PLIEGO DE CONDICIONES ARRENDAMIENTO DE VIVIENDA CALLE CRUCES Nº 13
PLIEGO DE CONDICIONES ARRENDAMIENTO DE VIVIENDA CALLE CRUCES Nº 13
POR CONCURSO
TÍTULO I. CARACTERÍSTICAS DEL CONTRATO
Cláusula 1. Objeto del contrato
1.1.- El objeto del contrato es el arrendamiento, del bien inmueble urbano, propiedad de este Ayuntamiento, que está calificado como bien patrimonial en el Inventario Municipal, ubicados en la Calle Cruces nº 13.
1.2.- Descripción del inmueble:
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- Ubicación: Calle Cruces nº 13
- Superficie construida: 67,00 m2
- Cargas o gravámenes: No existen
- Referencia catastral: 2405809VL4320N0001KP
Consta de una planta, con una superficie construida de 67,00 m2 distribuidos en un salón-comedor, una cocina (compuesta por termo eléctrico, vitrocerámica, horno y campana extractora), dos dormitorios y un baño. Tiene un patio delantero de 16 m2.
La vivienda tiene calefacción individual eléctrica, el equipamiento del inmueble figura en Anexo I (Inventario) del presente Pliego.
El inmueble tiene una antigüedad de aproximadamente 60 años, en temporada de lluvias puede presentar diversas humedades, que debido a su particularidad constructiva presentan un abordaje muy complicado.
El presupuesto establecido en el informe Técnico de Valoración de la vivienda objeto del contrato asciende a la cantidad de 61.640,00 euros, el precio de licitación del arrendamiento asciende a 375,00 euros mensuales.
El cambio demográfico es una realidad y el fenómeno de la despoblación de las regiones y de las zonas rurales, trae consigo repercusiones económicas, sociales y medioambientales.
Esta crisis sociodemográfica surge cuando los flujos de salida de personas superan ampliamente los de llegada de forma continuada en el tiempo en un entorno geográfico determinado y se ve agravado cuando la diferencia entre nacimientos y muertes no compensa el saldo migratorio negativo.
El despoblamiento es una realidad, acentuándose en las zonas rurales, con un impacto negativo para las economías locales, las perspectivas futuras De estas zonas afectadas se perfilan complicadas, ya que pierden mano de obra, atractivo para la inversión, masa crítica y economías de escala para la provisión de todo tipo de bienes y servicios públicos y privados.
Por ello pretendemos que, con actuaciones como la concertación de este tipo de contratos, se logre el asentamiento de población habitual en el municipio, con el fin de incrementar así el número de residentes, que trabaje y viva aquí, evitando atraer población exclusiva de fin de semana o estacional, y que se convierta en una zona dormitorio; hemos de ser consciente que en el municipio hay escasez de oferta privada que atraiga nuevos habitantes a nuestra localidad, lo que complica más esta delicada situación.
Cláusula 2. Naturaleza del contrato
El contrato definido tiene la calificación de contrato privado excluido del ámbito de la Ley de Contratos del sector público, tal y como establece el artículo 9.2 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014.
Cláusula 3. Canon de arrendamiento
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3.1.- El canon de arrendamiento se fija en 375,00 euros, pagaderos en mensualidades anticipadas, que serán cargadas en la cuenta del arrendatario, mediante domiciliación bancaria, durante los 5 primeros días del mes. El canon podrá ser mejorado al alza.
3.2.- La renta se actualizará anualmente en función de la variación porcentual del Índice Nacional General del Sistema de Precios de Consumo publicado por el INE, hasta la finalización del contrato. Cada renta revisada anualmente servirá de cómputo inicial para la siguiente revisión. La renta actualizada será exigible al arrendatario a partir del mes siguiente a aquel en que sea notificado por escrito por el arrendador.
Será válida la notificación efectuada por nota en el recibo de la mensualidad anterior a la actualización.
Vencido el plazo señalado para el pago, la cantidad adeudada devengará el interés legal del dinero más dos puntos.
3.3.- La demora en el pago por más de dos meses será causa de resolución del contrato, sin perjuicio de la obligación del arrendatario de abonarla deuda pendiente y los intereses devengados.
