Contract
PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE MANTENIMIENTO INTEGRAL DE ANALIZADORES Y SECUENCIADORES, UBICADOS EN LABORATORIOS DEL HOSPITAL UNIVERSITARIO VIRGEN DE LAS XXXXXX DE GRANADA.
Expediente 15N91030064 (556/2015)
1. OBJETO XXX XXXXXX 2
2. DEFINICIONES ÚTILIES PARA EL CONTRATO 2
3. ÁMBITO DE APLICACIÓN 3
4. OPERATIVA DEL SERVICIO 3
5. GENERACIÓN DE INFORMES 4
6. SEGUIMIENTO DEL SERVICIO Y PLANIFICACIÓN DE CONTINGENCIAS 5
7. CONSIDERACIONES TÉCNICAS ADICIONALES 5
7.1. MEMORIA EXPLICATIVA DE LA OFERTA 7
7.2. OBLIGACIONES EN MATERIA DE ASEGURAMIENTO DE LA CALIDAD 7
7.3. CRITERIOS DE OBSOLESCENCIA 9
7.4. CONTROL DE INVENTARIO DE EQUIPOS 9
8. FORMACIÓN 9
9. GESTIÓN AMBIENTAL Y ENERGÉTICA 9
10. PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES 10
11. RELACIONES Y OBLIGACIONES DE CARÁCTER LABORAL 10
ANEXO I. NORMATIVA A PLICAR 11
ANEXO II. RELACIÓN DE EQUIPOS A MANTENER POR CENTRO 12
ANEXO III. CARACTERÍSTICAS DEL MANTENIMIENTO 13
1. OBJETO XXX XXXXXX
El presente Pliego de Prescripciones Técnicas tiene por objeto regular y definir el alcance y condiciones de la prestación del servicio de mantenimiento, procesos y metodología, normativa, sistemas técnicos y recursos que habrán de regir para la contratación de la prestación del Servicio de Mantenimiento Preventivo y Correctivo, de Analizadores y Secuenciadores, así como para todos sus elementos y accesorios asociados, imprescindibles para su correcto funcionamiento.
Será del Tipo Todo Riesgo, incluyendo servicio de Asistencia Técnica, que cubrirá sin coste adicional todas las piezas, repuestos y accesorios no fungibles ni consumibles, la mano de obra, desplazamientos, dietas, transportes y demás costos que puedan derivarse del cumplimiento del mismo. Estas mismas condiciones se aplicarán a las garantías de reparación de los equipos.
La prestación del servicio objeto del contrato tiene como fin conseguir el óptimo funcionamiento de los equipos relacionados en el ANEXO II, mediante la realización de los programas de mantenimiento preventivo y actuaciones correctivas de acuerdo con las directrices del fabricante y con normas, procedimientos y técnicas de uso reconocido, garantizando una disponibilidad funcional, definida como la relación entre las horas disponibles reales menos las horas xx xxxxxx por avería o actuaciones programadas y las posibles, superior al 95% mensual para cada uno de ellos.
2. DEFINICIONES ÚTILES PARA EL CONTRATO.
Avería: Afecta de forma permanente al funcionamiento del equipo, imposibilitando su uso. No se considerará avería, y por tanto no será computado dicho periodo de tiempo, a aquellas que vengan por elementos externos a los equipos objeto del presente procedimiento.
Evaluación Inversa: Es aquella valoración que la suma de puntuación denota un resultado negativo.
Fallo: Incidencia puntual que modifica el funcionamiento normal de un equipo o elemento pero no indica necesariamente una parada del mismo.
Auditoría de Equipamiento: Se refiere a la revisión de equipos que debe realizarse e incluirse en la oferta técnica de presente concurso –es un criterio de adjudicación-.
Informe Inicial: Documento por el cual se analiza todo el equipamiento existente en la Plataforma Logística Sanitaria de Granada (en adelante PLS) y que es objeto del presente expediente. En el mismo se documentará la relación de equipos, el estado de los mismos, y cuanta información sea acordada con el/la Responsable Técnico del Centro donde se ubiquen los equipos a mantener. Este informe será vinculante, por lo tanto los equipos no incluidos en el mismo, así como su estado, será interpretado como asumido por el adjudicatario dentro del contrato.
Informe de Estado: Documento que debe incluir toda la información relativa a la evolución del contrato y que posee una periodicidad anual. La información que aparece en el mismo es vinculante.
Ítem: Todo elemento o equipo que sea susceptible de mantener o sustituir.
