSICIÓN ECONÓMICA"
TITULO: "Proposición económica" (PROCEDIMIENTO NEGOCIADO SIN PUBLICIDAD DEL ARRENDAMIENTO DE UNA PARCELA EN LA PLAZA XXXXXX O ZONA PRÓXIMA A ESTA PARA DESTINARLA A APARCAMIENTO).
CONTENIDO:
B. 1 - Proposición Económica y descripción de la parcela, formulada de acuerdo con el siguiente modelo de proposición:
D...................................................................................... con domicilio a efectos de
notificaciones en ............................................... calle con
D.N.I. Núm. .................................. expedido en ............................................ el día
...................................... en nombre propio o en representación de ..................................................
recibida, con fecha.................., la invitación para participar en el procedimiento negociado sin publicidad para el arrendamiento de una parcela situada en la Plaza Xxxxxx o en su proximidad, conforme al Pliego de Prescripciones Técnicas y al Pliego de Cláusulas Económico- Administrativas particulares que han de regir la adjudicación, acato los mismos y me comprometo y obligo a la contratación citada, en el siguiente precio mas 21% de
IVA.
La proposición económica se presentará en escrito de forma legible y no se aceptarán aquéllas que tengan omisiones, errores o tachaduras que impidan conocer claramente lo que la Administración estima fundamental para considerar la oferta.
Además de la proposición económica se acompañará la siguiente documentación, original o compulsada, relativa a la parcela ofertada:
1º Plano de situación de la parcela ofertada en arrendamiento, firmada por el licitador. 2º Nota simple de la parcela ofertada.
3º Certificación catastral.
CLÁUSULA SÉPTIMA. Aspectos Objeto de Negociación con la Empresa
Los criterios que servirán de base para la adjudicación son los siguientes, indicados por orden decreciente de importancia y por la ponderación que se les atribuye cuyo máximo son 100 ptos:
Valoración de Criterios económicos:
- Se valorara el coste del arrendamiento en relación a la baja porcentual realizada respecto del precio base de licitación para el primer año, concediendo un máximo de 40 ptos a la oferta que mayor porcentaje de baja que se realice, concediendo al resto de ofertas una puntuación proporcional respecto de la mejor oferta.
- Se valorara con un máximo de 30 puntos el emplazamiento de la parcela, en función de la distancia radial desde la Plaza Xxxxxx hasta el acceso a la parcela en base a los siguientes criterios:
Distancia < 25 metros. 30 puntos
Distancia 25 metros a ≤ 50 metros. 20 puntos
Distancia 50 a ≤ 100 metros. 10 puntos
Distancia >100 metros. 0 puntos.
- Se valorará concediendo un punto, por cada día en la reducción del plazo máximo de entrega de la parcela, hasta un total de 20 puntos.
- Se valorara disponer de dos accesos independientes a la parcela con una puntuación de 10 puntos.
En caso de empate en la puntuación obtenida, se primará la cercanía al edificio de la Casa Consistorial.
CLÁUSULA
Provisional
OCTAVA.
Apertura de Ofertas y Adjudicación
Una vez finalizado el plazo de presentación de las proposiciones la Junta de Gobierno Local calificará previamente los documentos presentados en tiempo y forma y procederá a la apertura de las proposiciones presentadas y, previa ponderación y valoración de las mismas se acordará la adjudicación. En ese mismo acto, el órgano de contratación requerirá al licitador que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa para que, dentro del plazo xx xxxx días hábiles, a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento, presente la documentación justificativa del cumplimiento de los requisitos previos a que hace referencia el artículo 146.1 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (si la aportación inicial de dicha documentación se sustituye por una declaración responsable del licitado, así como de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social o autorice al órgano de contratación para obtener de forma directa la acreditación de ello; de disponer efectivamente de los medios que se hubiese comprometido a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato conforme al artículo 64.2 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre; y de haber constituido la garantía definitiva que sea procedente.
El momento decisivo para apreciar la concurrencia de los requisitos de capacidad y solvencia exigidos para contratar con la Administración será el de la finalización del plazo de presentación de las proposiciones.
Dada la naturaleza del contrato no se exige garantía definitiva.
Recibida la documentación solicitada, el órgano de contratación deberá adjudicar el contrato dentro de los cinco días hábiles siguientes a la recepción de la documentación.
En ningún caso podrá declararse desierta una licitación cuando exija alguna oferta o proposición que sea admisible de acuerdo con los criterios que figuren en el pliego.
CLÁUSULA NOVENA. Adjudicación Definitiva y formalización del contrato.
La adjudicación definitiva será notificada al adjudicatario y al resto de los licitadores y publicada en el perfil del contratante del órgano de contratación.
Dentro de los diez días siguientes a contar desde la fecha de la notificación de la adjudicación definitiva se deberá proceder a la formalización del contrato constituyendo dicho documento título suficiente para acceder a cualquier registro público.
El contratista podrá solicitar que el contrato se eleve a escritura pública, corriendo de su cargo los correspondientes gastos.
Cuando por causas imputables al contratista no pudiere formalizarse el contrato dentro del plazo indicado, la Administración podrá acordar la resolución del mismo.