3.4.- Los gastos por consumo de agua, electricidad y otros suministros serán de cuenta del arrendatario y serán satisfechos por éste al número de cuenta bancaria que el arrendatario facilite a la Compañía suministradora correspondiente, aunque para ello utilizarán los servicios existentes contratados a nombre del Ayuntamiento. En este último caso la demora, por más de dos meses, en el pago de los servicios suministrados será causa de resolución del contrato.
3.5.- El presente contrato de arrendamientos está exento de IVA por aplicación del artículo 20, apartado número 23 de la Ley 37 /1992 de 28 de diciembre del Impuesto sobre el valor añadido, artículo que dispone que están exentos de este impuesto los arrendamientos que tengan la consideración de servicios de conformidad con lo que se señala en el artículo 11 de la Ley en la que aparece como prestación de servicio a los efectos de este impuesto, los arrendamientos de bienes.
Cláusula 4. Duración del contrato
4.1.- La duración del contrato de arrendamiento se fija en tres años.
4.2.- El contrato se podrá prorrogar, hasta un año más, de tal forma que la duración máxima sería de 4 años, salvo que cualquiera de las partes comunique fehacientemente y en un plazo no inferior a 2 meses si es el arrendatario, y 4 meses si es el arrendador, con anterioridad a la finalización del contrato de cualquiera de sus prórrogas su intención de no prorrogarlo.
4.3.- La duración del contrato queda estrictamente condicionada a no incurrir en ninguna de las causas de resolución del mismo, citadas en este pliego.
4.4.- El Ayuntamiento entregará al arrendatario el inmueble instalaciones arrendadas al formalizarse el contrato, levantándose acta del mobiliario y demás enseres incorporados al arrendamiento.
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4.5- Al término del contrato, el arrendatario deberá poner a disposición del Ayuntamiento el inmueble e instalaciones objeto de este contrato, con el mobiliario y enseres entregados. Si el arrendatario cumpliera su obligación de desalojo, sin perjuicio del derecho del Ayuntamiento al desahucio en vía administrativa, podrá exigir el abono, por cada día de ocupación, de la parte proporcional del canon que en el momento del vencimiento se viniere abocando, incrementado en un 100 por 100; éste tendrá el carácter de indemnización de daños y perjuicios pactados pro las partes contratantes.
TÍTULO II. PROCEDIMIENTO LICITATORIO
Cláusula 5. Procedimiento de adjudicación de los contratos
5.1.- El contrato será adjudicado en procedimiento abierto en forma de concurso público, en el que cualquier interesado podrá presentar una oferta, de acuerdo con el artículo 107.1 de la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del Patrimonio de las Administraciones Públicas.
5.2.- La adjudicación recaerá en el licitador que, en su conjunto, haga la proposición más ventajosa, teniendo en cuenta los criterios que se establecen en los presentes Pliegos.
5.3.- Todas las personas naturales o jurídicas, que reúnan las condiciones exigidas, podrán tomar parte en el procedimiento de adjudicación del contrato.
Cláusula 6. Capacidad para tomar parte en el procedimiento licitatorio.
6.1.- Podrán presentar ofertas, por sí mismas o por medio de representantes, las personas físicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar, y que no estén incursas en ninguna de las circunstancias señaladas en el artículo, 71 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre de Contratos del Sector Público. Se excluye expresamente a las personas jurídicas del presente procedimiento, dadas las características del contrato.
6.2.- El solicitante habrá de acreditar su solvencia económica.
6.3.- Los solicitantes deberán destinar el uso de la vivienda, a su primera residencia de forma habitual y permanente (Habrán de empadronarse en el municipio, como requisito indispensable). Si durante el mantenimiento del contrato se llevase a cabo el cambio de residencia será causa de resolución del mismo.
6.4.- Se presentará una única solicitud por persona o unidad familiar. La presentación de más de una solicitud conllevará a la anulación de la solicitud con número de registro mayor. Tal circunstancia de le comunicará al solicitante.
6.5.- Es obligación del solicitante la actualización y comunicación de las variaciones que se produzcan en los datos que constan en la solicitud.
Cláusula 7. Acreditación de la Aptitud para Contratar
La capacidad de obrar de los licitadores se acreditará, con la aportación de: Copia compulsada del documento nacional de identidad.