Ítem relevante: Aquel Ítem que debido a su importancia, la ausencia o modificación del mismo puede provocar cambios en el funcionamiento o aspecto original.
Mantenimiento Correctivo: Conjunto de tareas para restituir al equipo a sus condiciones normales de funcionamiento.
Responsable Técnico del Centro: Gestor designado por la Dirección de Gestión y Servicios de cada Hospital donde se ubiquen los equipos a mantener, para realizar el seguimiento del contrato durante la vigencia del mismo.
Responsable Técnico de la Empresa: Xxxxxx designado por el adjudicatario, encargado del seguimiento del servicio, en coordinación con el responsable técnico de cada Hospital.
Tiempo de disponibilidad: El sistema de medida de la disponibilidad se establece como un porcentaje resultante del cociente entre el tiempo, en horas, que el equipo ha estado realmente operativo y el tiempo teórico que debería haber estado operativo, incluyendo fines de semana y festivos, en función de los requerimientos del equipo o instalación y descontando los mantenimientos preventivos, predictivos y legales.
- % de Disponibilidad Efectiva de Equipos (P.D.E.) = Tiempo Real de Funcionamiento / (Tiempo teórico – Tiempo Preventivos, T.L. o predictivos – Tiempo Actualizaciones – Tiempo Renovación Equipo – Tiempos de paradas por causas ajenas al adjudicatario
Tiempo de respuesta: Tiempo que transcurre en minutos desde que se realiza el aviso quedando constancia del mismo, y se persona alguien en el equipo en cuestión, dejando igualmente constancia de su presencia.
Tiempo de Reparación: Periodo que va desde que se produce la comunicación de una avería, hasta que el equipo recobra todas sus funciones.
3. ÁMBITO DE APLICACIÓN
La relación de equipos a mantener se refleja en el ANEXO II.
4. OPERATIVA DEL SERVICIO.
Todas las herramientas, aparatos de medidas y medios auxiliares deberán ser dispuestos por el adjudicatario, que deberán estar en perfecto estado de funcionamiento y calibración para garantizar la buena práctica en la ejecución de las tareas (según legislación y normativa de aplicación). Así mismo los aparatos de medida deberán contar con un certificado de calibración, o en su defecto justificación de autocalibración, que anualmente, en uno u otro caso, deberán entregar en el Servicio de Electromedicina.
En la ejecución de las tareas relacionadas en el ANEXO III deberán vigilarse todas las cuestiones que tengan que ver con la seguridad y salud de los trabajadores, y de los bienes que de las instalaciones analizadas dependan.
En relación con los daños que puedan producirse contra los bienes o usuarios del centro deberá responder con un seguro de responsabilidad civil que deberán presentar las empresas ofertantes en sus memorias técnicas.
El personal técnico de la empresa adjudicataria de mantenimiento deben de estar cualificados por la marca fabricante de los equipos.
5. GENERACIÓN DE INFORMES
De la primera revisión deberá generarse un Informe Inicial donde deberán figurar todos los defectos que los equipos posean. La no inclusión de defectos en dicho informe, y que posteriormente al mismo se detecten, será entendido como asumidos por el adjudicatario. A excepción de vicios ocultos no detectables por los métodos de trabajo tradicional.
Tras finalizar la revisión prevista se emitirá un informe en el cual se adjuntarán los resultados de las pruebas realizadas, así como las sustituciones de materiales realizadas, con un apartado de conclusiones donde se deberán reflejar las cuestiones más relevantes de la revisión y que deban ser tenidas en cuenta, a todo ello se sumará la verificación de inventario, aportando relación de equipos, identificados con su número de serie.
Una vez realizado el informe de estado tras la revisión, este debe ser remitido a cada hospital por dos vías. Una que pasa por entregar una copia en papel, firmada y sellada, por el registro del Hospital, con destino a la Dirección de Gestión y Servicios. Y una segunda, en formato electrónico, que será remitida a la persona que se designe por el hospital. La citada copia digital deberá incluir un archivo con el resultado de las revisiones, en el formato que designe el Hospital para que estas puedan ser importadas en el programa de gestión existente en el centro, o en su defecto, y si esto fuera posible, la empresa adjudicataria cumplimentará dichas tareas directamente en dicho programa de gestión. Incluyendo en el apartado de Conclusiones todas aquellas cuestiones que sean relevantes, como tareas no realizadas, defectos importantes en los equipos, parámetros fuera de rango, posibles mejoras, etc.
El plazo máximo para entregar un informe de revisión tras la finalización del último equipo no deberá superar los 15 días naturales. Si la revisión debe realizarse en diversos equipos, y por alguna razón no coinciden en el tiempo, el informe deberá ser entregado en el plazo especificado.