CLÁUSULA DECIMA. Obligaciones del Adjudicatario
Además de las obligaciones generales derivadas del régimen jurídico del presente contrato, son obligaciones específicas del contratista las siguientes:
Serán de especial aplicación, de conformidad con la vigente Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de Arrendamientos Urbanos, las siguientes obligaciones y derechos de las partes:
Obras de mejora.- El arrendatario estará obligado a soportar la realización por el arrendador de obras de mejora cuya ejecución no pueda razonablemente diferirse hasta la conclusión del arrendamiento.
Derecho de adquisición preferente y de tanteo y retracto.
En caso de venta de la parcela, tendrá el arrendatario derecho de adquisición preferente sobre la misma.
El arrendatario podrá ejercitar un derecho de tanteo sobre la finca arrendada en un plazo de 30 días naturales a contar desde el siguiente en que se notifique de forma fehaciente la decisión de vender la finca arrendada, el precio y las demás clausulas que las partes hubieran libremente acordado.
CLÁUSULA DECIMOPRIMERA. Causas de extinción del contrato.
El contrato podrá extinguirse por el incumplimiento de las clausulas contenidas en el presente Xxxxxx, así como por las causas previstas en la legislación administrativa recogida en la clausula
primera del presente Xxxxxx, y en los artículos 27, apartados primero y tercero, 28 y 35 de la Ley de Arrendamientos Urbanos de 24 de noviembre de 1994 así como las previstas en el artículo 1261 del Código Civil.
CLÁUSULA DECIMOSEGUNDA. Jurisdicción competente.
Las cuestiones litigiosas que pudieran surgir en relación con los acuerdos del órgano de contratación sobre la interpretación, modificación, efectos y extinción del contrato estarán sometidas al orden jurisdiccional civil, competente para resolver las controversias que surjan entre las partes.
En estos casos, será requisito necesario la presentación de la correspondiente reclamación previa a la vía civil, según lo establecido en los artículos 120 y siguientes de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Publicas y del Procedimiento Administrativo
Común.
De conformidad con lo establecido en el artículo 52.3 de la Ley 1/2000, de 7 de enero de Enjuiciamiento Civil, en los juicios sobre arrendamientos de inmuebles será competente el tribunal del lugar en que este sita la finca, por lo que por imperativo legal son competentes los Juzgados xx Xxxxxxxx.
PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES PARA LA CONTRATACIÓN POR PROCEDIMIENTO NEGOCIADO SIN PUBLICIDAD DEL
ARRENDAMIENTO DE UNA PARCELA EN LA PLAZA XXXXXX O ZONA PRÓXIMA A ESTA PARA DESTINARLA A APARCAMIENTO.
1.- OBJETO DEL CONTRATO
1.1.- El objeto del contrato a que se refiere el presente Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares es el arrendamiento de un inmueble, en Seseña, mediante concurso.
1.2.- Las características requeridas del inmueble cuyo arrendamiento será objeto del contrato, se recogen en el Pliego de Prescripciones Técnicas.
1.3.- El presente contrato tiende a satisfacer la necesidad de dotar de aparcamiento la zona de la Plaza Xxxxxx, lugar donde está ubicado el Ayuntamiento, gran parte de las Entidades Bancarias y distintos comercios (frutería, bares,…).
2.- PRECIO BASE DE LICITACIÓN:
El importe máximo mensual que podrá ser mejorado a la baja por los licitadores será de 300,00 € de superficie útil, incluyendo cualquier impuesto que sea de aplicación.
3.- CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN
Los criterios que servirán de base para la adjudicación son los siguientes, indicados por orden decreciente de importancia y por la ponderación que se les atribuye cuyo máximo son 100 ptos:
Valoración de Criterios económicos:
- Se valorara el coste del arrendamiento en relación a la baja porcentual realizada respecto del precio base de licitación para el primer año, concediendo un máximo de 40 ptos a la oferta que mayor porcentaje de baja realice, concediendo al resto de ofertas una puntuación proporcional respecto de la mejor oferta.
- Se valorara con un máximo de 30 puntos el emplazamiento de la parcela situada en Seseña Viejo, en función de la distancia radial desde el edificio de la Casa Consistorial hasta el acceso a la parcela en base a los siguientes criterios:
▪ Distancia < 25 metros. 30 puntos.
▪ Distancia 25 metros a ≤ 50 metros. 20 puntos.
▪ Distancia 50 a ≤ 100 metros. 10 puntos.
▪ Distancia >100 metros. 0 puntos.
- Se valorará concediendo un punto, por cada día en la reducción del plazo máximo de entrega de la parcela, hasta un total de 20 puntos.
- Se valorara disponer de dos accesos independientes a la parcela con una puntuación de 10 puntos.
En caso de empate en la puntuación obtenida, se primará la cercanía al edificio de la Casa Consistorial.
4.- REQUERIMIENTOS TÉCNICOS DE LA PARCELA
La parcela deberá tener una superficie mínima de doscientos metros cuadrados (200,00 m2). Con una fachada mínima a vial de 4,00 metros.
Deberá estar situada a una distancia inferior a cien metros (100,00 m.) respecto de la Plaza Xxxxxx.