Cláusula 8. Sede Electrónica.
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Con el fin de asegurar la transparencia y el acceso público a la información relativa a su actividad contractual, y sin perjuicio de la utilización de otros medios de publicidad, este Ayuntamiento publicará los presentes Pliegos en xxx.xxxx.xxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.
Cláusula 9. Órgano de Contratación.
El órgano competente para efectuar la presente contratación y tramitar el expediente será el Alcalde.
Cláusula 10. Presentación de Ofertas y Documentación Administrativa
10.1.- Las ofertas se presentarán en el Ayuntamiento Plaza Nuestra Señora de los Prados nº 3, en horario de atención al público, en un plazo xx xxxx días hábiles, a partir de su publicación en la Sede Electrónica del Ayuntamiento.
10.2.- Las ofertas podrán presentarse, por correo ordinario, o por correo electrónico, o en cualquiera de los lugares establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.
10.3.- Cuando las ofertas se envíen por correo, el licitador deberá justificar la fecha de imposición del envío en la oficina de Correos y anunciar al órgano de contratación la remisión de la oferta mediante telegrama en el mismo día, consignándose el número del expediente, título completo del objeto del contrato y nombre del licitador.
10.4.- La acreditación de la recepción del referido telegrama se efectuará mediante diligencia extendida en el mismo por el Secretario municipal. Sin la concurrencia de ambos requisitos, no será admitida la oferta si es recibida por el órgano de contratación con posterioridad a la fecha de terminación del plazo señalado en el anuncio de licitación. En todo caso, transcurridos diez días siguientes a esa fecha sin que se haya recibido la documentación, esta no será admitida.
10.5- Las ofertas para tomar parte en la licitación se presentarán según el modelo de presentación de ofertas, en un solo sobre cerrado, dentro de éste el sobre A y el Sobre B, firmados por el licitador y con indicación del domicilio a efectos de notificaciones, en los que se hará constar la denominación del sobre y la leyenda:
«Oferta para licitar a la contratación del arrendamiento de la vivienda sita en C/ Cruces nº 13, propiedad del Ayuntamiento de Garganta de los Xxxxxx que está calificado como bien patrimonial en el Inventario Municipal para destinarlas a arrendamiento».
SOBRE «A» DOCUMENTACIÓN ADJUNTAR
a) Documentación que acredite la personalidad y la capacidad de obrar del licitador y miembros de la unidad familiar.
- Copia del D.N.I.
- Copia del Libro de Familia.
b) Documentos que acrediten la representación:
- Los que comparezcan o firmen ofertas en nombre de otro, acreditarán la representación de cualquier modo adecuado en Derecho.
c) Documentos que acrediten la solvencia económica:
- Certificado emitido por Entidad Bancaria, Contrato de trabajo, nómina, vida laboral actualizada, declaración de la Renta del año anterior, de toda la unidad familiar.)
d) Documento que acredite que el solicitante va a destinar el uso de la vivienda, a su primera residencia de forma habitual y permanente. Si durante la vida del contrato se llevase a cabo el cambio de su residencia habitual, será causa de rescisión del contrato. - Declaración responsable del solicitante.
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e) Documentación que acredite que el solicitante y todos los miembros de la unidad familiar están al corriente de pago con la Agencia Tributaria, la Seguridad Social y el Ayuntamiento de Garganta de los Xxxxxx.
- Declaración responsable del solicitante.
SOBRE «B» CRITERIOS A VALORAR
a) Precio, mejora del precio establecido:
- Oferta económica.
b) Titularidad pública, pública protegida o privada en todo el territorio español:
- Ningún miembro de la unidad familiar sea titular de pleno dominio o de un derecho real de uso y disfrute sobre alguna otra vivienda.
- Algún miembro de la unidad familiar sea titular de pleno dominio o de un derecho real de uso y disfrute sobre alguna otra vivienda.
Documento en su caso, que acredite que el solicitante está separado/a legalmente y/o divorciadas que aun teniendo una parte de vivienda en propiedad no disponen de su uso y disfrute por sentencia judicial, podrán presentar solicitud cuando se presente tal situación.