No se considerará finalizado el contrato, y por tanto no será posible la devolución de la fianza, el hecho que informes de estado estén pendientes de entregar, o se detecte un defecto que no haya sido reflejado en los informes periódicos y que no tuvieran su causa después de estos.
6. SEGUIMIENTO DEL SERVICIO Y PLANIFICACIÓN DE CONTINGENCIAS
La empresa adjudicataria, durante la vigencia del contrato, deberá acudir a cuantas reuniones le sean solicitadas, con la finalidad de realizar el seguimiento que el Hospital establezca y siguiendo las exigencias recogidas en el presente pliego.
En las citadas reuniones deberán, realizarse informes de seguimiento y gestión, con inclusión de indicadores, realizar el Plan de Contingencias previsto en cada caso y las divergencias que puedan surgir. De dichos encuentros deberán extractarse los compromisos o acuerdos a los que se haya llegado, reflejando estos por escrito, y realizando seguimiento de los mismos a lo largo del contrato.
El tiempo para personarse en cualquiera de los equipos relacionados en este pliego, en caso de avería deberá ser inferior a 12 horas desde que el adjudicatario recibe el aviso (tiempo de respuesta).
El Porcentaje de Disponibilidad Efectiva (PDE) especificado será superior al 95% mensual para cada equipo.
7. CONSIDERACIONES TÉCNICAS ADICIONALES
Las empresas ofertantes deberán presentar en sus ofertas información específica acerca de los recursos humanos y técnicos que posee para afrontar el trabajo. Los recursos humanos deben ser especificados con nombre, apellidos, formación y experiencia.
Al inicio del contrato deberá indicarse de forma tácita, tanto por parte del adjudicatario como parte del hospital, quienes son los responsables que van a coordinar la prestación del servicio adjudicado.
Los circuitos de información serán los que se establezcan por cada Centro. En cualquier caso siempre ha de existir un soporte físico o digital de cualquier cuestión que sea digna de mención en el desarrollo del contrato.
La empresa adjudicataria podrá tener acceso a las instalaciones a mantener, así como a aquellas con las que estén relacionadas. Para ello el hospital dotará al personal de la empresa de una identificación personalizada e intransferible.
Si durante las tareas de mantenimiento las condiciones de los equipos son alteradas, el Hospital debe recibir esta información, y en algunos ítems relevantes deberá solicitar la empresa adjudicataria autorización previa.
La información requerida en el presente contrato será la que se refleja en la norma UNE-EN 13460 (documentación de mantenimiento).
1. Datos técnicos.
2. Manual de operaciones.
3. Manual de mantenimiento.
4. Lista de componentes.
5. Informe de ensayos y pruebas.
6. Certificados y declaraciones de conformidad.
Todo el material necesario para acometer los mantenimientos correctivos estarán incluidos en el precio de licitación.
Tanto la responsabilidad del suministro de los materiales, así como la calidad de los mismos, y el tiempo de respuesta corren a cargo del adjudicatario con los plazos establecidos en el apartado 7. Planificación de Contingencias.
La fuente del suministro siempre deberá ser original, y podrá cambiarse cuando se justifique de forma clara su sustitución por otro de similares características.
La responsabilidad sobre el almacenamiento y localización de las piezas objeto del mantenimiento del presente procedimiento corre a cargo del adjudicatario. Pudiendo el hospital, en la medida de lo posible, facilitarle esta tarea al proveedor.
El servicio de mantenimiento correctivo se ajustará a lo exigido en el presente Pliego de Prescripciones Técnicas y se prestará en la modalidad de ‘todo riesgo’. Por tanto cubrirá todas las eventualidades que se produzcan, salvo en las que se demuestre mala fe en la utilización de los equipos. No obstante, se atenderán sin cargo las averías producidas como consecuencia de la praxis clínica o negligencias.
Las averías las comunicará el Centro a través del GMAO que cada Centro disponga ó correo electrónico/Fax/teléfono, siendo la empresa responsable de la gestión, mantenimiento y primera intervención quién las atenderá y procesará, sin excepción para ningún equipo electromédico
Por tanto, será dicha empresa quién gestionará las averías que se produzcan, enviará, recibirá e inventariará cualquier equipo electromédico.
Los Mantenimientos Preventivos deberán realizarse sin ocasionar ningún tipo de interferencia o entorpecimiento al funcionamiento normal del servicio de procedencia. Para ello, deberá tenerse previsto la opción de poder proporcionar equipos de sustitución mientras se llevan a cabo las tareas de mantenimiento.