Se acreditará con la declaración responsable del titular, si posteriormente el solicitante resultase adjudicatario, aportará Certificado de Registro de índices expedido por el Colegio de Registradores de la Propiedad y Mercantiles de España
c) Contrato de alquiler en Garganta de los Xxxxxx.
- Ningún miembro de la unidad familiar tenga suscrito un contrato de alquiler en el municipio de Garganta de los Xxxxxx.
- Algún miembro de la unidad familiar tenga suscrito un contrato de alquiler en el municipio de Garganta de los Xxxxxx.
Se acreditará con la Declaración responsable del solicitante.
d) Al menos un miembro de la unidad familiar trabaje en el municipio de Garganta de los Xxxxxx:
- Contrato y vida Laboral.
e) Al menos un miembro de la unidad familiar trabaje en la Sierra Norte de Madrid:
- Contrato y vida Laboral.
Cláusula 11. Criterios de Adjudicación
Por la naturaleza y fin de este contrato, se ha considerado pertinente otorgar las puntuaciones que más adelante se relacionan.
11.1.- La adjudicación recaerá en el licitador que, en su conjunto, haga la mejor oferta, teniendo en cuenta los criterios que se establecen en el presente Pliego, sin atender exclusivamente al precio de la misma.
11.2.- Los criterios objetivos que se fijan en el presente contrato (y vinculados al objeto del contrato) para valorar la oferta son: (máximo 10 puntos)
a) Precio, mejora del precio establecido: hasta 4 puntos, la valoración se realizará aplicando las siguientes fórmulas:
PCmax. = 4 puntos. PCi = Ci/Cmáx. X 4 Dónde:
Cmax. = Precio correspondiente a la propuesta que oferte el mayor precio de arrendamiento.
Ci = Precio ofertado por la propuesta a valorar.
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PCmax. = Puntuación correspondiente a la propuesta que oferta mayor precio de arrendamiento.
PCi = Puntuación correspondiente a la propuesta cuyo precio se valora.
b) Titularidad pública, pública protegida o privada en todo el territorio español: 2 puntos.
- Ningún miembro de la unidad familiar sea titular de pleno dominio o de un derecho real de uso y disfrute sobre alguna otra vivienda: 2 puntos.
c) Contrato de alquiler en Garganta de los Xxxxxx: 2 puntos.
- Ningún miembro de la unidad familiar tenga suscrito un contrato de alquiler en el municipio de Garganta de los Xxxxxx: 2 puntos.
d) Al menos un miembro de la unidad familiar trabaje en el municipio de Garganta de los Xxxxxx (no acumulables, sólo se contabilizará un miembro de la unidad familiar): 2 puntos. Si puntúa este apartado, no puntúa el apartado e).
e) Al menos un miembro de la unidad familiar trabaje en la Sierra Norte de Madrid (no acumulables, sólo se contabilizará un miembro de la unidad familiar): 1 puntos. Si puntúa este apartado, no puntúa el apartado d).
Cláusula 12. Mesa de Contratación
La Mesa de Contratación, la conformarán los siguientes miembros:
- Secretario Interventor, que actuará como Presidente de la Mesa.
- Dos Técnicos Municipales, que actuarán como Vocales
- Un Funcionario, que actuará como Secretario de la Mesa.
Cláusula 13. Apertura de Ofertas
13.1.- La Mesa de Contratación, que se constituirá una vez finalizado el plazo de presentación de solicitudes, el quinto día hábil tras la finalización del plazo de presentación de las ofertas, procederá a la apertura de los Sobres «A» y calificará la documentación administrativa contenida en los mismos.
13.2.- Posteriormente, procederá a la apertura y examen de los Sobres «B», que contienen las ofertas económicas y los documentos que permitan a la Mesa de Contratación valorar las condiciones de las ofertas según los criterios de adjudicación.
13.3.- Tras la lectura de dichas ofertas, la Mesa podrá solicitar cuantos informes técnicos considere precisos, para la valoración de las mismas con arreglo a los criterios establecidos en este Pliego.
Cláusula 14. Fianza
A la celebración del contrato será obligatoria la exigencia y prestación de fianza en metálico, en cantidad equivalente a dos mensualidades xx xxxxx en el arrendamiento de viviendas. Se adjuntará al contrato.