A título no exhaustivo, se entienden incluidos en la prestación del servicio de mantenimiento los siguientes elementos:
• Componentes partes y piezas en los que se empleen soluciones de tipo: mecánico, neumático, hidráulico, eléctrico, electrónico, óptico, magnético, informático (hardware y software) incluyendo las soluciones complejas en las que intervengan cualquiera de sus combinaciones.
No se incluye el suministro de los siguientes materiales.
• Consumibles y reactivos
• Cristales de soporte de gel, electrodos y cubetas de buffer en Secuenciadores de DNA en gel
• Cámaras de activador, concentrador y conversión en Sintetizadores de Péptidos
• Bloque soporte de bomba de Polímeros en Secuenciador DNA-CE
• Cámaras de reacción, conversión, columnas, capilares y lámparas en todos los módulos HPLC, CE y secuenciadores de proteínas
• Tubos de gel y cámaras de buffer en HPEC
7.1 MEMORIA EXPLICATIVA DE LA OFERTA
La oferta incluirá una MEMORIA en la que se pondrá de relieve la forma en la que el oferente pretende desarrollar el Servicio Objeto de contratación. En la memoria se deberá incluir, como mínimo y por el siguiente orden.
Existe la obligación expresa de presentar la documentación técnica escaneada con una declaración firmada donde se consigne que es fidedigna de la documentación presentada en papel.
APARTADO 1.- Personal y medios que pondrá a disposición, indicando horario, lugar de residencia, y todas las consideraciones descritas en el apartado.
APARTADO 2.- Informe de Auditoría de Equipos.
APARTADO 3.- Relación y documentación acreditativa de acuerdos de colaboración con el fabricante o servicio técnico certificado por el mismo para llevar a cabo el mantenimiento para el desarrollo del contrato, así como alcance de los mismos y todas aquellas otras consideraciones que considere oportunas para hacer comprensible su oferta en este apartado.
APARTADO 4.- Soluciones propuestas ante aparataje obsoleto.
APARTADO 5.- Programa de formación para los técnicos de electromedicina, así como para personal de enfermería o aquel que los Centros decidan.
7.2 OBLIGACIONES EN MATERIA DE ASEGURAMIENTO DE LA CALIDAD.
Al inicio del contrato y en un plazo no superior a 2 meses, después de iniciado el mismo, deberá realizarse un Plan de Aseguramiento de la Calidad ó Auditoría Anual de seguimiento del contrato que será desarrollado/realizado por una empresa ajena tanto al adjudicatario como a los Hospitales, y que los gastos generados por dicho servicio correrán a cargo de la empresa adjudicataria.
Con carácter bimestral serán realizadas auditorias de control, y revisados los Informes de Indicadores, que resultarán del análisis del desarrollo del concurso y fruto del desarrollo del mencionado Plan de Aseguramiento de la Calidad.
Los criterios mínimos que han de incluirse en dicho plan, y que además deben cumplirse a lo largo de toda la vigencia del contrato, son los que se relacionan a continuación:
− Entre los criterios, estarán comprendidos la Política de Subcontrataciones, que obliga al adjudicatario, por motivos de especificidad y/o por cuestiones de accesos a configuraciones tanto de Hardware como de Software, a contratar con el fabricante del equipo, o quien este designe, los servicios de mantenimiento. En caso de existir actas de no conformidad en actuaciones de empresas subcontratadas, el Centro Sanitario podrá vetar la actuación de determinadas subcontrataciones.
− En el plan, deberá asegurarse la calidad en la materia objeto del contrato, contemplando al menos la acreditación del personal técnico y presentación de los protocolos de actuaciones. De acuerdo, al menos con el Real Decreto 1591/2009, por el que se regulan los productos sanitarios, así como sus diversas modificaciones.
− Aceptar las auditorias de calidad que determine el Centro para controlar la ejecución del contrato.
− Para la gestión de la información del mantenimiento, la empresa adjudicataria utilizará como plataforma el programa de Gestión del Mantenimiento Asistido por Ordenador (G.M.A.O.), perteneciente al Hospital, y presentación de la información que incluye, con carácter trimestral –en el informe de estado-, a la Dirección de Gestión y Servicios y al Departamento/Area de Electromedicina del centro, en formato digital a especificar por la misma, y en un plazo no superior a 15 días naturales tras la finalización del mes objeto de análisis. De igual manera, se entregará una copia en papel en el Registro del hospital con destino a la Dirección de Gestión y Servicios.