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Cláusula 15. Adjudicación del Contrato
15.1.- Recibida la documentación solicitada, el órgano de contratación deberá adjudicar el contrato el mismo día que se constituye la Mesa de Contratación.
15.2.- La adjudicación deberá ser motivada y se notificará a los candidatos o licitadores.
TÍTULO III. FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO
Cláusula 16. Carácter del Contrato.
El contrato que regula las presentes cláusulas tiene naturaleza privada y se regirá:
a) En cuanto a su preparación, competencia y adjudicación por el presente pliego de cláusulas y la Ley de Contratación de las Administraciones Públicas.
b) En cuanto a sus efectos y extinción por la normativa de aplicación de derecho privado.
Cláusula 17. Gastos e Impuestos.
17.1.- Todos los gastos que se originen por la formalización del contrato y los tributos que graven el mismo serán por cuenta del arrendatario.
Cláusula 18. Entrega en posesión de los bienes arrendados.
18.1.- El Ayuntamiento entregará al arrendatario el inmueble e instalaciones arrendadas al formalizarse el contrato, con inventario firmado por ambas partes.
TÍTULO IV DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LAS PARTES
Cláusula 19. Obligaciones del arrendatario
19.1.- Los gastos derivados del suministro de agua, y electricidad serán de cuenta del arrendatario y abonados directamente al Ayuntamiento y a las empresas suministradoras.
19.2.- El arrendatario no podrá realizar obras sin el consentimiento expreso y previo del Ayuntamiento, siendo las que realice a su cargo, incorporándose a los bienes arrendados y pasando a ser propiedad municipal. Además deberá obtener las autorizaciones y licencias que en su caso sean necesarias según la vigente legislación urbanística. Si el arrendatario realiza las obras sin consentimiento podrá el arrendador resolver el contrato y exigir que reponga las cosas al estado anterior o conservar la obra efectuada, sin que el arrendatario tenga derecho a que se abone el coste de la obra.
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19.3.- El arrendatario estará obligado a la conservación, reposición y entretenimiento de los bienes arrendados. Es decir, el desgaste por el uso ordinario de la vivienda, como son las pequeñas reparaciones será a cargo del arrendatario.
19.4.- Al término del arrendamiento y, en su caso, de su prórroga el arrendatario estará obligado a entregar al Ayuntamiento los bienes arrendados y todas las instalaciones, incorporados a aquellos en estado de conservación y funcionamiento adecuados. Sólo podrán ser retirados por el arrendatario, y no entregados al Ayuntamiento, los bienes que
el arrendatario hubiera venido utilizando siempre que hubiera hecho expresa reserva de su no incorporación a los bienes arrendados y dicha reserva hubiera sido aprobada por el Ayuntamiento.
Cláusula 20. Derechos del arrendatario.
El arrendatario tiene derecho al uso de los bienes arrendados y a ser mantenido en su pacífica posesión hasta el fin del contrato. Cualquier otro derecho que así venga estipulado en la Ley 4/2013 de Medidas de Flexibilización y Fomento xxx Xxxxxxx de Alquiler de Viviendas, de 4 xx Xxxxx de 2013, y demás legislación autonómica y estatal vinculada a la materia.
Cláusula 21. Causas de resolución del contrato de arrendamiento.
21.1.- La demora en el pago por más de dos meses será causa de resolución del contrato, sin perjuicio de la obligación del arrendatario de abonar la deuda pendiente y los intereses devengados.
21.2.- La muerte sobrevenida del contratista individual.
21.3.- El mutuo acuerdo entre el Ayuntamiento de Garganta de los Xxxxxx y el arrendatario.
21.4.- La falta de prestación de la garantía definitiva y la no formalización del contrato en los plazos establecidos.
21.5.- La demora en el pago del canon arrendaticio, y del recibo de los suministros, por más de dos meses desde la fecha de su devengo.
21.6.- El traspaso, cesión o subarriendo de los bienes arrendados sin consentimiento del Ayuntamiento.
21.7.- El incumplimiento grave de las obligaciones del arrendatario establecidas en el presente contrato.
21.8.- Daños causados por el arrendatario en la finca.
21.9.- Que se realicen en la vivienda actividades molestas, insalubres, nocivas, peligrosas, etc.