Además de lo anterior, el Centro Sanitario podrá tomar en cualquier momento las medidas de control que considere oportunas para vigilar el cumplimiento de las obligaciones a que está sometida la empresa adjudicataria, como consecuencia de lo especificado en el presente Pliego y de las que se contemplen en el contrato que de él se deriven.
El personal de mantenimiento que el centro sanitario designe, se incorporará al sistema de control de calidad según los procedimientos establecidos en las normas de aseguramiento de la calidad.
El Departamento/Area de Electromedicina, podrá seguir realizando sus funciones en colaboración con la empresa adjudicataria, sometiéndose a los procedimientos de calidad que determine el sistema de calidad. En todo caso, supervisarán y controlarán la ejecución del contrato.
La empresa adjudicataria deberá aportar en cada intervención, hoja de trabajo o reparación, debidamente cumplimentada por el técnico y conformada con VºBº por el Jefe de Servicio, Supervisor/a, Enfermero/a encargado del equipamiento de la Unidad afectada y sujeto al contrato, debiendo entregar una copia al responsable del Departamento/Area de Electromedicina. Dicha hoja deberá contener como mínimo la siguiente información:
⮚ Descripción del equipo objeto de la intervención
⮚ Motivos de la actuación
⮚ Ubicación del equipo
⮚ Tiempo de ejecución, indicando hora de inicio y de finalización
⮚ Materiales utilizados
⮚ Número de la Orden de Trabajo
La hoja de trabajo ha de ser LEGIBLE. Los repuestos empleados deben figurar bien descritos y debidamente referenciados.
7.3 CRITERIOS DE OBSOLESCENCIA
Los criterios que van a determinar la obsolescencia de los equipos son los siguientes:
a. Estado Funcional y/o Técnico del equipo.
b. Cumplimiento de Normativa existente y Riesgos para la salud de los trabajadores y/o usuarios, principalmente del tipo eléctrico y/o mecánico.
c. Impacto en la lista de pacientes.
d. Inexistencia de marcado CE de los equipos, según R.D. 1591/2009.
e. La dificultad para obtener repuestos originales o/y fungibles de los equipos.
En caso de que el grado de obsolescencia de un equipo no permita su normal funcionamiento, el adjudicatario deberá asumir la reducción del importe del coste de mantenimiento, incluyéndose, si lo estimase conveniente, la sustitución del mismo con otro equipo con similares prestaciones técnicas.
7.4 CONTROL DEL INVENTARIO DE EQUIPOS
Las empresas ofertantes deberán establecer en su oferta técnica, propuestas de control de inventario de equipos objeto del presente concurso, así como de aquellos, que siendo de la misma naturaleza y uso que los recogidos en el presente documento, no estuvieran en los listados anexos. En cualquier caso, la no inclusión en el Informe Inicial de los equipos en cuestión propiedad de los distintos Centros, será considerado como que dichos ítems están siendo mantenidos por la empresa adjudicataria sin motivo de contraprestación económica alguna.
8. FORMACIÓN
Se realizará en cada Centro una sesión mínima anual de formación y/o reciclaje para todas aquellas personas que manipulen habitualmente los equipos en el hospital, a fin de optimizar su utilización e incrementar el conocimiento de la tecnología que utilizan.
9. GESTIÓN AMBIENTAL Y ENERGÉTICA
La empresa adjudicataria adoptará las medidas oportunas para el estricto cumplimiento de la legislación ambiental comunitaria, estatal, autonómica y local vigente, que sea de aplicación a los trabajos contratados.
La Dirección del Centro donde se ubiquen los equipos a mantener, se reserva el derecho a repercutir sobre la empresa adjudicataria las acciones y gastos que se originen por el incumplimiento de sus obligaciones de carácter ambiental.
La empresa adjudicataria adoptará las medidas preventivas oportunas que dictan las buenas prácticas de gestión medioambiental, en especial las relativas a evitar vertidos, emisiones contaminantes o el abandono de cualquier tipo de residuo, con extrema atención a los residuos considerados peligrosos.
La empresa adjudicataria se compromete a informar inmediatamente, a la Dirección del Centro, donde se ubiquen los equipos objeto de contratación, sobre cualquier accidente o incidente que se produzca en el curso de los trabajos contratados. La Dirección del Centro podrá solicitar un informe escrito referido al hecho y a sus causas.
La empresa adjudicataria será responsable del coste de la eliminación y traslado de los residuos que se generen con motivos de los trabajos objeto de contratación, de la obtención de los correspondientes certificados de eliminación por gestor de residuos autorizado, y de la remisión de los mismos a la Dirección del centro donde se hayan generado los residuos.
Asimismo, el adjudicatario deberá adoptar prácticas de ahorro y eficiencia energética, ya sean organizativas, de gestión o de carácter técnico, de forma que se eviten o minimicen, en la medida de lo posible, los consumos de energía. La contratación será evaluada, parcialmente, en base a las citadas prácticas.
El adjudicatario deberá considerar las oportunidades de mejora del desempeño energético en el uso y normal funcionamiento de los equipo objeto de la contratación y formar y documentar al personal del centro a respecto. Los procesos de reposición de equipos y materiales amparados por esta contratación, se producirán siempre, debidamente documentados, en sintonía con los objetivos de mejora de la eficiencia energética y de disminución de los consumos de energía de los centros sanitarios.
10. PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES.
La Empresa Adjudicataria con carácter previo al inicio de sus actividades, realizara junto al personal de Prevención de Riesgos Laborales del Hospital, análisis y evaluación de los riesgos derivados de la prestación del servicio contratado en el entorno específico de su desarrollo.
11. RELACIONES Y OBLIGACIONES DE CARÁCTER LABORAL
La empresa adjudicataria queda obligada a que todo el personal que emplee para la ejecución del objeto del contrato, esté afiliado a la Seguridad Social, obligándose así mismo a cumplir con dicho personal toda la legislación laboral vigente.
La empresa adjudicataria será responsable ante los tribunales de justicia de los accidentes que pudieran sobrevenir a su personal técnico por el ejercicio de su profesión en el Centro Sanitario.
La empresa adjudicataria deberá dotar al personal técnico que ejecute la prestación del servicio de la oportuna acreditación para su identificación en el Centro Sanitario.
Granada, 15 de julio de 2015. EL DIRECTOR GERENTE,
Fdo.: Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxx.
ANEXO I. NORMATIVA A APLICAR
- REAL DECRETO 1591/2009
Toda aquella que se encuentre en vigor en el momento de licitación del presente expediente.
ANEXO II. RELACIÓN DE EQUIPOS A MANTENER POR CENTRO.
HOSPITAL UNIVERSITARIO VIRGEN DE LAS XXXXXX
Nº INV. | DESCRIPCION | MARCA | MODELO | Nº DE SERIE | GFH | DESC. GFH |
6519 | ANALIZADOR GENETICO | APPLIED BIOSYSTEMS | 3130XL | 18234-025 | 3082 | LABORATORIO GENERAL H.G. |
9158 | TERMOCICLADOR | APPLIED BIOSYSTEMS | GeneAmp PCR System 9700 | A96S8140105 / 805S8132240 | 3082 | LABORATORIO GENERAL H.G. |
2814 | ANALIZADOR GENETICO | APPLIED BIOSYSTEMS | ABI 310 | 100000529 | 3141 | SECCI.GENETI.MOLECULAR HG |
10154 | TERMOCICLADOR | APPLIED BIOSYSTEMS | GeneAmp PCR System 9700 | A96S3160273 / 805S3160120 | 3141 | SECCI.GENETI.MOLECULAR HG |
9220 | TERMOCICLADOR | APPLIED BIOSYSTEMS | GeneAmp PCR System 9700 | A96S0071184 / 805S0100971 | 3141 | SECCI.GENETI.MOLECULAR HG |
9908 | TERMOCICLADOR | APPLIED BIOSYSTEMS | GeneAmp PCR System 9700 | A9659212839 / 805S9213002 | 3145 | SECCION BIOPAT.TUMORAL H.G. |
5898 | TERMOCICLADOR | APPLIED BIOSYSTEMS | 7500 FAST Real-Time PCR System | 275010264 | 3145 | SECCION BIOPAT.TUMORAL H.G. |
10155 | TERMOCICLADOR | APPLIED BIOSYSTEMS | GeneAmp PCR System 9700 | G96S0151910 / 805S0160910 | 3047 | BACTERIOLOGIA P.BAJA HG |
10156 | TERMOCICLADOR | APPLIED BIOSYSTEMS | GeneAmp PCR System 9700 | G96S5011814 / 805S5013127 | 3047 | BACTERIOLOGIA P.BAJA HG |
7755 | TERMOCICLADOR | APPLIED BIOSYSTEMS | GeneAmp PCR System 2720 | 272S8031713 | 1047 | FARMACOTECNIA 4ªHMI |
9514 | TERMOCICLADOR | APPLIED BIOSYSTEMS | StepOne Real-Time PCR System | 271002894 | 1047 | FARMACOTECNIA 4ªHMI |
ANEXO III. CARACTERÍSTICAS DEL MANTENIMIENTO. SERVICIO DE MANTENIMIENTO.-
I) RESPONSABILIDADES DEL ADJUDICATARIO.-
1.- Efectuará UNA REVISION AL AÑO de las condiciones de trabajo de los equipos objeto del contrato.