21.10.- Que se perturbe gravemente y de forma continuada el goce y uso pacífico de la vivienda y vecinos colindantes.
21.11.- Realización de obras en el inmueble sin consentimiento del arrendador. 21.12.- No dedicar la vivienda a primera residencia o de forma habitual, debido a la naturaleza de esta licitación.
Cláusula 22. Formalización del Contrato
El contrato se formalizará en documento administrativo, en el que se transcribirán los derechos y deberes de ambas partes que han sido enumerados en este Pliego. Cuando los arrendamientos sean susceptibles de poder inscribirse en el Registro de la Propiedad, deberán formalizarse en escritura pública, para poder ser inscritos. Los gastos generados por ello serán x xxxxx de la parte que haya solicitado la citada formalización, artículo 113.1 de la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del Patrimonio de las Administraciones Públicas y 1280.2 del Código Civil y 2.5 de la Ley Hipotecaria, Texto Refundido según Decreto de 8 de febrero de 1946.
Cláusula 23. Régimen Jurídico del Contrato
23.1.- Los arrendamientos de vivienda se regirán por los pactos, cláusulas y condiciones determinados por la voluntad de las partes y plasmados expresamente en el presente contrato, en el marco de lo establecido en la Ley 4/2013, de medidas de Flexibilización y Fomento xxx Xxxxxxx de Alquiler de Viviendas, de 4 xx xxxxx de 2013, supletoriamente, por lo dispuesto en el Código Civil; y los arrendamientos para uso distinto del de vivienda se regirán por la voluntad de las partes, en su defecto, por lo dispuesto en el título III de dicha ley y, supletoriamente, por lo dispuesto en el Código Civil.
23.2.- En cuanto a sus efectos y extinción se regirá por las Normas de Derecho privado.
23.3.- El orden jurisdiccional contencioso-administrativo será el competente para el conocimiento de las cuestiones que se susciten en relación con la preparación y adjudicación de este contrato.
23.4.- El orden jurisdiccional civil será el competente para resolver las controversias que surjan entre las partes en relación con los efectos, cumplimiento y extinción del contrato.
En Garganta de los Xxxxxx, a fecha de firma
Firmado Electrónicamente
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Xxx. XXXX XXXXXX XXXXXXXXX XXXXXXXXX
XX XXXXXXX
XXXXXXXX XX XXX XXXXXX
Fecha:01/06/2021 HASH:AEDD44570E777177C62E8CCC859D7349097AC24C
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ANEXO I. INVENTARIO
COCINA:
- Vitrocerámica (4 fuegos)
- Campana extractora
- Horno
- Termo eléctrico
- 1 radiador eléctrico
SALÓN
- 1 radiador eléctrico
HABITACIÓN
- Sin mobiliario
HABITACIÓN
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- Radiador eléctrico
BAÑO COMPLETO:
- Espejo
- Radiador eléctrico
ANEXO I
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SOLICITUD DE VIVIENDA EN REGIMEN DE ALQUILER EN XXXXX XXXXXX Xx 00 XX XXXXXXXX XX XXX XXXXXX
DATOS DEL SOLICITANTE Nombre y Apellidos: ………………..……………………………………………………………………………………… Domicilio actual: c/............................................................................................ Municipio donde reside: …………………………………………………………………………………………………… .C.P................Teléfono: .....................Email: ……………………………………………………………. |
DATOS DE LA UNIDAD FAMILIAR (Indique con número la cifra de miembros) Número de miembros de la unidad familiar: …………………………………………………………….. |
DOCUMENTOS QUE PRESENTA: (Marque los documentos que presenta) ❑ Fotocopia de su DNI ❑ Fotocopia del libro de familia en caso de unidad familiar. ❑ Fotocopia de documentación que acredite su estado civil, en caso de ser distinto xx xxxxxxx (sentencia divorcio, convenio regulador, certificado de defunción en caso de viudedad...). ❑ Documentos acreditación solvencia económica. ❑ Declaración Responsable que ningún miembro de la unidad familiar sea titular de pleno dominio o disfrute de ninguna vivienda, pública, pública protegida o privada, en todo el territorio español. ❑ Declaración por sentencia judicial. ❑ Declaración Jurada vivienda en alquiler en el municipio. ❑ Declaración Jurada de que la vivienda será destinada a primera residencia. ❑ Declaración Responsable de estar al corriente de pago con la Agencia Tributaria, la Seguridad Social y el Ayuntamiento. ❑ Otros: ……………………………………………………………………………………………………………………………… |
En Garganta de los Xxxxxx, a ......... de de 2021.