2.- Los repuestos necesarios para la reparación y mantenimiento de los equipos objeto de este contrato pasarán a ser propiedad del Centro desde el mismo momento de su incorporación a los equipos, obligándose a cederlos gratuitamente, pasando las piezas defectuosas a ser propiedad del Adjudicatario.
3.- El Adjudicatario, avisará con una antelación mínima de 48 horas, antes de proceder a cada una de las revisiones, con el fin de poder programar el trabajo satisfactoriamente por ambas partes
4.- Las reparaciones serán efectuadas por parte del Adjudicatario sin demora quedando la Institución obligada a dar al personal técnico designado toda clase de facilidades para realizar su cometido, posibilitando la ejecución de los trabajos de mantenimiento y reparación en las fechas y horas previamente anunciadas.
II) DESCRIPCIÓN DE TAREAS DE MANTENIMIENTO PREVENTIVO.- Analizador Genético modelo 3130-16 y 310 Genetic Analyzer.
- Inspección general del sistema.
- Mantenimiento del software del sistema ejecutado desde el ordenador de control del instrumento y recogida de datos.
Se contempla la actualización del ABI-310, y se incluyen además los kits para realizar las matrices p/n 4318159 Matrix DS33 Std p/n 4336935 BDv3.1 Sequencing Standard
- Mantenimiento del ordenador de control del instrumento.
- Respaldo de archivos del sistema que contienen datos de registro y calibración
- Ejecución de programas de diagnóstico del equipo para verificación del correcto funcionamiento de las tensiones eléctricas, láser, cámara de detección, horno y tensiones y corrientes de electroforesis.
- Verificación de las últimas actualizaciones instaladas.
- Desmontaje, limpieza, lubrificación, montaje y alineamiento de las piezas mecánicas pertinentes.
- Limpieza y alineamiento de los sistemas ópticos.
- Comprobación de los sistemas de seguridad del equipo.
- Cambio del filtro de aire y de otras piezas incluidas en el kit de revisión.
- Test de fugas.
- Documentación de tareas de mantenimiento y resultados de la verificación.
Termociclador modelo 7500-FAST y STEPONE Real-Time PCR System.
- Revisión limpieza y mantenimiento de ordenador.
- Revisión limpieza y ajuste de sistema óptico.
- Desmontaje, limpieza, lubrificación, montaje y alineamiento de las piezas mecánicas pertinentes.
- Revisión, limpieza y comprobación de valores de temperaturas de Termociclador con termómetro calibrado.
- Ejecución de programas de diagnóstico del equipo para verificación del correcto funcionamiento
- Comprobación de valores de calibración de sistema.
- Realización de calibraciones espectrales.
- Repaso con usuario el mantenimiento del equipo, dudas de funcionamiento y necesidades.
- Documentación de tareas de mantenimiento y resultados de la verificación
III) RESPONSABILIDADES DEL CENTRO.-
1.- Mantener los equipos en las adecuadas condiciones de trabajo (limpieza, temperatura, humedad, etc.).
2.- Impedir que las reparaciones de los equipos objeto del presente contrato sean realizadas por persona o entidad ajena a la Adjudicataria.
IV) RESPONSABILIDADES ADICIONALES DEL ADJUDICATARIO.-
1.- De poderse demostrar su culpa en el deterioro del equipo objeto de este contrato, asumirá su responsabilidad en el sentido de subsanar los desperfectos causados en el mismo, por la realización de los trabajos deficientes.
2.- En ningún caso, sin embargo, garantiza el contratista los posibles perjuicios ni la pérdida de beneficios que pudieran derivarse de averías a él no imputables.
V) MANTENIMIENTO PREVENTIVO/CORRECTIVO.-
Con carácter general, el adjudicatario deberá presentar dentro de los 30 días siguientes a la firma del contrato el Plan de Mantenimiento Preventivo de los equipos señalados en los Anexos, consensuado con el Área/Unidad de Electromedicina del centro.