EL/LA SOLICITANTE,
El Ayuntamiento de Garganta de los Xxxxxx, con C.I.F. número P2806200H, domicilio en Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxx xx xxx Xxxxxx, 0 – 28743 Garganta de los Xxxxxx (Madrid), teléfono 000000000 y correo electrónico xxxxxxxxxxxx@xxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xx, en base a la Ley de Bases de Régimen Local, trata la información que nos facilita con la finalidad de gestionar los distintos procedimientos que lleva a cabo el Ayuntamiento en el desarrollo de sus competencias legalmente atribuidas. Los datos proporcionados se conservarán mientras se mantenga la relación administrativa o durante los años para cumplir con las obligaciones legales. Los datos no se cederán a terceros salvo en los casos en los que exista una obligación legal. Usted tiene derecho a obtener confirmación sobre si en el Ayuntamiento de Garganta de los Xxxxxx estamos tratando sus datos personales, rectificar los datos inexactos o solicitar su supresión cuando los datos ya no sean necesarios.
ANEXO II DECLARACIÓN JURADA/RESPONSABLE
D./Xx……………………………………………………………………………………………………………………………..….
Con DNI……………………………………….. Residente en el municipio de
……………………………………………………………………………………………………………………………………………
DECLARA:
❑ Al Ayuntamiento de Garganta de los Xxxxxx que ningún miembro de la unidad familiar es titular de pleno dominio o de un derecho real de uso o disfrute sobre alguna otra vivienda pública, pública protegida o privada en todo el territorio español.
Y que no es titular de pleno dominio de ninguna propiedad sobre algún bien inmueble, ya sea en finca rústica o urbana en todo el ámbito español.
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❑ Al Ayuntamiento de Garganta de los Xxxxxx que el solicitante está separado/a legamente y/o divorciado, que aun teniendo una parte de vivienda en propiedad no dispone del uso y disfrute por sentencia judicial.
❑ Al Ayuntamiento de Garganta de los Xxxxxx que ningún miembro de la unidad familiar tiene suscrito ningún contrato de alquiler en el municipio de Garganta de los Xxxxxx.
❑ Al Ayuntamiento de Garganta de los Xxxxxx que va a destinar el uso de la vivienda sita en la Calle Cruces, nº 13, propiedad de dicha Corporación Local objeto de esta licitación, a su primera residencia de forma habitual y permanente.
❑ Al Ayuntamiento de Garganta de los Xxxxxx que todos los miembros de la unidad familiar van a empadronarse en el municipio y se comprometen a mantener esos empadronamientos durante toda la vida del contrato.
❑ Al Ayuntamiento de Garganta de los Xxxxxx que se encuentra al corriente de pago con la Agencia Tributaria, la Seguridad Social y el Ayuntamiento de Garganta de los Xxxxxx.
Y para que así conste en esta solicitud de vivienda, firmo la presente en Garganta de los Xxxxxx, a ............... de de 2021.
EL/LA SOLICITANTE,
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El Ayuntamiento de Garganta de los Xxxxxx, con C.I.F. número P2806200H, domicilio en Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxx xx xxx Xxxxxx, 0 – 28743 Garganta de los Xxxxxx (Madrid), teléfono 000000000 y correo electrónico xxxxxxxxxxxx@xxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xx, en base a la Ley de Bases de Régimen Local, trata la información que nos facilita con la finalidad de gestionar los distintos procedimientos que lleva a cabo el Ayuntamiento en el desarrollo de sus competencias legalmente atribuidas. Los datos proporcionados se conservarán mientras se mantenga la relación administrativa o durante los años para cumplir con las obligaciones legales. Los datos no se cederán a terceros salvo en los casos en los que exista una obligación legal. Usted tiene derecho a obtener confirmación sobre si en el Ayuntamiento de Garganta de los Xxxxxx estamos tratando sus datos personales, rectificar los datos inexactos o solicitar su supresión cuando los datos ya no sean necesarios.