1. Revisión, control y limpieza de aquellos elementos que por su diseño, uso y función lo requieran.
2. Sustitución de los elementos de desgaste señalados por el fabricante con la periodicidad que éste indica.
3. Comprobación funcional y ajuste de parámetros a sus valores nominales, según protocolo de revisión del fabricante.
4. Reparación de cualquier anomalía o avería detectada durante las intervenciones reseñadas anteriormente, o fruto de avisos recibidos del Centro aún fuera del periodo de revisión y durante el periodo de validez de este contrato.
5. La revisión de equipos se efectuará una vez al año en las dependencias del Centro donde se ubique el equipo, de acuerdo con él y dentro del programa de revisiones del Adjudicatario.
6. El Adjudicatario, facilitará un Certificado de Revisión de cada uno de los equipos sujetos al presente Contrato a la terminación de cada revisión.
7. El Adjudicatario, se compromete a cumplir con toda la normativa en vigor o que se dicte durante la vigencia del presente Contrato.
8. El Adjudicatario, garantizará durante un plazo de seis meses las revisiones y reparaciones efectuadas en los equipos objeto de este Contrato, así como el material sustituido.
9. El Equipamiento incluido en el presente Contrato deberá estar en condiciones normales de funcionamiento, así mismo, deberá encontrarse al corriente en los niveles de revisión especificados por el Fabricante a los efectos de su cualificación para la prestación de los servicios objeto de este Contrato, garantizando el marcado CE y especificaciones técnicas originales de los equipos.
10. El Adjudicatario queda facultado para realizar, sin cargo alguno para el Centro, las modificaciones al Equipamiento Contratado que estime necesarias en orden a mejorar su funcionamiento y fiabilidad.
11. En el caso de que el Centro no autorizara al Adjudicatario a realizar tales modificaciones en su equipo, dicho equipo dejaría de estar cualificado para la prestación de los servicios contratados, asumiendo el Centro expresamente la responsabilidad del funcionamiento de los equipos exonerando de la misma al Adjudicatario.
12. El Centro se compromete a facilitar el acceso a sus dependencias, así como a dar la máxima disponibilidad del Equipamiento Contratado, en las fechas concertadas con el Adjudicatario.
13. En caso de que se produzcan demoras injustificadas en la inspección porque el Centro no cumple con su cometido según el apartado anterior, el Adjudicatario se reserva el derecho de facturar los gastos ocasionados por la espera del personal, desplazamientos, dietas extras, etc.
14. Los servicios objeto de contratación se prestarán por el adjudicatario, en días laborables, de ocho a diecisiete horas, salvo acuerdo expreso en contra, que tendrá un valor añadido.
15. El Centro queda obligado a notificar por escrito y con la máxima urgencia al Adjudicatario, la inadecuada o insatisfactoria actuación en que los técnicos de éste último pudieran incurrir.
16. Las reparaciones solicitadas se realizarán con un tiempo de respuesta que en ningún caso rebasará las 24 horas, contadas a partir del aviso que el Hospital formule a la empresa adjudicataria. Alternativamente, cualquier equipo averiado podrá ser sustituido por otro de similares características dentro de las 24 h siguientes a la salida del equipo para su reparación fuera del Hospital.
17. Los equipos de reposición utilizados deberán ser compatibles con los estándares de los equipos y accesorios existentes en el centro, garantizando la compatibilidad del equipamiento entre los diversos servicios hospitalarios cubiertos.
VI) EXCLUSIONES.-
1. Quedan excluidos del presente contrato los gastos ocasionados como consecuencia de huelgas, manifestaciones o catástrofes tales como inundaciones, incendios, etc.
2. Cuando la llamada se deba a utilización indebida consciente, actuación dolosa, desconocimiento de uso o acto de negligencia. Se entenderá como acto de negligencia cualquier avería provocada por golpes y aplastamientos impropios de la praxis.
3. En las consideraciones de exclusión anteriores el Adjudicatario está obligado a facilitar al Hospital una valoración de los daños con el objetivo de conocer los costos para restablecer el servicio prestado.
a. Averías producidas por accidente o robo.
b. Cuando se haya intentado o realizado una reparación por personal técnico no autorizado por el Adjudicatario.
c. Cuando el equipo haya sido instalado en un local que no cumpla los requisitos dictados en el Manual de usuario, referidos a las condiciones de instalación y ambientales.
d. Cuando la avería sea debida al uso de repuestos o accesorios que no sean originales o autorizados por el Adjudicatario.
En estos casos el equipo deja de ser Producto cualificado, por lo que el Adjudicatario facturará al precio de lista vigente, previa aceptación de presupuesto, las actuaciones necesarias para devolver el equipo a la condición de Producto cualificado.